CAPÍTULO 4.- Parámetros urbanísticos.
Artículo 88.- Cuadro Parámetros Urbanísticos ZRECU01.
Artículo 85.- Altura edificatoria
CuadroN°1: zonificación residencial área urbana paisajista– zona de reglamentación especial ZRECU01
Para fines del presente reglamento del PE, no se reconoce el concepto de sótano, semisótano ni entretecho establecidos en el RNE. La altura edificatoria será definida por la sumatoria de todos los niveles construidos y techados de la edificación, independientemente de la altura entre la línea de la cota de vía y el alero. La altura total debe guardar estricta correspondencia con los niveles de pisos, definiéndose una altura de piso de 3.00 m. Por lo que, en ningún caso el número de niveles de piso podrá ser superior a lo establecido en el Art. 62º del presente Reglamento, aunque la altura lo permita. En aquellos lotes que su lado longitudinal se encuentre en pendiente, la altura máxima de la edificación, medida desde el nivel de implantación o piso del primer nivel, estará fijada por una línea imaginaria paralela a la pendiente del terreno, línea que respetará las alturas máximas permitidas indicadas en los parámetros urbanísticos y edificatorios. Para tal efecto, los volúmenes de edificación o crujías, se adaptarán a la topografía natural del terreno a partir de la altura de fachada, teniendo como límite la variación escalonada de un piso.
Artículo 86.- Área y frentes normativos
O T
N E
El presente reglamento establece áreas y frentes de lotes, los mismos que se detallan en el cuadro de parámetros urbanísticos, en las áreas urbanas consolidadas aprobadas se considerará como lote normativo los existentes siempre que no sean menores a los indicados en el cuadro resumen.
M U
C O
Artículo 87.- Del cambio de zonificación
Toda solicitud de cambio de uso es improcedente en las zonas con denominación reglamentación especial (RDB-RE), áreas de protección ambiental (ZPA), área de aportes en general y áreas verdes (AV), ubicadas dentro del ámbito de aplicación del Reglamento ZRECU01
D
FICHA DE PARÁMETROS URBANÍSTICOS
A T
ZRECU01
ÁMBITO: APV Portales de Ticatica
L U
USO DEL SECTOR
S N
RESIDENCIAL
O C
USO PREDOMINANTE
N E
RDB2-RE
257 hab/Ha
DETALLES DEL USO DE SUELO RESIDENCIAL PAISAJÍSTICA DE MEDIANA DENSIDAD CON REGLAMENTACIÓN ESPECIAL
TERCIARIO S
USOS COMPATIBLES
DENSIDAD ZRECU01
ZONIFICACIÓN
COMERCIO SEGÚN ANEXO DE COMPATIBILIDAD
SERVICIOS SEGÚN ANEXO DE COMPATIBILIDAD INDUSTRIA ELEMENTAL Y COMPLEMENTARIA (I-1) INDUSTRIA SEGÚN LA ZONIFICACIÓN INDUSTRIAL DEL PDU 2013L 2023 ZONA DE INDUSTRIA PESADA BÁSICA (I-4)
USOS INCOMPATIBLES
INDUSTRIA L
ZONA DE GRAN INDUSTRIA
(I-3)
ZONA DE INDUSTRIA LIVIANA
(I-2)
PARÁMETROS URBANÍSTICOS VIVIENDA UNIFAMILIAR Y BIFAMILIAR (MANZANA A, B, y E) LOTE LOTE MÍNIMO NORMATIVO FRENTE MÍNIMO NORNATIVO
EDIFICABILIDAD COEFICIENTE DE EDIFICACIÓN ÁREA LIBRE
DENSIDAD: 198 hab/Ha
POSICIÓN DE LA EDIFICACIÓN 162.0 0
m 2
9.00 ml
RETIRO FRONTAL (ALINEACION)
Sin retiro
RETIRO POSTERIOR RETIRO LATERAL HACIA LA QUEBRADA
No requiere
RETIRO LATERAL
No requiere
3.00ml
VOLUMEN Y FORMA 1.4
PISOS
30%
ALTURA MÁXIMA
2 6.00 ml
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