FEBRERO 2013
Sirviendo a la Comunidad
Suplemento No. XII
Entendiendo el proceso de la Justicia Penal
Declaración de la Misión de la R ama Judicial de Nueva Jersey
El proceso de la Justicia Penal
Somos una rama independiente del gobierno amparada por la Constitución para la resolución de desacuerdos de manera justa y equitativa, la preservación de las leyes y la protección de los derechos y libertades garantizadas por la Constitución y las leyes de los Estados Unidos y de este Estado. El Tribunal Superior de laVecindad de Monmouth se complace en anunciar que por medio del Periódico NOSOTROS, le proveerá a los lectores una serie de suplementos especiales sobre el Tribunal Superior y los Tribunales Municipales del Condado de Monmouth. de
Tribunal Superior Nueva Jersey Vicindad de Monmouth
71 Monument Park Freehold, NJ 07728 Honorable Lawrence M. Lawson, Juez Supervisor de los jueces. Lori B. Cooper Administradora Interina del Tribunal Número principal 732-677-4300 Coordinador ADA (Title II) 732-677-4202 Of. Central de Pagos (Fianza) 732-677-4033 División Penal 732-677-4500 División de Derecho Civil 732-677-4240 Dueños/Inquilinos 732-677-4286 Demandas de Menor Cuantía . 732-677-4290 División de Familia 732-677-4050 Oficial de EEO/AA 732-677-4215 Recursos Humanos 732-677-4040 Oficina de Jurado 732-677-4200 División Municipal 732-677-4219 Defensora Cívica 732-677-4209 Unidad de Transcripciones 732-677-4356 Oficina de Libertad a Prueba (Probation) Unidades de Supervisión de casos de Manutención y Supervisión de menores 732-677-4800 Unidad de Supervisión de Adultos 732-869-5600 El Centro de Servicios de Auto-ayuda 732-677-4595
Los tribunales de Nueva Jersey se esfuerzan en proveer igualdad de acceso a todos los individuos que comparecen en nuestros tribunales y en tratar a todos con cortesía, dignidad y respeto sin tomar en cuenta la raza, el color, el país de origen, el idioma o el estatus socioeconómico o factores por el estilo. El poder judicial de nueva jersey se ha comprometido a los principios de igualdad de empleo/acción afirmativa.
www.njcourts.com
NOSOTROS
sirviendo a la comunidad
Independencia • Integridad Justicia • Servicio de Calidad Números importantes de la oficina de Administración de Casos Penales
División Penal
Información General
Equipo Oficina de Fianza (Bail) Borrar los Antecedentes
Apelaciones Municipales Conf. previa a presentación Cargos Intervención previa a Juicio (PTI) Informes/Archivos
Los Tribunales son responsables de la administración de justicia para asegurar que los individuos acusados de delitos serios no sean injustamente condenados. Puede ser que usted tenga algunas preguntas sobre el proceso de los asuntos penales, como por ejemplo: ¿Qué es una fianza?, ¿Es posible borrar un antecedente de arresto o de una condena?, ¿Es necesario que la víctima de un delito se presente en el Tribunal?; cuando un individuo tiene una orden de arresto, ¿Qué debe hacer?, ¿Qué pasa cuando un individuo no habla inglés y tiene que presentarse en el Tribunal? Este artículo le proveerá un repaso general del proceso de justicia que le será muy útil.
732-677-4500 732-677-4501/4502/4300 732-677-4549 732-677-4544 732-677-4562 732-677-4504 732-677-4538 732-677-4503
Dirección: Oficina de Administración de Casos Penales (Criminal Case Management Office) Tribunal Superior del Condado de Monmouth (Monmouth Superior Court) 71 Monument Park, Freehold, NJ 07728-Sala 149, Ala Este
HORAS DE ATENCIÓN AL PÚBLICO – Lunes a viernes, de 8:30 am a 4:30 pm Editora y Directora General Cecilia Reynolds
NOSOTROS Inc. 6 Throckmorton Street Freehold NJ 07728
Tel: 732-845-1911 editor@periodiconosotros.com 732-984-7123 www.periodiconosotros.com
JUNIO 2012 NOSOTROS FEBRERO 2013• NOSOTROS
2
Tribunal Supe
Superior Court Mo
Lori B. Cooper Administradora Interina del Tribunal Superior
Honorable Lawrence M. Lawson Juez Supervisor de los Jueces
Entendiendo el proceso de la Justicia Penal
El
E
proceso de la
l término Justicia Penal se refiere al sistema que el gobierno o el estado usa para prevenir el crimen, hacer cumplir las leyes y administrar la justicia. El sistema del Tribunal es responsable de la administración de la justicia por medio de un proceso diseñado para asegurar que las personas inocentes no sean condenadas injustamente. Los casos penales son aquellos en los cuales un individuo es acusado de un delito serio tal como robo, hurto, agresión, tenencia de drogas o asesinato. En un caso penal, el fiscal o sea el abogado que representa al pueblo, intenta probar que el individuo cometió un delito. Un abogado de defensa normalmente representa al individuo. El juez supervisa los procedimientos y se asegura que los procesos se conduzcan conforme a la ley y las reglas del Tribunal. En la Vecindad de Monmouth, la oficina de Administración de Casos Penales (Criminal Case Management Office) también conocida como la oficina de la División Penal, administra los casos penales desde
Cómo
Justicia Penal
los comienzos o la etapa de la acusación hasta la resolución o disposición final. -La División Penal consiste de cinco equipos administrativos, un equipo de administración de los registros, un equipo del Tribunal de Drogas y el equipo del Proyecto de la Fianza. -A cada Juez de la División Penal se le designa un equipo de juicio que consiste de un líder del equipo, empleados de oficina, un secretario del Tribunal y Funcionarios de Libertad a Prueba. En cuanto un Juez es asignado a sus casos, tales individuos tendrán contacto con el equipo que trabaja con el juez. -El equipo desempeña las funciones necesarias para preparar el caso para el juez. Ellos fijan el horario de las audiencias y coordinan las fechas con los fiscales y los abogados de defensa. También preparan informes, dan entrada de datos en el sistema de computadora, administran los expedientes y archivos y prestan apoyo en la sala del Tribunal.
comienza el caso
El proceso comienza cuando una acusación es expedida por un oficial de una agencia del orden público o un ciudadano que cree que se ha cometido un delito contra él o su propiedad. La acusación se origina en el Tribunal Municipal del pueblo donde se cometió el delito. Una vez que se expide la acusación, la persona acusada del delito, el acusado, puede ser arrestado. Al acusado se le informa sobre la fecha para presentarse en el Tribunal Municipal o en el Tribunal
Superior, según la seriedad del delito. Las fechas de comparecencia en el Tribunal se le pueden dar cuando es arrestado o una notificación se le puede enviar por correo a la casa del acusado. Los delitos de naturaleza seria se llaman delitos procesables. Estos casos son trasladados a la Oficina del Fiscal del Condado de Monmouth donde se investigan a nombre del pueblo y se escucharían en el Tribunal Superior.
Fianza
La fianza es la cantidad de dinero que se paga a cambio de la libertad de un individuo arrestado y sirve como garantía de que ese individuo comparecerá a todas los procedimientos del Tribunal en el futuro. Los investigadores de la oficina de la fianza de la División Penal reúnen información sobre el acusado para ayudarle al juez a determinar la cantidad de la fianza. -La cantidad de la fianza debe ser fijada por un juez dentro de 12 horas de haberse expedido una acusación y debe ser revisada dentro de 48 horas. -Si se paga o deposita la fianza, el acusado será puesto en libertad hasta que los cargos en el caso se resuelvan, siempre y cuando el individuo comparezca a todas las citas del Tribunal. -En ciertos casos, el juez puede ordenar que el Tribunal acepte el 10% de la cantidad de la fianza para que el acusado pueda salir de la prisión. Por otro lado, el juez puede especificar que la cantidad completa de la fianza se tiene que depositar antes de que el acusado pueda salir de la prisión. Los activos tales como bienes y raíces pueden ser depositados para cumplir con el requisito de la fianza. En el caso de ciertos
delitos sumamente serios, pueda ser que el juez no fije una cantidad de fianza para asegurar que el acusado siga detenido hasta que se resuelva el caso. -A veces, cuando el acusado no tiene antecedentes penales o tiene lazos fuertes que lo atan a la comunidad, puede salir libre bajo palabra, lo cual quiere decir que el individuo esta bajo su propia obligación ante el juez de comparecer a todas las citas del Tribunal en el futuro. -La fianza sería revisada de nuevo dentro de un término de 30 días a menos que se entable una moción para una reducción de la fianza. -Si el acusado sale de la prisión bajo fianza y no comparece el día de la cita en el Tribunal, se emitiría una orden de arresto inmediatamente. La cantidad de la fianza o la propiedad que ha presentado el acusado o alguna otra persona a favor del acusado, sería confiscada o dada por perdida. Se puede embargar la propiedad. Un juez puede considerar una moción para librar de tal obligación a la persona que pagó la fianza del acusado. La fianza se puede pagar en la Oficina Central de Pagos (Central Fee Office) en
la Sala 143 en el primer piso del ala este del edificio del Tribunal. El horario de servicio al público es de lunes a viernes, entre 8:30 de la mañana a las 4:30 de la tarde. La fianza también se puede pagar en
La
la Institución Correccional de Monmouth (Monmouth County Correctional Institution), 1 Waterworks Road, Freehold, NJ 07728, las 24 horas del día.
primera comparecencia
Cuando un acusado se presenta frente a un Juez por primera vez, se le informa del derecho a un abogado. Esto quiere decir que tiene derecho a ser representado por un abogado. Si no puede pagar a un abogado y reúne los requisitos para ser representado por un abogado de oficio,
Jurado
de
Los delitos más serios o delitos procesables, son trasladados del Tribunal Municipal a la oficina del Fiscal del Condado de Monmouth. La oficina del Fiscal revisa la ofensa en la acusación, investiga el delito y decide si presentar el caso a un Jurado de Acusación. El Jurado de Acusación está compuesto de un grupo de ciudadanos que considera las pruebas y decide si acusar formalmente al individuo nombrado en al acusación. Una acusación formal no quie-
se le designaría un Defensor Público. Si la solicitud para un abogado de oficio es rechazada, un Juez de la División Penal puede ordenar que el acusado contrate un abogado por su cuenta o le puede permitir al acusado que se represente a sí mismo “pro se”.
Acusación
re decir que el acusado ha sido declarado culpable. Si la mayoría de las personas en el jurado de acusación determina que existen suficientes pruebas para emitir una acusación formal, el proceso de la justicia penal continuaría. Si no hay suficientes pruebas para una acusación formal, el caso puede ser desestimado o puede ser enviado de nuevo al Tribunal Municipal para una resolución.
El Programa de Audiencia previa la Acusación Formal
Hay un programa de una audiencia previa a la Acusación Formal (Pre-Indictment Program-PIP) en el cual el juez, los abogados, el acusado y el personal de la División Penal trabajan juntos para intentar a resolver el caso rápidamente antes de que la oficina del fiscal presente el caso a un jurado de acusación. La Fiscalía es responsable de determinar cuales casos se pueden presentar para participación en este programa; normalmente son aquellos casos de delitos de menor gravedad, no de violencia y que no justifican sentencias de prisión. Los fiscales y abogados de la defensa tratan de llegar a un acuerdo con respecto a una declaración voluntaria de culpabilidad, desestimación de la causa o participación en el programa de intervención previa al juicio (que se explicará más adelante en este artículo). Una declaración negociada es la respuesta formal del acusado a los cargos penales. Si el acusado se declara culpable, admitiría formalmente que co-
a
metió el delito. Una declaración de culpabilidad que ha sido negociada entre el fiscal y el abogado de la defensa se llama una declaración negociada. El Fiscal puede ofrecer un término reducido de prisión o libertad a prueba. A veces, como parte de la declaración negociada, se reducen o se desestiman algunos cargos. Los acusados que aceptan una declaración negociada tienen que firmar una declaración certificando que ellos entienden el acuerdo que han hecho y que han entrado en este acuerdo voluntariamente sin ninguna presión del fiscal o del abogado defensor. El acusado también tiene que entender que el juez no esta bajo la obligación de aceptar el acuerdo cuando decide la sentencia. Si no se puede llegar a un acuerdo durante las negociaciones de la audiencia previa a la acusación formal, la oficina del fiscal presentaría el caso a un jurado de acusación de la manera que se describió en la sección previa.
Conferencia
previa a la presentación de Cargos
Después de que el individuo ha sido acusado formalmente, se fijaría una fecha para una conferencia previa a la audiencia de presentación de cargos. El acusado recibiría una notificación por correo indicándole la fecha que tiene que presentarse en el Tribunal para la conferencia. Es muy importante que le informe a la División Penal sobre cualquier cambio de dirección para que las notificaciones de comparecencia al Tribunal las reciba a tiempo. Si el acusado
no se presenta al Tribunal cuando lo han citado porque no le informó al personal del Tribunal que se cambió de dirección, el juez puede dictar una orden de arresto por no presentarse. El día de la conferencia, el acusado tendrá que llenar documentos para preparase a comparecer frente al juez. El juez no está presente durante la conferencia. El acusado puede solicitar un abogado de oficio, se le puede pedir que le tomen las huellas digi-
JUNIO 2012 NOSOTROS FEBRERO 2013•NOSOTROS
erior de Monmouth
3
onmouth Vicinage
juicio y decide sobre las pruebas que se van a presentar y las preguntas que se permiten hacer. El jurado puede declarar al acusado culpable o inocente. Si el acusado es declarado inocente o absuelto, entonces ya no tendría más responsabilidad con el Tribunal a menos que le acusen de cargos nuevos. Si
el acusado es declarado culpable, o condenado, entonces será sentenciado por el Juez que escuchó el caso. El Juez ordenará que la División Penal prepare un informe de investigación antes de la sentencia y fijará la fecha de la sentencia
El informe de investigación previo a la sentencia es preparado por un Funcionario de Libertad a Prueba de la División Penal. Este informe le ayuda al juez al sentenciar al acusado. El informe es preparado para el acusado que un jurado ha declarado culpable o se ha declarado culpable por medio de un acuerdo negociado sin haber tenido un juicio. El funcionario de libertad a prueba entrevista el acusado y también puede pedir información a los miembros de la familia del acusado y a la víctima del
delito. El informe le ayuda al juez a sopesar las circunstancias y seriedad del delito, mientras que toma en consideración los antecedentes penales del acusado y la situación de su vida. El informe incluye una recomendación para la sentencia: ya sea un término de libertad a prueba o un término de prisión. Aunque el juez tiene discreción sobre las pautas de la sentencia, hay ciertos delitos que llevan un plazo mínimo obligatorio de prisión.
Informe
Personal Bilingüe
de la
tales y puede solicitar la participación en el programa de intervención previa al juicio
División Penal
como se describe a continuación.
Programa
de Intervención previa al Juicio
El Programa de Intervención previa al Juicio (PTI) ofrece a los acusados, normalmente personas que han cometido un primer delito, la oportunidad de valerse de un programa alternativo al proceso tradicional que el sistema judicial usa para procesar casos penales El programa PTI intenta rendirle servicios de rehabilitación lo más antes posible cuando se anticipa que esos servicios servirán para cambiar el comportamiento criminal en el futuro. Si los acusados reúnen los requisitos pueden llenar una solicitud para participar en el programa de intervención previa al juicio (Pre-Trial Intervention Program-PTI). La solicitud se debe completar el día de la conferencia antes de presentarse en el Tribunal para la presentación formal de los cargos. El programa de PTI es para personas que han cometido la primera ofensa y la ofensa no es seria. Los individuos pueden participar en este programa solamente una vez. PTI generalmente excluye acusados que han tenido una condena previa o cuyos cargos de un caso en el Tribunal Municipal hayan sido condicionalmente desestimados. Una remisión condicional es un programa alternativo para personas que ofenden por primera vez y que han sido acusadas de ofensas menores relacionadas con narcóticos. Al individuo se le coloca en un tipo de libertad condicional por un período de
Presentación
tiempo fijo y se le imponen multas. Al terminar el plazo de Libertad Condicional, si no ha sido arrestado de nuevo, y si ha pagado todas las multas que le fueron impuestas, los cargos en su contra serán desestimados. Aquellos que ya hayan recibido el beneficio de un programa alternativo tal como el Programa de Intervención Previa al Juicio o una Remisión Condicional anterior no serán elegibles según la ley 2C:36A-1. Las solicitudes se tienen que entablar no más tarde de 28 días de la acusación formal. Hay una tarifa por la solicitud que no es retornable pero no se tiene que pagar si es indigente o necesitado. Si el acusado entra en el programa PTI, el caso penal se hace a un lado mientras completa los requisitos del programa por un periodo de 1 a 3 años. Durante ese tiempo, el acusado tiene que esforzarse para rehabilitarse y presentarse regularmente a la División de Libertad a Prueba de la vecindad. Como parte del programa pueda ser que le hagan pruebas de drogas sin aviso previo y le impongan multas y servicio a la comunidad. Si el acusado completa con éxito el programa, los cargos originales del caso son desestimados y no tendrá antecedentes de condena. Si el acusado no cumple con los requisitos, se terminará la participación en el programa y el caso será visto por un juez.
de cargos y conferencia
sobre estatus del caso
Después de que un individuo es acusado formalmente, el primer proceso judicial ante un Juez es normalmente la presentación de los cargos y la conferencia sobre el estatus del caso. Esta audiencia de presentación de cargos ocurre normalmente dentro de 35 días de la acusación formal. El día de la audiencia de presentación de cargos y durante todas las citas de conferencia sobre el estatus del caso, el acusado y el abogado de la defensa hablarán con el fiscal sobre
el caso e intentarán llegar a un acuerdo de declaración negociada a los cargos en la acusación formal. El Fiscal puede ofrecer un término reducido de encarcelamiento o un término de libertad a prueba a cambio de una declaración de culpabilidad, Si se llega a un acuerdo en una declaración negociada, el acusado tiene que admitir su culpabilidad ante un juez en la sala del Tribunal y se le dará una fecha para volver al Tribunal para la sentencia
Juicio Penal
Cuando no se puede negociar una declaración durante las citas sobre el estatus del caso, el juez fija una fecha para el final de las negociaciones. Si para esa fecha no se llega a un acuerdo, el juez fijará la fecha del juicio. Los acusados tienen derecho a tener un juicio cuyo resultado lo determina un jurado. Un jurado consiste de doce ciudadanos y dos jurados suplentes. Durante
el juicio, el fiscal y el abogado de la defensa presentan los hechos del caso al jurado. El acusado se presume ser inocente a menos que sea probado culpable y el fiscal tiene que probar que el acusado es culpable más allá de una duda razonable. Los testigos pueden prestar testimonio durante el juicio y se pueden presentar pruebas físicas relacionadas con el delito. El juez supervisa el
de Invest. previo a
Libertad
a
Sentencia
Prueba
Cuando es sentenciado a libertad a prueba, el acusado debe de cumplir con las condiciones impuestas, tal como los pagos de las multas o restitución por daños o por hurto, presentarse a todas las citas con el Funcionario de Libertad a Prueba, cumplir con el servicio a la comunidad, mante-
ner empleo y cumplir con las evaluaciones de abuso de sustancia. Si no cumple con las condiciones, el acusado será citado para que se presente frente al juez. El juez puede ordenar que el acusado sea encarcelado por no haber cumplido con los requisitos de la libertad a prueba.
Una persona condenada de un delito puede hacer una petición dentro de un tiempo específico para que la División de Apelaciones del Tribunal Superior revise su caso. La División de Apelaciones revisaría las actas del juicio para determinar si
se cumplieron las reglas del Tribunal. En ciertos casos los resultados del juicio pueden ser anulados por la División de Apelaciones. Los acusados pueden entablar mociones o peticiones para que se modifique la sentencia que el juez impuso.
Las mociones son peticiones o solicitudes que se pueden entablar en el Tribunal para pedir una orden, una decisión del juez o una resolución. Las mociones pueden ser por una variedad de razones, incluyendo una reducción de la fianza, para excluir pruebas del caso, para reducir una sentencia, para un cambio de jurisdicción o de Tribunal, para tener un juicio rápido o desestimar una acusación formal. Una moción la puede entablar un abogado o el acusado por su propia cuenta dentro del tiempo permitido y de acuerdo con las reglas del estado. A los usuarios del Tribunal se les anima a buscar la ayuda de un
abogado para entablar una moción. Para aquellos que deciden representasen a sí mismos, la División Penal no tiene formularios para presentar una moción por sí mismo; sin embargo, los formularios para presentar una moción de la División Civil y la División de Familia se pueden usar como una guía para entablar una moción en la División Penal. Esos paquetes se encuentran en: www.njcourts.com. Si necesita ayuda con el proceso, puede comunicarse con el Centro de Recursos de Ayuda Propia al 732-677-4595 o en la oficina ubicada en la Sala L-45 del ala este del edificio del Tribunal.
Apelaciones
Mociones
Apelaciones Municipales Las apelaciones Municipales son mociones vistas en el Tribunal Superior para apelar decisiones dictadas en el Tribunal Municipal. El formulario con la información necesaria está disponible en la sala de recepción de la División Penal 149 del ala este o puede sacar copies de los for-
Borrar
mularios que se encuentran en www. njcourts.com. El formulario contiene información sobre el tiempo que tiene para apelar. Hay una tarifa de $75.00 además del costo de la transcripción que también necesita cuando entabla una apelación.
antecedentes penales
Se puede hacer una petición para borrar un antecedente de arresto o en algunos casos hasta una condena previa entablando una petición para borrar los antecedentes. Si la persona entabla la petición sin ayuda de un abogado, debe revisar las indicaciones de la Regla del Tribunal N.J.S.A. 2C;52-1 et seq. para determinar si reúne los requisitos para entablar tal petición. Las publicaciones donde puede encontrar las Reglas del Tribunal están disponibles
en el Centro de Recursos de Ayuda Propia (Self-Help Resource Center) Sala L-45, ala este. Los formularios para pedir que se borren los antecedentes penales se encuentran en la Oficina de Administración de Casos Penales en la Sala 149 en el edificio del Tribunal o por Internet en www. njcourts.com. Hay una tarifa de $52.50 que se paga cuando entabla la petición para borrar los antecedentes penales.
JUNIO 2012 NOSOTROS FEBRERO 2013•NOSOTROS
4
El Tribunal
El Tribunal de Drogas está compuesto de un equipo especializado para trabajar con casos no violentos relacionados con drogas. El juez del Tribunal de Drogas dirige el equipo de personal del Tribunal; funcionarios del Libertad a Prueba; evaluadores de abuso de sustancia y profesionales de tratamiento. Los participantes en este
L as
de
Drogas
programa reciben supervisión intensiva, se les hacen pruebas de drogas y tienen que presentarse frecuentemente al Tribunal. Este programa hace uso de los servicios de centros de tratamiento de alcohol y drogas y normalmente dura de 3 a 5 años. Los participantes son estrictamente supervisados y son apoyados durante todo
el proceso de recuperación. Se le pueden imponer sanciones inmediatamente por no cumplir con las condiciones del programa. El Tribunal de Drogas se esfuerza para reducir el comportamiento ilícito, rehabilitar a los participantes, eliminar la repetición del encarcelamiento y mejorar las estructuras familiares. Para solicitar entrada en el programa del Tribunal de Drogas, el abogado de la
defensa debe llenar la solicitud y presentar la petición al personal del Tribunal de Drogas en la División Penal. La solicitud es enviada a la oficina del Fiscal para determinar si puede ser legalmente aceptada o rechazada. El personal del Tribunal de Drogas entonces confirma si la solicitud cumple con el criterio adicional para ser aceptado en el programa.
preguntas que se hacen con frecuencia
¿Dónde esta ubicada la oficina de la Administración de Casos Penales y cuales son las horas de atención al público? La oficina esta ubicada en la sala 149 en el primer piso del ala este en el edificio del Tribunal. Los días y las horas de atención al público son de lunes a viernes entre 8:30 de la mañana a las 4:30 de la tarde. ¿Cómo puedo obtener una copia de un documento de información sobre un caso viejo? Los informes de los casos se pueden solicitar personalmente en la oficina de la División Penal en la sala 149 o por teléfono al 732-677-4500. Los informes de casos antes del 2005 están en otro sitio y se tienen que solicitar. El personal de la División Penal le informará cuando los documentos estarán disponibles y si hay que pagar una tarifa. Si está interesado en obtener información general de su caso, hay computadoras disponibles para tal propósito en la sala de recepción de la oficina de Administración de Casos de la División Penal. Recibí una notificación de comparecencia a una conferencia previa a la presentación de cargos pero no puedo asistir en la fecha indicada, ¿Qué puedo
hacer? Usted tiene que hacer todo lo posible por comparecer a todos los procesos del Tribunal. Si usted no puede comparecer a la cita de la conferencia, tiene que comunicarse con el personal de la División Penal al 732-677-4504. Si usted no comparece a la cita de la conferencia previa a la acusación formal o a cualquiera de las otras citas en el Tribunal sin haber pedido un cambio de fecha, el juez puede emitir una orden de arresto y puede perder la fianza que se pagó. ¿Qué puedo hacer para reducir la cantidad de la fianza? Una moción para la reducción de la fianza la puede entablar un abogado o usted mismo por su propia cuenta, pro-se. ¿Cómo puedo obtener un abogado o un Defensor Público? No le podemos recomendar un abogado en particular, sin embargo, puede comunicarse con la Oficina del Colegio de Abogados de Monmouth (The Bar Association of Monmouth County) en el edificio del Tribunal, en el sótano del ala Sur y puede pedir información sobre abogados privados. Si no puede pagar a un abogado, puede solicitar un Defensor Público en la oficina de la División Penal, sala 149, ala este en
el primer piso del edificio del Tribunal. Pagué la fianza de alguien, ¿Cuándo puedo esperar que me devuelvan el dinero? La persona que salio de la prisión bajo la fianza que usted pagó tiene que comparecer a TODAS las citas del Tribunal. Usted puede recibir su dinero después de que se resuelva el caso. Yo fui víctima de un delito, ¿Tengo que comparecer en el Tribunal? No tiene que comparecer en el Tribunal, sin embargo, el Fiscal le puede pedir que preste testimonio durante el juicio. La oficina de víctimas/testigos de la Oficina del Fiscal del Condado de Monmouth puede ofrecerle información útil al respecto. Usted puede llamarlos al 732-431-6459. La Oficina del Fiscal del Condado de Monmouth se encuentra en la 132 Jerseyville Avenue, Freehold, NJ 07728. Me enteré que tengo una orden de arresto, ¿Qué puedo hacer? Si tiene un abogado, debe comunicarse con él. Si no, usted debe entregarse en el Tribunal en la oficina del Sheriff en el segundo piso del edificio del Tribunal. A usted lo pueden llevar frente al Juez para explicar por que no compareció. El juez determinara si usted puede salir libre bajo
la fianza que ya pagó o si necesita fijar una cantidad nueva de fianza. Según las circunstancias, puede ser encarcelado en la prisión del condado. Tengo una cita en el Tribunal y no hablo inglés, ¿Puedo tener un intérprete? El Tribunal tiene intérpretes de planta que le ayudaran a comunicarse durante su comparecencia en el Tribunal sin costo para usted. Por favor infórmele al personal cuando le llega la cita si va a necesitar un intérprete para todos los procedimientos en el Tribunal. ¿Y si cambio de dirección? Comuníquese con la oficina de administración de causas penales al 732-6774501 o 4502 para que anoten el cambio de dirección en la computadora o puede enviar una carta firmada por un Notario a la oficina de la Administración de Casos Penales para informarles del cambio de dirección y así asegurar que reciba todas las notificaciones de comparecencia al Tribunal en el futuro. La dirección del Tribunal es: Monmouth Courthouse, Criminal Division, Room 149, East Wing, 71 Monument Park, Freehold, NJ 07728.
Si usted tiene alguna pregunta sobre el material que contiene este artículo, por favor no dude en ponerse en contacto con la División Penal al (732) 677-4501 o con la Oficina de la Defensora del Pueblo al (732) 677-4209.