2 minute read

4. Representación del cabildo eclesiástico del Cuzco (1622

Next Article
Abreviaturas

Abreviaturas

Compañia no traigan al Cuzco a hazer el dicho seminario a los hijos de caciques y demas indios, que en ello receviran los vezinos y indios merced con justicia, que pido y en lo necessario [ ] Doctor Don Antonio de Cartagena Santa Cruz3 .

Documento 4 Representación del cabildo eclesiástico de Cuzco a S. M. 1/2/1622 (AGI, Lima: 305)

Advertisement

Señor Habra ocho messes que los Religiossos de la Compañía de Jesús fundaron un collegio de yndios en una casa conjunta a esta santa Iglessia y pared en medio cuyos canales vierten en la carzel eclessiástica que esta a un lado del altar mayor. Dioles auxilio para entrarse en ellas el corregidor sin embargo que por parte de este cabildo se contradixo. Pusose pleito ante el Provissor, el qual proveyo auto en que declaro no deverse fundar dicho colegio en las casas referidas. Apellaron los Religiosos de la Compañia y por vía de fuerza ban los autos a VA a quien humildemente suplicamos considere la justicia que tenemos y que es notable indecencia que este collegio este tan cerca desta Iglesia, porque las voces que dan jugando todo el dia y pedradas que tiran se oyen tan claramente en el Altar que divierten al Preste y nos haga V.A. merced de remediarlo mandando se quite y si fuese de todo punto para que no huviese esta junta de yndios en forma de collegio sera un gran servicio de Dios pues para enseñarlos a leer y escrivir en todos los pueblos de este ob[is]pado ay escuelas de yndios donde se enseñan con mucho cuydado y sinodal de los obispos en que lo ordenan assi a los curas y hacen cargo al que en esto se descuida y penan en las vissitas. Y los demás ynconvenientes que se siguen en la fundacion deste collegio otras personas haran larga relación a V.A. y de como se sustentan cuatro yndios particulares con los censos del comun de todos, que estan dedicados para la paga de la tasa de los ausentes e ympedidos, para cuyo efecto las dexaron sus encomenderos y este bien que se les hizo parece que en justicia no se puede aplicar para otro ministerio y que de hazerlo sera gran perjuicio y daño de las comunidades. Lo qual deve V.M. remediar y favorecer a los que tan indefensos estan que no ay persona ni encomendero que buelba por ellos, por sus complacencias. Guarde Nuestro Señor a V.A. los muchos años que rogamos sus capellanes en nuestros sacrificios. Cuzco primero de febrero de 1622. Rubricado: 8 rúbricas

3 Antonio de Cartagena era un criollo, hijo de Fernando de Cartagena y Mariana de Santa Cruz, nacido en el Cuzco en 1597, colegial de San Felipe, doctor en cánones y leyes. Fue catedrático de San Marcos.

This article is from: