Dossier de los diferentes programas para la prevención de riesgos laborales en el mundo

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“Dossier de los diferentes programas para la prevención de riesgos laborales en el mundo” PRAXIS CAPITAL

INTRODUCCIÓN Gracias a múltiples cambios que el trabajo ha experimentado a través de la historia, podemos deducir que no representa únicamente un medio para subsistir, sino un elemento para la valoración social y de desarrollo de las industrias, además de un derecho y un deber de la persona. La Constitución del Ecuador, como cuerpo legal más importante de acuerdo a la pirámide de Kelsen, confirma la definición del mismo. “Art 33.- El trabajo es un derecho y un deber social, y un derecho económico, fuente de realización personal y base de la economía. El Estado garantizará a las personas trabajadoras el pleno respeto a su dignidad, una vida decorosa, remuneraciones y retribuciones justas y el desempeño de un trabajo saludable y libremente escogido o aceptado.” (Consitución de la República del Ecuador, 2008) Según el artículo Salud ocupacional para todos: propuesta para una estrategia mundial de la OMS, la fuerza de trabajo está constituida por el 45% en el mundo, tomando en cuenta toda la población, lo que contribuye al desarrollo de la sociedad. Existen diferencias entre las pequeñas y grandes empresas, que básicamente es el ambiente laboral y el estado de salud de los trabajadores. Para poder entender este tema, con claridad, debemos conocer perfectamente el concepto de Seguridad y Salud en el Trabajo, el cual ha ido evolucionando con el tiempo, al igual que los procesos tecnológicos, condiciones políticas, condiciones económicas, replanteando el objetivo de la misma dentro de las organizaciones, así cada país, y cada organización planea un campo de acción de acuerdo a su necesidad. Podríamos decir que, en un principio el objetivo principal era sanar el daño generado a los trabajadores, donde se


integra la Medicina Ocupacional, luego se da lugar a la Prevención de Riesgos laborales, con el fin de evitar los siniestros, transformando el concepto de reparar el daño a evitar que el suceso no deseado se dé o se reduzca al mínimo su probabilidad, con el control de sus causas potenciales. Se puede citar acontecimientos históricos donde ya se hablaba de la necesidad de proteger a los trabajadores, por ejemplo Hipócrates y Plinio en el siglo II a.C. mostraban los efectos del plomo en personal de la minería y metalurgia, además de la cuidar al personal del ambiente pulvígeno, se puede decir que aquí ya se habla sobre enfermedades profesionales y métodos de prevención de las mismas. Posteriormente, en el siglo XVI se encuentran textos de autores como Filippus Paracelsus y Georgius Agrícola que describen las enfermedades profesionales y como protegerse ante ellas. Ramazzini, en el siglo XVII, quien era conocido como el padre de la Medicina del Trabajo, fue quien publicó un tratado sobre las enfermedades que tenían los artesanos en varias labores que eran típicas en aquella época, además de recomendaciones de tipo higiénico en el ambiente donde se desarrolla trabajo. A pesar de estos acontecimientos citados, el verdadero concepto nace a raíz de la Revolución Industrial en 1744 en Inglaterra con la invención de la máquina de vapor por Jaime Watt, fue aquí donde empezaron a surgir grandes industrias, a la vez con un importante número de accidentes y fue allí donde surgió la verdadera necesidad de evitar los mismos. En aquella época la necesidad de mano de obra, hizo incluso que menores de edad sean también parte de condiciones insalubres y peligros mecánicos de la época. Se puede decir que parecía una guerra por la cantidad de lisiados que hubo y lo más grave es que siempre estas eran culpa del mismo trabajador. A partir del siglo XIX recién se empiezan a tomar medidas efectivas para inspeccionar las fábricas como en Inglaterra por la Ley de Fabricas, misma que se extiende a otros países con el fin de evitar accidentes.


El concepto de Seguridad Industrial empieza a tomar importancia cuando se crea la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en 1918, con el Servicio de Seguridad y Prevención de accidentes en 1921, además del aporte de la Escuela Americana de Seguridad del Trabajo con Heinrich, Simonds, Grimaldi y Bird de representantes y principales autores de la base de este tema. Según la Organización Mundial de la Salud, en un porcentaje que va del 30 al 50% de total de trabajadores, se encuentran expuestos a riesgos de tipo físico, químico, biológico y ergonómico que pueden tener efectos sobre la seguridad y salud. Como consecuencia, los accidentes de trabajo y las enfermedades se pueden catalogar como uno de los principales problemas en la industria a través del mundo, ya que produce altos costos en vidas humanos y en secuelas, y además disminuye la capacidad laboral, produce consecuencias en la calidad de vida de los empleados y de sus familias. Los costos sociales y médicos, además de las pérdidas en la productividad se estiman en montos altos, cada año. Luego de la revolución industrial, el medio laboral se vio sometido a grandes y dramáticos cambios en todos los niveles socioeconómicos de la misma. Fue entonces donde se introdujo nuevas ideas de que no únicamente bastaba con sobrevivir la mayor cantidad de años posibles, sino vivir los mismos con calidad de vida y de forma saludable. Durante la actualidad, en esta época, en la cual las máquinas y equipos constituyen la principal fuerza en el trabajo, los trabajadores nos encontramos expuestos a factores de riesgo como ruido, vibraciones, iluminación inadecuada, productos químicos y agentes biológicos, mismos que por su magnitud de daño, han cobrado la vida de miles de personas cada año. Es por ello que los empleados tienen la responsabilidad de velar por el control de los mismos mediante la adopción de políticas seguras.


La seguridad y salud ocupacional es una rama cuyo objetivo primordial es proteger a los trabajadores de posibles accidentes y enfermedades derivadas de puesto de trabajo o de la actividad que desarrollan en la organización. En un principio fue visto como una ideología moderna o como moda que las industrias empezaban a adoptar. Actualmente se habla de la prevención de riesgos laborales como un derecho de los trabajadores y un deber de los empresarios, como un concepto que ha incorporado calidad a las organizaciones. Existen varios acontecimientos que podríamos marcar como el inicio de la implementación de planes y programas para protección de los trabajadores. La seguridad se define como una rama de la prevención de riesgos con el objetivo de disminuir y prevenir que se desarrollen los accidentes de trabajo, por otro lado la higiene industrial se dedica a evitar la aparición de enfermedades ocupacionales con el control del medio ambiente físico, químico y biológico del trabajo. La evolución mundial ha sido bastante fácil de entender, de una sociedad en cuyo proceso reinaban los recursos naturales a una sociedad industrial, en el que el aporte económico es la estrategia del éxito y finalmente una transición a una sociedad postindustrial o del conocimiento, donde ahora este es la estrategia. Los programas de prevención de accidentes y enfermedades profesionales son efectivos, ¿mito o verdad? Los programas de PRL abarcan un conjunto de actividades preventivas que se establecen en todos los niveles de la organización, estratégico, directivo y operativo. El objetivo principal de los mismos es integrar el concepto de seguridad y salud ocupacional a nivel de toda la empresa, planificar actividades para así destinar el tiempo y los recursos necesarios, desarrollar actividad preventiva en todas las instancias, mejorar las condiciones de los puestos de trabajo, cumplir con la legislación vigente y definir responsabilidades en toda la organización.


Muchos cuestionaban, y otros los siguen haciendo, los costos que demandaban y preferían mantener a sus trabajadores en condiciones precarias, el monto para mantener estándares adecuados, resultaba millonario para la industria, sin tomar en cuenta que las ganancias futuras justificarían la inversión. Resultaba mucho más económico sustituir el mismo número de trabajadores perdidos luego de un accidente o fatalidad, que implementar todo un sistema a nivel organizacional. ¿Realmente era un dinero gastado o invertido? Las empresas implementan programas de prevención principalmente por el cumplimiento legal, más que por conciencia con los beneficios en productividad y rendimiento que traen consigo. Es penoso pensar que la razón principal es el temor a las multas y sanciones que los organismos de control pudieran imponer en las mismas por su falta de cumplimiento, más no la conciencia de mantener lugares de trabajo saludables y confortables para su personal. La primera normativa sobre prevención de riesgos laborales, surgen como respuesta a problemas sociales y relacionados con los costos que la no prevención conlleva a miles de organizaciones a nivel mundial. Hoy una organización la seguridad y salud ocupacional es vista como una de las áreas que se puede prescindir en caso de reducción de gastos, pero realmente todo el dinero que se solicita a través de un presupuesto para la implementación de los programas de prevención y control, ¿son gasto inversión? Ciertamente todos aquellos que hacemos prevención lo veremos como una inversión, pero ante los ojos de la gerencia general no es más que un gasto. Parte de nuestra gestión está en demostrar esta rentabilidad, no únicamente cumpliendo con la normativa legal sino con exigencias que se adapten a cada tipo de organización, tomando en cuenta su tamaño, actividad y sobretodo potencial de riesgo.


La rentabilidad se puede definir como la forma de obtener ganancias a través de una actividad determinada, en la cual se toma en cuenta la inversión, infraestructura, equipos, materiales, tecnología y el personal que forma parte de los procesos de la empresa. En el pasar de los años, el concepto de rentabilidad ha dejado de tener trascendencia por una rentabilidad conocida como rentabilidad social, donde se involucra todo el personal que tenga vinculación con actividades productivas. Trabajar bajo programas de PRL, implica trabajar bajo el concepto de calidad total, para lo que la calidad de las condiciones de trabajo son el requisito principal, se debe recordar que el hombre es el principal recurso de cambio, sin importar el tipo de proceso productivo. Todos los sistemas de gestión tienen como objetivo la rentabilidad, es decir obtener ganancias por la actividad que desarrollan, su lugar de trabajo, equipos utilizados, recurso humano y todo lo demás que intervenga en sus procesos sustantivos. Este tema ha sido desde sus inicios de gran debate y sobretodo de investigación en el ámbito mundial. El objetivo de esta tesis es demostrar la rentabilidad de la seguridad y salud ocupacional, la optimización de recursos a través del mismo, que el dinero que se invierte cada año con su implementación, puede producir un rendimiento económico superior al doble en las organizaciones, por un lado se reducen los accidentes y enfermedades y los costos que trae consigo como el tiempo perdido , daños a la producción, sanciones y repercusiones materiales, además aumentar la motivación, reputación de la empresa, calidad de los servicios o productos ofertados por las empresas y producir fidelidad por parte de los clientes. Un enfoque de ganancia únicamente se demostraría cuando los programas de seguridad y salud ocupacional no sean realizados únicamente con el fin de cumplir con la legislación, sino bajo criterios que aseguren de forma razonable que pueden reducir daños y potenciar ganancias. Puede resultar complejo demostrar la rentabilidad económica, ya que


sigue habiendo costos ocultos que son incalculables para la empresa como el daño permanente producido en el trabajador y la familia. La perspectiva tradicionalista de las empresas en todo el mundo al ver a la seguridad y salud ocupacional como un tema molestoso que únicamente trae consigo costos innecesarios, ha generado un obstáculo para el desarrollo de las empresas en cuento a su gestión global. Esta perspectiva surge ya que la rentabilidad muchas veces se demuestra a largo plazo, el empresario no ve de forma inmediata y directa las utilidades que se generan, la mentalidad de la empresas por el enfoque de su negocio tienen a la desesperación inmediatista por optimizar utilidades y ganancias lo cual no deja observar con claridad que los gastos de la prevención son un aporte a la creación de una cultura sólida, con la cual el cambio de hábitos, costumbres y métodos de trabajo generan mayor productividad y a la vez más ganancia a la empresa no solo económica sino en varios aspectos. Hasta la fecha el cumplimiento de normas en materia de prevención de riesgos laborales, se llevan a cabo no por el convencimiento de que esto realmente constituya un beneficio para la empresa, sino por la obligación de carácter legal. Cabe recalcar que los planes y programas no solo buscan maximizar las utilidades y disminuir los costos en la producción, sino que buscan involucrar a la empresa en reconocer al capital humano como el recurso humano más importante de misma. A pesar del desarrollo de planes y programas de seguridad y salud ocupacional en el tiempo, de grandes esfuerzos humanos y económicos realizados, no se ha logrado impactar favorablemente a la cultura de las empresas y una de las principales razones es la resistencia a modificar lo convencional o lo “que siempre hemos hecho”. Se debe separar el mito de la realidad y modificar lo ordinario o común, remplazando varias cosas por lógica o sentido y dejar a un lado los pensamientos de que la gente es el problema o que el proceso por su clasificación ya implica un riesgo.


Debería ser antiético e ilógico cuestionar si es rentable o no todo lo que abarca la protección de los trabajadores, ya que es un principio de la civilización donde la salud y seguridad no son negociables. El programa de seguridad y salud ocupacional puede decirse que es el principal recurso de gestión de prevención de riesgos laborales en la organización, que evita que los trabajadores sean discriminados del proceso productivo por accidentes o enfermedades laborales, que no se hayan podido reconocer en forma oportuna, evita que la empresa tenga que disminuir de su proceso productivo personal que podría generar más productividad, es decir aunque no optimiza directamente, evita que este se obstaculice, disminuyendo las ganancias y aumentando los costos de producción. Toda gestión, incluida la de prevención de accidentes y enfermedades, que en su interior abarca programas y planes de PRL, busca manejar con eficiencia y eficacia los recursos estratégicos. La administración histórica de PRL fue un aporte importante para el inicio de la prevención, pero seguir con ese pensamiento clasifico ahora resulta negativo ya que persiste que la materia es únicamente parte del cometido empresarial para ofrecer productos y servicios de calidad, a un precio competitivo y obtener beneficios económicos; se ve como una responsabilidad marginal, que muchas veces depende únicamente de la voluntad y generosidad de la gerencia; genera frustración en los profesionales del área por la poca relevancia que parece presentar el tema en las organizaciones. A pesar de que muchas empresas únicamente han implementado programas de seguridad y salud ocupacional únicamente por cumplimiento legal, como ya se ha hablado anteriormente, existen otros gerentes que ya han tomado conciencia sobre el importante papel de la seguridad y salud ocupacional como herramienta de inversión para reducir accidentes y enfermedades laborales, mejora de procesos e incremento de rentabilidad. Un número


considerable, no ha podido identificar el beneficio de esta inversión al ver que deben enfrentarse en el mercado una competencia igual o más eficiente y que para dar competencia se requiere invertir sumas significativas. Dentro de las industrias siempre ha habido preocupación por parte de la gerencia para otorgar a los clientes servicios y productos de calidad para de este modo incrementar la productividad, lo cual es común, resulta algo nuevo implementar a través de programas y planes de prevención de riesgos laborales una cultura donde se involucre el cuidado de los trabajadores como estratégica de productividad, traducida en la necesidad de invertir en el trabajador. Gracias a la globalización de la economía y a la gran competitividad que se ha generado entre las industrias en los distintos mercados, el manejo de la economía de las organizaciones se ha vuelto mucho más cauteloso por parte de las gerencias, quienes toman mucho cuidado en invertir el dinero en estrategias que no guarden relación directa con los productos u objetivos puntuales de las compañías. La frase que dice: lo barato sale caro, calza perfecto dentro del contexto que se está tratando, la falencia de un programa de seguridad y salud ocupacional bien estructurado produciría malestar en la empresa no solo a nivel de trabajadores, sino a nivel del proceso productivo, la imagen de la empresa no sería la más competitiva en el mercado y además la desconfianza en el personal generaría que los procesos no sean efectuados de forma completa y eficaz. Definitivamente se puede asegurar que la respuesta planteada anteriormente, es inversión, realmente resulta una inversión, que, aunque parezca futura, se traduce en mediano y largo plazo. Para clarificar esta respuesta frente a un directorio o simplemente gerencia general, se debe involucrar un equipo donde los trabajadores y jefes tomen conciencia sobre la


rentabilidad del mismo y no busquen inmediatamente ver cifras únicamente reflejadas en utilidades. Varios casos de empresas de gran amplitud en todo el sentido de su palabra, han demostrado la efectividad de la implementación de la seguridad y salud ocupacional en el trabajo, obteniendo como resultado la disminución de los accidentes y enfermedades, tasas de absentismo laboral bajas, pero no se ha podido demostrar en su totalidad la relación entre estas dos palabras, prevención y productividad, además de satisfacción laboral. Es necesario demostrar que los resultados de una adecuada gestión en materia de Prevención de Riesgos Laborales, generan un ingreso para todos los involucrados y de esta manera la gestión de seguridad y salud ocupacional podría catalogarse como rentable. En el aspecto económico, a toda empresa le interesa realizar su trabajo sin tener tanta rotación del personal, disminuir costos sanitarios, pago de subsidios y responsabilidades patronales. Su justificación está en la satisfacción del personal, optimización de recursos y sobretodo lo de mayor interés para las gerencias, incremento de la productividad. Ampliando el tema, podríamos decir que todo factor que genera competitividad es conocido como valor agregado, entonces podríamos afirmar que la seguridad y salud ocupacional lo es, directamente relacionado con la productividad de las organizaciones que lo han añadido o se encuentran añadiendo en todos sus procesos. La base está en entender que contar con recursos saludables es un bien preciado dentro de la organización, que no solo contribuirá activamente en el incremento de la productividad y riqueza de la sociedad, sino a satisfacer y motivar a que se desarrolle a nivel global en toda la sociedad el concepto de calidad de vida en toda su dimensión. Solo aquel gerente que comprende en su totalidad que su papel en la compañía, se basa en dirigir gente y gestionar recursos, al menor costo posible y agregándole un servicio de excelencia, será quien valore la


fuerza laboral como el principal actor de la organización y no dudará en garantizar en todas sus instancias la salud y seguridad de los mismos a través de programas y planes de prevención que aseguren calidad de vida. Se debe pensar, una y mil veces, que la forma correcta de lograr la real gestión de PRL en las empresas, radica en involucrar a todo el personal de la organización. En este trabajo se efectuará un planteamiento general para entender los costos de la prevención de riesgos laborales, los planes y programas como herramientas para la optimización de recursos en las organizaciones de los distintos niveles socioeconómicos. Mediante un análisis de costo beneficio para la organización, se puede entender el programa de seguridad y salud ocupacional como un proyecto de rentabilidad. Este enfoque se basa en la gestión en las empresas y su evolución en el tiempo, para así mejorar las condiciones de trabajo y reducir las pérdidas. La administración del recurso humano a través de programas de selección, capacitación, adiestramiento e incentivos serán parte del mantenimiento de dichos programas no únicamente enfocados a los factores de riesgo que puedan producir accidentes, sino también para aquellos que produzcan costos e inversión para el área de la salud de las personas como son la vigilancia de la salud y la economía de la salud.


CAPÍTULO 1: Prevención de Riesgos Laborales en el Mundo En Seguridad y Salud Ocupacional se toma como base la Prevención de Riesgos Laborales en las organizaciones, lo cual se sustenta en legislación que los diferentes países han propuesto y promulgado a través de los años, ya que los diferentes países se han visto en la necesidad de que sus industrias crezcan basándose en que los trabajadores mantengan un sitio de trabajo saludable y seguro. La historia ha enfocado y desarrollado en el ser humano el sentido de prevención, basados en su instinto de conservación, desde sus inicios la exposición a riesgos se ha hecho presente, los cuales podían afectar su integridad física causando enfermedades y accidentes, podemos encontrar algunos capítulos de la historia de los riesgos en los diferentes ámbitos laborales respectivos a la época en los que se desarrollaron y las medidas de prevención que se tomaron. Según referencia histórica se puede nombrar que las labores que realizaban las personas se basaban en actividades artesanales que aproximadamente datan de antes del sigglo XVII en el cual no existían industrias pero en esta época ocurrían un gran número de accidentes mortales, como también amputaciones y enfermedades relacionadas a la actividad laboral que se realizaba. Las personas mantenían una actitud de defensa ante los peligros y riesgos que se desencadenaban, y no se anticipaban a ellos con un carácter preventivo, controlando los peligros. Después de esta época, como es normal, el conocimiento del ser humano se va desarrollando y en base a esto también la tecnología lo que generó la etapa de la industrialización, en esta etapa también se ocasionaron gran número de accidentes laborales, a causa también del crecimiento poblacional.


Con las estadísticas que se presentaban de accidentes laborales las autoridades se vieron en la necesidad de implantar y desarrollar legislación referente a la seguridad y salud en el trabajo lo que implicaba la prevención de riesgos, en base a estos hechos históricos en la actualidad estos temas han tomado gran relevancia tanto en las organizaciones como a nivel general de países, siendo una base para el crecimiento y desarrollo. Dejando de lado antecedentes histórico y basándonos en la rama de prevención de riesgos, es importante partir de su definición, podemos encontrar diferentes definiciones para riesgos laborales una de ellas es la definición que nos da la Ley de Prevención de Riesgos Laborales de España “la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. Para calificar un riesgo desde el punto de vista de su gravedad, se valorarán conjuntamente la probabilidad de que se produzca el daño y la severidad del mismo” (Ley de Prevencion de Riesgos Laborales , 1995) El objetivo fundamental de la seguridad industrial y prevención de riesgos es la eliminación de los mismos, también la protección de los trabajadores respecto a los accidentes laborales, daños a la propiedad y medio ambiente. Como parte de la gestión, aplicando los conceptos, se debe comprender que para realizar una prevención de riesgos óptima se identificarán los peligros respecto a cada tipo de industria, puesto y actividades. Aplicando metodología específicas y aprobadas por una organización relacionada a seguridad y salud laboral de prestigio. Al identificar los peligros podemos jerarquizar los riesgos, sus factores y la probabilidad que se materialice el peligro. Aunque no debería únicamente esta la razón de aplicar prevención a nivel empresarial, cabe mencionar que la prevención de riesgos laborales se basa en cumplimiento legal más que en una forma de protección a los trabajadores y generación de ganancias. Desde siempre la prevención de riesgos en el trabajo ha sido un desafío, como se enuncia anteriormente, los


diferente países del mundo han ido implementado normativa legal para lograr el objetivo de menos casos de accidentes y enfermedades a causa del trabajo, el cambio rápido de la tecnología y el deseo de avance económico de las organizaciones plantean mayor dificultad para la prevención de riesgos laborales. La Organización Internacional del Trabajo (OIT) bajo sus estudios y base de estadísticas indica que “cada año mueren 2,3 millones de personas aproximadamente a causa de accidentes o enfermedades laborales, dentro de los cuales podemos encontrar 360.000 accidentes y 1,95 millones de enfermedades mortales.” (OIT, 2009). Lo que implica que “cada día 1 millón de personas sufrirán un accidente en el trabajo, de los cuales 5.500 personas morirán a causa de un accidente o enfermedad causada por su trabajo” (OIT, 2009). También se estima que en las organizaciones sufren 268 millones de accidentes no mortales anuales, lo que causa ausencia de tres días aproximadamente, a nivel de la organización significa una reducción a la producción, por parte de la seguridad y salud se puede centrar en la exposición de los trabajadores suplentes a riesgos propios del puesto de trabajo a causa de poco o nada entrenamiento e información del puesto. Enfocándonos en la actualidad, en los últimos años es importante nombrar que “el número de accidentes y enfermedades laborales en los países industrializados se ha mantenido, mientras que en los países en desarrollo la cifras de accidentes y enfermedades laborales ha aumentado a más de 2 millones de vidas” (OIT, 2009), se puede notar que en los países industrializados como son España, Francia, Reino Unido, etc., se ha implementado la cultura de prevención al mantener sus índices de accidentabilidad, por lo contrario los países en desarrollo como los que pertenecen a Asia y América Latina aumentaron el número de accidentes y enfermedades dado a que se está implementando nueva tecnología, nuevos métodos, nuevos procedimientos. “En América Latina, el aumento del número total de personas empleadas y el crecimiento del sector de la construcción, especialmente en Brasil y


México, parecen haber provocado un incremento anual de los accidentes mortales de 29.500 a 39.500 durante el mismo período de tiempo.” (OIT, 2009) Con los datos expuestos por la OIT, al tener una visión global de la gestión de seguridad y salud ocupacional, podemos decir que la cultura preventiva no se ha implantado tanto en las organizaciones como en los trabajadores, los mismos que no cuentan con una formación referente a prevención de riesgos laborales, tampoco con una capacitación e información de las nuevas tecnologías y maquinaria. Uno de los sectores que muestran poca o nada de prevención en el trabajo es el sector de la construcción, en el cual según la OIT se producen “60.000 accidentes mortales en el año”. (OIT - OMS, 2005). Estos datos reflejan cuán importante es la prevención de riesgos laborales, y la implementación de una cultura preventiva dentro de las organizaciones, que se base en la seguridad y salud de los trabajadores, de esta forma los beneficios aumentarían para todas las partes. A continuación veremos la prevención de riesgos enfocada y acoplada a algunos países de Europa y América.

Prevención de Riesgos Laborales en la Unión Europea La Unión Europea por su desarrollo industrial es pionero en la implementación de programas y sistemas de prevención de riesgos laborales, la prevención se basó en la era de la industrialización a causa de los reclamos por parte de los trabajadores y sus familias por los diferentes accidentes que se suscitaban en las industrias, en los cuales también se veían involucrados niños y mujeres. La prevención se basó en la reducción de jornadas de trabajo, la prohibición del trabajo nocturno y se dio mayor importancia a la etapa maternal de las mujeres. Dollfus fue el ingeniero a cargo de que a finales del siglo XIV quien creo la Asociación de Prevención de


Accidentes de Trabajo, con iniciativas para mejorar las condiciones de trabajo las cuales causaban daños a la salud y bienestar de las personas. En la actualidad son algunas las leyes en las que se basa la Unión Europea entre ellas: 

Acta Única de la Unión Europea (1986), en el artículo 118, trata de promover el mejoramiento continuo del ambiente de trabajo mediante el avance de las condiciones de trabajo para seguridad y salud de los trabajadores, lo cual deben cumplir los estados miembros de la Unión Europea.

Reglamento Unión Europea N° 349/2011 de la Comisión de 11 de abril de 2011 por el que se aplica el Reglamento de la Comunidad Europea N° 1338/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, las cuales tratan sobre la mantención de estadísticas de accidentes de trabajo, para tener una base sobre aumento o disminución de las mismas.

Directiva Marco 89/391/CEE del Consejo Directivo Relativa a “la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores en el trabajo, la cual fue modificada por el Reglamento (CE) N° 1137/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo de 22 de octubre de 2008”. (Directiva relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y salud de los trabajadores en el trabajo , 2008)

Para la implementación de un sistema de prevención de riesgos laborales y seguridad y salud en el trabajo, se crea en el año de 1996 la Red Europea de Seguridad y Salud en el Trabajo (EU-OSHA), lo que busca es crear puestos de trabajo que no causen daños a la salud de las personas, aumentando también la productividad en las organizaciones.


La EU-OSHA se encuentra conformada por 39 instituciones y centros por ejemplo en este organismo España cuenta con la participación del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT).

En cuanto el sistema de gestión que se establece de manera general en la Unión Europea como un modelo a seguir por los países que lo conforman, cuenta con los siguientes principios fundamentales:

“Primer principio: “Las cuestiones de prevención deben ser integradas en las actividades productivas de forma que no puedan ser separadas de estas últimas”.

Segundo Principio: “Para llevar a cabo las acciones preventivas, es esencial que la dirección de la empresa y sus diversos servicios puedan recurrir a los consejos y asesoramiento de un servicio especializado a las órdenes directas de la dirección”

Tercer principio: “Cada miembro de la línea jerárquica tiene la obligación de llevar a cabo actividades de prevención dentro de la zona o área de la que es responsable.

Cuarto principio: “Todas las actividades de prevención deben ser coordinadas en el seno de un programa coherente, jalonado de informes periódicos para que su seguimiento permita una continua adaptación”” (Fundacion Mapfre, 2011)

Como pudimos observar la Unión Europea ha tenido un gran desarrollo en prevención de riesgos pero cada vez tratan de presentar mejoras en el ámbito laboral para los países que la conforman, a través de un cambio continuo en legislación sobre prevención de riesgos laborales basado en el mejoramiento de la tecnología, resulta interesante que en la Unión Europea siempre se encuentre en la búsqueda de nuevos métodos para la reducción de


accidentes laborales, los países miembros no mantienen una visión estancada en lo que se ha realizado hasta ahora, y buscan fomentar cada mejora en todos los países para mantener una equidad y así fortalecerse en la prevención de riesgos a nivel conjunto, algo que se puede aplicar a nivel de Latinoamérica, uniendo y comparando programas, métodos y legislación en materia de seguridad y prevención de riesgos laborales entre los diferentes países, realizando así una misión conjunta.

Prevención de Riesgos Laborales en España España es uno de los países que cuenta con una amplia historia en prevención de riesgos laborales y con las legislaciones más completas aplicadas a este ámbito, los países latinoamericanos han tomado como referencia algunas de las normas de España por lo antes mencionado y su afinidad con el idioma. Así comenzaremos detallando algunos de los hechos más importantes en materia de prevención de riesgos laborales: España se inicia en la época moderna con la Ley de Accidentes de Trabajo del 30 de enero de 1900 o también conocida como Ley Dato, donde se exigía a los patronos a la prevención de accidentes de trabajo, además de la reparación de daños, en caso de existir, esta se puede considerar la base de la legislación en materia de Seguridad y prevención de riesgos. En el año 1940 se incorpora el Reglamento de Seguridad e Higiene del Trabajo abarca un tema general y el velar por su cumplimiento es labor del estado, en el reglamento se detalla las inspecciones del lugar de trabajo, maquinaria y herramientas, Los comités de seguridad aparecen con la norma del año 1944, haciendo referencia a organismos que representen y participen en las empresas, cumpliendo con las inspecciones de seguridad, vigilancia del cumplimiento legal en materia de prevención y seguridad en las


empresas, realizar la investigación de accidentes y enfermedades ocupacionales y mantener estadísticas. En el año 1946 se regula el uso de prendas de protección personal, las cuales eran obligatorias para el personal menor de 21 años, el comité de seguridad debía realizar la inspección de uso de los mismos. En el año 1956 mediante el decreto del 21 de agosto de 1956 se establece la obligatoriedad de los servicios médicos en las empresas de más de mil trabajadores, los servicios médicos tenían que velar por la prevención, conservación y mejoramiento de la salud de los trabajadores en los lugares de trabajo, además de proteger a los trabajadores de los riesgos a los que se encontraban expuestos, las mismas obligaciones tenían las empresas que contaban con más de cien trabajadores, con la diferencia de que se podían agrupar con otras empresas de similares características, a esto se llamaba Servicio Médicos de Empresas Mancomunadas. La finalidad de estos servicios médicos en cualquier modalidad era la de prevención y preservación de la salud de los trabajadores. En base a la preocupación sobre accidentes de trabajo que se suscitaban en la época de los setenta se implementó el Plan Nacional de Higiene y Seguridad en el Trabajo, el cual más que un plan transitorio se trataba de un organismo, este buscaba la formación en materia de prevención de riesgos laborales mediante la creación de técnicos en prevención, y la formación para los médicos de las empresas y autónomos. Los objetivos del Plan eran: 

“Conciencia colectiva del problema de los riesgos profesionales y de las posibilidades de lucha contra los mismos.

Participación social activa de todos los estamentos del mundo del trabajo que convirtiera la acción preventiva en tarea comunitaria.

Coordinación de acciones que eliminara interferencias y duplicidades.


Descentralización de funciones para permitir un equilibrio entre los objetivos centrales y las acciones directas matizadas a nivel provincial.

Tecnificación progresiva, entendiéndola como análisis científico del problema, racionalización de métodos y normalización de medios.

Programación anticipada para evitar improvisaciones y se adelante a la problemática variable de los riesgos profesionales en España.” (Molina Benito, 2006)

El Plan Nacional de Higiene y Seguridad en el Trabajo realizó varias actividades de renombre en las cuales se puede destacar: 

“La creación de una conciencia colectiva sobre el daño en el trabajo, incrementando la motivación en la sociedad, para que aflorase la necesidad de la realización de una auténtica Higiene y Seguridad.

La actitud coordinadora de órganos administrativos, para rentabilizar mejor los medios empleados.

La promoción de los instrumentos técnicos necesarios para que todos los trabajadores tuvieran un asesoramiento y control adecuado del riesgo.

El desarrollo de una intensa acción formativa y divulgadora a todos los niveles.” (Molina Benito, 2006)

El Plan Nacional de Higiene y Seguridad en el Trabajo en la actualidad es el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Por otra parte el antes mencionado Reglamento de Seguridad e Higiene en el Trabajo fue derogado por la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo en el año 1971. “En dicha Ordenanza General, se manifestó la realización de diversas actuaciones y funciones para el ejercicio de “una acción más eficaz en defensa de la vida, integridad, salud y bienestar


de los trabajadores” (Molina Benito, 2006). Bajo estos cambios la prevención se centró en el análisis del trabajador, el puesto de trabajo y el ambiente donde se realizará el trabajo. Posteriormente, en el año 1976 entra en vigencia la Ley de Relaciones Laborales en la que se encontraba detallada de mejor manera la protección de los trabajadores en los centros de trabajo. Se puede citar también la Ley de Industrial o también conocida como Ley 21/1992 conocida por el título III, Seguridad y Calidad en las Industrias. Otro cuerpo legal importante en el impulso de la Seguridad y Salud Ocupacional es la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo, la cual se promulgó por orden Ministerial el 9 de marzo de 1971, actualmente se encuentra derogada por la Ley 31/1995. Como ley más importante en este país podemos decir que está la Ley 31/1995 o Ley de Prevención de Riesgos Laborales en la que se habla sobre la promoción de la seguridad y salud de los trabajadores, la cual se establece como obligación de la Constitución Española y en la misma se indica sobre fomentar una cultura de prevención, planificar la gestión de seguridad y salud ocupacional, formar e informar a los trabajadores. El sistema de gestión de prevención como parte de la planificación de seguridad y salud ocupacional, consiste en la difusión, integración e implantación de una cultura preventiva en las organizaciones, para que cada trabajador pueda realizar actividades que aseguren la prevención de riesgos. Como base para los sistemas de gestión, la INSHT a través de la “NTP 576 Integración de sistemas de gestión: prevención de riesgos laborales, calidad y medio ambiente”, promueve una guía para la integración de los sistemas de gestión en los cuales se encuentran los de prevención de riesgos del trabajo. Pasando al tema de estadísticas el cuál puede ser fundamental para nuestro análisis podríamos mencionar que a pesar del esfuerzo que se realiza en España para el desarrollo de normativa y su cumplimiento los accidentes también han aumentado, según el Ministerio de


Empleo, en el año 2013 se presentaron 404.284 accidentes laborales y en el año 2014 se notificaron 417.377 accidentes laborales lo que indica un aumento del 3.2% respecto al año anterior. (Ministerio de Empleo, 2014) España ha tenido gran desarrollo en la cultura y materia de prevención de riesgos laborales, a pesar de sus índices de siniestralidad, algunos países como Ecuador y Chile han basado su sistema de prevención de riesgos en legislación y programas españoles.

Prevención de Riesgos Laborales en Alemania Alemania fue uno de los primeros países industrializados y desarrollados, la prevención de riesgos en Alemania se inicia desde el siglo XIX, en el cual se da la revolución industrial, se implementó un seguro de accidentes y enfermedades de trabajo, el cual fue fundado en 1884, es considerado el más antiguo del mundo, el mismo es controlado y dirigido por el estado, por la organización que tiene por nombre Berufsgenossenschaften (BG).

Algunos otros acontecimientos que poder citar son:

En el año 1982 se realiza un convenio en las Naciones Unidas en el cual se especifica el requisito de cuidar la seguridad y salud de los trabajadores, para el cumplimiento del mismo en Alemania se decreta la Ley de introducción de medidas para mejorar la seguridad y salud de los trabajadores en el puesto de trabajo. En base a esta ley se “implementan leyes sobre seguros de accidentes de trabajo y enfermedades en Austria, en tanto Suecia crea el seguro de enfermedades y maternidad en 1891, en 1901 el de riesgos del trabajo y en 1913 el seguro de invalidez, vejes y muerte. Las ideas sobre los seguros sociales atraviesan los océanos y así, en Nueva Zelanda, se instituye el seguro de vejez en 1878; el de riesgos de trabajo en 1902 y 1918, y por último el de


invalidez y vejez en 1908, de tal manera que en los comienzos del siglo XX ya cuentan con seguros sociales Holanda (1901-1913), Italia (1898,1912,1919), Luxemburgo (1901-1902 y 1911).” (Ruiz Medina, 2010) 

El 7 de Agosto de 1996 se crea la ley de Prevención en Alemania, la vigilancia de la salud, se norma bajo una disposición legal que se implementa en el año 2008.

Se realizan campañas de prevención de riesgos con el fin de evitar accidentes y enfermedades profesionales desde el año 2003.

Se establece en el año 2004 la aplicación de un Reglamento del lugar de trabajo, el cual cuenta con requisitos mínimos y legales para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores.

En el año 2006 se establece la ley aplicable a los médicos, ingenieros de seguridad y personal relacionado a seguridad en el trabajo, Ley ASIG. Esta ley establece las obligaciones para las organizaciones en mantener puestos de trabajo para médicos, ingenieros y profesionales en seguridad industrial y en materia de prevención de riesgos y protección laboral.

En cuanto a estadísticas tenemos que “en el año de 1954 en ausentismo por enfermedad laboral obtuvo un 4% y en quince años esta cifra se duplicó a 7,4% en 1971” (Ramírez Cavassa, 2005), a través del tiempo las estadísticas cambiaron, en el año 2009 se realizó un informe de Seguridad laboral en el cual se expresó que en ese año se registraron 25,8 accidentes por cada 1000 trabajadores, lo cual significaba la cifra más baja de accidente laborales, “se produjeron 874.642 accidentes laborales, por primera vez en la historia menos de 1 millón y un 7% menos que en 2006” (Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, 2009) . Por otro lado las enfermedades profesionales aumentaron, lo cual se evidencia porque las enfermedades profesionales son detectadas después de un tiempo.


El sistema actual de protección a los trabajadores se basa en una estructura dual, esto quiere decir que, se mantiene la protección de los trabajadores en el ámbito federal y también mantienen los seguros de accidentes en un régimen autónomo.

Otro documento importante es el Libro Séptimo del Código Social que es la ley aplicada para los seguros de accidentes laborales, entró en vigor en agosto de 2013, la ley contiene el tema relacionado al financiamiento y compensación por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, así como también la supervisión y organización de las empresas de seguros contra accidentes, se hace cargo de la determinación de los responsables en los accidentes de trabajo. En la actualidad el Ministerio de Trabajo y Asuntos sociales es el organismo encargado de controlar y mantener todos los asuntos referentes al sistema de prevención de riesgos en Alemania.

Cabe recalcar que en Alemania, según las cifras de siniestralidad que nos muestra el informe emitido por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales en el año 2009, la disminución de accidentes laborales se debe a la cultura de prevención que se encuentra impartida en las organizaciones, esto va a influenciar directamente en las ganancias de las empresas. Esto indica la eficiencia de los programas de prevención de riesgos laborales en el mejoramiento de condiciones de trabajo, demostrando la rentabilidad de los mismos y la relación costo- beneficio que lleva, siendo Alemania un país de ejemplo para los demás países del mundo principalmente los países en desarrollo como lo son los países latinoamericanos.

Prevención de Riesgos Laborales en Francia Francia como país miembro de la Unión Europea cuenta con legislación en prevención de riesgos laborales desde la revolución industrial como la mayoría de países antes


mencionados, pero es uno de los países que menos ha evolucionado en la materia. A continuación veremos una breve reseña sobre la legislación con la que cuenta Francia y sus progresos en Seguridad y Prevención de Riesgos Laborales. Como dato importante se puede citar que en Francia la legislación establece que el comité de seguridad y salud en el trabajo solamente es obligatorio para las empresas de más de cincuenta empleados, por lo tanto aproximadamente “solo un tercio de los trabajadores cuentan con un comité de salud y seguridad” (Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo, 1996- 2001) Como la mayoría de países industrializados Francia cuenta con leyes desde los años 1874 en el cual se aprobó la Ley para Inspección de Talleres, estableciendo un servicio especial de prevención en seguridad y salud, en el cual también se detalla que los niños menores de 12 años y mujeres no podían trabajar. Podríamos decir que “la primera piedra de la seguridad industrial moderna se puso, cuando en París se establece una empresa que asesora a los industriales, en 1833”. (Urteaga, 2010)

En la actualidad la prevención de riesgos se encuentra en el Código de Trabajo de la República Francesa, el cual se complementa con los convenios ratificados y acuerdos con la comunidad europea. Básicamente el empleado está obligado a proteger a sus trabajadores mediante la adopción de medidas de prevención. Aquí se establecen “9 principios para la organización del trabajo y la aplicación de medidas, los cuales son:

Evitar los riesgos;

Evaluar los riesgos que no podrán evitarse;

Combatir los riesgos en su origen;


Adaptar el trabajo al hombre, en particular en lo relativo a la concepción de puestos de trabajo así como la elección de equipamientos de trabajo y métodos de trabajo y producción que limiten el trabajo monótono y repetitivo y reducir los efectos negativos de estos sobre la salud;

Tener en cuenta el estado de evolución de la técnica;

Sustituir lo que es peligroso por lo que no lo es o por lo que es menos peligroso;

Planificar la prevención, incluyendo, en un conjunto coherente, la técnica, la organización del trabajo, las condiciones laborales, las relaciones sociales y la influencia de factores medioambientales, principalmente los riesgos ligados al acoso moral;

Tomar medidas de protección colectiva, considerándolas prioritarias a las medidas de protección individual;

Dar las instrucciones apropiadas a los trabajadores.” (Código del trabajo, 1991)

También se basan en las leyes promulgadas las cuales son:

Ley nº 2002-73, de 17 de enero de 2002, de modernización social. Promueve un enfoque multidisciplinar de la prevención de los riesgos profesionales (competencias médicas, técnicas y organizativas) utilizando agentes y organizaciones autorizadas: los Interventores de la Prevención de Riesgos Profesionales (IPRP-Intervenants en Prévention des Risques Professionnels). El enfoque multidisciplinar proporciona al empresario los medios para realizar la evaluación de riesgos laborales e integrarla en todos los campos de la seguridad y salud laboral.


Ley nº 91-1414 de 31 de diciembre de 1991, que modifica el Código de Trabajo y el Código de la Salud Pública para promover la prevención de los riesgos laborales y la transposición de las directivas comunitarias en materia de salud y seguridad. La misma que posteriormente realiza la transposición de la directiva europea n° 89/391/CEE de prevención de riesgos laborales a la legislación francesa.

El art. L.230-2 establece la obligación del empresario de garantizar la salud y seguridad de los trabajadores, la obligación de aplicar los principios generales de prevención de riesgos laborales y el deber de realizar la evaluación de riesgos y la aplicación de acciones preventivas.

En Francia el Ministerio de Trabajo contribuye al direccionamiento de Interlocutores Sociales los cuales están adscritos al Consejo de Orientación sobre las Condiciones de Trabajo.

Otro organismo encargado de la prevención de riesgos laborales en Francia es la Agencia Francesa de Seguridad Sanitaria del medioambiente y el Trabajo, la agencia cumple con actividades referentes a prevención mediante la investigación, ciencia, la medicina y salud laboral y se complementa con la parte operacional y sistemas de gestión de prevención de riesgos.

Tenemos también como agencia asesora en mejora de las condiciones de seguridad y prevención de riesgos a la Agencia Nacional para la Mejora de Condiciones de Trabajo, esta agencia se encarga objetivamente de la parte operacional de las organizaciones.

Como se mencionó anteriormente en Francia existen los comités de higiene, seguridad y condiciones de trabajo, aunque en la mayoría de empresas no disponen de la


conformación de un comité de seguridad por que la legislación no lo exige, en las que si se tienen integrados los comités se destina mayor participación y compromiso por parte de los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales.

Por otra parte en materia de prevención de enfermedades laborales encontramos a los médicos ocupacionales, el papel de los médicos ocupacionales se basa en el evitar que se genere un daño a la salud de los trabajadores a consecuencia de su actividad laboral.

Para finalizar Francia cuenta con un gran potencial para la reducción de accidentes y enfermedades laborales, siendo parte de la Unión Europea, pero las políticas públicas han hecho que el país se retrase en temas de prevención de riesgos laborales en comparación con los países como Alemania y España, manteniendo legislación antigua que no se aplica con la realidad del país actualmente, Francia es un país que busca la prevención de riesgos laborales como un eje fundamental, actualmente sus empresarios buscan modernizar la percepción que se tiene sobre la prevención de riesgos laborales, aunque no se han realizado cambios significativos en el tema.

Prevención de Riesgos Laborales en Estados Unidos Estados Unidos es una de las principales potencias mundiales, en este país la prevención de riesgos es fundamental para realizar cualquier tipo de trabajo, la labor de un prevencionista básicamente se trata de control y asesoramiento solamente, ya que cada trabajador debe conocer específicamente su trabajo, los riesgos a los que se encuentra expuesto y sobre todo las medidas de prevención que existen.

La historia de la legislación en Estados Unidos comienza en el siglo XIX con la industrialización como en la mayoría de países desarrollados, con esta etapa comenzaron los accidentes laborales de mayor trascendencia.


Tomando en cuenta los accidentes que se desencadenaban a causa de los trabajos en industrias el año de 1867 en Massachussets la ley que nombra a los inspectores de trabajo en las industrias, a partir de esto en el año 1870 se posesiona la primera oficina de estadísticas de trabajo. Posteriormente, en el año 1877 se establece la primera ley sobre los resguardos en las maquinas peligrosas, a partir de estas leyes comienzan

desarrollarse leyes con mayor

especificación como por ejemplo en el año 1898 se comenzó a determinar responsabilidades para los empleadores, la ley que reguló las indemnizaciones que se deben realizar a los trabajadores fue en Wisconsin en el año 1911, anteriormente a esta ley en el año 1902 en Maryland se promulgó la primera ley de compensación de los trabajadores, sus beneficios eran insuficientes por lo que su aplicación fue escasa.

En esta evolución, toma parte el presidente Nixon, quien el 29 de diciembre de 1970 firma la ley de Seguridad y Salud Ocupacional conocida como Ley OSH, esta entra en vigor el año 1971 la misma que es aplicada en 50 estados, “la misma establece el deber de los empleadores de brindar a los trabajadores un lugar de trabajo libre de riesgos los cuales puedan producir la muerte o daño a la salud de los mismos, también establecía normas que los trabajadores debían acatar”. (Walker E., 2003). En base a la cual se estableció la Administración de Seguridad y Salud Ocupacional conocida como OSHA por sus siglas en inglés, este organismo pertenece al Departamento de Trabajo que establece y regula las normas que se relacionan a Prevención de Riesgos y Seguridad y Salud ocupacional.

Como se mencionó anteriormente uno de los organismos de control en materia de prevención y seguridad y salud es la OSHA, esta establece y hace cumplir las normas protectoras de la seguridad y la salud en el lugar de trabajo (normas OSHA). También brinda información, formación a través de los Centros de Educación del Instituto de Entrenamiento


de OSHA (OTI), asistencia a los empresarios y trabajadores y servicio gratuito de consultoría en el lugar de trabajo a pequeñas empresas con menos de 250 trabajadores en el establecimiento y no más de 500 empleados en todo el país.

OSHA cuenta con algunas leyes, las cuales se dividen entre leyes para polvo de algodón, manejo y protección de maquinaria, benceno, protección contra caídas, plomo, estas leyes han ayudado a la reducción de accidentes y enfermedades ocupacionales. A su vez las normas OSHA se dividen en 4 grupos que son:

Norma OSHA construcción

Norma OSHA agricultura

Norma OSHA Operaciones marítimas

Norma OSHA la industria en general

Las leyes y normas OSHA se encuentran contempladas en el Capítulo 17 del subtitulo B del Título 29 del Código de Reglamentos Federales, el cual es de obligatorio cumplimiento, este código establece la clasificación de las diferentes normas y los reglamentos generales que se encuentran publicados en el Registro Federal de Estados Unidos, el cual se actualiza anualmente.

Otra institución de gran renombre e importancia es la National Institute for Ocupational Safety and Health (NIOSH), es la agencia que forma parte de los “Centros de Control y Prevención de Enfermedades”, la cual lleva a cabo investigaciones sobre la prevención

de

enfermedades

y

recomendaciones sobre las mismas.

lesiones

relacionadas

al

trabajo

y

proporciona


Tenemos también la American Conference of Industrial Hygienists (ACGIH), es el organismo de profesionales que participan en programas de seguridad y salud, desarrolla, recomienda y publica los límites de exposición profesional para las sustancias químicas y agentes físicos TLV.

Como parte del control y registro de los profesionales está la American Industrial Hygiene Association (AIHA) es una organización no lucrativa dedicada a alcanzar y mantener los más altos estándares profesionales. Más de la mitad de los casi 10.000 miembros de la AIHA están certificados como higienistas industriales (CIHS), profesionales actuales en el campo de la higiene industrial y la salud ocupacional y ambiental. Es una de las mayores asociaciones internacionales al servicio de los profesionales que práctica de higiene industrial.

Tenemos también el organismo de control de Estados Unidos el Departamento de Trabajo (Departament of Labor) es el encargado de promover y desarrollar planes para el bienestar de los trabajadores, desempleados y trabajadores jubilados, busca la mejora en los lugares de trabajo y busca beneficios para los trabajadores como el aseguramiento de sus derechos.

Hemos visto algunas de las leyes y normas de este país, pero lo importante de todo lo mencionado anteriormente en prevención de riesgos es la disminución de accidentes como resultado de una gestión previa, a partir del cumplimiento de las leyes anteriormente nombradas y con el apoyo conjunto de los empresarios, trabajadores, sindicatos y la OSHA, etc., “se ha realizado una disminución de un 65% de muertes por motivos laborales en los últimos 40 años” (Departamento de Trabajo de EEUU, 2015)

Según la oficina de estadísticas de este país “en el año 1970 morían aproximadamente 38 trabajadores diariamente, actualmente esta cifra disminuyó considerablemente al


mantenerse en 12 personas por día, estadísticas también muestran que la tasa de incidencia en el año 1973 las enfermedades de trabajo ocupaban un 11% y en el año 2010 bajaron al 3%, el empleo por lo contrario se ha duplicado.” (Departamento de Trabajo de EEUU, 2015)

Se puede evidenciar que las agencias y diferentes organismos que conforman el sistema de prevención de riesgos de Estados Unidos, mantienen una cultura de prevención en las organizaciones y trabajadores, a consecuencia de esta cultura implantada cada vez las empresas obtienen un crecimiento, ya que no se generan gastos generados por los costos de un accidente o enfermedad laboral y por ende ocasiona que Estados Unidos sea una potencial mundial en la actualidad.

Prevención de Riesgos Laborales en México Al igual que otros países en la era de la industrialización los trabajadores en México sufrían gran cantidad de accidentes laborales, además de eso los trabajadores no contaban con el servicio de atención médica, mucho menos con protección y seguridad dentro de las fábricas, por este motivo en el año 1872 entra en vigor el Reglamento del Consejo Superior de Salubridad. Otro acontecimiento ocurre en 1884, donde se expide el Código Sanitario, el mismo fue modificado en el año 1902 y se expide el nuevo Código Sanitario. “En los años 1904 se crearon las leyes denominadas de José Vicente Villada para el estado de México y en 1906 de Bernardo en Nuevo León, respecto al reconocimiento de los accidentes de trabajo y la responsabilidad patronal de la indemnización por el mismo.” (Hernández, 2005)

En el año 1943 se decreta la ley para la creación del Instituto Mexicano de Seguro Social, el cual se establece bajo la exigencia que se menciona en el artículo 123, fracción XXIX: “Es de utilidad pública la ley del seguro social, y ella comprenderá seguros de invalidez, de vejez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo, de enfermedades y


accidentes, de servicios de guardería y cualquier otro encaminado a la protección y bienestar de los trabajadores, campesinos no asalariados y otros sectores sociales y sus familiares.” (Constitución Politica de los Estados Unidos Mexicanos, 1943)

En la actualidad el principal cuerpo legal es la Ley Federal del Trabajo que es reglamentaria del Artículo 123 de la Constitución que a su vez contiene la Declaración de los Derechos Sociales, vigente desde el 1 de Mayo de 1970. Aquí se detallan los derechos y obligaciones de los trabajadores y patronos, referentes a la seguridad e higiene del trabajo, además de los riesgos del trabajo, de accidentes y enfermedades, clasifica las incapacidades y propone medidas preventivas de los riesgos del trabajo. La evolución de la legislación mexicana en materia de prevención de riesgos laborales se detuvo desde aproximadamente los años 1980 hasta 1990 ya que México se encontraba en un crecimiento económico estancado, y el mercado informal se comenzó a expandir, y se recobra en el año 1997 cuando se establece la Nueva Ley del Seguro Social en la cual se determinan los pagos que las empresas deben aportar al Seguro de Riesgos de Trabajo, pagos fijos y gastos variables, posteriormente modificada en el año 2001. Por otra parte como organismo de control en prevención, se encuentra la Secretaria de la Salud, quien establece y conduce la política nacional en materia de asistencia social, servicios médicos y salubridad general. Otro organismo es el Seguro Social quien a nivel federal, comprende los seguros de riesgos de trabajo, incapacidades, invalidez y muerte, siendo controlado por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). La legislación mexicana se basa en la Constitución Política, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley Federal del Trabajo, Ley Federal sobre Metrología, Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo, entre otros.


A pesar de mantener leyes respecto a la seguridad y prevención laboral México cuenta con gran número de accidentes y enfermedades laborales, según el Instituto Mexicano del Seguro Social en el año 2014 hubo 400.947 accidentes de trabajo, 8.301 enfermedades ocupacionales, 25.214 incapacidades de trabajo y 1.012 muertes.

La División de Prevención de Riesgos de Trabajo indica que los accidentes tienen mayor incidencia en los hombres con el 62% y en mujeres 38%, la creciente inclusión de las mujeres en el ámbito industrial y laboral conlleva el aumento de accidentes para este género.

Por otro lado tenemos la industria petrolera, en México se han suscitado varios accidentes petroleros de gran magnitud, en el año 2010 se produjo una explosión de los ductos que se encontraban en la población de San Martin Texmelucan, en Puebla, en el cual murieron 29 personas, otro accidente de este tipo ocurrió en el año 2012 en la explosión de la planta de Reynosa, Tamaulipas en la que 30 personas perdieron la vida, el 31 de Enero del 2013 se registra una explosión en la petrolera PEMEX, en la cual 33 personas murieron y 121 sufrieron lesiones y quemaduras. (Uribe Cruz, 2013)

A pesar de los programas de prevención que mantiene este tipo de empresas, y su cumplimiento legal, los accidentes que se han suscitado han demostrado que la cultura de prevención no se encuentra implantada en los trabajadores y la sociedad, esto lo podemos incluir en una responsabilidad compartida tanto de

los trabajadores como de las

organizaciones, son temas comunes en los países latinoamericanos, basándonos en que la cultura de prevención lo ven como un extra y no como lo que realmente es, algo fundamental en las organizaciones sobre todo en las de alto riesgo, como su nombre lo indica estas organizaciones realizan actividades que pueden generar una gran cantidad de accidentes,


incidentes y enfermedades, además de daños a la infraestructura, sociedad vecina y medio ambiente.

Prevención de Riesgos Laborales en Colombia La prevención de riesgos laborales en Colombia toma importancia a principios de este siglo, definiendo las responsabilidades del estado, anterior a esta etapa Colombia como los demás países cuenta con una historia sobre legislación en materia de prevención laboral y seguridad y salud. En el año 1904 se comienza a tratar por primera vez a la seguridad y la prevención de riesgos laborales como un tema en específico, tratando temas de accidentes y enfermedades profesionales, esta iniciativa se convierte en la Ley 57 en el año 1915 la cual es conocida como “Ley Uribe”, ya que fue impulsada por la iniciativa de Rafael Uribe Uribe, la misma que es considerada como la primera ley en materia de prevención y seguridad laboral. A partir de la “Ley Uribe” Colombia no tuvo un gran avance, ya que comenzó la era de la explotación laboral, la cual solo perseguía las ganancias, manteniendo condiciones de trabajo precarias y no había una preocupación por la salud y bienestar de los trabajadores. Hasta el año 1918 en el cual se implementó la Ley 46, en la cual trataban sobre las medidas de higiene en el trabajo para los trabajadores y trabajadoras, siendo esta ley una base para la legislación que años después sería aplicada en materia de prevención de riesgos y seguridad laboral. Algunas de las leyes que se decretaron posteriormente son: 

Ley 37; 1921: Establece seguros de vida para los trabajadores.

Ley 10; 1934: Se habla de enfermedades profesionales, vacaciones y el tipo de contrataciones laborales.

Ley 96 ; 1938: Se crea el Ministerio de Protección Social


Ley 44; 1939: Se decreta la creación del Seguro Obligatorio e indemnizaciones para los trabajadores por accidentes de trabajo

Decreto 2350; 1944: Establece la obligación de protección de los trabajadores fundamentado en el Código Sustantivo de Trabajo.

Ley 6; 1945: Se decreta la Ley 6 más conocida como Ley General del Trabajo, la cual sería una de las leyes más importantes.

El Código Sustantivo de Trabajo, del 7 de junio de 1951, es el cuerpo legal que detalla las obligaciones del patrono y los trabajadores. Los patronos que tengan más de 10 trabajadores debían expedir un reglamento de higiene. Como hacemos referencia anteriormente la legislación laboral de este país determina las prestaciones para los trabajadores en caso de accidente o enfermedad profesional, además de la indemnización que se paga en caso de muerte a cargo del Seguro Social. En este mismo código se detallan medidas de higiene y seguridad para las organizaciones. Por otra parte se crea el Sistema General de Riesgos Profesionales mediante el decreto de ley 1295 del año 1994, en el cual establecen un modelo para la prevención de accidentes y enfermedades laborales, (Rodriguez Mesa, 2013) implementando también el aseguramiento privado de los trabajadores, este modelo busca principalmente: 

Establecer actividades que ayuden a la prevención y promoción en cuanto a condiciones de trabajo

Determinar y fijar las prestaciones económicas que se deriven de accidentes o enfermedades laborales

Realizar la vigilancia de cumplimiento de la normativa legal a través de las Administradoras de Riesgos laborales.


El Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Salud y de Protección Social son los organismos rectores el cumplimiento de la legislación colombiana. Un avance que han logrado los organismos de control junto al estado es que en julio del año 2012 se aprobó la nueva Ley de Prevención de Riesgos Laborales, con esta ley se acogió a organismos colectivos que no se tomaban en cuenta en las anteriores leyes ni estaban protegidos contra accidentes y enfermedades que se ocasionan en el trabajo. En esta ley se contempla: 

Trabajadores independientes, que mantengan un contrato mayor a un mes

A estudiantes que realicen trabajos que creen una fuente de ingresos en su trabajo, y los cuales puedan constituir un riesgo para la salud

A los miembros de instituciones como la Cruz Roja, Bomberos, defensa civil, etc.

Por otra parte tenemos a los antes mencionados administradores de riesgos laborales los mismos que deberán reportar los planes y programas de prevención de riesgos al Ministerio de Trabajo, el mismo ministerio mantiene las Juntas de Calificación de Invalidez y se mantendrá un Fondo de Riesgos Laborales que destinará recursos para inspecciones de seguridad, vigilancia de la salud y control. En cuanto a estadísticas sobre siniestralidad en Colombia, el Ministerio de trabajo es el organismo encargado de emitirlas, las cuales no se encuentran disponibles, los datos a los que se pueden acceder son los de las Aseguradoras de Riesgos Profesionales privadas en las que se informa que “el 30% de enfermedades profesionales registradas en el año 2008 fueron declaradas por la industria manufacturera, 17%

pertenecen al sector inmobiliario,

empresarial y de alquiler y un 15% al sector de la ganadería, agricultura, caza y silvicultura.” (César G. Lizarazoa, 2010)


Para finalizar, Colombia ha visto como un modelo a seguir el modelo de gestión de prevención de riesgos que se ha estado implantando en Ecuador llamado el “Modelo Ecuador”, este modelo se basa en la Resolución N° C.D 390 del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, en el siguiente capítulo “Sistemas de Gestión”.

Prevención de Riesgos Laborales en Chile Chile cuenta con un sistema de prevención el cual tiene como finalidad “garantizar los derechos y mínimos sociales a las que las personas que desarrollen su vida laboral en Chile” (Subsecretaria de Previsión social). Pero para llegar al sistema de prevención con el que cuentan actualmente Chile pasó por una evolución tanto en temas de legislación, como en culturización, mostraremos a continuación una breve reseña histórica sobre prevención de riesgos laborales. La Ley 3.170 de Accidentes de Trabajo del año 1916 es una de las primeras leyes, la cual trata sobre accidentes laborales, su eje era la indemnización, no se detallaba la responsabilidad empresarial y su acción era correctiva más que preventiva. Posteriormente se aprueban dos leyes, la primera es “la Ley 4.054 que trata de la aseguración por enfermedad, invalidez y accidentes provocados en por el trabajo, y la segunda es la Ley 4.055 esta ley es más específica sobre los accidentes de trabajo.” (Walker E., 2003) En base a las anteriores leyes se crea el Código del Trabajo en el año de 1931, en el cual se integra de mejor manera la prevención de riesgos, la responsabilidad empresarial, accidentes y enfermedades laborales, la responsabilidad empresarial terminaba cuando el accidente se producía por motivos de fuerza mayor y que no tengan relación con el trabajo, por supuesto estaban los que eran producidos intencionalmente por la víctima. El Código de Trabajo sufre modificaciones desde el 7 de, septiembre de 1948, con reformas realizadas el en Decreto 875 el 31 de mayo de 1970. En el mismo se dispone sobre


la obligación del patrono en tomar medidas para proteger la vida y la salud de los trabajadores. También, en la Ley 16 744 se establecen normas sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, misma que entra en vigencia en 1968, se declara la obligatoriedad para la implementación del Seguro Social contra riesgos de accidentes y enfermedades. Aquí también se habla sobre indemnizaciones y su clasificación, además de las prestaciones por invalidez y cuando se considera como tal. En este cuerpo legal, se incluye el procedimiento para prevención de riesgos en las industrias y las sanciones por incumplimiento. Los organismos de control en este país son el Ministerio de Trabajo y Prevención Social, además del Servicio Nacional de Salud. Cuando existan más de 25 trabajadores en las organizaciones, se debe conformar Comités Paritarios de Higiene y Seguridad, el incumplimiento de la normativa podría ocasionar a la empresa sanciones como multas o en el peor de los casos el cierre del lugar de trabajo. Como cuerpo legal más importante a nivel país, en la Constitución Política de la República del año 1980 la prevención de riesgos se incorpora en las garantías que ofrecía el estado a los trabajadores y las prestaciones de la medicina preventiva. Enfocándonos en el tema de Medicina preventiva Chile cuneta con la Ley 6.174 del año 1938, esta ley contempla funciones y responsabilidades para la prevención de enfermedades crónicas y determina la obligación de realizar exámenes médicos de los trabajadores a la Caja de Seguro Obligatorio. En el año 1952 la Caja de Seguro Obligatorio es reemplazada por el Servicio de Seguridad Social y por el Servicio Nacional de Salud, el cual pasa a tener la responsabilidad de la salud de todo el país, el tratamiento de las enfermedades ocupacionales y si fuere el caso el tratamiento de las enfermedades y la prevención de riesgos. En cuento a la gestión de prevención de riesgos en el año 2006 Chile replanteó y modificó las leyes que se encontraban vigentes hasta ese año creando la Ley 20.123,


implementando responsabilidades a las empresas y contratistas, regulando la adopción de medidas preventivas. Se encuentra que la Ley 20.123 del Ministerio de Trabajo y Previsión laboral establece lo siguiente: 

Las responsabilidades de las organizaciones respecto a materia de prevención de riesgos y seguridad y salud de los trabajadores.

Los administradores de seguros deben cumplir con la Ley N° 16.744, que trata de acciones preventivas y de asistencia técnica.

La notificación de accidentes del trabajo, graves y fatales, así como también enfermedades ocupacionales como obligación por parte de los organismos fiscalizadores.

La obligación de contar con un sistema de gestión de la seguridad y salud de los trabajadores, el cual contempla la prevención de riesgos laborales como su base. (Ministerio de Trabajo y Previsión Social, 2010)

Como se mencionó anteriormente la legislación establece la obligatoriedad de un sistema de gestión en las empresas, con este objetivo la Agencia Chilena de Seguridad presenta el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud Ocupacional, una herramienta que permite a las empresas la prevención y control de riesgos laborales, al mantener etapas de mejoramiento continuo, la metodología es adaptable a todas las empresas por su tamaño y actividad económica, se basa en las especificaciones OHSAS 18001. Tenemos también un tema importante sobre la prevención de riesgos que son las Mutuas de Seguridad de Accidentes de trabajo, estos son organismos privados que brindan servicios de asesoría como la prevención de riesgos

y el tratamiento de accidentes y

enfermedades de trabajo, estas mutuas se basan en la ley N° 16.744 sobre Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales del 1 de febrero de 1968. Las principales Mutuales de


Trabajo en Chiles son tres: la anteriormente mencionada Agencia Chilena de Seguridad, tenemos también el Instituto de Seguridad del Trabajo y la Mutual de Seguridad que pertenece a la Cámara chilena de la Construcción.

Estas mutuales son controladas y

pertenecen al Ministerio de Trabajo y Previsión Social de Chile. En cuanto a estadísticas de siniestralidad laboral en Chile tenemos que “en el año 2014 ocurrieron 187.932 accidentes del trabajo en las mutualidades, lo que se traduce en una tasa de 4,0 accidentes del trabajo por cada 100 trabajadores protegidos en las mutualidades, esta cifra es la menor tasa de accidentes de trabajo en el periodo 2005-2014” (Superintendencia de Seguridad Social, 2015) En el informe anual sobre estadísticas de seguridad y salud en el trabajo de la Superintendencia de Seguridad Social podemos observar también que los días de ausentismo a causa de “accidentes laborales han aumentado en promedio de 7,0% anual desde el año 2005 hasta el año 2014.” (Superintendencia de Seguridad Social, 2015) “En el año 2014 se produjeron 392 accidentes laborales que ocasionaron la muerte de trabajadores, de los cuales 254 fueron accidentes de trabajo (65%) y 138 fueron accidentes de trayecto (35%). Para el mismo año, se registran las cifras más bajas del quinquenio tanto para tasa de mortalidad por accidentes del trabajo (4,5 por cada 100.000 accidentes) como para los accidentes de trayecto (2,5 por cada 100.000 accidentes” (Superintendencia de Seguridad Social, 2015) En cuanto a enfermedades laborales, causan mayor tiempo de ausentabilidad del trabajo que los accidentes ya que tienen mayor tiempo de diagnóstico, tratamiento y recuperación, “En el año 2014 se diagnosticaron 4.411 enfermedades profesionales en las mutualidades, lo que implica una disminución de 15% respecto al número de enfermedades profesionales diagnosticadas en el año 2013, En relación al perfil de calificación, desde el año 2010 se observa un aumento de la proporción de calificaciones por enfermedad común. En


particular, las calificaciones de origen laboral de las denuncias de enfermedades profesionales pasa de 30% en el año 2011 a 24% en el año 2014.” (Superintendencia de Seguridad Social, 2015) En conclusión, Chile como la mayoría de países latinoamericanos se encuentra en una etapa de cambios en materia de prevención de riesgos laborales, a pesar de esto Chile ha sido uno de los países que mayor implementación de legislación y cultura preventiva tiene a nivel de Latinoamérica, esto se evidencia en la disminución de tasa de accidentabilidad en las estadísticas presentadas, se debe también a que en el año 2010 treinta y tres trabajadores quedaron atrapados bajo tierra en una mina, satisfactoriamente ninguno murió, esto impulsó Chile al desarrollo de Seguridad y Salud Ocupacional y prevención de riesgos laborales, para que hechos como este no vuelva a ocurrir.

Prevención de Riesgos Laborales en Perú Perú actualmente cuenta con programas y legislación específica en temas de prevención de riesgos y seguridad laboral. La historia legislativa en materia de prevención de riesgos es reducida, por lo que se detallaran las más relevantes a continuación.

En 1964 se decreta bajo el Decreto Supremo 42-F la primera norma en materia de prevención de riesgos laborales, lo que originó el desarrollo del primer Reglamento de Seguridad y Salud.

Bajo la Resolución Suprema 021 del año 1985 se norman las leyes básicas de Seguridad e higiene en obras de edificación. En el país esta industria es la que mayor tasa de accidentabilidad registra.

La Ley de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de 1971 contenida en el Decreto Ley 18. 846 establece el seguro social como obligatorio, además de la cobertura del mismo, el costo y las prestaciones para


los trabajadores, tipos de incapacidades y definiciones importantes. Por parte de la salud, la Caja Nacional de Seguro Social se encarga de las prestaciones médicas. El país cuenta con un Reglamento General Técnico de Seguridad, Higiene y Medicina en el Trabajo y un Reglamento de los Comités de Seguridad Industrial donde se detalla las funciones de los mismos. Como organismo de control está el Ministerio de Industria y Comercio. El país cumple con la actual Ley 29.783 de Seguridad y Salud en el Trabajo que entro en vigencia en el año 2011 decretada por el presidente Ollanta Humala, la cual es la base de prevención de riesgos laborales, esta ley contiene nueve principios fundamentales de obligatorio cumplimiento:

Principio de prevención: El empleador deberá garantizar que el lugar de trabajo no presente condiciones desfavorables para el bienestar físico de sus empleados y del personal que se encuentre dentro de su infraestructura.

Principio de responsabilidad: Se detalla la responsabilidad del empleador con los trabajadores que a causa de su trabajo sufrieren un accidente o enfermedad laboral.

Principio de cooperación: Es obligación del estado junto a la organización y los sindicatos de los trabajadores mantener relaciones que ayuden a la mejora de las condiciones de trabajo.

Principio de información y capacitación: El empleador será el responsable de comunicar y capacitar a sus trabajadores sobre los riesgos a los que están expuestos y sus medidas de prevención.

Principio de gestión integral: La gestión de Seguridad y Salud debe ser acoplada e integrada a la Gestión de toda la empresa.


Principio de atención integral de la salud: Todo trabajador que sufra un accidente o enfermedad laboral tendrá derecho a las prestaciones establecidas en la ley y a la reinserción laboral después de su recuperación.

Principio de consulta y participación: Es responsabilidad del estado promover estrategias para el mejoramiento de los lugares de trabajo.

Principio primacía de la realidad: Las partes como el estado, las organizaciones y el trabajador están en la obligación de cumplir con las disposiciones legales en materia de Seguridad y Salud y Prevención de Riesgos Laborales.

Principio de protección: Los trabajadores tienen “derecho a que el Estado y los empleadores aseguren condiciones de trabajo dignas que les garanticen un estado de vida saludable, física, mental y socialmente, en forma continua. Dichas condiciones deben propender a:

Que el trabajo se desarrolle en un ambiente seguro y saludable.

Que las condiciones de trabajo sean compatibles con el bienestar y la dignidad de los trabajadores y ofrezcan posibilidades reales para el logro de los objetivos personales de los trabajadores.” (Ley 29.783 de Seguridad y Salud en el Trabajo, 2011)

En cuanto a organismos tenemos el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, este es el organismo rector en prevención de riesgos y seguridad laboral, este ministerio se divide en dos Viceministerios que son:

Viceministerio de promoción del empleo y capacitación laboral.

Viceministerio de trabajo, esta división es la responsable de la seguridad y prevención en el trabajo, la misma se subdivide en dos direcciones que ayudan a la gestión de seguridad y salud.


Dirección general de derechos fundamentales y seguridad y salud en el trabajo

Dirección general de inspección del trabajo

En el informe de “Perfil Diagnostico en Seguridad y Salud en el Trabajo de los Países de la Subregión Andina” indica que la Dirección general de derechos fundamentales y seguridad y salud en el trabajo es el encargado de la regulación del sector de salud laboral, bienestar social, y prevención y protección de riesgos laborales, en base a estos parámetros esta subdivisión propone políticas, normas, reglamentos y planes de acción, promover la cultura de prevención. (Forastieri, 2007)

Por otra parte tenemos la Dirección general de inspección del trabajo, esta subdivisión es la encargada de proporcionar y dar cumplimiento a los procedimientos y normas del Sistema Nacional de Inspección del Trabajo.

En cuanto a estadísticas de accidentabilidad en Perú el Ministerio de Trabajo y Promoción de Empleo mensualmente emite boletines estadísticos, según el Ministerio las cifras de accidentabilidad van en aumento, “Se estima que en el año 2014 se notificaron 176 mil accidentes de trabajo, mientras que en el año 2013 se presentaron solo 222 notificaciones” (Ministerio de Trabajo y Promoción de Empleo, 2015)

Lo que podemos determinar en base a las estadísticas emitidas por el Ministerio de Trabajo y promoción del Empleo es que las organizaciones comenzaron a realizar las notificaciones de accidentabilidad por cumplimiento legal, mas no se evidencia una cultura de prevención en las mismas, a pesar de los avances en el tema legislativo, Perú es un país que se encuentra debajo de los avances de otros países latinoamericanos en base al análisis que se ha realizado de la prevención el Riesgos Laborales en el mundo en la presente tesis.


Prevención de Riesgos Laborales en Argentina Argentina cuenta con un sistema de prevención en base a la legislación que fue necesaria a partir del ingreso de maquinaria y fabricas al país, como en los demás países latinoamericanos esto ocurrió por los años de 1900, aunque no se cuenta con una base extensa de leyes y normativas. Uno de sus primeros cuerpos legales es la Ley 9.688 referente a los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, promulgada el 11 de octubre de 1914, la cual trataba de las indemnizaciones que recibía el trabajador por parte del empleador en caso de que sufriese un accidente de trabajo o una enfermedad laboral, también contaba con la descripción de los aportes a compañías aseguradoras y a la Caja Nacional de Jubilaciones y Pensiones.

Otra ley fundamental es la Ley Nacional 19. 587 Ley de Higiene y Seguridad, promulgada en 1972, misma que organiza las actividades de seguridad e higiene en el trabajo en las relaciones empleador- empleado, además de detallar algunas condiciones de seguridad e higiene, esta ley se preocupaba por “la protección de la vida, preservar y mantener la integridad psicofísica de los trabajadores; prevenir, reducir, eliminar o aislar los riesgos, estimular y desarrollar la prevención de accidentes o enfermedades derivados de la actividad laboral” (Ley de Higiene y seguridad , 1972)

En el año 1979 Argentina cuenta con un Reglamento general clasificado por ambiente de trabajo, factor de riesgo y gestión, además de otros Reglamentos específicos de acuerdo a la actividad que realicen las distintas industrias.

Una ley importante que no podemos dejar de citar, es la Ley 24. 557 Ley de Riesgos del trabajo donde se habla sobre accidentes y enfermedades de trabajo, la cual entra en


vigencia en el mes de julio del año de 1996 junto a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo, lo cuales pertenecen al Ministerio de Trabajo de Argentina. Los objetivos de esta ley son:

“Reducir los siniestros laborales a través de la prevención de riesgos derivados del trabajo.

Reparar daños derivados de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales incluyendo la rehabilitación del damnificado.

Promover la recalificación y recolocación de los trabajadores damnificados.” (Ley N° 24.557 de Riesgos del Trabajo, 1996)

En otro tema, según las estadísticas de este país en el año 2013 se notificaron a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo “462.345 accidentes de trabajo, 139.002 accidentes in itineres y 25.193 enfermedades profesionales” (Unidad de Estudios Estadisticos , 2013), en el 2014 hubo una reducción del 10% de casos en relación al 2013 según la Unidad de Estudios Estadísticos se registraron “443.213 accidentes de trabajo, 137.898 accidentes in itinere y 24.576 enfermedades profesionales”. (Unidad de Estudios Estadisticos , 2013)

Las cifras nos pueden indicar que la gestión de prevención de riesgos tuvo buenos resultados el reducir el índice de accidentabilidad en un 10%, en materia de Seguridad y Salud es un gran logro, se demuestra que el sistema de gestión de prevención de riesgos es efectivo y de gran ayuda para los trabajadores, las empresas y para el desarrollo del país. Argentina es sin duda un ejemplo a seguir por los países latinoamericanos, ya que por medio de su legislación, cultura, compromiso organizacional y programas de prevención de riesgos laborales han logrado grandes resultados como es disminuir la siniestralidad en las empresas,


Prevención de Riesgos Laborales en Brasil En Brasil no existía legislación específica para prevención de riesgos laborales, lo que constituía un problema de gran magnitud ya que se presentaban gran número de accidentes y enfermedades laborales, siendo Brasil un país de empleos industriales, petroleros y mineros, empleos de alto riesgo y sin una legislación que regule el tema de prevención de riesgos se presentaba una época preocupante para el país. Hasta que en el año 1939 bajo la necesidad de establecer legislación se crea el Ministerio de Trabajo, a partir de esto en el año 1943 el presidente Getulio Vargas junto a su Ministro de trabajo André Marcondes Filho decretaron la Codificación de Leyes de Trabajo las cuales reglamentan las relaciones y condiciones de trabajo, bajo el “Decreto de Ley N° 5.452”. Esta ley provoco un gran avance en materia de prevención de riesgos ya que la ley determinaba que:

“Las empresas tendrían que hacer que sus empleados conociesen los riesgos de sus actividades.

Los empleados tendrían que cumplir los reglamentos de seguridad y salud sobre la penalización de su garantía de empleo.

La empresa tendría que facilitar gratuitamente los EPIs y los empleados tendrían que utilizarlos de forma obligatoria.

Fue creada la Comisión Interna de Prevención de Accidentes (CIPA) formada por representantes de la empresa y de los empleados.

Las empresas eran obligadas a realizar exámenes de salud ocupacional antes de la admisión, periódicamente y después de la salida de lo empleado.

Creación de la Semana Interna de Prevención de Accidentes.


Seguimiento de la condiciones ambientales de trabajo tales como: conforto térmico, iluminación, ruido y radiaciones, de entre otros.” (Oliveira Jorge, 2015)

En el año 1978 el Ministerio de Trabajo recibía cuantiosas notificaciones de accidentes laborales a partir de esto se crearon normativas que se enfocaban a diferentes ámbitos basados en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales de España, algunas de las normativas que se decretaron son:

“Normativa Nº 04 - Servicio Especializado en Ingeniería de Seguridad y en Medicina de Trabajo.

Normativa Nº 05 - Comisión Interna de Prevención de Accidentes.

Normativa Nº 06 - Equipos de Protección Individual – EPI.

Normativa Nº 07 - Programas de Control Médico de Salud Ocupacional.

Normativa Nº 09 - Programas de Prevención de Riesgos Ambientales.

Normativa Nº 10 - Seguridad en Instalaciones y Servicios en Electricidad.

Normativa Nº 12 - Seguridad en el Trabajo en Máquinas y Equipos.

Normativa Nº 17 – Ergonomía.

Normativa Nº 18 - Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo en la Industria de la Construcción.

Normativa Nº 20 - Seguridad y Salud en el Trabajo con Inflamables y Combustibles.

Normativa Nº 22 – Seguridad y Salud Ocupacional en la explotación minera.

Normativa Nº 28 - Fiscalización y Penalidades.

Normativa Nº 31 - Seguridad y Salud en el Trabajo en la Agricultura, Pecuaria, Silvicultura, Explotación en Floresta y Acuicultura.

Normativa Nº 32 - Seguridad y Salud en el Trabajo en Establecimientos de Salud.

Normativa Nº 35 - Trabajo en Altura.

Normativa Nº 36 - Seguridad y Salud en el Trabajo en Empresas de sacrificio y Procesamiento de Carnes y Derivados.” (Oliveira Jorge, 2015)


Al inicio de los años 1980 se crearon normativas para los profesionales de Seguridad y Salud, en las cuales se detallan que el profesional no podrá ejercer otras actividades aparte de las de prevención de riesgos laborales, el perfil del profesional en Seguridad y Salud ocupacional son:

Ingeniero de Seguridad y Salud: Ingeniero con postgrado en Ingeniería de Seguridad y con registro y autorización del Consejo de Ingeniería de Brasil.

Médico de Trabajo: Médico con postgrado en Medicina de Trabajo y con registro y autorización del Consejo de Medicina de Brasil.

Enfermero de Trabajo: Enfermero con postgrado en Enfermería de Trabajo y con registro y autorización del Consejo de Enfermería de Brasil.

Técnico de Seguridad del Trabajo: profesional con curso técnico de seguridad de trabajo de enseñanza medio y con registro y autorización del Ministerio de Trabajo de Brasil.

Técnico de Enfermería del Trabajo: profesional con curso técnico de enfermería de trabajo de enseñanza medio y con registro y autorización del Consejo de Enfermería.

Auxiliar de Enfermería del trabajo: auxiliar de enfermería o técnico de enfermería portador de certificado de conclusión de curso de calificación de auxiliar de enfermería de Trabajo y con registro y autorización del Consejo de Enfermería.

Los perfiles que se determinaron eran de gran ayuda ya que una persona que tenga una formación referente a seguridad y salud y prevención de riesgos podía realizar una mejor gestión, como consecuencia de esto el gran índice de siniestralidad podía disminuir.


Por el lado del sistema de gestión de prevención de riesgos la mayoría de empresas aplican el modelo OHSAS 18001, lo que contribuye a una superación respecto al manejo de riesgos y disminución en la tasa de accidentabilidad. Como se ha mencionado anteriormente en Brasil los accidentes de trabajo cada vez son más o se mantienen en números altos de incidencia, así Brasil “se encuentra en cuarto lugar en número de fallecimientos laborales en el ranking mundial” (Oliveira Jorge, 2015), en el año 2011 según el Ministerio de la Seguridad Social “se producía una muerte cada tres horas y aproximadamente 81 accidentes y enfermedades laborales fueron notificados en cada hora de trabajo, en general fueron registrados en el año 711.164 accidentes y enfermedades laborales, lo que provocó que un 86% de trabajadores se acogieran a una baja por incapacidad laboral, 2.08% a una baja por incapacidad permanente y el fallecimiento de 2.884 personas” Con las cifras anteriormente citadas muestran que la legislación con la que cuenta Brasil no es suficiente o podríamos deducir que no se ha implementado la misma de forma correcta, cada empresa debe implementar una cultura de prevención en cada trabajador, ya que la mayoría no cuentan con una formación en materia de prevención.

Prevención de Riesgos Laborales en Ecuador Ecuador es un país que ha mantenido malas condiciones de trabajo durante muchos años, aunque se mantenía legislación sobre prevención de riesgos las empresas no la cumplían, en el año 2010 es cuando la prevención de riesgos dio un pequeño giro y la legislación existente se comenzaba a poner en práctica, a continuación, como en los anteriores países europeos y americanos, detallaremos un poco de la historia legislativa en materia de prevención de riesgos laborales. A principios del siglo IXX Ecuador mantenía sus labores artesanales y agrícolas, pero sus jornadas laborales eran de aproximadamente 14 horas diarias, demasiado extensas, los


trabajadores realizaron varias huelgas hasta que esto logro un cambio cuando el presidente, en aquel entonces Eloy Alfaro, en el año 1906 expide la ley que regulaba las horas de trabajo a ocho horas. En el año de 1908 el Consejo Obrero se organiza para la discusión sobre los accidentes de trabajo por primera vez, buscando mejor y mayores indemnizaciones. Lo que impulso que en el año 1913 a partir de la elevada cifra de trabajadores muertos en la construcción del ferrocarril, “la Asamblea del Guayas crean un proyecto de ley que hablaría de las indemnizaciones e impuestos (0,1%) que los empresarios aportarían para la creación de un Fondo de Compensación por accidentes de trabajo.” (Wigard, 1962) Posteriormente, en el año 1921 entra en vigencia la Ley de Accidentes de trabajo por primera vez, basándose en indemnizaciones para los trabajadores que fueran víctimas de un accidente laboral. En 1925 se redacta la nueva Constitución del Ecuador, como cuerpo legal más importante, enfatizando mayor importancia a la seguridad en el trabajo y sus condiciones, en base a la nueva constitución en el año 1927 se promulga la Ley de Prevención de Accidentes de Trabajo y un año más tarde en 1928 entra en vigencia la Ley de Responsabilidad por Accidentes de Trabajo, esta es de gran trascendencia ya que se comienzan a establecer leyes y organismos para la prevención de riesgos laborales y accidentes de trabajo, es creado el Instituto de Pensiones, el actual Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IESS. Otro aporte importante en la época fue la consolidación del Código de Trabajo que se da en el año 1938, estableciendo derechos de los trabajadores y salud laboral (Zambrano, 1962), el código ha tenido más de 500 reformas siendo la última el 20 de abril del 2015. Por otra parte en el año 1938 también se constituye la Comisión Calificadora de las Enfermedades Profesionales y Accidentes de Trabajo, el organismo rector de esta comisión era el Ministerio de Previsión social y de Trabajo que fue recientemente creado.


En el ámbito de los seguros tenemos que en el año 1964 entra en vigencia la Ley de Seguridad Social y se crea el organismo de Seguros de Riesgos del trabajo. Uno de los aportes con mayor relevancia en la actualidad es el Decreto Ejecutivo 2393 Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Medioambiente de Trabajo que se expide en el año 1986, en el cual se detalla la conformación de organismos como lo son: Comité, subcomité de seguridad y salud ocupacional, delegado de seguridad y organismos paritarios, los cuales estarán conformados por representantes de la organización y de los trabajadores en cada centro de trabajo, estos organismos serán conformados en pro de las mejoras sobre las condiciones de trabajo, la salud y bienestar de los trabajadores. En el año de 1978 entra en vigencia el Decreto supremos N° 2877, el cual indicaba que “es necesario que los servicios médicos de empresa, orienten su actividad a la prevención de los riesgos ocupacionales, en orden a la protección integral del trabajador, así como de la productividad empresarial” (Acuerdo 1404 Reglamento para e funcionamiento de los servicios medicos de empresas, 1978), así se expide el Reglamento para el funcionamiento de los Servicios Médicos de Empresas. En este Reglamento se detalla la prevención de la salud de los trabajadores, las horas que un médico debe trabajar en un centro de trabajo dependiendo de los trabajadores, y la unión entre empresas para contar con estos servicios. En la actualidad nuestra base legal es la Constitución de la República del Ecuador que fue reformada en el año 2008, nombrando en el “capítulo VI Trabajo y Producción, Sección tercera: Formas de Trabajo y su Retribución, articulo 326, numeral 5: “Toda persona tendrá derecho a desarrollar sus labores en un ambiente adecuado y propicio, que garantice su salud, integridad, seguridad, higiene y bienestar. En la actualidad Ecuador se rige bajo la siguiente normativa legal:


Constitución de la Republica (2008): capítulo VI Trabajo y Producción, Sección tercera: Formas de Trabajo y su Retribución, articulo 326, numeral 5

Convenios Internacionales: Convenios ratificados por el Ecuador con la Organización Internacional del Trabajo, en la actualidad son 59 convenios aplicables a la República del Ecuador y 18 de estos convenios son relacionados con a la Seguridad y Salud y Prevención de Riesgos laborales.

Códigos: Código del Trabajo; art. 416 “Obligaciones respecto de la prevención de riesgos”

Decretos: Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Medioambiente de Trabajo

Leyes Generales/ Leyes Específicas: Ley especifica:

“Ley de Seguridad

Social” 

Normas/ Reglamentos/ Instructivos: Reglamento del Seguro de Riesgos del Trabajo (IESS)

El organismo competente para el control y prevención de riesgos laborales es el actual Ministerio de Trabajo el cual mantiene una dirección de Seguridad y Salud en el Trabajo, a través del Programa de Seguridad y Salud en el trabajo. Los objetivos que persigue el programa de Seguridad y Salud en el Trabajo son: 

Mejorar las condiciones de los trabajadores referentes a Seguridad y Salud.

Desarrollar consciencia preventiva y hábitos de trabajo seguros en empleadores y trabajadores

Disminuir las lesiones y daños a la salud provocados por el trabajo

Mejorar la productividad en base a la gestión empresarial con visión preventiva.


En cuanto a los sistemas de gestión de prevención de riesgos laborales Ecuador cuenta con un modelo aplicado de mejor manera a la realidad ecuatoriana, llamado el Sistema de Prevención de Riesgos Laborales Modelo Ecuador, este modelo se impulsó por el entonces director de Riesgos del Trabajo el Dr. Luis Vásquez, el cual se basó en la información de la Decisión 584 Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo. En el Modelo Ecuador de Prevención de Riesgos Laborales se encuentra establecido en la Resolución del Consejo Directivo del Instituto de Seguridad Social 390, en el Capítulo VI: Prevención de riesgos del Trabajo, Articulo 51.- Sistema de Gestión.- “Las empresas deberán implementar el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, como medio de cumplimiento obligatorio de las normas legales o reglamentarias, considerando los elementos del sistema” (Reglamento del Seguro General de Riesgos del Trabajo, 2011) El sistema cuenta con 4 pilares: 

Gestión Administrativa

Gestión Técnica

Gestión del Talento Humano

Procedimientos y programas operativos básicos

Las auditorias respecto a la implementación del sistema de gestión antes mencionado las realizaban los auditores pertenecientes a la subdivisión de Riesgos del Trabajo del IESS, actualmente las auditorias e inspecciones de Seguridad las va a realizar el Ministerio de Trabajo,

aunque

actualmente

se

encuentran

en

proceso

de

reestructuración

de

responsabilidades y capacitación a los auditores. El país se encuentra en un estado de cambio constante referente a temas de Seguridad y Salud, tanto en legislación, organismos rectores, sistemas de gestión y la actuación de los profesionales en prevención de riesgos, este precedente no permite que la prevención de riesgos siga un desarrollo y se implemente una cultura de prevención, ya que los profesionales


tienen que llenar vacíos en las organizaciones que vienen junto a las nuevas leyes que se determinan. En cuanto a estadísticas de siniestralidad en Ecuador la división de Riesgos del trabajo del IESS es el encargado de mantener los datos, según la división en el año 2012 se reportaron 13.717 accidentes laborales y en el año 2014 esta cifra aumentó llegando a 19.498 accidentes laborales notificados, desde el año 2010 se han presentado 71.415 entre accidentes e incidentes al IESS. Aumentando notablemente la tasa de incidencia, esto puede deberse a que desde el año 2010 se comenzaron a realizar auditorías en las organizaciones y un requisito legal era la notificación de accidentes y enfermedades laborales, las organizaciones comenzaron a realizar los reportes a Riesgos del Trabajo, mas no se evidenciaba una gestión en prevención de riesgos. Para finalizar Ecuador ha tenido avances en materia de prevención de Riesgos Laborales en los últimos 5 años, aunque el número de accidentes y enfermedades de trabajo que se notifican a Riesgos del Trabajo del IESS no han disminuido, por lo contrario ha aumentado, esto se puede dar por que las empresas comenzaron a realizar la notificación de siniestralidad laboral por cumplimiento legal, mas no se realiza una implementación de la cultura de prevención de riesgos laborales, la legislación está presente pero en Ecuador falta mucho camino por recorrer hasta que las empresas le den la importancia que tiene la Prevención de Riesgos para la reducción de costos y mayor producción, por el otro lado tenemos a los trabajadores en ellos se debe complementar la formación, así podremos implementar una cultura que reduzca los índices de accidentabilidad laboral. Como pudimos observar alrededor del mundo la Prevención de Riesgos Laborales lleva casi un siglo de implementación a partir de la legislación vigente en cada país, el avance de cada sistema de prevención ha dependido también de los avances tecnológicos, ya que cada


modificación que se ha realizado a través del tiempo ha conllevado riesgos para la salud y el bienestar de las personas. La legislación de cada país es fundamental en prevención de riesgos laborales, pero es necesario que sea cumplida por todos los niveles para que su objetivo se cumpla. Este tema es muy extenso ya que existe una realidad diferente en cada lugar del mundo, pero también todos tienen algo en común que es la disminución y eliminación de accidentes y enfermedades causadas por el desarrollo del trabajo, el mismo que tiene consecuencias favorables en las personas tanto económicas como personales y psicológicas. De la descripción que se ha realizado en el presente capítulo de cada país se ha podido evidenciar la relación que tiene la prevención de riesgos laborales con el desarrollo económico de las organizaciones y por consecuencia del país, por ejemplo vimos que en los países como Estados Unidos, Alemania, España y la Unión Europea en general han logrado a través del tiempo la disminución y en algunos casos la eliminación de accidentes de trabajo son países de los cuales se debe tomar ejemplos en Latinoamérica que aunque se trabaja constantemente en la prevención de riesgos no ha sido suficiente para la disminución de accidentes y enfermedades laborales. Según lo descrito, de manera global podemos observar que la prevención conlleva beneficios en todos los ámbitos comenzando por el trabajador, quien se puede desarrollar profesionalmente y recibir una compensación por sus labores. También tenemos a las organizaciones, las cuales mantendrían mayor producción ya que sus trabajadores no presentarían ausentabilidad por accidentes y enfermedades y al no presentarse siniestralidad laboral se eliminaría los gastos de indemnizaciones, gastos médicos, gastos de reemplazo, etc.


CONCLUSIONES 

Después de realizar un análisis exhaustivo acerca de la optimización de recursos, y lo que significa realizar una acción preventiva antes que correctiva dentro de cualquier organización; podemos deducir que la base de una estructurada y bien establecida gestión tiene beneficios tanto directos como indirectos, que interrelacionan a todos los departamentos y personas que integran a nuestra empresa.

Existen varios países con un avance superior al nuestro en materia de Prevención de Riesgos Laborales, lo que como país nos impulsa a tomar de ejemplo a grandes potencias como España, EEUU, etc, de crear una cultura sólida de seguridad y salud ocupacional donde la mejora de condiciones de trabajo tenga una relación positiva con el tema de costos para una organización.

Los costos de la seguridad y salud ocupacional no son altos comparados con los gastos de remediación, indemnización, pólizas y gastos médicos que acarrea un accidente de trabajo o enfermedad profesional.

Existen varios métodos para demostrar la inversión de Seguridad y Salud ocupacional tanto cualitativos como cuantitativos.

Queda establecido y comprobado que dar a conocer correctos procedimientos y realizar buenas prácticas en materia de seguridad y salud ocupacional, e implementarlos, nos garantizará la creación y la fundamentación posterior de una cultura organizacional valiosa para nuestro trabajo de preservar y cuidar de la integridad física y mental de los trabajadores así como de la conservación de nuestros recursos optimizándolos al máximo y aprovechando estos para encaminarlos hacia la utilización de los mismos enfocados a hacer de la


seguridad y la salud un trabajo de todos los días que busque a su vez tomar en cuenta los aspectos económicos de la industria y mejorar su producción en torno a las bases de un proceso productivo eficaz. 

Después de analizar la evolución histórica sobre el tema de seguridad y salud ocupacional, podemos evidenciar, como en un principio las ganancias hablando de manera general solo se sostenían en base a el alcance máximo de la producción de una empresa a cualquier costo; sin embargo hoy en día, la ganancia no se limita a la economía si no a su fuerza operativa, que es aquella que en conjunto con la gerencia y los demás departamentos, impulsan a la empresa hacia un mejoramiento constante; razón por la cual queda justificada la importancia de la gestión de prevención,

El éxito de un programa de Seguridad y Salud Ocupacional dentro de una organización, dependerá de la inclusión de toda la organización y sobretodo la interrelación de áreas en la empresa, para de esto modo abarcar temas como la administración del recurso humano, la vigilancia de la salud, prevención de riesgos, etc.


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