MATERIAL BÁSICO EDUCATIVO
MERCADO DE VALORES
“Los fondos de inversión en Ecuador”
Quito - Ecuador
(…) un patrimonio común, compuesto de múltiples inversionistas y sus aportes, entendiéndose estos como personas naturales o jurídicas
cuya asociación está legalmente reconocida y que dentro de su actividad profesional y comercial se comprenda la inversión en bienes, valores y otros activos en concordancia a lo permitido por la Ley
Fondos de inversión
Las actividades financieras son un servicio de orden público, y podrán ejercerse, previa autorización del Estado, de acuerdo con la ley. Las actividades financieras intermediarán de forma eficiente los recursos
Constitución de la República del Ecuador (Art. 308)
captados para fortalecer la inversión productiva nacional, y el consumo social y ambientalmente responsable. Las administradoras y administradores de las instituciones financieras y quienes controlen su capital serán responsables de su solvencia. Se prohíbe el congelamiento o la retención arbitraria o generalizada de los fondos o depósitos en las instituciones financieras públicas o privadas
El Estado promoverá las inversiones nacionales y extranjeras, y establecerá regulaciones específicas de acuerdo a sus tipos, otorgando prioridad a la
inversión nacional.
Constitución de la República del Ecuador (Art. 339)
Las inversiones se orientarán con criterios de diversificación productiva, innovación tecnológica, y generación de equilibrios regionales y sectoriales.
La inversión extranjera directa será complementaria a la nacional, estará sujeta a un estricto respeto del marco jurídico y de las regulaciones nacionales, a la aplicación de los derechos y se orientará según las necesidades y prioridades definidas en el Plan Nacional de Desarrollo, así como en los diversos planes de desarrollo de los gobiernos autónomos descentralizados Fondo de inversión es el patrimonio común, integrado por aportes de varios
Ley de Mercado de Valores (Art. 75)
inversionistas, personas naturales o jurídicas y, las asociaciones de
empleados legalmente reconocidas, para su inversión en los valores, bienes y demás activos que esta Ley permite, correspondiendo la gestión del mismo a una compañía administradora de fondos y fideicomisos, la que actuará por cuenta y riesgo de sus aportantes o partícipes.
Le corresponde la gestión del fondo de inversión a una compañía administradora de fondos y fideicomisos, la misma que operará “(…) por cuenta y riesgo de sus aportantes o accionistas” (Segarra, 2014, pág. 82) Gestión de fondos de inversión
Los fondos de inversión están constituidos como
instrumentos
de
ahorro,
donde
el patrimonio formado por un grupo de personas es invertido con la finalidad de obtener una rentabilidad.
Perspectiva de la administración bancaria y finanzas
Características de los fondos de inversión
Diversificación Patrimonio autónomo
Flexibilidad
Entrega de información
Profesionalización
Transparencia
Dichos elementos se sustentan acorde al (Reglamento General de la Ley de Mercado de Valores, 2016) que dispone en el Título VII sobre los fondos de inversión en los Arts. 21, 22 y 23.
Constitución de los fondos de inversión
Los fondos se constituirán por escritura pública que deberá ser otorgada por los representantes legales de la administradora, e inscrita en el Registro del Mercado de Valores. La escritura
pública deberá contener los requisitos mínimos que determine el Consejo Nacional de Valores. Ley de Mercado de Valores (Art. 78) La Superintendencia de Compañías autorizará el funcionamiento de un fondo, cualquiera que éste sea, previa verificación de que la escritura pública de constitución y del reglamento interno del fondo, se ajusten a las
disposiciones de esta Ley y sus normas complementarias; que su administradora se encuentre inscrita en el Registro del Mercado de Valores y tenga el patrimonio mínimo exigido para gestionarlo.
Regulaciones a cumplir por los fondos de inversión
Mantener una política de inversión Los fondos de inversión deben
Ley de Mercado de Valores (Art. 79)
mantener una denominación con
Reflejar los gastos emitidos por la
carácter obligatorio
empresa a cargo del fondo
El plazo de vigencia
Asignar las normas para la valoración de las unidades y cuotas
Mantener una política de inversión
Especificar las políticas de reparto de los beneficios y endeudamiento
Delimitar una remuneración por la administración de los fondos
Dentro de todos los informes se debe establecer los aportantes obligatorios
Regulaciones a cumplir por los fondos de inversión
Mantener un conjunto normado sobre el cambio de administrador y liquidación anticipada
Mantener normas sobre el derecho de rescate anticipado voluntario de las unidades de los fondos
Ley de Mercado de Valores (Art. 79)
Establecer las normas sobre la
administrados y en los casos de
liquidación y entrega de rendimientos
excepción
en forma periódica a los inversionistas Las demás acciones que considere el Indicar un reporte diario sobre las acciones efectuadas y sus respectivas publicaciones informativas
Consejo Nacional de Valores
Regulaciones a cumplir por los fondos de inversión Para las sociedades administradoras de fondos y fideicomisos que tengan como objeto social la administración de fondos de inversión, representación
de
fondos
administración
de
negocios
internacionales
fiduciarios
y
de
de
inversión,
la
procesos
de
titularización, el capital mínimo suscrito y pagado en numerario en su totalidad es de ochocientos mil dólares de los Estados Unidos de América (USD 800.000,00) Política y Regulación Monetaria y Financiera Resolución No. 231-2016-V
(…) las administradoras de fondos y fideicomisos actualmente constituidas y autorizadas para funcionar, en el plazo de dos (2) años contados a partir de la fecha dé vigencia de la presente norma, deberán acreditar el capital mínimo suscrito y pagado en su totalidad conforme a lo dispuesto en esta resolución.
Fondos de inversión internacionales
Los fondos de inversiones internacionales están relacionados con los fondos administrados o colectivos constituidos en el Ecuador y su función estará ligada como organismo o institución de inversión de carácter extranjero para el mercado ecuatoriano.
Estos fondos de inversiones deberán registrarse a nivel constitutivo en el Registro del Mercado de Valores y se acometerán a las normas señaladas para
los fondos de inversión. Los fondos constituidos en el exterior y que obtengan recursos de ciudadanos en el Ecuador, les corresponderá hacerlo por intermedio de una administradora de fondos de inversiones previamente constituida en Ecuador Así, las administradoras de fondos y fideicomisos constituidas en el Ecuador, son las únicas instituciones
avaladas y autorizadas para operar o representar fondos de inversiones internacionales.