Los fondos de inversión en Ecuador

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MATERIAL BÁSICO EDUCATIVO

MERCADO DE VALORES

“Los fondos de inversión en Ecuador”

Quito - Ecuador


(…) un patrimonio común, compuesto de múltiples inversionistas y sus aportes, entendiéndose estos como personas naturales o jurídicas

cuya asociación está legalmente reconocida y que dentro de su actividad profesional y comercial se comprenda la inversión en bienes, valores y otros activos en concordancia a lo permitido por la Ley

Fondos de inversión

Las actividades financieras son un servicio de orden público, y podrán ejercerse, previa autorización del Estado, de acuerdo con la ley. Las actividades financieras intermediarán de forma eficiente los recursos

Constitución de la República del Ecuador (Art. 308)

captados para fortalecer la inversión productiva nacional, y el consumo social y ambientalmente responsable. Las administradoras y administradores de las instituciones financieras y quienes controlen su capital serán responsables de su solvencia. Se prohíbe el congelamiento o la retención arbitraria o generalizada de los fondos o depósitos en las instituciones financieras públicas o privadas


El Estado promoverá las inversiones nacionales y extranjeras, y establecerá regulaciones específicas de acuerdo a sus tipos, otorgando prioridad a la

inversión nacional.

Constitución de la República del Ecuador (Art. 339)

Las inversiones se orientarán con criterios de diversificación productiva, innovación tecnológica, y generación de equilibrios regionales y sectoriales.

La inversión extranjera directa será complementaria a la nacional, estará sujeta a un estricto respeto del marco jurídico y de las regulaciones nacionales, a la aplicación de los derechos y se orientará según las necesidades y prioridades definidas en el Plan Nacional de Desarrollo, así como en los diversos planes de desarrollo de los gobiernos autónomos descentralizados Fondo de inversión es el patrimonio común, integrado por aportes de varios

Ley de Mercado de Valores (Art. 75)

inversionistas, personas naturales o jurídicas y, las asociaciones de

empleados legalmente reconocidas, para su inversión en los valores, bienes y demás activos que esta Ley permite, correspondiendo la gestión del mismo a una compañía administradora de fondos y fideicomisos, la que actuará por cuenta y riesgo de sus aportantes o partícipes.


Le corresponde la gestión del fondo de inversión a una compañía administradora de fondos y fideicomisos, la misma que operará “(…) por cuenta y riesgo de sus aportantes o accionistas” (Segarra, 2014, pág. 82) Gestión de fondos de inversión

Los fondos de inversión están constituidos como

instrumentos

de

ahorro,

donde

el patrimonio formado por un grupo de personas es invertido con la finalidad de obtener una rentabilidad.

Perspectiva de la administración bancaria y finanzas


Características de los fondos de inversión

Diversificación Patrimonio autónomo

Flexibilidad

Entrega de información

Profesionalización

Transparencia

Dichos elementos se sustentan acorde al (Reglamento General de la Ley de Mercado de Valores, 2016) que dispone en el Título VII sobre los fondos de inversión en los Arts. 21, 22 y 23.


Constitución de los fondos de inversión

Los fondos se constituirán por escritura pública que deberá ser otorgada por los representantes legales de la administradora, e inscrita en el Registro del Mercado de Valores. La escritura

pública deberá contener los requisitos mínimos que determine el Consejo Nacional de Valores. Ley de Mercado de Valores (Art. 78) La Superintendencia de Compañías autorizará el funcionamiento de un fondo, cualquiera que éste sea, previa verificación de que la escritura pública de constitución y del reglamento interno del fondo, se ajusten a las

disposiciones de esta Ley y sus normas complementarias; que su administradora se encuentre inscrita en el Registro del Mercado de Valores y tenga el patrimonio mínimo exigido para gestionarlo.


Regulaciones a cumplir por los fondos de inversión

Mantener una política de inversión Los fondos de inversión deben

Ley de Mercado de Valores (Art. 79)

mantener una denominación con

Reflejar los gastos emitidos por la

carácter obligatorio

empresa a cargo del fondo

El plazo de vigencia

Asignar las normas para la valoración de las unidades y cuotas

Mantener una política de inversión

Especificar las políticas de reparto de los beneficios y endeudamiento

Delimitar una remuneración por la administración de los fondos

Dentro de todos los informes se debe establecer los aportantes obligatorios


Regulaciones a cumplir por los fondos de inversión

Mantener un conjunto normado sobre el cambio de administrador y liquidación anticipada

Mantener normas sobre el derecho de rescate anticipado voluntario de las unidades de los fondos

Ley de Mercado de Valores (Art. 79)

Establecer las normas sobre la

administrados y en los casos de

liquidación y entrega de rendimientos

excepción

en forma periódica a los inversionistas Las demás acciones que considere el Indicar un reporte diario sobre las acciones efectuadas y sus respectivas publicaciones informativas

Consejo Nacional de Valores


Regulaciones a cumplir por los fondos de inversión Para las sociedades administradoras de fondos y fideicomisos que tengan como objeto social la administración de fondos de inversión, representación

de

fondos

administración

de

negocios

internacionales

fiduciarios

y

de

de

inversión,

la

procesos

de

titularización, el capital mínimo suscrito y pagado en numerario en su totalidad es de ochocientos mil dólares de los Estados Unidos de América (USD 800.000,00) Política y Regulación Monetaria y Financiera Resolución No. 231-2016-V

(…) las administradoras de fondos y fideicomisos actualmente constituidas y autorizadas para funcionar, en el plazo de dos (2) años contados a partir de la fecha dé vigencia de la presente norma, deberán acreditar el capital mínimo suscrito y pagado en su totalidad conforme a lo dispuesto en esta resolución.


Fondos de inversión internacionales

Los fondos de inversiones internacionales están relacionados con los fondos administrados o colectivos constituidos en el Ecuador y su función estará ligada como organismo o institución de inversión de carácter extranjero para el mercado ecuatoriano.

Estos fondos de inversiones deberán registrarse a nivel constitutivo en el Registro del Mercado de Valores y se acometerán a las normas señaladas para

los fondos de inversión. Los fondos constituidos en el exterior y que obtengan recursos de ciudadanos en el Ecuador, les corresponderá hacerlo por intermedio de una administradora de fondos de inversiones previamente constituida en Ecuador Así, las administradoras de fondos y fideicomisos constituidas en el Ecuador, son las únicas instituciones

avaladas y autorizadas para operar o representar fondos de inversiones internacionales.


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