Siria: Una propuesta al conflicto eterno

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Siria: Una propuesta al conflicto eterno PRAXIS CAPITAL

Para comenzar con una potencial solución al conflicto de Siria se debe sugerir la posibilidad de crear un nuevo gobierno en el que participe también la oposición. Donde, el principal punto de fricción es, sí Bashar al Assad debería ser parte del mismo. La oposición en el exilio lo rechaza de plano, asegurando que el presidente sirio es “la raíz del problema” (Diario El País, 2017). “El objetivo principal debe ser encontrar una forma de acabar con la guerra, y no hay salida sin un cambio a un sistema democrático donde Bashar al Assad y su círculo deba seguir participando por lo menos de forma temporal hasta un reposicionamiento de las bases políticas internas. Así, la posibilidad de que Bashar al Assad optase por el exilio a Rusia, es un hecho recurrente dentro de esta propuesta, lo cual limitaría un golpe de Estado a manos de otros oficiales alauíes de rango elevado como se ha venido manejando dentro de los últimos tiempos. Permitiendo una negociación sobre el futuro de Siria. Admitiendo al expresidente finlandés y mediador internacional Martti Ahtisaari promover un régimen provisional durante un año hasta las nuevas elecciones, mientras el vicepresidente Abdul Halim Khaddam tomaría el cargo. Dentro de este periodo se ejercería un “soft power” como dispone (Nye, 2004), donde y a partir de un censo poblacional por etnias se pueda establecer la mayoría étnica de un territorio y por ello la delimitación de cada estado federal; con la finalidad de conformar un Sistema de Estado Federal Democrático. Doctrina previamente ya propuesta por los Kurdos “se pide a la Cancillería rusa que estudie la posibilidad de defender internacionalmente que la nueva Constitución de Siria fije el estatus del ente político-territorial de la Federación del Norte de Siria” (La Vanguardia, 2017). Así, ante este sistema se generaría una cesión de poderes de los estados miembros al poder federal redefiniendo la naturaleza jurídica de un Estado Federal sirio, gracias a la autonomía de los estados miembros y cuya manifestación de voluntad de unirse para desarrollar funciones políticas o de fines comunes desde un poder central, garantizaría una


forma más eficiente de hacerlo y que obedecería a los intereses comunes de los estados miembros. Para lo cual debería darse los siguientes lineamientos: 

La división territorial del Estado en varias subunidades con personalidad jurídica y titulares de un poder constituyente originario, y, por ende, de una autonomía política que represente cada una de las etnias dentro del territorio sirio previamente determinados en el censo poblacional.

Una Constitución como marco jurídico del orden federal que represente cada uno de los grupos étnicos como propios y definidos; acorde a sus características religiosas, sociales, culturales. Pero integrado con representantes que previamente se han desligado de algún partido político y no demuestren mayor afán que la representatividad hacia determinada etnia.

Un sistema amplio de acción política dentro de las respectivas áreas de las subunidades, y entre éstas y el Estado.

Un sistema de distribución de materias y de competencias funcionales entre los diferentes niveles, siempre y cuando mantengan un representante previamente establecido por los Estados y las etnias a las cuales representan;

Coparticipación de los subsistemas en la política del Estado Nacional a través de un órgano institucional a nivel central (una segunda cámara de representación territorial); Cada Estado tendrá su propio parlamento donde cada etnia tiene su propia representación con escaños. Existirían dos representantes elegidos, un gobernador estatal que ejerce funciones en ese Estado y un represente federal que pasara a conformar el consejo/parlamento federal.

La existencia de una Corte Suprema como garante del orden federal;

La homogeneidad federal e igualdad entre los Estados miembros;

La limitación de la soberanía de las subunidades ante el Estado Federal sirio;

Una conducta federal basada en relaciones de cooperación y coordinación; acompañado del obvio respeto de las demás etnias establecidas y aceptadas posterior al censo poblacional.

La Constitución Federal será de carácter rígida como garantía para la preservación del carácter federal del sistema considerando, pero garantizando en forma previa la representación por Estado a nivel federal.


La Liga Árabe participará como ente supervisor del proceso electoral posterior una vez conformada la Constitución del Estado Federal sirio y de la identificación estatal de las diferentes etnias; con carácter de que las mismas siempre mantendrán un acuerdo de autonomía más no de independencia. Una vez suscritos dichos lineamientos se procederá con la generación de los

principios de coordinación y relación federal sustentado en los siguientes cánones: 

El principio de unidad referido a la unidad territorial como un solo Estado soberano, como sujeto exclusivo de soberanía vinculada con su existencia política en la comunidad internacional. Asimismo, hace referencia a que el Estado Federal se expresa en un solo y único orden jurídico.

El principio de cooperación entre cada uno de los órganos y los diferentes niveles de poder, mediante una técnica de cooperación que trae consigo la no-subordinación jerárquica de las etnias ya establecidas y avaladas por el Estado y el censo poblacional; manteniendo y reconociendo la autonomía de cada uno de los entes. Que, para garantía de todos los Estados estará consagrado de manera expresa en la Constitución.

El principio de solidaridad manifestado en el apoyo técnico, jurídico y económico entre diferentes niveles territoriales étnicos y entre los órganos propios de cada nivel hacia sus representantes.

El principio de concurrencia y corresponsabilidad representado por el enfoque de que todos los componentes del Estado Federal deben estar orientados hacia la satisfacción y búsqueda del fin esencial de su existencia que es el bien común del Estado Federal sirio.

El principio de independencia entre el gobierno federal y el gobierno de los Estados. Cada uno de ellos tiene un ámbito de actuación propio sobre el cual no tiene injerencia el otro nivel de gobierno, es un principio asociado a la autonomía que le es característica tanto al nivel federal como a los Estados miembros. Pero que todos respetan en sí, como un conglomerado y como instancia máxima. En referencia a la conformación normativa para el estado Federal Sirio esta se

dispondrá con la siguiente configuración:


Cada individuo estará sometido a las normas de los dos niveles de gobierno, por ello será de vital importancia reconocer e identificar los mecanismos que permitan la coordinación eficaz del texto normativo, a fin de evitar conflictos posteriores, siempre y cuando se rijan a la Constitución.

Para garantizar el funcionamiento de poseer dos niveles de conformación normativa será labor primordial la asignación y coexistencia de un sistema de control, a través del principio de supremacía del gobierno federal; que estará relacionado con uno de los pilares de la teoría pura del derecho postulada por Kelsen como lo es “la jerarquización de las normas jurídicas que componen el ordenamiento jurídico de un país al mantener un orden total de los actos individuales por medio de la aplicación directa e inmediata de la Constitución” (Kelsen, 2000).

Los jueces mantendrán el poder de declarar la inconstitucionalidad de cualquier disposición legislativa cuya aplicación le sea solicitada y obviarla al momento de emitir su fallo. Lo cual supone no sólo la vigencia del principio de supremacía de la Constitución sino también la garantía de su nulidad absoluta, incluso en juicios en los cuales se dan decisiones meramente declarativas, que tienen efectos únicamente para las partes que intervienen en estos y no un carácter general.

Ante la potencial suscripción de un conflicto Estatal; el derecho federal tendrá primacía sobre el de los Estados miembros; las normas establecidas por los Estados perderán validez si están en contradicción con las normas jurídicas establecidas por la federación. El Estado Federal se expresará en un solo orden jurídico, cuya validez descansará en la Constitución Federal previamente aceptada y promulgada por todas las etnias participantes.

El Órgano Bicameral será el principal responsable del proceso de formación de leyes y dentro de su propia estructura se pone de manifiesto el principio de cooperación entre los diferentes niveles de poder por la existencia de una acción coordinada entre Estados y poder federal en la elaboración del régimen jurídico que ordenará las actuaciones de la federación. Lo cual está sustentado acorde a la Constitución aceptada por todos los Estados y bajo los principios de coordinación y relación federal. Por lo expuesto, el federalismo como nueva forma del Estado sirio siempre se debe

entender como parte de un instrumento global de funcionamiento democrático, y no un fin en sí mismo, destinado a reorganizar y redistribuir el poder de las etnias. La estructura de un


Estado federal está diseñada para acercar el poder decisorio al ciudadano, cuyo beneficio al final es la esencia de la actividad del gobierno en un sistema de política pública organizado bajo conceptos de eficiencia, autonomía, cooperación y coordinación. Si bien esta propuesta, busca una en cierta medida una reorganización del Estado oponiéndose a la esencia en primer nivel del federalismo, esta surge por el desplome actual de las relaciones políticas y sociales que convive el Estado sirio, y que hace de la misma una obligatoriedad para un nuevo funcionamiento como ente democrático, pero sobre todo rescindir de una vez con una época de caos y guerra internas, donde los únicos perjudicados son los ciudadanos.


Bibliografía Diario El País. (2017). Anaálisis del conflicto en Siria. Madrid - España: Diario El País. Kelsen, H. (2000). Teoría pura del Derecho. Estados Unidos: Romuel ediciones jurídicas. La Vanguardia. (2017). Kurdos sirios piden a Rusia que apoye un sistema federal para Siria. Moscú: La Vanguardia. Nye, J. (2004). Soft Power: The Means to Success in World Politics. Estados Unidos: King ediciones.


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