Cuarta época Año 7· Zacatecas, Zac., México Julio de 2018 Núm. 81
Número especial dedicado al municipio de Valparaíso, Zacatecas Congreso ha tenido a bien decretar. 1º. Se concede a la municipalidad de Valparaíso el título de: VILLA DE VALPARAÍSO. 2º. El Gobierno, de acuerdo con el vecindario y por cuenta de éste, solicitará por todos los medios legales y prudentes la adquisición del terreno y edificios que fueren necesarios para la fundación en propiedad de aquella población. Lo tendrá entendido el gobierno y dispondrá su cumplimiento. --J. Ibargüengoitia, D. P. --J. M. de Aranda, D. S. --G. R. Arbide, D. S. Por tanto, mando se publique por bando en esta capital, demás ciudades, villas y lugares del Estado y se le dé su debido cumplimiento. Salón del despacho del Gobierno del Estado Libre de Zacatecas, octubre 3 de 1851. José González Echeverría. Victoriano Zamora, secretario." AHEZ. Colección Especial: Arturo Romo Gutiérrez. Serie: Decretos. Subserie: José González Echeverría. Caja: 10. Folio: 0771. Año: 1851.
HACIENDA DEL VALLE DE VALPARAÍSO
Roberto Cabral del Hoyo. Escritor y Poeta. Nacido en Valparaiso. Colección particular. Martín Rivas Franco
POR DECRETO, VALPARAÍSO ESTRENA NOMBRE Desde ahora, habrá que usar la nominación adecuada. "José González Echeverría, Gobernador Constitucional del Estado Libre de Zacatecas, en ejercicio del supremo poder ejecutivo, a los habitantes del mismo sabed: Que los ciudadanos diputados secretarios del Honorable Congreso me han comunicado el decreto que sigue. Secretaría del Honorable Congreso del Estado Libre de Zacatecas. Excelentísimo señor: El Honorable
Aún no se termina de liquidar al propietario de la hacienda del Valle de Valparaíso. “Honorable Congreso. La comisión de hacienda se ha impuesto de la nota que el supremo gobierno ha elevado al conocimiento de vuestra honorabilidad con fecha 15 del presente, solicitando se le faculte para hacer algunos pagos en tierras a los acreedores de la hacienda del Valle de Valparaíso, e igualmente para vender algunos terrenos a personas que quieran comprar, sin sujeción a la ley del 13 de mayo de 1832. La comisión, instruida por la misma comunicación del gobierno, de que hasta la fecha solo se han pagado a don Mariano Agüero treinta y nueve mil pesos que importaron las mejoras de dicha hacienda, de que se infiere que la mayor cantidad de su íntegro valor aún la está debiendo el Estado; y en tal concepto, parece muy prudente la medida que indica el gobierno para amortizar la deuda con más oportunidad y menos
Lic. Esther Talamantes Perales. Impulsora del voto de la mujer. Colección particular. Martín Rivas Franco
gravámenes. Por tanto, los que suscribimos, presentamos a la deliberación de vuestra honorabilidad: 1ª Se faculta al supremo gobierno, para que sin sujeción a la ley del 13 de mayo de 1832, pueda vender algunos terrenos de la hacienda del Valle de Valparaíso para pagar a los acreedores de ella. 2ª Se autoriza igualmente para que pague a los acreedores de que habla el artículo anterior, con terrenos de la misma hacienda, en caso que el gobierno lo estime conveniente. Lo que comunicamos a vuestra honorabilidad. Dios y Libertad. Diciembre 22 de 1834. Delgado. Galindo.” AHEZ. Fondo: Poder Legislativo. Serie: Comisión de Hacienda. Caja: 19. Expediente: 34.
EN VENTA UNA DONACIÓN DEL CONDE DE SAN MATEO Después de un servicio… a otro beneficio. “Zacatecas, 1738. El señor bachiller don Juan Manuel González de Mosas, clérigo subdiácono de este obispado, vende en venta real y para siempre jamás una mulata, su esclava, nombrada
Gregoria Gertrudis Maldonado, de edad de veinte y seis años, en precio de doscientos cincuenta pesos de oro común en reales, la misma que adquirí por donación que de ella me hizo desde su infancia el señor conde de San Mateo de Valparaíso, don Fernando de la Campa Cos, a causa de haberme apadrinado para el sacramento del bautismo, desde cuyo tiempo y hasta la presente se ha criado en mi compañía y en la casa de mis padres, dicha donación habiéndola hecho dicho señor conde en consorcio de la madre de dicha mulata con el fin de que ésta me alimentara de sus pechos por hallarse en aquella ocasión dispuesta para ello". AHEZ Fondo: Notarías/Colonia. Serie: García Picón Juan. Caja: 2. Libro 5. Foja 93v. Año: 1738.
Fam. Gurrola González. Colección particular. Martín Rivas Franco
Directorio
EXTENSIÓN APROXIMADA DE VALPARAISO Se da a conocer como está dividido Valparaíso y sus colindantes. “La municipalidad de Valparaíso, no tiene Congregaciones en su territorio. Su extensión se calcula aproximativamente en 327 leguas cuadradas, según los informes de personas conocedoras del terreno. Para la mejor explicación de sus linderos, hay la necesidad de dividirlos en tres secciones, siendo la primera la hacienda de San Antonio de la Sauceda, que queda al Oriente de esta villa: segunda Valparaíso, y tercera las haciendas de San Antonio de Padua y San Juan Capistrano, que están al Sur de este lugar. La hacienda de Sauceda de esta municipalidad, linda por el oriente en una pequeña parte, con terrenos del Monte de los Garcías del partido de Jerez, y su mayor extensión con hacienda de Santa Rosa, del partido de Fresnillo, por el norte con tierras pertenecientes a las haciendas de Abrego, Trujillo y Santa Cruz, todas perteneciente al partido de Fresnillo, por el poniente con terrenos de la hacienda de Lobatos de la municipalidad. Valparaíso linda al oriente con el rancho de Monte de Garcías, del Partido de Jerez, el pueblo de Susticacan del mismo partido, los ranchos de Adjunta y San Miguel de la Ceja, de la municipalidad de Escobedo, al sur con el río de Atoloac, de la comprensión de Escobedo, el rancho de la
Junta de los Ríos, de la comprensión del pueblo de Mezquitic del Cantón de Colotlán, del estado de Jalisco, parte del rancho de San Gerónimo de la misma comprensión de Mezquitic y terrenos de San Antonio de Padua, por el poniente con la hacienda de Ameca de la Municipalidad de San Mateo y terrenos del pueblo de Huejuquilla el alto, del Cantón de Colotlán del Estado de Jalisco, y al norte con terrenos de la hacienda de San Mateo, municipalidad del mismo nombre.” AHEZ. Fondo: Poder Ejecutivo. Serie: Memorias de Gobernadores. Subserie: Gabriel García. Caja: 1. Año: 1870.
Calle Independencia. Colección particular. Martín Rivas Franco
L.C. Alejandro Tello Cristerna Gobernador del Estado Mtro. Alfonso Vázquez Sosa Director General del Instituto Zacatecano de Cultura “Ramón López Velarde” María Auxilio Maldonado Romero Directora del Archivo Histórico del Estado Consejo Editorial Genoveva Raquel Andrade Haro Conrado Briseño Guzmán Rosaura Herrera Rosales Cristina del Refugio Morales Miramontes Cristina del Río Hernández José Gerardo del Río Acevedo Miguel Ángel Priego Gómez fundador de “El Pregonero”. 1991. Archivo Histórico del Estado de Zacatecas Lomas del Calvario N° 105, Col. Díaz Ordaz, Zacatecas, Zac. C.P. 98020 Teléfono: (01 492) 92 3 24 09 Email: ahez@live.com.mx
Portal del Palacio Municipal. Colección Particular: Juan Martín Rivas Franco
DESINTERVENCIÓN DE LOBATOS Doña María recupera su propiedad. “En la ciudad de Zacatecas, a las diez de la mañana de hoy lunes veintinueve de enero de mil novecientos diez y siete; ante mí Luis D. Hernández, notario público y testigos instrumentales que se mencionarán, comparecieron, por una parte, el señor don Anselmo Cortés, soltero, empleado público, ve c i n o d e l a C i u d a d d e M é x i c o, accidentalmente en ésta, con domicilio en la Calle de Arriba, número veintinueve, y por la otra el señor Licenciado don Jesús Soto, casado, de esta vecindad, con habitación en la misma Calle de Arriba, número setenta y dos; ambos mayores de edad, de nacionalidad mexicana, capaces para obligarse, a quienes doy fe conocer. El señor Cortés concurre a este acto como administrador de bienes intervenidos en este Estado, según lo acredita con el nombramiento respectivo, autorizado por la Dirección General del mismo ramo para el otorgamiento de esta escritura, según lo justifica con las comunicaciones respectivas que se insertan; y el señor Licenciado Soto, comparece como apoderado de la señora María de Jesús Moncada, viuda de Fernández de Córdova, según lo comprueba con el testimonio del mandato respectivo que exhibe, que también se insertará al final de este instrumento. Y dijeron: que habiendo sido declarada intervenida la finca rústica denominada “Hacienda de Lobatos”, ubicada en la municipalidad de Valparaíso del partido de
OTILIA RIVAS (LA DAMA QUE ESTÁ DE PIE). Colección Particular. Juan Martín Rivas Franco
Fresnillo, de este Estado; lindando al Norte con la hacienda de San Mateo; por el Poniente con las haciendas de San Miguel y San Agustín; por el Sur con esta última hacienda y por el Oriente con las fincas de campo denominadas “san Agustín”, “Boquilla”, Sauceda” y “San José” y entre Oriente y Norte con las haciendas de “Trujillo” y “Abrego”, cuya finca rústica “Lobatos”, es de la propiedad de la señora María de Jesús Moncada, viuda de Fernández de Córdova, según lo justifica con la copia certificada de varias constancias del juicio testamentario del señor Manuel Fernández de Córdova, de quien fue declarada única heredera por el juzgado de primera instancia de Valparaíso, en la junta que tuvo lugar, en la hacienda de Lobatos, el día veintiocho de diciembre de mil novecientos nueve; y formados los inventarios respectivos, en los que se listó la expresada finca rústica fueron aprobados, y por diverso auto de trece de marzo de mil novecientos once, y en virtud de estar cubiertos los derechos del fisco federal y del Estado, se dio por terminado el expresado juicio testamentario, poniéndose los bienes a disposición de la única y universal heredera, y cuya copia certificada, fue compulsada en la ciudad de San Luis Potosí, el día diez y nueve de febrero del año próximo pasado, por el notario Licenciado don Juan N. Ruelas, estando debidamente legalizada y registrada en la Dirección General de Rentas del Estado, con fecha seis de abril del mismo año; y habiendo acordado el Primer Jefe del Ejército Constitucionalista, Encargado del Poder Ejecutivo de la nación, se levantará la intervención de dicha finca, llevándolo a efecto, por el presente instrumento y en la mejor forma legal, otorgan: que lo solemnizan conforme a las cláusulas siguientes: Primera. El señor don Anselmo Cortés, como administrador de Bienes Intervenidos en el Estado de Zacatecas, ampliamente autorizado por la dirección General del Departamento respectivo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, declara: que por acuerdo del Primer Jefe del Ejército Constitucionalista, Encargado del Poder Ejecutivo de la nación, se levanta la intervención, a que estaba sujeta la referida finca rústica “Hacienda de Lobatos”, ubicada en la municipalidad de Valparaíso, del partido de Fresnillo, de este Estado y de la propiedad de la mencionada señora María de Jesús Moncada, viuda de Fernández de Córdova. Segunda. El señor Licenciado don Jesús Soto, como apoderado de esta señora, renuncia expresamente todo derecho que tenga o pueda tener para
reclamar al Gobierno de la nación, Estado, o municipio, los perjuicios que hasta hoy ha sufrido su poderdante, ya provengan de préstamos o exacciones hechas por las fuerzas armadas Constitucionalistas, ya por motivo de la intervención a que ha estado sujeta dicha finca rústica “Lobatos”, o por cualquier otra causa, sea la que fuere. En consecuencia, la señora María de Jesús Moncada, viuda Fernández de Córdova, ni sus sucesores, en ningún tiempo, ni por ningún motivo, podrán formular ni hacer valer reclamación alguna, y si lo hicieren, consienten en no ser oídos y será rechazada de plano toda reclamación. Tercera. El señor licenciado don Jesús Soto, como apoderado la señora María de Jesús Moncada, viuda Fernández de Córdova, queda igualmente obligado a recibir la mencionada finca rustica “Lobatos”, en el estado en que les sea devuelta por el Administrador de Bienes Intervenidos y tal como se encuentre en el momento de la entrega, sin hacer reclamación alguna, y al ser aprobada esta escritura por la Dirección General de Bienes Intervenidos, la Administración de este Departamento en esta ciudad, entregará al señor Licenciado Soto, la orden respectiva, para recibir materialmente la citada finca. Cuarta. Los gastos que cause esta escritura, testimonios copias para la Dirección General y Administración de Bienes Intervenidos, serán por cuenta de la señora propietaria… Anselmo Cortés. Jesús Soto. I. López Ortiz. M. Aguirre. Ante mí, Luis D. Hernández, notario público.” AHEZ. Fondo: Notarías siglos XIX-XX. Notario: Luis D. Hernández. Caja: 10. Protocolo: 44. Año: 1917.
OTILIA RIVAS (LA DAMA QUE ESTÁ DE PIE). Colección Particular. Juan Martín Rivas Franco
JUAN GUILLERMO MÉNDEZ RODRÍGUEZ Nace un 28 de julio de 1977 en la Ciudad de Guadalajara, Jalisco, toma cursos de técnicas y materiales con el maestro Juan Nava Alemán y Gerardo Padilla; técnicas renacentistas, con la Maestra Luz García Ordoñez; técnicas de grabado en linóleo con el maestro Humberto Valdez. Fue seleccionado en el Concurso Estatal de Grabado para el Cartel Conmemorativo por el Tercer Centenario de la Fundación del Colegio de Propaganda FIDE de Guadalupe, Zacatecas y el 90 Aniversario del Museo de Guadalupe, organizado por CONACULTA -INAH. También en el concurso Nacional de Grabado José Guadalupe Posada de 2007 con el grabado “En las cuevas de una insondable amargura”. Asimismo en el Concurso de Grabado y Pintura Chávez Morado, en Salamanca, Guanajuato, Febrero 2016. Obtuvo el primer lugar en la I Bienal de Grabado en pequeño formato llevado a cabo en el Centro de la gráfica en la Ciudad de Zacatecas, Zacatecas México 2010.
Eduardo Arvizu Oliván. (13 de octubre 1971. Fresnillo, Zac.) En 1987 inicia sus estudios de pintura con el maestro Mateo Gallegos Campos, en Fresnillo. En 1995 al taller de pintura y grabado Julio Ruelas, con Alejandro Nava, durante su estancia participa con los maestros visitantes Nunik Sauret. José Pérez Cruz. Ismael Guardado y Verónica Gómez. Con Saul Caminer en el Centro de las Artes de San Luis Potosí, realiza estudios sobre dibujo así como Con Emilio Carrasco en el Instituto Superior de Arte y Cultura. Ha recibido varios premios, reconocimientos y becas de diversas instituciones. Ha expuesto de manera colectiva e individual en el país y el extranjero.
PIDEN ESCUELA PRIMARIA EN VALPARAÍSO Sabedores de lo necesario que es la preparación académica desde temprana edad, esperan las autoridades de esta villa una respuesta positiva a su petición. "Señor Presidente del excelentísimo Consejo de Gobierno del Estado Libre de Zacatecas. Interesado el Ilustre Ayuntamiento de Valparaíso en fomentar de la manera posible la instrucción primaria de su municipalidad, así porque lo considera como el más sagrado de sus deberes, cuanto por el incremento que esta debe recibir; la que aún bajo el pie que se halla, necesita con urgencia por el crecido número de sus habitantes, un establecimiento donde la juventud se eduque, circunstancia la más interesante en nuestra República para que se arraiguen las virtudes sociales, se respeten las leyes y disfruten los pueblos de la paz y prosperidad, que engendran los conocimientos de la mayoría de sus individuos; acordó que por mi conducto se suplique al excelentísimo consejo, se sirva aprobar el adjunto presupuesto que contiene los gastos que necesitan erogarse del fondo respectivo, en construir un edificio propio y cómodo para dicho establecimiento, pues el que ahora se ocupa en clase de préstamo, no ofrece la capacidad y decencia necesaria. Lo que tengo el honor de comunicar a vuestra señoría para que se sirva elevarlo al conocimiento del citado cuerpo ofreciéndole con tal motivo, los homenajes de mi
distinguido aprecio. Dios y Libertad. Fresnillo, febrero 24 de 1835. José Antonio Ulloa. Severo Cosío." AHEZ. Fondo: Poder Ejecutivo. Serie: Consejo de Gobierno. Caja: 2. Expediente: S/N. Año: 1835.
MEDIDARAN LINDES DE ALGUNAS HACIENDAS DEL ESTADO A solicitud del Don Miguel de Berrio y Saldívar esposo de la Condesa de San Mateo de Valparaíso se medirán los lindes de sus haciendas. “En la ciudad de Guadalajara en seis días del mes de diciembre de mil setecientos sesenta y cinco año el señor doctor don Francisco Galindo y Quiñones de él orden de Santiago, del Consejo de Su Majestad, su oidor decano de esta Real Audiencia, Capitán General juez privativo superintendente general de ventas y compasiones de tierras de su distrito, el de la Vizcaya y provincias subalternas… en vista del antecedente escrito de denuncio presentado a nombre del Señor don Miguel de Berrio y Saldivar, Conde de San Mateo de Valparaíso … dijo que había y hubo por admitido el denuncio que a nombre de él dicho señor Conde, se hace en los términos que se refiere y mandaba y mandó se libre despacho con inserción de este escrito y auto
cometido a don Domingo Anastasio de Ponce, vecino de esta ciudad para que en su vir tud proceda concitación de los circunvecinos a medir y acordonar las haciendas que se enuncian por los términos que le hicieren constar por sus títulos pertenecerles los referidos lindantes, haciendo que estos le exhiban para el efecto sus instrumentos precisa y puntalmente compeliéndolo a ello por primera y segunda vez con las multas que le parecieren correspondientes… AHEZ Fondo: Tierras y Aguas. Serie: Tierras. Caja: Expediente: 331. Año 1765. Foja 2
COMO ESTA DIVIDIDA LA CASA MUNICIPAL En la casa municipal se encuentra lo siguiente. “La presidencia de Valparaíso, posee en propiedad su casa municipal que le cedió la compañía compradora de la antigua hacienda de Valparaíso, y en cuyo edificio se hallan con la debida separación, la escuela municipal de niños, el salón de sesiones de la Asamblea, el Juzgado 1º., 2º. Y 3º. De paz, la cárcel de los hombres, un cuarto conocido por la cárcel de las mujeres, y otro pequeño cuarto, que sirve de cuadra, a la fuerza de seguridad pública de esta municipalidad; tiene además un portal de cinco arcos, con 30 varas de largo, por 5 de ancho , que da frente a la plaza del mercado, donde continuamente se halla una guardia de seis soldados y un cabo, para la conservación del orden público, y un corral de bastante extensión, donde antes existían las macheras, de los caballos de la fuerza pública, que fueron destruidas en la abundancia de lluvias del año de 69.” AHEZ. Fondo: Poder Ejecutivo. Serie: Memorias de Gobernadores. Subserie: Gabriel García. Caja: 1. Año: 1870.
Panorámica de la ciudad de Valparaiso, Zac. Colección Particular Juan Martín Rivas Franco.
LA PLAZA DE TOROS CAMBIA DE DUEÑO Amigos de El Pregonero, conozcan al nuevo dueño de El Terrero. “En la ciudad de Zacatecas, a las ocho de la mañana de hoy jueves veintinueve de octubre de mil ochocientos noventa y seis; ante mí Luis D. Hernández, notario público y testigos instrumentales que se mencionarán, comparecieron, por una parte, el señor don Benigno Soto, viudo, propietario; y por la otra, el señor Licenciado don Manuel Soto, casado, domiciliados respectivamente en la calle de Arriba, números 24 y 22, ambos mayores de edad, de esta vecindad, capaces
para obligarse, a quienes doy fe conocer y digo que el señor don Benigno: que es dueño en posesión y propiedad de las siguientes fincas: una rústica llamada el Terrero, situada en la margen izquierda del río que pasa a orillas de Valparaíso, municipalidad del mismo nombre, partido de Fresnillo, compuesta de mil doscientas cincuenta y cinco hectáreas, treinta y dos aras, de terreno de labor en su mayor parte, de la figura que aparece en el plano levantado por el perito don Esteban Gambrú, y que corre agregado al testimonio a la escritura de adquisición fecha veintidós de abril de mil ochocientos setenta y siete, lindando por el sur y oriente con la hacienda de Peña Blanca, por el Poniente con el “Resbalón”, por el Norte con el del Tanque. Otra finca situada en la calle de La Esperanza de la población de Valparaíso, de once metros, sesenta y cuatro centímetros de frente, por veinticinco metros, catorce centímetros de fondo; lindando por el Oriente con la calle, por Norte con una troje de los herederos Juan F. González y por el Sur, con propiedad de los señores Felguerez. Que ambas propiedades las adquirió por compra que hizo al señor canónigo don Félix Palomino, según consta por el testimonio de la escritura respectiva que doy fe haber visto y leído en treinta y cuatro fojas útiles, otorgada ante el notario Licenciado don Macedonio López, el día tres de abril de mil ochocientos noventa y cuatro. Otra finca llamada Plaza de Toros, situada igualmente en la población de Valparaíso, en el Barrio Nuevo, compuesta de veintidós mil cuatrocientos ochenta y ocho metros, cincuenta y siete centímetros cuadrados; linda por el Oriente con la calle, por el Poniente con el camino del Molino y por el Sur y Norte con calles de por medio; cuya finca adquirió por compra que hizo al señor don Bernardo del Corral y Haro, el día treinta y uno de marzo de mil ochocientos ochenta y uno, ante el notario don Fermín Moreno, según aparece por el testimonio de la escritura respectiva y primordiales que me presenta y doy fe tener a la vista y leído en cinco fojas útiles. Que las citadas propiedades las adquirió durante el matrimonio con su señora esposa doña María de los Santos Santoyo de Soto y, por consiguiente, fueron utilidades de la sociedad conyugal; habiéndoles sido aplicados esos bienes en pago de sus gananciales al señor don Benigno Soto, según aparece del testimonio de la hijuela respectiva, que doy fe haber visto y leído en seis fojas útiles, compulsado por el finado señor notario don Florentino Hernández, el día veinte de mayo de mil ochocientos ochenta y seis. Otra finca
(marcada) ubicada en esta ciudad, en la calle de arriba número veintidós, cuartel once, manzana segunda y compuesta de altos y bajos, aquellos de zaguán , escritorio, patio, dos piezas interiores y escaleras, estos de sala, recámara, ocho piezas común patio y corrillo, construida en terreno de ocho metros, noventa centímetros de frente por treinta y cinco metros, cincuenta y cinco centímetros de fondo, linda al Norte con propiedad del señor Jesús Soto, con la de la señorita Dolores del mismo apellido, al Oriente, con la de la señora Aurelia Soto de Mier y al Poniente con la calle mencionada, cuya finca reedificó en parte de los terrenos que ocupaban otras fincas, las cuales compró a los señores Agustín Barraza y a doña Laura Orozco de Carrillo, respectivamente los días primero de octubre de mil ochocientos chenta y nueve ante el notario don Macedonio López, cinco de octubre de ochenta y nueve ante el notario Daniel Pérez Lete y doce de noviembre de mil ochocientos ochenta y dos, bajo la fe del finado señor notario señor don Florentino Hernández, según consta por los testimonios de las correspondientes escrituras y primordiales que igualmente me presenta y tengo a la vista y leído en setenta fojas útiles. Otra casa situada en la población de Valparaíso, en la calle de Hidalgo, compuesta de Zaguán, sala, tienda, recámara, asistencia, comedor, cocina, una troje, caballeriza, corral y común, linda al Norte casa de don Rogaciano Felguerez, al Sur la de don Eulogio Bonilla, al Oriente la calle citada y al Poniente casa de Leonor Gallegos, otra en la plaza principal de Huejuquilla, se compone de zaguán, sala, recámara, dos piezas y portal en el patio, a sala interior, recámara, tres tiendas, con dos trastiendas, una al norte y dos al Oriente, cocina, dos corrales, una troje, caballeriza, común y cocina, linda al Norte con la plaza, al Sur con casa de don Gregorio Pacheco, al Oriente calle principal y al Poniente con casa de los herederos de don Jesús Escalante, cuyas fincas le fueron adjudicadas para pago de deudas que reportaba la sociedad Soto Hermanos, al liquidarse esta, según consta por el testimonio de las diligencias del juicio del intestado de don Juan Antonio Soto, compulsado por el notario don Esteban Ávila el día 27 de junio de mil ochocientos setenta y ocho, en treinta y ocho fojas útiles que doy fe tener a la vista y leído, no presentando los títulos primordiales por no tenerlos en este momento a su disposición, pero se obliga el señor Soto a entregarlos al señor Licenciado don Manuel. Que como
todas las fincas anteriormente expresadas, las adquirió durante su matrimonio con la señor doña María de los Santos Santoyo de Soto, a su fallecimiento se aplicaron al exponente en pago de sus gananciales las citas fincas según aparece en el testimonio de la partición judicial de bienes de dicha señora, compulsado por el señor notario don Florentino Hernández, el día veinte de mayo de mil ochocientos ochenta y seis, que tengo a la vista y leído y que igualmente me presenta en seis fojas útiles. Que teniendo celebrado con el señor Licenciado don Manuel Soto un contrato de compra-venta de las indicadas fincas, levándolo a efecto, por el presente instrumento la más bastante forma legal ambos comparecientes otorgan y estipulan: que solemnizan dicho contrato por medio de las cláusulas siguientes: Primera: El señor don Benigno Soto, como único dueño en posesión y propiedad de las fincas anteriormente descritas, las da en venta real y enajenación perpetua para sí, su herederos y sucesores, al señor Licenciado don Manuel soto, en precio de seis mil pesos fuertes el rancho de El Terrero, la Plaza de Toros y La Troje; en siete mil quinientos pesos $7,500.oo la finca número veintidós de la Calle de Arriba, la casa de Valparaíso, ubicada en la calle de Hidalgo; en mil doscientos pesos $ 1,200.oo la finca situada en la esquina
Desfile por las calles de Valparaiso. Colección Particular. Juan Martín Rivas Franco
de la plaza principal de Huejuquilla, en mil pesos $ 1,000.oo, cuya sumas reunidas forman la cantidad de quince mil setecientos pesos, que confiesa tener recibidos antes de este acto…” AHEZ. Fondo: Notarías siglos XIX-XX. Notario: Luis D. Hernández. Caja: 1. Protocolo: 5. Año: 1896.
PREOCUPA LA SITUACIÓN DE LOS RECLUSOS EN VALPARAÍSO Las autoridades correspondientes esperan se dé solución a esta problemática. "Supremo Tribunal de Justicia. Estado Libre de Zacatecas. Excelentísimo señor. Tengo la honra de acompañar a vuestra excelencia originales los informes de los Alcaldes de Valparaíso sobre los motivos legales que en su juicio influyen para que en dicha municipalidad se cometan delitos atroces con tanta frecuencia como lo indica el excesivo número de procesos que allí se animan y las medidas que serían eficaces para remediar el mal. Este sin duda que disminuirá mucho con la orden que el Supremo Gobierno tuvo a bien expedir en 12 del presente mes, para que las causas pendiente de gravedad y las que de nuevo ocurran de esa clase en la misma municipalidad y en otras se pasen a los juzgados de letras respectivos, orden que sería conveniente hacer extensiva a Vetagrande y Guadalupe, porque obran los mismos motivos, pues aunque no se consiguiese otro bien que el que los procesos se sustanciasen con más regularidad y prontitud se abusaría mucho. Por los mencionados informes se impondrá vuestra excelencia del estado de las cárceles de Valparaíso están reducidas a una sola pieza sin ventilación y sin luz, allí se confunden los hombres con los jóvenes inexpertos, los criminales con los inocentes y todos igualmente sufren el horrible martirio de esa reunión heterogénea y que una cloaca inmunda sea su constante habitación. A todos estos padecimientos se agrega el horroroso del hambre pues no se les ministran alimentos de ninguna clase; no hay medio real destinado para una necesidad tan apremiante. No se le ocultan al que suscribe las
Calle Hidalgo, Valparaiso, Zacatecas. Colección Particular. Juan Martín Rivas Franco escaseces actuales de los fondos públicos que sin duda no permitirán de pronto un remedio total y eficaz, pero la justicia exige algún alivio y de los humanos sentimientos de vuestra excelencia, espero que dictará todas las medidas que sean de su recorte para que cambie favorablemente la situación tan crítica. De nuevo reitero a vuestra excelencia las seguridades de mi aprecio. Dios y Libertad. Zacatecas, octubre 21 de 1852. Paulino Raigoza. Excelentísimo señor gobernador del Estado." AHEZ. Fondo: Poder Legislativo. Serie: Comisión de Hacienda. Caja: 28. Expediente: 34. Año: 1852.
PRESUPUESTO PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA CÁRCEL A continuación se expresa de manera clara y detallada la inversión que se necesita para edificar el lugar.
"Cuenta por menor del gasto que se ha considerado debe emprenderse en la construcción de una cárcel cómoda y que preste la seguridad correspondiente. El fondo deberá ser de 45 varas en cada costado por lo que son 90 varas, que multiplicadas por 12 en su altura importan. 1080 pesos. El frente y espalda es de 39 varas, las que multiplicadas por 12 importan. 468 pesos. El costado del calabozo es de 25 varas que multiplicadas por 12 asciende su gasto. 300 pesos. Su frente y espalda de 20 varas, que multiplicadas por 12 importa su gasto. 240 pesos. Estas paredes serán construidas de piedra y mezcla, con 12 varas cúbicas de altura y una de espesor. El calabozo será de bóveda y del mismo material, se calcula su importe en 200 pesos. Las paredes que han de servir a los cuatro separos y dos piezas más para el alcaide. La cárcel de las mujeres será de adobe y se calcula su importe en 25 pesos. Viguetas para los techos de dichas piezas 118, a cuatro reales. 59 pesos. Por dos puertas grandes y sus chapas a diez pesos. 20 pesos. Por ocho chicas. Suma. $2,500.00 pesos. Valparaíso, noviembre 27 de 1852. Miguel Álvarez Cruz." AHEZ. Fondo: Poder Legislativo. Serie: Comisión de Hacienda. Caja: 28. Expediente: 34. Año: 1852.