GAT 19/7 Gestión integral de obras y ayudas a la rehabilitación

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COLECCIÓN GAT 19 Rehabilitación

Guía de Asistencia Técnica 19

GAT 19/7 Gestión integral de obras y ayudas a la rehabilitación



GAT 19 Rehabilitaci贸n / 7 Gesti贸n integral de obras y ayudas a la rehabilitaci贸n


Responsables del Grupo de Trabajo de Rehabilitación: Pilar Pereda Suquet, Secretario de la Junta de Gobierno Inés Leal Maldonado, Vocal de la Junta de Gobierno Coordinación: Mª Luisa Martínez Vicente, arquitecto jefe de I+D+i

Autores de la guía específica GAT 19/7: Alfredo Villanueva Paredes Lourdes Serrano Cadahía Manuel Vega-Leal Ordóñez María Teresa Tuya Solar Mario Fernández Cadenas Mercedes Serrano Cadahía

Diseño Servicio Gráfico del COAM, Pedro Ibáñez Albert Maquetación y control de la edición Irene Valle Robles y Efraín Redondo Castillo Febrero 2015 © Del contenido y las imágenes: los autores. © De la presente edición: Ediciones de Arquitectura Fundación Arquitectura COAM COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE MADRID EDICIÓN DE PRUEBA


Colección Guías de Asistencia Técnica COAM: GAT 19 Dirigida por el Grupo de Trabajo de Rehabilitación del COAM 2013. Constituido por 83 vocales, arquitectos colegiados. Para la elaboración de contenidos de las guías específicas se ha contado con la participación de 42 de ellos: Alfredo Villanueva Paredes, Alicia Rodríguez Herrero, Ana Blasco Engelmo, Ana María, Rodríguez Méndez, Andrea Conti, Antonio Gómez Gutiérrez, Antonio Iraizoz García, Antonio Manuel Ramos-Izquierdo Esteban, Aurelio Pérez Álvarez, Beatriz Jiménez Pazos, Carmen Castañón Cristóbal, Celia Puertas Romero, Cristina Gallego Gamazo, Elena Romero Sánchez, Francisco Javier Vázquez Fernández, Javier Alonso Madrid, Jesús Jusdado García, José Ignacio Chico Crespo, José Luis Vázquez Montalvo, Juan Crisóstomo Peris Ohrt, Juan Manuel Trigo Fernández, Laura Bellido García-Seco, Lorenzo Redondo García, Lourdes Serrano Cadahía, Luis González Alfonso, Luis Jesús Panea Domínguez, Mª Isabel Sardón Taboada, Mª Luisa Martínez Vicente, Manuel Vega-Leal Ordóñez, María Antonia Ferreira Romero, María Jesús Sacristán de Miguel, María José Gutiérrez Alonso, María Teresa Tuya Solar, Marina Siles Arnal, Mario Fernández Cadenas, Marta Pérez Hernández, Mercedes Serrano Cadahía, Miguel Ángel Esteve Campillo, Raquel Dueñas Villamiel, Roberto Bosqued García, Rosa Bellido Pla, Santiago Rodríguez-Gimeno Martínez.

GT Mixto AENOR: Lorenzo Redondo García, Mª Luisa Martínez Vicente, Marina Marqués Raez, Carmen García, Vicente Górriz, AENOR GT Mixto VIVE: Ana Díaz García, Mª Jesús Cañas, Mª Luisa Martínez Vicente, Vicente Gorritz. GT Mixto ONCE

Responsables del grupo de trabajo: Pilar Pereda Suquet, Secretario de Junta de Gobierno del COAM Inés Leal Maldonado, Vocal 6º de Junta de Gobierno del COAM

Coordinación general del grupo de trabajo: Mª Luisa Martínez Vicente, Arquitecto Jefe de I+D+i del COAM


Estructura organizativa / guías previstas:

RESPONSABLES DEL GT REHABILITACIÓN

COORDINACIÓN GENERAL

Gt-Subgrupos de trabajo

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GAT 19/5

GAT 19/6

GAT 19/7

GAT 19/2

GAT 19/3

GAT 19/4

Gtm-Subgrupos de trabajo mixtos ( con colaboración externa)

Gtm AENOR

Gtm VIVE

Gtm ONCE

GAT 19/1

GAT 19/10

GAT 19/11


Agradecimiento de la Junta de Gobierno: A todos los arquitectos indicados por su participaci贸n a lo largo del proceso de creaci贸n y elaboraci贸n del trabajo colectivo encomendado, realizando aportaciones de gran valor y experiencia profesional que lo han hecho posible. Especial agradecimiento por su dedicaci贸n a aquellos que han desarrollado los diferentes contenidos. Igualmente, para aquellos que han estado al cuidado del resultado final.


PRESENTACIÓN El Colegio Oficial de arquitectos de Madrid COAM, continúa su labor de formación técnica, asesoramiento y difusión de todos aquellos aspectos técnicos que componen la complejidad del proceso edificatorio, con este conjunto de guías enumerado que constituye una colección completa, interactiva y viva. La edificación es un sector clave de la economía y tiene trascendencia los aspectos sociales, medioambientales, y culturales, en el desarrollo y calidad de vida. Es un proceso complejo que requiere la participación de muchos agentes y profesionales, y en el caso de la rehabilitación esto adquiere mayor trascendencia al actuar sobre el patrimonio construido, donde los valores patrimoniales, de responsabilidad y sostenibilidad son aún mas importantes. Los arquitectos, somos los profesionales técnicos que tenemos la responsabilidad global en el proyecto, coordinación y dirección de las obras de arquitectura, como establece la Ley de Ordenación de la Edificación, pero en el proceso participan de forma decisiva otros agentes, profesionales, propietarios y usuarios Hoy la Rehabilitación de edificios, la Renovación y la Regeneración urbana son protagonistas de nuestra actividad, por ello el conocimiento adecuado de esos procesos es imprescindible para la consecución de los objetivos propuestos en el nuevo marco legislativo. La información contenida en esta guía pretende dar a conocer: la normativa, su aplicación y las funciones de los agentes intervinientes. La Guía va dirigida a todos los actores implicados en el proceso de la rehabilitación, como: profesionales del sector, entidades, organismos, administración pública, propietarios, promotores y empresas La guía GAT 19 pertenece a la colección de guías de Asistencia Técnica del COAM y estará formada por un sistema de publicaciones independientes y complementarias; que permitan obtener una información completa sobre la rehabilitación y un asesora- miento especializado de aquellos aspectos y tecnologías que faciliten la rehabilitación en la actualidad. La información elaborada por el Grupo de Trabajo de Rehabilitación, constituido por el COAM con este fin. Se estructura en dos niveles diferenciados en función del al- cance de los contenidos, dando lugar a las diferentes publicaciones de la colección, organizado en dos niveles: NIVEL GENERAL, permite tener una visión de conjunto de cómo se analiza la rehabilitación y regeneración urbana en el momento actual. Constituye la primera guía de la colección “GAT 19 Rehabilitación/0: La Rehabilitación en el momento actual” NIVEL ESPECÍFICO, desarrolla pormenorizadamente algunos de los aspectos conte-


nidos en el primer nivel, para aquellos lectores interesados en profundizar. Permite un conocimiento detallado y más especializado. Estos desarrollos se han formalizado como Guías específicas, que complementan la anterior. Los títulos previstos se relacio- nan en el capítulo 2 de la GAT 19/0. El COAM pretende que la información contenida en la colección permita al usuario un asesoramiento personalizado obteniendo respuesta en tiempo real a diferentes cuestiones en relación a la rehabilitación. Esta y otras iniciativas en marcha, convierten al COAM en catalizador del necesario impulso a la rehabilitación. Resulta imprescindible en la actualidad profesional del colectivo de arquitectos y en general para el sector de la edificación. No quiero terminar sin dar las gracias a todos los profesionales que han participado en su elaboración, contribuyendo a que esta iniciativa de la Junta de Gobierno que presido, haya sido una realidad.

José Antonio Granero Decano del COAM


COLECCIÓN GUÍAS DE ASISTENCIA TÉCNICA COAM GAT 19 Guía general GAT 19 Rehabilitación/0 La rehabilitación en el momento actual Guías específicas de esta colección: GAT 19 Rehabilitación/1: Marco legislativo aplicable a la rehabilitación. Modelo IEE GAT 19 Rehabilitación/2: La envolvente en la rehabilitación GAT 19 Rehabilitación/3: Instalaciones y energías renovables en la rehabilitación GAT 19 Rehabilitación/ 4: La certificación energética de edificios existentes GAT 19 Rehabilitación/5: La rehabilitación de barrios GAT 19 Rehabilitación/6: La rehabilitación de la edificación protegida GAT 19 Rehabilitación/7: Gestión integral de obras y ayudas a la rehabilitación GAT 19 Rehabilitación/8: Las buenas prácticas: Madrid RENOVE y otras experiencias GAT 19 Rehabilitación/9: Manual de uso y mantenimiento para edificios construidos con anterioridad a la Ley 2/1999 de la CM GAT19 Rehabilitación/10: Indicadores medioambientales de la rehabilitación residencial GAT 19 Rehabilitación/11: La accesibilidad en la Rehabilitación: Edificación y ámbitos urbanos (Fundación ONCE) GAT 19 Rehabilitación/12: Particiones / Suelos / Techos / Acabados GAT 19 Rehabilitación/13: El nuevo deber legal de conservación 2013


ÍNDICE 1. Introducción a la guía específica gat 19/7............................................................14 2. Marco legal..............................................................................................................18 2.1. La ley 8/2013 (lrrru) y el real decreto 233/2013 del plan estatal 2013-2016.......19 2.2. El real decreto 235/2013 y otras disposiciones normativas en relación con la eficiencia y la certificación energética.....................................................................22 3. Cuando y cómo iniciar un proceso de rehabilitación.............................................24 3.1 La rehabilitación como obligación....................................................................25 3.2 La rehabilitación vista como una oportunidad..................................................27 3.2.1 Objetivos potenciales respecto al sector residencial..............................28 3.2.2 Objetivos potenciales respecto al sector terciario..................................32 4. Cómo enfocarla gestión/modelos de gestión.....................................................34 5. El proceso de rehabilitación..................................................................................42 5.1 Primer paso: diagnóstico...................................................................................43 5.2 Segundo paso: plan de ahorro..........................................................................47 5.3 Tercer paso: contratación y financiación...........................................................51 5.4 Requisitos para gestionar la rehabilitación........................................................52 6. Recomendaciones para impulsar la rehabilitación...............................................56 7. Referencia de estudios e informes recientes sobre la rehabilitación................66 Anexo. Guía de subvenciones...................................................................................78 Fichas técnicas de productos..................................................................................106


1. INTRODUCCIÓN


Esta Guía tiene como objeto analizar la forma de abordar la gestión de la rehabilitación tanto a nivel de un edificio como a la deseable escala urbana de un barrio, teniendo en cuenta la reciente normativa y disposiciones promulgadas a partir de 2013 en relación con la rehabilitación de los edificios y su entorno. Partimos de la base de que los procesos de rehabilitación con distinto grado de alcance y resultados se llevan realizando desde hace muchos años, en la mayoría de los núcleos urbanos de nuestro país. En general este tipo de procesos han sido desarrollados a una escala relativamente reducida, pero nos permiten extraer la experiencia de las dificultades internas que entrañan este tipo de procesos, lo cual nos ayuda a valorar en todo su alcance y significado, si las modificaciones introducidas en el nuevo marco legal, van a posibilitar un modelo distinto de gestión de la rehabilitación del existente en la actualidad. Las nuevas disposiciones normativas están teóricamente orientadas a promover mejoras de conservación, de accesibilidad y de eficiencia energética y pretenden impulsar un cambio cuantitativo y cualitativo dinamizador de la calidad de nuestro patrimonio edificado, pero está todavía pendiente de contrastar su operatividad. Analizaremos en esta Guía los procedimientos que articulan el conjunto de agentes intervinientes interesados en este tipo de procesos de rehabilitación, de cómo se combinan las ayudas públicas con el ahorro privado, con las inversiones de empresas energéticas, con las aportaciones financieras y con la posibilidad de introducir cambios urbanísticos para poder llegar a configurar un modelo de gestión, que posibilite realmente la rehabilitación a una gran escala. El contenido de esta Guía se ha estructurado en los siguientes apartados: -- En primer lugar se repasa el nuevo marco legal, desde la perspectiva de analizar aquellos aspectos que guardan mayor incidencia en relación con la gestión de este tipo de procesos y las modalidades de ayudas públicas existentes para favorecer e impulsar la rehabilitación. -- En segundo lugar se analiza cómo y cuándo es necesario y/o recomendable iniciar un proceso a rehabilitación, teniendo en cuenta el ciclo de vida que tienen los propios edificios y la necesidad de que cumplan en todo momento, las condiciones más adecuadas para su uso. -- En tercer lugar se enfoca como se puede abordar la gestión de la rehabilitación integral tanto a nivel de edificio o conjunto de ellos, desde distintos modelos o posibilidades de actuación -- En cuarto lugar se analizan los pasos recomendables para llevar a efecto un proceso estándar de rehabilitación y los requisitos y tramitaciones que es necesario tener en cuenta para llevarlo a efecto -- En quinto lugar se enumeran unas recomendaciones, a modo de conclusión, para dinamizar la rehabilitación a una mayor escala y desear que en los próximos años la actividad rehabilitadora en nuestro patrimonio edificado y en nuestras ciudades llegue a convertirse en una realidad consolidada. GAT 19 Rehabilitación/7 La gestión integral de obras y ayudas a la rehabilitación

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-- En sexto lugar finalmente se adjunta una referencia de algunos de los trabajos y estudios que han venido tratando en los últimos años la rehabilitación edificatoria como una necesidad imperiosa y deseable y que nos aportan datos y experiencias que es necesario conocer y tener en cuenta para abordar cualquier proceso de gestión. Como Anexo se adjuntan las ayudas públicas concretas existentes en el momento actual, que esperamos se mejoren y amplíen en un futuro próximo.

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Figura 1. Museo Abc, Madrid. GAT 19 Rehabilitaci贸n/7 La gesti贸n integral de obras y ayudas a la rehabilitaci贸n

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2. MARCO LEGAL


Del nuevo marco legislativo aprobado recientemente, tenemos que diferenciar la normativa específica dirigida a promover la rehabilitación energética (contenida principalmente en el Real Decreto 235/2013 y en el programa PAREER), de la normativa orientada a fomentar la rehabilitación constructiva en términos más generales, desde las tareas de conservación y las mejoras en las condiciones de habitabilidad, salubridad y accesibilidad, hasta los procesos de regeneración y renovación urbana (contenidos en La Ley LRRRU 8/2013 y en el Real Decreto 233/2013 que desarrolla el Plan Estatal 2013-2016).

2.1. LA LEY 8/2013 (LRRRU) Y EL REAL DECRETO 233/2013 DEL PLAN ESTATAL 2013-2016. La Ley 8/2013 (LRRRU) ha introducido un conjunto de disposiciones para impulsar la rehabilitación en un sentido más integral, contemplando un conjunto de actuaciones que van desde las tareas de conservación, hasta como mejorar las condiciones de habitabilidad, salubridad y accesibilidad y por supuesto mejorar su eficiencia energética, tanto a nivel del edificio, como a la escala de ámbitos urbanos. Esta Ley regula las actuaciones para los casos de los edificios en los que no se cumplan los estándares mínimos de funcionalidad, seguridad y habitabilidad, así como las obras de regeneración y renovación urbanas que afectan a conjuntos urbanos. Entre las novedades más relevantes que se proponen en relación con la gestión de este tipo de actuaciones respecto a la situación anterior, están las siguientes: -- La introducción de un Informe de Evaluación de los Edificios (IEE), que permitirá evaluar el estado de conservación de los edificios, aportando información acerca del grado de cumplimiento de la normativa vigente y especialmente la relacionada con la accesibilidad y la eficiencia energética. El IEE se exigirá a los edificios de tipología residencial de vivienda colectiva que tengan más de cincuenta años y siempre que no hayan pasado ya la Inspección Técnica de Edificios de conformidad con su propia regulación y también a todos los edificios que soliciten ayudas públicas para su rehabilitación a partir de ahora (Artículo 4, apartados 1 a 6). -- La configuración del deber de conservación como uno de los deberes fundamentales relacionados con el medio urbano, y, por tanto, su regulación con carácter uniforme, en el marco de las condiciones básicas de igualdad que al Estado compete establecer (Artículos 7 y 8). -- La introducción de la Memoria de Viabilidad Económica (MVE) que acompañará a cada actuación de rehabilitación y en la que se podrá justificar la aplicación de reglas excepcionales para vincular incrementos de edificabilidad o densidad, y poder hacer viables las distintas operaciones de rehabilitación, regeneración y/o renovación urbanas, así como regular las formas de ejecución y los derechos de realojamiento y retorno (Artículo 11 a 14). -- Se amplían las facultades reconocidas a las comunidades de vecinos, agrupaciones de propietarios y cooperativas para actuar en el mercado inmobiliario con plena capacidad jurídica para todas las operaciones, incluidas las crediticias, relacionadas con las operaciones de rehabilitación (Artículos 15 a 19). GAT 19 Rehabilitación/7 La gestión integral de obras y ayudas a la rehabilitación

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-- Se modifican determinados regímenes de unanimidad ó mayorías establecidos por la Ley de Propiedad Horizontal. Así como, cuando existan determinadas obras que son demandadas por las Administraciones Públicas, aunque afecten al título constitutivo ó a los estatutos, serán obligatorias, como ya ocurre con algunas de ellas en la vigente regulación de la propiedad horizontal (Disposición final primera). -- Se definen como actuaciones urbanas integradas las que buscan articular medidas sociales, ambientales y económicas en una estrategia administrativa global. (Título II, Capítulo I, Artículo 7). La iniciativa puede ser por parte de las administraciones y también de los propietarios, autorizando a ejecutar y gestionar las actuaciones a las comunidades y agrupaciones de comunidades de propietarios constituidas, las cooperativas de vivienda, los propietarios de terrenos, construcciones, edificaciones y fincas urbanas, los titulares de derechos reales o de aprovechamiento, y las empresas, entidades o sociedades en representación de alguno de los anteriores (Título II, Capítulo II, Artículo 9). -- En los casos de actuaciones urbanas de iniciativa pública, las obras las pueden realizar los servicios técnicos de la administración responsable o puede suscribir convenios de colaboración con otras administraciones y entidades públicas adscritas con la idea de conceder la ejecución a un Consorcio previamente constituido, y también adjudicarlas por medio de concurso público (Título II, Capítulo II, Artículo 13.3). -- Los agentes de gestión y ejecución de las actuaciones pueden establecer convenios de financiación con las administraciones o el resto de agentes, por medio de contratos de cesión de fincas urbanas, contratos de permuta o cesión de terrenos o parte de la edificación, contrato de arrendamiento o cesión de uso de un inmueble o convenio de explotación conjunta (Título II, Capítulo II, Artículo 17.2). -- Cuando las administraciones públicas cooperen en la gestión podrán acordar por convenio: (Título II, Capítulo II, Artículo 19.1) -- La organización de la gestión de la ejecución, en forma de consorcio o sociedad mercantil de capital mixto. -- El procedimiento y la competencia para determinar el ente gestor de la ejecución cuando no lo asuma alguna de las administraciones o el consorcio o sociedad constituidos. -- Los términos y las condiciones de la ordenación y la ejecución, que además se podrán acordar con el ente gestor y el resto de los sujetos con facultad legal. El Real Decreto 233/2013 regulando el Plan Estatal 2013-2016, complementa la Ley anterior, y tiene por objeto buscar la máxima rentabilidad con los recursos disponibles en materia de rehabilitación edificatoria residencial y de regeneración y renovación urbana, a través de la concesión de ayudas al mayor número posible de ciudadanos. Entre los programas que plantea, cuya gestión dependerá de cada CC.AA., están los cuatro programas siguientes (Disposiciones generales, Capítulo I, Artículo 2): 20


Programa de fomento de la rehabilitación edificatoria Contempla ayudas para obras de rehabilitación en edificios y viviendas e instalaciones para mejorar su estado de conservación, garantizar la accesibilidad y mejorar la eficiencia energética. Los inmuebles deberán, tener una antigüedad anterior a 1981 y al menos el 70 por 100 de su superficie, debe tener uso residencial y constituir el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios. Podrán solicitar estas ayudas las comunidades de propietarios, las agrupaciones de comunidades o los propietarios únicos de edificios de viviendas. Se concederán ayudas de hasta 4.000 euros por vivienda por su conservación, 2.000 euros por vivienda para mejora de la eficiencia energética (5.000 euros si se reduce en un 50 por 100 la demanda energética del edificio) y 4.000 euros por vivienda para mejora de accesibilidad. Serán los beneficiarios quiénes asuman la responsabilidad de la ejecución de las obras con ayudas de hasta un máximo de 11.000 euros por vivienda rehabilitada, con un límite máximo del 35% del coste subvencionable de la actuación (artículo 29 apartados 1 y 2 del Real Decreto 233/2013). Programa de fomento de la regeneración y renovación urbanas Contempla ayudas para obras de rehabilitación en edificios y viviendas, urbanización o reurbanización de espacios públicos y edificación en sustitución de edificios demolidos, además de posibles costes debidos a programas de realojo temporal o equipos técnicos y oficinas de planeamiento, información, gestión, ejecución y acompañamiento social de la actuación. Plantea como herramientas de gestión: un ‘diagnóstico técnico’ de la situación de partida en la que se determinen los fines sociales de la actuación propuesta, un ‘Programa de Acciones Integradas’ con el modelo de gestión, la ‘relación de actuaciones subvencionables’, el ‘estudio de viabilidad técnica y económica’, la ‘programación’, otras ‘medidas complementarias’ y los compromisos de otras entidades responsables, un ‘sistema de indicadores de seguimiento’ y evaluación, y un ‘esquema de participación ciudadana’. Programa para el fomento de ciudades sostenibles y competitivas Considera ayudas para actuaciones de mejora en núcleos urbanos homogéneos de diferente tipo, barrios entre 1940 y 1980, centros históricos, áreas funcionalmente obsoletas, sustitución de infravivienda, ecobarrios y zonas turísticas. Priman aquellas actuaciones en las que se planteen medidas para mejorar las condiciones de habitabilidad, accesibilidad y energética, favorecer la cohesión social y la promoción económica, y la recualificación de los espacios públicos y los equipamientos. Programa de apoyo a la implantación y gestión del plan: Prevé ayudas para financiar sistemas informáticos adecuados para la comunicación entre el Ministerio y las CCAA. En el caso de intervenciones de regeneración urbana a gran escala es muy probable que la financiación sea compartida y se financie en parte con Fondos FEDER u otras ayudas de programas europeos canalizados a través del Ministerio de Fomento. La GAT 19 Rehabilitación/7 La gestión integral de obras y ayudas a la rehabilitación

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gestión de los proyectos conlleva un importante trabajo de coordinación y de control de los objetivos cumplidos y los porcentajes aportados por cada nivel y área administrativa (Artículo 3). Este Plan Estatal 2013-2016 amplía el programa de ayudas a la rehabilitación a intervenciones integrales en bloques completos y actuaciones de regeneración o renovación urbana de barrios, extendiendo el alcance de la operación más allá de los propietarios de las viviendas. Esto implica tener en cuenta en la gestión y financiación nuevos actores urbanos como las comunidades de inquilinos y propietarios, agrupaciones de comunidades, cooperativas de viviendas, propietarios de terrenos, construcciones, edificaciones y fincas urbanas, los titulares de derechos reales o de aprovechamiento o empresas, entidades o sociedades que puedan actuar en su nombre (Artículo31). Teniendo en cuanta los nuevos actores implicados, el Plan pretende animar a las comunidades autónomas a fomentar la colaboración privada por medio de mecanismos de corresponsabilidad con ‘entidades urbanísticas colaboradoras’ que puedan estar interesadas en participar en la gestión de la actuación o de encargarse directamente de la ejecución. Establece como mecanismos posibles: convenios de gestión, contratos de cesión, permuta o arrendamiento o convenios de explotación. También plantea incentivar asociaciones administrativas que dependerán de la administración urbanística actuante (Artículo 31). Además establece que se valorará positivamente aquellas actuaciones en las que la participación del sector empresarial garantice la viabilidad económica (Artículo 4).

2.2. EL REAL DECRETO 235/2013 Y OTRAS DISPOSICIONES NORMATIVAS EN RELACIÓN CON LA EFICIENCIA Y LA CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA. Las exigencias relativas a la certificación energética de edificios fueron establecidas en la Directiva europea 2002/91/CE1 y se transpusieron en el Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, mediante el cual se aprobó el Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción. Con posterioridad, la Directiva inicial 2002/91/CE es modificada por la Directiva 2010/31/UE2, relativa a la eficiencia energética de los edificios, circunstancia que ha hecho necesario transponer de nuevo al ordenamiento jurídico español las modificaciones introducidas. Así el RD 235/2013, de 5 de abril, transpone parcialmente la directiva europea de 2010 en lo relativo a la certificación de eficiencia energética de edificios, refundiendo el Real Decreto 47/2007, con la incorporación del Procedimiento básico para la

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Directiva 2002/91/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2002

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Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010

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certificación de eficiencia energética de edificios existentes. En el BOE de 25 de mayo de 2013 se publica la corrección de errores correspondientes al Real decreto 235/2013. A partir del 1 de junio de 2013, es obligatorio poner a disposición de los compradores o arrendadores de edificios para alquileres con una duración superior a cuatro meses, un certificado de eficiencia energética que, además de la calificación energética del edificio, debe incluir recomendaciones para la mejora de los niveles óptimos o rentables de la eficiencia energética del edificio o de una parte de éste, de forma que se pueda valorar y comparar su eficiencia, con el fin de favorecer la promoción de edificios de alta eficiencia energética y las inversiones en ahorro de energía. Como actuación ejemplarizante de las Administraciones Públicas, la normativa, obliga a que todos los edificios o partes de los mismos, en los que una autoridad pública ocupe una superficie útil total superior a 500m2 y que sean frecuentados habitualmente por el público, disponga del certificado de eficiencia energética y lo exhiba en lugar público. En septiembre de 2013, el IDAE aprueba un Programa de Ayudas para la Rehabilitación Energética de Edificios existentes del sector Residencial (PAREER) para promover la realización de actuaciones integrales que favorezcan el ahorro energético y el aprovechamiento de energías renovables en los edificios de uso residencial y hotelero. Este programa PAREER, con una dotación de 150 M de euros y una duración de dos años (02/10/2013--30/10/2015) tiene como objetivo prioritario incentivar la realización de actuaciones integrales en los edificios existentes del sector residencial, tanto con uso vivienda como con uso hotelero, pero han quedado excluidos de este programa de ayudas públicas el resto de usos terciarios (comerciales, dotacionales, etc.). También en agosto del 2013, el MAGRAMA promueve el PLAN PIMA SOL para la rehabilitación energética de las instalaciones hoteleras, mediante la adquisición de créditos futuros de carbono, proveniente de la reducción de emisiones de CO2. (Ver detalle de estos programas en el ANEXO -GUÍA DE AYUDAS). Finalmente se ha modificado el documento básico de Ahorro de energía DB-HE, que establece una limitación para el consumo energético de energía primaria no renovable para calefacción, refrigeración y ACS tanto para los edificios nuevos como para los existentes que se reformen o amplíen.(Orden FOM/1635/2013, de 10 de septiembre, por la que se actualiza el Documento Básico DB-HE «Ahorro de Energía», del Código Técnico de la Edificación y la corrección de errores del BOE 08/11/2013). Esta disposición requiere a los redactores de los proyectos de rehabilitación, la obligatoriedad de cumplir unos niveles mínimos de eficiencia energética según tipologías y características climáticas, incidiendo en la necesidad progresiva de ir adaptando tanto las nuevas construcciones como el patrimonio existente a las directivas comunitarias de ahorro energético y reducción de emisiones.

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3. CUÁNDO Y CÓMO INICIAR UN PROCESO DE REHABILITACIÓN


El proceso de rehabilitación de un edificio puede ser largo y complicado; dado que implica dificultades e inconvenientes a distintos niveles, como el desconocimiento de las obligaciones e implicaciones legales por parte de propietarios y usuarios, la dificultad de gestionar proyectos y obras, la ocupación del edificio mientras se desarrolla el proceso, y por supuesto, la financiación del mismo. Por eso es importante saber qué circunstancias pueden desencadenar un proceso de rehabilitación y, más importante aún, cómo abordarlo. Tradicionalmente, el proceso de rehabilitación ha estado vinculado a la necesidad de reparar los edificios deteriorados por el paso del tiempo, la falta de cuidado o mantenimiento o cualquier otra circunstancia que haya producido un deterioro importante en las características constructivas o funcionales de los mismos. Se trata de una necesidad derivada del propio ciclo de vida de los edificios y la necesidad de unas condiciones mínimas para su uso. Sin embargo, la creciente importancia que tiene en nuestra sociedad al gasto energético, así como la lucha contra el cambio climático y la reducción de gases de efecto invernadero derivados del protocolo de Kioto de 1997, ratificado en Doha en 2012, y de las políticas energéticas de la Unión Europea, convierten la rehabilitación energética de los edificios en un paso necesario para la consecución de estos objetivos. En efecto, el sector de la edificación juega un papel fundamental, pues se estima que los edificios son responsables del 40% del consumo energético en la Unión Europea. Además, el conjunto “ahorro y eficiencia energética” no sólo ha sido identificado como la estrategia con mayor repercusión a la hora de combatir el cambio climático3, sino que, además, es la medida que mayor impacto potencial tiene a un coste asequible. Se trata, también, de una oportunidad para mejorar la calidad del entorno edificado y de contribuir al ahorro económico en el consumo de sus ocupantes y propietarios, en relación con las nuevas políticas que se vienen impulsando desde la Unión Europea y el desarrollo normativo que las acompaña. Vemos a continuación ambos enfoques del proceso rehabilitador:

3.1. LA REHABILITACIÓN COMO OBLIGACIÓN La rehabilitación es un proceso vinculado al deber de conservación de los edificios. Se trata de una obligación recogida en diversas normativas, particularmente en la Ley del Suelo de 2008 y que la LRRRU de 2013 ha ampliado respecto al significado tradicional del deber de conservación, incluyendo aspectos como la eficiencia energética y la accesibilidad a los edificios.

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Naciones Unidas, 2007. Panel Intergubernamental de Cambio Climático. IPCC Informe de Síntesis 2007

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En esta ley, se establecen tres niveles del deber de conservación: -- Nivel básico o estricto, que se refiere a la exigencia de que la edificación cumpla los requisitos básicos establecidos en el artículo 3.1 la LOE, como son los de seguridad, accesibilidad y habitabilidad, y según los usos compatibles con la ordenación territorial y urbanística. Estas exigencias, a su vez, se ponen en relación con el concepto de infravivienda definido en el artículo 2.2 de la LRRRU. Por ejemplo, la exigencia de accesibilidad universal a los edificios se incorpora como parte del deber de conservación, regulada por lo que se denominan “ajustes razonables”, de forma que el coste para el propietario se produzca de forma proporcional al alcance de la actuación. -- Nivel de adecuación o adaptación, que se refiere a la adaptación progresiva de la edificación a las normas que sean exigibles en cada momento, con objeto de adaptarla a los estándares y necesidades de la sociedad en su evolución a lo largo del tiempo. Hay que aclarar que no se trata de aplicar la normativa con carácter retroactivo, sino de incluir las obligaciones que para la edificación existente vaya introduciendo la normativa del sector en cada momento, con el objetivo de mantener sus condiciones de uso, de acuerdo con la evolución de las necesidades sociales. -- Nivel adicional o de mejora, motivado por motivos turísticos o culturales, o por mejora de la calidad y sostenibilidad del medio urbano. Este tercer nivel está limitado por unos costes máximos que deberá asumir el propietario, de forma que no se puedan imponer actuaciones más allá de un coste razonable, que la propia ley fija en la mitad del valor de reposición del edificio. Este tercer nivel amplía de forma significativa el deber de conservación, al imponer obligaciones derivadas de actuaciones conjuntas en el medio urbano, por una parte, y que pueden estar motivadas por conceptos diferentes a los de seguridad, accesibilidad o habitabilidad, por otra. La imposición del deber requerirá que la Administración, de manera motivada, determine el nivel de calidad que deba ser alcanzado por el edificio, para cada una de las exigencias básicas a que se refiera la imposición del mismo. El cumplimiento del deber de conservación atañe a los propietarios de los inmuebles, y se articula a través de Informe de Evaluación de Edificios, cuyo contenido regula la propia LRRRU. Dada la importancia que la LRRRU ha dado a las actuaciones a escala de barrios, ámbitos o conjuntos urbanos homogéneos, cabe esperar por parte de las Administraciones Públicas, que se impulse en el futuro el incremento de las Áreas de Rehabilitación Integral (ARIs), Áreas de Renovación Urbana (ARUs) u otras figuras similares. Son actuaciones de rehabilitación que, en general, han dado muy buenos resultados, permitiendo recuperar zonas degradadas y facilitando actuaciones coordinadas en cascos históricos.

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3.2. LA REHABILITACIÓN VISTA COMO UNA OPORTUNIDAD Además del deber de conservación, la rehabilitación energética profunda de los edificios puede suponer una oportunidad a distintos niveles. A nivel global, para contribuir a la reducción de consumo energético y de lucha contra el cambio climático. A este respecto, la propia UE considera que la eficiencia energética es una de las formas más rentables de mejorar la seguridad de abastecimiento energético y reducir las emisiones contaminantes. El sector de la edificación representa el 40% del consumo final de energía y el potencial de ahorro entre la mayor y menor calificación energética es de un 80%. Este potencial de ahorro representa a la vez un gran potencial de nueva actividad económica y empleo, ofreciendo una oportunidad al sector para poder recuperarse de la crisis, mediante la creación de miles de nuevos empleos verdes.

Figura 2. Estimación de generación de empleo. GTR 2014.

A nivel particular, es una oportunidad de reducir el consumo energético para los propietarios, proporcionando un ahorro económico importante. Con la tecnología actual, es posible reducir de manera económicamente eficiente en un 70-80% el consumo energético del sector residencial, en tanto que los edificios terciarios pueden ahorrar de manera económica hasta el 50% de sus necesidades energéticas. Se trata de un nuevo concepto de rehabilitación, en el que la eficiencia económica se constituye como motor de la rehabilitación. Su viabilidad dependerá de su competitividad como sector económico y del reconocimiento de su servicio a la sociedad, así como de su capacidad para organizarse sobre bases solventes. GAT 19 Rehabilitación/7 La gestión integral de obras y ayudas a la rehabilitación

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Para garantizar esta eficiencia económica, la EPBD ha introducido el concepto de “análisis de coste óptimo”, como método para determinar la viabilidad de las diferentes medidas que se puedan aplicar para mejorar la eficiencia energética de un edificio, de forma que estas inversiones resulten económicamente eficientes, es decir, que el ahorro obtenido sea capaz de financiar, en un plazo razonable, el retorno de la inversión efectuada. Para ello, deberán tenerse en cuenta costes y beneficios totales a lo largo del ciclo de vida del edificio, incluyendo costes de inversión, ahorros de consumo y estimación de evolución de costes de la energía, evaluados a través de su valor actual neto (VAN). Vemos a continuación los parámetros que inciden en la rehabilitación tanto en el sector residencial como en el terciario.

Figura 3. Estudio de coste óptimo.

3.2.1 OBJETIVOS POTENCIALES RESPECTO AL SECTOR RESIDENCIAL Ahorro económico Según diferentes estudios, como los realizados por el Grupo de Trabajo de Rehabilitación4 o la organización WWF5, el potencial de ahorro energético en el sector residencial es del 70-80%. En España, este potencial afectaría a 25 millones de viviendas. El ahorro económico sería directamente trasladable a los propietarios y ocupantes mediante la reducción de la factura energética. 28


Valor patrimonial La rehabilitación energética de un edificio aumentaría el valor del mismo, mediante lo que se conoce como “plusvalía verde”, que reconocería el mayor valor de las viviendas energéticamente más eficientes. El conocimiento de la eficiencia energética de las viviendas ha sido la finalidad última del Certificado de Eficiencia Energética, de forma que los compradores y arrendatarios puedan tomar decisiones informadas de acuerdo con la eficiencia energética de cada vivienda. Esta “plusvalía verde” irá ganando peso con el tiempo, a medida que los ciudadanos toman conciencia de los costes operativos de las viviendas en relación con el coste de la energía. Este aumento de valor podría alcanzar hasta un 10%, según el GTR en su informe de 2014. Las viviendas más eficientes tendrían, además, mejor acceso al mercado y mayor posibilidad de venta frente a las menos eficientes. Como dato contrastado, en la rehabilitación energética integral realizada por ANERR6 a través de su proyecto piloto, la revalorización del inmueble se ha estimado en un 20%. Es esperable, por tanto, que el valor patrimonial se convierta en un importante activo a tener en cuenta a la hora de abordar un proceso de rehabilitación. Aumento de edificabilidad y/o ocupación de espacios públicos. La propia LRRRU proporciona una serie de instrumentos para favorecer la eficiencia económica de los procesos de rehabilitación que no se contemplaban hasta ahora. Entre ellos, cabe destacar el aumento de edificabilidad de los edificios o de densidad de viviendas, o cambios de uso, siempre y cuando se justifique su necesidad para garantizar la viabilidad de las intervenciones. De esta forma, las plusvalías resultantes revierten en el propio edificio, posibilitando su rehabilitación. De cara a iniciar la gestión de actuaciones de rehabilitación con incrementos de edificabilidad, deberían tenerse en cuenta el siguiente tipo de recomendaciones: -- Previamente confirmar urbanísticamente la posibilidad de poder incrementar la edificabilidad y modificar los usos. Hay que ser conscientes de que las expectativas de poder realizar este tipo de modificaciones pueden ser, en ocasiones, inadecuadas o claramente desaconsejables. -- Este tipo de propuestas tienen que tener un control urbanístico municipal, mediante la redacción de un planeamiento especial o estudio de detalle específico,

4

Grupo de trabajo sobre rehabilitación. Informe GTR 2014. Estrategia para la rehabilitación. Claves para

transformar el sector de la edificación en España. 5

WWF, 2010. Potencial de Ahorro Energético y de Reducción de Emisiones de CO2 del Parque

Residencial existente en España en 2020. 6

ANERR.

GAT 19 Rehabilitación/7 La gestión integral de obras y ayudas a la rehabilitación

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con periodos de información pública, de forma que se garantice una calidad y resultados urbanos válidos y se evite incurrir en malas prácticas de actuaciones forzadas e inapropiadas. -- Es preciso seleccionar áreas urbanas en las que exista una demanda potencial de comercialización de nuevos usos lucrativos y que a ser posible, sean coincidentes con ámbitos declarados como áreas de rehabilitación o renovación urbana o que cuenten ya con algún tipo de declaración municipal y/o autonómica similar, que facilite la tramitación administrativa y las ayudas públicas y a partir de esta delimitación, poder concertar acuerdos con propietarios y usuarios de los edificios potencialmente objeto de rehabilitación. -- Contemplar la posibilidad de proponer actuaciones de una cierta escala urbana, para mejorar los ratios de los costes de intervención, poder localizar mejor las nuevas edificabilidades y rentabilizar la gestión (ya el propio Real Decreto 233/2013 requiere un mínimo de tamaño para las actuaciones de regeneración urbana, indicativo de que es más viable introducir este tipo de incrementos por conjuntos, que edificio a edificio). -- En el caso de poder desarrollarse incrementos de edificabilidad para favorecer la rehabilitación, la normativa urbanística para estos supuestos debería regular de otra forma algunos de los requisitos normativos actuales (% cesiones de suelo obligatorias, exigencia de cumplimentar los ratios de plazas de aparcamiento, posibilitar la división de pisos grandes en piezas más pequeñas, flexibilizar la reconversión de usos obsoletos por otros más lucrativos o la reutilización de espacios comunes).

Sin embargo, debido a la normativa urbanística, no siempre será factible ni aconsejable introducir estos incrementos de edificabilidad de una forma razonable, a la vez que se garantizan unos resultados arquitectónicos aceptables. En este sentido, el conocimiento y la aportación de los arquitectos son claves en la concepción y desarrollo de estas actuaciones de rehabilitación con incrementos de edificabilidad. Aun cuando la normativa los autorizara, su viabilidad dependerá, en todo caso, de la capacidad de comercialización de estos nuevos usos lucrativos. Otra medida que contempla la LRRRU es la ocupación de espacios públicos para favorecer la accesibilidad o la eficiencia energética. En el primer caso, se permite ocupar las superficies de espacios libres o de dominio público que resulten indispensables para la instalación de ascensores u otros elementos, así como las superficies comunes de uso privativo, tales como vestíbulos o descansillos. En el segundo caso, relativo a la eficiencia energética, se permite la instalación de aislamiento térmico o fachadas ventiladas por el exterior del edificio, el cerramiento o acristalamiento de las terrazas ya techadas, la instalación de dispositivos bioclimáticos adosados a las fachadas o cubiertas, la realización de obras y la implantación de las instalaciones necesarias para la centralización o dotación de instalaciones energéticas comunes y de captadores solares u otras fuentes de energía renovables, en las fachadas o cubiertas, cuando 30


consigan reducir el consumo anual de energía primaria no renovable del edificio, al menos, en un 30 por ciento, así como la realización de obras en zonas comunes o viviendas que logren reducir, al menos, en un 30 por ciento, el consumo de agua en el conjunto del edificio. Mejora de confort Otro beneficio añadido en la rehabilitación energética de viviendas es la mejora de habitabilidad de las mismas, concepto directamente ligado, por una parte, al de accesibilidad, necesidad evidente para una población cada vez más envejecida, y por otra parte, al del cuidado de la salud. En efecto, numerosos estudios7 relacionan infravivienda y salud, con riesgos sobre esta última asociados a las condiciones higrotérmicas de la vivienda y a la exposición a diferentes sustancias contaminantes, como radón, ácaros de polvo, humo ambiental de tabaco, monóxido de carbono, hongos o plomo, lo que desemboca en enfermedades respiratorias y alérgicas, achaques, nerviosismo, diarrea y dolores de cabeza.

Figura 4. Fuentes de retorno de la rehabilitación. Ferrovial-Agromán.

7

Por ejemplo, el “Estudio sobre Condiciones de Vivienda y Salud”, elaborado por el Instituto de Salud

Pública de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid para Barrio Viejo. GAT 19 Rehabilitación/7 La gestión integral de obras y ayudas a la rehabilitación

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3.2.2 OBJETIVOS POTENCIALES RESPECTO AL SECTOR TERCIARIO Los edificios del sector terciario son distintos respecto a los residenciales por sus características físicas y funcionales, al igual que por su gestión, sus periodos de amortización, y su aprovechamiento como un activo financiero. Los patrones de uso de energía son específicos y diferentes entre sí, dependiendo de su propósito e incluso dentro de un sector. Además, los administradores de edificios tienden a ser más profesionales respecto a sus procedimientos de gestión y mantenimiento, y buscan plazos de amortización mucho más cortos que en el sector residencial. Rentabilidad económica Los edificios terciarios tienen un potencial de ahorro importante, pero se necesita un enfoque distinto que para el sector residencial. La consideración de la edificación como un activo financiero hace que los gestores sean, en general, más receptivos a las intervenciones sobre eficiencia energética, dada la rentabilidad de las inversiones. Sin embargo, los periodos de retorno de inversión son considerablemente menores, lo que provoca que en muchos casos las actuaciones de eficiencia energética se centren en las instalaciones, que ofrecen periodos de retorno más cortos, que en actuaciones integrales, que en cambio tendrían una capacidad de ahorro energético mucho mayor. Aun así, y según los mismos estudios citados anteriormente, el potencial de reducción de consumo a corto plazo de los edificios terciarios se sitúa en torno a un 50%, considerando periodos de amortización de las inversiones no superiores a 10 años, dándose los porcentajes de ahorro más altos en hospitales y oficinas.

Figura 5. Potencial de ahorro en el sector terciario. GTR 2014. 32


Adecuación de uso y/o funcionalidad La propia necesidad de adecuación funcional a nuevos requerimientos de uso de los espacios, así como mejora de las condiciones laborales o la introducción de mejoras tecnológicas son factores igualmente importantes que pueden favorecer o desencadenar un proceso de rehabilitación edificatoria. Productividad Las condiciones ambientales de los edificios inciden de manera decisiva en la productividad de los trabajadores, como ha quedado demostrado en diferentes estudios. Aspectos como la calidad del aire, que en entornos de alta ocupación se satura de partículas de CO2 y otras sustancias insalubres si la ventilación no es suficiente; la iluminación, que debe ser la adecuada para cada tipo de trabajo, ya que de lo contrario puede acarrear problemas visuales y estrés físico y mental; el ruido, que afecta el equilibrio psíquico, la tensión muscular y la audición; y la temperatura y la humedad, influyen decisivamente en el desempeño de la actividad laboral, y pueden ser objeto de mejora y adecuación en un proceso de rehabilitación. Imagen corporativa La rehabilitación energética incide positivamente en la imagen corporativa de las empresas, por una parte, gracias a la propia imagen del edificio, y por otra, gracias a la responsabilidad social que conllevan las actuaciones de mejora de la sostenibilidad y la eficiencia energética. Se trata de un valor añadido que afecta a la competitividad de las empresas.

Figura 6. El antes y el después de la rehabilitación energética en un edificio. Imagen de Energe.

GAT 19 Rehabilitación/7 La gestión integral de obras y ayudas a la rehabilitación

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4. CÓMO ENFOCAR LA GESTIÓN / MODELOS DE GESTIÓN


En el momento actual, mejorar la eficiencia energética de la edificación constituye la principal motivación para poder plantearse una posible intervención en la rehabilitación de nuestro patrimonio edificado. Y aprovechando el poder acceder al conocimiento del edificio y de sus características arquitectónicas, también puede servir para introducir otras mejoras técnicas en relación con su funcionalidad, habitabilidad y accesibilidad, ya que no tendría sentido mejorar la eficiencia energética en edificios técnica o funcionalmente deficientes. El Real Decreto de 235/2013, como se ha reseñado anteriormente, es un primer paso en la dirección adecuada para certificar lo que existe actualmente, pero al ser sólo aplicable para los supuestos de venta o alquiler de los inmuebles privados es todavía insuficiente. Para poder cumplimentar adecuadamente la directiva europea de mejora de la eficiencia energética, habría que promover que se llevaran a efecto las mejoras propuestas y no solamente limitarse a certificar la ineficiencia. Paralelamente, el Programa PAREER de Ayudas para la Rehabilitación Energética de Edificios existentes del sector Residencial, posibilita solicitar ayudas públicas para promover la realización de actuaciones integrales dentro de este sector, favoreciendo el ahorro energético, lo que genera expectativas de empezar a considerar la rehabilitación energética como una oportunidad alcanzable en los próximos años, dado la existencia de un extenso parque edificatorio en España anterior a 1980, necesitado objetivamente de mejorar su comportamiento energético. A partir de estas disposiciones ¿cómo es posible activar la rehabilitación energética en la edificación? El deber de conservación de los edificios, la necesidad de su revisión periódica, bien a través las ITEs municipales ó de otros controles administrativos similares, es un requisito previo básico, que obliga a los propietarios a reflexionar y mentalizarse sobre la conveniencia de introducir mejoras en sus edificios, para prolongar en el tiempo su valor inmobiliario, mantenerlos funcionalmente útiles y corregir sus niveles de ineficiencia energética, especialmente gravosa en la actualidad y previsiblemente en el futuro, por los constantes incrementos en la tarifas energéticas. En la actualidad se detecta todavía una falta de información y conocimiento, por parte de los propietarios y usuarios de los edificios, de los sobrecostes existentes por una ineficiencia de sus instalaciones y aislamiento, así como una percepción negativa de que la obligatoriedad de certificar el nivel energético del edificio es una carga más, un recargo o tasa añadida que hay que cumplimentar a la hora de tener que alquilar o vender. Falta por estructurar la potencial demanda existente en el patrimonio edificado. Se echa en falta una labor explicativa, prioritariamente por parte de las distintas instancias públicas implicadas en estas materias y difundida a través de los medios de comunicación, de las razones que motivan la necesidad de ir mejorando las prestaciones de este patrimonio edificado. En esta tarea divulgativa se requiere la coordinación y participación del conjunto de actores que intervienen en este proceso: propietarios de los inmuebles, administraGAT 19 Rehabilitación/7 La gestión integral de obras y ayudas a la rehabilitación

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dores de fincas, empresas energéticas, técnicos especialistas en rehabilitación y la información apropiada de las instancias públicas, con difusión reiterada y continuada de ayudas y subvenciones estimulantes y facilitando líneas especificas de financiación para este fin. En esta labor coordinada en la que participan distintos actores, cada uno y todos en conjunto, deben conocer y valorar el tipo de retornos diferentes que reciben, unos provenientes de la revalorización patrimonial por la mejora en la calidad de los edificios, otros por la recuperación de las inversiones ó del esfuerzo técnico realizado y en última instancia el Estado y la sociedad, por los ahorros globales de emisiones y los beneficios sociales transversales que genera toda esta actividad económica de la rehabilitación. En una primera fase de arranque, la posibilidad de ir articulando modelos de gestión, debe estar orientado preferentemente, a aquellos sectores sociales de áreas urbanas centrales o periféricas de nuestras ciudades, con edificaciones en barrios antiguos, desfavorecidos o degradados. Y también hacerlo extensivo a las instalaciones hoteleras, que requieren mejorar su calidad y prestaciones, en un país con una base turística tan importante. Son sectores, el residencial y el hotelero, en los que existe un potencial incremento de las rentas de posición, y cuyos propietarios pueden estar interesados objetivamente en introducir mejoras en sus inmuebles por iniciativa propia. Los concursos realizados recientemente por COAM dentro de su plan de actuaciones de Madrid Renove, confirman este enfoque inicial y están orientados a promover experiencias piloto, que sirvan de referente para la consolidación de un modelo de gestión de la rehabilitación para los próximos años.

Figura 7. Concurso Madrid Renove Río. COAM 36


Exponemos a continuación distintas posibilidades existentes para impulsar el proceso de rehabilitación. No se pretende ofrecer modelos exhaustivos de gestión, un reto de difícil solución, dada la complejidad y singularidad de cada caso, sino más bien apuntar ideas y posibilidades, que además no son excluyentes entre sí. Desde la iniciativa particular Es el enfoque más inmediato y habitual: el propietario o los propietarios de un inmueble inician el proceso de rehabilitación, dado que son los directamente interesados y beneficiarios directos de la actuación. La LRRRU reconoce esta capacidad a los propietarios de forma prioritaria, pero no única: “estarán legitimados para ello las comunidades y agrupaciones de comunidades de propietarios, las cooperativas de vivienda constituidas al efecto, los propietarios de terrenos, construcciones, edificaciones y fincas urbanas, los titulares de derechos reales o de aprovechamiento, y las empresas, entidades o sociedades que intervengan en nombre de cualesquiera de los sujetos anteriores”. Los propietarios se encuentran con procesos largos y complicados que, en ocasiones, no saben cómo abordar, por lo que el proceso operativo y la propuesta de valor que aporten los diferentes agentes involucrados deben ser claros y sencillos. La información y los recursos deben estar coordinados y puestos a disposición de la propiedad del edificio y los responsables de las tomas de decisiones de manera simple, con el apoyo de una propuesta de valor y de un paquete financiero. Se trata de elaborar los procesos de intervención desde el punto de vista de la propiedad: determinar las condiciones que requieren para sus edificios en materia de eficiencia energética, conservación y accesibilidad, a través del Informe de Evaluación de Edificios; una planificación que incluya presupuestos y plazos de ejecución y garantice la calidad de la misma; establecer las condiciones de eficiencia energética, los ahorros de consumo y la rentabilidad de las inversiones, con objetivos claros, apoyados por servicios financieros a medida, fáciles de acceder y operar por parte del propietario. Desde la administración La LRRRU reconoce igualmente a la Administración como sujeto con capacidad de actuar en los procesos de rehabilitación: “la iniciativa para proponer la ordenación de las actuaciones de rehabilitación edificatoria y las de regeneración y renovación urbanas, podrá partir de las Administraciones Públicas, las entidades públicas adscritas o dependientes de las mismas y los propietarios”. La iniciativa de la Administración en la rehabilitación se ha venido desarrollando, principalmente, a través de Planes Especiales –PERIs o PEPRIs-, centrados en la protección y mejora de los centros históricos y de las áreas con mayor interés histórico y arquitectónico, o bien a través de Planes Integrados, que combinaban actuaciones de renovación de infraestructuras y viario, nueva edificación y rehabilitación de viviendas, conservación del patrimonio histórico-artístico, nuevos equipamientos, con otras actuaciones de tipo social y económico, como programas de empleo, salud, educación, servicios sociales o nuevas actividades económicas. Estos planes, independientemente de su mayor o menor éxito, no tenían en cuenta la eficiencia energética de los edificios dentro de su campo de acción. GAT 19 Rehabilitación/7 La gestión integral de obras y ayudas a la rehabilitación

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En la actualidad, la Administración dispone de herramientas que inciden de forma específica en el ámbito de la rehabilitación: -- A partir de la legislación urbanística: la regulación y control del deber de conservación de los edificios, declaraciones de ruina y órdenes de ejecución; la posibilidad de establecer catálogos de edificios protegidos, o la posibilidad de promover Planes Especiales con diversos fines. -- A partir de las legislaciones sectoriales, particularmente las de fomento de rehabilitación de edificios, mediante la declaración de Áreas de Rehabilitación Integral (ARIs), Áreas de Renovación Urbana (ARUs), o bien, en el ámbito local, mediante las Ordenanzas de Fomento a la Rehabilitación o las Oficinas de Rehabilitación. Colaboración público-privada La posibilidad de colaboración entre la administración y la iniciativa privada también viene recogida en la LRRRU, que prevé la creación de mecanismos específicos para facilitar la financiación de las actuaciones de rehabilitación, como son “los convenios entre las Administraciones Públicas actuantes, los propietarios y demás sujetos que vayan a intervenir en la ejecución”. Estos mecanismos incluirían: -- Explotación conjunta del inmueble o partes del mismo. -- Cesión, con facultad de arrendamiento u otorgamiento del derecho de explotación a terceros, a cambio del pago aplazado de la parte del coste que corresponda a los propietarios de las fincas. -- Arrendamiento o cesión de uso de local, vivienda o cualquier otro elemento de un edificio por plazo determinado a cambio del pago por el arrendatario o cesionario de todos o de alguno de los siguientes conceptos: impuestos, tasas, cuotas a la comunidad o agrupación de comunidades de propietarios o de la cooperativa, gastos de conservación u otros. -- Constituir consorcios o sociedades mercantiles de capital mixto, con participación privada minoritaria.

Este modelo de colaboración público-privada existe en otros países, y tiene la ventaja de que permite abordar programas más ambiciosos de rehabilitación desde la iniciativa particular, con el apoyo y colaboración de la Administración. Este modelo da cabida, además de a Administraciones y propietarios, a potenciales inversores privados, gracias a la valorización de los ahorros energéticos, o de recursos no explotados del área de intervención. Igualmente, se posibilita la creación de estructuras mixtas de gestión que, de forma más profesional, canalicen la toma de decisiones, y puedan atraer a empresas y capital inversor privado. Este capital privado podría cubrir la brecha de financiación que en ocasiones es necesaria para asegurar la viabilidad de la intervención; ya existen, por ejemplo, fondos de inversión y bancos especializados en intervenciones y proyectos sostenibles. Para que esta entrada de capital sea posible, habría que asegurar la via38


bilidad económica del modelo, de forma que se pudieran satisfacer las expectativas de rentabilidad del capital privado y, al mismo tiempo, minorar los costes a repercutir a los propietarios de las viviendas, mediante diferentes fuentes de retorno de la inversión: -- La capitalización del ahorro energético de las viviendas. El potencial de ahorro energético de los edificios permitiría alcanzar una eficiencia suficiente, como para que tales ahorros pudieran repagar una parte sustancial de la inversión privada, generando un retorno atractivo para el inversor -- La gestión de energías renovables, como parques fotovoltaicos o mini-eólicos, instalaciones de biomasa o de cogeneración. -- La gestión de otros servicios para el barrio, como aparcamientos, servicios de telecomunicaciones u otros. -- Aprovechamiento de incrementos de la edificabilidad existente o de cambios de uso parcial de los edificios. -- En un futuro, la venta de derechos de carbono o «certificados blancos», pendientes de regulación aún en el sector residencial. Empresas de servicios energéticos Las empresas de servicios energéticos (ESEs) son empresas que proporcionan servicios y actuaciones de mejora de la eficiencia energética en los edificios, asumiendo a su cargo las inversiones y reformas necesarias. El pago de dichos servicios se basa, de forma parcial o total, en el ahorro conseguido en dichas actuaciones. Normalmente, las ESEs disponen de una capacidad de inversión que no tienen los propietarios, por lo que pueden jugar un papel importante en la rehabilitación energética, facilitando la financiación de las actuaciones de rehabilitación y la viabilidad de algunas intervenciones que de otra forma no sería posible. Sin embargo, el propio modelo de negocio de las ESEs, así como la incertidumbre económica y energética de las actuaciones a largo plazo, hace que sus inversiones se centren, en general, en medidas de mejora que sean rentables a corto plazo, como las instalaciones, dejando de lado la envolvente de los edificios. Sin embargo, y a pesar de la mayor inversión inicial, el ahorro económico que se genera mejorando la envolvente de los edificios es hasta cuatro veces superior a los beneficios que se consiguen si tan sólo se modernizan las instalaciones de climatización o se instalan equipos solares en los edificios, a cambio de periodos de retorno de la inversión más elevados. El hecho de que las ESEs no aborden la eficiencia energética de los edificios en su totalidad hace que en la rehabilitación profunda de los edificios, su intervención pueda ser necesaria, pero no suficiente. El gestor de rehabilitación A pesar de no estar reconocida de forma expresa en la ley, la LRRRU deja abierta la puerta a esta figura, cuando habla de “empresas, entidades o sociedades que intervengan en nombre de cualesquiera de los sujetos anteriores”. El gestor de rehabilitaGAT 19 Rehabilitación/7 La gestión integral de obras y ayudas a la rehabilitación

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ción debe ser un agente importante a la hora de activar un proceso de rehabilitación, entendiendo por tal, aquella persona o empresa encargada de gestionar y coordinar a los diversos actores del proceso, de forma que se facilite la consecución de los objetivos perseguidos, tanto desde el punto de vista técnico-económico como jurídico-administrativo, fiscal, contable e incluso laboral. A este respecto, hay que indicar que los arquitectos, por su capacidad de ofrecer un enfoque integral a la hora de abordar los proyectos de rehabilitación son profesionales habilitados potencialmente para poder gestionar y liderar la intervención técnico-económica en los edificios existentes. Conscientes de su importante papel en el campo de la rehabilitación, los colegios de arquitectos vienen promoviendo iniciativas para dar a conocer a la ciudadanía el potencial de transformación y de mejora de los edificios, tanto desde el punto de vista energético, como prestacional y urbanístico. Además, mediante la constitución de equipos multidisciplinares de mayor alcance, se podría activar la creación de empresas específicas para la intervención en los edificios, con un carácter similar al de las ESEs, pero con un ámbito de intervención que abarcara la rehabilitación del edificio en todos sus aspectos. Cooperativas de rehabilitación Las cooperativas de vivienda, como sujetos jurídicos con capacidad propia, constituyen otro agente con capacidad de inicia y desarrollar un proceso de rehabilitación, como reconoce de forma expresa la LRRRU, al hablar de “cooperativas de vivienda constituidas al efecto”. Si bien hasta ahora las cooperativas de vivienda se habían constituido casi de forma exclusiva para la construcción de viviendas de nueva creación, existe la posibilidad de formar cooperativas de rehabilitación, integradas de forma total o parcial por una o varias comunidades de propietarios. Las ventajas de esta figura se pueden resumir en una mayor operatividad en la toma de decisiones, la capacidad legal para intervenir como persona jurídica, un mejor acceso a la financiación, como consecuencia de lo anterior, el favorable tratamiento fiscal por parte de la administración y una profesionalización de la gestión, en el caso de incorporar o contratar a un gestor especializado. En esta línea autopromotora, que apuesta claramente por impulsar el Sector de la Rehabilitación desde la Economía Social, surge un nuevo Modelo de Gestión que está dando muy buenos resultados. Se trata del Convenio de Colaboración que desde la FCVCAM (Federación de Cooperativas de Vivienda y Rehabilitación de la Comunidad de Madrid) y los Promotores Públicos de Vivienda y Suelo de la CAM (AVS) se ha alcanzado para cogestionar juntos y de manera integral la puesta en marcha de los estudios necesarios para viabilizar un proyecto de este tipo, supervisar su ejecución y realizar su entrega con la garantía que estas instituciones ofrecen. El primer acuerdo que puso en marcha este Modelo fue el que formalizaron la FCV y la EMVS de Madrid el pasado 26 de mayo de 2014, con más de 3.000 viviendas en estudio desde entonces. La gestión a escala de barrio La reciente normativa estatal sobre rehabilitación reconoce la importancia de impulsar 40


actuaciones de regeneración urbana a escala barrio, y establece por primera vez un marco normativo específico frente a la normativa anterior que se había pensado básicamente para regular planes de desarrollo urbano y rehabilitaciones de tipo disperso. La escala urbana debe y puede ayudar a la rehabilitación individualizada edificio por edificio, no sólo por razones económicas, sino también desde el punto de vista social, teniendo en cuenta que este tipo de procesos, son complejos en su aprobación y los propietarios y residentes tienen que tener una idea clara desde el principio, del tipo de actuación que se pretende acometer a escala de su edificio y de su entorno urbano, para que les sirva de guía de referencia, de tal forma que su participación sea asumida conscientemente y mayoritariamente. En cuanto a la gestión de estas actuaciones de gran escala, que supone intervenir sobre barrios habitados con identidad y dinámicas propias, la práctica reciente demuestra la importancia de diseñar modelos de gestión adecuados a cada contexto, teniendo en cuenta la demanda y el nivel de organización en cada caso, y establecer oficinas en los barrios para llevar una gestión social, administrativa y técnica desde el territorio y poder coordinar mejor las actuaciones urbanas con programas de acción social y promoción económica. (Para un mayor análisis de este tipo de gestión a escala de barrio consultar la Guía específica GAT 19/5: la rehabilitación de ámbitos urbanos.)

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5. EL PROCESO DE REHABILITACIÓN


Existe un consenso bastante generalizado de que las posibilidades de mejorar las condiciones actuales de nuestro patrimonio edificado pasan por mejorar su eficiencia energética y partir de esta mejora, servir como activador o catalizador de la rehabilitación a mayor escala, posibilitando actuar sobre otras carencias de la edificación. Existen numerosas áreas urbanas dentro de nuestras ciudades, con edificios que necesitan intervenciones para mantener su estabilidad y funcionalidad, desde recalces y reparaciones estructurales hasta presencia de humedades y reparaciones en el acabado de sus fachadas y de sus cubiertas. Así mismo, sus instalaciones han quedado anticuadas respecto a la normativa actual, y un porcentaje significativo de edificios no cuentan con ascensores u otros medios elevadores para cumplir las exigencias de accesibilidad actualmente vigentes. A la hora de analizar qué pasos hay que dar para desarrollar un proceso estándar de rehabilitación, que nos sirva como referencia metodológica para abordar este tipo de procesos, hemos considerado la rehabilitación energética como punto de partida, ya que constituye en los momentos actuales la principal y mayoritaria carencia de entre las existentes en el patrimonio edificado de nuestro país y por otra parte es donde se han concretado hasta ahora las ayudas públicas.

5.1. PRIMER PASO: DIAGNÓSTICO El primer paso es conocer las características arquitectónicas del edificio, especialmente de su envolvente, y su nivel de eficiencia energética y a partir de este análisis, poder proponer las posibles actuaciones que se deberían realizar para mejorar su calificación energética, modificando la transmitancia térmica de los distintos sistemas constructivos e introduciendo reformas en sus instalaciones. De cada mejora sobre la envolvente y sobre las instalaciones que se analizara, se obtendría una demanda con su correspondiente calificación energética y se analizaría la viabilidad y repercusión económica de la inversión a realizar De esta forma se irá seleccionando el conjunto de mejoras más rentables, a partir de las cuales se obtendría una demanda final y una nueva calificación energética. El Certificado de Eficiencia Energética del edificio debería suponer un primer diagnóstico del edificio, (si se realizara correctamente por un profesional homologado), ya que permitiría conocer el estado en que se encuentra el edificio, no tanto para cumplimentar un trámite legal, sino para obtener un “diagnóstico objetivo riguroso” y poder ayudar al propietario a conocer las medidas que debería introducir para mejorar la eficiencia del mismo. El certificado no debería reducirse a etiquetar los edificios de la G a la A, sino especialmente en incluir recomendaciones para la mejora de los niveles óptimos o rentables de la funcionalidad del edificio o de una parte de éste, de forma que se pudiera valorar y comparar su eficiencia, con el fin de optimizar las posibles inversiones a realizar. Éste es el trabajo que le corresponde realizar a un profesional con conocimientos en estas materias y con formación arquitectónica y salvo excepciones, no es lo que se está haciendo en este primer año de puesta en práctica del mismo. GAT 19 Rehabilitación/7 La gestión integral de obras y ayudas a la rehabilitación

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El valor principal del certificado y el sentido con el que se ha sido creado desde las directivas europeas, se ha desvirtuado y devaluado en gran medida, al no convertirse en el principal instrumento impulsor de la rehabilitación parcial o más integral del patrimonio edificado a distintas escalas De la experiencia extraída de distintos trabajos de investigación realizados en los últimos años, que se reseñan al final de esta Guía, podemos tomar en consideración como recomendables para esta primera fase de elaboración de un diagnóstico, una serie de medidas pasivas, activas y de gestión (Ver cuadro adjunto).

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Medidas pasivas Mejorar el aislamiento de la envolvente. La energía menos cara es aquella que no se consume. El aislamiento térmico es la primera medida para poder reducir sustancialmente la factura energética y las emisiones de CO2. Garantizar un mejor confort, eliminar el efecto de “pared fría” y uniformizar la temperatura en cada estancia, es siempre una inversión rentable, aunque amortizable a largo plazo. Cerramientos. La principal mejora que se aplica a los cerramientos es en aislamiento térmico mediante la aplicación de diferentes espesores y tipologías en función de cada caso. Suelos. Se deben analizar las diferentes formas de colocación del aislamiento en el forjado sanitario bajo forjado de planta baja para calcular la mejoras obtenidas. Cubiertas. Suele ser el elemento más castigado de un edificio. Por lo que la mejora térmica consistirá en complementar o sustituir el aislamiento térmico de la misma, ya sea por encima del forjado o por debajo del mismo, según tipología de cubierta. Huecos. La mejora pasa habitualmente por la sustitución de toda la carpintería por otra con mejores condiciones térmicas con rotura de puentes térmicos y acristalamiento de doble vidrio. Además se colocarán persianas con aislante. Se tendrán en cuenta factores de Permeabilidad al aire según el CTE, la Absortividad, según color de la carpintería. Acristalamiento. La mejora de la transmisión térmica se obtiene con un doble acristalamiento, aumentando la anchura del vidrio y la de la cámara y sobre todo, por la incorporación de vidrios de baja emisividad. Cuanto más bajo sea el factor solar, que expresa la radiación solar incidente que penetra en el interior de la vivienda a través del acristalamiento, mayor será la energía reflejada. Protecciones solares. Los dispositivos de protección solar son una estrategia de ahorro energético enfocada a limitar la demanda de refrigeración en condiciones climáticas de verano y parar el aumento del calor proveniente de la radiación solar, y a su vez, una forma de reducir la demanda de calefacción en condiciones de invierno. Un protector solar correctamente diseñado no debe penalizar este aporte solar. La conveniencia o no de la utilización de un elemento sombreador se estudiará en función de la orientación de cada hueco, la geometría de los elementos constructivos, la geografía de la localidad y de la cantidad de radiación solar directa que puede traspasar el hueco en la edificación durante el año.

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Medidas activas Mejorar los sistemas energéticos. La calefacción y climatización, la producción de ACS y la iluminación son los principales objetivos en los que incidir para mejorar su rendimiento y eficacia. La variedad de sistemas energéticos existentes (individuales y colectivos) requiere un análisis detallado de los mismos en cada caso, para poder evaluar propuestas concretas de mejoras de los mismos. No obstante los elementos que deben de considerarse para mejorar el consumo de energía, básicamente son: Demanda de ACS, Unidades terminales, Equipos y Sistemas. Y sobre éstos pueden recomendarse las siguientes mejoras: -- Sustitución del equipo generador de calor para ACS y calefacción. Se recomienda la colocación de caldera de condensación, ya que el aprovechamiento del calor latente del vapor de agua producido en la combustión de los gases de la caldera produce un aumento importante del rendimiento de esta. En los casos donde se plantee la sustitución del sistema de calefacción por radiadores con ACS por equipos eléctricos de climatización por conductos se planteará la colocación de un calentador atmosférico. -- Incorporación de un sistema de energía solar térmica. Instalación de colectores solares encargados de captar la radiación solar y convertir la energía incidente en energía térmica con la que se pueda sustituir un porcentaje de la demanda de ACS. -- Mejora de la eficiencia o cambios en los sistemas de calefacción y/o refrigeración. Se propondrá la sustitución de las máquinas de refrigeración existentes por máquinas con bomba de calor.

Medidas de gestión Mejorar los sistemas gestión. Las tecnologías actuales permiten la regulación de las temperaturas de consumo optimizando su mejor rendimiento. La buena gestión y uso de las instalaciones posibilita una reducción de los consumos totales, mediante una programación de la puesta en marcha de las instalaciones, automatismo de paro automático, etc.

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5.2 SEGUNDO PASO: PLAN DE AHORRO Rentabilizar las inversiones supone resolver mediante un análisis técnico-económico, la relación óptima entre el ahorro energético alcanzable y la inversión realizada para mejorar la demanda y el consumo. Algunos beneficios pueden ser cuantificables como el ahorro de combustible o la menor contaminación del medioambiente, y otros no, como la mejora de la calidad de vida o disfrutar de un ambiente más confortable tanto en invierno como en verano. Se trata de determinar, conociendo su factibilidad técnica y su comportamiento térmico, la solución más rentable desde el punto de vista técnico-económico. En el proyecto de rehabilitación, se analiza la rentabilidad de cada mejora por separado para ir seleccionando las más rentables hasta alcanzar el conjunto idóneo de mejoras sobre el que realizaremos el estudio económico de viabilidad económica del Proyecto. La rentabilidad de la inversión realizada debe abarcar un periodo mínimo de vida útil de 30 años, considerando una vida útil para los aislamientos y carpinterías de 30 años, y de 15, 20 y 30 años para equipos de refrigeración y climatización por conductos, caldera de condensación e instalación de sistema de captación de energía solar respectivamente. Por lo tanto, se analizará la rentabilidad de cada inversión de mejora durante un periodo estimado por separado y finalmente se analizará la rentabilidad de éstas aplicadas a la vez sobre el edificio. El análisis de las decisiones de inversión conlleva en primer lugar, examinar las relaciones de equilibrio y criterios para la asignación de recursos en el tiempo. Esto implica determinar la relación entre consumo e inversión, al mismo tiempo que requiere conocer los criterios que permiten la comparación de cantidades de dinero recibidas o consumidas en distintos momentos de tiempo. Para poder valorar el coste del ahorro actual frente al futuro es preciso establecer una tasa de intercambio entre valores actuales y futuros, (el valor de esta tasa lo determinan los mercados financieros). Por lo tanto, a los precios actuales de ahorro energético, mantenimiento y subvenciones, deberemos capitalizar y descontar año a año su valor Se adjunta cuadro resumen indicativo de formulación de esta valoración.

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Modelo de valoración A= (1+a)t/(1+n)t Donde A=Coste de Ahorro energético, a= incremento anual de combustible, n=Interés de descuento o interés entre valores actuales y futuros y t= periodo de tiempo De esta manera, una vez definidos los coeficientes de capitalización y descuento de un año dado “n” y aplicados sobre un valor, será comparable a sumar dinero disponible en el año 0. Este planteamiento de la elección entre consumo actual y futuro proporciona las bases para el análisis de la decisión de invertir en función del criterio del valor actual. -- Para evaluar si una inversión es rentable, se deben evaluar todos los costes y beneficios actuales y futuros, y combinarlos en una medida individual del valor. Este objetivo se traduce en la evaluación de las inversiones en función de su rentabilidad y riesgo asociado. -- Para evaluar la rentabilidad de las mejoras propuestas deberemos analizar varias variables económicas como son el tiempo de retorno del capital, la tasa de rentabilidad interna (T.I.R.) o el valor actual neto (V.A.N.). El VAN se define como la suma algebraica de los valores capitalizados y descontados en cada periodo de tiempo menos el desembolso inicial de la inversión.

VAN= A . Σ[(1+a)/(1+n)]t - M . Σ[(1+i)/(1+n)]t – C

Para poder calcularlos correctamente debemos cuantificar los costes: -- El coste de la inversión, ya lo hemos obtenido en los apartados anteriores. Al valor de inversión de cada mejora lo llamaremos “C”. -- El coste de mantenimiento de la instalación “M”, en las mejoras que sea necesario. -- El ahorro energético anual producido al introducir la mejora “A”, y que es el responsable de que, con el paso de los años recuperemos la inversión realizada. A estos valores fijos y conocidos de antemano hay que añadir otros que, si bien con el paso del tiempo fluctúan, deberemos suponerlos constantes para realizar el análisis de rentabilidad. Estos son: -- El incremento del coste energético “a”.

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Para poder valorar el ahorro energético debemos plantearnos primero el coste de la energía y la posible tendencia de crecimiento durante los próximos años sobre los que vamos a estudiar la amortización. Lógicamente, cuantos más años comprenda la viabilidad del estudio mayor incertidumbre tendremos sobre la línea de crecimiento energético. El estudio se apoya en la base de datos del Eurostat, que indica los precios de la energía en los últimos años, tanto de la electricidad como del gas. Con estos precios calculamos el porcentaje de crecimiento medio anual de la energía. -- Período de años, “t”, en función de la vida útil. -- El incremento del coste del mantenimiento, valorado por el índice de inflación anual “i”. -- El interés tasa de descuento “n”: Tipo de interés del Bono a 10 años del mercado secundario de valores (público y privado) facilitado diariamente por el Banco de España. Este criterio seleccionado para el estudio de la viabilidad de las inversiones facilita la toma de decisiones de cada inversión al poder seleccionar las mejoras que incrementan el valor total del inversor, es decir, aquellos cuyo VAN sea positivo, y rechazar aquellos con VAN negativo: -- VAN>0 Se acepta el proyecto -- VAN=0 Se rechaza el proyecto -- VAN<0 Se rechaza el proyecto La tasa interna de retorno T.I.R. es aquel interés que hace nulo el V.A.N. Es decir, es un interés bancario que hace rentabilizar la inversión al cabo de “n” años, el mismo beneficio por intereses que la mejora por aporte de energía. La selección de las mejoras tras la obtención del VAN y TIR se realizará atendiendo a la que obtenga un mayor VAN, siempre que éste sea positivo.

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El análisis energético-económico sobre un consumo energético determinado será siempre una hipótesis de cálculo a partir de los datos preestablecidos. Para ser más exactos en los resultados deberíamos considerar y estudiar los hábitos de consumo de los propietarios de cada inmueble y estudiar los periodos de uso del inmueble para poder comparar los resultados obtenidos con los datos de consumos reales de cada edifico, vivienda ó local, y así poder aproximar los posibles ahorros energéticos en cada caso. Así mismo es necesario incorporar a este Plan de ahorro, las ayudas públicas existentes en la actualidad (del programa PAREER) que pueden llegar a ser de un 30% del coste de mejorar la envolvente y para la mejora de las instalaciones poder obtener una línea blanda de financiación. En este modelo de actuación no se contempla el valor del confort que se puede adquirir tras una inversión. No existe ninguna forma de poder valorar económicamente el confort de un edificio, ya que su valoración es totalmente subjetiva, pero lo que si se debe realizar, previo a una rehabilitación, es conocer al cliente y exponerle las distintas posibilidades para que sea él mismo el que valore si le merece la pena ganar más confort por algo más de inversión. A partir del estudio de casos concretos de rehabilitación energética para edificios de uso residencial se pueden extraer una serie de recomendaciones contrastadas a partir de las cuales mejorar el ahorro energético del edificio y conseguir con ellas la rentabilidad suficiente como para ser un producto de inversión atractivo o por lo menos rentable Algunos ejemplo de mejoras y plazos estimados de amortización: Mejoras sobre la envolvente. Únicamente la colocación de aislamiento en la cámara de aire de los cerramientos y bajo el forjado sanitario son acciones que producen rentabilidad en la inversión con recuperaciones de la inversión de 9 a 10 años. Mejoras en los huecos. Debido al alto coste de la sustitución de la carpintería, con el cambio del acristalamiento existente por otro con mayor cámara de aire y argón 100%, la amortización se produciría a partir de los 20 años. Mejoras sobre las instalaciones. La mejora más rentable sería la instalación de una caldera de condensación, si existe calefacción por radiadores mediante gas natural en el edificio. Esta mejora produce importantes beneficios con un plazo de amortización de unos 11 años. La instalación de un sistema de captadores solares también produce beneficios aunque en menor medida ya que su aprovechamiento solamente es para el ACS. Aun así se rentabilizaría la inversión en 15-17 años incluyendo un coste fijo de mantenimiento anual

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5.3 TERCER PASO: CONTRATACIÓN Y FINANCIACIÓN Una vez elaborado el Diagnóstico y concretado un Plan estructurado de ahorro energético, se requiere gestionar un modelo de contratación y financiación de la rehabilitación. Las empresas de servicios energéticos, a partir de la experiencia adquirida en la gestión y mantenimiento de los sistemas energéticos de los edificios, tienen ya elaborados modelos de contratación y financiación propios, dirigidos fundamentalmente a ofrecer inversiones en la mejora de las instalaciones, recuperables a través del ahorro en los consumos en plazos de amortización en torno a los 10 años. Este tipo de empresas sin embargo no suelen proponer alternativas arquitectónicas de las envolventes, dado su mayor coste y sobre todo, al requerir mayores periodos de amortización (en torno a los 20-25 años para recuperar la inversión inicial), no forman parte de su oferta prioritaria. Sin embargo, dada la de conveniencia de efectuar una rehabilitación energética integral, de tener que integrar en un edificio la arquitectura y la ingeniería, se trataría de ofrecer un “mix rehabilitación/energía” donde una empresa de gestión de rehabilitación, coordinada con una de servicios energéticos, proponga la gestión del servicio energético del edificio, a partir de un proyecto de rehabilitación del mismo, durante un periodo concesional que ofrecer al cliente, mediante distintos periodos de amortización de las inversiones realizadas ó posibilitando la aportación de una parte de actuación inicial. A partir de este acuerdo marco, el propietario/los propietarios (ó subsidiariamente el inquilino/los inquilinos) del inmueble abonarían una cuota energética a la entidad rehabilitadora igual o menor en importe a la que soporta en la actualidad (debería ser como mínimo de un 5/10 % menos de la media ponderada de los últimos dos años, para hacer atractivo el acuerdo) y ésta se encargaría de gestionar la factura energética con las compañías comercializadoras y atender el servicio de mantenimiento de las instalaciones, ya que de su optimización, dependerá el ahorro energético final y la rentabilidad del modelo. El retorno para la empresa rehabilitadora/concesionaria se obtiene del diferencial existente entre la cuota fija o canon abonado por los ocupantes del inmueble y la factura real que se abona a la compañía suministradora. Durante el periodo de concesión acordado, hay una cuota fija anual, equivalente a la implantación de un canon o servicio, con independencia de que haya o no consumo, que se paga mientras dura el periodo de concesión (x KWaño). Es un planteamiento equiparable a otro tipo servicios que ya existen en la actualidad en los propios edificios, como son el canon anual de recogida de basuras o el del paso de carruajes. La diferencia radicaría en que esta cuota asociada a la rehabilitación energética tiene un periodo de duración de aplicación de x años.

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5.4 REQUISITOS PARA GESTIONAR LA REHABILITACIÓN Las propietarios de los edificios tienen que tener una idea clara desde el principio del tipo de actuación que se pretende acometer a escala de su edificio, para que les sirva de guía de referencia, de tal forma que su participación sea asumida conscientemente y a ser posible mayoritariamente. El proceso de desarrollo de la rehabilitación debe ser comprendido y valorado por los usuarios/propietarios del inmueble para que lleguen a sentirlo como algo suyo. Podemos diferenciar cuatro niveles de asesoramiento a los propietarios, para llevar a buen término el desarrollo de las obras de rehabilitación: La gestión de información, coordinación y atención a los propietarios: Una vez que por algún requerimiento administrativo o por la voluntad directa de los propietarios de un edificio, se plantea la necesidad de acometer la rehabilitación de su edificio, es necesario tener en cuenta los siguientes aspectos: -- Crear un estado de opinión positivo hacia el proceso de rehabilitación, valorando la viabilidad social y económica de la misma (ventajas, inconvenientes, posibles desalojos, costes). -- Mantener reuniones informativas y de sugerencias, antes de abordar cualquier toma de acuerdos de interés con todos los propietarios, atendiendo y dando respuesta a cuantas cuestiones se produzcan de forma conjunta y de manera particular cuando la cuestión afecte a algún propietario de manera individual. -- Mantener en todo momento informados a los propietarios de que deben contar con un asesoramiento, integral en aspectos jurídicos, administrativos, técnicos y económico-financieros. -- Informar de la normativa de obligado cumplimiento que tiene que observarse en cuanto a seguros, OCT, participación de arquitectos, ingenieros, coordinadores de seguridad y salud y que debe exigir a cuantos intervienen como contratados. -- Informar y efectuar el seguimiento de los trámites administrativos que hay que realizar en relación con los aspectos jurídicos, económico-financieros, y técnicos. -- Presentación y seguimiento en el organismo administrativo correspondiente de las licencias o autorizaciones municipales para poder realizar las obras, el certificado o certificados de inicio y final de la obra de rehabilitación y la licencia de ocupación, si hubiera lugar. -- Asesorar y facilitar la elección de empresas intervinientes, en función de parámetros de calidad, profesionalidad y seguridad. -- Mantener reuniones de información y seguimiento continuado con la comisión de obras, elegida por los propietarios, una vez acordada la rehabilitación a efectuar. -- Coordinación de todos los aspectos anteriores hasta la finalización de la rehabilitación, y de gestión del cobro de las ayudas y subvenciones previstas.

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-- Finalmente informar con claridad, desde el primer momento, cual es el coste económico de esta gestión social. La gestión jurídica. La rehabilitación de una edificación puede implicar en determinados supuestos la modificación puntual de la titularidad registral y/o de las cuotas de participación de propiedad o puede requerir la necesidad de tener que efectuar avales, para poder financiar la rehabilitación. Es necesario sentirse respaldado, durante todo el proceso de la rehabilitación, por un servicio jurídico capaz de velar por los derechos de los propietarios: -- Asesoramiento sobre obligaciones, derechos, etc. -- Constitución de la figura jurídica especifica más conveniente para llevar a buen término la rehabilitación. -- Redacción de contratos con los agentes intervinientes. -- Obtención de poderes. -- Análisis de documentación, notarial, registral o de otro tipo. -- Análisis de seguros a contratar. -- Análisis de todo tipo de documentación especifica que no sea la ya expuesta y sea necesaria una intervención jurídica. -- Seguimiento de lo contratado por los propietarios y en particular emprender acciones jurídicas si fuera necesario para la defensa de los derechos de cada uno de ellos. -- Asesoramiento a todo lo relativo a tramitación ante cualquier Organismo Oficial. La gestión económica y financiera La gestión económica-financiera pasa por desarrollar una Memoria o Plan de Viabilidad Económica de la rehabilitación. Este Plan contempla una valoración de gastos e ingresos, considerando además posibles ayudas, prestamos, plusvalías, y la forma de gestionar su obtención. A partir de un proyecto técnico, con su correspondiente presupuesto estimado, es necesario determinar los costes de la actuación: -- Coste de ejecución por contrata adjudicada. -- Honorarios técnicos (arquitecto, seguridad y salud, arquitecto técnico, telecomunicaciones, otras instalaciones y OCT). -- Impuestos (tasas de licencia de obras, ICIO, licencia de vallado, gestión de residuos). -- Seguros de responsabilidad civil. -- Gastos financieros. -- Gastos contables y fiscales, más reserva de imprevistos. A nivel de ingresos, las aportaciones de los propietarios, las ayudas públicas, la cuantificación del posible ahorro energético ó de las plusvalías por incremento de edificabilidad o cambio de uso. Es importante que exista un control de este Plan de Viabilidad Económica, a través GAT 19 Rehabilitación/7 La gestión integral de obras y ayudas a la rehabilitación

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de la gestión social y de coordinación de la rehabilitación, para evitar que exista una desviación de costes. La gestión técnica La necesidad de una gestión técnica adecuada consiste en llegar a la finalización de las obra de rehabilitación con el cumplimiento de los tres objetivos básicos de: -- Calidad. -- Sin sobrecostes. -- En plazo. Para ello se requiere, tanto en la fase de redacción del Proyecto, como en la fase de ejecución de las obras, un Plan de Gestión Técnico que tiene que incluir: Especificaciones de las particularidades de la rehabilitación. -------

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Un control de tiempos: cronograma. Un control de costes. Control de calidad. Control de recursos humanos. Control de comunicaciones. Control de riesgos


Guía resumen para la gestión de una rehabilitación Primero: Abrir un proceso informativo-explicativo

Segundo: Asesoramiento social, técnico y económico

-- La elaboración del diagnóstico del estado del edificio y del análisis de sus patologías (la ITE y el reciente IEE). -- El diseño de soluciones y su valoración económica (Proyecto). -- La viabilidad socioeconómica de la rehabilitación (MVE) y Plan de ahorro. -- El encargo de la construcción (Contrato de obras). -- El balance final y el mantenimiento posterior. -- Asesorar a los propietarios de los edificios. -- Facilitar la obtención de licencias o autorizaciones municipales para poder realizar las obras, el certificado o certificados de inicio y final de la obra de rehabilitación y la licencia de ocupación. -- Facilitar las gestiones con las empresas suministradoras. -- Programación de las actuaciones. -- Realizar la dirección técnica y seguimiento de los trabajos. -- Justificación técnica y económica del desarrollo de las obras y los objetivos cumplidos ante la propiedad y la Administración.

Tercero: Requisitos -- Datos técnicos del edificio y confirmación datos con el y documentación Ayuntamiento. necesarios -- Análisis jurídico y registral de la propiedad. -- Estudio de viabilidad, incluyendo análisis financiero y ayudas públicas. -- Acuerdo de aprobación de la propuesta de rehabilitación con la propiedad. -- Redacción y aprobación proyectos básicos y de ejecución. -- Solicitud licencias de obras. -- Documentación solicitud ayudas y subvenciones públicas. -- Documentación prestamos, avales, escrituras. -- Concurso empresas rehabilitadoras/servicios energéticos. -- Realización obras y controles de seguimiento. -- Certificado final y gestión cobro de ayudas.

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6. RECOMENDACIONES PARA DINAMIZAR LA REHABILITACIÓN


A pesar de que, como hemos analizado anteriormente, la rehabilitación energética en los edificios puede llegar a ser viable económicamente y constituye un primer paso necesario en la mejora de la sostenibilidad de nuestro medio urbano, y en el cumplimiento de los objetivos europeos, la puesta en marcha de `procesos de rehabilitación está siendo lenta y difícil en nuestro país. La crisis económica que dura ya seis largos años, con una reducción importante de la capacidad económica de la mayor parte de los ciudadanos y el empobrecimiento generalizado de la población, provoca que la disponibilidad de recursos para emprender estas iniciativas de rehabilitación sea insuficiente en la mayoría de los casos. A esto hay que unir el desconocimiento en general por parte de los ciudadanos de la importancia de la eficiencia energética en los edificios y de las ventajas y oportunidades vinculadas a la rehabilitación de los mismos y el débil compromiso de la Administración, que se manifiesta tanto en la asignación de recursos como en el cumplimiento tardío y escaso de las políticas en materia de eficiencia energética, y de la trasposición normativa de las sucesivas directivas europeas de eficiencia energética. Los factores esenciales que se requieren para proporcionar un impulso sostenido y dinamizador del sector de la rehabilitación, serían: Una política nacional de eficiencia energética El Plan de Ahorro y Eficiencia Energética 2011-2020 (PAEE 2011-2020) consideraba al sector de la edificación, y en concreto a la rehabilitación, como un sector prioritario para alcanzar los objetivos de eficiencia energética planteados para el año 2020:“deben priorizarse los sectores que tienen más dificultad para acometer medidas de eficiencia energética, como los sectores difusos. En este sentido, el sector prioritario es el de la edificación y equipamiento, seguido del sector transporte”, y asignaba como medidas de acción con prioridad 2 y 3, respectivamente, la rehabilitación energética de la envolvente térmica de los edificios existentes y la mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas de los edificios existentes. Sin tiempo para haber sido implementado, este plan ha sido sustituido por en abril de 2014 por el Plan Nacional de Acción de Eficiencia Energética 2014-2020 (PNAEE 2014-2020). Este nuevo plan parte de la consideración de que España ya ha cumplido en 2012 el objetivo de eficiencia energética que debería cumplir en 2020, por lo que cualquier objetivo adicional de eficiencia energética se considera un esfuerzo desproporcionado y un obstáculo para la recuperación económica. Mediante un cambio en el cálculo de los indicadores se llega a la discutible conclusión de que las mejoras en intensidad energética se deben a las medidas adoptadas y no a la recesión económica y a la mayor pobreza que la misma ha generado. El sector de la edificación que, junto con el del transporte, representan las mayores oportunidades de negocio, actividad y empleo, son los más perjudicados por un Plan que nace con los objetivos aparentemente ya cumplidos y con escasas perspectivas de profundizar en los mismos. GAT 19 Rehabilitación/7 La gestión integral de obras y ayudas a la rehabilitación

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Una estrategia nacional de rehabilitación En cumplimiento de la directiva de eficiencia energética, se ha publicado en junio de 2014 la estrategia a largo plazo para la rehabilitación energética, con el objetivo de movilizar inversiones en la rehabilitación del parque nacional de edificios residenciales y comerciales, tanto públicos, como privados. La publicación descuidada y apresurada de este documento trasluce la escasa importancia que dicha estrategia tiene para la Administración. La estrategia propone una serie de medidas, agrupadas en cinco áreas: de sensibilización, de carácter normativo, de carácter administrativo, financieras y las relacionadas con estrategias de negocio del sector privado. En lo fundamental se limita a hacer una recopilación de las medidas ya existentes, sin que haya ninguna aportación significativa que mejore las expectativas del sector. Tanto en la estrategia de rehabilitación energética como en el Plan nacional de acción de eficiencia energética hubiera sido deseable una mayor implicación de la Administración que supusiera una verdadera apuesta por el sector de rehabilitación. Operatividad del Fondo nacional de eficiencia energética Igualmente, se ha aprobado la creación de un Fondo nacional de eficiencia energética en junio de 2014, impuesto por la actual directiva de eficiencia energética. Este Fondo nacional de eficiencia energética debería ser una herramienta esencial para movilizar recursos de diversas fuentes, tanto públicas como privadas, de forma que se facilitara la financiación de las actuaciones de rehabilitación energética, dentro de las oportunidades señaladas en el Plan nacional. El Fondo está dotado en principio con 350 millones de euros, pero sigue estando pendiente como se hará el reparto del mismo, pues además de la rehabilitación energética se incluyen en este Fondo las actuaciones para la mejora de la tecnología de equipos y procesos industriales, la mejora del uso eficiente de los medios de transporte y de la mejora de la eficiencia de las explotaciones agrarias y de la maquinaría agrícola. Es necesario concretar lo más pronto que sea posible la cantidad que finalmente se asigna de este Fondo a la rehabilitación edificatoria, para que junto con los otros 200 millones de euros previstos en el Plan de Vivienda 2013-2016, pero también pendiente de asignación a las CCAA, supongan un verdadero referente económico para el sector de la rehabilitación energética. La formación e información a empresas y ciudadanos La desinformación en materia de eficiencia energética por parte de los ciudadanos es, como se ha señalado, una de las dificultades que tiene la puesta en marcha de un proceso de rehabilitación. Los programas de divulgación han tenido una repercusión limitada, cuando han existido, como en el caso de la certificación energética de edificios existentes, que para muchos ciudadanos se ha convertido en una traba administrativa más y un gasto añadido.

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Es necesario desarrollar programas de concienciación ciudadana para dar a conocer a los propietarios y arrendatarios de las viviendas los beneficios de la rehabilitación energética de edificios, del ahorro de energía y de la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, así como las ayudas económicas y mecanismos fiscales y financieros existentes. Tanto la estrategia nacional de rehabilitación energética como el PNAEE contemplan medidas en esta dirección, como campañas de publicidad y comunicación institucional, la elaboración de guías explicativas, boletines electrónicos y producciones audiovisuales, la difusión de buenas prácticas y proyectos piloto, la creación de un servicio de información al ciudadano, demandado por organizaciones como WWF, así como campañas de formación presencial y on-line. Igualmente, sería deseable involucrar a la sociedad en los procesos de rehabilitación, especialmente los que se desarrollen a escala de barrio, a través de la participación de las asociaciones vecinales y de los ciudadanos en general, no sólo durante la fase de planeamiento, sino también en la ejecución y evaluación y seguimiento de los proyectos. La participación permite estructurar la potencial demanda existente en este sector y fortalece la identificación con el espacio y el sentido de pertenencia y responsabilidad social de la comunidad, que se traducen en un compromiso de mantener y cuidar el área, protegiéndola del deterioro físico, social y ambiental. El “efecto tractor” de la Administración Otra de las obligaciones que la actual directiva de eficiencia energética impone a la Administración es la renovación anual del 3% de los edificios ocupados por las Administraciones públicas y que sean de su propiedad. De esta forma, la Administración debería liderar y servir como motor que impulse el proceso de rehabilitación energética a escala nacional, dando por una parte y activando la actividad económica de los agentes implicados por otra. Esta obligación está recogida y desarrollada igualmente en el PNAEE 2014-2020. Las exigencias normativas La publicación de diferentes normativas en relación con la eficiencia energética de los edificios, como la ley 8/2013 de rehabilitación o la última actualización del código técnico de la edificación, tienen como objetivo último avanzar hacia la consecución de edificios de alta eficiencia, al imponer cada vez mayores exigencias, tanto para obra nueva como para los que sean objeto de rehabilitación. Sin embargo, estas exigencias no se aplican al conjunto de la edificación, para el que aún no se exige el cumplimiento de un mínimo de eficiencia, como ya sucede en otros sectores. Además, es necesario que tanto el código técnico de edificación como las normas de eficiencia energética se cumplan correctamente, por medio de medidas de inspección y sanción.

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La puesta en valor de la reducción de emisiones de CO2 La reducción de emisiones de CO2 que sigue a un proceso de rehabilitación energética deber ser reconocida y valorada, como ya sucede en otros sectores económicos y como ya se ha hecho en otros países. De esta manera, se conseguirían mayores flujos de financiación para la rehabilitación, dirigidos a las reducciones de CO2. Mejorar las ayudas y subvenciones La rehabilitación en nuestro país ha dependido hasta ahora en buena medida de las ayudas y subvenciones públicas, a través de los distintos programas de rehabilitación de centros históricos, áreas de rehabilitación preferente u otras figuras similares. El nuevo modelo de rehabilitación energética no puede depender de forma prioritaria de las subvenciones públicas; de hecho, se pretende que la eficiencia económica sea el nuevo paradigma desde el que abordar los procesos de rehabilitación. Sin embargo, según diversos estudios, el impulso de la Administración es aún necesario para el arranque del sector, en un momento de crisis económica como el actual, con dificultades de financiación y de disponibilidad de recursos. Desde un punto de vista estratégico, la inversión en rehabilitación energética puede contribuir a reducir la factura energética del país y a la generación de empleo, además de tener un impacto positivo sobre las finanzas públicas. En efecto, los retornos fiscales provenientes de la inversión en rehabilitación energética, en forma de recaudación de impuestos directos e indirectos, empleo creado y dinamización de la economía, pueden ser superiores a la inversión realizada, como lo demuestran los ejemplos de otros países de nuestro entorno. En este momento, el GTR considera que hay un salto de financiación del 25% entre los retornos provenientes de los ahorros energéticos y el coste de la rehabilitación profunda, salto que necesita ser cubierto para arrancar el sector de forma masiva, en forma de subvenciones o de otro tipo de incentivos fiscales que mencionaremos más adelante. El Plan Estatal 2013-2016 aprobado en 2013, ha definido diversos programas de ayudas para el fomento de la rehabilitación edificatoria, del fomento de la regeneración y renovación urbanas, del apoyo a la implantación del informe de evaluación de los edificios y de fomento de ciudades sostenibles y competitivas, pero actualmente estas ayudas, que tiene que ser gestionadas a través de las CCAA siguen pendientes de concreción. Dado que paralelamente, se han puesto en marcha otras líneas de subvenciones y préstamos para la rehabilitación energética, convendría establecer una coordinación administrativa de todas ellas, creando una “ventilla única de solicitudes” para facilitar su gestión. : -- Línea ICO para la rehabilitación de viviendas y edificios 2013, que concede préstamos a bajo interés. -- Programa PAREER, gestionado por el IDAE, que concede ayudas a actuaciones integrales de ahorro y mejora de la eficiencia energética y de implantación de energías renovables, concretado en cuatro tipologías: 60


-- Proyecto CLIMA, destinado a la compra de reducciones de CO2 en sectores difusos, como el residencial. -- Plan PIMA-SOL, para el fomento de la rehabilitación energética de instalaciones hoteleras. -- Fondo JESSICA-FIDAE, para financiar proyectos de eficiencia energética y energías renovables. Una política fiscal específica. El tratamiento fiscal y la desgravación para obras de rehabilitación y eficiencia energética es otro elemento que debe ayudar a activar el sector de la rehabilitación, como ya sucede en otros países. De hecho, un 12% de todas las políticas financieras de apoyo a la rehabilitación de edificios en los estados miembros de la UE son fiscales, lo que incluye deducciones fiscales de la renta, créditos tributarios y tipos de IVA reducidos. En nuestro país, las medidas existentes en este aspecto se centran en el IRPF y en el IVA. En cuanto al IRPF, la deducción de obras por mejora en la vivienda que existía al menos desde 2010 se suprimió en enero 2013, eliminando una de las posibles vías de estímulo a la rehabilitación. Respecto al IVA, está previsto aplicar un tipo de IVA reducido, del 10%, a determinadas obras de rehabilitación, renovación y reparación de viviendas. Estas medidas, hasta ahora, han sido insuficientes para estimular las obras de rehabilitación. Además se siguen considerando las subvenciones públicas recibidas para actuaciones de rehabilitación como un ingreso más del año en curso, en lugar de tener un tratamiento diferido en el tiempo, puesto que se trata de reinversiones en la vivienda habitual con un plazo de amortización de años. Es necesario que las deducciones fiscales para estimular la demanda de rehabilitación energética formen parte de una política a largo plazo, de forma que puedan ser garantizadas de forma sostenida en el tiempo, y que se amplíen respecto a las existentes. Por ejemplo, en opinión de muchos expertos, se podría incluso eliminar el IVA para determinadas obras de rehabilitación que comportasen ahorros significativos en los consumos energéticos o se ejecutasen en viviendas de alquiler públicas con rentas de alquiler bajas.

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Figura 8. Uso de instrumentos financieros en la UE. GTR 2014.

Una financiación a medida de la rehabilitación. Finalmente la principal barrera para el arranque del sector de la rehabilitación es la financiación de las obras, dado que, en general, los ahorros por reducción de consumo no son suficientes para cubrir las inversiones necesarias, la disponibilidad de recursos es escasa y las inversiones privadas no parecen ser capaces de abordar la rehabilitación de forma integral. La identificación de nuevos e innovadores mecanismos de financiación para la rehabilitación y la eficiencia energética sigue siendo, a día de hoy, un reto importante. 62


Se trata de encontrar mecanismos de financiación eficaces, que permitan superar las dificultades de financiar los ahorros y de acceder a créditos a bajo interés, a medio plazo, que se ajusten a la vida útil del edificio rehabilitado, como ya sucede en otros países. Por ejemplo, en Alemania el Banco estatal proporciona líneas de financiación de bajo interés, entre el 1% y el 2,75%, a 20 años, específicamente para la rehabilitación energética de viviendas. Es necesaria, por tanto, una combinación de fuentes de financiación pública y privada para poner en marcha la rehabilitación a gran escala, procedentes de ahorros de los propietarios, bancos, empresas de servicios energéticos, y administración pública, recibiendo cada fuente de inversión retornos diferentes, bien sea en forma de aumento de valor patrimonial y mejora en la calidad de las viviendas, de ahorro de energía y de emisiones de CO2 o de beneficios sociales y retornos en forma de impuestos. Un modelo posible, propuesto por el GTR, se basaría en un porcentaje en torno al 50% de inversión proveniente del retorno de los ahorros energéticos, un 25% de ayudas públicas y otro 25% de los propietarios, que supondría una media en torno a 6.000 €/vivienda.

Figura 9. Fuentes de valor de una rehabilitación tipo. GTR 2014. GAT 19 Rehabilitación/7 La gestión integral de obras y ayudas a la rehabilitación

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Este modelo sería aplicable para la rehabilitación energética pero no sería extensible para una rehabilitación integral. De acuerdo con estudios y casos contrastados, podemos estimar que el coste medio de una rehabilitación profunda de un edificio de uso residencial, introduciendo los tres tipos de mejoras, de conservación, accesibilidad y eficiencia energética, se situaría en torno a 30.000 € por vivienda. De ellos, hasta 1/3 podría ser aportado por subvenciones públicas, mientras que los 2/3 restantes tendrían que ser aportados a partir de los ahorros energéticos, por una parte, y directamente por los propietarios, por los otros, sin incluir el incremento de valor patrimonial ni otras posibles fuentes de financiación (ver cuadro adjunto).

Ejemplo indicativo de una actuación de rehabilitación edificatoria. (Sobre una vivienda tipo de 100m2 se proponen mejoras de eficiencia energética, de accesibilidad y de conservación). Coste estimado de la intervención

Estimación de ayudas públicas

Por eficiencia energética=12.500 €

Subvención pública IDAE=3.000 €/viv.

(inversión en envolvente 10.000 €; inversión en instalaciones 2.500 €)

(30% del coste de mejorar la envolvente)

Por medidas de accesibilidad=8.000 €

Subvención estatal=4.000 €/viv. (50% del coste de las medidas)

Por tareas de conservación=9.500 €

Subvención estatal=4.000 €/viv.

Total costes rehabilitación = 30.000 €

Total subvenciones=11.000 €/viv. (El 36%)

Aportaciones de los propietarios Ahorro energético estimado en 20 años=7.260 €/vivienda (El 24%) Resto de aportaciones=11.740 €/vivienda (El 40%)

El coste las medidas introducidas en el aislamiento de la envolvente y de las instalaciones está en torno a 12.500 €/vivienda. Esta cantidad puede llegar a amortizarse en 20 años con el ahorro energético y con las ayudas del programa PAREER, mientras que el coste de las medidas destinadas a mejorar la accesibilidad y la conservación supondrían 17.500 €, hasta completar los 30.000 € estimados, para lo cual, si se confirmaran las ayudas públicas del Plan Estatal, se podría llegar a obtener hasta 8.000 €. El resto lo tiene que aportar los propietarios Recomendación final A modo de conclusión, hay que señalar que la disponibilidad, de recursos junto con el plazo y el coste de la financiación para la rehabilitación son críticos para el arranque y el buen funcionamiento del sector de la rehabilitación. El coste y el plazo de la 64


financiación, en línea con el riesgo y el perfil del activo, permitiría una renovación de una vivienda de bajo riesgo, que tendría que permitir al propietario de la misma ver el beneficio en su inversión a largo plazo.

Figura 10. Instrumentos para la generación de recursos. GTR 2104.

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7. REFERENCIA DE ESTUDIOS E INFORMES RECIENTES SOBRE REHABILITACIÓN


Recientemente asociaciones profesionales y entidades vinculadas al sector de la rehabilitación, directa o indirectamente, han venido realizando en los últimos años una serie de estudios, jornadas, prototipos, oportunidades y criterios de actuación, en los que se dan a conocer datos sobre la situación actual y la necesidad de impulsar nuevas normativas y estímulos desde la Administración Pública. Son trabajos y experiencias recientes sobre la situación de la rehabilitación energética de edificios, sobre las oportunidades que este sector ofrece para consumidores y empresas y, en algunos de ellos, se exponen casos prácticos de éxito detallados, que necesario conocer y tener presente a la hora de gestionar un proceso de rehabilitación. Se trata de estudios y ejemplos contrastados, realizados por 6 instituciones y organismos especializados (ASPRIMA, CONAMA-GBCe, WWF, ANDIMAT, ANERR, FUNDACIÓN GAS NATURAL), que aportan desde distintos enfoques datos de especial interés, de los que hemos entresacado recomendaciones para mejor orientar la gestión de la rehabilitación. Precoste & Rehabilitación. ASPRIMA Universidad Politécnica de Madrid, Grupo de investigación Sostenibilidad en la Construcción y en la Industria, GiSCI. 9 Enero 2013. Con el objetivo de estudiar la relación, en un edificio existente, entre las medidas que permiten rehabilitar energéticamente el edificio, la nueva calificación energética conseguida y su coste de ejecución, este trabajo pretende orientar a proyectistas y promotores para que adopten tan mejores soluciones medioambientales y económicas. El edificio de estudio es un bloque exento en buen estado de 95 viviendas en alquiler, consideradas habitadas y ejecutado en 2003, anterior al CTE. Tras analizar todos los elementos constructivos, sistemas energéticos, demandas, consumos de gas, electricidad y agua potable, se obtiene una calificación energética E (29,4 KgCO2/m2).Para llevar a cabo el estudio comparativo se establecen dos tipos de envolventes, y un catálogo de medidas para la mejora de los sistemas energéticos. Envolvente Tras realizar un análisis exhaustivo de los cerramientos opacos, de los huecos, las inercias térmicas de los mismos, el aprovechamiento pasivo de la energía solar y las reducciones de los puentes térmicos y considerando estrategias para reducir la demanda de refrigeración con elementos pasivos, sombra, vegetación, ventilaciones cruzadas, se establecen las características y calificaciones de la E1 (cumpliendo el CTE con medidas estándar) y de la E2 (una envolvente mejorada con medidas específicas).

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Figura 11. Cuadro resumen de mejora de la envolvente.

Sistemas energéticos Se analiza la repercusión de sustitución de los equipos existentes por otros más eficaces, la utilización de energías renovables (solar térmica y biomasa) y se dimensionan las instalaciones, estableciendo 13 sistemas. Donde los 7 primeros son sistemas de producción de calefacción y ACS, y los 6 siguientes sistemas de producción de calefacción, refrigeración y ACS.

Figura 12. Cuadro resumen de mejoras de sistemas energéticos. 68


El resultado de la combinación de las 26 hipótesis de cálculo de envolventes y sistemas, se muestran de forma resumida en la siguiente tabla, que interrelaciona el coste (€/m2) y las emisiones de CO2 (KgCO2/m2).

Figura 13. Cuadro de medidas de mejora de las instalaciones.

Conclusiones Las principales conclusiones del estudio revelan que la mejora conjunta de las características térmicas de la envolvente (sistemas pasivos) y de los sistemas energéticos (activos) es necesaria para alcanzar las calificaciones A o B. Envolvente -- La mejora de la envolvente es el primer paso pasa reducir la demanda energética. -- La mejora del aislamiento en fachadas es la intervención energética con mejor rentabilidad. -- La mejora de las características térmicas de los huecos y su protección solar también suponen un ahorro significativo, aunque tiene un periodo más largo de amortización. -- La protección solar de los huecos llega a reducir hasta un 60% la remanda de refrigeración. Es uno de los elementos pasivos más importantes.

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Sistemas energéticos -- La instalación de un sistema solar térmico para la producción de ACS, es la intervención en el sistema energético más rentable. -- Con los sistemas energéticos individuales se consigue, con una menor inversión, la misma calificación y los mismos ahorros de energía que con los sistemas centrales. -- Un sistema energético con suelo radiante consigue ahorros en energía final de hasta un 9,6% respecto al mismo sistema con emisiones convencionales. -- El sistema energético con caldera de biomasa es el que mejor calificación energética consigue y el único que alcanza una A (esto se debe a que consideran que no produce emisiones de CO2, olvidando las generadas durante la transformación y el transporte del combustible). -- El sistema energético que consigue una mejor calificación energética, sin considerar a la biomasa, es el de bomba de calor de gas natural para la producción de calefacción, refrigeración y ACS y suelo radiante para la calefacción y refrigeración. El consumo de energía primaria y el coste del consumo final son los más bajos. -- Los sistemas energéticos para calefacción y refrigeración con bomba de calor a gas y con bomba de calor eléctrica alimentando sistemas por suelo radiante, son los que presentan una mejor relación entre rentabilidad, ahorro de energía y reducción de emisiones. -- En el edificio seleccionado como caso de estudio, la sustitución de un sistema solar por equipos de micro-cogeneración resulta más rentable manteniendo la misma calificación energética. La conclusión no es generalizable, ya que al aumentar las emisiones de CO2, la calificación podría variar. Generales -- La rehabilitación energética debe vincularse a obras de mantenimiento, reparación y puesta al día de las instalaciones. El mejor momento para efectuar una rehabilitación energética es cuando se interviene sobre los elementos constructivos, porque entonces la diferencia entre rehabilitar constructivamente y rehabilitar energéticamente es mínima y más fácil de amortizar. -- La rehabilitación implica el incremento de valor de la propiedad debido a la mejora del estado del edificio y de su calificación energética, aumentando la calidad del inmueble y reduciendo los costes de mantenimiento. -- En edificios antiguos, con peores calificaciones iníciales, el periodo de amortización se reduce. -- La rehabilitación energética supone la mejora de aspectos del edificio que no son cuantificables, tales como el aumento del confort, la mejora del aislamiento acústico, la habitabilidad y la salud. 70


Estudio completo

Proyecto piloto de rehabilitación energética integral. ANERR. Asociación Nacional de Empresas de Rehabilitación y Reformas. 20 Diciembre 2013. La Asociación ANERR, realiza un proyecto pionero en España de rehabilitación energética integral de un edificio de viviendas con objeto de mostrar al sector y público en general las posibilidades que ofrece la Rehabilitación Energética, los productos y soluciones existentes y el potencial de ahorro, mejora del confort y aumento del valor patrimonial de los inmuebles que supone invertir en actuaciones de este tipo. El Proyecto PREI se ha desarrollado entre Febrero y Diciembre de 2013, con una fase inicial de diagnóstico, seguida de la ejecución de las actuaciones de rehabilitación a escala 1:1 en una edificio utilizado como prototipo. Todo ello de forma real, no sólo teórica. Se trata de una actuación de rehabilitación energética integral de un edificio existente cuyo objetivo principal es una reducción drástica de consumo, superior al 80% y posteriormente recabar todos los datos que corroboren dichas actuaciones. Las acciones de comunicación hacia el mercado y usuarios han sido parte principal de este proyecto y se mantendrán, incluso una vez terminadas las obras. El objetivo principal es difundir las bondades de la Rehabilitación, generar cultura y conciencia sobre la misma y, por tanto, colaborar en la activación de la demanda. Ahorros energéticos de las actuaciones Mediante la modelización y calificación energética del Edificio Inicial y Rehabilitado, empleando una de las herramientas homologadas para la certificación energética, se ha llegado a las siguientes conclusiones energéticas: -- En el Edificio Inicial, las emisiones Globales de CO2 eran de 79 kgCO2/m2 año, lo que le situaba en la posición G de calificación energética. -- Las emisiones del Edificio Rehabilitado son de 5,9 kg de CO2 por m2 y año. Y lo sitúa en el nivel A; lo cual significa una reducción del 92,5% de emisiones de CO2 por medio de la rehabilitación Integral. -- En cuanto la demanda de Calefacción y Refrigeración, se ha reducido en un 76.5% y 26,8% respectivamente, pasando de 137,2 kWh/m2año 35 kWh/m2año. La demanda de ACS, ha pasado de 17,5 kWh/m2año a 3 kWh/m2año. Lo cual ha producido un ahorro de casi un 83% en ACS. La razón por la cual se ha producido una reducción tan drástica en la demanda energética es, principalmente, por las actuaciones en la envolvente térmica, la rehabilitación de las instalaciones térmicas y la captación de energía solar para la producción de ACS.

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En conclusión. el Edifico Rehabilitado demanda solo 38kWh/m2año para satisfacer las necesidades de Calefacción, Refrigeración y ACS de los usuarios, llegando a ser un edificio de bajo consumo energético. Web del proyecto

Informe 2014. Claves para trasformar el sector de la edificación. CONAMA y GBCe. 2014. La Fundación CONAMA es una organización española, independiente y sin ánimo de lucro, que promueve el intercambio de conocimiento en pos del desarrollo sostenible. Fue creada por el Colegio Oficial de Físicos, bajo el protectorado del Ministerio de Medio Ambiente. La Asociación GBCe es una organización autónoma sin ánimo de lucro, “World Green Building Council”, WGBC, de la cual constituye el Consejo Español. Este es el tercer informe del llamado Grupo de Trabajo de Rehabilitación GTR, grupo creado hace tres años por arquitectos, financieros, técnicos en eficiencia y cargos de empresas del sector en CONAMA 2010 para impulsar la rehabilitación en edificios en España. Este nuevo documento está enfocado para su difusión en el año 2014, año marcado por la Directiva de Eficiencia Energética (DEE) para que los Estados miembros publiquen una Estrategia para la rehabilitación de edificios con objetivos definidos de eficiencia energética. En 2012, el GTR trazó el Plan de Acción para rehabilitar 10 millones de viviendas principales construidas antes de 2001 en España y conseguir con ello transformar el sector de la edificación y crear 150.000 nuevos empleos directos estables y de calidad. Este tercer trabajo aporta claves concretas para hacer viable esa renovación del sector, con cambios en el marco legislativo, organizativo y financiero. Una de las novedades de este informe es que analiza las oportunidades del sector terciario para la rehabilitación. Se han estudiado las tipologías y consumos energéticos del sector no residencial en España (oficinas, centros comerciales, hoteles, centros deportivos, etc.). La conclusión es que en solo en 10 años se puede amortizar el ahorro de entre un 35 y un 50% de la energía en el conjunto de edificios no residenciale, dándose los porcentajes de ahorro más altos en hospitales y oficinas (50%). Una recomendación es que para activar el sector de la rehabilitación se necesita: una Hoja de Ruta para conectar a los agentes del sector y conseguir la transformación de los edificios españoles, una Agencia de Rehabilitación que gestione y coordine la Hoja de Ruta a escala estatal; y un Fondo para la Rehabilitación Energética, que recoja las diferentes fuentes de financiación y facilite su disponibilidad, e incluso un nuevo modelo de negocio podría dar lugar a una “revolución en la rehabilitación energética de las viviendas plurifamiliares españolas”. 72


Según los expertos de GTR, en muchos casos una parte de la inversión en rehabilitación energética puede retornarse con los ahorros obtenidos en la factura de energía de la vivienda. Y en el resto eso sucederá a medida que en el futuro crezcan los precios de la energía. Pero hay otras fuentes de valor que hacen que la rehabilitación energética sea interesante mucho antes de ese momento. Además de los retornos en actividad económica, que justificarían el apoyo de la Administración, se incide en la importancia de la llamada “Plusvalía Verde”: el incremento que se produce en el precio de aquellas viviendas energéticamente más eficientes. El informe estima que la rehabilitación energética puede revalorizar hasta un 10% una vivienda. El trabajo ve posible un modelo de negocio para compartir costes y beneficios, en el que la inversión se cubra con los ahorros obtenidos en calefacción –un 45%–, los ahorros en agua caliente sanitaria –un 8%–, ayudas públicas –un 25%– y la aportación del propietario –un 22%–, correspondiendo este último porcentaje a unos 6.000 €, y quedando cubierto por el incremento de valor de la vivienda, por la denominada “Plusvalía Verde”. Estudio completo

Serie CTE-HE 2013 – Casos de estudio. ANDIMAT. Asociación Nacional de Fabricantes de Materiales Aislantes. La publicación en Septiembre de 2013 del nuevo Código de la Edificación en su apartado de Ahorro de Energía (CTE DB-HE), que entro en vigor en Marzo de 2014, supone un cambio relevante. No sólo en cuanto a las exigencias que se establecen para los edificios (nuevos y rehabilitaciones), sino también en cuanto a la justificación del cumplimiento. En este contexto, ANDIMAT ha publicado una serie de casos de estudio que pretende ayudar a los técnicos responsables de justificar el cumplimiento del nuevo CTE HE1. Los casos mostrarán la diferencia entre el cálculo de la demanda energética de calefacción y refrigeración de un edificio concreto de acuerdo con la exigencia de la Opción Simplificada del CTE 2006 y un pre-dimensionado a partir de los valores orientativos del Apéndice E del CTE 2013. El mismo edificio se simulará en diferentes zonas climáticas. CASO 1

El primer caso de estudio es un edificio en bloque de viviendas plurifamiliar con siete plantas, situado entre medianeras, en zona D3. Se analizan los costes debidos a los cerramientos de fachada y cubierta del edificio sin tener en cuenta las fachadas medianeras, divisorios interiores ni forjados.

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Tras la descripción de los cerramientos empleados, la justificación de los cálculos, el incremento en coste debido a la mejora de las prestaciones térmicas de envolvente térmica del edificio del nuevo Código Técnico de la Edificación pasa de 3.267€ a 3.628€ por vivienda, es decir, es de 361 € más por vivienda, lo que supone 4,52 €/m2, y las conclusiones más significativas son las siguientes: -- El aislamiento en fachada se triplica, en cubiertas se duplica, en suelos aumenta un 50% y la capacidad aislante de los huecos de fachada se duplica. Estos incrementos serán mayores si no se tratan adecuadamente los puentes térmicos. -- El sobrecoste es del orden del 10% (unos 4,5€/m2). -- El ahorro energético se incrementa en un 30%. -- La amortización de la inversión se produce en dos años, ya que los ahorros anuales son de 4.391€ para el edificio y 182 €/año por vivienda; por tanto, al cabo de 50 años, los ahorros obtenidos son de 9.148 €/vivienda, suponiendo que el coste energético no varíe. Si suponemos una subida lineal de los precios medios de la energía del 2%, los ahorros serían de 15.475 €/vivienda. -- En 50 años de vida útil del edificio y suponiendo un incremento del coste de la energía del 2% anual se habrá recuperado como mínimo 40 veces la inversión. CASO 2

El caso 2 de estudio es el mismo edificio que el caso 1, situado zonas C1 y C2. pretendiendo mostrar las diferencias entre el cálculo de la demanda energética de calefacción y refrigeración de un edificio de acuerdo con las exigencias de la Opción Simplificada del CTE HE1 2006 y un pre-dimensionado a partir de los valores orientativos del Apéndice E del CTE HE1 2013. La zona climática considerada en este caso es la zona C, en concreto se analizan las zonas C2 y la zona C1. Estas dos zonas climáticas representan el 24% del parque de viviendas de España. Tras la descripción de los cerramientos empleados, la justificación de los cálculos, el incremento en coste debido a la mejora de las prestaciones térmicas de envolvente térmica del edificio del nuevo Código Técnico de la Edificación pasa de 2.605€ a 3.592€ por vivienda, es decir, es de 987,59 € más por vivienda, lo que supone 12,35 €/m2, y como conclusiones de este caso concreto: -- El aislamiento en fachada se triplica, en cubiertas se duplica, en suelos aumenta un 40% y la capacidad aislante de los huecos de fachada se duplica. Estos incrementos serán mayores si no se tratan adecuadamente los puentes térmicos. -- El sobrecoste es del orden del 35% (unos 12,3 €/m2). -- El ahorro energético se incrementa en un 35% en zona C2 y un 45% en zona C1.

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-- La amortización de la inversión se produce en poco más de seis años, ya que los ahorros anuales son de 140 €/año por vivienda. El plazo de amortización en este caso se debe al incremento en coste debido a la sustitución de los cerramientos acristalados, ya que se pasa de marcos metálicos a marcos de mejores prestaciones. El ahorro energético al cabo de 10 años obtenido es de 1.534 €/vivienda, suponiendo una subida lineal de los precios medios de la energía del 2%, lo que supone una rentabilidad de la inversión inicial del 62% por vivienda. -- En 50 años de vida útil del edificio, y suponiendo un incremento del coste de la energía del 2% anual, se habrá recuperado como mínimo 12 veces la inversión en la zona C2 y más de 18 veces la inversión en la zona C1. Potencial de ahorro energético y de reducción de emisiones de CO2 del parque residencial existente en España 2020. WWF. Diciembre 2010. World Wildlife Fund, España WWF, en colaboración con ETRES Consultores presentó, en el año 2010, este estudio, con la finalidad de analizar el potencial de ahorro de energía y de reducción de emisiones que encierra el sector para cumplir los compromisos europeos de lucha contra el cambio climático. WWF considera que el sector residencial español tiene capacidad para reducir el consumo de energía final en el parque de viviendas en más de un 30% para 2020, respecto a 2008. Para ello, es imprescindible renovar entre medio millón y un millón de viviendas al año. De aplicarse esta reducción, se dejarían de emitir, de media, 8,7 millones de toneladas de CO2 al año y se ahorrarían 2.312 millones de euros anuales. La organización pide que se establezca para esta fecha un objetivo vinculante a nivel nacional para renovar en profundidad el parque de viviendas existente, dirigido a reducir el consumo de energía final en, al menos, un 30% con respecto a la situación de 2008. Esto significaría renovar entre medio millón y un millón de viviendas al año, lo que equivale al 2 y 4% del parque residencial de 2008. De este modo, se dejarían de emitir, de media, 8,7 millones de toneladas de CO2 al año y se ahorrarían 2.312 millones de euros anuales por el menor consumo de energía y las emisiones evitadas. Para alcanzar este objetivo, WWF sostiene que se debe priorizar la mejora del aislamiento térmico de los edificios, con criterios mucho más exigentes. De no hacerlo así, medidas como modernizar las instalaciones de las viviendas o incorporar energías renovables presentan unos efectos muy limitados sobre la mejora integral del sector. El estudio analiza el parque de viviendas existente, teniendo en cuenta la zona climática en la que se encuentra, su antigüedad y las características energéticas, tales como la envolvente térmica, los sistemas de climatización y de producción de agua caliente sanitaria. WWF valora medidas de ahorro energético que van más allá de la legislación vigente, planteando un escenario viable de ahorros máximos. WWF defiende que la rehabilitación es la mejor manera de reducir las emisiones del sector residencial. Asimismo subraya que, aislando en profundidad las viviendas, los ciudadanos podrían ahorrar hasta un 85% en sus facturas energéticas. A pesar de la mayor inversión inicial, el ahorro económico que se consigue mejorando el aislamienGAT 19 Rehabilitación/7 La gestión integral de obras y ayudas a la rehabilitación

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to de las viviendas es cuatro veces superior a los beneficios que se consiguen si tan sólo se modernizan los equipos de climatización o se instalan equipos solares en los edificios. Este ahorro alcanza entre 455€-578€/año por vivienda, según la profundidad de la mejora aplicada sobre los niveles de aislamiento térmico del edificio. Presenta también unos tiempos de retorno de la inversión mucho más cortas y asumibles para los propietarios de las viviendas, entre 10 y 11 años, que pueden reducirse a entre 6,5–7,2 años, en el caso de percibir ayudas a la inversión como las que existen actualmente, insistiendo en la necesidad de aumentar las ayudas disponibles para abordar los costes de inversión de las obras de rehabilitación y alcanzar los objetivos de renovación del parque existente. Consideran que el sector de la construcción está listo para afrontar este reto, pero necesita los marcos políticos y normativos adecuados para que se implanten de forma satisfactoria. Estudio completo

Eficiencia energética en la rehabilitación de edificios. FUNDACIÓN GAS NATURAL FENOSA. 2012 La Fundación GAS NATURAL FENOSA ha reunido a un grupo de expertos para aportar elementos y medidas concretas, que de una forma ordenada permitan evaluar sobre situaciones tipo, que medida son más eficiente, o en otros términos, que se puede esperar de cada medida, comparando el resultado, con la inversión necesaria que requiere cada proyecto, dando como resultado un texto que tabula oportunidades, costes y resultados para las medidas que se pueden aplicar en el amplio espectro de la rehabilitación. El trabajo contempla la rehabilitación desde un punto de vista más amplio, incorporando edificaciones del sector terciario y hotelero y no solo viviendas. Como conclusiones destacadas resaltamos que el 70% de las medidas de eficiencia energética en oficinas y hoteles tienen retornos inferiores a los 10 años. En el caso de edificios de viviendas, el periodo medio de retorno con las medidas es más largo, y únicamente un 44% de las medidas analizadas se financia con los ahorros en menos de 10 años. Respecto a las medidas pasivas, las que conducen a un menor gasto son el aislamiento de fachada, que permite ahorrar entre un 8 y un14% de la energía final. Las medidas energéticas activas, renovación de instalaciones, presentan en general periodos de retorn menores que las medidas energéticas pasivas en todo tipo de edificios, aunque en oficinas y hoteles la diferencia es mayor. En dichos edificios, actuaciones como las mejoras de eficiencia en la iluminación, los variadores de frecuencia en bombas y ventiladores, el cambio de equipos de frío, los recuperadores de calor, el free-cooling y la ventilación nocturna presentan periodos de retorno cortos, inferiores a los 5 años. La mejora de las calderas presenta retornos de alrededor de 5 años en hoteles y de entre 5 y 13 años –dependiendo de la zona climática– en oficinas. Las medidas energéticas pasivas, a excepción de la mejora de huecos, presentan periodos de retorno de alrededor de 10 años en oficinas y hoteles, y mayores en viviendas. 76


Por otra parte, la zona climática en que se sitúa el edificio representa un papel significativo a la hora de determinar las medidas prioritarias. En zonas cálidas será más rentables las mejoras de las instalaciones de frío, y a la inversa. La medida que proporciona un mayor ahorro de energía primaria en hoteles es la trigeneración, seguida de la geotermia, el sistema de gestión del edificio BMS y la bomba de calor a gas natural. Guía completa:

A modo de resumen. La rehabilitación energética de un edificio no se puede entender como una actividad desligada de su posterior uso cotidiano. La rehabilitación, y no solo la energética, supone una actuación puntual en el tiempo, como lo fue en su momento la propia construcción. El edificio rehabilitado deberá ser mantenido y explotado de forma adecuada, si quieren lograrse unos ahorros significativos a largo plazo. Para garantizar una vida larga y eficiente del edificio es importante considerar los siguientes criterios clave en los proyectos de rehabilitación: -----

Integración de la arquitectura y la ingeniería. Criterios de diseño. Durabilidad. Control, Inspección y mantenimiento.

La mayoría de medidas de eficiencia energética en la rehabilitación de edificios, disminuyen el impacto ambiental y mejoran el confort térmico y acústico, pero además son económicamente amortizables a corto o medio plazo. Es decir, la inversión se compensa con el ahorro en el consumo de electricidad o gas natural con el paso del tiempo. Sin embargo, no todas las medidas presentan el mismo periodo de retorno, ni desembocan en el mismo nivel de ahorro energético. Tan importante como disponer de mucho es ser capaces de satisfacer las necesidades con poco y siempre de acuerdo con el destinatario de la rehabilitación del edificio. Por ello, parece prudente sacar el máximo partido de lo que ya tenemos. Es una forma recomendable y sencilla de alargar la vida de los recursos disponibles y, también, de disminuir la tensión ambiental.

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ANEXO. GUÍA DE AYUDAS


1. AYUDAS DE LA CAM: Para favorecer la incorporación de medidas de eficiencia energética, la Comunidad de Madrid presta su apoyo a Planes creados por distintas asociaciones de fabricantes que se unen con el fin de ofrecer ayudas para las diferentes actuaciones que les competen

PLAN RENOVE VENTANAS. Promueve la mejora de aislamiento térmico mediante la sustitución de carpinterías poco aislantes por otras de PVC que tengan una transmitancia térmica menor o igual a 1,5 W/m2k. Cuantía de las ayudas: hasta 110€/m2 Puede solicitarlas cualquier propietario de vivienda o edificio del sector terciario.

PLAN RENOVE SALAS DE CALDERAS: Reformas en las instalaciones térmicas con generadores de calor que no utilicen gas natural como combustible en las que se instalen generadores de calor que sí lo utilicen. Éstos deberán ser de condensación salvo en el caso de calderas pertenecientes a procesos industriales incluidas en el Sector Industrial que den servicio a: Instalaciones no industriales -- Comunidades de Propietarios o fincas de propiedad particular de dos o más viviendas. -- Edificios de viviendas pertenecientes a Comunidades de Bienes con potencia térmica nominal mayor de 70 kW. -- Empresas con potencia térmica nominal mayor de 70 kW. -- Edificios pertenecientes al Sector Terciario, con potencia térmica nominal mayor de 70 kW. Instalaciones industriales -- Empresas incluidas en el Sector Industrial.

PLAN RENOVE DE CALDERAS INDIVIDUALES: El objetivo es la sustitución de calderas, calentadores o termos con combustible sea carbón, GLP, gasóleo, electricidad o gas natural por calderas de condensación que utilicen GLP o gas natural siempre que pertenezcan a instalaciones: -- Individuales domésticas. -- Situadas en edificios de viviendas pertenecientes a Comunidades de Bienes con potencia térmica nominal menor o igual a 70 kW. -- Situadas en empresas, con potencia térmica nominal menor o igual a 70 kW. -- Situadas en edificios pertenecientes al Sector Terciario, con potencia térmica nominal menor o igual a 70 kW.

PLAN ANTI-REACTIVA: Contempla la instalación de baterías de condensadores para la compensación de la energía reactiva. GAT 19 Rehabilitación/7 La gestión integral de obras y ayudas a la rehabilitación

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Estará en vigor has el 01/06/2015. Cuantía de incentivos: 50€ por batería de condensadores de hasta 50 kVAr de potencia reactiva y de 100€ por batería de condensadores de potencia superior a 50 kVAr. Pueden acogerse al Plan Comunidades de propietarios, Empresas y edificios pertenecientes al Sector Terciario.

PLAN RENOVE DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS COMUNES Promueve la reforma completa de las instalaciones de enlace (instalaciones que unen la caja general de protección, incluida ésta, con las instalaciones interiores de cada usuario, excluidas éstas) y de las instalaciones correspondientes a los servicios generales del edificio (alimentación eléctrica de ascensores, centrales de calor y frío, grupos de presión, alumbrado de escalera, etc.) para adaptarlas a la actual normativa. Cuantía de las ayudas: Hasta 60 € por contador.

PLAN RENOVE DE COMPONENTES INDUSTRIALES A GAS Promueve las reformas de equipos industriales que utilicen carbón, GLP o gasóleo realizadas en el ámbito de la Comunidad de Madrid, tras las que se instalen componentes y dispositivos que permitan el funcionamiento de dichos equipos con gas natural como combustible. Estos equipos deben prestar servicio en empresas incluidas en el Sector Industria o en el Sector Terciario, quedando excluidos los equipos pertenecientes a instalaciones incluidas en el ámbito de aplicación del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE), así como todas aquellas reformas de equipos destinados a procesos de cocción. Además, deben cumplir las condiciones siguientes: Los componentes y dispositivos que se instalen deben ser nuevos. En ningún caso se podrá acoger al Plan la compra sin instalación. La cuantía máxima de los incentivos para el desarrollo del Plan renove vendrá determinada en función de la suma de los consumos anuales del conjunto de los componentes de los equipos sustituidos, de acuerdo con la siguiente tabla:

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Incentivo de Gas Natural *

Incentivo de MRG *

Consumo anual

[para instalaciones situadas en su zona de distribución]

[para instalaciones situadas en su zona de distribución]

Desde 50 MWh a 160 MWh

1.511 €

1.511 €

Desde 161 MWh a 240 MWh

3.100 €

3.100 €

Desde 241 MWh a 420 MWh

4.500 €

4.500 €

Desde 421 MWh a 600 MWh

5.500 €

5.500 €

Mayor de 600 MWh

6.685 €

6.685 €

No se podrá realizar más de una actuación por punto de suministro.

PLAN RENOVE DE TORRES DE REFRIGERACIÓN Promueve la renovación de las Torres de refrigeración con antigüedad superior a 10 años para mejorar el control de la Legionella y la eficiencia energética Cuantía de las ayudas: Hasta 2.000 €

PLAN RENOVE DE REPARTIDORES DE COSTES DE CALEFACCIÓN CENTRAL Y VÁLVULAS CON CABEZAL TERMOSTÁTICO La Unión Europea ha dispuesto en la directiva 2012/27/UE, del Parlamento europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la Eficiencia Energética, en su artículo 9, que todos los edificios que estén dotados de sistemas de calefacción o climatización central, tendrán que tener instalados dispositivos de medición individuales antes del próximo 31 de diciembre de 2016.Este plan promueve la instalación de los repartidores de costes y válvulas con cabezal termostático. Cuantía de las ayudas: 10 €/ud

2. AYUDAS A NIVEL NACIONAL AYUDAS DEL IDAE -- PLAN PAREER: Es el único que considera los propietarios de viviendas unifamiliares. No precisa información sobre la renta de los propietarios -- FONDO JESSICA-F.D.A.E. Las ayudas de este fondo son para financiar proyectos de desarrollo urbano sostenible. Se destina a empresas de servicios energéticos (ESEs) u empresas privadas, no a personas físicas o jurídicas

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OTRAS AYUDAS ESTATALES -- PLAN PIMA SOL: Sólo para hoteles. Compatible con otras subvenciones puesto que en realidad no es una subvención si no la compra de emisiones de carbono en difusos -- PROGRAMA DE FOMENTO DE LA REHABILITACIÓN EDIFICATORIA. Las ayudas de este programa se destinan a viviendas en bloque y para la concesión de las ayudas se considera la renta de los propietarios

2.1. AYUDAS DEL IDAE PAREER PROGRAMA DE AYUDAS PARA LA REHABILITACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS EXISTENTES DEL SECTOR RESIDENCIAL (USO RESIDENCIAL Y HOTELERO) Resolución de 25 de septiembre de 2013, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se publica la de 25 de junio de 2013, del Consejo de Administración del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se establecen las bases reguladoras y convocatoria del programa de ayudas para la rehabilitación energética de edificios existentes del sector residencial (uso vivienda y hotelero) Objeto del programa Incentivar y promover la realización de actuaciones integrales que favorezcan el ahorro energético, la mejora de la eficiencia energética y el aprovechamiento de las energías renovables en los edificios existentes del sector residencial, uso vivienda y hotelero. Duración Inicio 02/10/2013 Fin 30/10/2015 Tipología de las actuaciones objeto de las ayudas y presupuesto para las mismas. a) Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica. 31.250.000 €mediante subvención y préstamo reembolsables b) Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas 31.250.000 € mediante préstamos reembolsables

y de iluminación.

c) Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas. 31.250.000 € mediante préstamos reembolsables d) Sustitución de energía convencional por energía geotérmica en las instalaciones térmicas. 31.250.000 € mediante préstamos reembolsables Edificios elegibles -- Edificios existentes antes de 2013 -- Viviendas unifamiliares -- Bloques de edificios con un 70% de superficie sobre rasante destinada a uso vivienda. -- Edificios de uso hotelero inscritos en el grupo 681 en el Censo de Actividades Económicas (Servicio de hospedaje en hoteles y moteles). 82


Régimen de concesión de las ayudas a) Estas ayudas están sujetas al cumplimiento, ejecución y realización de los objetivos, actividades y condiciones establecidas por las bases del programa PAREER b) Las actuaciones objeto de ayuda serán seleccionadas en régimen de concurrencia simple, otorgándose las ayudas a las solicitudes que cumplan todos y cada uno de los requisitos establecidos por dichas bases, por orden de fecha de presentación hasta agotar el presupuesto disponible, o bien se alcance la fecha de finalización de esta convocatoria 30/10/2015 pero, una vez acabado éste, se seguirá aceptando solicitudes por si hubiera alguna petición rechazada. c) Las ayudas otorgadas son incompatibles con cualesquiera otra concedidas para la misma finalidad por cualesquiera Administraciones públicas, organismos o entes públicos, nacionales o internacionales y, de manera específica, con las contempladas en los programas de fomento de la rehabilitación edificatoria y de fomento de la regeneración y renovación urbanas establecidos por e Real Decreto 233/2013 de 5 de abril. Tipo de ayudas Subvención: -- Entrega dineraria sin contraprestación -- Préstamos reembolsables. Beneficiarios -- Personas físicas y jurídicas propietarias de edificios de uso residencial (vivienda y hotelero). Comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de edificios residenciales -- Propietarios de viviendas unifamiliares -- Propietarios únicos de edificios de vivienda que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal -- Empresas de servicios energéticos -- Por regla general, cuando los beneficiarios sean personas físicas, deberán poseer la nacionalidad española o la de alguno de los estados de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza. Obligaciones de los beneficiarios -- Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda en la forma y plazos establecidos -- Aportar la documentación requerida -- Justificar ente IDAE la realización de la actividad así como el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determinan la concesión de la ayuda -- Someterse a las actuaciones de comprobación que pueda efectuar el IDAE así GAT 19 Rehabilitación/7 La gestión integral de obras y ayudas a la rehabilitación

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como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que pueda realizar la Intervención General de la Administración del Estado -- Facilitar cuanta información le sea requerida por IDAE o por la Intervención General del Estado -- Comunicar a IDAE la alteración de las condiciones tenidas en cuenta o que pudieran motivar la concesión de la ayuda -- Instalar y mantener un cartel perfectamente visible y legible en el que conste el título del proyecto y la siguiente leyenda: “PROYECTO REALIZADO CON AYUDAS DE IDAE, ACOGIDO AL PROGRAMA PARA LA REHABILITACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS EXISTENTES DEL SECTOR RESIDENCISL (USO VIVIENDA Y HOTELERO), incluyendo el logo de IDEA. El diseño gráfico del cartel cumplirá con los requisitos establecidos por IDAE. -- Efectuar las declaraciones responsables de no encontrarse incursos en las circunstancias previstas por el artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de Noviembre, General de Subvenciones, en los términos establecidos en estas bases -- Acreditar que se hallan al corriente en cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social -- Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos -- Comunicar a IDAE los cambios de domicilio a efectos de notificaciones durante el período en que la ayuda sea susceptible de control y fiscalización. -- Proceder al reintegro de la ayuda en caso de incumplimiento de las condiciones impuestas Requisitos para la obtención de las ayudas Las actuaciones objeto de las ayudas no deben haberse iniciado antes de la entrada en vigor del Programa, lo que se acreditará mediante la presentación de la fotocopia del permiso o licencia de obras o justificación de su solicitud en una fecha posterior a la fecha de entrada en vigor del Programa. Las actuaciones objeto de ayuda deben mejorar las calificación energética total del edificio en, al menos, 1 letra medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono (kg CO2/m2 año) con respecto a la calificación energética inicial del edificio. Esta mejora podrá obtenerse mediante la realización de una tipología de actuación o una combinación de varias, así como mediante la realización de medidas parciales de una o varias actuaciones diferentes. La certificación energética del edificio se realizará de acuerdo con el Real Decreto 235/2013 de 5 de abril de 2013, mediante la utilización de alguno de los programas informáticos oficiales reconocidos. Sólo se considerarán elegibles las actuaciones integrales sobre la envolvente térmica del edificio y no sobre una o varias viviendas o locales del mismo edificio consideradas individualmente para las actuaciones encuadradas en la tipología 1: Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica

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Para ser considerada elegible una actuación en alguna de las tipologías 2,3 y 4 la potencia térmica nominal de generación de calor o frío de la instalación térmica deberá ser mayor de 100kw. Cuando existan múltiples generadores de calor, frío o ambos tipos y se proceda a su sustitución, esta potencia se obtendrá como suma de las potencias térmicas nominales de los generadores existentes sobre los que se actúe. En el caso de actuaciones que incorporen energía solar térmica, la potencia a estos efectos se determinará multiplicando la superficie de apertura de campo de los captadores solares instalados por 0.7 kw/m2. Si la instalación solar térmica es complementaria con otro sistema de producción de calor o frío, sobre el que se actúe, la potencia se determinará como suma de las potencias de ambos sistemas. La ejecución de las actuaciones comprometidas en la solicitud de ayuda deberá iniciarse en un período no superior a seis meses desde la fecha de notificación de la resolución de concesión de ayuda correspondiente. Las actuaciones objeto de ayuda deberán cumplir con la normativa vigente que les sea de aplicación y contar con las preceptivas licencias y autorizaciones administrativas. Presentación de solicitudes y documentación Las solicitudes se presentarán mediante formulario disponible en la dirección de internet del IDAE. Una vez cumplimentado el formulario de solicitud directamente en la web, el sistema genera un código de usuario y contraseña que habilita para acceder a la solicitud de ayuda a través de la web y cargar, en un plazo improrrogable de 15 días naturales la documentación referida. Una vez cargada completamente la documentación requerida correspondiente a la solicitud de la ayuda, ésta se considerará formulada y registrada con carácter definitivo a todos los efectos, facilitándose comprobante de la fecha y hora de la recepción que será tenida en cuenta para establecer el número de orden de prelación correspondiente entre las distintas solicitudes recibidas. Este número de orden será facilitado al solicitante al completar el proceso de carga de la documentación. Si en la documentación aportada se observasen defectos subsanables, deficiencias de carácter técnico o se necesitara documentación técnica complementaria, se requerirá al solicitante mediante correo electrónico para subsanar las deficiencias enel plazo de quince días naturales. En caso de no hacerlo en plazo se tendrá por desistida la solicitud. IDAE podrá solicitar en cualquier momento, durante un plazo máximo de cuatro años a contar desde 30/10/2015 la presentación de los originales de los justificantes o documentación aportada que estime oportuna. Si en el plazo de treinta días a partir del requerimiento la documentación no fuera aportada, IDAE procederá a la revocación de la ayuda y pedirá el reintegro de la ayuda otorgada. Costes elegibles Se consideran costes elegibles aquellos que sean necesarios para conseguir los objetivos energéticos propuestos en este programa para cada una de las tipologías de actuación: GAT 19 Rehabilitación/7 La gestión integral de obras y ayudas a la rehabilitación

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-- Honorarios profesionales satisfechos para la elaboración del Certificado de Eficiencia energética. -- Redacción de proyectos técnicos relacionados con las tipologías de actuación objeto de ayuda y gastos generales similares. -- Costes de dirección y ejecución de la obra. -- Inversión en equipos. -- Costes de ejecución de la instalación, obra civil asociada e instalaciones auxiliares necesarias. -- No se incluyen licencias, tasas, impuestos o tributos. No se considera elegible ningún coste facturado con anterioridad a la entrada en vigor del programa. Actuaciones subvencionables Las actuaciones elegibles para las que se solicita la ayuda deben mejorar por sí mismas la calificación energética del edificio en una letra. Son las siguientes:

2.1.1 MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LA ENVOLVENTE TÉRMICA Objetivo: reducir la demanda energética en calefacción y climatización de los edificios existentes de uso residencial y hotelero mediante la mejora de la eficiencia energética de su envolvente térmica, bien en su conjunto, bien en alguno de los elementos que la componen. Actuaciones elegibles: -- Las que consigan una reducción de la demanda energética de calefacción y climatización del edificio mediante actuaciones sobre la envolvente térmica. Las exigencias mínimas de eficiencia energética que debe cumplir la envolvente térmica que se reforma son las que figuran en el CTE. Si no fuera viable técnicamente alcanzar el nivel de prestación establecido en el DB de limitación de limitación de demanda energética del CTE, podrán adoptarse soluciones que permitan el mayor grado de adecuación posible, justificando técnicamente el motivo y el nivel de prestación alcanzado -- Instalaciones auxiliares necesarias para llevar a cabo esta actuación como andamiajes y grúas Cuantía de las ayudas: -- Entrega dineraria sin contraprestación: Podrá llegar al 30% del coste elegible de la actuación, (calculado de acuerdo al apartado sexto de la resolución de 25 de septiembre de 2013). En caso de edificios de uso vivienda, dicha cuantía tiene un límite máximo de 3.000€/vivienda -- Préstamo reembolsable: Podrá ser de hasta el 60% del coste elegible de la actuación. En caso de edificios de uso vivienda, el límite máximo será de 6.000€/vivienda 86


2.1.2 MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS INSTALACIONES TÉRMICAS Y DE ILUMINACIÓN. Objetivo: reducir el consumo de energía de las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, ventilación, producción de agua caliente sanitaria, climatización de piscinas e iluminación de los edificios del sector residencial, uso vivienda y hotelero. Actuaciones elegibles: Caso C1: Reforma de salas de calderas con sustitución de equipos de producción de calor para calefacción y agua caliente sanitaria por otros de alta eficiencia energética Casos S1,S2 y S3: Sustitución de energía convencional por energía solar térmica para calefacción, climatización y producción de agua caliente sanitaria de edificios y climatización de piscinas. Caso M1: Sistemas de contabilización de consumos, en especial de medición individual de consumos de calefacción en edificios de viviendas que cuenten con instalaciones térmicas centralizadas, con un sistema de distribución de la calefacción por columnas. Está dirigido a los edificios construidos con anterioridad al RITE y que no disponen del sistema de reparto de gastos de acuerdo con la IT 1.2.4.4 del RITE, con el fin de facilitar el cumplimiento del artículo 9 apartado 3 de la Directiva 2012/27/ UE de eficiencia energética. Serán actuaciones elegibles aquéllas que se realicen en edificios existentes de viviendas dotados de una instalación térmica centralizada que dé servicio a más de un usuario que comprendan las siguientes actuaciones: -- Instalación de dispositivos repartidores de costes de calefacción que permitan medir los consumos y repartir los gastos correspondientes en función de los consumos reales de cada usuario. Estos repartidores de costes deben seguir las normas de diseño y funcionamiento de la norma UNE-EN-834 y contar con la homologación correspondiente emitida por un laboratorio de ensayos independiente y homologado para distribuidores de costes de calefacción dentro de la Comunidad Europea. El sistema de contabilización, una vez instalado, ya sea en el tramo de acometida o por medio de repartidores de costes de calefacción, debe disponer de un servicio de adquisición de los datos de consumos y de liquidación y reparto de los gastos a cada uno de los usuarios de la instalación en función de los consumos medidos. La liquidación individualizada de los gastos correspondientes a cada servicio (calor, frío y agua caliente sanitaria) se realizará mediante la correspondiente factura individual bien en papel, bien en formato electrónico) en la que se proporciona a cada usuario toda la información necesaria para el control de sus consumos, incluida la información histórica de su consumo. -- Instalación de válvulas termostáticas: Se podrán complementar los dispositivos reguladores de costes de calefacción con la instalación de válvulas termostáticas mecánicas o electrónicas que permitan regular el aporte de calor de todos y cada uno de los emisores. Deben cumplir la norma UNE-EN-215. Las válvulas termostáticas electrónicas deben contar con un certificado de eficiencia energética eu.bac.

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Caso C2: Todas aquellas que permitan mejorar la eficiencia energética en las instalaciones térmicas de los edificios del sector residencial (uso vivienda y hotelero). Entre ellas: -- Sustitución de equipos de producción de calor y frío por otros de alta eficiencia energética, incluyendo soluciones de aerotermia e hidrotermia. La sustitución de estos equipos debe estar referenciada al sistema de etiquetado energético oficial y, en su defecto, se podrá utilizar como referencia otro sistema como EUROVENT. -- Sustitución de equipos de movimiento de los fluidos caloportadores por otros de alta eficiencia energética. -- Sistemas de enfriamiento gratuito por aire exterior y de recuperación de calor del aire de extracción. -- Sistemas que combinen sistemas convencionales con técnicas evaporativas que reduzcan el consumo de energía de la instalación: enfriamiento evaporativo, condensación evaporativa, pre-enfriamiento evaporativo del aire de condensación, enfriamiento evaporativo directo e indirecto previo a la recuperación de calor del aire de extracción, etc. -- Sistemas de control y regulación de equipos y/o instalaciones que ahorren energía, por ejemplo, en función de la variación de la temperatura exterior, la presencia o las necesidades del usuario. Sistemas de gestión telemática de suministro de agua caliente sanitaria para edificios del sector residencial (uso vivienda y hotelero)que permitan controlar el consumo de agua caliente sanitaria y energía, limitar el caudal máximo instantáneo, el volumen máximo de uso e incluso el corte del suministro por vivienda y/o estancia. Grifos para el control y gestión de agua caliente sanitaria en el punto de consumo, que permitan una óptima y rápida regulación de temperatura y caudal, que permitan ser controlados directamente por el usuario y, a la vez, mediante sistemas telemáticos, para gestionar y controlar el consumo instantáneo, la temperatura de salida y el volumen máximo de consumo de éstos. Será considerada en las actuaciones la integración de estos sistemas en un sistema domótico que permita la comunicación entre los diferentes sistemas, de forma que estos interactúen entre sí y puedan ser controlados local o remotamente. Las exigencias mínimas de eficiencia energética que debe cumplir la instalación que se renueve, son las que figuran en el Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios (RITE) vigente. NO SE CONSIDERARÁ COSTE ELEGIBLE LA SUSTITUCIÓN DE UNA CALDERA POR OTRA QUE UTILICE COMBUSTIBLE SÓLIDO DE ORIGEN FÓSIL Caso ILU: Todas aquellas que permitan mejorar la eficiencia energética en las instalaciones de iluminación interior, entre otras: -- Luminarias, lámparas y equipo: sustitución del conjunto por otro con luminarias de mayor rendimiento, lámparas de mayor eficiencia y reactancias electrónicas regulables y que permitan reducir la potencia instalada en iluminación, cumpliendo con los requerimientos de calidad y confort reglamentarios. 88


-- Sistemas de control local o remoto de encendido y regulación de nivel de iluminación: incluirán aquellos sistemas de control por presencia y regulación de nivel de iluminación según el aporte de luz natural. -- Cambio de sistema de iluminación: reubicación de los puntos de luz con utilización de las tecnologías anteriores, de forma que se reduzca el consumo eléctrico anual respecto al sistema de iluminación. -- Implantación de sistemas de monitorización que permitan conocer en todo momento las condiciones de confort y la idoneidad del as actuaciones realizadas a favor de la mejore de la eficiencia energética Las exigencias mínimas de eficiencia energética que debe cumplir la instalación de iluminación que se rehabilite son las que figuran en el documento HE-3, Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación, del Código Técnico de la Edificación Cuantía de las ayudas Préstamos reembolsables, que podrán ser de hasta el 90% del coste elegible de la actuación con las limitaciones señaladas en los siguientes casos -- Caso C1: Reforma de salas de calderas para producción de calefacción y/o producción de agua caliente sanitaria. Importe máximo (€) = 2.070 x P(0,62) -- Caso S1: Instalaciones solares para producción de agua caliente sanitaria y/o climatización de piscinas cubiertas o descubiertas. Importe máximo (€) = 1.170 x Ps(0,9) -- CasoS2: Instalaciones solares para calefacción y opcionalmente aplicaciones recogidas en el Caso S1 Importe máximo (€) = 1.755 x Ps(0,9) -- Caso S3: Instalaciones solares para calefacción y refrigeración y, opcionalmente, aplicaciones recogidas en el Caso S1 Importe máximo (€) = 2.164 x Ps(0,9) Préstamos reembolsables, que podrán ser de hasta el 90% del coste elegible en los siguientes casos -- Caso M1 y C2 -- Caso ILU P Potencia térmica del generador en Kw Ps Potencia de la instalación solar térmica en Kw

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2.1.3 SUSTITUCIÓN DE LA ENERGÍA CONVENCIONAL POR BIOMASA EN LAS INSTALACIONES TÉRMICAS Objetivo Reducir el consumo de energía convencional en edificios existentes del sector residencial mediante el uso de biomasa como combustible para calefacción, climatización y producción de agua caliente sanitaria y climatización de piscinas Actuaciones elegibles Las realizadas en instalaciones de calefacción, climatización, producción de agua caliente sanitaria y climatización de piscinas que incluyan sistema de intercambio humos/ agua y que sustituyan a instalaciones de energía convencional existentes en edificios del sector residencial (uso vivienda y hotelero), incluyendo la modificación de redes de calefacción y climatización existentes. Las nuevas instalaciones deberán incorporar el sistema de teleseguimiento PRETEL, conectado a IDAE, pasando a formar parte del Sistema Armonizado PRETEL de seguimiento de instalaciones renovables térmicas. En este caso, se considerarán costes elegibles también los silos, sistemas de generación de calor/frío, modificación de la sala de calderas, sistemas de transporte interno de biomasa, sistemas de tratamientos y emisión de los humos y demás elementos necesarios para su explotación, así como redes de calor/frío y estaciones de intercambio. Cuantía de las ayudas Préstamo reembolsable de hasta el 50% o el 90% del coste elegible, calculado en función de P, potencia del sistema de generación de calor , en Kw. -- Para el 50% de la financiación: -- Caso B1: Instalaciones de generación de agua caliente y/o calefacción en un edificio: Importe máximo préstamo (€) = 440 x P(0,87) -- Caso B2: Instalaciones de generación de agua caliente y/o calefacción y refrigeración en un edificio Importe máximo préstamo (€) = 770 x P(0,87) -- Caso BR1: Instalaciones de calor centralizadas, incluyendo red de distribución y de intercambio a los usuarios que dé servicio a varios edificios Importe máximo préstamo (€) = 625x P(0,87) -- Caso BR2: Instalaciones de generación de calor y frío centralizadas, incluyendo red de distribución y de intercambio centralizadas, incluyendo red de distribución y de intercambio a los usuarios que dé servicio a varios edificios Importe máximo préstamo (€) = 1.062 x P(0,87)

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-- Caso BR3: Instalaciones de generación de calor centralizadas, incluyendo red de distribución y de intercambio, así como producción de frío descentralizada a los usuarios que dé servicio a varios edificios. (La producción de frío debe estar abastecida por energía renovable) Importe máximo préstamo (€) = 1.187 x P(0,87) -- Para el 90% de la financiación: El 50% anterior podrá aumentarse en un 40% si se incluye una memoria del proyecto de ejecución del sistema de generación de calor y el impacto socioeconómico resultante, una vez evaluado por IDAE, expresado en horas hombre de empleo directo (en obra y en línea de producción) supera el valor de calcular la expresión 27 x P0,5. Para evaluar este impacto socioeconómico, se tendrá en cuenta que el límite máximo de empleo directo, expresado en horas hombre, no podrá superar el valor que resulte de la expresión 12,133 x P 0,5494, para el concepto de instalación del sistema de generación de calor y 1,348 x P0,5494 , para el de la puesta en marcha del mismo. -- Caso B1: Instalaciones de generación de agua caliente y/o calefacción en un edificio: Importe máximo préstamo (€) = 792 x P(0,87) -- Caso B2: Instalaciones de generación de agua caliente y/o calefacción y refrigeración en un edificio Importe máximo préstamo (€) = 1.386 x P(0,87) -- Caso BR1: Instalaciones de calor centralizadas, incluyendo red de distribución y de intercambio a los usuarios que dé servicio a varios edificios Importe máximo préstamo (€) = 1.125 x P(0,87) -- Caso BR2: Instalaciones de generación de calor y frío centralizadas, incluyendo red de distribución y de intercambio centralizadas, incluyendo red de distribución y de intercambio a los usuarios que dé servicio a varios edificios. Importe máximo préstamo (€) = 1.912 x P(0,87) -- Caso BR3: Instalaciones de generación de calor centralizadas, incluyendo red de distribución y de intercambio, así como producción de frío descentralizada a los usuarios que dé servicio a varios edificios. (La producción de frío debe estar abastecida por energía renovable) Importe máximo préstamo (€) = 2.137 x P(0,87)

2.1.4 SUSTITUCIÓN DE LA ENERGÍA CONVENCIONAL POR ENERGÍA GEOTÉRMICA EN LAS INSTALACIONES TÉRMICAS: Objetivo: Reducir el consumo de energía convencional mediante el uso de la energía geotérmica para calefacción, climatización, producción de ACS y climatización de piscinas.

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Actuaciones elegibles: Las instalaciones de calefacción, climatización, producción de agua caliente sanitaria y climatización de piscinas que sustituyan instalaciones de energía convencional, incluyendo la modificación de redes de calefacción/climatización. Las instalaciones realizadas deberán incorporar el sistema de teleseguimiento PRETEL, conectado a IDEA, pasando a formar parte del Sistema Armonizado PRETEL de seguimiento de instalaciones renovables térmicas. Las instalaciones realizadas deberán cumplir con los requisitos establecidos en el Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios (RITE) y, en el caso de sistemas de intercambio geotérmico de circuito cerrado, el documento reconocido por el RITE “Guía técnica de diseño de sistemas de intercambio geotérmico de circuito cerrado” publicada por el IDAE así como cualquier otra legislación que les sea de aplicación. En caso de perforación, antes de proceder a la misma, deben realizarse los trámites establecidos por el organismo competente en materia medioambiental según su afección al medioambiente y obtener la correspondiente autorización de seguridad minera según las prescripciones recogidas en las normas básicas de seguridad minera. Además de lo anterior, se consideran costes elegibles el coste de la realización de los estudios, ensayos, sondeos y simulaciones preliminares previas a la realización del diseño de la instalación, sondeos, excavaciones, cimentaciones, zanjas, urbanización y demás elementos necesarios para su explotación, así como redes de calor/frío y estaciones de intercambio. Cuantía de las ayudas El préstamo reembolsable podrá ser de hasta el 90% del coste elegible de la actuación con las siguientes limitaciones, donde P es la potencia térmica del generador en kw -- Caso G1: Instalaciones de generación de agua caliente y/o calefacción/refrigeración en circuito abierto, para un edificio Importe máximo préstamo (€) = 1.283 x P(0,83) -- Caso G2: Instalaciones de generación de agua caliente y/o calefacción/refrigeración en circuito cerrado con intercambio enterrado horizontal, para un edificio Importe máximo préstamo (€) = 2.566 x P(0,83) -- Caso G3: Instalaciones de generación de agua caliente y/o calefacción/refrigeración en circuito cerrado con intercambio vertical, con sondeos, para un edificio Importe máximo préstamo (€) = 3.528 x P(0,83) -- Caso G4: Instalaciones de generación de agua caliente y/o calefacción/refrigeración con uso directo de energía geotérmica para un edificio Importe máximo préstamo (€) = 3.528 x P(0,83) -- Caso GR1: Instalaciones de generación de calor centralizadas, incluyendo red de distribución y de intercambio a los usuarios, que dé servicio a varios edificios 92


Importe máximo préstamo (€) = 3.689 x P(0,83) -- Caso GR2: Instalaciones de generación de calor y frío centralizadas, incluyendo red de distribución y de intercambio a los usuarios, que dé servicio a varios edificios Importe máximo préstamo (€) = 4.010 x P(0,83) -- Caso GR3: Instalaciones de generación de calor centralizadas, incluyendo red de distribución y de intercambio a los usuarios y de producción de frío descentralizada, que dé servicio a varios edificios Importe máximo préstamo (€) = 4.170 x P(0,83) Justificación de la realización de la actuación La justificación por parte de los beneficiarios de la ejecución de las actuaciones deberá realizarse ante el órgano instructor en un plazo máximo de doce meses desde la fecha de notificación de la resolución del procedimiento y de concesión de ayuda por parte del Consejo de Administración del IDEA mediante la aportación de la documentación requerida. -- La no justificación en plazo, de acuerdo con el apartado anterior, por parte de los beneficiarios de la ayuda, supondrá la revocación de la misma y, en su caso, reintegros correspondientes en los términos y condiciones establecidos en el apartado siguiente -- El órgano instructor podrá requerir del beneficiario la aportación de cualquier documentación justificativa adicional a la expuesta, para verificar la efectiva adecuación de la actuación ejecutada a la que fue objeto de ayuda, quedando el beneficiario obligado a su entrega en un plazo máximo de quince días naturales desde la recepción de lacomunicación por parte de IDAE. -- El órgano instructor podrá designar al personal que estime oportuno para realizar,con carácter previo al pago de la ayuda, la oportuna inspección de la actuación. -- El órgano instructor podrá, asimismo, utilizar los servicios de empresas independientes especializadas para el seguimiento, control y verificación de las actuaciones aprobadas, no sólo en la fase final de comprobación, sino también en momentos intermedios donde se pueda comprobar los fines sobre los cuales se concedenlas ayudas. Revocación y reintegro de la ayuda. El incumplimiento de cualquiera de las condiciones impuestas con motivo de la concesión de las ayudas, en cualquiera de los supuestos establecidos en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o por las presentes bases será causa de revocación de la ayuda mediante resolución del Consejo de Administración del IDAE, previa audiencia por término improrrogable de quince días naturales al beneficiario afectado.

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La revocación de la ayuda conllevará, en su caso, la pérdida del derecho a la percepción de la ayuda otorgada y/o el reintegro de las cantidades hechas efectivas hasta ese momento, incrementadas con los intereses de demora desde la fecha de su pago así como cualquier otra cantidad que pudiera haberse establecido, así como la resolución de los correspondientes contratos de préstamo. El cumplimiento parcial de las condiciones establecidas o la realización en plazo de sólo una parte de la actuación comprometida, siempre que se acredite la mejora de la calificación energética total del edificio existente en, al menos, 1 letra, medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono (kg CO2/m2) con respecto a la calificación energética inicial del edificio, dará lugar al ajuste y pago parcial de la ayuda otorgada, siempre que no procediera la revocación de la ayuda por incumplimiento de otras obligaciones. PLAN PAREER

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2.2. FONDO JESSICA-FIDAE JESSICA (JOINT EUROPEAN SUPPORT FOR SUSTEINABLE INVESTMENT INCITY AREAS) Es una iniciativa desarrollada por la Comisión Europea y el Banco Europeo de Inversiones(BEI) que permite a los Estados miembros utilizar los Fondos Estructurales para realizar inversiones reembolsables en proyectos inscritos dentro de un plan integrado de desarrollo urbano sostenible F.I.D.A.E. FONDO DE INVERSIÓN EN DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE ENERGÍA Es un fondo dotado con cerca de 123M€ que tiene como propósito financiar proyectos de desarrollo urbano sostenible que mejoren la eficiencia energética, utilicen las energías renovables y que sean desarrollados por empresas de servicios energéticos (ESEs) u otras empresas privadas Se trata de un fondo cofinanciado por FEDER e IDEA, operado por el Banco Europeo de Inversiones (BEI). Este fondo financiará todas las inversiones directamente relacionadas con el aumento de la eficiencia energética y la utilización de energías renovables en entornos urbanos. Es compatible con otras fuentes de financiación públicas o privadas, así como con subvenciones cofinanciadas o no por el FEDER. Vigencia: Hasta 30 de abril de 2015 Los recursos de F.I.D.A.E. se canalizan hacia los proyectos a través de un Fondo de Desarrollo Urbano (FDU). Condiciones que deben cumplir los proyectos: -- Estar ubicado en una de las 10 comunidades incluidas en F.I.D.A.E. -----------

Andalucía Canarias, Castilla-León Castilla-La Mancha Ceuta Comunidad Valenciana Extremadura Galicia Islas Canarias Melilla Región de Murcia

-- Estar incluido en alguno de los siguientes sectores --------

Edificación: Edificios públicos y privados Industria: Empresas de cualquier tamaño Transporte: Infraestructuras, equipamiento y flotas de transporte público y privado (para uso público) Infraestructuras de servicios públicos relacionados con la energía: Alumbrado público exterior y semáforos Infraestructura local, redes inteligentes y tecnología de información y comunicaciones (TIC) relacionadas con los temas prioritarios

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-- Energía Renovable -- Solar (Tema prioritario 40) Los Proyectos Solares pueden incluir proyectos tanto solares térmicos, para producción de energía térmica, como solar fotovoltaica aislada, es decir no conectada a la red eléctrica pública -- Biomasa (Tema prioritario 41) -- Instalaciones para producción de energía térmica a partir de biomasa -- Uso de biomasa para aplicaciones energéticas en los sectores elegibles -- Producción de biocarburantes de segunda y tercera generación, incluyendo los biocombustibles de cultivos de algas para uso energético, que cumplan con los criterios de la UE relativos a la sostenibilidad medioambiental -- Instalaciones para el tratamiento de la biomasa con fines energéticos (triturado, astillado, fabricación de pellets….) -- Instalación de surtidores en estaciones de servicio para suministro de biocarburantes. Proyectos de Eficiencia Energética, cogeneración y gestión de la energía (Tema prioritario 43) Este tema incluye todas las inversiones que tengan como objetivo la reducción del consumo de energías y el incremento de la eficiencia energética en los sectores elegibles. Criterio general de elegibilidad Inversiones que contribuyen a la disminución del consumo de energía y/o al incremento de la eficiencia energética en los sectores elegibles. Los ahorros de energía generados por estas inversiones deberán justificar cuanto menos el 50% del coste de la inversión, en términos de valor actual neto y empleando una tasa de descuento del 5% en términos reales (sin inflación). Los proyectos pueden incluir, entre otras, medidas de eficiencia energética en edificios, PYMES, redes de calor y mejora/modernización de la iluminación pública y semafórica. Además, son elegibles y no están sujetos al criterio general de elegibilidad descrito anteriormente -- Cogeneración de alta eficiencia Proyectos de modificación sustancial de cogeneraciones existentes que cumplan todos y cada uno de los siguientes criterios: -- La cogeneración modificada ha de ser de alta eficiencia de acuerdo con lo establecido por la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de octubre de 2012 relativa a ña eficiencia energética. -- La instalación debe disponer de autorización administrativa del proyecto con fecha anterior a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 1/2012, de 27 de enero, entrando dentro del supuesto contemplado en la disposición transitoria única de dicho Real –Decreto-ley. 96


-- El proyecto de modificación sustancial no supondrá un incremento de potencia, cambio de tecnología o cambio de tipo de combustible respecto a lo que figure en el Registro administrativo de instalaciones de producción en régimen especial relativo a la planta de cogeneración existente previa ala modificación sustancial. -- Ahorro Energético/Eficiencia Energética en Edificios -- Renovación de edificios existentes con actuaciones en la envolvente térmica, instalaciones de calefacción, refrigeración, iluminación, etc -- Edificio nuevos con una calificación energética A o B -- Renovación o extensión de redes de calor o frío existentes Transporte limpio (Tema prioritario 52) Proyectos relacionados con el transporte limpio que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética y el uso de energías renovables (infraestructura de recarga eléctrica para vehículos eléctricos o híbridos enchufables, recuperación de energía eléctrica en la frenada de transporte público eléctrico, gestión de flotas, autobuses eléctricos o híbridos, etc) -- Estar incluidos en planes de desarrollo sostenible -- No estar finalizados a la hora de recibir financiación El FDU analizará las solicitudes de los beneficiarios y las someterá a un análisis previo de elegibilidad que determinará qué proyecto es elegible, que puede serlo sujeto a una determinada condición o que no lo es por no cumplir alguno de los requisitos anteriores, debiendo comunicar el resultado de tal análisis al beneficiario. Los criterios de elegibilidad pueden ser modificados a lo largo del periodo de ejecución del fondo. Requisitos complementarios Además, los proyectos deben cumplir otros requisitos, que no determinan la elegibilidad a priori per se, pero que son requisitos complementarios que deberán ser observados en su ejecución: -----

Cumplir con las políticas comunitarias Ofrecer un retorno aceptable de la inversión JESSICA Ser preparados y explotados por técnicos cualificados La financiación tendrá que ser transmitida a los beneficiarios antes del 30.04.205. El beneficiario deberá estar al día con la Seguridad Social y Hacienda Pública en el momento de recibir la financiación -- El beneficiario deberá disponer de todas las licencias y permisos oportunos para realizar la actividad o inversión -- El beneficiario deberá guardar todas las facturas y documentos correspondientes a la inversión y ésta deberá estar a disposición del FDU durante la vida de amortización del préstamo, además de tenerla a disposición de cualquier autoridad pública que esté facultada para realizar un control o auditoría sobre el proyecto hasta 3 años después del cierre definitivo del Programa Operativo correspondiente. -- Aportar todos los indicadores e información complementaria que permita evaluar el impacto de las intervenciones GAT 19 Rehabilitación/7 La gestión integral de obras y ayudas a la rehabilitación

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En general se deberá verificar que todo proyecto es factible financiera, técnica y legalmente antes de que la financiación sea comprometida o los fondos desembolsados. Gastos elegibles Sólo son elegibles los gastos de inversión directamente relacionados con la generación de energías renovables o el aumento de las eficiencia energética. La gestión y comercialización del fondo fue encomendada por el BEI, mediante concurso al BBVA que analizará y seleccionará las solicitudes en relación a su elegibilidad y condiciones favorables a cada operación y realizará un control y seguimiento de los mismos para garantizar el cumplimiento de la normativa española y europea. Desde inicios del 2012, el IDAE ha puesto en marcha una Unidad de Asistencia Técnica que se encarga de apoyar en la identificación y selección de este tipo de proyectos dentro del sector público, así como de ayudar a las Comunidades Autónomas que lo necesiten en el desarrollo de los mismos

3. OTRAS AYUDAS ESTATALES 3.1 PLAN PIMA SOL Real Decreto 635/2013, de 2 de agosto, por el que, en desarrollo del Plan de Impulso al Medio Ambiente en el sector hotelero PIMA SOL para la rehabilitación energética de sus instalaciones, se regula la adquisición de créditos futuros de carbono por el Fondo de carbono para una economía sostenible Objeto La regulación del procedimiento específico de compra de derechos de emisión futuros por el Fondo de Carbono para una Economía Sostenible (FES-CO) a los titulares de alojamientos turísticos que proyecten la ejecución de obras que reúnan los requisitos descritos a continuación Ámbito de aplicación Todo establecimiento destinado de forma permanente al hospedaje o alojamiento colectivo, en régimen residencial, de los grupos 681,682,683,y 684 del anexo I del Real Decreto Legislativo 1172/1990 de 28 de septiembre. Se entiende por titular la persona física o jurídica que responde íntegramente del compromiso de reducción de emisiones y asume la ejecución íntegra del proyecto de obra. Créditos de carbono adquiribles Un crédito de carbono equivale a la reducción de una tonelada métrica de CO2. Para ser objeto de adquisición, los créditos futuros de carbono deben provenir de reducciones directas de CO2 que cumplan las siguientes condiciones: -- No deben venir exigidas por la normativa sectorial que les resulte de aplicación -- Deben contribuir al cumplimiento de los compromisos cuantificados de limitación 98


o reducción de emisiones asumidos por España mediante el logro de reducciones que tengan reflejo en el Inventario de Gases de Efecto Invernadero -- Las reducciones de emisiones de gases de efecto invernadero no procederán de instalaciones sujetas al régimen de comercio de derechos de emisión para evitar supuestos de doble contabilidad -- Se debe alcanzar la letra B o una mejora mínima de dos letras entre la certificación energética inicial anterior al proyecto y la final. Precio de adquisición Será de 7 € la reducción de una tonelada de CO2 Cuantía Los recursos destinados a este plan son 5.210.000€ Procedimiento de evaluación y reconocimiento de créditos de carbono futuros El órgano competente para ordenar e instruir los procedimientos de evaluación y reconocimiento es la Oficina Española de Cambio Climático del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente Los titulares de alojamientos turísticos interesados podrán presentar sus solicitudes hasta el 1 de diciembre de 2014 con la siguiente documentación: Propuesta de inversión, que incluirá la certificación energética y los consumos energéticos del edificio sobre el que se actúa, recogiendo su situación de partida, usando los programas reconocidos para ello Definición de la inversión que se pretende acometer, describiendo las medidas de ahorro y eficiencia energética planteadas y las mejoras esperadas tanto en eficiencia energética como en emisiones de CO2que deberán mantenerse durante 15 años y la fecha estimada de finalización de obras que no podrá ser posterior a 31 de diciembre de 2016 Las solicitudes se dirigirán al Secretario de Estado de Medio Ambiente La Oficina Española de Cambio Climático (OECC) procederá a la evaluación de la documentación, si no reuniera los requisitos exigidos, requerirá al solicitante para que lo subsane en el plazo de 10 días hábiles. La OECC estimará las reducciones de energía y emisiones de CO2directas así como el valor de la adquisición de cada solicitud que se presente. El plazo máximo para resolver y notificar será de dos meses Adquisición de los créditos futuros de carbono reconocidos Reconocidos los correspondientes créditos futuros de carbono, el titular de los mismos se dirigirá a la OECC a fin de que se proceda a la adquisición de aquéllos En el contrato de adquisición se incluirá el compromiso firme de ejecución del proyecto de rehabilitación en plazo, que permita cumplir con la reducción de emisiones de CO2resultante de la ejecución material de las obras, que deberá persistir a lo largo de GAT 19 Rehabilitación/7 La gestión integral de obras y ayudas a la rehabilitación

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los 15 años posteriores, aún en caso de transmisión patrimonial, con la obligación de informar de cualquier modificación relevante que afecte negativamente a la calificación energética del edificio.

3.2 PLAN ESTATAL DE FOMENTO DE ALQUILER DE VIVIENDAS, REHABILITACIÓN EDIFICATORIA Y REGENERACIÓN Y RENOVACIÓN URBANAS 2013-2016. REAL DECRETO 233/2013 DE 5 DE ABRIL, POR EL QUE SE REGULA EL PLAN ESTATAL DE FOMENTO DEL ALQUILER DE VIVIENDAS, LA REHABILITACIÓN EDIFICATORIA Y LA REGENERACIÓN Y RENOVACIÓN URBANAS Programa de fomento de la rehabilitación edificatoria Programa de fomento de la regeneración y renovación urbanas Programa para el fomento de ciudades sostenibles y competitivas Para los programas de rehabilitación edificatoria, de regeneración y renovación urbanas, de apoyo a la implantación del informe de evaluación de edificios y del fomento de ciudades sostenibles y competitivas, los recursos de este Plan se distribuirán entre las Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla atendiendo al número de viviendas en edificios predominantemente residenciales finalizadas antes de 1981 y al número de viviendas que se ubiquen en edificios de tipología residencial colectiva con más de cuatro plantas sin ascensor PROGRAMA DE FOMENTO A LA REHABILITACIÓN EDIFICATORIA Objeto del programa La financiación de la ejecución de obras y trabajos de mantenimiento e intervención en las instalaciones fijas y equipamiento propio, así como en los elementos y espacios privativos comunes, de los edificios de tipología residencial colectiva que cumplan los siguientes requisitos -- Estar finalizados antes de 1981 -- Al menos el 70% de su superficie construida sobre rasante tenga uso residencial de vivienda -- Al menos el 70% de las viviendas deben constituir el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios Como excepción, puede admitirse en este programa los siguientes edificios -- Los que presenten graves daños estructurales o de otro tipo -- Los que tengan íntegramente como destino el alquiler, durante al menos 10 años desde la recepción de la ayuda Serán objeto de este programa las actuaciones en los edificios indicados que se dirijan a: -- Su conservación -- La mejora de calidad y sostenibilidad -- Los ajustes razonables en materia de accesibilidad 100


Actuaciones subvencionables Actuaciones subvencionables para la conservación -- Las descritas como desfavorables relativas al estado de conservación de la cimentación, estructura e instalaciones en el Informe de Evaluación de Edificios o en la Inspección Técnica de Edificios -- Las descritas como desfavorables relativas al estado de conservación de cubiertas, azoteas, fachadas, medianerías u otros elementos comunes detectadas en el Informe de Evaluación de Edificios o en la Inspección Técnica de Edificios cuando se refieran a edificios catalogados, protegidos, declarados Bienes de Interés Cultural o situados dentro de Conjuntos Histórico-artísticos o, aún cuando no concurran las circunstancias anteriores, se ejecuten las obras simultáneamente con actuaciones para la mejora de la calidad y sostenibilidad que resulten subvencionables por este programa -- Las que se realicen en las instalaciones comunes de electricidad, fontanería, gas, saneamiento, telecomunicaciones, recogida y separación de residuos con el fin de adaptarlas a la normativa vigente Actuaciones subvencionables para la mejora de calidad y sostenibilidad en edificios Para resultar subvencionables, el conjunto de obras realizadas deben reducir el consumo de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración en al menos un 30% sobre la situación previa a las actuaciones, que podrán ser las siguientes: -- Mejora de la envolvente térmica del edificio para reducir su demanda energética de calefacción o refrigeración: -- Mejora de aislamiento térmico -- Sustitución de carpinterías y acristalamientos -- Instalación de dispositivos bioclimáticos Como mínimo, hay que cumplir con lo establecido en el Documento Básico del Código Técnico de la Edificación -- Instalación de sistema de calefacción, refrigeración, producción de agua caliente sanitaria y ventilación para el acondicionamiento térmico o incremento de mejora de le eficiencia energética de los ya existentes -- Instalación de equipos de generación o que permitan la utilización de energías renovables como la solar, biomasa o geotermia que reduzcan el consumo de energía convencional térmica o eléctrica del edificio -- Mejora de eficiencia energética de las instalaciones comunes de ascensores e iluminación del edificio o parcela -- Mejora de instalaciones de suministro e instalaciones de mecanismos que favorezcan el ahorro de agua así como redes de saneamiento separativas del edificio y de otros sistemas que favorezcan la reutilización de las aguas grises o pluviales en el propio edificio o parcela que reduzcan el volumen del vertido al sistema público del alcantarillado. GAT 19 Rehabilitación/7 La gestión integral de obras y ayudas a la rehabilitación

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-- Mejora o acondicionamiento de instalaciones para la adecuada recogida y separación de los residuos domésticos -- Mejoras en el cumplimiento de los parámetros establecidos en el Documento básico del Código Técnico de la Edificación DB-HR, protección contra el ruido -- Acondicionamiento de los espacios privativos de la parcela para mejorar la permeabilidad del suelo, adaptar la jardinería a especies de bajo consumo hídrico y optimización de sistemas de riego La justificación de la reducción de la demanda energética se hará con cualquiera de los programas informáticos reconocidos conjuntamente por los Ministerios de Fomento y de Industria, Energía y Comercio. Actuaciones subvencionables para realizar ajustes razonables en materia de accesibilidad Se considerarán tales las que adecuen los edificios, accesos a viviendas y locales a la normativa vigente. Entre otras: -- Instalación de ascensores, salva escaleras, rampas u otros dispositivos de accesibilidad, incluyendo los adaptados a las necesidades de personas con discapacidad sensorial. También su adaptación, una vez instalados a la normativa sectorial correspondiente -- Instalación o dotación de productos de apoyo como grúas o similares que permitan el acceso y uso de jardines, zonas deportivas, piscinas y similares a personas con discapacidad -- La instalación de elementos de información o de aviso como señales luminosas o sonoras que permitan la orientación en el uso de escaleras o ascensores -- Instalación de video porteros o dispositivos análogos que permitan la comunicación entre viviendas y el exterior En las todas las actuaciones anteriores puede considerarse, a efectos de determinación del coste total de las obras: Los honorarios de los profesionales intervinientes ------

Coste de redacción de los proyectos Informes técnicos Certificados necesarios Gastos derivados de la tramitación administrativa Gastos generales similares

No se considerarán los impuestos, tasas o tributos Condiciones particulares de las actuaciones Requisitos -- El edificio debe contar con el Informe de Evaluación del Edificio o ITE actualizada -- Las actuaciones deben contar con el acuerdo de la Comunidad o Comunidades 102


-- Para realizar ajustes razonables en materia de acesibilidad y/o mejorar la calidad y sostenibilidad del edificio, deben sumar como mínimo 8 viviendas o menos si se van a acometer obras de conservación o habiten personas con discapacidad o mayores de 65 años -- Se debe aportar proyecto o justificación en memoria suscrita por técnico competente de adecuación de la actuación al Código Técnico en vigor hasta donde sea viable Beneficiarios Las comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios o propietarios únicos de viviendas. Administraciones Públicas, organismos y demás entidades de derecho público, empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente por las Administraciones propietarias de los inmuebles. Tipo y Cuantía de las ayudas La cuantía máxima de las subvenciones a conceder no puede superar el 35% del coste subvencionable, con un límite de 11.000€ por cada vivienda y por cada 100 m2 de superficie útil de local. 12.100 € en caso de edificios declarados bienes de interés cultural, catalogados o con protección integral

GAT 19 Rehabilitación/7 La gestión integral de obras y ayudas a la rehabilitación

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CUADRO RESUMEN AYUDAS ESTATALES PROGRAMA DE AYUDAS

OBJETO

BENEFICIARIOS

COMENTARIOS

PAREER

Mejora eficiencia energética

- Propietarios de viviendas unifamiliares. - Comunidades de propietarios Hoteles.

No se consideran los ingresos de los solicitantes

- Empresas de servicios energéticos. FONDO JESSICA FIDAE

Mejora eficiencia energética y energía renovables en desarrollo urbano sostenible

Empresas de servicios energéticos ESES

PIMASOL

Disminución emisiones CO2

HOTELES

Gestiona el BBVA

LEY DE LAS RRR - Fomento de alqui- - Comunidades de Se tiene en cuenta ler de viviendas propietarios los ingresos de los - Propietarios únicos beneficiarios - Rehabilitación edide viviendas ficatoria en conser- Administraciones vación, accesibilipúblicas dad y mejora de efi- Entidades de deciencia energética recho público - Fomento de rege- - Empresas públicas neración y renova- Sociedades merción urbanas cantiles participadas por administraciones propietarias de los inmuebles

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GAT 19 Rehabilitaci贸n/7 La gesti贸n integral de obras y ayudas a la rehabilitaci贸n

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FICHAS TÉCNICAS DE PRODUCTOS


ÍNDICE Ficha Técnica Danfoss Rehabilitación / Instalaciones / Calefacción / Danfoss..............................................108 Ficha Técnica Danfoss Rehabilitación / Instalaciones / Válvulas de control / Danfoss.......................................110


Caléndula, 93 – Minipark III (Soto de la Moraleja) 28109 ALCOBENDAS Tel.: +34 902 246 104 Fax: +34 902 656 396 Email: info_clima@danfoss.es www.danfoss.es DANFOSS es una multinacional danesa con más 80 años de experiencia en tecnologías de eficiencia energética y Soluciones para el desafío climático Desarrolla, fabrica y suministra productos y soluciones para calefacción y climatización residencial y comercial

Control automático de cada radiador: Confort en cada habitación Ahorro de Energía El sistema se compone de 2 partes: Válvula de radiador termostatizable Cabezal termostático

El objetivo es crear el más alto grado de confort y comodidad mientras aseguramos el menor consumo posible de energía Productos & Soluciones: Válvulas de radiador con Cabezal Termostático Controles de ambiente electrónicos Válvulas de equilibrado hidráulico Componentes de quemador Suelo Radiante Hidráulico Suelo Radiante Eléctrico

Una vez ajustada la temperatura deseada en el cabezal, este actúa sobre la válvula, que se adapta automáticamente a los cambios de temperatura abriendo o cerrando en consecuencia. Esta solución tiene una gran capacidad de aprovechamiento de las aportaciones externas de calor, como el Sol a través de las ventanas, sistemas de iluminación, ordenadores y equipos electrónicos


Ejecución y Mantenimiento: Válida en todo tipo de radiador por agua

El sensor líquido del cabezal (1) reacciona con la temperatura, expandiéndose o contrayéndose, y actúa sobre el eje de válvula (2), regulando el paso de agua al radiador

El Cabezal debe instalarse en posición horizontal. Para instalación vertical utilizar cabezal con sensor remoto Normativa de aplicación / normativa de referencia RITE – R.D. 1027/207 EDD 2012/27/UE (Directiva Europea de Eficiencia Energética) Cumple norma EN215 Etiqueta Energética A Ejemplos prácticos de la aplicación

Válvula de radiador con Cabezal Termostático con sensor incorporado

Válvula de radiador con Cabezal Termostático con sensor remoto

Rehabilitación / Instalaciones / Calefacción / Danfoss

Instalación en la entrada al radiador

Válvula de radiador con Cabezal termostático electrónico programable 109


Caléndula, 93 – Minipark III (Soto de la Moraleja) 28109 ALCOBENDAS Tel.: +34 902 246 104 Fax: +34 902 656 396 Email: info_clima@danfoss.es www.danfoss.es DANFOSS es una multinacional danesa con más 80 años de experiencia en tecnologías de eficiencia energética y Soluciones para el desafío climático Desarrolla, fabrica y suministra productos y soluciones para calefacción y climatización residencial y comercial El objetivo es crear el más alto grado de confort y comodidad mientras aseguramos el menor consumo posible de energía Productos & Soluciones: Válvulas de radiador con Cabezal Termostático Controles de ambiente electrónicos Válvulas de equilibrado hidráulico Componentes de quemador Suelo Radiante Hidráulico Suelo Radiante Eléctrico

Válvulas de control y equilibrado independientes de la presión Danfoss AB-QM (PIBCV): Una válvula de control y equilibrado independiente de la presión equipada con un actuador es una válvula de control con un nivel de autoridad total que dispone de una función de equilibrado automático y permite a su vez limitar el caudal, especialmente encaminada para sistemas eficientes de caudal variable de agua para climatización.


Equilibrar hidráulicamente un sistema supone garantizar que, bajo todas las posibles circunstancias operativas (carga total y carga parcial), los elementos terminales reciban los caudales y las presiones diferenciales requeridas para que estos puedan funcionar correctamente. Incorporando válvulas de control y equilibrado independiente de la presión en los lazos de las unidades terminales, el sistema funciona “por sí mismo” - la válvula automática sabe qué hacer, constantemente monitorea los cambios de presión y lleva a cabo las intervenciones necesarias para asegurar un control estable y seguro del caudal y consecuentemente de la temperatura ambiente controlada. Normativa de aplicación / normativa de referencia Las válvulas AB-QM están testadas por laboratorios independientes como el BSRIA (Building Services Research and Information Association) del Reino Unido. BSRIA es una asociación sin ánimo de lucro que proporciona servicios de ensayos en laboratorio, instrumentación, desarrollo y de consultoría principalmente en los campos de la construcción y la ingeniería de la edificación.

1. Válvula de control (VC): la válvula de control presenta una característica de control lineal. Integra una función de limitación de carrera que permite el ajuste del valor del Kv. El porcentaje ajustado en la escala equivale al porcentaje sobre el caudal máximo marcado en el indicador. La limitación de recorrido puede modificarse levantando el mecanismo de bloqueo y girando la parte superior de la válvula hasta la posición deseada. Existe un mecanismo de bloqueo que evita automáticamente cualquier cambio no deseado del ajuste. 2. Controlador de presión diferencial (CPD): El controlador de presión diferencial mantiene una presión diferencial constante a través de la válvula de control. La diferencia de presión en la membrana se equilibra mediante la acción de la fuerza del resorte. Siempre que varíe la presión diferencial a través de la válvula de control (debido a un cambio de la presión disponible o al movimiento de la válvula de control) el cono hueco se desplazará hasta una nueva posición que permita alcanzar un nuevo equilibrio y, por tanto, mantenga un nivel constante de presión diferencial.

Rehabilitación / Instalaciones / Válvulas de control / Danfoss

Ejecución y Mantenimiento:

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PATROCINADORES

COLABORAN


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