El reconocimiento de la beligerancia.

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Guerras civiles colombianas Negociación, regulación y memoria

Eduardo Pastrana Buelvas Abogado de la Universidad Santiago de CaliColombia (usc). Doctor en Derecho de la Universidad de Leipzig-Alemania. Fue rector y director de investigaciones de la usc. Es profesor titular de la Pontificia Universidad Javeriana de Bogotá (pujb), en donde se desempeña actualmente, como Director del Departamento de Relaciones Internacionales y editor de la Revista Papel Político de la Facultad de Ciencia Política y Relaciones Internacionales. Es Director del Grupo de Investigación en Relaciones Internacionales, América Latina e Integración (griali). Es Consultor de la Konrad-Adenauer-Stiftung de Colombia. Es Profesor Invitado del Instituto de Ciencia Política de la Universidad de Leipzig-Alemania. Es miembro de la International Studies Association y de la Latin American Studies Associatión. Ha sido profesor en las Universidades de Castilla la Mancha-España y usc. Ha publicado numerosos libros y artículos sobre temas de Derecho Internacional y Relaciones Internacionales.

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Víctor Guerrero Apráez maestro en leyes de la universidad de constanza (alemania). Desde 2003 es profesor de la Facultad de ciencias Políticas y relaciones internacionales de la Pontificia universidad Javeriana. Fue asesor de sociedad civil en la asamblea nacional constituyente de 1991; coordinador de políticas del Programa Presidencial de DD. HH.; miembro de la delegación colombiana en la conferencia de roma de 1998 para el establecimiento de la corte Penal internacional; consultor del Grupo de Trabajo de naciones unidas sobre mercenariazgo y de la alta consejería para la Paz. su tesis de grado, “Hacia una genealogía de las formas jurídicas”, obtuvo una mención meritoria. su tesis de maestría se titula “Die Grenzen der verfassungsänderung im kolumbianischen und deutschen recht”. es autor de ensayos y artículos en revistas nacionales e internacionales. en 2012 apareció su libro Construcciones sobre cine: guerra y feminidad y en 2016 publicará El reconocimiento de la beligerancia, ambos bajo el sello editorial Pontificia universidad.

En La seudorrevolución educativa el profesor Mora nos invita a hacer una reflexión inaplazable sobre los discursos educativos igualitarios que llaman a la inclusión segmentada y jerarquizada de los estudiantes y reproducen, profundizan o conservan las desigualdades sociales. El rigor de su análisis exige que el debate sobre el tema en Colombia supere la repetición incesante de la publicidad gubernamental, la cual ha tenido eco en diversos sectores de la comunidad académica, debido a una creencia que se ha convertido en dogma. De acuerdo con ella, la “educación superior de calidad” debe ser un bien meritorio destinado a quienes tienen patrimonio o capacidad de endeudamiento, o a “los más competentes”, dentro de los límites impuestos al gasto social por una regla fiscal heredada de los ajustes estructurales del pasado. La “educación terciaria” excedente, mediocre y funcional a los procesos de acumulación de capital imperantes en el país, está reservada para la mayoría de la población, que además solo puede ingresar a ella mediante el crédito financiero, estatal o privado. El acceso universal al bien común del conocimiento pasa por develar la mistificación que encierra la retórica sobre la igualdad de oportunidades educativas. Este libro le permite al lector comprender varios de los mecanismos discursivos que presentan como equitativas las políticas públicas orientadas a prolongar por tiempo indefinido la injusticia cognitiva dentro de la sociedad colombiana. LEOPOLDO MÚNERA RUIZ Profesor asociado Universidad Nacional de Colombia

ro Apráez Imagen de cubierta: Geografía pintoresca de colombia. Tipos del ejercito del Cauca.

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LA SEUDORREVOLUCIÓN EDUCATIVA

Desigualdades, capitalismo y control en la educación superior en Colombia

Andrés Felipe Mora Cortés Politólogo y magíster en Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Colombia. Estudiante del Doctorado en Desarrollo y Estudios Políticos de la Universidad Católica de Lovaina y la Universidad Nacional de Colombia. Docente asistente de la Pontificia Universidad Javeriana de Bogotá y docente ocasional de la Universidad Nacional de Colombia.

LA SEUDORREVOLUCIÓN EDUCATIVA

colección:

Andrés Felipe Mora Cortés

Víctor Guerrero Apráez

Andrés Felipe Mora Cortés

La seudorrevolución educativa Desigualdades, capitalismo y control en la educación superior en Colombia

Víctor Guerrero Apráez

La insurrección griega de 1823 permitió la emergencia de una anomalía fundacional: entre la inacción, cómplice de las atrocidades cometidas contra los rebeldes, y la intervención bélica, que violaba el principio del equilibrio de poderes, los países europeos procedieron al reconocimiento de la beligerancia. Desde entonces, este instrumento consuetudinario del derecho internacional ha desempeñado un papel crucial y dramático: la guerra de Secesión estadounidense, la Comuna de París, la guerra civil chilena, las gestas independentistas de los cubanos contra España, la Revolución mexicana, la guerra civil española, entre otras. Colombia no fue ajena a este proceso: a contrapelo de una historia oficial olvidadiza, fue el único país en el que se produjo su aplicación en 1870, 1979 y, finalmente, durante el reciente proceso de negociaciones con las farc. Dar cuenta de este enriquecedor decurso, de Grecia a La Habana, que cuestiona lugares comunes y devela manipulaciones y mistificaciones es el desafío asumido en El reconocimiento de la beligerancia.

Dos siglos de humanización y salida negociada en conflictos armados

EL RECONOCIMIENTO DE LA BELIGERANCIA

Otros títulos de esta colección:

El reconocimiento de la beligerancia

Víctor Guerrero Apráez Maestro en Leyes de la Universidad de Constanza (Alemania). Desde 2003 es profesor de la Facultad de Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales de la Pontificia Universidad Javeriana. Fue asesor de sociedad civil en la Asamblea Nacional Constituyente de 1991; coordinador de políticas del Programa Presidencial de DD. HH.; miembro de la delegación colombiana en la Conferencia de Roma de 1998 para el establecimiento de la Corte Penal Internacional; consultor del Grupo de Trabajo de Naciones Unidas sobre mercenariazgo y de la Alta Consejería para la Paz. Su tesis de grado, “Hacia una genealogía de las formas jurídicas”, obtuvo una mención meritoria. Su tesis de maestría se titula “Die Grenzen der Verfassungsänderung im kolumbianischen und deutschen Recht”. Es autor de ensayos y artículos en revistas nacionales e internacionales. En 2012 apareció su libro Construcciones sobre cine. Guerra y feminidad y en 2016 publicó Guerras civiles. Negociación, regulación y memoria, bajo el sello Editorial Pontificia Universidad Javeriana.

Andrés Felipe Mora Cortés

Fotografía de cubierta:

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Henri Louis Duperly, Banquete ofrecido en Bogotá (fragmento), 1902.

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El reconocimiento de la beligerancia Dos siglos de humanizaciĂłn y salida negociada en conflictos armados

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Facultad de Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales

Reservados todos los derechos © Víctor Guerrero Apráez Primera edición: Bogotá, D. C., enero de 2017 ISBN: 978-958-716-996-6 Número de ejemplares: 400 Impreso y hecho en Colombia Printed and made in Colombia Editorial Pontificia Universidad Javeriana Carrera 7.ª n.° 37-25, oficina 13-01 Teléfono: 3208320 ext. 4752 www.javeriana.edu.co/editorial editorialpuj@javeriana.edu.co Bogotá, D. C.

Corrección de estilo: Carlos Mauricio Granada Diagramación: Claudia Patricia Rodríguez A. Montaje de cubierta: Claudia Patricia Rodríguez A. Impresión: Javegraf Pontificia Universidad Javeriana | Vigilada Mineducación. Reconocimiento como Universidad: Decreto 1297 del 30 de mayo de 1964. Reconocimiento de personería jurídica: Resolución 73 del 12 de diciembre de 1933 del Ministerio de Gobierno

Guerrero Apráez, Víctor Alberto, autor El reconocimiento de la beligerancia : dos siglos de humanización y salida negociada en conflictos armados / Víctor Guerrero Apráez. -- Primera edición. – Bogotá : Editorial Pontificia Universidad Javeriana, 2017. 312 páginas ; 24 cm ISBN : 978-958-716-996-6 1. DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO. 2. BELIGERANCIA. 3. DERECHOS HUMANOS. 4. RECONOCIMIENTO (DERECHO INTERNACIONAL). 5. POLÍTICA Y GUERRA. 6. NEGOCIACIÓN. 7. CONFLICTO ARMADO I. Pontificia Universidad Javeriana. Facultad de Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales. CDD 341.481 edición 19 Catalogación en la publicación - Pontificia Universidad Javeriana. Biblioteca Alfonso Borrero Cabal, S.J.

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Prohibida la reproducción total o parcial de este material, sin autorización por escrito de la Pontificia Universidad Javeriana.

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Contenido Introducción ........................................................................ 9 La institución jurídica del reconocimiento de la beligerancia en el orden internacional......................... 15 La invención del reconocimiento de la beligerancia y su primera puesta en práctica ........................................... 37 Beligerancia en la Europa del siglo xix................................. 77 El reconocimiento de la beligerancia en las prácticas y discursos sobre la guerra civil en América Latina a finales del siglo xix e inicios del xx. ................................. 105 El problema del reconocimiento de la beligerancia en la guerra de Secesión estadounidense............................. 145 La guerra civil española o la crisis del reconocimiento de la beligerancia.............................................................. 201 La beligerancia en Hannah Arendt.................................... 229 El reconocimiento de la beligerancia en Colombia ............. 237 Referencias....................................................................... 303

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Introducción Los campos disciplinares de los estudios de lo bélico y del derecho internacional humanitario en contadas ocasiones se encuentran de manera estructural para conjugar sus ópticas en una elucidación conjunta de esa realidad terrible compartida: la guerra. A lo sumo, la normativa humanitaria es una nota a pie de página para los estudiosos de los conflictos armados, mientras que, por su parte, aquella escasamente incorpora como una referencia apenas contextual el conocimiento militar para su aplicación. La autonomía de estos ámbitos cognoscitivos y su permanente desencuentro o existencia paralela, exenta de algún entrecruce sistémico, obedecen a la resignación del jurista respecto de la degradación inherente a toda confrontación armada y a la convicción del polemólogo de la irrelevancia de las tentativas de una regulación del conflicto. Pero tal como lo enseña el dilatado proceso que condujo a los enunciados filosóficos que sirvieron de base para construir el moderno derecho de la guerra, las categorías y conceptos que articularon sus demandas no surgieron en la torre de marfil de brillantes juristas, sino de cara a la destrucción provocada por los fanatismos religiosos e ideológicos, a los cuales se enfrentaron con riesgo personal los autores de dichas nociones. En el caso singular del instituto denominado reconocimiento de la beligerancia, las dos dimensiones, saberes jurídico y militar, se anudan de continuo y orgánicamente en una muy estrecha dinámica, a la que se despojaría de su sentido si se llegasen a separar dichos aspectos. Solo tomando en serio las particularidades bélicas y, a su turno, las prolijidades de los esfuerzos conceptuales y jurídicos para la humanización de la guerra resulta posible dar cuenta de la importancia exhibida, a lo largo del siglo XIX y en las centurias posteriores, por el reconocimiento de la beligerancia. Pero, de manera dramática, solo prestando una cuidadosa atención de largo aliento a ambas dimensiones resulta posible auscultar y descifrar las hondas repercusiones que dicho instituto ha desempeñado en el curso de los procesos bélicos de las guerras civiles, que, en el caso colombiano, resultaron claves en los procesos de formación del propio Estado y las dilatadas como dolorosas experiencias de búsqueda tanto de la resolución política del conflicto armado como de su regulación normativa. Resulta difícil encontrar un país comparable a Colombia, donde la condición de más de cien años de la contienda armada y la perpetua discusión y

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debate sobre sus causas, efectos y condiciones han exhibido tal continuidad, diseminación y urgencia. Sin embargo, en un efecto paradojal no menos intenso, cuya sustancia conforma la génesis misma del presente libro, quizá solo en este país la inadvertencia del reconocimiento de la beligerancia, con su inseparable cortejo de confusión y mistificación subsiguiente, ha adquirido tales niveles de generalización y dominio en la opinión pública y las agencias gubernamentales. Cuando en 1998 el Gobierno colombiano de entonces inició conversaciones con las FARC, mediante el procedimiento de acordar una zona desmilitarizada de 42 000 km de extensión para adelantar negociaciones en medio de la guerra, se suscitó una extensa y apasionada discusión, que rápidamente superó los límites domésticos, acerca del presunto reconocimiento de la beligerancia que aquella zona habría aparejado consigo. Ello sirvió de ocasión para redescubrir un término y, tras su envoltura verbal, una compleja realidad histórica, normativa y bélica, cuya indagación desde una perspectiva académica precisaba de una investigación que hasta el momento no se había realizado. Sus principales resultados se exponen en las páginas que componen este texto. En el primer capítulo se trazan las líneas matriciales que, dentro del desarrollo del derecho internacional y, en particular, en el denominado jus in bello o derecho de la guerra, le dieron expresión jurídica al primer dispositivo surgido para someter las contiendas armadas internas o guerras civiles a un ámbito referencial que se posiciona más allá de lo puramente doméstico, el cual precedió en media centuria a las iniciales estipulaciones convencionales de lo que vendría a ser conocido bajo la terminología de derecho internacional humanitario. Contrario a lo que se supone, las condiciones y requisitos para el reconocimiento de la beligerancia fueron objeto de una sistematización conocida como el Reglamento de Neuchâtel, que, si bien no llegó a convertirse en un tratado internacional, ejerció una perdurable influencia en los debates posteriores, dentro de los cuales varios juristas de este lado del Atlántico desempeñaron un papel destacado, cuyo significativo aporte intenta rescatarse del olvido. El advenimiento en 1949 de los cuatro convenios de Ginebra significó el deliberado intento por disociar los elementos políticos de los jurídicos, mediante la conversión del beligerante interno en parte en conflicto —sin que se resolvieran del todo las dificultades conceptuales—, lo cual permitió una sistematización ejemplar de los diversos niveles en los que operaba la institución del reconocimiento —estatal, gubernamental e insurreccional—, que se expresó de la forma más límpida en la obra de Hersch Lauterpacht a

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mediados del siglo pasado. La más reciente discusión jurídica internacional ha terminado por reencontrar la antigua institución, en una muy discutible torsión del sentido de ella pero perfectamente acorde con el nuevo paradigma geopolítico de la denominada guerra contra el terror, pero ya no para emplear el reconocimiento de la beligerancia con el fin de identificar al actor armado rebelde susceptible de algún tipo de consideración orientada a regularizar su trato, sino como modalidad puramente instrumental encaminada a la justificación de intervenciones armadas como la acontecida en Libia en el 2011. El momento inaugural en el que irrumpió históricamente el reconocimiento de la beligerancia, mediante una consciente utilización de la novedad que tal tipo de aproximación implicaba, cuyo rastreo se lleva a cabo en el segundo capítulo, se produjo en 1820 con ocasión de las revueltas griegas contra el dominio del Imperio otomano. En un contexto interestatal como el construido por la Santa Alianza, con su manifiesto propósito de impedir a ultranza cualquier repetición del fenómeno revolucionario que, con el caso francés, había desbarajustado el ordenamiento del derecho divino de los reyes, la fórmula puesta a punto constituyó una verdadera anomalía, a través de la cual se superó tanto la intervención, que transgredía el no menos sacrosanto principio del equilibrio de poderes, como la indiferencia, que habría dejado abandonados a su suerte a unos rebeldes con cuya causa simpatizaban todos los liberales europeos, y cuyo territorio era la cuna nutricia de las creencias, ensoñaciones e ideales de estos últimos. En un desenvolvimiento histórico, en ocasiones no carente de contradicciones, el precedente griego del reconocimiento de la beligerancia gravitó de manera permanente en los múltiples levantamientos insurreccionales que se opusieron a las monarquías conservadoras en reinos, naciones y principados. En el tercer capítulo se describen las reivindicaciones por ser reconocidos y tratados como beligerantes, agitadas por húngaros, polacos, italianos y demás súbditos de la Europa Central, a través de comités propaganda en el extranjero. La guerra civil suiza o del Sonderbund de 1847, en la que se enfrentaron los cantones católicos contra los protestantes, representa el caso excepcional donde, pese a la existencia de las condiciones para dicho reconocimiento, este no se produjo. En contraste, en el episodio revolucionario de la Comuna de París de 1871 —el prototipo histórico de la brutalidad propia de una guerra civil—, los comuneros, sometidos a unas condiciones angustiosas para su propia supervivencia, se dieron a la tarea de discutir sobre el reconocimiento de la beligerancia para, finalmente, repudiar toda tentativa en procura de él.

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Pero donde mayor aceptación práctica recibió el reconocimiento de la beligerancia fue en el continente sudamericano. Las dos guerras adelantadas por los insurrectos cubanos contra la Corona española y la guerra civil chilena, emprendida por los sectores del Congreso para combatir el Gobierno de Balmaceda, son objeto de tratamiento en el cuarto capítulo. Las posturas del Congreso estadounidense, muy favorables al otorgamiento de dicho estatuto de beligerancia a los rebeldes mambises, y las resoluciones adoptadas por los demás países del hemisferio respecto de una y otra rebelión se describen con cierta extensión para, finalmente, ofrecer un panorama sintético de las discusiones en torno a la beligerancia sostenidas en el caso de la Revolución mexicana en la segunda década del siglo XX. La contienda bélica interna que conllevó el más influyente, polémico y crucial de los casos de reconocimiento de la beligerancia fue la guerra civil o de Secesión en Estados Unidos, ocurrida entre 1861-1865, cuya pormenorizada presentación se efectúa en el quinto capítulo, a partir de los despachos diplomáticos, declaraciones de Gobierno y debates periodísticos asociados a las acciones militares relevantes. Tanto por sus colosales dimensiones territoriales y de devastación poblacional como por las repercusiones que parecían derivarse de una eventual victoria de la insurrecta Confederación del Sur, que, contra los pronósticos de entonces, había salido mejor librada en el primer año de la confrontación al partir en dos el territorio de los Estados Unidos; la complejidad de las cuestiones suscitadas y el comportamiento de los Estados europeos —en especial Gran Bretaña— se investigan con cierta profundidad buscando desentrañar el anudamiento de los aspectos jurídicos con los factores bélicos. En una secuencia que recapitula la evolución normativa internacional, en la que la codificación del Derecho de Ginebra sucedió a la existencia previa del instituto de la beligerancia, en el caso de la guerra civil entre Lincoln y Davies, el célebre Código Lieber sucedería en 1863 al reconocimiento de la beligerancia, con lo que se plantearon interesantes problemas, en el marco de una contienda civil que, para muchos historiadores, es también la primera guerra total moderna, al igual que una revolución interna. Por su parte, el capítulo sexto aborda el acontecimiento decisivo de la guerra civil española, donde la rebelión del ejército al mando de Franco prestó inicialmente atención a una eventual condición de beligerancia en su favor, pero que, ante el apoyo masivo y decisorio recibido por los regímenes nazi y fascista de Alemania e Italia —quienes bajo el amparo del Comité de No Intervención quebrantaron los presupuestos y efectos del reconocimiento de la beligerancia—, finalmente prescindió de su búsqueda. Las discusiones de

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los tratadistas de entonces, plasmadas en las publicaciones más importantes de la época, son materia de exposición en este capítulo, así como la incorporación de las consecuencias de la beligerancia como parte de las consideraciones estratégicas elaboradas por las fuerzas navales argentinas para el golpe de Estado contra el régimen de Perón en 1955, que vendría a conocerse como Revolución Libertadora. Con ello, el reconocimiento de la beligerancia ingresó con un peso muy significativo en las técnicas del derrocamiento. Pese a ser objeto de una mención relativamente breve por parte de Hannah Arendt en su polémico libro Eichmann en Jerusalén, el reconocimiento de la beligerancia hizo parte de las consideraciones teóricas que la célebre filósofa política realizó en torno al papel desempeñado por los judíos en el marco de la Segunda Guerra Mundial. Debido a la importancia de su pensamiento, en el séptimo capítulo se exponen las circunstancias bajo las que sus reflexiones sobre el reconocimiento de la beligerancia tuvieron lugar, así como las consecuencias derivadas de ellas. Por razones de exposición, y para conferirle unidad temática al asunto de la beligerancia en nuestro país, el capítulo octavo se ocupa in extenso de las distintas guerras civiles de nuestra historia republicana, en las que el tema de este libro fue objeto de discusión, invocación o aplicación. Igualmente, se recupera historiográficamente el liderazgo desempeñado por Colombia en la especie de coalición de países formada para promover el reconocimiento de los insurrectos cubanos. El congreso colombiano fue el recinto donde se discutió en profundidad, en 1870, dicha posibilidad y donde se expidió una ley a tal efecto, que se vio acompañada del envío de voluntarios para combatir al lado de los insurrectos de la isla. Las reales o ficticias consecuencias del reconocimiento de la beligerancia desempeñaron un papel crucial —y ciertamente perverso— en las posturas diplomáticas adoptadas por nuestro país tanto en las conferencias de La Haya de 1907 como en la de plenipotenciarios reunidos en Suiza para la discusión y aprobación de los cuatro convenios de Ginebra de 1977, en el marco de una muy delicada negociación que habría de tener hondas repercusiones en el decurso posterior del conflicto armado interno y en los patrones de desregulación y degradación que lo caracterizarán. Las mistificaciones alrededor del reconocimiento de la beligerancia explican su instrumentalización para retrasar o esquivar las obligaciones derivadas de la normativa humanitaria. Para dar cuenta de esta dimensión, se utilizaron diversos archivos gubernamentales, así como las actas de los trabajos preparatorios conservadas en la dilatada conferencia realizada entre 1975 y 1977 en Ginebra. El inaudito episodio del reconocimiento de la beligerancia en el

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que Colombia lideró el grupo de países andinos que, en 1979, decidió otorgarlo a los insurrectos o revolucionarios sandinistas contra la dictadura de Somoza es expuesto en detalle. Por último, se hace una presentación de las actuales negociaciones adelantadas por la actual administración del presidente Juan Manuel Santos con las FARC en La Habana y las invocaciones al reconocimiento de la beligerancia. El conjunto de la obra permite hacer una constatación, que si bien no es del todo inesperada, sí resulta al menos sorprendente: Colombia es el único país que efectuó, en un arco temporal tricentenario, un reconocimiento expreso o tácito de beligerancia en tres oportunidades absolutamente diversas en términos políticos y cronológicos: la primera en el siglo XIX a favor de la insurrección cubana; una segunda, casi un siglo después, en apoyo a las guerrillas del movimiento Sandinista, poco antes de la toma del poder en Managua, y una tercera al inicio del siglo XXI, en La Habana, para las FARC. Todas ellas, de algún modo, resultaron funcionales para los intentos de salida negociada de los respectivos conflictos armados externos e internos. Pero, al mismo tiempo, su interpretación mistificada sirvió como uno de los más persuasivos argumentos para dificultar la efectiva adopción normativa de los principales instrumentos convencionales orientados a la regulación de la guerra civil o el conflicto armado. El autor espera contribuir con esta investigación historiográfica, jurídica y bélica a una más acabada comprensión de la persistencia del fenómeno de la guerra en nuestra sociedad, subrayando el carácter excepcional e irrepetible de la oportunidad epocal de iniciar la construcción de la paz en la mitad de la segunda década del siglo XXI. Solo con ella el reconocimiento de la beligerancia —como mecanismo capital para las relaciones con el adversario bélico— podrá pasar al gabinete de antigüedades históricas, luego de haber desempeñado su papel, en medio de la confrontación, para posibilitar la negociación y la salida política de la guerra.

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El reconocimiento de la beligerancia. Dos siglos de humanizaciรณn y salida negociada en conflictos armados Se terminรณ de imprimir en enero de 2017, en los talleres de Javegraf, Bogotรก, D. C., Colombia. Compuesto con tipos Minion e impreso sobre papel bond beige.

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