Revista DataFisc Septiembre 2014

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DATAFISC ASOCIACIÓN NACIONAL DE INVESTIGADORES FISCALES ONLINE

Comprobante Fiscal y su Validez Especial: Contabilidad Electrónica. Investigación Exitosa Criminología

Dulce Tradición Dulces mexicanos

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Septiembre 2014


CONTENIDO Septiembre 04)

Comprobante Fiscal y su validez.

07)

Contabilidad Electrónica. ¿Simplificación administrativa?

11)

Contabilidad Electrónica. ¿Está tu empresa preparada?

18)

Dulce Tradición

13) 20) 21)

Investigación Exitosa Policía: primer eslabón.

Nuestros Favoritos Miradas de México

Editorial

! Ha llegado Septiembre, para muchos, el mes más mexicano, por eso quisimos dedicar la portada de esta edición a la “mexicanidad”. Sí, a uno de los estandartes en el imaginario colectivo sobre nuestra cultura, la muñeca mazahua, mejor conocida como María. El 15 de Septiembre, es sin duda una de las fechas más importantes para los mexicanos. Sin embargo, son muchos ya los años, que su festejo causa controversia y diferencias de opinión. ¿Qué festejamos? se escucha por las calles o en las redes sociales,¿Los muertos? ¿El narcotráfico? ¿La delincuencia? ¿Lo putrefacto de la política? ¿La pobreza? ¿La desigualdad? Y efectivamente, si nos dejáramos llevar por aquellos cuestionamientos, no tendríamos motivos para festejar, pero claro está que a pesar de nuestro ineficiente sistema y de nuestros defectos como nación y como ciudadanos, tenemos los suficientes motivos para decir ¡Viva México! México, es mucho más que sus desperfectos. México es su gente trabajadora, su gente que ama con intensidad. México es también su comida, su cultura indígena, sus tradiciones, su folklore, su música, su diversidad cultural, sus paisajes, su lenguaje, su talento. Es tiempo de de mirar con otros ojos, sí con los ojos críticos, pero con agradecimiento, con orgullo de pertenecer a una nación que no se rinde ante la adversidad, que se cae pero se levanta con impulso. Es momento entonces de gritar ¡Viva México! ¡Viva su gente! ¡Viva por siempre!

Muñeca mazahua. Elaboradas a mano con materiales mexicanos.

José Santos Vera Perales


DATAFISC Revista Fiscal Online! Consejo Editorial C.P Jaime Eduardo Aguilera Ibarra Mtra. Eugenia Balcázar Alpuche C.P Sergio Paul Díaz García C.P Rogelio Martínez García C.P Maricela Rodríguez Marín C.P Yadira Venegas Lara C.P José Santos Vera Perales

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Colaboradores Lic. Ricardo Carrillo Romero C.P M.I Laura Díaz Aguayo Lic. Abel de la Rosa Turrubiartes L.D M.I. Mario Fernández González Lic. Edith Fuentes Jacinto C.P José Luis García Mancilla C.P José de Jesús Gómez Cotero C.P Florencio Lino López Ing. José Antonio Martínez Vera I.S.C Francisco Monjaraz López L.I María Guadalupe Monjaraz López C.P.C Gilberto Valdovinos González

Diseño editorial Andrea Montserrat Soto Balcázar

©DATAFISC REVISTA FISCAL ONLINE. AÑO 3. NÚMERO 09. SEPTIEMBRE, PRIMERA PUBLICACIÓN MARZO 2012. ES UNA REVISTA DE PUBLICACIÓN MENSUAL EDITADA POR LA ASOCIACIÓN NACIONAL DE INVESTIGADORES FISCALES (ANIFI) EN AV. AMÉRICAS 801. COL. ANDRADE, LEÓN GUANAJUATO, MÉXICO. LOS COMENTARIOS REALIZADOS EN DATAFISC SON RESPONSABILIDAD DE QUIEN LOS EMITE Y NO REFLEJAN LA IDEOLOGÍA NI POLÍTICAS DE LA REVISTA. LAS IMÁGENES PRESENTADAS NO SON PROPIEDAD DE DATAFISC.


COLABORADORES Septiembre

Laura Díaz Aguayo !

José Antonio Martínez Vera!

Contadora Pública Certificada por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos. Maestra en Impuestos por la Universidad de Guadalajara, Gerente del Departamento de Impuestos de la Firma de Consultoría Legal y Tributaria Priat Consultores.

Ingeniero. Especialista en Criminalística. Perito autorizado en materia de balística, dactiloscopia, grafología y hechos de tránsito. Maestría en Valuación por la Universidad del Valle de Atemajac, plantel León. !

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Andrea Balcázar!

Ana. M. Gulias !

Comunicóloga por la Universidad Iberoamericana. Estudió en la Universidad d´Alacant en Alicante, España. Trabaja en el diseño editorial. Colabora como escritora para distintos medios con temas organizacionales y culturales.

Licenciada en Administración de Empresas.! Apasionada de la fotografía, captura en su lente los rincones más bellos de México.Puedes seguir sus fotografías en Instagram como: aga_24

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Fiscal

Comprobante Fiscal y su validez Por:

I.S.C Francisco Monjaraz López

Estructura

Todos sabemos que al recibir un Comprobante Fiscal Digital (CFD o CFDI) estamos obligados a asegurarnos de su validez, según lo especificado en el Código Fiscal de la Federación (Art. 109, Fracción VIII). Pero, ¿conoces cuáles son los puntos que debes verificar?

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Una de las primeras cosas a verificar es que los CFD/CFDI cumplan con la estructura y formato definidos en el archivo de esquema publicado por el SAT (también conocido como XSD). Esta estructura asegura que el comprobante pueda ser interpretado por los sistemas de recepción y permite la ejecución del resto de las validaciones.

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A continuación te mostramos una lista que agrupa en categorías las principales validaciones que deberán ser aplicadas a los CFD/CFDI recibidos.

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! ! ! ! ! ! ! ! ! ! ! ! ! ! ! Timbre Fiscal !

Namespace

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Para poder verificar la estructura y formato de un CFD/CFDI, es necesario que estos incluyan una referencia al archivo de esquema publicado por el SAT (también conocido como XSD). Los Servicios de Validación deben verificar el correcto uso de dicha referencia.

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Codificación De acuerdo con la definición técnica del SAT relativa al formato de los CFD/CFDI, para poder representar los acentos y diferentes caracteres específicos de nuestro idioma, se deberá utilizar un juego de caracteres especial llamado UTF-8. Este proceso verifica que los comprobantes utilicen dicho juego de caracteres.

! Sello Digital !

Todos los CFDI (es decir, los comprobantes de la versión 3.0 y 3.2) deben ser enviados a un proveedor de certificación de CFDI autorizado (PAC) para su validación, asignación de folio fiscal e incorporación del Sello Digital del SAT (mejor conocido como timbre). En este grupo de validaciones se verifica que el CFDI contenga dicho timbre, que esté bien formado y que haya sido emitido por una entidad autorizada por el SAT. Cuando este proceso arroja un resultado positivo nos indica que el CFDI ha sido generado por medio de un PAC autorizado.

Los CFD/CFDI cuentan con una firma digital (sello) que funge como mecanismo de seguridad para evitar que su contenido sea alterado después de su emisión. La comprobación del sello se realiza mediante la aplicación de complejos algoritmos criptográficos (MD5 o SHA1, dependiendo de la fecha de emisión) que verifican que el contenido del comprobante coincida con su respectivo sello digital. El éxito de este grupo de validaciones nos indica que el CFD/CFDI no ha sido alterado después de su emisión.

! Serie y Folio !

! Certificado !

Todos los CFD (es decir, los comprobantes de la versión 2.0 y 2.2) tienen asignado un número de folio (y opcionalmente, una serie) que los identifica de forma única ante el resto de los comprobantes. Los rangos de series y folios electrónicos autorizados se encuentran en listados públicos del SAT, junto con su año y número de aprobación. En este proceso se verifica que el CFD analizado utilice series/folios autorizados y que concuerden con el año y número de aprobación para el rango al cual pertenecen.

El sello digital de los CFD/CFDI es generado a partir de un certificado de sello digital (también conocido como CSD) que el SAT otorga al emisor del comprobante. Los servicios de validación deben verificar que el certificado esté autorizado por el SAT, que corresponda con el RFC del emisor y que la fecha de expedición del CFD analizado se encuentre dentro del periodo de validez

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del certificado. Cuando esta validación es exitosa, podemos estar seguros que el emisor del comprobante está autorizado por el SAT para emitir CFD/CFDI.

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Complementos

Reglamentación 2012

Un Comprobante Fiscal Digital puede incluir información adicional en secciones especiales llamadas “Complementos”.

A partir de enero del 2012 la estructura de los Comprobantes Fiscales Digitales cambió para adaptarse a la nueva reglamentación. Los servicios de validación deberán ser capaces de detectar estos cambios y validarlos correctamente. Algunos de los aspectos que se verifican en esta categoría son: régimen Fiscal, método de pago, cuenta de pago, unidad (para los conceptos), lugar de expedición, manejo de parcialidades, contenido básico.

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Los servicios de validación deben verificar que se cumpla con el formato y estructura de los complementos autorizados por el SAT: detallista, divisas, estado de cuenta bancario, donatarias, estado de cuenta de combustibles, instituciones educativas privadas, otros derechos e impuestos, prestador de servicios de generación de CFD, prestador de servicios de generación de CFD del sistema de producto, emisión de facturas electrónicas por cuenta y orden de terceros, leyendas fiscales ala facturación electrónica, personas físicas integrantes de coordinados, turista pasajero extranjero, venta de vehículos

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Aún cuando no es estrictamente requerido, los servicios de validación mas completos verifican que los importes, sub totales y totales del CFD/CFDI cumplan con, al menos, las siguientes reglas aritméticas:

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Importe = Valor Unitario x Cantidad (para cada concepto)

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Sub total = Sumatoria de los importes de todos los conceptos

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Total= Sub total – Descuentos + Impuestos Trasladados – Impuestos Retenidos.

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Contabilidad Electrónica ¿Simplificación administrativa?

Por:

C.P Laura Díaz Aguayo

El pasado 08 de septiembre 2013, el Ejecutivo Federal presentó ante la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el paquete económico para el ejercicio fiscal 2014, el cual, entre otras cuestiones, contenía el proyecto de reforma fiscal para dicho año.

Bajo ese contexto, la implementación de un sistema electrónico de contabilidad que provea de información financiera de los causantes de impuestos a la autoridad hacendaria, no conllevaría a un impacto recaudatorio, sino que tendría como objetivo: 1) facilitar y simplificar los procedimientos de fiscalización; 2) dotar de certeza jurídica al contribuyente; 3) emplear los adelantos tecnológicos para una mejor comunicación entre el contribuyente y la autoridad fiscal; y, 4) brindar de herramientas y mecanismos que procuren la eficiencia en el control y fiscalización.

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Dicho proyecto de reforma fiscal, contempló importantes modificaciones a diversos ordenamientos del Código Fiscal de la Federación (C.F.F.) destancando, entre otras, la inclusión de un nuevo sistema de contabilidad a través de medios electrónicos y la creación de un mecanismo electrónico estandarizado para la entrega de información contable a la autoridad fiscal, el cual, según el discurso del Ejecutivo Federal, simplificaría y facilitaría el cumplimiento de obligaciones fiscales para el 66% de los contribuyentes.

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Así pues, bajo ese argumento, se aprobaron las reformas a las fracciones III y IV del artículo 28 del C.F.F., a través de las cuales, se incorporaron dos nuevas obligaciones fiscales para los contribuyentes; la primera de ellas, la de llevar sus registros o asientos contables en medios electrónicos, y la segunda, la de enviar de forma mensual la contabilidad al SAT a través de su página de internet, delegándose en este último punto, una facultad al SAT que es materialmente legislativa: la de definir qué información contable y cómo deberán enviársela los contribuyentes.

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Aunado a lo anterior, en la exposición de motivos que sustentó la iniciativa de reforma, se resaltó que en la actualidad, el cumplimiento de las obligaciones fiscales representa para los contribuyentes cargas administrativas y tiempos de ejecución elevados; siendo el caso que en México, los pagadores de impuestos para preparar, presentar, y pagar sus impuestos, tardan casi el doble de tiempo que otros países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).

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Adicionalmente, el pasado mes de abril, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (D.O.F.), el Reglamento del Código Fiscal de la Federación (R.C.F.F.), el cual prevé en su artículo 33, cuáles documentos e información integran la contabilidad para efectos fiscales; incluyendo además, 18 nuevos requisitos para el registro y control de la contabilidad, destancando entre estos, la reducción del plazo para contabilizar de dos meses a cinco días siguientes a la realización de las transacciones económicas que den origen a los registros contables.

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De acuerdo con el estudio Doing Business, realizado por el Banco Mundial; los contribuyentes Mexicanos, destinan anualmente 337 horas para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, cuando el promedio mundial es de 176 horas, esto es, un 48% menos de tiempo.

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Sumado a lo anterior, el artículo 34 del R.C.F.F., establece como nueva obligación la de conservar y almacenar la información electrónica conforme a la Norma Oficial Mexicana NOM-151-SCFI-2002, Prácticas comerciales – requisitos que deben de observarse para la conservación de mensajes de datos, norma que a su vez contiene otra serie de innumerables requisitos que se deben de cumplir y, por si ello fuera poco, la referida norma oficial, expresamente obliga a la conservación de la información electrónica por un periodo de diez años, cuestión que es contraria al plazo establecido en el artículo 30 del Código Fiscal de la Federación, el cual es de cinco años.

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Más aún, el pasado 04 de julio 2014, se publicó en el D.O.F., la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014 (R.M.), en donde a través de las reglas I.2.8.6, I.2.8.7, I. 2.8.8 y el artículo décimo tercero transitorio, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), detalla los lineamientos bajo los cuales los contribuyentes deben de preparar la información contable para su envío a la autoridad.

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Se establece que los contribuyentes deberán llevar su contabilidad a través de sistemas informáticos que tengan la capacidad de generar archivos en formato XML (Extensible Markup Lenguaje) que contengan los siguientes tres elementos: 1) Catálogo de cuentas utilizado en el periodo de informe; 2) Balanza de comprobación que muestre los saldos iniciales, movimientos efectuados en el periodo y saldos finales de todas las cuentas que integran los estados financieros; y, 3) Información detallada de las pólizas o registros contables.

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Con lo que respecta al catálogo de cuentas, los contribuyentes deberán enviarlo por una sola ocasión, en el mes de octubre del presente año, y posteriormente cada vez que éste sea modificado.

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! Para esto, previamente los empresarios tendrán que armonizar y estructurar su información financiera conforme a un formato estándar del catálogo de cuentas de contabilidad electrónica que para tales efectos diseñó el SAT, el cual consta de 75 cuentas de mayor y 194 cuentas auxiliares. Siendo el caso que si un contribuyente actualmente utiliza un catálogo que contenga un mayor número de cuentas de mayor, dicho contribuyente deberá reducir y adaptar su catálogo de cuentas conforme al que se precisa en las reglas de carácter general anteriormente mencionadas en correlación con el Anexo 24, apartados A y B de la RM, publicado el 11 de julio 2014.


Evidentemente, al establecer como obligación la utilización de un formato estandarizado del catálogo de cuentas, la autoridad hacendaria está limitando al empresario a registrar su información, para efectos de poder informarle, en un catálogo de cuentas que definitivamente está diseñado para facilitar y agilizar el trabajo del fisco, mismo que no necesariamente se adapta a las características

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particulares de la actividad que desarrolla el empresario, o a sus necesidades de manejar su información financiera de tal manera que le facilite la toma de decisiones estratégicas para la dirección del negocio. Por tanto, para muchos empresarios esta obligación representará una carga administrativa adicional, pues cada mes el contribuyente tendrá que reclasificar su información financiera para efectos de estar informando a la autoridad sobre su contabilidad, esto sin considerar los costos que por el desarrollo de esta actividad se lleguen a generar.

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Tratándose de la balanza de comprobación, resulta importante destacar, que éste es el único elemento de la contabilidad por el que se tiene la obligación de realizar su envío mes a mes a la autoridad, a partir de octubre próximo.

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En cuanto a la información sobre los registros o pólizas contables, la obligación de envío se prevé únicamente para el caso de que la autoridad las requiera expresamente cuando se encuentre ejerciendo sus facultades de comprobación y sólo será aplicable a partir del ejercicio 2015; no obstante, a través de la fracción III de la regla I.2.8.6 RM y el apartado D del Anexo 24, se establecen una serie de requisitos que deben de reunir las pólizas contables electrónicas, para cuyos efectos, y sin duda alguna, todos los contribuyentes realizarán adaptaciones a sus sistemas informáticos, pues muchos de estos requisitos, actualmente no son incluidos en sus pólizas.

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! ! ! ! ! ! ! ! ! ! ! ! ! ! ! ! ! ! ! ! ! Por si lo anterior fuera poco, a todo esto debemos agregar que la plataforma tecnológica del SAT constantemente presenta deficiencias que impiden el cumplimiento oportuno de las obligaciones fiscales, lo que también le genera contratiempos al contribuyente.

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De todo lo anteriormente expuesto, se puede d e du c ir que para la autoridad fiscal , l a implementación de la contabilidad electrónica y todo lo que ésta conlleva, representa un importante avance en la simplificación de sus procesos de revisión, mas no así, para los contribuyentes para quienes el cumplimiento de las nuevas disposiciones traerá consigo fuertes cargas administrativas y económicas.

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En primera instancia porque los empresarios tienen la obligación de reestructurar su información contable, actividad a la tendrán que destinarle tiempo extra; además, invertirán recursos económicos en la adquisición o adaptación de sus sistemas de contabilidad, así como también para contratar la asesoría de especialistas en sistemas y tecnologías de información que los asistan en la re configuración de sus registros contables.

! ! ! ! ! ! ! ! ! ! ! ! ! ! ! ! ! ! ! ! ! ! Esto sin contar, que para efectos del procesamiento y envío de datos, el contribuyente deberá contar con una conexión de internet de banda ancha o alta velocidad. Por si lo anterior fuera poco, a todo esto debemos agregar que la plataforma tecnológica del SAT constantemente presenta deficiencias que impiden el cumplimiento oportuno de las obligaciones fiscales, lo que también le genera contratiempos al contribuyente.

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En conclusión, la contabilidad electrónica para los contribuyentes, no representa un mecanismo que le facilite y simplifique el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, así como tampoco le brida certeza jurídica ni le procura mayores niveles de eficiencia. Esto, ya que las horas invertidas en la preparación, presentación y pago de impuestos seguramente se verán incrementadas y no reducidos como inicialmente era parte de los objetivos del legislador. Por su parte, para la autoridad hacendaria, definitivamente la contabilidad a través de medios electrónicos significará una herramienta tecnológica bastante útil para fiscalizar y controlar a los contribuyentes.

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Contabilidad Electronica ¿Está tu empresa preparada? Por:

L.I Ma. Guadalupe Monjaraz López

Los sistemas actuales cada vez mas sofisticados y complejos, tienen mayores requerimientos de memoria física, espacio de almacenamiento, y capacidad de procesamiento, por lo que nos exigen para su buen funcionamiento equipos con mayor capacidad

Sistema Distribuido Un sistema distribuido se define como una colección de computadoras separadas físicamente y conectadas entre sí por una red de comunicaciones. Es necesario contar con una red en óptimo estado y que cumpla con los estándares básicos de certificación

70%

de los problemas relacionados con el mal funcionamiento de los sistemas se debe a redes en mal estado.

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Como me preparo


FACTURA ELECTRONICA Una factura electrónica será aquella que se emita por un medio electrónico y cumpla con todas las característica legales para su utilización, por parte de las empresas, su característica primordial es: Estará en formato XML, con una representación impresa en PDF. Será entregada por Internet o en una unidad Física como CD o USB. Sustituyendo de forma legal a la factura en Papel.

desde 2010 El papel debió haber sido sustituido por unidades ópticas de almacenaje. Necesita contar con un

XML, Lenguaje de marcas extensible. Permite la compatibilidad entre sistemas para compartir la información de una manera segura, fiable y fácil.

servidor que tenga capacidad suficiente para almacenar grandes

El PDF es sólo la representación impresa. Ante el SAT deberá presentar los XML que constituyen la factura. Será obligatorio el almacenamiento de los mismos.

cantidades de archivos así como sus unidades y sistemas de respaldo que prevengan la perdida de

Se necesita, un sistema seguro y robusto capaz de

software

generar archivos XML con la estructura que la ley marca. En caso de que mi sistema contable este hecho

información.

a medida, se requerirá que el departamento de sistemas programe los módulos necesarios para cumplir con esta obligación.

3 claves para c.e ! !

1 2 3

tips para evitar contratiempos

Relacionar el catalogo de cuentas con los dígitos agrupadores del SAT.

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Relacionar los folios del CFDI a mis pólizas contables. Se debe generar un XML por cada póliza. Envío mensual de la balanza de comprobación. Mes con mes se deberá generar un archivo XML

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Para iniciar debemos comenzar con la recopilación de todos mis CFDI tanto emitidos como recibidos. Validar cada uno de mis CFDI recibidos ya que podría darse el caso de que sean falsos o que no cumplan con los requisitos que la ley marca. (ver reglas de validación) Adquirir el software que mas se ajuste a mis necesidades y que este preparado para los nuevos requerimientos Comenzar a relacionar cada una de las pólizas del mes de julio y posteriores. El software Pirata ya no podrá funcionar.


Cultura

Dulce tradición Por:

Lic. Andrea Balcázar

Seis meses exactos son los que viví en España. Durante este tiempo tuve la oportunidad de recorrer algunos países del continente europeo, una maravilla para alguien que como yo, disfruta no sólo conocer los lugares turísticos sino que desea adentrarse a la realidad de tan diferentes (en ocasiones no tanto) culturas que existen del otro lado del mundo.

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Este tiempo fuera de mi México me transformó de forma integral, estar lejos de tu casa y de tu gente te hace valorar y reconocer tu cultura.

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Recuerdo con alegría cada vez que a mis amigos latinos, italianos, españoles, griegos, alemanes, brasileños, etc. preguntaban por nuestras costumbres, nuestra comida, nuestras playas, nuestras fiestas.

Borrachitos Dulce típico del estado de Puebla, hecho a base de harina, saborizante de frutas, con relleno cremoso y bañados de azúcar. Llevan este nombre porque para su preparación se utiliza licor.

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Todos, sin excepción, quedaron fascinados con el guacamole (hecho con pimiento hindú), las enfrijoladas (hechas con alubias y bañadas con nata en lugar de crema), las chilaquiles (con salsa Tabasco), las quesadillas (de tortilla de harina y un queso extraño) o el tequila de dudosa calidad (costaba 5euros) que a veces servíamos en las fiestas.

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Ante su gusto por platillos tan sencillos y tan regionalizados al mediterráneo, “las mexicanas” ,como nos llamaban, sólo podíamos contestar — Si te gusta esto, espera a que vayas a México, ahí sí sabrás lo que es la verdadera comida mexicana—.

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Por supuesto todos prometieron venir algún día. Mientras eso sucede y como sé que disfrutan nuestra infinitamente rica cultura, (además de que algún día coqueteé con el chico más guapo gracias a una oblea con cajeta) aquí les dejo (virtualmente) una probadita de algunos de los dulces que a diario degustamos.

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Obleas Láminas circulares hechas de harina de trigo. Pueden comerse solas o rellenas, ya sea de cajeta (dulce de leche) o miel con semillas de calabaza. La originales son blancas, pero las hay de múltiples colores.


Jamoncillo

Alfeñiques

Proveniente del norte de México, pero consumido en todo el país. Hecho a base de leche y azúcar. Algunos son elaborados con nueces y suelen ser color café.

Palanqueta Dulce de origen prehispánico. Barras de semillas tostadas, generalmente de cacahuate, ajonjolí, nueces o semilla de calabaza. Están cubiertas con miel de piloncillo. Su nombre viene del nahuatl y quiere decir “felicidad”.

Dulces que combinan la tradición española con las tradiciones indígenas del México prehispánico. Son típicos de la celebración de Día de Muertos. Pueden ser duros o blandos. Generalmente en forma de calavera o frutas. Están hechos a base de azúcar fina y limón, aunque hay tantas variantes como estados que los producen.

Alegrías Dulce fabricado con semillas de amaranto y miel. Su origen es prehispánico y formaba parte importante de la dieta indígena; El cultivo del Amaranto fue prohibido por Cortés durante la conquista española, pues esta semilla era din tributo para los Dioses.

Rompope Licor hecho a base de huevo, vainilla, leche, canela y azúcar. Originario del estado de Puebla, se dice que la receta de esta bebida nació en los conventos durante el virreinato.

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Criminología

INVESTIGACIÓN EXITOSA Policía: primer eslabón Por:

Ing. José Antonio Martínez Vera.

El policía de cualquier corporación que tenga noticia de un lugar de hechos relacionado con un probable delito, deberá acudir de inmediato y está obligado a preservar el lugar de los hechos, para lo cual requiere conocimientos y técnicas de investigación que le ayuden a desarrollar su trabajo de manera profesional y con lo requerido por los lineamientos del Nuevo Modelo Procesal Penal del Estado de Guanajuato.


L

os fundamentos legales para la actuación del policía en el lugar de los hechos, se encuentran en:

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Artículo 21 Constitucional, reformado en el año 2008, que dice que la investigación de los delitos está a cargo del Ministerio Público y a las Policías que estará bajo la conducción y mando del Ministerio Público.

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Artículo 46 de la Ley de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato, señala en su fracción XIII, que una de las obligaciones de los integrantes de las Instituciones de Seguridad Pública será: preservar las pruebas e indicios de probables hechos delictivos para que no pierdan su calidad probatoria.

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Artículo 56 de la Ley de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato, menciona en su fracción XIII, que las policías facultadas para el procesamiento del lugar de los hechos deben fijar, señalar, levantar, embalar y entregar la evidencia física al Ministerio Público. Las reformas a los artículos referidos y otros más que se encuentran en la Ley de Proceso Penal para el Estado de Guanajuato en base al Nuevo Modelo Procesal Penal (Juicios Orales), trae consigo la obligación del policía, no únicamente a preservar el lugar de los hechos sino también de procesar los indicios, fijar, señalar, levantar, embalar y entregar, labor que era exclusiva de los peritos criminalistas de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Guanajuato.

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Es importante que el policía realice su labor en el lugar de los hechos de manera adecuada, respetando en todo momento la cadena de custodia, porque puede ser llamado a la etapa final del proceso penal, que son las audiencias orales, donde será presentado como testigo de acreditación y se le harán preguntas sobre su actuación en la etapa de investigación en un interrogatorio y contra-interrogatorio, para lo cual también debe estar preparado.

El éxito o fracaso de lograr que el delito no quede impune depende mucho del manejo del lugar de los hechos, de que no quede duda que el lugar de los hechos fue preservado correctamente y que los indicios fueron procesados siguiendo la “Cadena de Custodia”.

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El policía debe seguir actuando de acuerdo a sus principios de: legalidad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los Derechos Humanos, lo que requiere es conocer nuevas técnicas de investigación en el lugar de los hechos para no tratar de corregir errores, ya que el Nuevo Modelo Procesal Penal, no lo permite, una mala preservación del lugar de los hechos, lleva al fracaso de la investigación por ser la primera etapa y la más importante, es donde se encuentran los indicios que serán estudiados posteriormente por peritos en la materia, para lograr conocer la verdad histórica de los hechos.

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De lo anterior podemos decir que el policía necesita conocimientos básicos de la Criminalística, que es la ciencia que aplica conocimientos, métodos y técnicas de investigación en el examen de indicios relacionados con un probable hecho delictuoso, con el fin de determinar en auxilio de los encargados de administrar justicia su existencia o no y señalar la intervención de uno o varios sujetos, al que cometió el delito.

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Es fácil comprender los cuatro principios básicos de la Criminalística, los cuales explicaré de forma breve:

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Principio de intercambio: En toda actividad, siempre hay un intercambio de material entre el autor, el entorno y la víctima. En el lugar de los hechos podemos encontrar huellas o cabellos del victimario, en las uñas de la víctima podemos encontrar piel del agresor, en el victimario podemos encontrar manchas de sangre de la víctima.

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Principio

de

correspondencia: La

correspondencia de los detalles significativos en los efectos producidos, se puede deducir que proceden del mismo origen; podemos determinar que un proyectil de arma de fuego fue disparado por determinada arma, en el caso de Genética con el estudio del ADN, podemos determinar que una mancha de sangre es de determinada persona, cabe mencionar que la prueba de Genética ha ayudado a esclarecer muchos casos, que anteriormente no se resolvían. Principio de Reconstrucción de Hechos: Se puede establecer la dinámica de ¿Cómo sucedieron los hechos? Le corresponde al perito criminalista y no al policía.

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Principio de probabilidad y certeza: Establece de acuerdo al número determinado de características, la probabilidad o certeza en la determinación de la dinámica de un hecho. Le corresponde al perito criminalista y no al policía.

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El primer policía que llegue al lugar de los hechos debe:

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Asegurar el área, antes de cualquier intervención debe cerciorarse que el lugar sea seguro, es decir que no exista peligro, que el delincuente no se encuentre en el lugar, alguna fuga de gas, posibilidad de que reinicie el incendio, por mencionar algunas, recordando que la vida de las personas es lo primero que se debe observar, para lo cual debe auxiliar a lesionados.

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Identificar a toda persona en el lugar de los hechos.

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Determinar el tipo de delito y el foco del mismo, en otras palabras de que se trata: Un homicidio con arma de fuego, un homicidio con arma blanca, suicidio, atropello, robo, etc.

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Acordonar el área, para lo cual debe identificar si se trata de lugar abierto o cerrado.

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Espacio Cerrado

Espacio Abierto Espacio que no cuenta con barreras fijas y se encuentra a cielo abierto, debe acordonar con cinta, con cordón humano, con conos o auxiliándose de los vehículos, la regla es que nadie ajeno a la investigación debe estar dentro del lugar y el acordonamiento se debe realizar a 50 metros más de lo que aparenten estar los indicios.

Espacio que está delimitado por barreras físicas que no pueden mover con facilidad, casa habitación, cuartos de hotel, oficinas, escuelas, entre otros, se debe desalojar el lugar, asegurar los accesos, evitar el ingreso a personas ajenas a la investigación.

Al momento de procesar el lugar de los hechos, únicamente en los casos que el Ministerio Público lo solicite, el policía deberá proteger sus manos con guantes, realizar una búsqueda de indicios, mediante una de las técnicas establecidas, por franjas, cuadrantes, espiral, radial, en parrilla, entre otras, debe señalar una ruta de acceso, lugar por donde se puede caminar sin contaminar los indicios, una vez encontrados los indicios debe señalarlos, enumerándolos, realizar la fijación, mediante fotografías, croquis y descriptiva, posteriormente procederá a levantar, embalar, etiquetar y entregar dichos indicios al Ministerio Público.

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Como podemos observar la preservación del lugar de los hechos no requiere de técnicas complicadas o de conocimientos complejos la protección es sencilla pero requiere de alta responsabilidad, ya que de la misma depende el fracaso o éxito de la investigación, para la protección del lugar el policía requiere como equipo: Cinta de acordonamiento, conos, cinta métrica y cámara fotográfica, para el procesamiento de los indicios se requiere de un equipo especial, de acuerdo a la naturaleza del indicio. - 18 -


Al examinar el lugar de los hechos podemos encontrar diferentes tipos de indicios, por mencionar algunos: Cadáveres, vehículos, proyectiles, casquillos, armas de fuego, armas blancas, cabellos, huellas dactilares, huellas de pisada, huellas de rodado, manchas de sangre, manchas de saliva, manchas de semen, objetos contundentes, etc., cada uno de ellos requiere de una técnica especial para su fijación, levantamiento, embalaje y traslado, para este caso el policía deberá informar al Ministerio Público si desconoce la técnica o no cuenta con el equipo adecuado y por consiguiente esperar que un experto sea quien levante y embale el indicio.

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Además de realizar la protección del lugar de los hechos y en el caso del procesamiento de los indicios el policía requiere de llenar formatos de “Preservación del Lugar de los Hechos” y de “Cadena de Custodia”, que serán diseñados por el Ministerio Público.

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Hemos hablado de la “Cadena de Custodia”, para entender el concepto mencionaré el siguiente ejemplo:

! Así funciona la cadena de custodia, se requiere que el indicio que fue descubierto en el lugar de los hechos y protegido por el policía, sea el mismo que el indicio que se le muestra al juez en el juicio oral, así mismo que se encuentre en las mismas condiciones en las que fue encontrado.

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“No hay crimen perfecto sino malos investigadores”.

Al policía se le debe sensibilizar, porque en su afán de resolver el caso, modifica la escena, debe preservar el lugar de los hechos teniendo en cuenta lo siguiente:

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En el supuesto que usted quiera mandar un reloj de oro a un familiar que se encuentre en cualquier lugar del

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mundo, lo que usted desea es…

Primero: Que el reloj le sea entregado a su familiar, que no se pierda en el camino.

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Segundo: Que el reloj sea el mismo que usted mandó, es decir que no se lo cambien.

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Tercero: Que el reloj llegué en las mismas condiciones que se encontraba al mandarlo, que no llegué descompuesto o deteriorado.

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Cuarto: Que el reloj no sufra alteraciones, que no se le agregué o quité algo, que sea manchado o le falte alguna pieza.

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Quinto: Que el reloj llegue a tiempo. - 19 -

Proteger el lugar, cuidando que los indicios no sean movidos, alterados o que se pierdan.


El laberinto de la soledad Octavio Paz se adentra a la psicología del mexicano, buscando en sus orígenes para descifrar la causa de sus conductas y comportamientos como parte de una sociedad. (Año 1950)

L as B el d ata esie llas e rto n

Nuestros favoritos Septiembre

Cuenta la historia de un niño de clase media de la Ciudad de México en el año 1948. La historia es narrada en primera persona y nos permite ver el contexto social de los mexicanos en aquella época. (Año 1981)

Hidalgo La Directora de Orquesta, Alondra de la Parra, presenta un compilado de los clásicos mexicanos, interpretados por las figuras femeninas más importantes del momento. (Año 2010)

Travieso Carmesí Sandunga Dirigida por Antonia Serrano, nos muestra la historia de Hidalgo, el hombre y su participación en el inicio de la Guerra de Independencia en el 1810. Con un excelente guión y musicalización. (Año 2010)

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Primer álbum de la cantante mexicana Lila Downs. Con su característico estilo interpreta grandes de la música popular mexicana, tales como: Bésame Mucho, Sandunga, Naila, Sabor a mí, Perfume de Gardenias, entre otros. (Año 1999)


Miradas de MĂŠxico

Por:

Ana. M. Gulias


Por:

Ana. M. Gulias


Septiembre 2014


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