LEX INFORMA DÉCIMO SEGUNDA EDICIÓN

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CONTENIDO

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Debido proceso Mtra. Norma Martínez Sánchez

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Los fraudes financieros como delitos cibernéticos Dr. Manuel Alejandro Vázquez Flores

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Los retos para diseñar y tener ciudades seguras Dra. H.C. Mercedes Escudero Carmona

Director General René Castelán Olguín Secretaria General Norma Patricia Castelán Gómez Secretario Particular Leobardo Domínguez González Director de Relaciones Públicas Rosa Alicia Cruz Hernádez Directora de Diseño Editorial Rosa Alicia Cruz Hernádez

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Director de Producción Audiovisual Mario Misael Vargas Hernández Directora de Comunicación Selina Peña Salgado

La graduación de la culpabilidad y la dosificación de la pena Mtro. David Juárez Santa Fé

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Violencia de pareja Psic.Claudia Viazcan Lozano

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Noticias

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DIRECTORIO

Carta Editorial

Directora de Redacción Dominga Delgado López Recursos Humanos Jorge Zohar Velasco Grande Director de Publicidad Brayan Caballero Hernández Equipo De Apoyo Aline Caballero Hernández Lourdes Alejandra Guerrero Reyes Juan Pablo Hernández Urban Miguel Ángel Rojas Guerrero

LEX INFORMA, año 1, núm. 12, enero, 2021. Es una publicación quincenal editada por Corporativo Jurídico LEX, S.A. de C.V., Estado de México. Tel: 55 7996 8517. Editor responsable: Rosa Alicia Cruz Hernández, por el Instituto Nacional del Derecho de Autor. Impresa por Corporativo Jurídico LEX, Estado de México. Este número se terminó de imprimir el 15 de enero de 2021, con un tiraje de 10,000 ejemplares. Las opiniones expresadas por los autores no necesariamente reflejan la postura del editor de la publicación. Se autoriza la reproducción total o parcial del contenido aquí publicado sin fines de lucro, siempre y cuando se cite la fuente completa. Hecho en México, LEX INFORMA. Todos los derechos reservados © 2021. 2

Permiso en trámite.


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EDITORIAL

Van dos semanas de este 2021, y la incertidumbre económica, política, social y sanitaria están a la orden del día. Por un lado, continuamos con el tema de la contingencia ocasionada por el SARS COV 2 y la sepa que se ha ido desplazando a los diferentes puntos del mundo, a esto agregamos la inseguridad económica que aqueja a las familias mexicanas, el desempleo y la falta de oportunidades que también está golpeando con fuerza. Sin embargo, esperamos la llegada de la vacuna y la aplicación, esperando que la población confíe y permita su aplicación a fin de detener la propagación de este virus que está acabando con conocidos, amigos y familiares. Revista LEX INFORMA continúa con las entrevistas y conferencias, con la diferencia de usar las herramientas digitales para llevar los conocimientos a nuestros lectores y seguidores. Durante este año buscaremos dar respuesta a esos temas que siguen en la mesa de discusión y que siguen generando incertidumbre por los métodos adoptados a raíz de la situación colectiva que enfrentamos hoy en día. Si bien sabemos que la situación es complicada, no dejaremos de buscar respuestas, de contactar a expertos en las diferentes áreas y dar respuesta a las incógnitas que surgen en el ámbito laboral, social, cultural y, por supuesto, en materia de salud. Una vez más, reiterar el agradecimiento por seguir nuestro medio y llenarnos de mensajes y comentarios cuyo único fin es el de mejorar nuestra calidad como medio informativo. Nuestras redes se encuentran disponibles, al igual que nuestro correo electrónico, mismos que se han convertido en nuestro centro de operaciones, por ello, nuestro contenido seguirá siendo difundido por el espacio digital. Finalmente, agradecemos profundamente su preferencia y aceptación, esperando con firmeza superar esta funesta situación, nuestros mejores deseos para todos y recuerden que juntos saldremos adelante.

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Sinceramente, Lic. René Castelán Olguín.


• • DERECHO DERECHO PENAL PENAL • • DERECHO DERECHO LABORAL LABORAL • • DERECHO DERECHO CIVIL CIVIL • • DERECHO DERECHO MERCANTIL MERCANTIL • • DERECHO DERECHO FAMILIAR FAMILIAR • • AMPAROS AMPAROS Corporativo Jurídico LEX fundado en 2012 por abogados de amplia trayetoria en el sector público y privado. Actualmente nuestros litigantes cuentan con la óptima experiencia y el respaldo de sus socios decididos a cimentar una empresa de servicios legales con la finalidad de servir a las entidades públicas y privadas. Hoy en día, se encuentran en nuestra firma aplicando toda su experiencia a la estuctira operativa del despacho, buscando dar un valor agregado en todos los servicios y rebasando todas las expectativas hacia nuestos clientes.

DERECHO PENAL, LABORAL, CIVIL, MERCANTIL, FAMILIAR Y AMPAROS

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•Debido Proceso Mtra. Norma Martínez Sánchez Jueza de Tribunal de Enjuiciamiento del Estado de México El debido proceso protege a inocentes como culpables de arbitrariedades y abusos de las autoridades. Por ello, ante la situación que se vive dentro de los tribunales, el director y fundador de la Revista LEX INFORMA, el Lic. René Castelán Olguín recibió a la Mtra. Norma Martínez Sánchez a fin de ahondar en este importante tema que permea en el respeto a la dignidad humana. A palabras de la Maestra Norma, el debido proceso es ese conjunto de condiciones y requisitos que tienen una característica legal y procesal, para que, reunidas en un proceso, no se puedan afectar los derechos de un condenado de manera legal. Por otro lado, la Corte Interamericana de Derechos Humanos hace mención que es un derecho procesal apegado a las leyes con el cual se verificará que las leyes se apliquen de manera adecuada y respetando la dignidad humana. Además, el debido proceso debe ser entendido en cualquier tipo de proceso: penal, familiar, civil, mercantil, debe imperar en todos, no solamente en materia penal. Cuando hablamos del origen del Debido Proceso, debemos advertir que, el vocablo surge en Inglaterra 6 con el monarca tirano Juan

sin Tierra. Durante su reinado, si alguien no compaginaba con sus ideales, encarcelado sin ningún juicio. Es aquí cuando los barones ingleses le piden firmar un medio para tener un juicio para estas personas. Es retomado, también en Inglaterra por el monarca Eduardo III, quien firma un estatuto en el cual se inserta el vocablo de Debido Proceso, y se dice que, el juicio que se va a imponer a las personas debe ser resultado de un debido proceso. 6


Posteriormente, es recuperado por Estados Unidos; en la Quinta y Décimo Cuarta enmienda nos habla del debido proceso. Pero como tal, la llegada a Latinoamérica se encuentra en la Constitución de Cádiz, en su artículo 287 se contemplan y dice que ningún español podrá ser sentenciado si no se tiene, incluso, un mandamiento de un juez y que, debe ser por escrito. Este es el antecedente real del artículo 14 y 16 constitucional. El objetivo del Debido Proceso es verificar una correcta aplicación de la ley y, como bien lo refiere la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, debe tenerse en mente la dignidad humana. Por esta razón se habla de una tutela judicial efectiva, la cual debe aplicarse en todas las materias. En la Constitución mexicana, en el artículo 14 y 16 se encuentra el fundamento legal. Pero, a nivel internacional lo tenemos en la Declaración Universal de Derechos Humanos, en los artículos 9, 10 y 11. Por otro lado, también está en la Convención Americana, en el artículo 8; en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en el artículo 9, 10, 11 y 14, el cual se da como innovación, el derecho a una indemnización por un error judicial. Es una novedad que se incluye y que permite en todo caso al gobernado reclamar al Estado cuando fue afectado en sus derechos por un error judicial. Nuestra Constitución lo prevé en el 14 y 16 constitucional, sin embargo, lo tenemos plasmado en el artículo 17, 20 y en el 21. El debido proceso contiene ciertas garantías. Las formalidades esenciales del proceso se clasifican en: las relativas al proceso, las relativas al procesado y las relativas a la defensa. Por citar a las relacionadas con el proceso, se habla de un juicio previo, es decir, implica que sea una autoridad, previamente establecida y competente, quien dé un juicio público, dé un plazo razonable, dé una administración de justicia pronta. Todo ello, implica que se dé la actividad procesal y que no dependerá del que inicia, del que pone en marcha la actividad procesal. Si hablamos de un juicio en materia penal, no bastará que el ofendido vaya y haga su querella y denuncia, sino que tiene que darse una actividad por parte del Ministerio Público. Si ya se está frente a un juez de Control, un juez de intermedia o de juicio,

El Lic. René Castelán Olguín y la Mtra. Norma Martínez Sánchez.

como tal, no bastará que el agente del Ministerio Público presente su acusación. En este caso, es el juzgador quién, transcurridos los plazos, tiene que hacer requerimientos a las partes para activar este juicio porque se tienen los términos judiciales que, en este caso, nuestra Constitución establece, y que no deben durar más de cuatro meses, si la pena es menor de dos años o hasta un año, si la pena excediera de dos años de prisión. En lo que respecta a relativos a las garantías del procesado, es el derecho a la defensa, el que tenga la presunción de inocencia, que está convenida en nuestra Carta Magna y que, especifica que nadie puede ser tratado como culpable hasta que no sea dictada una sentencia. También, tiene derecho a ofertar pruebas, a que se le faciliten los medios para que pueda hacer su ofrecimiento de pruebas; y, propiamente, está el de guardar silencio, y que, si decide hacerlo, no se puede violar esa garantía que tiene. El

debido

proceso

funciona

porque,

si

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realizamos algunas de las formalidades, al emitir una sentencia debemos hacer una valoración jurídica. Si falta a alguno de esos requisitos del debido proceso, dependiendo de la clasificación, ya sean del proceso, del procesado o de la defensa, repercute en que no tengan una defensa técnica adecuada. Dependiendo cuál sea el que se violentó o faltó en el cumplimiento, será la consecuencia legal. Dentro de eso está también el derecho a una segunda instancia, es ahí, donde si se faltó a la formalidad de una defensa técnica adecuada la consecuencia va a ser que se pedirá una reposición para iniciar nuevamente el desahogo de pruebas con una defensa técnica adecuada. Cómo referí, el Debido Proceso está consagrado desde el marco legal a nivel internacional y deviene de que, debe respetarse la dignidad humana y dentro de ello está el que tenga todos esos derechos con los cuales mínimamente la persona podría defenderse en el proceso legal. Cuando se habla de la presunción de inocencia, podemos decir que 8 un mal entendimiento

del principio de presunción de inocencia, pero, podemos asegurar que sí es respetado, e incluso, se pide que la persona no sea expuesta a los medios de comunicación para proteger esa presunción de inocencia. Generalmente, en redes sociales se comparten las fotos con los ojos cubiertos de la Fiscalía y se llama a la población a que si fueron objeto de algún acto ilícito por esa persona comparezcan a denunciar. Es algo que es muy criticado por los ciudadanos, cuestionan el por qué no los destapan, pero es parte de la presunción de inocencia y que incluso se les agrega la leyenda de “esta persona se considera inocente hasta que no se tenga una sentencia en su contra”. Finalmente, la Mtra. Norma Martínez Sánchez agradeció las atenciones prestadas durante la entrevista y envió una invitación al público a continuar informándose y a participar activamente, a fin de hacer valer los derechos de los involucrados en un proceso.


z Los Fraudes financieros como Delitos Cibernéticos Dr. Manuel Alejandro Vázquez Flores

Catedrático de la Facultad de Derecho de la UNAM de la Asignatura Derecho Bancario y Bursátil En la actualidad, con el avance de las tecnologías y la situación actual de la contingencia sanitaria, se ha incrementado el uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación para las actividades cotidianas, por ello, la necesidad de cuidar la información personal se ha vuelto imperante, pues podemos ser victimas de delitos cibernéticos, por esta razón, el Lic. René Castelán Olguín, Director y Fundador de la Revista LEX INFORMA, charló con el Dr. Manuel Alejandro Vázquez Flores sobre fraudes financieros como delitos cibernéticos. ¿Qué relación tiene el Derecho Penal con los Delitos Cibernéticos? Los delitos son los actos u omisiones sancionadas por el Código Penal y de ahí deriva el término de Derecho Financiero Penal que tiene que ver con el Derecho Penal especializado. Hoy en día, hay una legislación que se encarga de los delitos cibernéticos, donde hay leyes como la Ley de Instituciones de Crédito, la Fintech (Ley para regular a las Instituciones de Tecnología Financiera) a la cual nos estamos adecuando por la gama de productos financieros que tienen estás tecnologías y en este caso poner énfasis en las criptomonedas con leyes específicas. Por otro lado, mencionar la Ley de Ahorro y Crédito Popular, la Ley General de Organizaciones de Actividades Auxiliares del Crédito, la Ley del Mercado de Valores, la Ley para Regular las Actividades Financieras, etc. Quiero destacar tres: la Fintech, la Ley de Instituciones de Crédito y la Ley para Regular las Instituciones Financieras, esto debido a que se trata de grupos financieros que admiten estas tecnologías dentro de su estructura orgánica y que de aquí deriva el término de Derecho Financiero Penal, con ese catálogo de delitos que integran estas leyes y legislaciones. También, en el artículo sexto del Código Penal establece que prevalece una Ley especial como las antes mencionadas, en Tratados Internacionales que son de materia financiera, que están por encima del Código Penal Federal e incluso locales. Lo que prevalece, son los delitos especiales y sobre todo las sanciones son severas, se llegan a equiparar al lavado de dinero. En esta época de pandemia, para los delincuentes cibernéticos ha sido una oportunidad, porque todo se está realizando de manera digital. En este tema de los delitos cibernéticos, de la delincuencia financiera, tienen mucho que ver las

llamadas criptomonedas. ¿Nos puede decir a qué se les llama así, y qué relación tiene con lo que conocemos como bitcoins? El tema del bitcoin empieza con Satoshi Nakamoto, quien creó estos activos virtuales, que es la más famosa y que actualmente, tiene más valor que el dólar. Cabe señalar que un bitcoin está dividido en 100 millones de satoshis, entonces, de ahí surge una gama de criptomonedas, pero esto se basa en la criptografía, la cuál es una técnica para almacenar información a través de códigos. Por lo tanto, es una información que se encuentra encriptada. Entonces, todo esto es lo que conforma a los activos virtuales y este es el término legal de las criptomonedas, que no dejan de ser divisas electrónicas. También existen las casas de cambio virtual (exchange), que no tienen una protección del gobierno. La mayoría de este tipo de plataformas están fuera del mandato legal, están divididas en dos: las primeras son las centralizadas, las cuales tienen cierta protección y vigilancia por parte de Secretaria de Hacienda y por

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la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, pero son pocas; el otro tipo, son las descentralizadas, es decir, son de otros países y están totalmente fuera del alcance del gobierno, porque son plataformas pertenecen a una jurisdicción distinta.

criptomoneda. Y ese es el principal problema.

La asociación de la Fintech es precisamente Bitso México, que es la más confiable e incluso emite CFDI para efectos de evitar el lavado de dinero.

Las sanciones son severas, de acuerdo a la Ley Fintech, en su capítulo de delitos hay dos tipos penales conforme a las instalaciones de tecnología financiera y en este caso con las llamadas exchange virtuales. Por un lado, es para quien haga mal uso contra el cliente, que las utilice la misma institución, hay una sanción para los delincuentes financieros que llegan a hackear plataformas. Si llegará a pasar con una institución de tecnología financiera, que esté reconocida por el gobierno federal, hay sanciones por el mal uso con penas que van de 3 a 9 años de prisión con una multa de 5 mil 150 mil UMA (Unidad de Medida y Actualización) convertidas a pesos, este es el primer tipo.

Por otro lado, la misma Interpol ha dicho que se ha convertido en un problema el tema de las criptomonedas con lo que es el blanqueo de capitales, porque efectivamente con estas plataformas que no tienen ninguna protección por parte del gobierno federal, no hay legislación que proteja de las plataformas descentralizadas, y se presta al lavado de dinero, operaciones con recursos de procedencia ilícita y ahí está el problema de las exchange, que son de otros países, como China, India, Dubai, Estados Unidos, las cuales no nos van a responder. La llegada de estas criptomonedas, ¿qué implicaciones tienen en el campo del llamado Derecho Financiero Penal? Implican la comisión de muchos delitos, lo que se conoce también como criptolavado, el cual es uno de los problemas más graves dentro de lo que se llama el financiamiento al terrorismo, que también tiene que ver con estos activos virtuales, hay defraudación fiscal, que en este sentido hay un artículo del Código Fiscal de la Federación que manifiesta dos tipos penales, uno de ellos va de la mano con operaciones con recursos de procedencia ilícita que, presupone una defraudación fiscal cuando no se reportan ingresos o bienes que provengan del lavado de dinero. Estás criptomonedas a su vez, se ha vuelto un modo de pago, son fondos electrónicos y también tienen que ver el tema de la transferencia de fondos, de capitales, pero todo por la vía electrónica y a espaldas del gobierno federal. La defraudación fiscal y el lavado de dinero son los que principalmente se encuentran el campo del Derecho Financiero Penal y como delitos cibernéticos. ¿Qué obligaciones tienen las denominadas Instituciones de Tecnología Financiera que operan con criptomonedas? Estas entidades financieras están solapadas por Banxico, así como por la misma Secretaria de Hacienda y Crédito Público, en este caso y de acuerdo a la Ley Fintech, está permitido operar con ellas, pero hasta allí llega esa labor, permitir sus disposiciones de carácter general y mediante estas disposiciones el uso de una 10

¿Cómo se sanciona el mal uso de las criptomonedas de los clientes de las Instituciones de Tecnología Financiera?

Tenemos otro más severo en el sentido del personal que realiza estas conductas de utilizar indebidamente, de transferir, pero que se trate de accionistas, socios, consejeros, empleados, directivos y proveedores de estas instituciones y también terceros a los que se de acceso al uso de las plataformas donde hay penalidades que van de los 6 a los 18 años de prisión y la multa es de las 10 mil a las 300 mil UMA. El Diario Oficial de la Federación hasta la fecha señala que cada una de estas UMA tienen un valor diario, por ejemplo, el de enero de 2020 que estaba en 86 pesos. Para crear conciencia en la sociedad, ¿puede decirnos cómo se comete un delito cibernético? Es sencillo, se requiere de tener ciertos dotes de hacker, pero también hay software que roba información, además, el equipamiento que es mínimo y pueden desde cualquier ubicación cometer cualquier tipo de delito, como el de usurpación de identidad, robo de identidad, robo de información, robo de contraseñas, todo eso lo pueden hacer desde un centro comercial, por ejemplo. Es un tema que se le ha salido de las manos a la Procuración y Administración de Justicia, ha sido un problema para los Ministerios Públicos, para la propia policía de investigación porque en una hora puede cometer una infinidad de delitos. También hay que señalar que, el comercio electrónico es vulnerable: almacenan los datos de compra y el delincuente únicamente espera a que, con el software que utilizan para robar la información de la tarjeta con la cual se está comprando, se roban los 16 dígitos, las fechas de vencimiento, el código de seguridad y con ello hacen compras, vacían la tarjeta, entre otras actividades. ¿A qué se le conoce como usurpación de


identidad? Hablando del Código Penal de la Ciudad de México, es sancionada la suplantación de identidad, con la que se pueden adquirir créditos, y la víctima pasiva del delito no se va a dar cuenta hasta que no pase su tarjeta, cuando le empiezan a llegar citatorios de cobranza o llegan tarjetas que no han sido solicitadas. En esta situación hay que dar aviso al banco o institución financiera e interponer una queja, posteriormente, acudir al Ministerio Público y a la CONDUSEF y esperar. Son delitos federales, y hacer una denuncia de hechos sirve como una prueba, una vez teniendo respuesta de la Institución que desgraciadamente el 99.9% no va a proceder la reclamación. Con la pandemia se pueden realizar estas denuncias a través de su plataforma digital y esto va a llegar hasta lo judicial, ya sea que llegue a un Ministerio Público y de ahí a un Juzgado Penal o Civil. En un primer momento, se llama a una audiencia de conciliación para realizar un arreglo, al no llegar a ello, el usuario tiene el derecho a que se elabore un dictamen técnico en la audiencia de conciliación y hacer el uso de la voz, solicitar a la conciliadora y solicitar se realice el dictamen correspondiente a la queja o a lo que deriva. Con el dictamen técnico van a dar una resolución, van a dar la razón y al tratarse de un documento Público y al llevarlo al Tribunal de un Juzgado Civil va a servir de prueba de una documental pública, de las más importantes que se pueden aportar a un juzgado civil o penal, y también, como abogados, dar los argumentos que se hayan emitido en el dictamen para hacerlos valer ante el juzgador y, en ese mismo fundamento, basarse para hacer el juicio correspondiente, en donde, en la mayoría de los casos, se le va a condenar al banco aun cuando la Institución financiera no fuera responsable y que, incluso, puede proceder a un daño moral con el juez ordinario. También hay otra cuestión, hay un seguro para las tarjetas de crédito o débito, ese seguro se solicita dependiendo si es VISA o MasterCard, están obligados a asegurarnos, que es una medida adicional para el cliente y se defienda y que si llega a ser víctima de un delito financiero o cibernético pueda recuperar su dinero con la protección que tiene y la entidad financiera tenga la mayor protección. En los juzgados, en torno a la interpretación de lo que es una responsabilidad civil por daño moral, es una cuestión de interpretación y apreciación del juzgador a la hora de sentenciar porque no lo saben cuantificar, existe el problema, pero, afortunadamente, ha habido jurisprudencia al respecto para interpretar un daño

moral que va más allá del decoro a la persona y al daño no nada más psicológico sino patrimonial. Si bien es cierto que la institución bancaria no tiene la culpa, pero les niega el respaldo a sus clientes. ¿Qué rol es el que tiene la CONDUSEF en cuanto a las políticas de protección al usuario de servicios financieros? ¿Realmente son efectivas? Antes de la reforma financiera de Peña Nieto, la CONDUSEF tiene el antecedente en la Profeco, quien era la encargada de atender este tipo de temas y tenía un cúmulo de trabajo, además, tenía que resolver los problemas de los intermediarios financieros tanto bancarios como no bancarios, entonces, se piensa en la creación de esta institución, que es, incluso, como una procuraduría de protección al usuario de servicios financieros. Con la reforma ya se establece como una autoridad independiente que puede sancionar, emitir disposiciones, reglas y que, si no las acatan las instituciones, son sujetas a que la misma CONDUSEF las sancione. También, tenemos derecho como abogados a que nos asesore un conciliador, ya sea en cualquiera de las subdelegaciones regionales y tienen la obligación de orientarnos. En su portal digital también tienen un minisitio RECA para conocer la gama de servicios de aseguradoras, bancos, contratos, etc. Y aquí, el cliente, antes de firmar un contrato de determinada magnitud, puede conocer todas las cláusulas. Todas las instituciones se encuentran registradas en la CONDUSEF. Si es legal, debe estar en el sistema y, en un momento dado puede proporcionar un defensor de oficio, cubriendo los requisitos y viendo si es viable alguna denuncia donde se tenga que apoyar al usuario y asignar un defensor y que, por ese cúmulo de facultades lo comparo con Secretaría de Hacienda, porque es sancionador y también se pide atienda el tema de las quejas y educación financiera. Finalmente, me gustaría compartir mis datos para cualquier consulta y/o duda, el correo electrónico donde me pueden contactar es alejvaz@hotmail.com; en Facebook me encuentro como Manuel Alejandro Vázquez Flores; en Instagram como mvazquezflores y en Twitter como @alejvaz.

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A fin de conocer la relación entre medio urbano y seguridad pública como consecuencia de las situaciones socioculturales, económicas o políticas que tienen como finalidad disminuir o erradicar las vulnerabilidades que emplea la metodología CPTED, el Lic. René Castelán Olguín, Director y Fundador de la Revista LEX INFORMA, recibió a la Dra. H.C. Mercedes Escudero Carmona para ahondar en el tema y adentrarse en esta iniciativa. ¿Cómo se está midiendo el impacto de la presencia de violencias? En México hay diversas encuestas, pero desafortunadamente están desde la perspectiva de la victimización. Tenemos la ENSU (Encuesta Nacional sobre Seguridad Pública Urbana), pero, ha habido intentos interesantes como la ECOPRED, que también fue una encuesta para ver las cuestiones de cómo se dan las conductas en comunidades, ciudades y colonias. Sin embargo, se quedó en el 2014 y no ha habido una actualización más allá. Entonces, los impactos de las conductas violentas sólo se pueden contabilizar hasta que se da una conducta delictiva y es denunciada. Por lo tanto, existe una cifra negra enorme, por ejemplo, la violencia hacia la mujer, con su máxima expresión en el feminicidio. Es una cuestión de arraigo cultural. Las mujeres tienen ese miedo de denunciar. De la mano se encuentra la violencia familiar, números que se han incrementado durante el aislamiento social. ¿Cómo podemos medir el temor o miedo? Con intervenciones socio urbanas, que son las siglas CPTED Crime Prevention Through Environmental Design, (prevención del crimen mediante el diseño ambiental), una metodología que lleva más de 50 años y que tiene resultados avalados por la ONU, el Banco Mundial y el Banco Interamericano de Desarrollo. Estamos en una tercera generación que da inicio en el año 2019 y la metodología nace para medir el entorno de las colonias y barrios, que a su vez componen ciudades o comunidades, hasta en las rurales, a fin de ver cómo el entorno incide en las conductas de las personas. Precisamente, la ENSU, a través del pregunta si te sientes seguro en

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Los retos para diseñar y tener ciudades seguras Dra. H.C. Mercedes Escudero Carmona

Directora Regional para América Latina de la International CPTED Association (ICA) y Presidenta de CPTED México ICA Chapter


tu ciudad, donde varía entre un 20 y 70% dependiendo la ciudad y entidad donde reside la gente. Lo importante de esta metodología es preguntar a las personas que habitan ese territorio, para la mayoría de las políticas públicas hay que ir a territorio a evaluar factores de incidencia, el por qué la gente no sale a denunciar. Habrá territorios que tengan poca denuncia en cuestión de delito pero que son altamente violentas. Generalmente, las personas dicen “a mayor iluminación, mayor seguridad”, pero si esto fuera cierto en el día no habría delitos de ninguna índole. Por ejemplo, en ciudades donde hay mucho sol, los árboles que dan sombra son maravillosos, pero si las luminarias se ponen arriba de la copa de los árboles va a ser difícil caminar por ahí en la noche. En este contexto, los delitos de oportunidad se pueden dar. Entonces esta metodología ayuda a medir el temor. Creo que, como ciudadanos, nos corresponde ser más empáticos con nuestros vecinos, la peor de las violencias es la indiferencia y es la primera que debemos atacar. El miedo recae en lo que más me afecta y lo vemos desde la participación de las personas en las asociaciones, o bien, cuando se reúnen vecinos para tratar asuntos en común, todos creemos tener la razón e imponernos, y se tiene que llegar a consensos, pero, normalmente cuando se convoca, la gente no va y cuando se toma una decisión hay muchos en desacuerdo. También, existe el temor, que parte de la desilusión de la procuración de la justicia, en ese sentido, la gente cree que no hay un castigo real, entonces surge el temor de volver a ser víctima o que haya una venganza. Como vecinos conocemos cuáles son los factores de riesgo existentes, pero también si no hay la voluntad de parte de alguna de las familias, esto se va acrecentando y genera más conductas violentas. Por ello, la importancia de trabajar la mediación, la solución pacífica de conflictos y también, que debe haber voluntad, se deben de organizar, en mi experiencia con algunas intervenciones, si se logra hacer mediadores comunitarios de la misma colonia va a haber ciertas personas, sobre todo de familias que llegaron a fundar esas colonias que se toman como líderes, y a veces se puede avanzar más que el llegar a la mediación de carácter judicial o una demanda. “Ciudades con perspectiva de género”, ¿cómo diseñarlas? Existen colectivos nacionales e internacionales. El crecimiento de las ciudades ha sido androcéntrica, es decir, con una visión de uso y disfrute hacia la parte de los hombres, y aquí tenemos que hablar tanto de hombres como mujeres, es un rol social, siempre digo “bienvenidos al mundo de las personas”, no importa la preferencia sexual, es este derecho que tenemos las personas a la ciudad. Para las mujeres es diferente ese uso de la ciudad por las responsabilidades, desde el llevar al hijo a la escuela, de ir al mandado, a las oficinas, etc. De hecho, la ONU ha tenido un programa en busca de

la “Ciudad Mujer” y esto trata de acercar los servicios, es enfocado a la movilidad a que sea más rápido para las mujeres trasladarse de un lado a otro, para poder hacer sus actividades, o bien, que haya inmobiliario urbano o que el transporte público también esté acondicionado para las mujeres. Además, estudios de la ONU Hábitat señalan que, por porcentaje, las mujeres arquitectas contratadas para altos mandos de diseño y planeación urbana es de apenas un 10% o 15%, entonces estas estrategias se quedan estancadas porque la violencia está basada en el género y en el derecho a la ciudad. Las mujeres nos sentimos más vulnerables al caminar las calles solas y esto no quiere decir que no haya grupos minoritarios vulnerables que también se sientan agredidos y de ahí, la razón de que exista una Ley General de Acceso a una Vida Libre de Violencia, pero este derecho requiere la atención de estas necesidades derivadas de la experiencia de las mujeres. ¿Hacia dónde encaminar las acciones para tener colonias, barrios y ciudades seguras con intervenciones sustentables? La parte de sustentabilidad tiene que ver con las intervenciones, porque programas y políticas públicas hay muchas, pero, desafortunadamente, cuando hay cambios en el gobierno se tiene que dejar, entonces, cuando hay acciones que ayudan y tienen buenos resultados, en un principio hay que preguntar a la hora de hacer la intervención y para que haya los recursos gubernamentales y para que también, cuando entran recursos privados, que van de la mano, puedan ser sostenibles. Normalmente, cuando hablamos de recuperación de espacios públicos se viene a la mente que el parque es igual a niño y no, no es así, los niños normalmente pasan más tiempo en la escuela en la mañana, entonces es importante ver quién usa el parque, en qué horarios, cómo está la vigilancia natural. Todo ello es parte de los principios de esta metodología CPTED y, en este sentido, es que somos nativos expertos y todos somos vigilantes del lugar donde caminamos y transitamos, porque vamos conociendo a las personas y la movilidad que hay. Por eso, cuando ves un carro que no es de ahí se hace sospechoso, esta vigilancia y las acciones de recuperación de espacios deben ser consultadas, porque si no, se van a tener lugares abandonados que se vandalizan. Para que los proyectos y las intervenciones realmente tengan impacto es importante preguntar, caminar las calles, el territorio e invitar también a las personas para que pueda ser sostenible con el paso del tiempo y con acciones pequeñas. Por ejemplo, que la gente pinte, que se acerquen apoyos de empresas donde donan pintura y ellos la mano de obra; el gobierno tiene que buscar todo esto y que no quede nada más en el presupuesto participativo que es un gran avance porque van sobre un proyecto claro que las personas proponen y que está política pública esté encaminada a la

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mejora de la calidad de vida de las personas. La seguridad también es responsabilidad de los policías, pero también se requiere otro tipo de seguridad y se necesitan más ojos para que también las autoridades puedan apoyar, de ahí la importancia del empoderamiento ciudadano, donde participen en la recuperación de sus espacios, pero también sean los diseñadores de la solución. Si nos involucramos desde el diseño, lo vamos a hacer nuestro. Tenemos que ver qué características tiene la población, si son niños, personas de la tercera edad, personas con discapacidad, etc., para acondicionar los espacios conforme a las necesidades de la población. Estas intervenciones socio urbanas, políticas públicas y acciones involucran a la comunidad, ésta estará en la disponibilidad de, incluso, poner su dinero, y seguirán dando mantenimiento a esas áreas donde se sientan a gusto y las puedan vigilar. Pero, para esto es necesaria esa reconciliación social y una integración si no, no va a poder ser sostenible, va a llegar un gobierno y en el siguiente ya no hay presupuesto y es ahí donde la gente deja de participar y creer. ¿Cómo lograr la participación y empoderamiento ciudadano? El empoderamiento ciudadano trata de tomar como propio el espacio, de preocuparse de que esté de la mejor forma. Se tienen que integrar los grupos etarios y esto se logra a través de asambleas vecinales, y con esta herramienta, que se llama marcha exploratoria de seguridad, que tiene un cuestionario, se ven ciertas características y se va actualizando al paso del tiempo, y se sale a caminar las calles con ellos. Se hace el diagnóstico, se presentan los resultados, se llega a consensos y a hacer la solución; en ese momento se le da al habitante del territorio el poder de decidir los cambios que va a haber, que le van a incidir en la vida diaria y en este derecho que tiene al entretenimiento y al ocio desde la perspectiva de integración social y hasta para las prácticas deportivas. Toda la comunidad debe estar de acuerdo y firmar este contrato social, se le está dando el poder de decidir y por ello, se está empoderando porque es para su uso, porque, si ven el espacio como de las autoridades nunca lo van a hacer suyo, no se van a preocupar por integrarse, ni en tener en buenas condiciones el espacio más mínimo, que es enfrente de su casa. ¿Cómo va México en la construcción de estas ciudades según la Agenda 2020 de la ONU? En el año 2016 se creó una nueva agenda urbana en Ecuador y está alineada a los objetivos de desarrollo sostenible de la ONU, donde se establecen 175 actividades que deben de tenerse de acuerdo con los reportes que además tienen las instituciones como en su momento SEDATU.

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Hasta el año de 2018, donde se dio el mayor avance, hubo una reunión para analizar los objetivos de desarrollo

sostenible, los avances de ONU Hábitat México, y en este sentido, durante un evento del Infonavit se informó que se estaba diagnosticando. En ese momento había 153 municipios donde se estaba trabajando en ver las cuestiones urbanas, pero, para el otoño serían 305 municipios, lo que equivale al 90% pero, hablando de la población urbana. Entonces, hay que verlo por fases y partes. Todas las evaluaciones están hasta ahí, las autoridades de la nueva administración federal se han manifestado en poner al centro de la política pública de desarrollo urbano la cuestión de la vivienda, que tiene ciertas características como la certeza jurídica de la tenencia, y no el comprar una casa, sino como están distribuidos, el porcentaje de cómo rentan, qué características tienen, las condiciones, etc., tener seguridad jurídica ayuda a participar en otras cuestiones. Pero en las actividades no se ha avanzado más allá. Hay siete elementos de la vivienda digna adecuada que marca la ONU pero que todavía no se ven. Desafortunadamente esta brecha de desigualdad y género no se logran reducir, y seguimos mal calificados e informados desde la esfera gubernamental. ¿Cuál es su visión a futuro de la situación que vive México en materia de seguridad? En lo inmediato y referente a seguridad postpandemia, desafortunadamente aún estamos con el delito de oportunidad, el cual va en aumento. En diciembre se presentó un informe de seguridad desde la perspectiva de la guardia nacional, donde los delitos bajaron algunos porcentajes (mínimos), pero no a causa de las acciones propiamente del gobierno, sino bajaron en el sentido de robo a casa habitación, de vehículos. También se dijo que hubo 2604 detenidos, 300 bandas desarticuladas, 1155 víctimas liberadas, 149 migrantes liberados y que, pero no son cifras que hayan representado una baja, por la cantidad de actividad. Los retos ahora están la reactivación de la economía. Esto de la seguridad sanitaria va también de la mano con un protocolo establecido en todos los servicios y también en el ámbito de la seguridad pública, porque los policías también han estado realizando sus actividades, hay que estar conscientes de que es una nueva realidad, se están cambiando hasta los hábitos de consumo de productos que no se tenían y tiene que ver con la ética de las personas y con el institucional. Debe haber una sensibilidad, el reto es la seguridad humana, integrando la seguridad ciudadana, pública y sanitaria. También, que las personas estén informadas y conscientes de hacer los cambios necesarios. Por otro lado, en materia legislativa se tiene que hacer una nueva agenda y los estudios de trazabilidad, que tiene que ver con el transporte tanto de productos y personas, las rutas para saber cuáles son los puntos de riesgo, depende de una ética personal, sensibilidad de comunidades y de un control. Para cualquier duda, comentario o para encausar acciones sostenibles se pueden poner en contacto a través del correo electrónico cpted.mexico@gmail.com o bien, mercedes.escudero@gmail.com y al número 5552173629.


La graduación de la culpabilidad y la dosificación de la pena David Juárez Santa Fé Maestro en Sistema Penal Acusatorio El papel que tienen los jueces a la hora de dictar una sentencia representa un cúmulo de elementos que se entrelazan a fin de comprender lo que sucede con el sujeto que cometió un delito. Para abordar el tema y comprender la manera en la que el juez pondera los hechos para dictar sentencia, el Lic. René Castelán Olguín, Director y Fundador de la Revista LEX INFORMA tuvo a bien entrevistar al Mtro. David Juárez Santa Fé.

¿Qué es culpabilidad?

la

La culpabilidad se compone por los elementos del delito que son: conducta típica, antijurídica y culpable, entonces la culpabilidad es uno de los elementos del delito y con menor importancia, casi siempre se le ha dado mayor relevancia a los elementos del tipo, a la conformación de elementos objetivos, y a la culpabilidad no se le ha abordado en la forma de vida, sin embargo, para efectos de una adecuada dosificación de la pena es importante tener en cuenta el concepto de culpabilidad, que, para empezar es un elemento del delito, que comprende aquella situación que podemos imputar a una persona con relación a su edad, condición psíquica y anímica, al momento de cometer un delito.

¿De qué elementos culpabilidad?

se

compone

la

De la imputabilidad, es decir, aquella capacidad que tiene cualquier individuo, hombre o mujer mayor de 18 años capaz de entender, conocer y querer el resultado y el desarrollo de un comportamiento humano, es decir,

que tenga plena consciencia de lo que está haciendo y del resultado que va a producir y provocar. Y la consciencia de la antijuridicidad, es decir, que la persona que va a cometer algún delito, que va a llevar a cabo una conducta indebida penalmente sancionada esté consciente de que lo que está haciendo constituye una conducta o comportamiento que se encuentra sancionado por la ley o que es reprochado por la sociedad con una sanción de tipo penal. Esa consciencia de antijuridicidad nos da la base para poderle fincar un juicio de reproche, es decir, reclamar algo como sociedad a partir de que sabes que estás haciendo y que sabes que es indebido, que está sancionado y prohibido. 15


¿Cuál es la diferencia entre elementos del individuos que no estamos letrados en materia penal, damos por hecho que, si se acreditó el disparo, el delito y elementos del tipo? Es importante tener en cuenta esta diferencia, que pareciera ser una cuestión básica para los que tenemos alguna instrucción en cuanto a la materia penal, sin embargo, para los estudiantes que apenas están incursionando en la materia o para algunos profesionistas que todavía tienen confusión en cuanto a estos términos. Los elementos del delito se conforman de conducta, tipicidad, juridicidad y culpabilidad que son los elementos básicos de un delito, es decir, un comportamiento que, como sociedad hemos considerado reproblable y que, por lo tanto, para evitar la comisión de estos comportamientos como sociedad organizada hemos decidido sancionarla. En cambio, los elementos de tipo penal se refieren a los componentes jurídicos que en forma específica se encuentran inmersos y forman la estructura de un determinado tipo penal. De esta manera, los elementos del delito van a ser los mismos, conducta típica, antijuridica y culpable, y los elementos del tipo van a variar dependiendo de cada tipo penal que vayamos a estudiar. No van a ser los mismos elementos del tipo penal de robo, que los del tipo penal de homicidio y ni siquiera éste con los del del tipo penal de homicidio calificado con ventaja o en riña o en tentativa de homicidio, varían estos elementos típicos. Estos elementos se conforman de tres formas, son elementos objetivos que, como su nombre lo indica, son elementos que podemos apreciar y no son tangibles sin mayor esfuerzo. Otros son los elementos subjetivos que se traducen como aquellos ánimos, razones e intenciones que lleva el sujeto activo, es decir el imputado que lleva en sí como rector de su conducta al momento de llevar a cabo un comportamiento delictivo, y finalmente, los elementos normativos, que son aquellos que se encuentran en determinados tipos penales y que se pueden identificar porque son conceptos de naturaleza jurídica o cultural. Los de naturaleza jurídica son conceptos que podemos encontrar en cualquier otro cuerpo legal, son conceptos inmersos que conforman los elementos normativos de valoración jurídica. Por otro lado, tenemos los elementos normativos de valoración cultural que son conceptos que forman parte de nuestro bagaje cultural, del idioma y que de alguna manera refieren una condición o circunstancia bajo la cual se realiza el comportamiento, este tipo de conceptos que manejamos en la cotidianidad y que la ley penal usa para componer la figura delictiva determinada y explicar así el comportamiento que va a ser objeto de sanción.

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apoderamiento, se acreditó el golpe, la lesión, es una osadía dejar en libertad a esta persona y no queda claro por qué los jueces actúan de esa manera y pareciera que todo está lleno de corrupción, que es fraudulento y que no hay estado de derecho.

Sin embargo, el juez debe acreditar como parte del análisis de un comportamiento delictivo, esta situación de los elementos objetivos de la existencia del comportamiento delictivo y por otra, acreditar la culpabilidad. Podemos tener conducta contemplada en una ley penal, que ese comportamiento sea antijuridico, sin embargo, no tenemos acreditada la culpabilidad porque el sujeto activo es menor de edad, es decir que no tiene la edad para ser sujeto del derecho penal o que el sujeto no haya tenido otra opción a su alcance más que realizar el comportamiento ilícito y ahí estaríamos ante una causa de justificación. Y, por otro lado, que el sujeto no tenga la capacidad mental de realizar el comportamiento de acuerdo a una voluntad, es decir que no tenga conciencia de lo que está realizando. En la vida práctica, hemos visto casos en donde hay situaciones de robo de fardos, homicidio, lesiones, en donde el sujeto golpea o se apodera, hay cámaras, testigos y el juez dice con todo eso, “queda en libertad”, porque esa persona padecía algún trastorno mental o realizó el comportamiento amparado por alguna causa de justificación que prevé la ley, o porque esa persona no sabía lo que hacía, no tenía conciencia de lo que realizaba, estaba ausente temporal o permanentemente.

¿Qué importancia tiene la culpabilidad en un Proceso Penal? Desafortunadamente este tema de la culpabilidad no ha sido abordado con la importancia debida a lo largo de los procesos, tanto en el Procedimiento Penal anterior vigente y el actual Acusatorio Adversarial, porque nos dedicamos a acreditar la existencia de la conducta, lo que antes se llamaba cuerpo del delito y que ahora concretamos en la existencia de un comportamiento, la existencia de la lesión al bien jurídico tutelado, la existencia de un sujeto pasivo y con eso pensamos que ya está armado el caso y que lo van a condenar.

¿Qué pasa si no se acredita la existencia de la culpabilidad en el Proceso Penal?

Sin embargo, cuando analizamos el Código, la acreditación de un delito, es la culpabilidad la que juega un papel importante, pero no como una inferencia lógica a los elementos anteriores sino como un elemento que merece su tratamiento individualizado y particularizado y, con base en eso, el juez deberá realizar un examen minucioso del sujeto, de su comportamiento, de sus antecedentes y sólo así determinará si es culpable o no.

Muchas veces, como parte de la sociedad, como

En nuestra sociedad se da mucho y en las sociedades


de países subdesarrollados el caso del delincuente circunstancial, desafortunadamente como sociedad somos insensibles ante esa realidad de las personas necesitadas, y con esto de la culpabilidad, un buen juez tendría que involucrarse en la vida del personaje y analizar su vida, sus circunstancias personales, dónde vive, a qué se dedica, cómo desarrolló su vida, cómo está anímicamente, su salud mental, etc., para que el juez, con base en ello, gradúe la pena. Eso es lo que tiene que hacer el juez, meterse en la vida del sujeto activo, meterse en la vida del delincuente y hacer que salga esa realidad y, dada la circunstancia es tal penalidad y ahí se entra en otro conflicto, porque dada la nomenclatura de los tipos penales la ley establece un margen de penalidad, y el juez se tiene que acoplar a este margen que el legislador le da. Es algo complejo porque tiene que ver principio de legalidad, certeza jurídica, de que hay un parámetro de referencia para la aplicación de penas y no desbordar los ánimos del juez y por otro lado, restringe la capacidad del juez de decidir la pena.

¿Cómo se gradúa la culpabilidad? Se tiene que recurrir al Código Penal, en la Ciudad de México se tiene el artículo 72 del Código Penal que marca los parámetros sobre los cuales se debe graduar la culpabilidad, sin embargo, cuando se ve la resolución de los jueces, no se desarrolla el ejercicio intelectual, social y jurídico que establece este artículo.

¿Qué es la responsabilidad penal? Es una declaración que se hace formal una vez que se ha acreditado que se demostró la existencia del injusto penal y que, una vez que está acreditado, abraces de pruebas en el sentido de que es mayor de edad y sabía lo que estaba haciendo y se quería el resultado de los que se estaba proponiendo el sujeto y que no lo asistía alguna causa de justificación. En esas condiciones se dice que está acreditado el hecho delictuoso y la culpabilidad. Por tanto, al fincar el juicio de reproche, una vez que comprobamos todo esto y acreditamos que no hay cosa que justifique el comportamiento del sujeto, se declara la responsabilidad penal de la comisión de esa conducta tipificada.

¿Qué es la pena en materia penal? En principio se remite a una cuestión sociológica, como sociedad organizada política y jurídicamente hemos decidido reaccionar ante comportamientos que consideramos dañinos o peligrosos para nuestra sana convivencia social, esa reacción social puede ser de múltiples magnitudes y maneras. La reacción social marca el quehacer al respecto para inhibir ese comportamiento. El Código Penal, no establece prohibiciones, el Código Penal establece consecuencias de conductas descritas previamente, pero no hay prohibición, no hay un artículo que así lo determine, inferimos y deducimos, pero en

realidad sólo hay consecuencias de las conductas que se lleve a cabo en ese tenor. Entonces, la reacción social ante estas conductas que consideramos perjudiciales no son una llamada de atención, un arresto o multa, sino la imposición de un sufrimiento, una aflicción, entonces esta sociedad ha decidido castigar a quien dañe la sana convivencia social. Y, para establecer qué pena vamos a aplicar, el legislador es el encargado de establecer qué conductas vamos a sancionar y de qué manera vamos a reaccionar, con una multa, una privación de la libertad o con alguna medida de seguridad.

¿Cómo se dosifica en la actualidad la pena con relación a la culpabilidad? El Código Penal, en el artículo 70 y 72, tiene lineamientos para que el juez tenga una referencia objetiva de qué elementos va a individualizar para determinar la pena. El legislador dice un mínimo o máximo de la pena, ya sea multa o privativa de la libertad, y, dentro de ese margen, el juez determinará la graduación y tendrá que decir por qué decidió dar esa resolución. Hay que resaltar que muchos de los jueces dan por hecho que, habiendo una conducta que es típica y antijurídica ya tenemos la culpabilidad, sin entrar en el análisis personalizado del sujeto activo, que es lo marca la ley y que debería ser la diferencia a la hora de marcar la pena. El juez debe considerar edad, nivel de educación, costumbres, condiciones sociales, económicas, culturales del sujeto, y determinar la pena ideal para esa persona.

¿Cuál es la propuesta para la dosificación de la pena conforme a los derechos humanos? En México, hemos avanzado en el campo de los derechos humanos y en este sentido uno de los principales valores es la libertad. Es importante que consideremos que el hecho de tocar la libertad de una persona, aunque sea formalmente justificada, el hecho de tocar la libertad deambulatoria es afectar enormemente su mundo para siempre. Como sociedad pasamos de ser víctima a victimarios, y haciendo un balance con los derechos humanos que tanto hemos ponderado, los bienes materiales por sobre la afectación psicoemocional de un individuo, como sociedad y Estado. Es una tarea titánica de los jueces hacer estos análisis y ponderar que se va a afectar la vida de una persona, pretendiendo hacer justicia y ahí está el problema, sin embargo, humanamente, vemos que las leyes son aberrantes, inhumanas e injustas. Finalmente, agradecer la invitación de la Revista LEX INFORMA a participar en esta edición y esperando continuar colaborando con este medio informativo.

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VIOLENCIA DE PAREJA Claudia Viazcan Lozano

Psicóloga Forense y Maestra en Criminología

Directora de Consultoría en Psicología Forense y Clínica La Organización de las Naciones Unidas llama a que la prevención debe comenzar en las primeras etapas de la vida, mediante la educación de niños y niñas para que promueva las relaciones de respeto e igualdad de género, esto a razón de que la violencia de pareja está íntimamente relacionada con la violencia de género. A fin de promover la concientización sobre temas de esta naturaleza, se contó con la participación de la Psicóloga Claudia Viazcan Lozano, quien fue recibida por el Lic. René Castelán Olguín, Director y Fundador de la Revista LEX INFORMA.

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¿A qué se le denomina violencia de pareja? Cuando hablamos de violencia de pareja nos referimos a actividades y comportamientos violentos manifestados a través de emociones, palabras e incluso acciones que tienen el objetivo de controlar y someter al otro, y que resulta en una relación de pareja íntima, es decir, que estén viviendo juntos, casados o que haya un vínculo afectivo, esto quiere decir que en el noviazgo también se considera violencia de pareja. Existe la violencia psicológica, verbal, física, sexual, económica, patrimonial y hasta la violencia menstruante, en la cual hay una propuesta de ley para retirar el IVA a los artículos relacionados con la menstruación, desde toallas sanitarias, pastillas, copas menstruales, etc., para que se otorguen de manera gratuita a mujeres que no pueden comprarlas, pues es un gasto que se hace durante más o menos durante 40 años. Las mujeres que no tienen la posibilidad de comprar estos elementos llegan a presentar infecciones, malestares, complicaciones y derivado también de este ciclo, cuando las mujeres se quejan de algún cólico o el estigma de que a una mujer se manche la ropa de sangre, se ve como algo horrible, espantoso y hasta sucio. Entonces, la


menstruación es otra manera de generar violencia a las mujeres, por ello, se está trabajando para incluirla.

económico, sociocultural, escolar, laboral que están recibiendo mayor violencia.

Esta situación es violentar, desde el sentido de que no se entienden las condiciones, de identificar la violencia como el hecho de no entender las condiciones propias de la mujer, porque finalmente, la violencia de pareja es una violencia de género y hay muchos tipos de violencia, y la más grave es la violencia feminicida, pero entre la violencia de género y la violencia feminicida hay una infinidad de tipos de violencia y ámbitos donde se van a manifestar en la familia, en la pareja, en la escuela, en el trabajo, en la sociedad y, en el caso de la menstruación, es la respuesta que se le da, hasta en los medios es censurada, se enfatiza la idea de que las mujeres son delicadas, sumisas, abnegadas y esperando ser rescatadas todo el tiempo.

También, existe una encuesta anual llamada ENSU (Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana), que no sólo va encaminada a las cuestiones de violencia de pareja o género, sino que, por los resultados obtenidos anteriormente hubo que agregar un apartado sobre la violencia hacia la mujer.

Incluso, puede llegar a burlas el malestar físico, como en mujeres que viven con el Síndrome Premenstrual (SPM). Por otro lado, si tocamos el tema de reclusión, las mujeres recluidas sufren este tipo de violencia, no hay toallas sanitarias ni pastillas para cólicos. No es que el simple hecho de menstruar va a hacer que alguien reaccione violentamente, pero abarca muchos ámbitos. Es una violencia cultural, es estigmatizar lo que hay en relación con este ciclo natural, incluso está el atacar psicológicamente con frases como “has de estar en tus días”, etc.

¿Cuáles son los índices actuales de este tipo de violencia? En la medida que lo empezamos a contar se empieza a hacer visible. La encuesta nacional sobre la dinámica de relaciones de pareja, la última realizada por el INEGI en 2016, fue dirigida a todas las mujeres mayores de 15 años que exploran las condiciones de vida de una mujer dentro del hogar, donde surgieron datos interesantes con relación a la violencia que se vive dentro de la casa. De cada 100 mujeres, 60 han sufrido violencia en alguna de las formas y específicamente violencia de pareja un 40%. Y, hablando de los grupos más vulnerables, el 70% vive en zonas urbanas, están en un rango de edad de entre 24 y 34 años y el 70%, tienen una escolaridad media superior y esto es lo que llamó la atención, porque se pensaría que, a mayor escolaridad y edad habría menos violencia, pero es totalmente diferente. Es decir, en la medida en que la mujer va rompiendo los estándares de la sociedad de roles de género, más violencia hay hacia ella, entonces, vamos a tener mujeres mayormente solteras con un buen nivel

En su más reciente aplicación se arrojó que el 10% de los hogares en México donde viven en pareja aumentó en el último trimestre del año la violencia, el cual es producto de un factor exógeno social, cultural, que va a desbordar otras condiciones que ya se encontraban presentes y lo único que va a hacer es exacerbarlas o disparar esa violencia cotidiana, incertidumbre, miedo, inseguridad económica, social, de salud, que se acumulan, por lo que aumenta la violencia de pareja.

¿Qué factores influyen para que se dé la violencia de pareja? A parte de las cuestiones biológicas de ser hombre y mujer, hablando biológicamente del sexo, que por sí solas no causan una diferencia. Pero, si a esto se le agrega la cuestión psicológica y social que va a abrir en la cultura, medios de comunicación, hábitos, costumbres, valores, control social, formal, informal, religión y en la parte psíquica también hay factores, pero es en menor medida, claro que hay posibilidad de que haya una patología que favorezca esas actitudes violentas, pero, para ello se requiere de toda la carga cultural que tenemos, no recae en el sujeto únicamente, sino en toda la sociedad. Somos copartícipes para generarla, pero también con la capacidad de prevenirla.

¿Cómo influye la cultura para que se geste esta violencia? La cultura son los valores, costumbres, ideología, vestimenta, moda, que va a caracterizar a un grupo específico y que le va a facilitar la convivencia. Desafortunadamente, México es uno de los países con una cultura demasiado machista, donde todavía se tienen marcados los estereotipos de género, roles asignados de lo que implica ser hombre y mujer y, que generalmente son opuestos. Se coloca al hombre en una superioridad frente a la mujer y sólo por la creencia de que el hombre es el que debe trabajar, ser el padre de familia y es el que debe de tener el control.

¿Cuáles son las consecuencias de esta violencia? Las consecuencias recaen no solamente en la víctima, que en la mujer son evidentes, desde 19


cuestiones psíquicas, emocionales, y hasta físicas por la somatización. Son situaciones que empiezan a desgastar su fortaleza psíquica, seguridad, autoestima y no sólo va a recaer sobre ella, sino también sobre el entorno, es decir, los hijos. Otra situación que hay que resaltar es que cuando hay violencia familiar, donde las víctimas son menores de edad, generalmente en un 70% el generador de violencia es una mujer, y cuando es violencia familiar, generalmente la víctima es la pareja, es decir, la violencia se está reproduciendo, muchas de ellas han sido víctimas de la violencia de su pareja, familiar e incluso hay violencia hacia las mascotas. Si llevamos esto a un estudio de sujetos con personalidades psicopáticas o antisociales vamos a encontrar la presencia de una dinámica familiar violenta hacia la mujer. El hombre también sufre violencia, tienen una menor esperanza de vida, su primera causa de muertes son infartos, y esta cuestión de la violencia de género, de que el hombre tiene que ser proveedor, hace que se vean vulnerados si muestran debilidad. El entorno educa para ser así, y cuando te comportas de esta manera te sanciona, por ejemplo, en la publicidad sexista o la que usa el sexo para vender, el hombre está expuesto a estas imágenes y cuando pasa una mujer, la voltea a ver y ahora es un delito, entonces la cultura empuja y luego sanciona. También, mencionar la violencia que sufren a manos de mujeres, hay un porcentaje mínimo de víctimas masculinas e inclusive son más violentados porque no les creen, pocos denuncian, y cuando toman valor para denunciar reciben una victimización secundaria por parte de todo el sistema.

¿Cómo se puede prevenir? La prevención va enfocada hacia los factores que la generan y por ello tanta regulación que existe hoy en día. Pareciera que están atacando a los hombres, pero siempre hubo un desequilibrio y se trata de poner un freno, inclusive jurídico, a través de legislaciones. Parece un abuso hacia los hombres, pero lo que se está haciendo, es tratar de igualar las condiciones de la mujer, no violentar al hombre, sino poner un límite. La prevención por ello se deberá ser desde muchos ámbitos, y está en educar igualitariamente, es decir, no hay niños, ni niñas, hay personas.

¿Cuál es el tratamiento para las víctimas? 20

Va más allá de una intervención psicológica, lo que se necesita es empoderar, es decir, dar herramientas

para que pueda valerse por sí misma, primero creer, aceptar y reconocer que sí puede valerse y darle las herramientas para que lo logre, porque muchas veces esta violencia va relacionada con la dependencia económica, con el número de hijos. De hecho, hay un estudio que dice que cada hijo aumenta en una mujer el 20% de posibilidades de sufrir violencia, además, el dinero es control, es poder. Es un empoderamiento en ambos sexos, porque para el hombre es una presión, por ejemplo, en el noviazgo, creer que él tiene que pagar todo porque es hombre y esto cuando los dos trabajan y, en ocasiones la mujer gana más y creer que el hombre debe pagar todo también es violencia, es marcar estas diferencias sexistas, hoy en día todo debe ser equitativo, proporcional y respetuoso. Entonces, no se trata únicamente de terapear psicológicamente sino de estructurar y dar las herramientas educativas, laborales, sociales, de comunidad, los recursos, para poder hacer que salga de esta violencia, es un tratamiento integral y una intervención a largo plazo.

¿Hay algo que le gustaría agregar al tema? Hay una relación estrecha entre la violencia de pareja y la violencia feminicida. En 2019 la OMS proporcionó datos sobre la cantidad de feminicidios que se cometen en el mundo, el 40% de los feminicidios es cometido por la pareja íntima, el 35% es cometido por familiares cercanos y solo el 1% por alguien desconocido. Esto lleva a pensar a que nos han educado a cuidarnos de desconocidos en la calle, pero no para evitar este tipo de violencias que desafortunadamente pueden terminar en violencia feminicida. Para concluir, comparto que me dedico a dictaminar en penal, civil y laboral, también a la capacitación, si surge alguna duda o consulta me encuentro en Facebook como fanpage Psicología Forense, mi número de contacto es 5539512926, y por correo electrónico en viazcanclaudia1@gmail.com.


Médicos privados también recibirán vacuna, ratifica AMLO Ciudad de México. El personal médico del sector privado también será vacunado contra Covid-19, dijo hoy el presidente Andrés Manuel López Obrador, al informar que ayer se aplicó el biológico a cerca de 100 mil médicos y enfermeras de centros públicos, lo cual, aseguró, muestra la eficacia del plan nacional.

once categorías”, dijo.

Las vacunas, añadió, ya están en los hospitales Covid; previamente se había aplicado un promedio de cuatro mil 500 vacunas por día. La expansión de las aplicaciones hizo del miércoles un día especial, dijo el mandatario en la conferencia matutina.

El tema fue abordado ayer en la sesión extraordinaria del Consejo Nacional de Salud para hablar del reto operativo del plan nacional y tener “las listas apropiadas” del personal del sector privado, donde esta tarea se complica porque no existe un organismo único de representación.

En cuanto al primer punto, Hugo López-Gatell, subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, explicó que se vacunará al personal de primera línea de centros privados, apenas las organizaciones y representantes de este sector

Precisó que en esta primera etapa no entra el personal administrativo de salud que no está en zonas de mayor riesgo, como él mismo o el secretario de Salud, Jorge Alcocer, sino que serán vacunados conforme a su edad o situación de salud.

“Esperamos que el sector privado sea capaz de lograr esta capacidad de coordinación y claridad”, dijo.

entreguen los padrones para tener la certeza de que se aplica a la persona adecuada. Dijo que la idea es vacunar a todo el personal que está en mayor riesgo de exposición al virus, lo que técnicamente se llama personal de primera línea, de mayor cercanía a los sitios de exposición. “Aquí no se distingue a públicos y privados, ambos son colegas que tienen un riesgo aumentado de exponer a virus. No sólo son médicos y enfermeros y enfermeras sino (… ) 21


El presidente López Obrador destacó la logística de las secretarías de la Defensa y de Marina para que la vacuna ya esté disponible en los hospitales Covid.

En el Hospital Militar Regional de Mérida, Yucatán, se reportó la aplicación de dos mil 855 vacunas durante el primer día, y quedan pendiente de aplicar seis mil 912.

Recordó que tras el personal de salud serán vacunados los adultos mayores. “Esperamos que esto inicie ya a finales del mes, a principios de febrero, a más tardar, pero ya vamos a ocuparnos de vacunar a todos los adultos mayores”.

De acuerdo al reporte, hasta este miércoles, se han aplicado 234 mil 888 dosis en el acumulado desde que comenzaron a arribar los embarques de Pfizer en diciembre pasado. Este miércoles se aplicaron 94 mil 395, según dio a conocer el presidente Andrés Manuel López Obrador, quien dijo que se tiene la capacidad para aplicar diez veces más de dosis diarias, pues hasta ahora operaron casi mil brigadas correcaminos, pero se cuentan con 10 mil brigadas.

Durante la conferencia hubo enlaces con hospitales en diversas entidades donde se está realizando la vacunación. En el Hospital General de Tijuana, la enfermera Karla expresó que “es un privilegio ser vacunado, porque nos va dar muchsimo mas seguridad para dar atender los pacientes”. En Baja California se han aplicado tres mil 634 dosis y faltan por aplicarse 6 mil 106

Con ello, México regresó a ser el primer país en América Latina con la vacunación de su población con el 0.18 por ciento de la población con la vacuna Pfizer, Con esa vacuna vamos también a iniciar la vacunación de adultos mayores, pero se están viendo otras vacunas, ver como va el avance en la entrega de otras vacunas.

En Ocozocuautla, Chiapas, el general de brigada Jorge Antonio Olivera Orozco, comandante de la 31 Zona Militar, expuso el estado de la campaña Pidió al personal asignado a la vacunación tratar y dijo al presidente que “las fuerzas armadas nos de terminar la aplicación de las 439 il dosis que sumamos a sus políticas”. La auxiliar de enfermería llegaron el martes pasado este viernes o a más Nayeli Limón fue la primera en ser vacunada. tardar el próximo sábado, toda vez que el próximo martes llegará un nuevo cargamento con igual Posteriormente, en Xalapa, Veracruz el director cantidad de dosis. del Centro de Especialidades, José Díaz Tellez, informó que en la entidad se distribuyeron 19 mil https://www.jornada.com.mx/notas/2021/01/14/ 900 vacunas, de las cuales ya se han aplicado seis politica/medicos-privados-tambien-recibiranmil 672, es decir el 34 por ciento vacuna-ratifica-amlo/

Inaugura Del Mazo Parque de la Ciencia en Atizapán El sitio beneficiará a 30 colonias del municipio; tiene una longitud de 4.7 kilómetros.

áreas verdes, juegos infantiles, canchas de usos múltiples rehabilitadas, un área para patinar, puentes peatonales que facilitan el acceso y más infraestructura para la ciudadanía.

Atizapán de Zaragoza, Méx.— El gobernador Alfredo del Mazo Maza entregó el Parque de la Ciencia en beneficio de habitantes de 30 colonias En una gira de trabajo sin multitudes, el de este municipio que tendrán un lugar seguro gobernador del Estado de México recorrió el Parque para retomar sus actividades deportivas, sociales de la Ciencia, junto con la alcaldesa de Atizapán, y culturales, en una longitud de 4.7 kilómetros, Ruth Olvera Nieto, y el secretario de Desarrollo 22


Urbano y Obra Pública, Rafael Díaz Leal Barrueta. “Éste es el Parque de la Ciencia en Atizapán de Zaragoza, es un parque lineal de 4.7 kilómetros de longitud, que se recuperó, literalmente, era un camellón, estaba abandonado, estaba olvidado, sucio y luego rehabilitado con canchas de usos múltiples, con una pista para patinetas, con espacios para hacer ejercicio, juegos para niños, un circuito para caminar, correr, bancas, área de exposiciones para que toda la gente que vive en esta zona del municipio de Atizapán, que además es muy grande, se vean beneficiadas con este parque”, afirmó.

Del Mazo Maza destacó la importancia de rescatar y mejorar los espacios públicos, para ofrecer a las familias sitios dignos para su esparcimiento y convivencia. Este nuevo parque beneficiará a los vecinos de 30 colonias de Atizapán. El lugar estará vigilado e iluminado con lámparas solares para garantizar la seguridad de los usuarios. https://www.eluniversal.com.mx/metropoli/ edomex/inaugura-del-mazo-parque-de-la-cienciaen-atizapan

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