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Miradas de la justicia: perspectivas de género, intercultural y de personas con diversidad funcional
Quién mejor que el Dr. Antonio Sorela Castillo, investigador y defensor de derechos humanos, para exponer el tema que, afirma, es de suma importancia. Transmitiendo desde la Ciudad de México, una “de las entidades donde empiezan a realizarse las iniciativas para la progresividad de los derechos”.
A raíz de la Ley Federal de Protección a Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, publicada en 2012, surge también la duda de qué debe hacerse para verdaderamente efectivizar estas medidas de protección.
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Los lugares que pueden señalarse donde se sufre la problemática son, evidentemente, México y en general la mayoría de países latinoamericanos. Hay que tener en cuenta que las más de las veces que sucede una desaparición o un asesinato de estas personas es porque no agradan a una o varias personas en situación de poder político. Por ello es importante que, una vez publicadas leyes al respecto, se hagan valer y respetar mediante instancias que las aseguren a toda costa.
La mayoría de estados del país ya tienen una ley estatal a pesar de que no existe una nacional. Al crearse una ley, se establece un mecanismo en el cual el titular del mismo puede observar y exigir al gobierno que protejan a una persona que esté en riesgo por su actividad. En teoría, todos podríamos adquirir esta protección siempre y cuando acreditemos ante el gobierno que ejercemos el periodismo o defendemos abiertamente a los derechos humanos.
Ahora bien, personas defensoras de derechos humanos son aquellas “personas físicas que actúen individualmente o como integrantes de un grupo organizado o movimiento social; así como las personas morales, grupos, organizaciones o movimientos sociales cuya finalidad sea la promoción o defensa de los derechos humanos”. En otras palabras, un defensor de los derechos humanos puede ser un ente individual o colectivo.
Por su parte, ¿quiénes son las personas que podemos considerar periodistas? “Aquellas personas físicas, así como medios de comunicación y difusión públicos, comunitarios, privados, universitarios, experimentales o de cualquier otra índole cuyo trabajo consista en recabar, generar, procesar, comentar, editar, opinar, difundir, publicar o promover información a través de cualquier medio de difusión y comunicación que pueda ser impreso, radioelectrónico, digital o imagen”.
Esto, claro, abre un margen grandísimo de consideración para todas aquellas personas que anteriormente no habían sido considerados como periodistas. Es común hallar personas que ejercen esta labor sin motivos de lucro y que sin embargo no han obtenido justica cuando apelan a ella.
En realidad, no sería difícil hallar ejemplos de cómo ciertos gobiernos intervienen directamente para controlar la información que sale a la luz de su gobierno. Olvidan que el Estado tiene cuatro obligaciones básicas: proteger los derechos humanos, promoverlos, respetarlos y garantizarlos. Normalmente los periodistas y los defensores se dedican a intentar hacer que el gobierno cumpla con estas premisas. Con su labor además se procura prevenir violaciones a los derechos humanos.
Evidentemente no es tan sencillo resolverlo de un día a otro, en especial porque han sido ya muchos años que la problemática se ha promovido por el simple hecho de que no se había legislado antes al respecto.
Cuando alguien que realiza esta actividad considera que corre riesgo, en seguida puede tocar la puerta al mecanismo de protección. Se divide en comité y subcomité: este último recibe por cualquier medio la alerta de un abuso o amenaza hacia cualquier periodista; una vez que se comprueba que se trata de un periodista o de un defensor de derechos humanos, pasa el caso al comité para que el mecanismo eche a andar sus medidas de protección.
Según el caso, estas medidas pueden variar: desde asignar un escolta directo hasta sacar al sujeto del estado o del país. Asimismo, está previsto también la terapia psicológica.
Los miembros del comité se encargarán de avalar o modificar todas estas medidas. En algunos casos, el comité puede incluso rescatar casos que ya había descartado el subcomité y darles seguimiento.
Hay que reconocer que los periodistas o los defensores de los derechos humanos son un grupo vulnerable por la actividad que realizan. Si no hubieran normas o mecanismos de protección, seguramente los abusos en su contra podrían ser todavía mayores. Esto lo vemos comprobado en cómo existe una apertura cada vez más grande para hablar acerca de temas del gobierno.
Finalmente, también debemos tomar en cuenta que levantar la voz y exigir en torno a este tema no quiere decir que tenemos la razón. Se sabe que muchas personas hacen mal uso de este mecanismo, pero lo importante es, al fin y al cabo, apostar por la libertad de expresión e información para todos, porque esta labor no sería sino abogar por los derechos humanos.
Mtra. Dalia Ibonne
Ortega González
Jueza de Control del Poder Judicial del Estado de Hidalgo
Concluyó la Licenciatura en Derecho en el Instituto de Ciencias Sociales y Humanidades de la UAEH. Estudió la Especialidad en Derecho Penal, y posteriormente cursó y obtuvo el grado de Maestra en Administración de Justicia en la Escuela Libre de Educación Superior Universitaria dependiente del Instituto de Profesionalización e Investigaciones Jurídicas del Poder Judicial del Estado de Hidalgo.
Se ha desempeñado en -la entonces- Defensoría de oficio (ahora Defensoría Pública) del Poder Ejecutivo del Estado de Hidalgo, en el Poder Judicial de la misma entidad ocupando cargos como Proyectista, Actuaria y Secretaria de Acuerdos en varios distritos judiciales de la entidad hidalguense, así como Secretaria de Estudio y Proyecto en la Segunda Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de Hidalgo.
Participó en el concurso para la selección de Jueces de Control y Juicio en el Sistema de Justicia Penal de corte Acusatorio, fue elegida para fungir con tal carácter a partir del año 2015.
Ha sido Jueza de Control y Enjuiciamiento de los principales circuitos judiciales en el Estado de Hidalgo con cabeceras en Tula de Allende, Tulancingo y Pachuca, actualmente con adscripción al Centro de Justicia para Mujeres del Estado de Hidalgo, en el Primer Circuito Judicial de Pachuca de Soto, Hidalgo.