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La protección de los derechos político-electorales de los grupos en situación de vulnerabilidad

Dra. Ixel Mendoza Aragón

Magistrada del Tribunal Electoral del Estado de Morelos Licenciatura en Derecho. Maestría en Amparo. Maestría en Derecho Electoral. Doctorado en Derecho. Postdoctorado en Derecho Público.

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Catedrática del Instituto de Humanidades de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos, en la licenciatura de Comunicación y Gestión Intercultural, impartiendo la materia de Derecho Consuetudinario.

Catedrática de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos, impartiendo la materia de Derecho Electoral.o Consejera Estatal Electoral del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana. 20142019.o Magistrada del Tribunal Electoral del Estado de Morelos. 2019 a la presente fecha. Ponente y conferencista nacional e internacional.

La Dra. Ixel Mendoza Aragón, magistrada del Tribunal Electoral del Estado de Morelos, comienza su participación con nuestra revista haciendo notar que muchas veces pensamos que el derecho electoral únicamente ha de circunscribirse a fomentar la cultura democrática que nos insta a ir a votar; sin embargo, esto va realmente mucho más allá, considerando a los grupos vulnerables que aún en la actualidad continúan siendo excluidos o discriminados en el ámbito electoral.

En el artículo primero de nuestra constitución encontraremos que todas las personas gozan de una serie de derechos humanos que el Estado debe garantizar. Todo tipo de discriminación, entonces, ha de ser excluida; sea de género, color de piel, etnia, creencias religiosas, preferencias sexuales, etcétera.

Implícitos en este tema, tenemos a los derechos político-electorales de los ciudadanos. La protección de estos estará a cargo de los órganos electorales, tanto administrativos como jurisdiccionales conforme a sus competencias.

En este sentido, se debe advertir que existen grupos a los que se les denomina como vulnerables o en situación de vulnerabilidad. Dentro de estos grupos se encuentran, entre otros, los adultos mayores, la comunidad LGBTIQ+, las personas indígenas, las personas con discapacidad, las mujeres, los jóvenes, etcétera. Es decir, todos esos grupos de personas que históricamente han sido vulnerados en sus derechos y discriminados.

Ahora bien, para llegar a una protección integral de los derechos político electorales, cabe decir que, en primer término, las autoridades legislativas son quienes se encuentran facultadas para plasmar en las legislaciones aquellos derechos que les son reconocidos a las personas, con base en la CPEUM. Del mismo modo, establecen la obligatoriedad de las autoridades electorales, para garantizar su protección.

De ahí que hayan surgido diversas legislaciones encaminadas a la protección de los dichos grupos.

Sin embargo, podemos advertir que muchas veces la normatividad resulta escasa o insuficiente y requiere de la implementación de varias otras medidas para poder hacer efectivos los derechos.

Por un lado, tenemos la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. El objeto de esta será evitar toda práctica ejercida hacia cualquier persona en conformidad con el artículo primero de nuestra carta magna arriba mencionado.

Para este efecto, cabe definir el concepto de discriminación:

“Toda distinción, exclusión o restricción que, basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra, tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades de las personas”.

Retrotrayéndonos al tema electoral, al respecto tenemos la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la cual contempla que los “partidos políticos promoverán los valores cívicos y la cultura democrática, la igualdad sustantiva entre niñas, niños y adolescentes y garantizarán la postulación paritaria en las postulaciones de candidaturas”.

A continuación, la doctora hizo énfasis en las distintas instancias a las que podemos echar mano para que cada sector vulnerable obtenga garantía de sus derechos humanos.

Asimismo, trajo a colación cuestiones como los enfoques interseccionales: “enfoque o modelo de análisis que permite el reconocimiento de otras categorías sociales que se erigen, junto con el género, como construcciones sociales legitimadas para reproducir prácticas de exclusión y discriminación, tales como la etnia, la raza, la orientación sexual, la discapacidad, la edad, entre otras. La práctica y estrategia de este análisis ha sido la base para explicar las intersecciones del género con otras categorías sociales y hacer palpable que todas ellas son relevantes para la vida de las mujeres y las niñas, así como para todas las personas”.

Tomando todo esto en cuenta, han surgido instancias como las acciones afirmativas, que constituyen “una medida compensatoria para situaciones de desventaja, las cuales tienen como propósito revertir escenarios de desigualdad histórica y de facto que enfrentan ciertos grupos humanos en el ejercicio de sus derechos, y con ello garantizan un plano de igualdad sustancial en el acceso a los bienes, servicios y oportunidades de que dispone la mayoría de sectores sociales.

Se caracterizan por ser temporales, proporcionales, razonables y objetivas.

Al tener sustento constitucional, constituyen también un medio por el cual los derechos político-electorales de los grupos vulnerables se ven garantizados y protegidos para ser ejercidos con plenitud. De este modo, la autoridad administrativa electoral es a quien le compete la creación y aplicación adecuada de las acciones que mejor favorezcan a los grupos vulnerables.

Estas medidas ya han sido tomadas para varios procesos electorales, en los cuales puede atestiguarse un plano de igualdad que coloca a todos los participantes en condiciones similares ante la ley.

A manera de conclusión, no está de más decir que todos, como ciudadanos, deberíamos velar por el debido proceso electoral en todos los ámbitos. La doctora hace hincapié en la paulatina construcción a una sociedad más incluyente que logre permear también la materia electoral.

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