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Introducción
Capítulo 2 RESPONSABILIDAD SOCIAL E INSTITUCIONAL DEL JUEZ CONSTITUCIONAL ANTE EL DÉFICIT DE CREDIBILIDAD INSTITUCIONAL
Introducción
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La responsabilidad del juez ante la sociedad es enorme, aunque no en todas las ocasiones su valor y arrojo los hace dignos de estima del común denominador de la población. La percepción social de la judicatura en México no es tan buena como se desearía,79 lo mismo sucede en algunos países de Iberoamérica.80 A pesar del enorme es-
79 De acuerdo al IFE y la UNAM, en una escala de confianza del 1 al 10, los jueces obtuvieron apenas por encima de la media, un 5.9. Fix-Fierro, Héctor (Dir.), FLORES, Julia (Coord.), Encuesta Nacional de Cultura Constitucional: legalidad, legitimidad de las instituciones y rediseño del Estado, IIJ-UNAM-IFE, México, 2011. Asimismo, en México, las instituciones que se ubican en los últimos puestos de la escala de confianza son: los partidos políticos y jueces (19 % respectivamente), la policía estatal (17 %) y los agentes de tránsito (16 %). Parametría 2014. 80 NIETO, Alejandro, El malestar de los jueces y el modelo judicial, Trotta, Madrid, 2012; ÍÑIGUEZ HERNÁNDEZ, Diego, El fracaso del autogobierno judicial, Thomson-Civitas, Navarra, 2008.
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fuerzo realizado diariamente por el Poder su grado de aceptabilidad y confianza social no es el más óptimo.
Este problema se torna aún más complejo debido a que nos encontramos en una época de crisis de legalidad, debido al descrédito de las instituciones y la desconfianza hacia los actores políticos. Sobre este punto, el gran jurista Otto Bachof afirmaba en uno de sus discursos más famosos lo siguiente: «Ha surgido un sentimiento de profundo malestar y de radical desconfianza frente a la ley, basada en la impresión dominante e imprecisa, aunque no por ello falsa, de que la ley, «en otro tiempo escudo de la libertad y del Derecho, se ha convertido hoy precisamente en una amenaza para estos bienes».81
Precisamente son las épocas de crisis económicas, políticas y sociales las que ponen a prueba a las instituciones. Alemania es un buen ejemplo de ello, durante la Segunda Posguerra, los Poderes Ejecutivo y Legislativo se encontraban deslegitimados socialmente debido a las circunstancias evidentes recién acaecidas durante el periodo totalitario nazi. No obstante, el Tribunal Constitucional supo comportarse a la altura del momento histórico que vivía esta nación. La concreción de los valores y principios plasmados en la Ley Fundamental de Bonn, y la satisfacción del ideal de justicia mediante la innovación en la interpretación y argumentación constitucional dan cuenta de ello.82 Las decisiones relacionadas con el antiguo derecho nazi, en aras de realización plena de la justicia material y la concreción de los principios y valores del pacto constitucional recién apro-
81 BACHOF, Otto, Jueces y Constitución, Civitas, Madrid, 1985, p. 3. 82 CARBONELL, Miguel (Coord.), El canon neoconstitucional, Trotta, Madrid, 2010; DEL REAL ALCALÁ, Alberto, Interpretación jurídica y Neoconstitucionalismo, Universidad Autónoma de Occidente-Instituto de Derechos Humanos Fray Bartolomé de las Casas, Bogotá, 2011; AGUILERA, Portales Rafael, BECERRA ROJASVÉRTIZ, Rubén E., ORTEGA, Santiago, (coords.), Neoconstitucionalismo, democracia y derechos fundamentales, Porrúa, México, 2010.
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Responsabilidad social e institucional del juez constitucional ante el déficit...
bado, pusieron a prueba la institución judicial, cuyo respeto social fue ganado al compás de las decisiones.83
Se vive una época en la que el derecho es indeterminado, impreciso, vago. Las transiciones democráticas las nacientes Constituciones de la Segunda Posguerra,84 así como el intenso activismo de los Tribunales defensores de las Constituciones, trajeron consigo una imagen positiva para la Magistratura. La tensión existente entre el principio democrático y la supremacía constitucional, así como el argumento contramayoritario, que sostenía que era imposible que el juez tomara decisiones, que a primera vista únicamente corresponden al Parlamento, ha sido desplazada por el modelo de la defensa de la democracia sustancial, empleando la terminología de Ferrajoli.85
Este capítulo busca dar cuenta del fenómeno de la responsabilidad institucional que tiene el juez en la sociedad. Vivimos épocas confusas, disímbolas, de pluralidad y diversidad cultural, donde es complejo compaginar los intereses de determinados grupos en la sociedad, incluso, ante los poderes de facto como los económicos, que tan fuertemente causan impacto en las instituciones.86 Las sociedades latinoamericanas, con los grupos indígenas; así como el mundo anglosajón y europeo, con el combate al crimen organizado y la irrupción de nuevos Estados de emergencia que en nombre de la
83 BARBER CROSBY, Margaret, The Making of a German Constitution (A Slow Revolution), Berg, Nueva York, 2008, p. 7; ZAIDEN BENVINDO, Juliano, On the Limits of Constitutional Adjudication (Deconstructing Balancing and Judicial Activism), Springer, Heidelberg, 2010, p. 31. 84 THORNHILL, Chris, A sociology of Constitutions (Constitutions and State Legitimacy in Historical-Sociological Perspective), Cambridge University Press, Cambridge, p. 327. 85 FERRAJOLI, Luigi, Principia Iuris (Teoría del derecho y de la democracia), T. 2. Teoría de la democracia, Trotta, Madrid, 2013, p. 9-13. 86 FERRAJOLI, Luigi, Poderes salvajes (La crisis de la democracia constitucional), Trotta, Madrid, 2011.
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seguridad nacional desmantelan los derechos constitucionales,87 la migración, o la crisis económica de ambas y el reacio poder de los agentes económicos en ambos contextos, son ejemplo de la compleja modernidad en la que se debe desenvolver el juez.
El primer punto de este trabajo analiza la legitimación social de los jueces durante la Segunda Posguerra, así como el impacto causado por algunas de las principales decisiones en las que se llevó a cabo el ejercicio de concreción de los principios, en aras de realizar el ideal de justicia material. Acto seguido, explico el estado de cuestión actual en la que debe desenvolverse el juez: un plano de indeterminación normativa, ambiguo, complejo y contradictorio, pero que permite la ductilidad, en aras de preservar esos valores y principios.88
Posteriormente, se estudia el modelo del juez en el presente siglo: sus cualidades, así como la destreza que debe tener mediante el ejercicio de la discrecionalidad de la que hablan los grandes pensadores de la teoría jurídica clásica y contemporánea. Finalmente, se realiza un examen sobre las distintas facetas de la responsabilidad institucional, relacionadas con la administración de justicia desde el aspecto formal, tales como la no dilación de los procesos judiciales, el respeto, la confianza, el correcto funcionamiento de la institución a su cargo, así como las responsabilidades administrativas por error judicial.
87 POSNER, Richard A., Not a Suicide Pact (The constitution in a time of national emergency), Oxford University Press, Nueva York, 2006; MASFERRER, Aniceto (Ed.), Post 9/11 and the State of Permanent Legal Emergency (Security and Human Rights in Countering Terrorism), Springer, Dordrecht, 2012; DYZENHAUS, David, The Constitution of Law (Legality in a Time of Emergency), Cambridge University Press, Cambridge, 2006; BUCHANAN, Allen, Human rights (Legitimacy and the use of force), Oxford University Press, Nueva York, 2010. 88 PECES-BARBA, Gregorio, Los valores superiores, Tecnos, Madrid, 1986; PÉREZ LUÑO, A. E., Nuevos retos del Estado Constitucional: Valores, derechos, garantías, Universidad de Alcalá, Defensor del Pueblo, 2010, p. 50.
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