CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS PATRIMONIALES DE AUTOR Entre
(nombre del actor/actriz/acudiente menor) con CC
por una parte, quien hará las veces de EL CEDENTE; y por la otra, y MÁQUINA ESPÍA PLANEACIÓN Y DESARROLLO AUDIOVISUAL SAS con NIT 900396612-1 y que en adelante se llamará EL CESIONARIO, hemos determinado celebrar un contrato de cesión de derechos patrimoniales de autor, (establezca si este será a título oneroso o gratuito) que se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA: Este compromiso se celebra con el fin de ceder las facultades de derechos de promoción e imagen del personaje de hELIO en el cortometraje Benjamín en Tecnicolor interpretado por la NIÑO Sebastiám Echeverry Valderrama con TI 97081203028 el cual pertenece al casting del cedente de este contrato.
o
El cesionario podrá exhibir el cortometraje en festivales de cine nacional e internacional sin límites geográficos ni de idioma sin que este hecho repercuta en dar una remuneración representada en pesos o en especie adicional a la recibida por servicios de actuación durante el proyecto.
o
El cesionario podrá promocionar y difundir el cortometraje Benjamín en Tecnicolor en canales nacionales, internacionales y web
o
El cesionario podrá utilizar en las piezas promocionales del cortometraje Benjamín en Tecnicolor la imagen de los personajes representadas en los actores que lo personifican
o
El cesionario se compromete a dar aviso al cedente de la aparición del cortometraje en festivales, eventos. Canales, emisoras, internet y demás medios de comunicación. SEGUNDA: EL CEDENTE garantiza al CESIONARIO que los derechos que entrega son de su exclusiva propiedad y uso, y que dentro del título por el cual fueron recibidas no existen restricciones para ser vueltas a ceder a título oneroso / o gratuito (de haber restricciones, indicar cuales, y mencionar que el CEDENTE se obliga al saneamiento jurídico del título de propiedad, e indicar plazo para eso). TERCERA: la cesión de derechos de imagen tendrá vigencia desde el día en que se firma el contrato y cinco años posteriores a la firma de este. CUARTA: Las licencias mencionadas en la cláusula primera de éste contrato del CEDENTE al CESIONARIO, lo son a título oneroso y gratuito. QUINTA: Se hace constar, además que quienes estamos suscribiendo este compromiso disponemos de atribuciones suficientes para (representar a nuestras firmas y para contratar en nombre suyo o para disponer de los derechos dependiendo de la situación), no solamente para los efectos del presente contrato sino también para la ejecución y celebración de todos los pactos e invocación de sanciones que se deriven de éste o de su incumplimiento. SEXTA: El cedente y el cesionario se comprometen con sus firmas a respetar a cabalidad la clausula primera de este contrato
DIRECCIÓN.- Para efectos prácticos y de notificación se consignan a continuación las direcciones donde funcionarán las oficinas de partes de éste contrato, a saber: CESIONARIO: RAZÓN SOCIAL: MÁQUINA ESPÍA PLANEACIÓN Y DESARROLLO AUDIOVISUAL SAS NIT: 900396612-1 DIRECCIÓN: CALLE 45 E REPRESENTANTE LEGAL: SARA JULIANA ESPINAL RAMÍREZ CC: 43977845 CEDENTE
NOMBRE: CC Para constancia se firma en la ciudad de Medellín a los
días del mes
FIRMAS.
Sara Espinal Ramírez Representante legal de Máquina Espía Planeación y desarrollo Audiovisual
Actor/ actriz/ acudiente menor
del año