directivas comunes

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DIRECTIVAS COMUNES para la obtención de indulgencias durante el Año de la Fe Para la Iglesia católica de Tierra Santa, el Año de la Fe comenzó oficialmente el 28 de octubre de 2012 y concluirá el último domingo de noviembre de 2013. El 14 de septiembre de 2012, la Penitenciaría Apostólica publicó un decreto en el que se lee: «Se enriquecen con el don de indulgencias sagradas ejercicios de piedad particulares a realizar durante el Año de la Fe». En el transcurso de este año, todos estamos invitados a: -­‐ profesar (cantar o recitar) públicamente nuestro «Credo»; -­‐ testimoniar nuestra fe de manera clara y concreta; -­‐ esforzarnos en conocer y amar la doctrina de la Iglesia católica. Todos los fieles pueden ganar la indulgencia plenaria de la pena temporal por los pecados personales impartida por la misericordia de Dios, aplicable también en sufragio por las almas de los fieles difuntos, con las siguientes condiciones: -­‐ haberse acercado al sacramento de la reconciliación y haber confesado los pecados propios, -­‐ haber comulgado el Cuerpo y la Sangre de Cristo en el transcurso de una celebración, -­‐ haber hecho la profesión de fe recitando el Padrenuestro y el Credo, -­‐ haber rezado por las intenciones del Santo Padre. Privilegiados por la proximidad y la gracia de los Santos Lugares y considerando que las asambleas de fieles en nuestras celebraciones y los participantes en nuestras catequesis son, con frecuencia, cristianos de ritos diferentes, nosotros, ordinarios católicos de Tierra Santa, invitamos a nuestros fieles a obtener el tesoro de gracia de la Iglesia, nuestra Madre, con una actitud de fe, de esperanza y de amor: -­‐

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visitando, como parroquia, diócesis o comunidad religiosa las siguientes iglesias: • las basílicas de la Resurrección, de la Anunciación o de la Natividad; • las catedrales o concatedrales de San Andrés de los melquitas, en Acre; de San Luis IX de los maronitas, en Haifa; de San Jorge de los melquitas, en Amán; de Nuestra Señora de las Gracias de los maronitas, en Nicosia y del Santísimo Nombre de Jesús del Patriarcado Latino; participando activamente en la vida litúrgica o catequética de la parroquia: • el día de la fiesta (a celebrar solemnemente) del titular de la iglesia parroquial, • en el curso de las celebraciones como preparación para la Navidad y la Pascua, • en el transcurso de las catequesis sobre la fe que se celebren durante la Cuaresma (al menos tres veces) o durante las misiones populares que se organicen este año. Asistiendo como peregrinos: • a las celebraciones propias de los Santos Lugares, con particular atención a los Lugares ligados a la vida de Jesucristo, u organizadas para venerar a los testigos de la fe (Moisés, Elías y Juan Bautista) y a los apóstoles (Pedro, Pablo, Tomás y Santiago); • a la visita al Lugar del Bautismo de Jesús (Jericó-­‐Sharia y Al-­‐Magtas, en Jordania) los días siguientes a la Epifanía.


Nota: Los contemplativos, monjes y monjas, pueden ganar la indulgencia plenaria en la iglesia del monasterio el día de la fiesta de su dedicación y el del santo/a fundador/a de la Orden. Además de las tres bendiciones papales recogidas en el Código que cada obispo diocesano o eparca puede impartir, la Penitenciaría Apostólica autoriza, con ocasión del Año de la Fe, una cuarta bendición papal con indulgencia plenaria el día en el que el mismo obispo presida una ceremonia especialmente solemne. El presidente de la A.O.C.T.S. Patriarca latino de Jerusalén El secretario general Jerusalén, 26 de octubre de 2012


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