El Ministerio Fiscal como órgano de relevancia constitucional no puede permanecer en esa “situación fronteriza” en lo que a exigencia de responsabilidades se refiere. El régimen de responsabilidades de los Fiscales se ha caracterizado siempre por haberse producido una trasposición de un régimen pensado para Jueces y Magistrados a un cuerpo de funcionarios que difiere de aquellos por sus funciones, por su posición en el proceso y por las características de la organización en la que se integran.