Designación de Auditores Externos y Pago de la Contribución Anual a la Superintendencia de Compañías 4 de septiembre de 2015
Flash Gerencial GTRIB-Flash-2015-048 Estimados clientes y amigos: Por medio del presente Flash Gerencial queremos recordarles las obligaciones que deberían cumplir las compañías sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías en el mes de septiembre del presente año, considerando lo siguiente:
Designación de Auditores Externos:
La selección de los auditores externos se realizará del registro de firmas auditoras calificadas por la Superintendencia de Compañías.
La selección la efectuará la Junta General de Accionistas o de Socios de la Compañía, según el caso, o el Apoderado General de Sucursales de Compañías u otras empresas extranjeras organizadas como personas jurídicas.
La contratación de los auditores externos se efectuará hasta noventa días antes de la fecha de cierre del ejercicio económico.
La compañía debe informar a la Superintendencia de Compañías, en el plazo de treinta días contados desde la fecha de contratación, el nombre del auditor o auditoría contratada.
Obligados a la Contratación de Auditores Externos: Están obligadas a someter sus estados financieros anuales al dictamen de auditoría externa:
Las sucursales de compañías o empresas extranjeras organizadas como personas jurídicas que se hubieran establecido en el Ecuador y las asociaciones que éstas formen entre sí o con compañías nacionales, siempre que los activos excedan los US$ 100.000,00;
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