KANT EL CRITICISMO: RAZÓN TEÓRICA Y RAZÓN PRÁCTICA La RAZÓN tiene dos usos. El puro-teórico que responde a la primera de sus preguntas “qué puedo conocer”. Y el práctico que responde a “que debo hacer” y “qué me cabe esperar”. Para Kant hay tres preguntas que inquietan al ser humano: “QUÉ PUEDO SABER”, “QUÉ DEBO CONOCER” y “QUÉ ME CABE ESPERAR”. ->Kant responde a la primera de esas preguntas analizando la razón en su uso teórico en su Crítica de la razón pura, partiendo del “hecho” de la física newtoniana como paradigma de conocimiento científico y, desde este modelo, estableciendo las condiciones de posibilidad y los límites de la ciencia. Kant establece cómo son posibles los juicios sintéticos a priori en las matemáticas y en la física. Para el análisis de Kant se dice que no hay posibilidad de realizar juicios sintéticos a priori en la metafísica, que son los de la ciencia, es decir, en cuanto al yo, a Dios y al mundo en su totalidad. ->Según la Crítica de la razón pura no cabe una metafísica como ciencia. Para Kant desde la razón en su uso teórico no es posible responder a cómo se debe vivir, o si se puede esperar otra vida tras ésta. Por lo que ambas cuestiones encuentran respuesta desde la razón en su uso práctico. Y es por ello que Kant afronta estas dos cuestiones en su Crítica de la razón práctica y en la Fundamentación de la metafísica de las costumbres. En las cuales Kant parte del “hecho de la razón práctica”, que es la existencia de una ley moral universal, expresión de la razón humana. ->Partiendo del hecho del deber, Kant distinguirá entre imperativos hipotéticos y categóricos, y creará una moral formal caracterizada por su autonomía y su universalidad. ->Así pues, desde LA RAZÓN PRÁCTICA Kant responde a “QUÉ DEBO HACER” y a “QUÉ ME CABE ESPERAR”. Y Kant introduce como condiciones indispensables para la existencia de esa ley moral universal, es decir, como postulados la libertad, la inmortalidad, y Dios. LAS CONDICIONES DE POSIBILIDAD DE LA CIENCIA Y DE LA METAFÍSICA En la Crítica de la razón pura, Kant contesta a la primera de las grandes preguntas que propone su filosofía: ¿qué puedo conocer?. Con esta obra Kant analiza las condiciones de posibilidad de la ciencia, lo que le lleva a establecer los límites del conocimiento científico. Así, partiendo del “hecho” de la razón pura (la física newtoniana), Kant analiza cómo son los juicios de la ciencia. Estos juicios son sintéticos y a priori, ya que nos dan más información y son universales y necesarios. Kant analiza la posibilidad de los juicios sintéticos a priori de las matemáticas en la estética trascendental. También, Kant estudia la posibilidad de los juicios sintéticos a priori en la física en la analítica trascendental. ->Por lo que Kant afirma que en la dialéctica trascendental no son posibles los juicios sintéticos a priori en la metafísica, por lo que ésta no es una ciencia ->Las grandes corrientes de la filosofía moderna parecían haber llegado a un callejón sin salida. En esta situación, Kant advirtió que el fenómeno del conocimiento humano no es ni pura
percepción sensible ni pura creación absoluta de la razón, sino una “síntesis trascendental” de ambas facultades cognitivas. Así para Kant si que hay un conocimiento científico del fenómeno ya que en él se conjugan elementos materiales (conocimiento sensible), pero también formales (a priori: espacio y tiempo en matemáticas y categorías en física). ->Pero no cabe un conocimiento científico de la metafísica, ya que no puede existir conocimiento científico si no hay fenómeno. Por lo que Kant concluye con que no cabe una metafísica como ciencia: en yo, el mundo en su totalidad y Dios no existe elemento material (no hay conocimiento sensible de ellos), y por tanto, no son fenómenos. LA ÉTICA UNIVERSAL Kant afronta la cuestión de la ética en la Crítica de la razón práctica y en la Fundamentación de la metafísica de las costumbres respondiendo a las últimas dos preguntas, “qué debo hacer” y “qué me cabe esperar”) ->En la Crítica de la razón práctica se va a preguntar cuáles son las condiciones que hacen posible el deber, partiendo del hecho de que hay deber. ->Para Kant, el “hecho de la razón práctica” es la existencia de una ley moral universal (el deber), expresión de la razón humana, que trata de analizar en su naturaleza íntima. ->En la ética kantiana la dimensión moral de las acciones depende de la intención de la voluntad al actuar: si el hombre, al actuar, posee una motivación distinta del puro cumplimiento del deber, su actuación no será moralmente buena, por no ser racional , y aunque cumpla la ley, si su intención no era obrar por deber está obrando por imperativo hipotético. ->De este modo, la moral kantiana es una moral formal en la que lo importante es la intención, la “forma”, el cómo se actúa. ->Por lo que la ley moral posee para Kant, carácter de imperativo categórico. Existen dos tipos de imperativos: los HIPOTÉTICOS, en los que nos guiamos por nuestro interés, y los CATEGÓRICOS, en los que nos guiamos por nuestro deber. ->La LEY MORAL sólo puede tener carácter de IMPERATIVO CATEGÓRICO, en el que no importa el resultado, y mediante el cual se puede establecer una ética universal. Y por este carácter que posee, la ley moral solo puede provenir de la razón. Y si no fuera así, sus mandatos serían hipotéticos, y por tanto no universales y necesarios. La ley moral entendida como imperativo categórico obliga a toda voluntad. ->Por los que dos características de la ética kantiana son la
AUTONOMÍA y la
UNIVERSALIDAD (para todo el mundo). ->En una ética en la que el hombre obra bien cuando sigue los mandatos de la razón autolegisladora, el hombre es completamente autónomo (se obedece a sí mismo al cumplir la ley); y, para Kant esta ética es la única compatible con la dignidad humana (en esta apreciación kantiana se advierte especialmente su gran valoración de la razón, típica de la Ilustración). ->LA ÉTICA KANTIANA ES UNA ÉTICA UNIVERSAL.
EL HOMBRE COMO FIN EN SÍ Para Kant obrar moralmente consiste en cumplir la ley por respeto a la ley misma, en cumplir el deber porque es deber, siguiendo el imperativo categórico. ->La ley moral sólo puede tener carácter de imperativo categórico, ya que así los mandatos de este tipo afectan y obligan a todos los hombres ya que sólo mediante el imperativo categórico se puede establecer una ética universal. Y por su carácter de imperativo categórico, la ley moral sólo puede provenir de la razón. La ley moral entendida como imperativo categórico obliga a toda voluntad ->La bondad o la malicia de las acciones depende de la intención de la voluntad al actuar, por lo que estamos ante una moral formal: si el hombre, al actuar, posee una motivación distinta del puro cumplimiento del deber, su actuación no será moralmente buena aunque cumpla la ley, si su intención no era obrar por deber está obrando por imperativo hipotético. De este modo, la moral kantiana es una moral formal en la que lo importante es la intención, la “forma”, el cómo se actúa. ->Una formulación de este imperativo categórico es la siguiente: “obra de tal modo que la máxima de tu voluntad pueda valer siempre al mismo tiempo como legislación universal”. ->En otra formulación del imperativo categórico Kant señala que el hombre debe ser tratado como fin en sí mismo, y no como medio: “obra de tal manera que tomes a la humanidad, tanto en tu persona como en la de cualquier otro, siempre como un fin y nunca meramente como un medio”. Por lo que los objetos (cosas) aparecen como medios para alcanzar nuestras inclinaciones, con un valor condicionado y por tanto relativo. ->Esta formulación del imperativo categórico kantiano, que resalta la idea del hombre como fin en sí mismo, enlaza perfectamente con la dignidad personal reconocida en las actuales legislaciones constitucionales y las Declaraciones de Derechos Humanos. Una vez que Kant ha contestado a la pregunta de qué es lo que el hombre debe hacer, reintroduce los problemas que en la dialéctica trascendental había considerado como no susceptibles de conocimiento científico. Así, la libertad, la inmortalidad y Dios aparecen como postulados del hecho moral. Los postulados son las condiciones indispensables para la existencia de un hecho; la ley moral universal, el “hecho de la razón práctica”, conduce a tres postulados: -la libertad: el “deber” presupone el “poder”. No tendría sentido una norma que impusiera un deber si el hombre no tuviera dominio sobre sus actos. -la inmortalidad: un deber que no pudiera realizarse carecería de sentido. Sin embargo, la realización absoluta del deber es imposible en esta vida. Es, pues, necesario postular la existencia de otra vida donde se alcance la perfección del cumplimiento del deber sólo por ser deber. -dios: no tendría sentido una vida virtuosa que quedara sin recompensa. No obstante, el cumplimiento del deber no está armonizado con la felicidad. Dios aparece postulado de este modo como un ser que garantiza que la virtud será coronada con la felicidad.