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Niños, niñas y adolescentes en contexto de migración

Desde hace algunos años, los procesos migratorios se manifiestan con intensidad en México.11 Por su ubicación geográfica, este país ha sido por mucho tiempo un territorio de paso o tránsito. Incluso, la frontera hacia Estados Unidos se ha considerado como el mayor corredor migratorio del mundo.12 Sin embargo, en tiempos recientes el territorio nacional ha comenzado a ser atractivo como punto de destino, es decir, como lugar de residencia. Ello se demuestra por el incremento significativo sucedido en la última década en cuanto al número de personas migrantes residentes en el país: en 2010, se contabilizaron 961,121 personas, las cuales pasaron a ser 1,212,252 en 2020.13

Por otro lado, México ha sido reconocido en el ámbito internacional por su tradición de asilo y refugio. En el siglo XXI se brindó protección a miembros del grupo originario Kikapú, quienes huían de la persecución que sufrían en los Estados Unidos de América.14 En los años cuarenta del siglo pasado, fueron recibidas muchas personas de nacionalidad española que escapaban de la Guerra Civil en ese país.15 En los años setenta, se dio protección a quienes huían de las dictaduras de países como Chile, Argentina, Uruguay y Perú.16 En los ochenta, los conflictos armados que prevalecían en Centroamérica ocasionaron la salida de grandes grupos como medida de autoprotección; muchos de los cuales llegaron a México.17 Esa situación

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11 Castillo, Manuel, “Las políticas hacia la migración centroamericana en países de origen, de destino y de tránsito”, Papeles de Población, México, Centro de Investigación y Estudios Avanzados de la Población, núm. 24, vol. 6, pp. 133-157. 12 OIM, Informe sobre las migraciones en el mundo 2020, op. cit., p. 103. 13 INEGI. Censo de población y vivienda 2020. Disponible en https://www.inegi.org.mx/ app/tabulados/interactivos/?pxq=Migracion_Migracion_03_793b2477-4037-43d4-9a60-90fb2592 cdbc. [Consultado el 26 de enero de 2021]. 14 Rea Granados, Sergio Alejandro, “Retos en la implementación de la Ley Sobre Refugiados y Protección Complementaria en México: identificación, admisión y acceso al procedimiento de asilo”, Anuario Mexicano de Derecho Internacional, México, Instituto de Investigaciones Jurídicas-UNAM, vol. XVI, enero-diciembre de 2016, p. 375. 15 Caicedo, Maritza y Morales Mena, Agustín, Imaginarios de la migración internacional en México. Una mirada a los que se van y a los que llegan. Encuesta Nacional de Migración, México, Universidad Nacional Autónoma de México, p. 119. 16 Idem. 17 Rea Granados, Sergio Alejandro, “Retos en la implementación de la Ley Sobre Refugiados y Protección Complementaria en México: identificación, admisión y acceso al procedimiento de asilo”, op. cit., pp. 373-400.

perduró hasta inicios de la década de los noventa.18 Desde entonces, la cifra de personas migrantes que llegan al país ha ido en aumento.19

Más recientemente, a partir de octubre de 2018, los flujos migratorios provenientes de la frontera sur del país se hicieron masivos y fueron denominados “caravanas migrantes”. En su mayoría, esos movimientos han sido integrados por personas forzadas a alejarse de las condiciones de violencia, inseguridad, crisis ambiental y pobreza que predominaban en sus países de origen.20 Lo anterior dio lugar a una nueva forma de migrar que demandó la respuesta de las autoridades mexicanas. Las caravanas se han re plicado a partir de entonces y han variado en cuanto al número y las características de las personas que las integran.21

Actualmente, en nuestra región, los flujos migratorios están compuestos en su mayoría por personas provenientes de Guatemala,22 Honduras23

18 Castillo, Manuel y Toussaint, Mónica, La frontera sur de México: orígenes y desarrollo de la migración centroamericana, Cuadernos intercambio sobre Centroamérica y el Caribe, Costa Rica, Universidad de Costa Rica, núm. 2, vol. 12, julio-diciembre de 2015, pp. 64-72. 19 Véase “Unidad de Política Migratoria, Registro e Identidad de Personas”, Boletín mensual de estadísticas migratorias 2019, México, Secretaría de Gobernación. 20 González Martín, Nuria (coord.), Caravanas migrantes: las respuestas de México, México, Instituto de Investigaciones Jurídicas-Secretaría de Desarrollo Institucional, serie Opiniones técnicas sobre temas de relevancia nacional, núm. 8, 2019, pp. 7-8. 21 Los motivos para migrar en caravanas son varios. Uno de ellos es la protección y visibilidad que propician estos grandes grupos. Ello es importante para las personas que sufren riesgos particulares en el tránsito migratorio, como las mujeres (víctimas de violencia de género de tipo sexual), las niñas, niños y adolescentes no acompañados y adultos mayores. Además, las personas migrantes perciben que la fuerza mediática de las caravanas genera mayores posibilidades de cruzar de manera segura el territorio mexicano o de acceder al procedimiento para solicitar protección humanitaria, ya sea a través del refugio o las visas humanitarias. Fernández de la Reguera, Alethia, “¿Qué sucedió una vez que la primera caravana migrante salió de Chiapas?”, en González Martín, Nuria (coord.), Caravanas migrantes: las respuestas de México, op. cit., pp. 34-35. 22 En este sentido, el ACNUR indicó que durante el año 2019 existieron acciones orientadas a obstaculizar el avance de los derechos humanos y del Estado de derecho en ese país, lo que orilló a migrar a un gran número de nacionales de Guatemala, incluidas niñas, niños y adolescentes no acompañados. Véase ACNUR. Situación de los derechos humanos en Guatemala. Informe Anual A/HRC/43/3/Add.1 de 17 de enero de 2020, párrafo 5. 23 La CIDH señaló que en la última década Honduras ha sido uno de los países más violentos del mundo, y que un factor generador de la violencia es el tráfico de drogas y el crimen organizado, por lo que concluyó que el Estado debía asegurar una transformación real y efectiva de la situación de pobreza, exclusión y desigualdad estructural persistente en el país, los cuales impactan de manera directa en el ejercicio y disfrute de los derechos humanos de su población. Véase CIDH. Situación de derechos humanos en Honduras. Informe OEA/Ser.L/V/II Doc. 146 de 27 de agosto de 2019, párrafos 6, 251 y 366.

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