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Alejandro Disilvestro Socio D'Empaire
La dinámica de la relación de trabajo implica un conflicto permanente entre dos partes: patrono y trabajadores. Esa contención natural exige que se tengan reglas claras de cómo solventar los desencuentros que puedan presentarse. Toda sociedad organizada tiene un código aceptado para solucionar los problemas y las situaciones que interrumpen la armonía en la convivencia diaria. La regla básica a seguir ante un conflicto es que el mismo tiene que ser solventado por las partes directamente involucradas.
Ese es un deber que nos impone la vida en sociedad y, si no hay la posibilidad de solventarlo entre ellas, debe entonces buscarse el apoyo de un tercero. Típicamente, ese tercero es el árbitro o juez al cual hay que someterle la controversia para que sea quien dé con la solución. En materia de conflictos del trabajo, nuestra legislación establece que las partes deben acudir al inspector del trabajo o bien al juez del trabajo. De ello hablan las estadísticas de los conflictos que a diario se presentan en nuestro país.
Ante tal realidad se impone la necesidad y el deber de buscar alternativas que permitan zanjar las diferencias. Esas alternativas son la mediación y el arbitraje. Ambas vías han sido desarrolladas en otros países y han representado una respuesta oportuna y satisfactoria para lograr recuperar la armonía y el equilibrio entre las partes en conflicto.
En nuestro caso, podemos atribuirle la causa del alto número de conflictos laborales que a diario se presentan en las empresas al sistema rígido y severo que incorpora nuestra legislación laboral y a la obligación de tener que ser canalizados a través de las inspectorías del trabajo, cuya demora en dar respuesta puede ser calificada de impunidad.
Ese ambiente de licencias, sin una autoridad que tenga la capacidad para restablecer el equilibrio entre las partes y poder dar solución al conflicto, perturba el clima organizacional de tal manera que imposibilita la normal operación de las actividades de la empresa y sus trabajadores. Lamentablemente, nuestra legislación laboral sufrió un importante retroceso con la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT) de 2012.
Es importante recordar que esta ley echó por tierra los avances que se habían logrado en el Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo (LOT) de 1999 al establecerse la creación del Servicio Nacional de Mediación (SENAMED) bajo la tutoría y control del Ministerio del Trabajo. Ante ese servicio podían acudir las partes en conflicto y lograr el auxilio de un tercero imparcial que facilitara la búsqueda de una solución que permitiese alcanzar el restablecimiento del clima de armonía que debe tener toda relación entre individuos.
También se planteaba en el LOT de 1999 la posibilidad de tener un reglamento interno en cada empresa que permitiera la suspensión disciplinaria de la relación de trabajo. Ahora, ¿qué hacer ante la falta de una alternativa legal a la búsqueda de una solución oportuna del conflicto? Más allá de seguir insistiendo en una reforma de nuestra legislación laboral, para adecuarla a la realidad país y alinearla con las modernas tendencias en materia de solución asistida de los conflictos, está la posibilidad de cada empresa de poder establecer mecanismos internos de solución de conflictos, ejemplo: crear una instancia al que tengan que acudir las partes, obligatoriamente, antes de llevar el conflicto al conocimiento de la autoridad legal. El agotamiento de esta vía previa dará la oportunidad a las partes de ser ellas, con el auxilio del mediador aceptado por ambas, de lograr la solución sin tener que acudir a un tercero impuesto por la ley (inspector).
Finalmente, y como se declara en el acta de constitución de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO): «... Puesto que las guerras se originan en la mente de los hombres, es en la mente de los hombres donde deben construirse las defensas de la paz», no debemos cesar en la búsqueda de las vías de solución, más eficientes posibles, a los conflictos que se nos presenten.