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empresas PALABRA DE EXPERTO Por Rafael Antonio Garay Díaz, gerente de Fincal Administración de Fincas y vocal del Colegio de Administradores de Fincas de Almería.
Okupación: ¿Qué puede hacer la comunidad de vecinos? (Parte I) Ante este tema tan de actualidad y espinoso, cabe destacar primeramente que la Comunidad de Propietarios no tiene legitimación activa alguna para actuar en estos casos, sino que debe ser el propietario de la vivienda quien inicie los trámites legales para desalojar a los okupas. Si alguno de los vecinos del edificio es testigo, in situ, de la ocupación ilegal de una de las viviendas de la comunidad, este puede y debe denunciar como testigo de un delito de allanamiento de morada en el mismo momento que se está realizando llamando a la policía, sin esperar al día siguiente a avisar al presidente y/o administrador. Las únicas acciones legales que puede interponer la comunidad de vecinos contra los okupas son, por la vía civil, y en el que caso de que estos lleven a cabo acciones o actividades molestas, ilegales, peligrosas u otras que estén prohibidas por los estatutos, —reguladas en el Art. 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), donde se refleja que no se pueden realizar “actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañinas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas”. En tal caso, el presidente de la comunidad debe requerir el cese de dichas actividades “bajo el apercibimiento de iniciar las acciones judiciales procedentes”. La otra vía a la que podría acogerse la Comunidad, sobre todo en caso de segundas residencias, es la vía penal por delito de usurpación sin violencia (Art. 245.2 Código Penal), aunque esta debería reservarse a aquellos supuestos graves de usurpación de inmuebles, que evidencian de manera clara e indiscutible esta voluntad de adueñarse de lo ajeno, que explicaré en el próximo artículo.
Radio Sintonía: 30 años celebrando la vida contigo en las ondas Quien dijo que la música es un respiro para el alma debía compartir la filosofía de Radio Sintonía, la emisora musical que nació en 1991 bajo el nombre de Radio Melodía para celebrar la vida. A lo largo de estos 30 años, hemos llorado, reído, cantado e informado a nuestros oyentes de la actualidad en las circunstancias más extraordinarias e insólitas, como en el terremoto de Berja y sus réplicas en El Ejido de 1993 o, más recientemente, en plena crisis sanitaria. Día tras día, mes a mes y año tras año, nuestra voz se ha colado en vuestros hogares a través de esas canciones que evocan recuerdos, nos emocionan, nos ponen de buen humor y nos gusta compartir con quienes más queremos. Porque en Radio Sintonía, vosotros, queridos oyentes, sois los grandes protagonistas. Y vuestras dedicatorias, el corazón y el alma de nuestro programa. A los nuevos, a los de siempre y a los que vendrán, os damos las gracias por hacer de nuestra sintonía, la banda sonora de vuestras vidas. Cumplimos treinta años entregados a nuestra audiencia, el verdadero motor de nuestra existencia, el cual nos inspira a seguir creciendo y aprendiendo cada día. Y, ahora, enciende la radio y sube el volumen para que sigamos celebrando la vida en las ondas. ¡Gracias por sintonizar Radio Sintonía!
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