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Cuando trabajas por cuenta propia

@ Víctor Rodríguez >Director Relaciones Públicas SSA @segurosocial

¡Buen día! En Puerto Rico, muchas personas se dedican al autoempleo o son emprendedores de su negocio. Aunque consumen muchas energías y tiempo para cubrir sus gastos y gustos del presente, estos no deben sacrificar, desatender ni perjudicar su futuro financiero. Hoy orientaremos a todos los trabajadores por cuenta propia sobre su responsabilidad legal de pagar a tiempo su Seguro Social y así evitarse grandes dolores de cabeza.

Salvo pocas excepciones, pagar el Seguro Social es un requisito de ley para todas las personas que devengan ingresos por sus actividades laborales. Si usted es empleado, su patrono es responsable de descontarle los impuestos de Seguro Social y Medicare a su salario y reportar dichos ingresos. Sin embargo, si usted trabaja por su cuenta, tiene negocio propio o labora bajo servicios profesionales, usted es la única persona responsable —por ley— de reportar dichos ingresos.

Por ejemplo, los actores, cantantes, productores de espectáculos, bailarines, modelos, periodistas ‘freelance’, grueros, pescadores, taxistas, choferes de carro público —‘pisicorres’—, payasos, agentes hípicos, abogados, estilistas, entre- nadores personales, contadores, artesanos, médicos, mecánicos, hojalateros, plomeros, electricistas, estrellas de la lucha libre (¡Atángana!), boxeadores, ‘influencers’ de las redes sociales, así como quienes rinden servicios profesionales, operen negocio propio o trabajen por su cuenta, tienen que pagar su Seguro Social. En Puerto Rico, estas personas radicarían la planilla federal 1040-PR con el Servicio de Rentas Internas Federal (IRS) en o antes del 15 de abril de cada año. En 2023, el IRS extendió esta fecha límite hasta el martes 18 de abril. Este requisito es aparte a cualquier otra responsabilidad contributiva y fecha límite de radicación de planillas con el Departamento de Hacienda.

En general, casi todos los ingresos acreditados en su récord de ganancias de Seguro Social se considerarán para computar sus beneficios de retiro, incapacidad, dependientes y sobrevivientes. Por lo tanto, desde muy temprana edad, usted debe tomar las medidas necesarias para tener mejores ingresos en el futuro, incluyendo Seguro Social. Aunque disfrute o gaste sus ingresos actuales para resolver asuntos del momento, recuerde que el tiempo pasa, los chavos se acaban y sus energías bajan.

Algunas personas cobran un beneficio ‘bajito’ de Seguro Social porque siempre reportaron ingresos menores a los que realmente deven- gaban en sus negocios o trabajos por cuenta propia. Aunque ahora lamentan cobrar tan poco, el Seguro Social constituye una importante —y a veces única— fuente de ingreso para ellos y sus dependientes. En el peor de los casos, ellos o sus viudas(os) e hijos(as) sobrevivientes no cobran beneficios porque esta persona no aportó al Seguro Social por tales ingresos.

Supongamos que, durante los pasados 15 años, Indiana Jones Martínez trabajó por su cuenta realizando espectáculos donde utilizaba su látigo con gran maestría para matar cientos de mosquitos, abejas, avispas y cucarachas voladoras, pero nunca pagó Seguro Social por dichos ingresos. Cuando solicitó nuestros beneficios de retiro, se dio cuenta de que cobraría un beneficio bieeeeeen bajito ya que los únicos salarios acreditados y considerados fueron aquellos que devengó hace muchísimos años como empleado en el Monoloro, Safary Park y Disco Patín. Aquellos patronos afortunadamente le reportaron esos ingresos, los cuales lo aseguraron a nuestros beneficios.

Si usted trabaja por su cuenta, radique la planilla 1040PR antes del martes 18 de abril, para evitar multas y penalidades. Hágalo a tiempo pues la ley establece que SOLAMENTE podemos acreditarle dichos ingresos si la radica EN O ANTES DE QUE HAYAN TRANSCURRIDO

TRES AÑOS, TRES MESES Y QUINCE DIAS DEL AÑO TRABAJADO. Si la radica luego de este período límite, sus ingresos NO serán acreditados, aunque haya pagado multas y penalidades. Radicar estas planillas a tiempo es vital para que usted o sus seres queridos reciban beneficios de Seguro Social.

Veamos una posible consecuencia por no radicar estas planillas a tiempo. Generalmente, usted tuvo que trabajar cinco de los últimos diez años para cualificar para posibles beneficios por incapacidad y reunir otros requisitos. Si Indiana Jones Martínez radica las planillas de los últimos cinco años ahora, solamente pudiéramos acreditarle los últimos tres o quizás cuatro años si el IRS las recibió en o antes del tiempo requerido. En este caso, él no estaría asegurado para nuestros beneficios por incapacidad. Para cualificar, él debería continuar trabajando para acumular los créditos que le faltan, pero lamentablemente ya no tiene las fuerzas, energías ni salud para hacerlo.

Para detalles sobre la planilla 1040PR, llame al IRS al 1-800-9069887, quienes pueden ayudarle a llenar estas planillas ‘libre de costo’ en varios Centros de Asistencia Gratuita (VITA) alrededor de la isla.

Aclare dudas sobre Seguro Social, llámenos al 1-800-772-1213, acceda www.segurosocial.gov, o visite su oficina local de Seguro Social.

Amplía su presencia en la Isla Baristas del Caribe, LLC. (BDC), empresa que opera las tiendas Starbucks en Puerto Rico, anunció el regreso de la icónica marca de café a Isla Verde —popular destino turístico— con la reapertura de una tienda en el Fairmont El San Juan Hotel. Además, Starbucks se expande a una nueva ciudad en la zona norte de la Isla, con la pronta apertura de la tienda con servicarro en la carretera PR-2, en el municipio de Hatillo. Estas tiendas Starbucks marcan las ubicaciones 30 y 31 respectivamente. Starbucks Puerto Rico ahora opera en 9 municipios del País, con aproximadamente 600 empleados.

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