GRATIS ESCENARIO
¡Se casó la chef Marilyn López!
> LUNES, 29 DE MARZO DE 2021 >NUM 14301 >SAN JUAN, PUERTO RICO •
Con el empresario Nelson Torres. >P30
WWW.ELVOCERO.COM
La verdad no tiene precio
DEPORTES
Firma su mejor actuación en el PGA Tour
El golfista puertorriqueño Rafa Campos llegó segundo en el Campeonato Corales, de Punta Cana. >P37
RETOMAN Rehabilitation Hospital
DISCUSIÓN SOBRE
Pág. 2
REFORMA LABORAL
NOTICIAS AHORA
MUNDIALES
ECONOMIA
ESCENARIO
Con varios proyectos sometidos a la legislatura, y el actual debate sobre el salario mínimo, el gobierno pretende una vez más cambiar la legislación que regula la relación de los patronos con sus empleados. >P6/8
Continúa viacrucis para los residentes de Vieques y Culebra. >P3/4 JUNTA FISCAL APUNTA A
JUNTA FISCAL APUNTA A
MAS FELICES LAS PERSONAS
JUANES CONTAGIA
Más de 1 millón
de dosis de la vacuna contra el covid-19 administradas en la Isla.DEPORTES >P14 ECONOMÍA
APUESTAN A LOS FONDOS CDBG
Para el repunte de la producción y el desarrollo económico de la Isla. >P27 ‘EL EXPLOSIVO’ PELEARÁ EL 24 DE JUNIO EN NUEVA YORK
EL VOCERO DE PUERTO RICO > LUNES, 29 DE MARZO DE 2021 > 2
>3
> LUNES, 29 DE MARZO DE 2021
ÍNDICE
PRIMERA PLANA >6
NOTICIAS AHORA >P10
OPINIÓN >P24
ECONOMÍA >P27
ESCENARIO >P30
CLASIFICADOS >P33
DEPORTES >P37
ESCENARIO
DEPORTES
Necesario actualizar estadísticas de autismo
De vuelta el voleibol femenino a la capital Las Llaneras de Toa Baja trabajan en la mudanza a San Juan para la venidera temporada 2021. >P39
Las más recientes se remontan a una década. >P32
¿Está de acuerdo en que Puerto Rico abra los puertos a la entrada de cruceros?
55%
45%
Durante este pasado fin de semana, residentes de las islas municipio realizaron manifestaciones exigiendo a que se mejore su calidad de vida. > Fotos: Josian E. Bruno Gómez / EL VOCERO
Sí No
Queremos saber si cree que el gobierno de Pierluisi podrá mejorar en este cuatrienio el sistema de lanchas a Vieques y Culebra. Participe en el sondeo entrando a www.elvocero.com. Búsquenos en las redes sociales
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@elvocero Hoy en la sección de
Opinión
Reclaman servicio de lanchas que funcione Residentes de las islas municipio vuelven a alzar su voz para exigir mejoras al transporte marítimo
sevelt Roads. Durante este pasado fin de semana, residentes de ambas islas municipio realizaron manifestaciones por mar exigiendo un servicio que mejore su calidad de vida. La última protesta tuvo lugar fren-
te al terminal de lanchas de Vieques, cuando los manifestantes madrugaron para bloquear el acceso desde el agua al muelle, que es el lugar donde salen y llegan las embarcaciones de la Autoridad de Transporte Marítimo (ATM).
Yaritza Rivera Clemente Katherine Angueira Navarro
Lcdo. Iván Rivera
>Yrivera@elvocero.com @Yaritzaclemente
CEIBA — Ante la inestabilidad en el servicio de transporte marítimo, los residentes de Vieques y Culebra han alzado nuevamente su voz para reclamarle al gobierno que atienda de manera definitiva los problemas de movilidad de las islas municipio, que no se solucionaron con el traslado del terminal de Fajardo a la antigua base Roo-
Esta manifestación fue la secuela de las protestas realizadas el pasado sábado, que culminaron con tres personas arrestadas, el servicio de transporte hacia las islas suspendido y residentes varados en el terminal de lanchas en Ceiba. Ayer permanecía suspendido el servicio hacia Vieques, mientras que operaba con normalidad el transporte hacia Culebra. “Nos tuvimos que quedar en un hotelito en el cual pagamos $312 y regresamos esta mañana y nos encontramos con la misma situación de que las lanchas para Vieques no pueden salir porque no las dejan entrar un grupo de viequenses en Kayak”, expresó en declaraciones a EL VOCERO, Helga Monel Acevedo, residente en la isla municipio. La mujer —quien tenía los ojos llorosos y no había podido tomarse sus medicamentos a con-
Pase a la página 4 Residentes que quedaron varados en el terminal de Ceiba durante el fin de semana.
4< PRIMERA PLANA
> LUNES, 29 DE MARZO DE 2021
José “Guillito” Rodríguez designa a alcalde interino Mientras continúan los llamados de investigación al alcalde de Mayagüez Laura Isabel González >lgonzalez@elvocero.com @laura_isabel8
Helga Monel Acevedo camina para abordar una lancha privada hacia Vieques.
Viene de la página 3 secuencia de la situación— había llegado el sábado a Ceiba para realizar varias gestiones, entre ellas la compra de alimentos. Sin embargo, ayer tenía la preocupación de que se le dañara parte de los alimentos que había comprado. “En el hotel nos ayudaron a conservarlas (las carnes) anoche, pero hoy (ayer) las tenemos en el carrito que tenemos alquilado para ver qué pasa. Si se dañan, pues, ¿quién me va a pagar ese dinero? Esto no es vida para nosotros. Nos están maltratando. Viequenses contra viequenses. Esto es un secuestro”, expresó Monel Acevedo. Aunque la mayoría de los viequenses que se quedaron varados el sábado en Ceiba regresaron a la isla municipio con la ayuda de los pescadores, Monel Acevedo contó que decidió no subirse a las embarcaciones por cuestión de seguridad. Al igual que ella, otros ciudadanos tomaron la misma decisión, entre ellos Waldemar Velilla, también residente de Vieques. “Pernocté en un carro, en un vehículo y no es la primera vez. Ya yo llevo como tres o cuatro veces en la misma situación, que cuando se suspende la transportación hay que esperar. Si la lancha sale a las 4:00 p.m., a veces nos hemos ido a las 12:00 a.m., o hemos tenido que esperar el viaje de la madrugada, a las 4:00 a.m.”, abundó Velilla. “Estamos esperando que mejore (el servicio), eso es lo que deseamos”, sostuvo. Por su parte Gabriel Cordero, residente de la comunidad Esperanza, en Vieques, también se vio afectado con la manifestación, y relató que tuvo que hacer gestiones para un cambio de boleto. “Se van a reanudar los viajes a las 5:00 a.m., y voy a montar un vehículo que tengo para llevarlo a
Vieques. Soy de allá, nací allí (en Vieques) y vengo aquí (a Ceiba) a hacer gestiones como ir al supermercado, al médico y es bien necesaria esta ruta para nosotros. Una vez se paraliza la ruta, estamos presos en nuestras islas. Creo que el sistema puede mejorarse”, sostuvo.
Se deja sentir el alcalde
El alcalde de Vieques, José ‘Junito’ Corcino Acevedo, expresó que entiende la molestia de los residentes de la isla municipio con el ser-
El senador Rafael Bernabe acudió hasta el terminal de lanchas de Ceiba para solidarizarse con los manifestantes.
vicio de transportación marítima, que solo se puede catalogar como “deficiente”. “Las manifestaciones de hoy (ayer) en nuestra isla municipio de Vieques contra lo que todos catalogamos como un servicio muy deficiente, son parte de esa expresión”, señaló.
Se solidarizan con los residentes
Miembros del Movimiento Victoria Ciudadana (MVC), incluyendo el senador Rafael Bernabe, se movilizaron ayer hasta el terminal de lanchas de Ceiba en apoyo a los residentes de las islas municipio. “Evidentemente estamos apo-
yando la lucha del pueblo de Vieques y Culebra, específicamente porque tengan el sistema de transporte que se merecen y que necesitan”, declaró Bernabe a la prensa.
Nombran director de ATM
En medio de las protestas, se designó el sábado al nuevo director ejecutivo de la ATM, Jorge Droz. Sin embargo, los residentes entrevistados por EL VOCERO coincidieron en que se debe designar al cargo a una persona que viva en Vieques o en Culebra y que conozca de primera mano la situación. La designada secretaria del Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), Eileen Vélez Vega, aseguró ayer a EL VOCERO que el plan es que hoy se puedan reanudar los viajes hacia Vieques. “Nosotros estamos dispuestos al diálogo en todo momento, nos hemos estado comunicando con los alcaldes y vamos a tener una reunión con los alcaldes y el nuevo director ejecutivo de ATM”, adelantó. “Nosotros estamos comprometidos para ayudarles a que el sistema de transporte marítimo sea seguro y confiable. Estamos nosotros preparando el plan para tener embarcaciones de carga adicionales. Las nuestras están en varadero. Cuando las embarcaciones de carga y pasajeros estén disponibles vamos a tener la redundancia en la flota que tanto necesitamos”, sostuvo Vélez Vega. Actualmente hay cuatro embarcaciones de pasajeros, de las cuales dos de ellas comenzarán a utilizarse esta semana. “Tenemos cuatro embarcaciones de carga que son las que están operando actualmente y esas incluyen la barcaza Marilyn”, puntualizó. EL VOCERO hizo gestiones para una reacción del alcalde de Culebra, Edilberto Romero, pero al cierre de esta edición no se obtuvo respuesta.
Figuras políticas siguen reaccionando a la pesquisa en torno al exasesor del Municipio de Mayagüez, Alejandro Irizarry Irizarry, y exigiendo una investigación de las finanzas del municipio. Mientras tanto, a través de un comunicado de prensa, el alcalde de ese municipio José Guillermo Rodríguez, anunció ayer la designación de un alcalde interino para que según él, “no se pueda retrasar ni detener el plan de recuperación”. En el comunicado de prensa, el alcalde no dice si dejará el cargo y llamadas de este medio para obtener una reacción resultaron infructuosas. “Para culminar esta semana, lo mejor de todos los anuncios, después de una investigación, intensa, profunda, profesional y sofisticada, donde en esas dos acciones procesadas, ningún funcionario del Municipio comenzando con el alcalde, es parte de ese esquema de fraude por el que han sido acusados, las personas que fueron arrestadas”, indicó el funcionario en el comunicado. “Le aseguro al país y a la gente buena y sensata de Mayagüez, que al final de ese recuento cronológico de fechas y acciones afirmativas que he ordenado preparar, en todo momento quedará evidenciado que los funcionarios que atendieron la parte que correspondía al Municipio lo ejercieron con la asesoría legal y financiera. Esa información fue provista a las dos agencias federales especializadas en transacciones financieras y criminales, el cual una vez consultado con esas agencias, espero se pueda hacer público ese recuento, garantizando que la información pública que se ventile de este asunto no pueda afectar de ningún modo esta investigación intensa que se ha hecho en esta lamentable situación”. La semana pasada Irizarry Irizarry, exasesor de Mayagüez y exrector de la Pontificia Universidad Católica, fue acu-
sado junto a otras seis personas por un gran jurado de 33 cargos relacionados a un esquema para cometer fraude contra el ayuntamiento en una inversión de $9 millones. El dinero utilizado para el fraude había sido asignado a través de resoluciones conjuntas de la Asamblea Legislativa al municipio de Mayagüez para la renovación y mejoramiento del Centro Comprensivo de Trauma. Sin embargo, el dinero no fue utilizado para estos fines.
Debe tener “espacio”
Mientras tanto, el presidente de la Asociación de Alcaldes, Luis Javier Hernández, indicó que el alcalde Rodríguez se desvinculó de esta entidad “hace varios años” y que este debe tener “espacio” para manejar la situación que atraviesa el ayuntamiento. “Con relación al caso de Mayagüez, informo que el compañero José Guillermo Rodríguez se desafilió de la Asociación de Alcaldes de Puerto Rico hace ya varios años. Ante la situación surgida de la investigación federal, entendemos que Rodríguez debe tener el espacio suficiente para hacer sus expresiones al respecto”, indicó por escrito Hernández a EL VOCERO. “Ciertamente la fiscalía federal ha indicado que la investigación en curso es relacionada a fraude en el manejo de inversiones, donde el Municipio resultó víctima, y que este caso no es de corrupción gubernamental”, acotó. Por otra parte, el representante José Aponte Hernández emplazó al presidente de la Cámara de Representantes, Rafael “Tatito” Hernández, a darle paso a la resolución de su autoría dirigida a investigar el manejo de fondos y las transacciones realizadas por el municipio de Mayagüez a través de la corporación municipal Mayagüez Economic Development Inc. (MEDI). “Hago un llamado al presidente de la Cámara para que en nuestra próxima sesión, el martes 6 de abril, se dé el trámite correspondiente para incluir en el calendario y aprobar la Resolución de Investigación. Estamos hablando de que se perdieron unos $9 millones de fondos municipales entre 2016 y 2017 por un esquema fraudulento”, expresó el legislador del Partido Nuevo Progresista (PNP). EL VOCERO intentó contactar al presidente cameral para una reacción, pero no se obtuvo respuesta.
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< EL VOCERO DE PUERTO RICO > LUNES, 29 DE MARZO DE 2021
6<
PRIMERA PLANA
> LUNES, 29 DE MARZO DE 2021
Retoman discusión sobre reforma laboral
Legisladores proponen nuevamente crear un solo código que recoja la legislación existente
Maricarmen Rivera >mrivera@elvocero.com @mriverasanchez
La legislación laboral en Puerto Rico ha atravesado cambios significativos en años recientes y la Legislatura considera agrupar toda esa legislación en un solo código que contenga todas estas leyes de manera coherente. Sobre la mesa hay propuestas para derogar el actual código, aumentar el salario mínimo y revisar cómo operan las leyes ya aprobadas, como la que se supone garantice igual paga por igual trabajo, entre otras. La presidenta de la Comisión senatorial de Derechos Humanos y Asuntos Laborales, Ana Irma Rivera Lassén, afirmó que una de las metas es agrupar en un solo código toda la legislación laboral que existe. “Eso no es cualquier cosa y va a ser difícil. Cualquier código que uno vaya a hacer incluye poner junta la legislación que de alguna manera se interrelaciona y que se le dé un orden lógico”, indicó. “Codificar esa legislación es algo que le debemos al pueblo para que sea un documento que tenga coherencia. Es algo muy pesado, es denso, pero es necesario”, añadió. Este trabajo, señaló, tendrá que ir de la mano con la evaluación de otros proyectos y temas laborales. “Vamos a estar mirándolo todo. En la medida que se mira toda la legislación y se enmienda legislación, se definen los derechos de los trabajadores y trabajadoras. Esto es lo que alimenta un eventual código”, indicó. “No hay que esperar tener un código para evaluar la legislación”, apuntó.
Se intentó hace una década
Los cambios a las leyes laborales durante la administración de Ricardo Rosselló, provocaron múltiples protestas de grupos sindicales. >Josian E. Bruno Gómez/EL VOCERO
La intención, explicó, era compilar las leyes laborales y eliminar la legislación que resultara “obsoleta”. “Ha habido múltiples enmiendas a las leyes laborales desde entonces porque esto fue entre 2010 y 2011 y nos tomó un año la redacción del proyecto. Lo que tendrían que hacer es actualizar el trabajo porque yo creo que es el camino correcto”, recomendó.
Como presidenta de la Cámara, la ahora comisionada residente Jenniffer González intentó sin éxito crear un documento que recogiera toda la legislación laboral aprobada al momento. La discusión pública de esta Proyectos radicados propuesta incluyó la objeUno de los primeros proción de grupos sindicales Un proyecto del yectos radicados en esta que expresaron la preocugobernador Pedro sesión legislativa fue precipación de que esta compiPierluisi enviado a la samente para derogar la Ley lación de leyes implicara la Legislatura propone 4 de 2017, conocida como reducción de beneficios. que se evalúe si se Ley de Transformación y “Eso se radicó y hubo ha cumplido con Flexibilidad Laboral. El proreuniones para empezar las la Ley de Igualdad yecto, radicado por la devistas públicas. El Senado Salarial. legación popular en la Cádecidió no darle paso a la mara, propone “restituir los iniciativa, pero el liderato obrero participó”, afirmó González sobre el derechos laborales aplicables a la empresa proceso que comenzó en 2011. Indicó que privada, restablecer el periodo probatorio, la Cámara finalmente no lo aprobó por en- la presunción e indemnización por despido tender que “iba a ser un esfuerzo fútil si el injustificado y la fórmula para computar la Senado no lo iba a aprobar. Fue legislación acumulación de licencias por vacaciones y que tomó meses. Tenía algunos líderes sin- enfermedad”. El representante independentista Denis dicales en contra de compilar estas leyes”.
Dato relevante
Márquez radicó otro proyecto para garantizar por ley que todo empleado pueda tener “derecho a la desconexión de comunicaciones electrónicas relacionadas con su empleo fuera de horas laborales”. El gobernador Pedro Pierluisi envió a la Legislatura un proyecto que de ser aprobado, ordenaría al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos, la Oficina de la Procuradora de las Mujeres, la Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos y el Departamento de la Familia que evalúen si se ha cumplido con la Ley de Igualdad Salarial (Ley 16 de 2017). “También deberán analizar los programas de autoevaluación y acciones remediales contra el discrimen salarial por razón de sexo, las querellas que se hayan sometido y comparar los salarios de las mujeres y los hombres por igual trato en las agencias del gobierno y las agencias privadas”, puntualizó el gobernador en comunicado de prensa. Hay, además, legislación para crear una licencia laboral para donar sangre, extender la licencia por maternidad e incluir la maternidad subrogada, así como una medida de la senadora independentista María de Lourdes Santiago para crear un plan que cuantifique el trabajo no remunerado. La Comisión cameral de Asuntos Labo-
Ha habido múltiples enmiendas a las leyes laborales desde entonces porque esto fue entre 2010 y 2011 y nos tomó un año la redacción del proyecto. Lo que tendrían que hacer es actualizar el trabajo porque yo creo que es el camino correcto. Jenniffer González expresidenta de la Cámara de Representantes
rales ya comenzó las vistas públicas para derogar la reforma laboral de 2017. El representante popular Domingo Torres, quien preside la comisión, recordó que ya la Cámara aprobó el proyecto de “retiro digno” y que la medida espera la consideración del Senado. “Estamos de acuerdo en que la reforma laboral hay que enmendarla. Luego que terminemos las ponencias queremos sentarnos como comisión para analizar un proyecto y también tener un código laboral que resuma toda la legislación”, adelantó. “Queremos tratar de tener todas las leyes en un documento porque sabemos que muchas tienen que ser revisadas y algunas tendrán que ser derogadas”, concluyó.
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< EL VOCERO DE PUERTO RICO > LUNES, 29 DE MARZO DE 2021
PENSIONADO DEL GOBIERNO
8< NOTICIAS AHORA
> LUNES, 29 DE MARZO DE 2021
Más “evaluación” al aumento en el salario mínimo Ramas legislativa y ejecutiva continúan analizando el controversial asunto Maricarmen Rivera >mrivera@elvocero.com @mriverasanchez
Ante el reclamo público de que se aumente el salario mínimo de $7.25 que se paga en la Isla, la Cámara de Representantes delineó el proyecto que crearía la Comisión para el Aumento del Salario Mínimo, para que “analice, investigue y defina una metodología para aumentar el salario mínimo en el Estado Libre Asociado”. Con este proyecto, se dispone que dicha comisión establezca “una base de datos que permita realizar todo tipo de análisis en torno al proceso de aumento y realizar estudios actuariales para determinar la forma de aumento”. El representante popular Domingo Torres, quien preside la
comisión cameral de Asuntos Laborales, expresó que endosan esta medida “porque no queremos desde la Asamblea Legislativa imponer un salario mínimo sin hacer un estudio y un análisis por industria”. “Queremos llevarlo por industria para ver quién está apto para poder pagarlo. Queremos tomar en cuenta el producto interno bruto y hacer un análisis completo y ver qué conversaciones podemos tener para que no se afecten las ayudas federales”, explicó. La comisionada residente Jenniffer González, indicó por su parte, que se debe evaluar el impacto de este aumento en la producción de la Isla. “Si bien es cierto que nadie vive con $7.25, tenemos una realidad y es que un aumento en el salario mínimo pudiera producir perder más empleos y que se importen más productos de China”, alegó la comisionada. “Hemos tenido reuniones con los segmentos de construcción, producción local, manufactura, y cualquier incremento a nivel federal o estatal tiene un efecto en la producción y en los empleos locales”, aseguró El gobernador Pedro Pierluisi firmó la orden ejecutiva que fija en $10.95 por hora el salario a los trabajadores de la construcción que laboren en proyectos de re-
La comisión de Asuntos Laborales celebra vistas con relación al proyecto que propone crear la Comisión para el Aumento del Salario Mínimo en Puerto Rico. >Brandon Cruz González/EL VOCERO
construcción. El exsecretario del Trabajo, Ruy Delgado Zayas, considera por su parte, que no debe haber duda de que el salario actual de $7.25 por hora no es aceptable. “No hay mucha controversia en el sentido de que realmente los $7.25 de salario mínimo que tiene Puerto Rico no es suficiente. Es de las pocas jurisdicciones que quedan donde se mantiene ese salario mínimo desde 2009. Hay más de 30 estados que tienen un salario mínimo superior por mucho a los $7.25”, señaló. “La propuesta no es subirlo de cantazo. Es que escalonadamente se debe pensar en un aumento para hacerlo más atractivo y pueda satisfacer las necesida-
des de las personas que trabajan y sus familias”, abundó. De acuerdo con Delgado Zayas, medidas como aumentar el salario mínimo y permitir que los trabajadores mantengan las ayudas que reciben harían más atractivo el ingreso a la fuerza laboral. “Es injusto que al trabajador se le ponga en esa disyuntiva y que el Departamento del Trabajo le pida a los patronos que delaten los empleados que no regresen a trabajar. Eso no es una manera justa de atender la situación”, indicó. “Hay que buscar opciones”, agregó. Urgió, además, a que se atienda el discrimen contra las mujeres trabajadoras. “El discrimen contra la mujer
Queremos llevarlo por industria para ver quién está apto para poder pagarlo. Queremos tomar en cuenta el producto interno bruto y hacer un análisis completo y ver qué conversaciones podemos tener para que no se afecten las ayudas federales. Domingo Torres, representante PPD
trabajadora sigue siendo un problema en Puerto Rico. Se ha pasado legislación para garantizar igual paga por igual trabajo y hay una ley de igualdad salarial. Pero el discrimen sigue”, afirmó. “La licencia de lactancia no está atemperada a la ley federal, que es más beneficiosa para la madre lactante. Cuando se habla del discrimen a la mujer se habla de la violencia, pero en el aspecto de la mujer trabajadora creo que no se hace justicia y hay que atenderlo adecuadamente”, alertó. Por su parte, la Asociación de Industriales se opone al proyecto para crear la Comisión para el aumento del Salario Mínimo según está redactado, e invitaron a una discusión “balanceada y sosegada” sobre el tema.
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< EL VOCERO DE PUERTO RICO > LUNES, 29 DE MARZO DE 2021
10< NOTICIAS AHORA
> LUNES, 29 DE MARZO DE 2021
El alcalde de San Juan, Miguel Romero, presentará el presupuesto del municipio ante la Legislatura Municipal en o antes del 26 de mayo. >Brandon Cruz González/EL VOCERO
Pesan las pensiones sobre el presupuesto de San Juan Son más de $100 millones la deuda a Retiro acumulada por la pasada administración >mcorrea@elvocero.com
en el presupuesto, y obviamente eso coincide en el trabajo final que se vaya a hacer porque estamos buscando una amortización de esa deuda que no afecte lo que es el servicio esencial. Y claro, es algo que se supone que no llegaremos a esto pues, lamentablemente, se dejó de pagar a pesar de que la propia ley establecía que se pagara y puede ser hasta un posible delito el dejar de pagar esa aportación”, indicó.
@melissaivelise
Inversión en infraestructura
Melissa Correa Velázquez
Afirmó que presentará el presupuesto El Municipio de San Juan busca amor- ante la Legislatura Municipal en o antes del tizar la deuda de sobre $100 millones de la 26 de mayo. administración de Carmen Yulín Cruz por Adelantó que le dará prioridad al uso de concepto del pago de las pensiones, para los fondos federales para invertirlos en inevitar que se afecten los servicios a la ciu- fraestructura. dadanía, afirmó el alcalde “Ya formamos un Miguel Romero. acuerdo para fondos fede“Como salió reseñando rales; los primeros $20.8 en la transición, la pasada millones que estamos administración dejó de paidentificando para invergar desde el 2017 las aportirlos en la infraestructura. taciones que por ley cada Ahora vamos a enmendar El municipio de San municipio envía a los sisteese acuerdo con Vivienda Juan invertirá en mas de Retiro; eso acumuló para asignar casi unos $11 infraestructura más una deuda de sobre $100 millones adicionales. Así de $20 millones de millones. Esa deuda está vamos a estar llevando a fondos federales garantizada por las remesas cabo proyectos de mejoras del CRIM —por los ingresos de aceras, de infraestrucque recibe el Municipio sotura, inversión de fondos bre la propiedad— y es una partida impor- en lo que son los CDT de San Juan; para tante porque es lo que permite la operación nosotros poder llevar a cabo unas mejode los servicios esenciales, de atender lo ras que son importante en estas facilidaque es la limpieza, el recogido de basura, los des de salud y que se den los servicios de temas de seguridad. He tenido ya reuniones forma apropiada, y que tengamos un plan con el Administrador de los Sistemas de Re- de mejoras capitales dirigido a mejorar las tiro”, señaló Romero a EL VOCERO. condiciones de nuestras carreteras, pro“Estamos llegando a unos acuerdos que yectos de iluminación de áreas públicas y conlleva que una vez finalizadas las parti- mejoramiento de facilidades recreativas y das de pagar ese plan de pago, se incluyan de parques”, detalló.
Dato relevante
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< EL VOCERO DE PUERTO RICO > LUNES, 29 DE MARZO DE 2021
EL VOCERO DE PUERTO RICO > LUNES, 29 DE MARZO DE 2021 > 12
NOTICIAS AHORA >13
> LUNES, 29 DE MARZO DE 2021
Temen perder beneficios adquiridos De pasar los trabajadores de la AEE al consorcio de LUMA Energy Nelson Reyes
> Especial para EL VOCERO
Los empleados de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) no tendrían garantizados todos los beneficios adquiridos en la agencia una vez pasen a ser parte de la fuerza laboral de la empresa LUMA Energy, según documentos obtenidos por EL VOCERO. Por ejemplo, de acuerdo a la propuesta de contrato que según fuentes del periódico le llegó a varios empleados de la AEE, la compañía no asegura que los beneficios médicos sean extendidos a los miembros de la familia de forma automática. El documento indica que LUMA estaría evaluando la elegibilidad del familiar del empleado de la corporación para así conocer si estos son elegibles o no. Otro de los términos del contrato especifica que LUMA Energy procederá con la contratación del empleado una vez complete un proceso de investigación y que el resultado indique que la persona es capaz de trabajar en Estados Unidos como representante de la empresa. Este punto es parte del contrato de compromiso con LUMA. Con respecto a las vacaciones, la compañía le otorgará al empleado 15 días de vacaciones (120 hora) al año y un total de 12 días por enfermedad (96 horas al año). No obstante, LUMA se reserva el derecho de modificar cualquier política de tiempo por paga.
Se inclinan por el gobierno
Los empleados de la AEE tienen que decidir si solicitan trabajar con LUMA o si pedirán un traslado a otra agencia del gobierno. De acuerdo con el líder de la Unión de Trabajadores de la Industria Eléctrica y Riego (Utier), Ángel Figueroa Jaramillo, existe inclinación entre los trabajadores a
Empleados de la AEE se han manifestado en varias ocasiones para pedir que se cancele el contrato con LUMA Energy. > Archivo / EL VOCERO
mantenerse trabajando con el gobierno. “La gran mayoría —yo diría que más del 90% de los 4,000 empleados— están inclinándose a quedarse con el gobierno. Hasta el día de hoy (ayer) solamente han aceptado la propuesta de LUMA menos de 250 personas de 4,400”, sostuvo Figueroa Jaramillo. El líder de la Utier también indicó que aunque la propuesta de empleo pueda ser
atractiva en un principio, no es claro lo que se ofrece, ni es final y firme, hasta que LUMA entregue los documentos sobre la política de la empresa una vez el empleado firme la oferta de empleo. Puntualizó que “no hay una propuesta que dé certidumbre a los trabajadores y trabajadoras” de la AEE. Según Zahira Maldonado Molina, directora de la Oficina de Administración y Transformación de Recursos Humanos (Oarth), la sección 15 de la Ley 120 le garantiza al empleado mantener todos los derechos adquiridos una vez es movido a otra agencia de gobierno. Sin embargo, Maldonado Molina informó que el empleado de la AEE que decida transferirse a otra agencia de gobierno o entre en contratación con LUMA, se regirá por la Ley 8. “Esos empleados, de pasar a otra entidad gubernamental o de pasar a LUMA, si es gobierno (entrarían) bajo la Ley 8 de 2017 que es la Ley de empleador único, que
La gran mayoría —yo diría que más del 90% de los 4,000 empleados— están inclinándose a quedarse con el gobierno. Hasta el día de hoy (ayer) solamente ha aceptado la propuesta de LUMA menos de 250 personas de 4,400. Ángel Figueroa Jaramillo presidente de la Utier Figueroa Jaramillo expresó que la propuesta de empleo por parte de la empresa “no es clara”. >Archivo/EL VOCERO
es la ley bajo nuestra agencia. Si es bajo LUMA, pues pasarían bajo un patrón privado” aclaró la directora. De acuerdo con el senador Javier Aponte Dalmau, empleados de la AEE le han dejado saber su sentir ante la posibilidad de trabajar con LUMA. “Algunos de los (empleados) que hablé se sienten presionados y no tienen interés de comenzar con LUMA porque LUMA a ellos no le ha hecho una oferta formal. Todo se queda en enviarle carta de decirle que ‘usted cualifica’ para unas diferentes posiciones”, recalcó el senador. El legislador preside la Comisión de Proyectos Estratégicos y Energía del Senado, que la pasada semana realizó vistas públicas para investigar y recabar información a las agencias responsables de la contratación de LUMA. El pasado viernes dicha comisión atendió la ponencia del exdirector de la AEE, Héctor Rosario en contra del contrato a LUMA, así como la del director de la Autoridad para las Alianzas Público-Privadas (AAPP), Fermín Fontanés, a favor de la contratación. Según el comunicado que recibieron los trabajadores de la AEE, tienen diez días —a partir del viernes pasado— para notificar a la Oarth si se transferirán voluntariamente desde la AEE hacia otra agencia de gobierno. EL VOCERO solicitó una reacción a LUMA Energy a través de un oficial de prensa, pero al cierre de esta edición la solicitud no había sido contestada.
14< NOTICIAS AHORA
> LUNES, 29 DE MARZO DE 2021
Dato relevante
Buscan evitar precipicio fiscal de Medicaid Nelson Reyes
>Especial para EL VOCERO
Hasta ayer, Puerto Rico tenía 200,999 casos de covid-19 y 2,112 muertes, entre confirmadas y probables, desde que comenzó la pandemia.
Prevén alza en los casos de covid-19 de cara a la celebración de Semana Santa. > Archivo / EL VOCERO
Llamado a prevenir los contagios Con la cercanía de Semana Santa los médicos exhortan a no bajar la guardia Yaritza Rivera Clemente >Yrivera@elvocero.com @Yaritzaclemente
En momentos en que el gobierno anuncia que Puerto Rico sobrepasó el millón de vacunas administradas contra el covid-19, el llamado de la clase médica a la ciudadanía es a no bajar la guardia y mantener las acciones preventivas para evitar los contagios con coronavirus en medio de la celebración de la Semana Santa. El oncólogo Fernando Cabanillas expresó a EL VOCERO, que la “Semana Santa seguramente va a traer más contagios porque la gente cuando hay fines de semana largos tiende a congregarse, a celebrar, ir a la playa, etcétera, y ahí puede haber contagios. Así que hay que tener bastante cuidado y no bajar la guardia durante esos días”. El médico hizo alusión la situación que se vive actualmente en Chile. “Se les ha ido de las manos la pandemia a pesar de que tienen una tasa de vacunación que es de las más altas en el mundo y se lo han atribuido a que en las vacaciones de verano no hubo ningún control”, ex-
plicó. “Habían quitado los controles que tenían porque después de la primera ola ellos habían controlado eso, que no permitían hacer viajes interregionales. Al quitar esa prohibición, en las vacaciones de verano —enero, febrero, marzo— pues ahí se disparó la epidemia”, detalló Cabanillas. El presidente del Colegio de Médicos Cirujanos, Víctor Ramos, coincidió en que pueden aumentar los casos. “Nosotros estuvimos bajando (en los contagios) desde diciembre hasta mitad de marzo. Íbamos muy bien y empezaron a subir y subieron de una semana a otra de 1,000 a 1,500 y en dos semanas subieron 74% y todavía no ha llegado Semana Santa”, mencionó Ramos. Esto se debe, según entiende, a que la gente piensa que con la vacuna del covid-19 “se acabó todo”. “La gente no entiende que la inmunidad de rebaño es cuando 70% u 80% de la población esté vacunada y no cuando esté vacunada mi casa. A esto se añade que se están haciendo menos pruebas, lo que hace que no veamos la movilidad del virus… y la posibilidad de que haya variantes, que puede ser otro problema”, sostuvo. Hasta ayer, Puerto Rico tenía 200,999 casos de covid-19 y 2,112 muertes, entre confirmadas y probables, desde que comenzó la pandemia de covid-19. El Departamento de Salud (DS) reportó ayer en su informe, 193 pacientes hospitalizados por covid-19,
un aumento de 10 en comparación a la cifra informada el sábado. Según la agencia, de las 193 personas hospitalizadas, hay 30 pacientes adultos y uno pediátrico en cuidado intensivo y hay 21 adultos con ventilador. El doctor Ibrahim Pérez y la demógrafa Judith Rodríguez, en su más reciente informe sobre los contagios con covid-19, destacan que se ha visto un aumento de casos positivos y de hospitalizaciones, pero no así en las defunciones. Según el informe, del 8 al 14 de marzo hubo en promedio 128 positivos a covid-19 diarios. Sin embargo, la cifra aumentó a 182 casos positivos diarios en promedio, entre la semana del 15 al 21 de marzo. “Ampliar el toque de queda debe considerarse para minimizar riesgosas aglomeraciones nocturnas”, establecen en el informe.
Ante la incertidumbre que existe sobre si Puerto Rico contará o no con fondos recurrentes para mantener a flote el Medicare y Medicaid, el gobierno de Puerto Rico presentará hoy un plan multisectorial para atender la desigualdad en la adquisición de fondos federales para la cobertura de estos programas en la Isla. En la actualidad, la Isla no está a la par con los estados a la hora de recibir los fondos para el Medicare y Medicaid. En años anteriores, Puerto Rico ha recibido un bloque económico por debajo de los $400 millones, cifra muy por debajo de lo que obtienen los estados. Para el año fiscal 2020, el País recibió un aumento de $2.6 mil millones y para el año fiscal 2021, que termina el 30 de septiembre, aumentó a $2.7 mil millones. Sin embargo, si no se logra un acuerdo con el plan de trabajo establecido en la orden ejecutiva que presentará el gobernador Pedro Pierluisi, las ayudas federales para estos programas de salud se precipitarán a los $392 millones, según lo establece la ley para los territorios estadounidenses. De acuerdo con la directora de la Administración de Asuntos Federales de Puerto Rico en Washington (Prfaa), Carmen Feliciano, la orden ejecutiva persigue llegar a un acuerdo con el gobierno federal antes del 30 de septiembre para evitar que la Isla caiga en “el precipicio fiscal de Medicaid”. “Si no se nos da trato igual —que es lo que vamos a estar (trabajando) en este modelo multisectorial— abogando porque se nos trate como estado (…) pues regresaríamos por ley a $392.5 millones que es
lo que la ley establece en el tope de dinero que se le asigna a Puerto Rico para Medicaid”, puntualizó la directora. La funcionaria sostuvo que con el bloque billonario que el gobierno de la Isla obtuvo en los pasados dos años se ha evitado el éxodo de médicos, se expandieron los servicios y mejoraron las tarifas a los proveedores. La directora sostuvo que la orden ejecutiva servirá para establecer el grupo multisectorial que trabajará por la paridad de fondos, en igual de condiciones a como ocurre en los estados. El grupo estaría compuesto por la Asociación de Hospitales, compañías aseguradoras, compañías que trabajan con Medicare Advantage, la Administración de Seguros de Salud (ASES), entre otros representantes a ser revelados hoy.
Urge acción inmediata
La comisionada residente Jennifer González indicó que se necesita atajar la situación con premura para evitar caer en el “precipicio de Medicaid”. Expresó, además, que desde enero formó un grupo con el sector privado para atender este tema. “Ya nosotros en enero, yo había hecho un grupo con el sector privado, que todos ellos respaldaron mi agenda para salud. Estoy super contenta de que el gobernador haga esta orden ejecutiva, que obviamente es una extensión al grupo de trabajo que había previo y que ahora estará en coordinación con Prfaa y mi oficina”, declaró la comisionada. González expresó que este comité servirá para que la data del sector privado y del gobierno se utilice con el objetivo de que se cumpla con las fases establecidas en el plan ejecutivo.
Puerto Rico alcanza el millón de vacunas
El secretario de Salud, Carlos Mellado López, confirmó que Puerto Rico sobrepasó el millón de dosis de vacunas contra el covid-19 administradas, según la información que refleja el Centro para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC). De acuerdo con el registro, en Puerto Rico se administraron 1,015,714 dosis de las vacunas, que se traducen en 31,804 dosis por cada 100,000 habitantes. “Estamos enfocados en agilizar el proceso de vacunación y que todos los ciudadanos tengan el fácil acceso a la vacuna”, recalcó Mellado López.
La directora ejecutiva de Prfaa, Carmen Feliciano, reveló que la orden ejecutiva servirá para establecer el grupo multisectorial que trabajará por la paridad de fondos para los programas de salud. >Suministrada
Así lo asegura el ayudante general de este cuerpo militar, José Reyes
ESPECIALES VÁLIDOS DEL 29 DE MARZO AL 3 DE ABRIL DE 2021.
¡ESPECIAL EXTENDIDO! Reyes compartió los planes que han modificado para ser más responsivos en una emergencia. > Archivo / EL VOCERO
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Preparada la Guardia Nacional para temporada de huracanes Maricarmen Rivera nal se modificaron y hemos hecho evaluaciones con el @ Army North”, afirmó Reyes.
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El ayudante general de la Guardia Nacional, el general José Reyes, aseguró que este cuerpo militar está listo para la temporada de huracanes que comienza el 1ro de junio y afirmó que incorporaron lo aprendido en los últimos eventos atmosféricos que han afectado la Isla. Uno de los cambios que han realizado, informó, es que ahora al menos el 10% de cada unidad permanece en las armerías durante un evento atmosférico para garantizar que llegan a tiempo en caso de que sea necesario. “El 10% del personal de la Guardia Nacional va a pernoctar en las armerías. En María los enviamos a sus casas y cuando pasó el huracán debían ir a las armerías. Pero nos tomó más tiempo levantar una fuerza para apoyar las necesidades que tenía todo Puerto Rico”, relató Reyes. “Ya el año pasado, con los eventos que tuvimos, el 10% de la Guardia Nacional pernoctó en las armerías”, indicó. Aseguró que con esta logística, lograron ayudar a los residentes de Mayagüez luego de las lluvias provocadas por Isaías. Ahora, expresó, hay una petición para construir literas en siete de las armerías para que los soldados puedan pernoctar durante cualquier emergencia.
Acuerdos con otros estados
Afirmó, además, que hay acuerdos con la Guardia Nacional de otros estados para ayudar a Puerto Rico en caso de que nuevamente llegue un huracán que supere la categoría cuatro. “Los planes de contingencia de la Guardia Nacio-
“Tratamos de proyectar cuáles serán las unidades que se necesitan en caso de que el huracán sea de categoría uno, dos o tres. Nos sentimos bastante seguros de que podemos ser efectivos ayudando a Puerto Rico si es categoría uno, dos o tres”. En caso de un huracán categoría cuatro o más — como fue el caso de María en 2017— será preciso pedir ayuda de otras unidades, según explicó el general Reyes. “Hay preacuerdos con estados como Ohio, Nuevo México, Nueva York, New Jersey, Carolina del Sur y Alabama”, informó. “Son unidades que vendrían a reforzar los recursos si es un huracán categoría cuatro y cinco”, agregó. Reyes aseguró que la Guardia Nacional está “95% lista” para enfrentar la temporada de huracanes. “Nuestros equipos están actualmente sobre un 95% listos para operar. Los camiones para distribución de diésel, para distribución de agua, comida y equipo pesado para limpiar carreteras”, expresó. “Nuestras unidades han ido a adiestramiento y hemos hecho ejercicios de manejo de emergencias con los municipios. Este año comenzamos ejercicios virtuales porque hay muchos municipios en los que el liderato cambió. Los planes están”, apuntó. Nino Correa, comisionado del Negociado de Manejo de Emergencias, expresó por su parte a EL VOCERO, que los planes municipales fueron terminados, y que algunos son revisados por las nuevas administraciones municipales.
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EL VOCERO DE PUERTO RICO > LUNES, 29 DE MARZO DE 2021
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> LUNES, 29 DE MARZO DE 2021
Culmina pesquisa del PFEI en caso de entrega de suministros La exgobernadora Wanda Vázquez es una de las investigadas Maricarmen Rivera >mrivera@elvocero.com @mriverasanchez
Los exjueces del Panel del Fiscal Especial Independiente (PFEI) recibirán el miércoles el informe con las recomendaciones sobre la pesquisa por posibles irregularidades en la entrega de suministros a los afectados por los terremotos que comenzaron en enero de 2020. En este caso es investigada la exgobernadora Wanda Vázquez, junto a otros exfuncionarios. Luis de la Cruz, portavoz de prensa del PFEI confirmó a EL VOCERO que los dos fiscales asignados al caso — Leticia Pabón Ortiz y Miguel El PFEI investiga las supuestas irregularidades en la entrega de suministros a los afectados por los terremotos de 2020. >Carlos Rivera Giusti/EL VOCERO Exfuncionarios bajo A. Colón Ortiz— entregaron investigación: el informe el pasado jueves, no, recibimos documentos están en esa investigación”, adelantó la de la Familia, Glorimar Andújar, fue despe• Wanda Vázquez un día antes de la fecha líen el panel que referimos funcionaria. dida del cargo y luego se convirtió en testigo • Evelyn Vázquez mite para entregar el docuCotto Vives confirmó que el informe será de este caso. a los fiscales que son los • Antonio Pabón mento. En febrero, la preque tienen el caso, para discutido con los miembros del panel en Esta investigación se extendió en cuatro • Surima Quiñones sidenta del panel del PFEI, que lo evalúen”, expresó una reunión el miércoles. ocasiones. Además de la exgobernadora • José Alfredo Galarza Nydia Cotto Vives, informó Cotto Vives al informar el Wanda Vázquez y la exsenadora Evelyn Váz• María Teresa Zayas que los fiscales habían pediretraso en la entrega del Los investigados quez, están bajo investigación el exsecretado 30 días adicionales para Este caso se remonta a lo ocurrido con rio de la Gobernación, Antonio Pabón, la informe. “Luego de evaconcluir la investigación luados, entendieron que los suministros repartidos luego de los te- exdirectora de la Administración de Famiporque, según informó, recibieron informa- debían ampliar la investigación y pidieron rremotos y las denuncias de que se retrasó lias y Niños, Surima Quiñones, el exsubdición adicional que necesitaban investigar. 30 días adicionales para atender estos do- la entrega para que la exsenadora Evelyn rector de ADSEF, José Alfredo Galarza y Ma“El término venció hace unos días. Sin cumentos que en alguna medida imponen Vázquez pudiera supuestamente participar. ría Teresa Zayas, quien era jefa de servicios embargo, a punto de culminar el térmi- responsabilidad a dos de las personas que A raíz de esta controversia, la exsecretaria operacionales de esta agencia.
Dato relevante
Intervienen con 22 personas por violación a la orden ejecutiva Miguel Rivera Puig >jrivera@elvocero.com
El operativo por agentes de la Policía se llevó a cabo ayer en la madrugada. > Archivo / EL VOCERO
Veintidós personas fueron arrestadas en la madrugada de ayer en el residencial Manuel A. Pérez por violación a la orden ejecutiva establecida por el gobierno. El operativo se realizó por agentes de la División de Drogas Metropolitana con la cooperación de las Divisiones de Drogas de Yauco, Arecibo, Humacao, Aibonito y personal de la Unidad Motorizada, Operaciones Tácticas, División Canina, K9, Negociado de Tránsito, Departamento de Hacienda, de Salud y la Autoridad de Energía Eléctrica. Antonio López Figueroa, comisionado de la Policía, informó que los agentes acudieron para investigar denuncias de desorden y ruido innecesario proveniente del negocio El Nuevo Titán, en clara
violación a la orden ejecutiva. El negocio ubica en la calle 46 aledaña al residencial Manuel A. Pérez.
Ocupan pistolas y vehículos
Los agentes arrestaron a 22 personas. Se ocuparon cinco pistolas Glock y diez vehículos. Los intervenidos por violar la orden ejecutiva y el toque de queda fueron identificados como Ariangelys Báez Rodríguez, de 23 años y vecina de Juncos, y quien la semana próxima estaba supuesta a juramentar como cadete de la Policía; Nashalidalis Santiago de Jesús, de 21 años y residente de Guaynabo; Fernando Colón Pérez, residente de Villa Carolina; Nilka Maldonado Estévez, de 28 años y residente de Trujillo Alto; Neisha Sandoval Caratini, de 22 años y residente de Hato Rey; Edgardo Robles Maldonado, residente de
Trujillo Alto; Ángel Díaz Barberena, residente de Monte Park; Luis Correa Díaz, residente de Río Grande; Melvin Pabón Díaz, residente de Carolina; Kristel López Gómez residente de Cayey; y Xavier O. Dávila Aquino, de 31 años y vecino de Guaynabo. Asimismo, Yaniel Sandoval Hernández, de 23 años y vecino de Guaynabo; Luis A. Merced Morales, de 24 años, de Guaynabo; Waldemar Reyes Rosario, de 20 años y vecino de Kissimmee, Florida; Brian Y. Vélez Andino, de 23 años; Ita M. Vélez Andino, de 25 años y vecina de San Juan; Arcanos Baerga Maldonado, de 21 años y residente en Trujillo Alto; Naomi M. Osorio O’Farril, de 23 años y vecina de Río Grande; Andrés Rivera Fernández, de 56 años; Basilio Ayala Díaz, de 51 años; y Jesús Irizarry Sánchez, de 23 años de edad, quien presuntamente portaba una pistola y cinco cargadores. Los intervenidos serán denunciados por violentar la orden ejecutiva en varias de sus disposiciones.
EL VOCERO DE PUERTO RICO > LUNES, 29 DE MARZO DE 2021 > 18
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Acci6n civil ante el tribunal
o Usted tiene el derecho a radicar una acci6n civil ante el tribunal si usted considera que los derechos de su hijo han sido violados y la querella no ha sido resuelta a su satisfacci6n a !raves de los procedimientos establecidos por la Agencia. La acci6n puede ser radicada en cualquier corte estatal con jurisdicci6n o en una corte de distrito de los Estados Unidos, sin importar la cantidad en controversia. o Si una acci6n civil es radicada en el tribunal, relacionada con la querella, los expedientes de la vista administrativa seran enviados al tribunal. Usted, la Agencia y otras partes en la acci6n civil tienen el derecho a presentar evidencia adicional, solicitandolo al tribunal. o El tribunal basara su decision en la preponderancia de la evidencia y otorgara los remedios que determine apropiados. Nada en esta parte restringe o limita los derechos, o procedimientos y remedios disponibles bajo otras leyes federales que protegen los derechos a los ninos con impedimentos. Sin embargo, antes de radicar una acci6n civil bajo estos, procurando obtener remedios que tambien estan disponibles bajo IDEA, el procedimiento de vista administrativa debe ser agotado.
Honorarios de abogado
o Solicitar honorarios de abogado razonables, si usted es la parte prevaleciente. Los honorarios de abogados son otorgados a discreci6n del tribunal en cualquier acci6n o procedimiento bajo la Secci6n 615 (i) (3) de IDEA. El Reglamento del Procedimiento para la Resolución de Querellas número 9168 del 26 de febrero de 2020 establece que, una vez emitida la Resolución Final de la Querella administrativa, el abogado o abogada de la parte prevaleciente podrá solicitar al Juez administrativo la aprobación del pago de los honorarios de abogado dentro del término de treinta (30) días a partir de la fecha en que la resolución advenga final y firme. o Existen ciertas circunstancias bajo las cuales los honorarios de abogados que usted solicite pueden ser prohibidos. a.Si la Agencia hace una oferta de transacci6n escrita oportunamente y usted no acepta esa oferta del termino de 1 O dias y si la decision de la vista administrativa o acci6n civil no le es mas favorable a usted que la oferta de transacci6n, usted no podra recobrar los honorarios de abogado (o el reembolso por costos relacionados), por servicios prestados luego de que se le haya hecho la oferta, a menos que usted haya estado sustancialmente justificado al rechazar la oferta de transacci6n. b.Usted no puede recobrar los honorarios de abogado por la asistencia a una reunion de COM PU a menos que la reunion sea ordenada por un juez administrativo o por el tribunal. o Hay ciertas circunstancias en las cuales el tribunal, bajo su discreci6n, puede reducir los honorarios de abogados que le sean otorgados a usted. a. Si el tribunal encuentra que usted retras6 irrazonablemente la resoluci6n final de la querella durante el curso de procedimiento administrativo o en el Tribunal, este puede reducir los honorarios de abogados que se le concedan. b. Si el tribunal encuentra que la cantidad de honorarios de abogados que usted solicita excede irrazonablemente la tarifa por hora prevaleciente en la comunidad para abogados de destrezas, reputaci6n y experiencia comparable, este puede reducir los honorarios de abogados que se le concedan. c. Si el tribunal encuentra que el tiempo invertido y la cantidad de servicios legales provistos fueron excesivos considerando la naturaleza de la acci6n o procedimiento, este puede reducir la cantidad de honorarios que se le conceden. d. Si usted contrata un abogado para radicar su querella y este abogado no provee a la Agencia la informaci6n apropiada en la querella, el tribunal puede reducir los honorarios de abogados que le conceda. o Las disposiciones relacionadas con la reducci6n de honorarios de abogados por las circunstancias anteriormente descritas no aplican si el tribunal encuentra que la Agencia retras6 irrazonablemente el final de la resoluci6n de la querella o que la Agencia viola la Secci6n 615 de la Ley IDEA.
La ubicaci6n de su hijo durante la resoluci6n de una querella
o Mientras dure el procedimiento administrativo y si es aplicable, cualquier procedimiento relacionado con su querella, su hijo debera pernnanecer donde estaba ubicado cuando la querella fue radicada, a menos que: a.usted y la Agencia hayan acordado otra ubicaci6n, o; b.las disposiciones de Secci6n 615(k) de IDEA relacionadas con la ubicaci6n en una alternativa educativa temporera, apliquen; c.si la decision del juez en el procedimiento administrativo concurre con su posici6n de que un cambio en la ubicaci6n es apropiada, entonces esa decision debe ser considerada conno un acuerdo entre usted y la Agencia, y su hijo puede ser ubicado en la alternativa de ubicaci6n acordada. o Si la queja involucra la solicitud de admisi6n inicial de su hijo a una escuela, debe ser ubicado en la escuela publica con su consentimiento, hasta que se complete el procedimiento administrativo y, si fuese aplicable, cualquier procedimiento en el tribunal relacionado con su querella.
Quejas radicadas en la Oficina de lnspecci6n de Quejas
o Usted tiene el derecho a radicar una queja ante la Oficina de lnspecci6n de Quejas de la Agencia si usted considera que los derechos de su hijo o los suyos bajo la parte B de IDEA han sido violados.
o Para radicar una queja, usted debe someter una declaraci6n escrita, firmada, que incluya la siguiente informaci6n: a.Una declaraci6n de que la Agencia ha violado un requisito de la Parte B de IDEA o del reglamento federal de esta ley. b.Los hechos que usted considera constituyen la base para la violacion de la Agencia. c. Una declaracion de que la violacion de la Agencia ocurrio no mas de un ano atras a partir de la fecha en que usted esta radicando la queja. Si los hechos que usted describe ocurrieron hace mas de un ano partiendo de la fecha en que usted radica la queja solo si (i) la violacion es continua o; (ii) usted esta solicitando servicios compensatorios; (iii) por una violacion ocurrida no mas de tres anos atras partiendo de la fecha en la cual usted radica la queja. Usted debe incluir una explicacion de esto en su declaracion escrita y firmada. o Bajo el procedimiento de quejas: a. la Agencia llevara a cabo una investigacion independiente (en el lugar de los hechos) sobre las alegaciones de la queja, si se determina que esto es necesario; b. usted tiene derecho a someter informacion adicional ya sea oral o escrita sobre las alegaciones en su queja; c. el Secretario de Educacion revisara toda la informacion pertinente, hara una determinacion y le proveera una decision escrita dentro del termino de 60 dias a partir de la radicacion de su queja; d. la decision debera atender cada alegacion en su queja y contener determinaciones de hechos, conclusiones y las razones para la decision. Si alguna controversia expresada en su queja esta tamben siendo atendida a !raves del procedimiento de vistas administrativas, esta controversia debera ser dejada a un lado hasta que los procedimientos de vista administrativa hayan concluido. Las decisiones de la vista administrativa prevaleceran en aquellos aspectos o controversias incluidas en una solicitud de vista administrativa. Participaci6n en vistas publicas y oportunidad para comentarios
o Usted tiene el derecho a participar de las vistas publicas relacionadas con el Programa de Educacion Especial y servicios relacionados de la Agencia. o Usted tiene el derecho a comentar sobre la politica publica y los procedimientos propuestos por la Agencia relacionados con el Programa de Educaci6n Especial y servicios relacionados.
Ubicaci6n del niiio en escuela privada por sus padres
Estudiantes que estan matriculados en escuelas privadas, tienen derecho a: o que se identifique, registre, evalue y se analice si es elegible para recibir servicios de educaci6n especial, tal cual se realiza con los estudiantes en escuelas publicas. o que se le prepare una propuesta de PEI inicial para ser implementado en una escuela publica. Deniro de ese proceso, se le ofrecera una alternativa de ubicaci6n donde se atenderfan las necesidades academicas que presenta su hijo y la escuela publica donde se tienen disponibles los servicios educativos y relacionados. o aceptar o rechazar la propuesta presentada, asf conno la alternativa de ubicaci6n educativa y/o escuela publica ofrecida. o solicitarle al DEPR visitar la alternativa de ubicaci6n educativa y la escuela publica donde se propone implementar el PEI inicial. Para ello, el DEPR le coordinara una visita al lugar y programara la continuaci6n de la reunion de COMPU dentro de los pr6ximos 10 dfas laborables. o que se le prepare un Plan de Servicios (PS) en lugar de un PEI, si luego de evaluar el ofrecimiento de ubicaci6n escolar recomendado por el DEPR, los padres determinan que su hijo recibira su educaci6n en una escuela privada o bajo enserianza en el hogar (homeschooling). Esto se considerara un rechazo de la ubicaci6n publica, gratuita y apropiada. o que el PS contenga los servicios que el DEPR ofrecera para el estudiante. o que el DEPR anualmente divulgue los servicios colectivos que ofrecera para los estudiantes ubicados por sus padres en escuelas privadas y homeschooling. o a que se le asigne un turno cuando los fondos destinados para estos estudiantes se agoten. o utilizar los mecanisnnos disponibles por el DEPR para solucionar controversias.
Estudiantes que se trasladan para una escuela privada tienen derecho a: o que el DEPR convoque al COMPU con premura, una vez usted notifique por escrito su intenci6n de remover al estudiante de la escuela publica para ubicarlo en una escuela privada u homeschooling. Usted tiene la responsabilidad de notificar el DEPR 10 dfas laborables antes de hacer el nnovimiento. o presentar al COM PU las razones de la decision del nnovimiento y que se consideren acciones para intentar retener al estudiante. Si los padres expresan su intension irrevocable de mover al estudiante, los servicios seran provisto conforme a lo establecido en el inciso Estudiantes que estan matriculados en escuelas privadas. Derechos relacionados con los padres sustitutos
o Cada agencia publica deberagarantizar que los derechos del nino con impedimentos esten protegidos cuando: a. el padre del nino no pueda ser identificado; b. la Agencia, luego de realizar esfuerzos razonables, no ha podido localizar los padres del nino; c. el niiio esta bajo la custodia del Estado. El Departamento de Educacion establecera un procedimiento para determinar la necesidad de un padre sustituto para los niiios o jovenes con impedimentos de 3 a 21 aiios, inclusive. Esto una vez se determine que existe la necesidad de un padre sustituto al nino o joven de acuerdo con los procedimientos establecidos por el Departamento de la Familia bajo la autoridad de la Ley 51 de 7 de junio de 1996.
< EL VOCERO DE PUERTO RICO > LUNES, 29 DE MARZO DE 2021
o No se considerara que la Agencia tiene conocimiento de que un nino o joven tiene impedimentos, si como resultado de haber recibido informaci6n de la preocupaci6n de los padres, maestros o algun personal escolar sobre la conducta o ejecuci6n del estudiante: a. llev6 a cabo una evaluaci6n y determine que el nino no tenia impedimenta; b. determine que la evaluaci6n no era necesaria; c. provey6 notificaci6n a los padres sobre esta determinaci6n. o El personal escolar debe notificar a las autoridades pertinentes cuando un crimen es cometido por un estudiante con impedimentos. Ninguna disposici6n de la ley prohibe tal notificaci6n o impide que las autoridades judiciales ejerzan su responsabilidad en cuanto a la aplicaci6n de leyes federales y estatales relacionadas con crimenes cometidos por un nino con impedimentos.
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Madres sufren lo peor de la pandemia en Brasil @
Diane Jeantet
EL MUNDO >23
Crisis de salud por el covid-19 golpea más fuerte a la mujer trabajadora
>The Associated Press
RÍO DE JANEIRO (AP) — Cuando las autoridades de la ciudad de São Paulo ofrecieron 4,500 puestos de trabajo de limpieza en escuelas públicas dirigidos a madres de familia afectadas por la pandemia de coronavirus, no estaban preparadas para la avalancha que se produjo. Más de 90,000 mujeres presentaron su solicitud en dos días. “Por mucho superó nuestras expectativas”, comentó Armando Junior, quien ayudó a crear la iniciativa, dirigida a tratar de reducir la creciente tasa de desempleo entre las mujeres y para ayudar a que las escuelas cumplan con los protocolos implementados por el coronavirus para mantener limpias las aulas y tomar la temperatura de los estudiantes. La abrumadora respuesta ofrece un atisbo de cómo las mujeres en Brasil —sobre todo las madres de familia— han s i d o d e s p ro porcionalmente marginadas por la crisis de salud. A nivel mundial, mientras las escuelas permanecen cerradas, muchas madres compaginan menos horas de trabajo con la educación en casa y las labores del hogar. Algunas pausaron por completo sus carreras, mientras que otras fueron despedidas.
Crisis salubrista y social
Brasil está lidiando con un brutal repunte de casos de covid-19, convirtiéndose en uno de los países más afectados en el mundo. La nación más grande de Latinoamérica representa menos del 3% de la población mundial, pero tiene un promedio de 2,400 muertes por coronavirus al día y una cuarta parte de los decesos registrados a diario en todo el mundo, de acuerdo con la Universidad Johns Hopkins. Los economistas dicen que el empeoramiento de la crisis sanitaria y económica del país están postergando aún más que las mujeres re-
Dato relevante Más de 6.5 millones de mujeres en Brasil han quedado fuera de la fuerza laboral durante la pandemia.
Estados Libre Asociado de Puerto Rico Municipio Autonomo de Naguabo En Brasil, las mujeres —sobre todo las madres de familia— han sido desproporcionalmente marginadas por la crisis de salud. >Foto Silvia Izquierdo/AP
gresen a trabajar. “Este empleo me cayó del cielo”, comentó Marlene Paixao, una de las madres elegidas para e l pu e s t o d e limpieza. Pero apenas un mes después de que São Paulo contrató a las mujeres a mediados de febrero, la ciudad volvió a suspender las clases presenciales el 15 de marzo. Desde la década de 1950, la participación de las mujeres en la fuerza laboral de Brasil aumentó exponencialmente, pero el ritmo empezó a desacelerar a principios de la década del 2000 y se estancó de 2010 en adelante. Incluso antes de que empezara la pandemia, solo 53% de las mujeres participaban en el mercado laboral, respecto del 71% de los hombres. Eso se debe en parte a que las brasileñas tienen peores opciones laborales o requieren horarios flexibles para criar a sus hijos, sobre todo porque las escuelas públicas solo ofrecen media jornada de clases. Como resultado, una mayor proporción de mujeres trabaja en el amplio sector informal o desempeñan trabajos manuales mal pagados, como empleadas domésticas, de acuerdo con Solange Goncalves, economista y profesora en la Universidad Fe-
deral de São Paulo. “Todas estas desigualdades preexistentes solo se agravaron durante la pandemia”, indicó Goncalves. “En una recesión, los empleados menos cualificados son los primeros en ser despedidos”.
Impacto del covid-19
Durante la pandemia, más de 6.5 millones de mujeres salieron de la fuerza laboral, con lo que su tasa de participación quedó por debajo del 48%, la menor en más de una década, de acuerdo con datos oficiales publicados este mes. Maria de Lourdes do Carmo, coordinadora de un grupo que ofrece ayuda a los empleados del sector informal de Río de Janeiro, señaló que más personas han buscado ayuda luego de perder sus empleos. Ella misma, luego de 26 años de vender ropa de mujer en el que alguna vez fuera el bullicioso centro de la ciudad, decidió el año pasado empacar sus cosas y esperar por un mejor futuro. “No he regresado desde entonces”, comentó Do Carmo. “El negocio es demasiado débil. Las calles están vacías”, lamentó. El virus ha azotado a los hospitales, lo que inesperadamente le costó su empleo a la enfermera Thassy Cruz, una madre soltera de 26 años, en una de las instalaciones médicas más prestigiosas de São Paulo y cuando empezó a atender
únicamente a los pacientes con covid-19. Su hija de 8 años, Alice, padece bronquitis asmática, lo que la pone en mayor riesgo si contrae el virus, por lo que Cruz renunció a su empleo en lugar de trabajar con pacientes infectados. Ahora Cruz da clases en casa a su hija cinco días a la semana; aún no tiene empleo y ha acabado sus ahorros. “Me siento desesperada, todo se fue cuesta abajo”, explica Cruz. “No trabajar va mucho más allá de no poder pagar tus recibos. Es sobre la dificultad de enfrentar al mundo sin tener una actividad a la que acudir cada día. Se trata sobre sentirse útil a uno mismo y ser parte de una sociedad”, detalló. Las mujeres trabajadoras en todo el mundo han pagado un alto precio durante la pandemia. Incluso entre las naciones más ricas del mundo. Una encuesta de Pricewaterhouse Coopers realizada este mes encontró que el covid-19 amenazaba con revertir las importantes ganancias que las mujeres han hecho en la última década con daños “duraderos, o incluso permanentes”. En Latinoamérica y el Caribe, el impacto es mucho peor. Más gente en la región trabaja en sectores que requieren una gran proximidad física, y menos pueden trabajar desde sus hogares, de acuerdo con un documento del Fondo Monetario Internacional.
PO BOX 40 Naguabo, Puerto Rico 00718 787-874-3040, Ext. 403, 404 Solicitud de Propuesta (RFP) Servicios de Consultoría de Recuperación, Asistencia Pública (PA) RFP #1-03/2021 Esta solicitud de propuesta (RFP) es para solicitar ofertas de empresas interesadas y cualificadas, que no tengan impedimentos legales para contratar con el Municipio Autónomo de Naguabo o con el Gobierno Federal para proporcionar los servicios indicados en este documento. Todo contratista, subcontratista o consultor de la Oficina de Recuperación, Reconstrucción y Resiliencia (COR3) están excluidos de esta solicitud. Todos los proponentes deberán cumplir con los términos, condiciones especiales y generales de esta solicitud para ser considerados. El contrato se financiará total o parcialmente con los fondos de subvenciones federales, incluido el Programa de Asistencia Pública (PA) de FEMA y Costos Administrativos Directos a ser recibidos por el Municipio. Los proponentes deben ser conscientes que la responsabilidad administrativa, civil penal local y federal prohíbe el proporcionar información falsa o engañosa para obtener la adjudicación del contrato. Agencia Solicitante: Municipio Autónomo de Naguabo Título de la Solicitud: Servicio de Consultoría de Recuperación ante Desastres (Public Assistance) Término para someter la propuesta: viernes 9 de abril de 2021 en o antes de las 2:00p.m. Persona Contacto: Tainachí Fernández Roque Dirección Postal: P.O. Box 40 Naguabo, Puerto Rico 00718 Correo electrónico: programasfederales@gmail.com Interesados en obtener el pliego de términos, condiciones especiales y generales de esta solicitud, deberán comunicarse mediante escrito al correo electrónico: secretariamunicipalnaguabo@gmail.com de la Oficina de Secretaria Municipal desde la fecha de publicación de este aviso. El Municipio Autónomo de Naguabo se reserva el derecho de aceptar o rechazar una o todas las proposiciones. Además, se reserva el derecho de formalizar el contrato bajo las condiciones más favorables para el Municipio. Igual, se reserva el derecho de cancelar cualquier renglón o parte de esta, si entiende que el interés público no se beneficia o existe una tendencia a la violación de alguna ley, ordenanza o reglamento establecido a tales efectos.
Hon. Miraidaliz Rosario Pagán Alcaldesa
ADMINISTRACIÓN >
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Presidente Salvador Hasbún
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>LUNES, 29 DE MARZO DE 2021
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De Rosa Parks a Park Cannon: Activistas contra el racismo
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ememorando la gesta histórica cos engabanados bajo un cuadro de de Rosa Parks quien para de- una hacienda esclavista, el gobernanunciar el discrimen racial en dor firmaba una ley que afectados(as) 1955 se negó a dejar su asiento en una entienden promueve la supresión de votos de afrodescendientes. guagua en la parte delanteReproduciendo el discrira reservada para personas men racial sexista, hombres “blancas”, 66 años después blancos de la uniformada surge otro acto de desobepolicíaca, abusivamente dediencia civil con un peso histuvieron, esposaron y arrastórico comparable. En esta traron a la legisladora afroocasión está en jaque el trádescendiente removiéndola mite electoral para garantizar Katherine del Capitolio para procesarla un gobierno inclusivo libre Angueira criminalmente. Por exigir de racismo. Tras la aprobaNavarro transparencia legislativa en ción relámpago por la legisrepresentación de sus conslatura de Georgia el pasado Psicóloga 25 de marzo de la Ley para Social-Comunitaria tituyentes, Park Cannon fue denunciada por los delitos la Integridad Electoral (2021) graves de obstrucción al pasando para la firma del gobernador Brian Kemp el mismo día, orden público e interrupción a una la representante estatal Park Cannon sesión de la Asamblea General. Inreclamó transparencia pública ante teresantemente, la Constitución de el atropello legislado en contra de sus Georgia (Art. III, Sec. IV, Párrafos IX, XI) prohíbe arrestar legisladores(as) constituyentes. La escena surrealista quedó gra- durante una sesión de la Asamblea bada para la posteridad. Una mujer General que serán públicas. La representante Cannon —sin afrodescendiente de forma educada tocaba a la puerta para entrar al salón tumbar puertas para forzar su entraen el Capitolio para presenciar la firma da— solo exigía fiscalizar la legalizade una ley en la que el gobernador ción de represalias en contra de votanalegadamente socavaba el derecho tes afrodescendientes que respaldaron al voto en una democracia. A puerta a Biden y dos senadores demócratas. cerrada se rodaba una estampa que La victoria demócrata cambió la conperpetuaba el discrimen racial del go- figuración del poder en el Senado de bernador Kemp. Como bien la prensa EE.UU. El contraste es marcado con reseña: rodeado de seis hombres blan- el trato distinto a las hordas de supre-
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Opinión
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macistas blancos(as) que armados(as) efectuaron un golpe de Estado, irrumpiendo violentamente en el Capitolio de EE.UU. (6/enero/2021). No hubo una intervención efectiva ni para frenar, ni mucho menos arrestar en el acto a dichos terroristas blancos(as), a diferencia del arresto de una legisladora afrodescendiente por tocar a la puerta para solicitar entrada. Si los golpistas que violentamente tomaron posesión del Congreso de EE.UU. hubiesen sido del movimiento Black Lives Matter, ¿se imaginan el baño de sangre de afrodescendientes muertos que se hubiese desatado? Como el azote de un latigazo por la espalda para castigar a esclavos(as), las enmiendas al estatuto electoral incluye la disposición —so color de proteger “la santidad” de los precintos de votación— que dicta que “ninguna persona podrá solicitar votos de ninguna manera, forma o método, ni podrá distribuir, ni desplegar material de campaña, ni podrá ofrecer a dar, ni participar en dar dinero o regalos, incluyendo, pero sin limitarse a, alimento o bebida a ningún elector(a)” (Sec.33(a), p.73). A sabiendas de que la movilización masiva del voto de afrodescendientes le brindó la victoria a la presidencia a Joseph Biden y senadores demócratas en Georgia, se busca suprimir su voto. Sumado a otras limitaciones legisladas, camuflar la táctica
inhumana de antaño de privación de alimento y agua a esclavos(as) quienes bajo sol, agua y sereno se les obligaba a trabajar ininterrumpidamente, se reproduce un acto violatorio de derechos humanos de negar necesidades básicas a electores(as). Ahora pretenden disfrazar que brindar una mano humanitaria podría interpretarse como una acción para comprar votos de personas hambrientas y sedentes, tras largas horas en filas para ejercer su derecho al sufragio. A pesar de la abolición de la esclavitud en 1863 en los EE.UU., al día de hoy persiste una visión torcida abusiva racista en que se legaliza el maltrato inhumano. El tsunami de proyectos de ley de la autoría del Partido Republicano impulsando la supresión del voto como represalia arrasa a través de los 50 estados. No haber podido frenar la victoria electoral de Biden a la presidencia desata el odio en las filas republicanas al punto de socavar los pilares democráticos del derecho al voto. ¿Lograrán sostener su perversión ante el Tribunal Supremo? ¿El arresto abusivo de la legisladora Park Cannon catalizará la aprobación de los proyectos de ley demócratas pendientes en el Congreso que persiguen fortalecer a nivel federal el derecho al sufragio? ¡Recordemos que lo que se legisle en la metrópoli, rebota al territorio-colonial de Puerto Rico!
Estadidad o libre asociación
a reciente discusión alrededor ocurrido con Puerto Rico a inicios del tema del estatus político de de la década del 50 podía entenderse Puerto Rico nos lleva a la conclu- como un verdadero ejercicio de autosión que en un futuro —quizás no muy determinación, y si se había logrado la descolonización de este cercano— la descolonización pueblo o si por el contrario del pueblo de Puerto Rico fue un ejercicio de subrogavendrá por la vía de la estación de parte del Congreso didad o de la libre asociación. de los EE.UU. en ese derecho Hace 60 años, tras una inalienable de los puertorrirespetable gesta diplomátiqueños. El récord histórico ca, un grupo de puertorride los debates en los distinqueños dirigidos en esencia tos comités de redacción de por don Juan Mari Brás, loLcdo. Iván las resoluciones antes mengró insertar una enmienRivera cionadas y algunas futuras, da en el lenguaje final de evidencian las admisiones la Res/AG/ 1514 (XV) de la ONU para que en lugar de la @ivanantonio2016 por parte de representantes de EE.UU. categorizando misma reivindicar el derediáfanamente que el poder cho a la libre determinación de los pueblos colonizados —como último sobre este territorio yace en su era su lenguaje originalmente pro- Congreso. Los eventos de la última década puesto— estableciera el lenguaje del derecho a la “libre determinación e nos aclaran sin lugar a dudas nuestra independencia”. Dentro de la discu- realidad colonial. Ya eso no es una sión en el seno de la ONU a mediados discusión académica; es una realidad. del siglo pasado y eventualmente en Debido a la enmienda señalada en la la comunidad internacional, dicha Res 1514, James Jeremiah Wadsworth, estrategia era vital para mantener viva embajador de EE.UU. ante la ONU, la discusión del tema de Puerto Rico. raudo y veloz se movió para junto con Con apenas siete años de aprobada el respaldo de sus aliados más leales la Res/AG/748 (VIII), se mantenía en el seno de la organización —Reiuna discusión en los círculos acadé- no Unido e Israel— presentar la Res/ micos e intelectuales respecto a si lo AG/1541 (XV) la cual fue aprobada al
día siguiente de la Res/AG/1514 (XV). Del texto de la misma se establecen en esencia tres vías descolonizadoras para un territorio étnico distinto a la potencia administradora: (1) “cuando pase a ser un estado independiente y soberano”; (2) cuando establece una libre asociación con un Estado independiente; (3) cuando se integra a un Estado independiente. En el caso de Puerto Rico, esta vendría a ser la integración formal a la federación estadounidense dentro de cualquier ejercicio de autodeterminación. Como podemos apreciar del texto de la Res/AG/1541 (XV), en ninguna parte establece que la libre asociación es una variante de la independencia, ni que hay que decretar la independencia para establecer una libre asociación. Como cuestión de hecho EE.UU. en su propia resolución, delinea la independencia como un concepto completamente distinto al de libre asociación. En 1978, Rafael Hernández Colón, mediante acercamientos diplomáticos con el entonces embajador de Cuba ante la ONU, Rafael Alarcón de Quesada, logró y respaldó para que por primera vez en el Comité de los 24 —establecido para supervisar únicamente la implementación de la Res. 1514(XV)— se incluyera la libre
asociación como alternativa descolonizadora distinta y diferente a la independencia. Luego de la campaña eleccionaria de 1980, en la que le tildaban de aliado de Fidel Castro, en lo prospectivo Hernández Colón cambió de discurso por conveniencia electoral. En 2011, para el Informe de Casa Blanca, cabilderos del PPD de los denominados ‘happy colonials’, dentro de su lucha de poder interno, insertaron en ese informe, sin fundamento teórico o jurídico que lo respalde, un lenguaje de la libre asociación como “variante de la independencia”. Ese día escupieron el agua que se tendrán que beber. La semana pasada, ante el planteamiento del Proyecto Velázquez/ Ocasio, salieron corriendo a defender un empastelamiento de “limitar el poder del Congreso” dentro de la cláusula territorial. Eso sería imposible de lograr toda vez que un Congreso no le puede limitar el radio de acción a uno futuro. En el mundo globalizado la independencia ya no es una realidad viable. El Brexit es el menor ejemplo de ello. Más aún cuando menos del 15% de un pueblo la apoya. Así pues en el futuro la descolonización de Puerto Rico vendrá por vía de la estadidad o de la libre asociación. No hay de otra.
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De todo sobre Seguro Social Rodríguez > @ Víctor
EL VOCERO DE PUERTO RICO > LUNES, 29 DE MARZO DE 2021
Si desea contratar un representante
Director Relaciones Públicas SSA
@segurosocial
¡Buen día! Usted puede radicar sus reclamaciones y apelaciones de Seguro Social por su cuenta o, si lo desea, contratar a un abogado o representante. Esta decisión es totalmente personal y voluntaria. Hoy explicaremos nuestro proceso de contratación, quién paga los honorarios y las responsabilidades del representante a quien contrató. Antes de continuar, aclararé la diferencia entre un ayudante y un representante. Un ayudante puede ser cualquier amigo(a), pareja o familiar cercano que usted desea que lo acompañe durante sus entrevistas o ayude a conseguir documentación para su caso. No le proveeremos ninguna información de su caso a su ayudante a menos que usted acompañe a esta persona y nos autorice a divulgarla. Por otro lado, un representante es alguien a quien usted contrata oficialmente para manejar su caso ante el Seguro Social y no tiene que ser necesariamente un abogado. Si usted decide voluntariamente contratar un abogado o representante, ambos deben completar y firmar el formulario especial SSA1696, accesible en la sección ‘Formularios’ de www.segurosocial.gov. Pueden
enviarlo por correo regular o fax a su oficina local de Seguro Social, cuya información de contacto está disponible tras ingresar el código postal de su residencia en www.ssa.gov/locator/. Asimismo, a principios de marzo, Seguro Social implantó un nuevo servicio en el que nuestros reclamantes y sus representantes pueden completar, firmar y enviar estos formularios electrónicamente sin tener que reunirse presencialmente para firmarlos. Para detalles sobre este proceso, acceda a https://secure. ssa.gov/ssa1696/front-end/. Una vez contratado, su abogado o representante tendrá acceso a su expediente. Recuerde mantener una estrecha y continua comunicación con su representante para conocer el estatus de su reclamación, asegurarse de que se radicaron a tiempo las apelaciones y solicitarle ayuda para conseguir algunas evidencias como expedientes médicos, etc. Independientemente de si contrató o no a un representante, el Seguro Social aplicará las mismas leyes y requerirá las mismas evidencias para evaluar su caso. Tanto usted como su representante tienen la responsabilidad de proveernos información correcta. Como sabemos, es ilegal proveer información falsa deliberada e intencionalmente. De hacerlo, podría enfrentarse a procedimientos penales. ¿Quién paga los honorarios? El Se-
guro Social no provee dinero adicional para pagar los honorarios de abogados ni representantes. Por lo tanto, de sus posibles beneficios retroactivos, usted pagaría por estos servicios. Si decide contratar un abogado o representante, ambos también deben firmar un Acuerdo de Honorarios —Fee Agreement— y enviarlo al Seguro Social. Usted puede contratar a esta persona durante cualquier etapa de su caso: inicial, reconsideración o vista administrativa. Aclaro que una apelación es una continuación de su caso inicial, donde consideraremos toda la documentación en su expediente y cualquier evidencia adicional. Por esta razón, independientemente de la etapa en que lo contrate, siempre computaremos los honorarios como si este lo hubiera representado desde que radicó su caso inicial. Actualmente, su representante solamente cobrará honorarios si aprobamos su caso de Seguro Social y si usted tiene derecho a cobrar beneficios retroactivos. Este puede cobrar un 25% de sus beneficios retroactivos hasta un máximo de $6,000.00. Si denegamos su reclamación o usted no tiene derecho a beneficios retroactivos, NO podemos pagar honorarios. En estas situaciones, usted no debe pagar honorarios a menos que el Seguro Social lo autorice por escrito. Sin embargo, su representante
puede cobrarle, sin nuestra aprobación, aquellos gastos que este pagó de su propio bolsillo, tales como el costo por obtener sus récords médicos. Si los abogados o representantes desean que se les descuenten los honorarios directamente de los beneficios retroactivos de sus clientes deben inscribirse en la sección de Abogados y Representantes en https://www.ssa. gov/representation/. Si no son abogados, deben reunir unos requisitos y tomar un examen para que podamos descontar los honorarios de los beneficios de su cliente. Si su representante NO es abogado y NO se ha inscrito con nosotros, el Seguro Social debe autorizar la cantidad de honorarios y usted tiene que pagarle directamente, pues no estaríamos autorizados a descontar ese dinero automáticamente de sus beneficios retroactivos. Los abogados y representantes deben radicar todas las apelaciones y los formularios para actualizar información médica de sus clientes SOLAMENTE por internet en www.segurosocial. gov para que podamos autorizar el descuento de honorarios a los beneficios de sus clientes. Estas apelaciones no se pueden enviar en papel. Para más información, acceda nuestra publicación ‘Su derecho a representación’ en www.segurosocial.gov.
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Si te encuentras desempleado, United Way de Puerto Rico te invita a participar de talleres virtuales sobre los siguientes temas:
Cómo crear tu carta de presentación a través de tu Resumé
Profesionales de Asesores Financieros Comunitarios, expertos en estas áreas, te ofrecerán herramientas útiles para que tengas mejores oportunidades en tu búsqueda de empleo. Espacios limitados. Regístrate HOY llamando al 2-1-1 ó accede la página www.pasoapasopr.com
Habrán incentivos para las personas que completen los talleres.
United Way de Puerto Rico
a s par Boleto s e r e ll a T
otros
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Anuncian campamento de veterinaria
Urgen
El programa de Tecnología Veterinaria de la Universidad de Puerto Rico en Arecibo (UPRA) anuncia la apertura de su campamento de veterinaria a celebrarse en junio en el recinto. Los jóvenes interesados en participar deben tener entre 14 y 18 años, ser estudiantes de noveno grado a cuarto año de escuela superior, poseer un promedio de 2.50 o más y registrarse con el formulario que se encuentra en: vetcamp.upra. edu. En el VetCamp los estudiantes tendrán charlas y experiencias prácticas en temas como anatomía, examen físico a mascotas, evaluación de laboratorio, CPR, entre otros. Además, orientarán sobre los requisitos de admisión de las escuelas de medicina veterinaria.
los fondos CDBG para reactivar la economía
Cuesta arriba eliminar las restricciones impuestas para acceder al dinero Christian Gabriel Ramos >cramos@elvocero.com @cramossegarra
dinero incentiva el consumo y no la producción. Para ir cambiando esta tendencia es necesario aumentar y acelerar la inversión de los fondos del Cdbg-Dr”, indicó.
Para que despunte el crecimiento económico en Puerto Rico, y que Agilizar el proceso El secretario del Departamenesta se sostenga a futuro, es necesario invertir en el sector productivo to de la Vivienda (DV), William de la Isla, lo que a juicio de analis- Rodríguez, coincide con Villamil tas consultados por EL VOCERO y aseguró a EL VOCERO que buspodría suceder con el acceso a los ca agilizar el desembolso de los fondos del Programa de Desarrollo $3,200 millones. En la medida que los fondos no Comunitario para la Recuperación se utilicen, Puerto Rico no puede de Desastres (Cdbg-Dr). A pesar de que $20,200 millo- demostrar necesidad y acceder nes aproximados en fondos Cdbg- a los fondos restantes, lo que los pondría en riesgo de perDr fueron asignados a derse. la Isla por el Congreso Sin embargo, que se estadounidense, el Depierdan no es una preopartamento de Vivienda federal (HUD, en inglés) Esa producción cupación del funcionario, ya que aseguró que —custodio del dinero— requiere que tienen ocho años —dessolo ha dado acceso a haya gente de la fecha en que fueron $3,200 millones. De es- trabajando y reembolsados— para tos, a nivel Isla solo se ahora mismo utilizar los fondos. han desembolsado $220 hay una Rodríguez —custodio millones y $1,300 millo- participación del dinero a nivel Isla— nes están obligados para laboral de atribuyó el atraso en el mejoras permanentes a 40%; 60% de la población desembolso de los fontravés de reembolsos. dos a la burocracia exisEl economista José en edad de tente en el proceso y a las Joaquín Villamil, de Es- trabajo no está innumerables restricciotudios Técnicos, explicó disponible y nes que se han impuesto a EL VOCERO que aun- podría afectar a futuro el a la Isla, contrario a otras que la Isla ha recibido un despunte jurisdicciones. flujo considerable de di- de estas Según Vivienda, los nero para asistencia por actividades. $20,200 millones asigcoronavirus —cerca de nados a Puerto Rico se $8,000 millones a los que Heidie Calero dividen en tres partes: se sumarán otros $10,000 economista $10,000 millones para dimillones— los desemversas partidas; la segunbolsos no potencian la da parte —que consiste de $8,300 producción. Villamil entiende que los res- millones— son destinados a la cates económicos aprobados por mitigación, y la tercera, de $1,900 el Congreso estadounidense brin- millones, va dirigida a realizar medan alivio para que el gobierno joras a la red eléctrica de la Isla. En el primer segmento están pueda cambiar el enfoque económico y que se invierta eficien- incluidos los $1,300 millones que temente el dinero del Cdbg-Dr en están obligados —contratados—, mejorar la capacidad productiva y que van dirigidos a obras de construcción y cuyo desembolso pucompetitiva de la Isla. “La economía ha mejorado diese tardar entre 18 y 24 meses con los incentivos económicos dependiendo del proyecto. Entre las obras incluidas en que han llegado, pero eso no se va a sostener a futuro porque ese este segmento figuran proyectos
de vivienda: 1,278 residencias individuales p a r a personas de escasos y medianos ingresos, y otras 1,000 unidades multifamiliares de interés social para alquiler. A estas obras se suman los programas de desarrollo económico como el de incubadoras, infraestructura y planificación, que son un programa municipal para el desarrollo de planes de recuperación para los ayuntamientos. “Los controles no pueden impedir la recuperación de Puerto Rico. Tenemos aprobado también un segundo acuerdo de aproximadamente $1,700 millones, pero necesitamos el acceso a esos fondos y que se nos eliminen las restricciones impuestas”, puntualizó el jefe de Vivienda. El funcionario admite que la situación se sigue complicando con la exigencia de aprobación por parte de la Junta de Control Fiscal de cualquier proyecto otorgado que supere los $10 millones. Al momento, según expuso Rodríguez, se encuentran en conversaciones con HUD para finalizar la aprobación de otros dos acuerdos que pudiesen allegar a la Isla más de $16,000 millones. “Estamos confiados en poder concretar estos acuerdos en las próximas semanas y agilizar el acceso a dichos fondos lo antes posible. Para eso hemos creado un frente común entre la Cámara, el Senado, el gobernador Pedro Pierluisi, la comisionada residente, Jenniffer González y Vivienda”, afirmó. A este dinero también se suman otros $20,000 millones obli-
Dato relevante Fondos CDBG aprobados
$10,000 millones $8,300 millones $1,900 millones
Diversas partidas Mitigación Mejoras a la red eléctrica
Total: $20,200
gados por la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, por sus siglas en inglés) para obras permanentes, de los que $3,500 millones son para las agencias centrales. Estos proyectos impactan la industria de la construcción en la Isla, pues van dirigidos a la reconstrucción y construcción de infraestructura. En este particular aceptó que, por el momento, tampoco han logrado el desembolso de dichos fondos.
A incentivar el trabajo
La economista Heidie Calero expresó a EL VOCERO que es necesario ir reactivando la fuerza laboral para que cuando ocurra el despliegue del dinero y se comiencen las obras de construcción no haya un desfase. “Esa producción requiere que
millones
haya gente trabajando y ahora mismo hay una participación laboral de 40%; 60% de la población en edad de trabajo no está disponible y podría afectar a futuro el despunte de estas actividades”, puntualizó. Mientras que el secretario del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC), Manuel Cidre, también considera importante “una fuerza laboral lista, preparada y disponible” para empezar a correr los proyectos primordiales para la reconstrucción de la Isla”. “Para que la producción despunte, Puerto Rico necesita una mano de obra lista y disponible. Si logramos combinar algún tipo de ayuda social con el trabajo, podríamos crear un ambiente idóneo para levantar la participación laboral. La mesa está servida”, puntualizó Cidre.
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Puerto Rico
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en la mira de otros continentes
Inversionistas europeos y asiáticos contemplan la Isla como destino de inversión
Dato relevante Según Invest Puerto Rico, en un evento realizado con Brasil recientemente, más de 100 empresas mostraron interés en la Isla.
Brenda A. Vázquez Colón >bvazquez@elvocero.com
La mano de obra orientada a la tecnología y manufactura de Puerto Rico, así como la relación estrecha con los Estados Unidos, está despertando el interés de inversionistas de países lejanos en establecer empresas en la Isla, según señaló Rodrick Miller, principal oficial ejecutivo de Invest Puerto Rico, organización encargada de promover la inversión en la Isla. “Recientemente hicimos un evento con Brasil y más de 100 empresas mostraron interés en Puerto Rico. Este país tiene muchas empresas innovadoras de tecnología que necesitan acceso a Estados Unidos y se sienten más cómodos con el idioma español que es muy semejante al de ellos. Además, prefieren un lugar donde las diferencias culturales no sean tan grandes como con otros países”, señaló Miller, quien informó que la organización ha realizado recientemente actividades promocionales para atraer nuevas fuentes de capital. El ejecutivo, en la entrevista con EL VOCERO, aseguró que hay potencial para atraer inversionistas de Europa y Asia, que podrían elegir a Puerto Rico para desarrollar sus negocios. Mientras que en el corto plazo, adelantó que en los próximos meses se anunciarán nuevas empresas del sector farmacéutico y de servicios profesionales que están en proceso de firmar decretos para establecerse en la Isla. “En España también hay mucho interés, pero no hemos podido viajar por las restricciones. En Japón ya hemos tenido dos eventos virtuales. Ellos se interesan porque tenemos un alto nivel de capacidad tecnológica y muchas mujeres en el campo de la ingeniería. Tenemos la calidad, el talento, somos más baratos que otros lugares de la nación americana, y contamos con el acceso al mercado de Estados Unidos”, abundó el ejecutivo. Las estrategias de Invest Puerto Rico siguen enfocadas en atraer empresas farmacéuticas, de dispositivos médicos, software, servicios financieros e industrias creativas, y realizan gestiones para
En España también hay mucho interés, pero no hemos podido viajar por las restricciones. En Japón ya hemos tenido dos eventos virtuales. Ellos se interesan porque tenemos un alto nivel de capacidad tecnológica y muchas mujeres en el campo de la ingeniería. Tenemos la calidad, el talento, somos más baratos que otros lugares de la nación americana, y contamos con el acceso al mercado de Estados Unidos. Rodrick Miller principal oficial ejecutivo Invest Puerto Rico
Rodrick Miller, principal oficial ejecutivo de Invest Puerto Rico, en entrevista con EL VOCERO habló del interés de inversionistas europeos y asiáticos en la Isla como destino de inversión. >Archivo/EL VOCERO.
atraer inversionistas y desarrollar la imagen del País como lugar de inversión. “Seguimos siendo fuertes en la manufactura médica y de dispositivos médicos, por lo que nos enfocamos en ese sector. Hace un mes llegaron las farmacéuticas
CytoImmune Therapeutics, Inc. y BioSimilar Solutions, LLC, que invirtieron $228 millones y generaran 400 empleos bien remunerados. Como estrategia a largo plazo tenemos que demostrar la consistencia en el mensaje de inversión que enviamos”, resaltó Miller.
En la inmediatez, el plan es seguir logrando acuerdos que generen empleos y maximicen el potencial de los recursos humanos con los que cuenta la Isla. “Tenemos que cerrar transacciones comerciales hoy, pero con estrategias para cambiar la postura de Puerto Rico ante el mundo. Estamos trabajando de la mano con el sector privado y con organizaciones como la Asociación de la Industria Farmacéutica (PIA, por sus siglas en inglés) y la Cámara de Comercio de Puerto Rico con quienes trabajamos un informe, que basado en tamaño, ventajas comparativas regionales y destre-
za farmacéutica, indicó que Puerto Rico se compara con Irlanda, Singapur, Suiza y Costa Rica en la excelencia de la fabricación de alto valor”, expresó el principal oficial ejecutivo de Invest Puerto Rico. Expuso, además, que según el informe, Puerto Rico compite tanto con la economía estadounidense como con las globales y lidera sobre estados como Indiana, California y Carolina del Norte en producción farmacéutica. “El informe examina estrategias para atraer inversiones de capital, establecer ecosistemas de tecnología, crear redes regionales, digitalización, desarrollo y capacitación de la fuerza laboral, entre otros factores. Los resultados del informe se anunciarán pronto con PIA y el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio”, adelantó el ejecutivo. Según detalló, la organización reportó un aumento de 30% en su cartera de oportunidades durante el cuarto trimestre del año fiscal 2019-2020. Estos esfuerzos, aseguran, prometen la creación de nuevas plazas de empleo e inversiones futuras, especialmente en sectores medulares como la manufactura en la biociencia, firmas de tecnología e innovación, y nuevas oportunidades de transbordo aéreo como resultado de la dispensa otorgada por el Departamento de Transportación Federal.
ECONOMÍA >29
> LUNES, 29 DE MARZO DE 2021
Global Mattress expande operaciones en la Isla Adquiere edificio comercial en el Puerto de Ponce Redacción >EL VOCERO
AVISO PÚBLICO/ PUBLIC NOTICE
El Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) y la compañía Global Manufacturing LLC (Global Mattress) anunciaron el acuerdo para la compraventa de un espacio comercial perteneciente a la Compañía de Comercio y Exportación, en la zona del Puerto de Ponce, con el fin de expandir las operaciones de manufactura de la empresa. Así lo anunciaron el presidente de la empresa Rodroherick Correa y el se-
cretario del DDEC, Manuel Cidre. “En el DDEC, estamos identificando alternativas que promuevan un mejor uso de nuestras facilidades comerciales, de manera que puedan ser habilitadas y reusadas para establecer operaciones de manufactura y distribución, entre otras operaciones comerciales, como es el caso de Global Mattress. La venta y arrendamiento de facilidades comerciales representa una excelente oportunidad para nuevas empresas o expansión de negocios existentes”, señaló Cidre.
Global Mattress estará adquiriendo la propiedad para fines de manufactura, almacenaje, distribución y venta de colchones y ‘box springs’, entre otros productos relacionados. Esta expansión contribuirá a la creación de cerca de 20 empleos adicionales directos e indirectos, y la fabricación de materia prima que actualmente se importa desde otros países. La propiedad, ubicada en el municipio de Ponce, cuenta con un edificio comercial de 30,516 pies cuadrados y un edificio industrial de unos 135,164 pies cuadrados. Fundada en 1987, Global Mattress ha evolucionado su operación de un negocio familiar hasta una empresa en crecimiento, con 20 establecimientos de venta alrededor de la Isla. Ofrece sobre 20 líneas personalizadas de colchones, reportando sobre $8 millones de ventas anuales. El DDEC tiene un gran inventario de propiedades industriales en Puerto Rico, con más de 1,500 espacios distribuidos estratégicamente en toda la Isla. La cartera de propiedades del DDEC cuenta con naves industriales, lotes y terrenos en bruto.
AVISO DE APROBACIÓN DE ORDENANZA La Ordenanza Número 12 Serie 2020-2021-12 intitulada “DE LA LEGISLATURA DEL GOBIERNO MUNICIPAL AUTÓNOMO DE CAROLINA, PUERTO RICO, PARA ENMENDAR EL ARTÍCULO 3.02 DEL CÓDIGO DE ORDEN PÚBLICO, ORDENANZA 16 SERIE 2014-15-19, SEGÚN ENMENDADA, SOBRE ORDENAMIENTO URBANO”, ha sido adoptada por la Legislatura Municipal el 16 de marzo de 2021 y firmada por el Alcalde el 23 marzo de 2021. Esta Ordenanza entrará en vigor inmediatamente después de un término de diez (10) días a partir de la fecha de publicación de este Aviso de Aprobación.
NOTICE OF ORDINANCE APPROVAL Ordinance Number 12 Series 2020-2021-12 entitled “ORDINANCE OF THE LEGISLATURE OF THE MUNICIPAL AUTONOMOUS GOVERNMENT OF CAROLINA, PUERTO RICO, TO AMMEND ARTICLE 3.02 OF THE PUBLIC ORDER CODE, ORDINANCE 16 SERIES 2014-15-19, AS AMENDED, ON URBAN PLANNING”, has been adopted by the Municipal Legislature on March 16, 2021 and signed by the Mayor on March 23, 2021. This Ordinance shall come into effect immediately after a term of ten (10) days from the publication date of this notice of approval.
Antonio Vázquez Collazo Secretario / Secretary Legislatura Municipal / Municipal Legislature
AVISO AMBIENTAL INTENTO DE EMITIR CERTIFICADO DE CALIDAD DE AGUA El Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), ha recibido de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico (AAA) (P.O. Box 7066, San Juan, Puerto Rico 00916-7066) solicitudes de Certificados de Calidad de Agua (CCA) con estándares de calidad de agua como límites de efluente al final del tubo, y disposiciones de no adición neta para las descargas de desperdicios líquidos provenientes de las siguientes instalaciones de la AAA: Nombre y Número NPDES
Dirección
Flujo Máximo de Descarga
Cuerpo de Agua Receptor y Clasificación
6,057.11 m3/día (1.6 MGD)
Río Canóvanas, SD
8,971.5 m3/día (2.37 MGD)
Alcantarillado pluvial que descarga al Río Bayamón, SD
Planta de Filtración Humacao-las Piedras PR0022829 Planta de Filtración Arecibo PR0024210
Carretera Estatal Núm. 3, Km 17.3, Int. Ruta 66, Canóvanas, Puerto Rico Carretera Estatal Núm. 833, Km 14.8, Barrio Frailes, Sector Lo Filtros, Guaynabo, Puerto Rico Carretera Estatal Núm. 198, Km 28.3, Humacao, Puerto Rico Carretera Estatal Núm. 636, Km 1.6, Barrio Tanamá, Arecibo, Puerto Rico
1,287.04 m3/día (0.340 MGD)
Río Humacao, SD
984.28 m3/día (0.26 MGD)
Canal abierto tributario del Río Tanamá, SD
Planta de Filtración Coto Laurel PR0025747
Carretera Estatal Núm. 14, Km 8.2, Barrio Coto Laurel, Ponce, Puerto Rico
794.84 m3/día (0.210 MGD)
Quebrada Intermitente que forma parte de los canales de riego del Barrio Coto Laurel, SD
Planta de Filtración Canóvanas PR0022420 Planta de Filtración Guaynabo (Los Filtros) PR0022438
Planta de Filtración Carretera Estatal Núm. 150, Quebrada intermitente Villalba Regional Km 5.2, 4,330.512 m3/día tributaria al (Toa Vaca) Barrio Hato Puerto Abajo, (1.144 MGD) Lago Guayabal, SD PR0026590 Villalba, Puerto Rico Planta de Filtración Carretera Estatal Núm. 140, Canal pluvial tributario a 53.00 m3/día Canalizo Km 13.4, Barrio Jauca, Río Jauca, SD (0.014 MGD) PR0026867 Jayuya, Puerto Rico Estación de Bombas de Carretera Estatal Núm. 150, Quebrada intermitente la Planta de Filtración Km 5.6 946.42 m3/día tributaria al Villalba Regional (Toa Vaca) Barrio Hato Puerto Abajo, (0.250 MGD) Lago Guayabal, SD PR0026891 Villalba Puerto Rico Además, la AAA ha solicitado CCA con estándares de calidad de agua cómo límites de efluente al final del tubo, para las descargas de desperdicios líquidos provenientes de las siguientes instalaciones: Nombre y Número NPDES
Dirección
Flujo Máximo de Descarga
Cuerpo de Agua Receptor y Clasificación
Planta de Tratamiento Carretera Estatal Núm. 818 de Aguas Usadas Km 1.0, 4,732 m3/día Río Corozal, SD Corozal Barrio Cibuco (1.25 MGD) PR0020451 Corozal, Puerto Rico Planta de Tratamiento Carretera Estatal Núm. 861, de Aguas Usadas 2,839.06 m3/día Final de la Calle Marina, Río de la Plata, SD Toa Alta (0.750 MGD) Toa Alta, Puerto Rico PR0020869 Planta de Tratamiento Carretera Estatal Núm.485, de Aguas Usadas Km 3.5, Barrio Membrillo 11,431.9 m3/día Océano Atlántico, SB Camuy-Hatillo Sector Bajura, (3.02 MGD) PR0023744 Camuy, Puerto Rico Igualmente, la AAA ha solicitado de la Agencia Federal de Protección Ambiental, (Environmental Protection Agency, EPA) permisos bajo el Sistema Nacional para la Eliminación de Descargas Contaminantes (National Pollutant Discharge Elimination System, NPDES) para las instalaciones antes mencionadas. Los cuerpos de agua receptores están clasificados a tenor con el Reglamento de Estándares de Calidad de Agua de Puerto Rico, según enmendado. Luego de realizada la evaluación correspondiente de los documentos sometidos, el DRNA tiene la intención de emitir los CCA con estándares de calidad de agua como límites de efluente al final del tubo de descarga, disposiciones de no adición neta, y límites de efluente basados en calidad de agua, a tenor con las solicitudes de la AAA para las plantas antes mencionadas. La Sección 401 de la Ley Federal de Agua Limpia, según enmendada (33. U.S.C. 466 et seq.) (la Ley) requiere que antes de que la EPA pueda expedir un permiso de descarga NPDES, se obtenga un CCA de la agencia estatal que tenga jurisdicción sobre el control de la contaminación de las aguas. En Puerto Rico dicha responsabilidad recae sobre el DRNA. Los CCA se expiden a los efectos de asegurarse que las descargas cumplirán con las disposiciones aplicables establecidas balo las Secciones 208 (e), 301, 302, 303, 304 (e), 306 y 307 de la Ley. La Sección 208 (e) establece que “Ningún permiso bajo la Sección 402 de la Ley será emitido para cualquier fuente precisada, el cual esté en conflicto con los Planes Regionales de Manejo de Tratamiento de Desperdicios’. La Sección 301 se refiere a los límites de efluente para fuentes precisadas, incluyendo instalaciones de tratamiento públicas y privadas y las fechas en que deben ser implantados, así como los estándares de calidad de agua que sean aplicables. La Sección 302 se refiere a los límites de efluente relacionados con calidad de agua. La Sección 303 se refiere a los estándares de calidad de agua y a la implantación de planes. La Sección 304(e) se refiere a la incorporación de un Plan de Mejores Prácticas de Manejo (BMPP, por sus siglas en inglés) en las condiciones del permiso de descarga. La Sección 306 concierne a los límites de efluente para fuentes nuevas (New Sources), según se define en esa misma sección. La Sección 307 trata sobre límites de afluente para sustancias tóxicas y los requisitos de pre-tratamiento para aguas usadas que descargan en sistemas de tratamiento. Copia de las solicitudes de permiso NPDES, las solicitudes de CCA y otros documentos relevantes estarán a la disposición del público para ser examinados, a petición del Interesado mediante el envío de un correo electrónico a la siguiente dirección: fuentesprecisadas@jca.pr.gov. Las partes interesadas o afectadas pueden someter sus comentarios por escrito al Sr. Ángel Meléndez Aguilar, Gerente del Área de Calidad de Agua, a la dirección electrónica antes indicada no más tarde de treinta (30) días a partir de la publicación de este aviso. La fecha límite para someter comentarlos puede extenderse si se estima necesario o apropiado para el interés público. Todas las partes interesadas o afectadas podrán solicitar una vista pública. Dicha solicitud debe someterse por escrito al Secretario del DRNA a través de la Oficina de Secretaria, a la siguiente dirección electrónica: ayudaalciudadano@jca.pr.gov, no más tarde de treinta (30) días a partir de la fecha de publicación de este aviso y deberá señalarse la razón o las razones que en la opinión del solicitante ameritan la celebración de la vista pública. Todas las partes interesadas o afectadas tendrán una oportunidad razonable para presentar evidencia o testimonio en una vista pública sobre si se emiten o deniegan los Certificados de Calidad de Agua, si el Secretario del DRNA determine que dicha vista es necesaria o apropiada. Aprobado por la Autoridad Nominadora Lcdo. Rafael A. Machargo Maldonado Este anuncio se publica conforme a lo requerido por la ley Núm. 416-2004, según enmendada, conocida como “Ley sobre Política Pública Ambiental”; los reglamentos aprobados a su amparo; y las leyes y reglamentos federales aplicables. El costo del Aviso Público es sufragado por la entidad peticionaria.
30< ESCENARIO
> LUNES, 29 DE MARZO DE 2021
Chef Marilyn da el sí
Contrajo matrimonio con el empresario Nelson Torres, con quien se comprometió a finales de 2020
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EN LATIN AMAS Ricky Martin, Wisin, Yandel, Anitta, Carrie Underwood, Juanes, Manuel Turizo, Pitbull y Mariah Angeliq, confirmaron su participación en la sexta edición de los Latin American Music Awards (Latin AMAs).
Melissa M. Cruz Ríos >mcruz@elvocero.com
La chef Marilyn López, del programa Hoy día Puerto Rico (Telemundo) y el empresario Nelson Ninguno Torres unieron sus vidas el pasado sábado, en La teníamos Casona Luxury Villa, en Naranjito, frente a 30 invien planes tados, en una boda inspirada en España. casarnos. Sellaron su amor a pesar de las inclemencias Pero él ha del tiempo —que mantenía a la pareja en incersido un tidumbre por ser una ceremonia al aire libre— y caballero y un retraso con los anillos, que sirvió para relajar el ha querido ir ambiente con bromas y anécdotas durante el rito. más allá para El matrimonio se concretó ante el juez Ángel formalizar la Pagán, en el patio central del lugar, donde, aderelación. más, se llevó a cabo la recepción y donde la pareja permanecería el fin de semana junto a familiares. Marilyn López Fue un casamiento por el rito civil, que tuvo Chef como padrino a Louis del Río y Michelle Pérez, amigos de la pareja. “Michelle y Luis son mis amigos de muchos años, pero también conocía a Nelson —aunque más en el aspecto profesional— y de alguna maLos esposos esperarán que aplaque la pandemia, para viajar a Barcelona. >Brandon Cruz/EL VOCERO nera han estado vinculados en la relación”, explicó la conductora del segmento de cocina Sazón al La pareja —que se comprometió el 25 de diEl evento estuvo enmarcado en los elementos día. La madrina tuvo a cargo la lectura bíblica —1 ciembre de 2020, tras un año de relación— com- que los hicieron “conectar”: la gastronomía y su Corintios— y del brindis. partió que “en un inicio, la boda sería un evento predilección por la Madre Patria. Elías López, tío de la novia, fue quien la acom- muy íntimo con un grupo reducido de invitados”. Ambos eran divorciados y decidieron que “si pañó en su desfile. Pero como buenos puertorriqueños, una fiesta de lo íbamos hacer, lo haríamos bien para servir de La Chef de las estrellas, como se le conoce en el 15 personas se transformó en todo un evento al ejemplo a nuestros hijos. Que vieran que es amor ámbito gastronómiaire libre para 30 in- de verdad”, sostuvo. co, lució un ajuar de vitados, que incluyó Wilenie Sepúlveda, reportera de Telenoticias, D’Bride, color blanfamiliares y amigos, de Telemundo, tuvo a cargo la fotografía del enlaco con mangas larcomo Grenda Rive- ce matrimonial, ya que le une la familiaridad y el gas de corte sirena. ra, de Hoy día Puer- cariño que tuvo Marilyn a su padre, Willie SepúlMientras que el to Rico. veda, ya fallecido. arreglo personal es“Ninguno teníaEl padrino, Louis del Río, se hizo cargo de la tuvo a cargo de Nasmos en planes ca- coordinación del evento. La empresa Pastry Unhaly Torres. sarnos. Pero él ha cle, tuvo a su haber el diseño del bizcocho. El novio, por su sido un caballero y Por su parte, Alban Almonte realizó el diseño y parte, lució etiqueta ha querido ir más ambientación, donde resaltaron los tonos blancos azul claro de Tommy allá para formalizar con elementos de madera. Hilfiger. la relación. Luego, Antes del evento, con todo lo que es- Luna de miel tendrá que esperar las emociones estutaba sucediendo alLa oferta gastronómica, igualmente, se inspiró vieron a flor de piel, rededor, pensamos en la culinaria española donde la paella y tapas pues la chef dijo te- El casamiento por el rito civil se llevó a cabo en La Casona Luxury Villa, que siempre hay fueron protagonistas, a cargo del chef Luis R. Piner una mezcla de en Naranjito. espacio para llevar ñeiro. sentimientos. “Mi una relación como El mixólogo, Josué Echevarría hizo lo propio hija llegó antes de Miami, pero mi mamá no pudo las parejas de 30…”, contó Marilyn previamente y diseñó tres cócteles especiales para la ocasión. viajar por su salud. Pero tengo a mi nani Isabel, que a EL VOCERO. Por lo pronto, no habrá luna de miel, ya que está aquí acompañándonos”, acotó la chef. “Fue la pasión por la cocina y los negocios los la pareja esperará a que mejore la situación de la De otro lado, al novio lo acompañaron su ma- elementos que desataron una amistad que se trans- pandemia de covid-19 para viajar a Barcelona. dre, Carmen Meléndez, su tío Ernesto Matos y su formó en amor”, había dicho la chef sobre el inicio Este es el segundo matrimonio para la chef y el hermana Missi Álvarez y esposo. de la relación con el propietario de NT Advertising. tercero para el empresario.
El evento, que se realizará el 15 de abril en Florida y será transmitido por Telemundo, también contará con Camilo, Carlos Vives, David Bisbal, José Luis Rodríguez “El Puma”, Karol G, Maluma, Myke Towers, Nicky Jam, Ozuna y Piso 21. Más en elvocero.com
La novia lució un vestido blanco con mangas largas de corte sirena.
Louis del Río y Michelle Pérez, amigos de la pareja, fueron los padrinos.
Los recién casados están unidos por la pasión por la cocina y los negocios.
ESCENARIO >31
> LUNES, 29 DE MARZO DE 2021
Tras La chicharra de Guanda, lanza La plena se está formando
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La agrupación respaldó su sencillo con un vídeo filmado en escenarios naturales de la Isla. >Suministrada
Sin pausa PlenaSon
Jorge Rodríguez
>jrodriguez@elvocero.com @JorgeVocero
La Orquesta PlenaSon, bajo la dirección de Benjamín Jiménez, lanzó ayer su primer vídeo musical titulado La plena se está formando, original de Miguel Rodríguez, “El Canito
de Sabana Seca” y quien compone para el grupo desde 2004. “Tiene temas suyos en nuestros tres cedés: El reclamo de la plena, La lírica del trovador en las manos de un
A & M Contract, Inc., Management Agent (MA) of the Puerto Rico Public Housing Administration (PRPHA) will receive Sealed Bids, from interested General Contractors/Bidders in accordance with the Bid package instructions and requirements for the following construction works: BID NUMBER
AMC-IFB-20-21-014
BID NAME
PROJECT
INSTALACIÓN DE GENERADORES ELÉCTRICOS (ENERGY GENERATOR INSTALLATION)
Pedro Regalado, Jardines del Paraíso, Alturas de Cupey, Los Laureles, Nuestra Señora de Covadonga, Monte Park, Brisas de Cupey, Santa Elena, Antigua Vía, Los Rosales, Los Lirios de Cupey, Villa Andalucía II, Park Court, Las Camelias Apartments, Jardines de Monte Hatillo, Vista Hermosa I.
PRE-BID MEETING & SITE VISIT
BID OPENING
Virtual Pre-Bid (ZOOM) April 6, 2021 at 2:00 pm Site Visit April 7, 2021 at 9:00 am 2nd Site Visit April 8, 2021 at 9:00 am
April 29, 2021 at 3:00 pm at the Central Office of A & M Contract, Inc.located at 403 Del Parque St., 4th Floor,Santurce, PR 00910
DOCUMENTS AVAILABLE
plenero, Y gulú gulú y pa’ dentro. Yo le había pedido a Canito que me diera un tema tropical y alegre, entonces surgió la idea rápidamente y nos metimos al estudio de Papo Sánchez”, contó Jiménez. El vídeo fue filmado en locaciones de La Perla y playas de Dorado y Manatí. “Quería tener más sitios, pero el covid-19 nos malogró distintos escenarios”, explicó Jiménez a EL VOCERO. El director musical resaltó el cedé La lírica del trovador en las manos de un plenero, que destaca a Arturito Santiago, Jovino González, Omar Santiago, Roberto Silva y al difunto Casiano Betancourt. “Las hicimos plenas de to-
In any act of presence or public event of a bid process we are committed to comply with all Covid-19 Protocols, by keeping social distancing. Everyone should wear a facemask and we will be taking body temperature.
The instructions and requirements (Bid Package) governing this procurement process, and other pertinent documents, may be obtained at a cost of $10.00 per each set per interested Contractor/Bidder, on business days, from 8:00 a.m. to 12 m.d. and from 1:00 p.m. to 4:30 p.m. at the Central Office of A & M Contract, Inc., located at 403 Del Parque St., 4th floor, Santurce, PR 00910. All deposits are non-refundable, and shall be made in cash, money order or certified check payable to A & M Contract, Inc. For any additional information, you may contact us at (787) 523-3838 or by e-mail ampr@amcontract.com. A Virtual Pre-Submission Conference application will be held on April 6, 2021 at 2:00 p.m. (Local Puerto Rico time). Although attendance is not mandatory, we strongly encourage Respondents to participate in the Virtual Pre-Submission “ZOOM” Conference. If interested, please request an invitation to the Virtual Pre-Submission Conference via email at ampr@amcontract. com on or before 12:00 pm on April 6, 2021. Bids will be received at Central Office of A & M Contract, Inc. located at 403 Del Parque St., 4th floor, Santurce, PR 00910 until the date and hour described above. All Bidders shall be qualified to obtain and submit a Bid Guarantee equivalent to five percent (5%) of the Bid, valid for ninety (90) days, in the form of a certified check, a bank draft, or a US Government Bond at par value, or bond from an approved insurance company that must be listed on the most recently published U.S. Department of Treasury, Circular 570 and authorized to do business in the Government of Puerto Rico. If a Bid Bond or Guarantee is not submitted with the Bid, the Bid shall be rejected as non-responsive. All Bids received will be publicly opened and only Bidders name and Bid amounts will be read aloud, during the Bid Opening.
presentaciones. “Siempre son los mismos. Puedes ser el mejor del mundo y como hay un monopolio, te dejan fuera. Dicho esto, todos mis muchachos estamos juntos tocando en actividades y la gente se nos acerca porque sonamos diferente. El último éxito fue La chicharra de Guanda. El 2020 fue de aprendizaje y no podíamos continuar encerrados sin darle alegría a nuestro pueblo, que tanto lo necesita en estos tiempos. Estamos contentos dando cultura y la satisfacción de que son muchos quienes defienden en lo que estamos”, subrayó.
MORA HOUSING MANAGEMENT INC., Agente Administrador de la Administración de Vivienda Pública de Puerta Rico, recibirá Ofertas en sobres sellados de Licitadores interesados en realizar la venta de generadores eléctricos para los residenciales abajo indicado: de acuerdo con las instrucciones, documentos y requisitos (Pliegos) de esta Subasta. Número de Subasta
MHMI IFB-20-21-112
From March 29, 2021 until April 6, 2021
dos estos admirables cantautores de la música típica de Puerto Rico y todos con premios nacionales e internacionales. El nuevo tema es porque ya estamos entrando en el verano, el sol llega y se canta el título con unos coros que quedaron sabrosísimos. Al formar la orquesta necesitas composiciones y arreglos especiales y nosotros añadimos dos trompetas y un saxofón y suena fuera de liga. Desde los trovadores, tenemos el grueso de nuestros músicos con alguno que otro flotante, y reclutamos a Sol Rexy, el arreglista por excelencia. ¡Y ni hablar del contenido social y jocoso!”, apuntó. Jiménez levantó bandera sobre el “monopolio” de
Nombre de Subasta
COMPRA DE 29 GENERADORES ELECTRICOS
Residencial
VARIOS
Reunión Pre-Subasta
Apertura
13 de abril de 2021 1:30 pm Las Vistas Village, Suite 2 300 Ave. Felisa Rincón San Juan PR 00926
21 de abril de 2021 10:00 am Las Vistas Village, Suite 2 300 Ave. Felisa Rincón San Juan PR 00926
Disponibilidad de Documentos 6 de abril de 2021 o 13 de abril de 2021
Durante cualquier acto presencial de una subasta mantendremos todos los protocolos de Covid-19 de distanciamiento social. Toda persona deberá usar mascarilla en todo momento y se realizará toma de temperatura. Las instrucciones, documentos y requisitos (Pliegos de Subasta) que rigen este proceso de adquisición, así como todas las especificaciones de los trabajos, estarán disponibles los días laborables desde el 6 de abril de 2021 hasta el 13 de abril de 2021, de 8:00 a.m. a 12:00 p.m. y de 1:00 p.m, a 4:30 p.m. en la Oficina Central de Mora Housing Management, Inc. ubicada en las Vistas Village, Suite 2 # 300 Ave. Felisa Rincón, San Juan P.R. Dichos documentos (Pliegos de Subasta) tendrán un costo no reembolsable de veinte cinco dólares ($25.00), pagadero a favor de Mora Housing Management, Inc., mediante cheque certificado, efectivo, giro postal o bancario. Para Información adicional puede comunicarse al (787) 793-8181, o por correo electrónico hvargas@morahousing.com Se invita a todas las firmas Interesadas en asistir a la Reunión Pre-Subasta, el día y en la dirección que aparece arriba Indicada. La asistencia a la misma no es compulsoria, pero es altamente recomendable. Las Ofertas serán recibidas en la Oficina Central Mora Housing Management, Inc. localizada en Las Vistas Village, Suite 2 300 Ave. Felisa Rincón, San Juan P.R., hasta lo hora y fecha antes mencionada. Todo Licitador deberá entregar su Oferta con una Garantía de Licitación (“Bid Guarantee”), equivalente al 5% del total de la Oferta, válida por noventa (90) días, mediante cheque certificado, giro bancario, bonos al valor par del Gobierno de los Estados Unidos, o Fianza (Bid Bond) de una compañía aseguradora incluida en el Registro Federal “U.S. Department of Treasury, Circular 570” y autorizada por el Comisionado de Seguros a realizar negocios en Puerto Rico. No se aceptará y será rechazada de plano, toda Oferta que no cumpla con el requisito de la Garantía de Licitación, según antes indicado. Todas las Ofertas serán abiertas en público y leídas en alta voz. Toda Oferta entregada luego de la hora y fecha antes indicada, según establecida por Mora Housing Management. Inc., será registrada como Oferta tardía y retenida sin abrir, en el expediente de la Subasta. Ninguna Oferta podrá ser retirada durante 90 días a partir de la Apertura de la Subasta. Mora Housing Management, Inc. no será responsable por cualquier reclamación, pérdida o costos en el que incurra el Licitador por motivo de esta Invitación a Subasta.
Bids submitted after the date and time established for opening, shall be recorded as a late Bid and retained unopened in the contract file. No Bid should be withdrawn, for a period of 90 days after the date of opening of Bids, without the consent of A & M Contract, Inc. A & M Contract, Inc., will not be liable for any claim, loss, damage or cost as a result of this Invitation for Bid.
Mora Housing Management, Inc. se reserva el derecho de rechazar cualquier o todas las Licitaciones recibidas y obviar cualquier informalidad en el proceso de Subasta. Los fondos para realizar estas obras o servicios provienen exclusivamente de asignaciones federales.
A & M Contract, Inc. reserves the right to reject any or all Bids received and to waive any informality in the Bidding process. This procurement is totally financed by Federal Funds.
Esta solicitud cumple con los más recientes requisitos de las leyes y reglamentos federales y estatales aplicables al proceso de adjudicación, Incluidos en la reglamentación del Departamento Federal de Vivienda y Desarrollo Urbano HUD: 2 CFR 200.320 (c), HUD Procurement Handbook, 7460.8 Rey. 2 y el Manual de Adquisiciones y Políticas de Adquisición de la Administración de Vivienda Pública de Puerto Rico (Reglamento Núm. 8967, aprobado el 9 de junio de 2017).
This solicitation complies with the most recent requirements of federal and state laws and regulations applicable to the procurement process, included in the rulings of U.S. Department of Housing and Urban Development (HUD): 2 CFR 200.320 (c); HUD Procurement Handbook 7460.8 REV-2, and PRPHA Procurement Manual (Rule No. 8967, approved June 9, 2017). A & M Contract, Inc., is an EQUAL OPPORTUNITY EMPLOYER that does not discriminate regarding sex, sexual orientation, gender identity, race, age, national origin, religious creed, civil status, war veteran, and handicap or disabled status.
Mora Housing Management, Inc. es un patrono con igualdad de oportunidad de empleo, que no discrimina por sexo, identidad de género u orientación sexual, raza, edad, nacionalidad, creencia religiosa, estado civil, veterano de guerra, impedido o incapacitado.
32< ESCENARIO
> LUNES, 29 DE MARZO DE 2021
A visibilizar el autismo Las estadísticas recientes de quienes padecen esta afección en Puerto Rico, datan de hace una década
Nerymar Ríos Ortiz
>Neuroeducadora Fundación Aprendo con Shabum
Yomaris Rodríguez
>yrodriguez@elvocero.com
Eres admirable
@yomarisr
La mayoría de las personas con autismo necesitarán asistencia toda su vida, en mayor o menor grado. Se sabe que esta condición es cuatro a cinco veces más frecuente en varones, que en féminas. Así lo explica Joyce Dávila, directora y cofundadora de la Alianza de Autismo de Puerto Rico. “El autismo es una condición del desarrollo que afecta la comunicación, la socialización y la autorregulación, entre otras áreas de un niño o persona. Es una condición de por vida. Tienen problemas sensoriales, o sea, sobre cómo sienten su cuerpo y su entorno”, expuso Dávila. Entre las características de personas con autismo podemos mencionar: problemas del habla, no miran a los ojos, no se relacionan bien con otros, tienen rutinas, no les gustan los cambios, parecen sordos y están en su propio mundo. Las estadísticas recientes de quienes padecen esta afección en Puerto Rico datan de 2011. Por lo tanto, con una década de retraso no responden a la realidad actual. “La prevalencia de 2011 es uno de cada 62 personas. El gobierno tiene que volver a hacer el estimado para saber a qué se enfrenta. Cuando comenzamos con la Alianza de Autismo, en 2002, la prevalencia era uno de cada 2,500 y antes de eso era uno en 10,000”, expuso a EL VOCERO. Dávila conoce muy bien el tema, ya que es madre de una hija de 21 años con esta afección. “El autismo ha seguido creciendo exponencialmente. Pero en Puerto Rico no nos hemos preparado para estas personas con autismo que están llegando a la adultez porque aquí no hay servicios para ellos”, puntualizó. Esta condición de salud, cuando comienza a presentarse, puede confundirse con otras. “Al principio hay casos de niños que se cree que tienen déficit de atención. No es que no lo tengan, es que pueden ser concomitantes o comórbidas (que ocurren a la vez). Es muy común que tengan ambas”, explicó.
H Señales comunes • No reacciona cuando lo llaman por su nombre (12 meses+). • No señala objetos para mostrar su interés (14 meses +). • No juega con otros, juega raro, alinea los juguetes en fila. • Evita el contacto visual y prefiere estar solo. • Retraso en el desarrollo del habla y lenguaje. Repite palabras o frases una y otra vez (ecolalia). • Le dan muchas rabietas. Si su hijo tiene alguna de estas, busque ayuda.
La también especialista en deficiencias del desarrollo e intervención temprana, abundó sobre qué les afecta mayormente en la calidad de vida. “La comunicación es un problema bien fuerte y la dificultad para la integración social en muchos casos; las condiciones concomitantes; todos los problemas de salud que tienen porque más de una tercera parte tienen epilepsia; más de la mitad tiene alguna discapacidad intelectual leve, moderada o severa; depresión y ansiedad ultracrónica”, detalló.
Campaña de recaudación y concienciación
La desinformación sobre la etapa de desarrollo, especialmente en padres primerizos, quienes no tienen un hijo previo para comparar si su pequeño está evolucionando normalmente o no, también incide en un diagnóstico tardío o negación.
Se estima que en la Isla hay 30,000 personas con autismo y sobre el 90% de estas son dependientes. >Suministrada
“Abril es el mes del autismo y el día 2 se conmemora el Día mundial del autismo. Para nosotros es importante este mes llevar concienciación y herramientas para que se hable del autismo”, remarcó. Por esto, su campaña anual de recaudación de fondos y concienciación es a través de la venta de camisetas. “Somos una organización que defiende derechos y lucha por el respeto y la conciencia de qué es el autismo y los servicios que se necesitan. Para hacerlo necesitamos ingresos, hemos logrado concienciación y que los ojos de la gente vayan a este tema. Este año hemos sido muy exitosos a través de la campaña en redes sociales con el apoyo de ‘influencers’ y personalidades”, resaltó . Las camisetas de la colección de abril 2021 pueden adquirirse en su página web alianzaautismo.com. Además, en esta dirección cibernética hay una infoguía gratis, con información sobre los pasos a tomar ante el diagnóstico de autismo. Las expectativas de futuro de un ser humano con autismo “es el secreto mejor guardado porque la mayoría necesitará asistencia el resto de su vida a mayor o menor grado”. Según menciona, hay muchos jóvenes funcionales que en la universidad no tienen el apoyo y fracasan, o los padres tienen que permanecer con ellos en el salón de clases o pagar por asistentes. “Hay muchas barreras para que se adapten o sean exitosos. Hay profesores que discriminan, se creen que tener asistentes es una ventaja. Eso es equidad, que es darle lo que necesitan para que trabajen en las mismas circunstancias que los demás. Hay estudiantes que terminan yéndose
por rechazo, se dan cuenta de que son diferentes, se sienten ignorados porque no son incluidos en los grupos, en el compartir en la universidad”, detalló. Señala que el mayor escollo con el cual se topan las personas con autismo es la falta de servicios en las etapas de funcionalidad. “Hay un por ciento que puede trabajar e ir a la universidad. En Estados Unidos el 15% de la población con autismo tiene oportunidad de trabajar. En Puerto Rico no hay ese apoyo”, indicó.
La importancia de hacer cumplir la ley
Cabe resaltar como mayor logro de la Alianza de autismo, el desarrollo y aprobación de la Ley 220 de 2012, llamada Ley Bida (bienestar, integración y desarrollo de las personas con autismo). “Esta ley propone servicios que manda la ley federal, como servicios integrales que necesitan desde la niñez hasta la adultez. Servicios de apoyo para los padres poder tener calidad de vida mientras tienen a sus hijos a cargo. Así como proyectos de vida asistida en el hogar”, expuso previo a mencionar que hay padres que llevan años sin salir del hogar por la agresividad de sus hijos en otros ambientes. La directora de la alianza, solicita al gobierno cumplir esta ley y admitir que hay crisis en la prevalencia de la población de autismo. “El autismo creció como una ola que está arropando. Se estima que hay 30,000 personas con autismo y sobre el 90% de estas son dependientes. Se pueden graduar hasta de maestría y no consiguen empleo por su adaptación social y de las personas a su alrededor, que tienen que poner de su parte”, enfatizó.
ay ocasiones donde reconocen nuestras acciones y nos expresan que somos admirables. Otras veces, habiendo realizado grandes cosas, no se reciben esos comentarios. Entonces ¿de quién depende sentir admiración por lo que hacemos? ¿De otros o de ti? Esperar el reconocimiento de alguien solo pone el poder de tu gran capacidad en manos de otro. En cambio, decidir admirarte por quien eres contigo y con los demás, mantiene el poder de tu ser en ti. Ciertamente, como seres sociales la admiración de otros es necesaria para el desarrollo de la autoestima saludable, especialmente en edades tempranas. No importa la edad, un reconocimiento de admiración es siempre un estímulo positivo para seguir adelante. Ahora, si no se recibe, ¿qué podemos hacer? Ser nuestros propios admiradores y dar el ejemplo expresando admiración a los demás. Poder admirarte desde la humildad requiere que estés consciente que hay algo muy importante en cada ser humano: sus recursos internos para crear y hacer con sus talentos lo mejor en beneficio de los demás. Puede que estés conectado con tus recursos, eso permite admirarte y seguir descubriendo muchos más. Tal vez requieras descubrirlos y por eso no encuentras cómo admirarte. Eso está bien, es posible. Existen técnicas como la programación neurolinguística para lograr conectar con tus recursos y que puedas ver, escuchar y sentir lo que te hace un ser único y especial. Lo importante es que hoy haces algo que es de bien para otros, aunque tal vez no te hayas percatado. Actos tan sencillos como sonreír, ayudar o escuchar a alguien, brindar elogios, avanzar en metas, tratar con amor a otros y muy importante a ti; todas son acciones para admirar. Así que hoy admírate, celebra y agradece lo que te hace único y especial, para ti y los demás.
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>AVISOS Edictos MR-11685 EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE AGUADILLA
SAMUEL SOTO CARDONA Y SU ESPOSA LINDA IVETTE PUJOLS QUIÑONES
Peticionarios Exparte C I V I L N Ú M E R O : AG2021CV00110 SOBRE: INFORMATIVO DE DOMINI O EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA } EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS} S.S. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO} A: A LAS PERSONA IGNORADAS O DESCONOCIDAS A QUIENES PUDIERA PERJUDICAR LA INSCRIPCION DEL DOMINIO A FAVOR DE LA PARTE PETICIONARIA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE LA FINCA QUE MÁS ADELANTE SE DESCRIBIERÁ Y A TODA PERSONA EN GENERAL QUE CON DERECHO PARA ELLO DESEE OPONERSE A ESTE EXPEDIENTE. POR LA PRESENTE se notifica para que comparezcan, si lo creyeren pertinente, ante este Honorable Tribunal dentro de los veinte (20) días contados a partir de la última publicación de este edicto a exponer lo que a sus derechos convenga en el expediente promovido por la parte peticionaria para adquirir su dominio sobre la siguiente finca que se describe más adelante. Usted deberá presentar su posición a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired.ramajudicial.pr, salvo que se represente por derecho propio, en cual caso deerá presentar su alegación en la secretaría del Tribunal. Si usted deja de expresarse dentro del referido término, el Tribunal podrá dictar sentencia, previo a escuchar la prueba de valor de la parte peticionaria en su contra, sin más citarle ni oírle, y conceder el remedio solicitado en la petición, o cualquier otro, si el Tribunal, en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. “RUSTICA, Predio de terreno ubicado en el Barrio Juncal de San Sebastián con cabida de dos punto cuatro cuatro veinticinco cuerdas, equivalente a NUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE punto NUEVE MIL OCHOCIENTOSVEINTISIETE METROS CUADRADROS (9,599.9827m/c). En lindes al NORTE, con Emilia Quiñones Irizarry, José Pujols Torres, Sixto Díaz García y Alberto Soto Muñiz; por el ESTE y SUR, con carretera municipal; por el OESTE, con Wilfredo Torres Vargas y Darwin Carvajal Pagán”. Número de catastro: 130-000-007-60-000. El abogado de la parte peticionaria, Lcdo. Gerardo Pérez Echevarría, PO Box 1594, San Sebastián, PR 00685; Tel. (787)896-2307. Se informa, además, que el Tribunal ha señalado vista en este caso para el 27 de agosto de 2021, a las 9:00 AM en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aguadilla, a la cual usted puede comparecer asistido por abogado y presentar oposición a la petición. Este edicto deberá ser publicado en tres (3) ocasiones dentro del término de 20 días, en un periódico de circulación general diaria, para
AG2021CV00110 SOBRE: INFORMATIVO DE DOMINIO EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA } EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS} S.S. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO} A: A LAS PERSONA IGNORADAS O DESCONOCIDAS A QUIENES PUDIERA PERJUDICAR LA INSCRIPCION DEL DOMINIO A FAVOR DE LA PARTE PETICIONARIA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE LA FINCA QUE MÁS ADELANTE SE DESCRIBIERÁ Y A TODA PERSONA EN GENERAL QUE CON DERECHO PARA ELLO DESEE OPONERSE A ESTE EXPEDIENTE. POR LA PRESENTE se notifica para que comparezcan, si lo creyeren pertinente, ante este Honorable Tribunal dentro de los veinte (20) días contados a partir de la última publicación de este edicto a exponer lo que a sus derechos convenga en el expediente promovido por la parte peticionaria para adquirir su dominio sobre la siguiente finca que se describe más adelante. Usted deberá presentar su posición a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired.ramajudicial.pr, salvo que se represente por derecho propio, en cual caso deerá presentar su alegación en la secretaría del Tribunal. Si usted deja de expresarse dentro del referido término, el Tribunal podrá dictar sentencia, previo a escuchar la prueba de valor de la parte peticionaria en su contra, sin más citarle ni oírle, y conceder el remedio solicitado en la petición, o cualquier otro, si el Tribunal, en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. “RUSTICA, Predio de terreno ubicado en el Barrio Juncal de San Sebastián con cabida de dos punto cuatro cuatro veinticinco cuerdas, equivalente a NUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE punto NUEVE MIL OCHOCIENTOSVEINTISIETE METROS CUADRADROS (9,599.9827m/c). En lindes al NORTE, con Emilia Quiñones Irizarry, José Pujols Torres, Sixto Díaz García y Alberto Soto Muñiz; por el ESTE y SUR, con carretera municipal; por el OESTE, con Wilfredo Torres Vargas y Darwin Carvajal Pagán”. Número de catastro: 130-000-007-60-000. El abogado de la parte peticionaria, Lcdo. Gerardo Pérez Echevarría, PO Box 1594, San Sebastián, PR 00685; Tel. (787)896-2307. Se informa, además, que el Tribunal ha señalado vista en este caso para el 27 de agosto de 2021, a las 9:00 AM en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aguadilla, a la cual usted puede comparecer asistido por abogado y presentar oposición a la petición. Este edicto deberá ser publicado en tres (3) ocasiones dentro del término de 20 días, en un periódico de circulación general diaria, para que comparezcan si quieren alegar su derecho. Toda primera mención de persona natural y/o jurídica que se mencione en el mismo, se identificará en letra tamaño 10 puntos y negrilla, conforme a lo dispuesto en las Reglas de Procedimiento Civil, 2009. Se le apercibe que de no comparecer los interesados y/o partes citadas, o en su defecto los organismos públicos afectados en el término improrrogable de veinte (20) días a contar de la fecha de la última publicación del edicto, el Tribunal podrá conceder el remedio solicitado por la parte peticionaria, sin más citarle ni oírle. En Aguadilla, Puerto Rico, hoy 4 de marzo de 2021. Sarahí Reyes Pérez Secretario (a) Regional Por: Arlene Guzmán Pabón Secretario(a) Auxiliar del Tribunal
jal Pagán”. Número de catastro: 130-000-007-60-000. El abogado de la parte peticionaria, Lcdo. Gerardo Pérez Echevarría, PO Box 1594, San Sebastián, PR 00685; Tel. (787)896-2307. Se informa, además, que el Tribunal ha señalado vista en este caso para el 27 de agosto de 2021, a las 9:00 AM en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aguadilla, a la cual usted puede comparecer asistido por abogado y presentar oposición a la petición. Este edicto deberá ser publicado en tres (3) ocasiones dentro del término de 20 días, en un periódico de circulación general diaria, para que comparezcan si quieren alegar su derecho. Toda primera mención de persona natural y/o jurídica que se mencione en el mismo, se identificará en letra tamaño 10 puntos y negrilla, conforme a lo dispuesto en las Reglas de Procedimiento Civil, 2009. Se le apercibe que de no comparecer los interesados y/o partes citadas, o en su defecto los organismos públicos afectados en el término improrrogable de veinte (20) días a contar de la fecha de la última publicación del edicto, el Tribunal podrá conceder el remedio solicitado por la parte peticionaria, sin más citarle ni oírle. En Aguadilla, Puerto Rico, hoy 4 de marzo de 2021. Sarahí Reyes Pérez Secretario (a) Regional Por: Arlene Guzmán Pabón Secretario(a) Auxiliar del Tribunal MR-11734 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMON
DELIA MILAGROS JIMENEZ VEGA, JUAN JIMENEZ VEGA Y SONIA ENID JIMENEZ VEGA
EX PARTE PETICIONARIOS CIVIL NUM.: BY2019CV04732 SOBRE: Expediente de Dominio SALA: 601 EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO A: Rosa M. Collazo Vega, Luz Vega Ríos, Rosalina Vega Ríos, Efraín Collazo, José Javier González Collazo, Luis Miguel González Collazo, Rafael L. Collazo Vega, los posibles herederos de cada uno éstos, y a todas las personas desconocidas y/o ignoradas que tengan algún derecho real y en general a todo el que desee oponerse, comparecer o alegar cualquier derecho y a quienes pueda perjudicar la inscripción del dominio del inmueble que se describe a continuación a favor de la parte Peticionaria: "RUSTICA: Solar ubicado en el kilómetro 11.2 de la carretera PR 686 del Barrio Puerto Nuevo del término municipal de Vega Baja, con una cabida de 0.2878 cuerdas, equivalentes a 1,131.4049 metros cuadrados: en lindes por el NORTE con el Océano Atlántico; por el SUR con la Carretera PR 686, por el ESTE con Efraín Collazo y por el OESTE con Rosalina Vega Ríos y Luz Vega Ríos. Enclava una casa construida en hormigón y bloques de cemento, compuesta de tres cuartos dormitorios, sala-comedor, cocina, uno y medio baños y balcón. No tiene número de codificación en el CRIM. Por este medio se les convoca para que comparezcan ante este Honorable Tribunal dentro del Plazo de veinte (20) días, contados a partir de la última publicación de este edicto, a alegar lo que en derecho proceda en defensa de sus intereses. Deberán presentar el original de su escrito al Tribunal y enviar copia del mismo al representante legal de la parte Peticionaria: LCDO. IGNACIO VILLARMARZO GARCÍA, cuya dirección es P.O. Box 194598 San Juan, Puerto Rico 00919-4598. Tel. (787) 900-8916. Se les advierte que de no haber oposición alguna dentro del término expresado, la parte Peticionaria podrá obtener que se apruebe el Expediente de Dominio y el Tribunal ordene la inscripción de la finca a su favor en el Registro de la Propiedad. En Bayamón, Puerto Rico, hoy 18 de febrero de 2021. LCDA. LAURA I. SANTA SANCHEZ Secretaria Regional SECRETARIO POR: Yariliz Cintrón Colón
BERRIOS
Collazo, Rafael L. Collazo Vega, los posibles herederos de cada Nombre de la(s) Parte(s) uno éstos, y a todas las persoDemandante(s) nas desconocidas y/o ignoradas VS que tengan algún derecho real y en general a todo el que desee oponerse, comparecer o alegar cualquier derecho y a quienes > LUNES, 29de DE MARZO Nombre la(s) Parte(s) DE pueda perjudicar la inscripción Demandada(s) del dominio del inmueble que se describe a continuación a favor CASO NUM. GM2020RF00330 de la parte Peticionaria: "RUS- SOBRE: Acción Civil de: DITICA: Solar ubicado en el VORCIO RUP. IRREPARABLE kilómetro 11.2 de la carretera EMPLAZAMIENTO ESTADOS PR 686 del Barrio Puerto Nuevo UNIDOS DE AMERICA El Presdel término municipal de Vega idente de los Estados Unidos El Baja, con una cabida de 0.2878 Estado Libre Asociado de Puc u e r d a s , e q u i v a l e n t e s a erto Rico A: MARIA ESTHER 1,131.4049 metros cuadrados: COLON MONTAÑEZ Nombre en lindes por el NORTE con el de la parte demandada que se Océano Atlántico; por el SUR emplaza COMUNIDAD VILLOcon la Carretera PR 686, por el DAS CALLE 2 HC3 BOX 7270 ESTE con Efraín Collazo y por el GUAYAMA, P. R. Dirección de OESTE con Rosalina Vega Ríos la parte demanda que se emy Luz Vega Ríos. Enclava una plaza POR LA PRESENTE se le casa construida en hormigón y emplaza para que presente al bloques de cemento, com- tribunal su alegación responsiva puesta de tres cuartos dormitori- dentro de los 30 días de haber os, sala-comedor, cocina, uno y sido diligenciado este emmedio baños y balcón. No tiene plazamiento, excluyéndose el número de codificación en el día del diligenciamiento. Usted CRIM. Por este medio se les deberá presenta su alegación convoca para que comparezcan responsiva a través del Sistema ante este Honorable Tribunal U n i f i c a d o d e m a n e j o y dentro del Plazo de veinte (20) A d m i n i s t r a c i ó n d e C a s o s días, contados a partir de la (SUMAC), al cual puede acúltima publicación de est e edicto, a alegar lo que en ceder utilizando la siguiente derecho proceda en defensa de d i r e c c i ó n e l e c t r ó n i c a : sus intereses. Deberán present- https://unired.ramajudicial.pr, ar el original de su escrito al salvo que se represente por Tribunal y enviar copia del derecho propio, en cuyo caso mismo al representante legal de deberá presentar su alegación la parte Peticionaria: LCDO. IG- responsiva en la secretaría del N A C I O V I L L A R M A R Z O tribunal. Si usted deja de GARCÍA, cuya dirección es P.O. presentar su alegación responsBox 194598 San Juan, Puerto iva dentro del referido término, el Rico 00919-4598. Tel. (787) tribunal podrá dictar sentencia 900-8916. Se les advierte que en rebeldía en su contra y conde no haber oposición alguna ceder el remedio solicitado en la dentro del término expresado, la demanda, o cualquier otro, si el parte Peticionaria podrá obtener tribunal, en el ejercicio de su que se apruebe el Expediente sana discreción, lo entiende prode Dominio y el Tribunal ordene cedente. NORMA E. DAVILA la inscripción de la finca a su fa- COLON Nombre del (de la) v o r e n e l R e g i s t r o d e l a abogado(a) de la parte demandPropiedad. En Bayamón, Puerto ante o de la parte, si no tiene Rico, hoy 18 de febrero de 2021. representaci?ón legal; 11736 LCDA. LAURA I. SANTA SANC- Número ante el Tribunal SuHEZ Secretaria Regional SEC- premo, si es abogado(a); P. O. RETARIO POR: Yariliz Cintrón BOX 2158, ASHFORD 61 SUR, GUAYAMA, PUERTO RICO Colón 00785, Dirección; (787) 8668100 / 246-6645 Número de MR-11760 ESTADO LIBRE teléfono; número de fax; licnorASOCIADO DE P UERTO RICO maed57@yahoo.com. Correo TRIBUNAL GENERAL DE JUS- electrónico Expedido bajo mi TICIAL TRIBUNAL DE PRI- firma y sello del Tribunal, el 11 MERA INSTANCIA SALA SU- de febrero de 2021. MARISOL ROSADO Nombre del (de la) PERIOR DE GUAYAMA Secretario(a) Regional Por: LESVIA GUZMAN CINTRON Nombre y Firma del (de la) Secretario(a) Auxiliar del Tribunal Nombre de la(s) Parte(s) Demandante(s) VS
MARIA ESTHER COLON MONTAÑEZ
JOSE RAMON COLON BERRIOS MARIA ESTHER COLON MONTAÑEZ
Nombre de la(s) Parte(s) Demandada(s) CASO NUM. GM2020RF00330 SOBRE: Acción Civil de: DIVORCIO RUP. IRREPARABLE EMPLAZAMIENTO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA El Presidente de los Estados Unidos El Estado Libre Asociado de Puerto Rico A: MARIA ESTHER COLON MONTAÑEZ Nombre de la parte demandada que se emplaza COMUNIDAD VILLODAS CALLE 2 HC3 BOX 7270 GUAYAMA, P. R. Dirección de la parte demanda que se emplaza POR LA PRESENTE se le emplaza para que presente al tribunal su alegación responsiva dentro de los 30 días de haber sido diligenciado este emplazamiento, excluyéndose el día del diligenciamiento. Usted deberá presenta su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de manejo y Administración de Casos (SUMAC), al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired.ramajudicial.pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la secretaría del t r i b u n a l . S i u s t ed d e j a d e presentar su alegación responsiva dentro del referido término, el tribunal podrá dictar sentencia en rebeldía en su contra y conceder el remedio solicitado en la demanda, o cualquier otro, si el tribunal, en el ejercicio de su sana discreción, lo entiende procedente. NORMA E. DAVILA COLON Nombre del (de la) abogado(a) de la parte demandante o de la parte, si no tiene representaci?ón legal; 11736 Número ante el Tribunal Supremo, si es abogado(a); P. O. BOX 2158, ASHFORD 61 SUR, GUAYAMA, PUERTO RICO 00785, Dirección; (787) 8668100 / 246-6645 Número de teléfono; número de fax; licnormaed57@yahoo.com. Correo electrónico Expedido bajo mi firma y sello del Tribunal, el 11 de febrero de 2021. MARISOL ROSADO Nombre del (de la) Secretario(a) Regional Por: LESVIA GUZMAN CINTRON Nombre y Firma del (de la) Secretario(a) Auxiliar del Tribunal
SS-9150 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE BAYAMÓN
LUIS REYES VAZQUEZ, LLC DEMANDANTE VS.
La Corporación de Renovación Urbana y Vivienda de Puerto Rico, John Doe y Richard Roe, como posibles tenedores desconocidos de pagaré extraviado.
DEMANDADOS CIVIL NÚM: BY2021CV00967 SOBRE: CANCELACIÓN DE PAGARÉ EXTRAVIADO E HIPOTECA EMPLAZAMIENTO POR EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO A: John Doe y Richard Roe POR LA PRESENTE se notifica y emplaza que ante este Tribunal se radicó acción solicitando cancelación de pagaré a favor de Corporación de Renovación Urbana y Vivienda de PR por $23,290.00 garantizando hipoteca según esc 139 del 23/jul/1976 ante el Not. Público Nelson Meléndez Torres y grava solar 7-ZJ del proyecto VBC-165 barrio Hato Tejas. Inscrita al folio 61 vto del tomo 23 de Bayamón Norte finca 676. Usted tiene 30 días para contestar la presente demanda contados a partir de la publicación del presente edicto notificando con copia a la abogada de la parte dte. Lcda. Damaris Reyes Maisonet, Cond. El Centro II suite 254, San Juan, P.R., 00918 Tel 787-753-1011. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC) al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección e l e c t r ó n i c a : https://unired.ramajudicial.pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso, deberá presentar su alegación responsiva en la Secretaría del Tribunal. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y Sello del Tribunal, hoy 23 de marzo de 2021. LCDA. LAURA I. SANTA SANCHEZ secretaria regional Secretario (a) POR: Sandra I. Cruz Vazquez Secretaria Servicios a Sala SubSecretario (a)
2021 MR-11769 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAMUY
JOEL VALES ARCE JOELIE SERRANO RAMOS
Peticionario EX-PARTE CIVIL NUM.: CM2021CV00109 SOBRE: EXPEDIENTE DE DOMINIO EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA} PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS} ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO} A: Todos los que tengan cualquier derecho real en la finca que más adelante se describe, las personas ignoradas, naturales o jurídicas, a quienes pueda perjudicar la inscripción de dicha finca a favor de los Peticionarios y a las personas desconocidas, naturales o jurídicas, que tuvieren derecho a oponerse o se creyeron con derecho a oponerse a la inscripción del inmueble que se describe más adelante. POR LA PRESENTE se le notifica que se ha presentado ante este Tribunal el expediente arriba mencionado con el fin de justificar el dominio a favor de los Peticionarios de la siguiente entidad registral: RUSTICA: Parcela de terreno radicada en el Barrio Membrillo de Camuy, Puerto Rico con una cabida superficial de OCHOCIENTOS OCHENTA Y UNO PUNTO OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (881.854 m.c.) y en lindes por el NORTE, en distancia de veintitrés punto novecientos dos (23.902) metros con calle municipal; al SUR, en distancia de veinticuatro punto uno siete cuatro cuatro (24.1744) metros con calle municipal; al ESTE, en distancia de treinta y cuatro punto ocho cuatro tres ocho (34.8438) metros con carretera municipal Camino Las Flores y al OESTE, en distancia de treinta y ocho punto cero uno tres seis (38.0136) metros con Antonio Rivera y Joel Vales Arce. Los Peticionarios adquirieron la propiedad antes descrita por Compraventa a la Iglesia de Dios Pentecostal M.I. el 31 de enero de 2021 mediante escritura número cinco ante la Notario Lizannette Morales Crespo. La Iglesia de Dios Pentecostal M.I. adquirió la propiedad de la Sucesión Valentín Millet Álvarez mediante Compraventa número 115 otorgada el 29 de octubre de 1991 ante el Notario Ángel Reyes Hernández. Y SE LE NOTIFICA A USTED que este Tribunal ha ordenado que se le cite como persona que está en posesión de parte o todos los predios colindantes de la finca descrita, o tenga interés para que haga oposición a este expediente, si se viere perjudicado con la inscripción solicitada; advirtiéndole que de no hacer oposición dentro del término de veinte (20) días a contar desde que fuera notificada esta citación, los Peticionarios podrán obtener que se apruebe este expediente y se mande a inscribir a su nombre la finca antes descrita en el Registro de la Propiedad, sección de Camuy. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC) al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://tribunalelectronico.ramajudicial.pr/sumac20 18 salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentar su alegación responsiva en la secretaría del Tribunal, notificando a la representación legal en la dirección de récord. LCDA. LIZANNETTE MORALES CRESPO PO BOX 5272 CAROLINA, PR 00984-5272 TEL. 787-945-5233 E M A I L : moralescrespolaw@gmail.com POR ORDEN DEL HONORABLE SANTIAGO CORDERO OSORIO, Juez de este Tribunal, expido la presente en Camuy, Puerto Rico, hoy a 24 de marzo de 2021, bajo mi firma y sello oficial. VIVIAN Y. FRESSE GONZALEZ SECRETARIA REGIONAL SECRETARIO TRIBUNAL SUPERIOR POR: EIMMY FELICIANO TORRES Secretaria Auxiliar SUBSECRETARIO TRIBUNAL SUPERIOR
SS-9149 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RIC O TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE RÍO GRANDE
LUIS REYES VAZQUEZ, LLC DEMANDANTE VS.
Westernbank Puerto Rico. Banco Popular de Puerto Rico, John
SS-9149 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE RÍO GRANDE
LUIS REYES VAZQUEZ, LLC DEMANDANTE VS.
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SS-9152 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO LUNES, 29 DEDE MARZO DEIN2021 TRIBUNAL PRIMERA STANCIA SALA DE CAGUAS MR-11767 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE DEMANDANTE FAJARDO VS.
Westernbank Puerto LUIS REYES Rico. Banco Popular VAZQUEZ, LLC de Puerto Rico, John Doe y Richard Roe, Citibank, N.A., como posibles tene- Banco Popular de Pudores desconocidos erto Rico, John Doe y de pagaré extraviRichard Roe, como ado. posibles tenedores DEMANDADOS CIVIL NÚM: RG2021CV00115 desconocidos de SOBRE: CANCELACIÓN DE pagaré extraviado. PAGARÉ EXTRAVIADO E HI-
NOVAD MANAGEMENT CONSULTING, LLC Demandante V.
FULANO DE TAL Y MENGANA DE TAL
Demandado CIVIL NUM.: RG2021CV00126 SOBRE: CANCELACIÓN DE HIPOTECA POR PAGARÉ EXTRAVIADO EDICTO A: FULANO DE TAL Y MENGANA DE TAL Por la presente se le notifica que se ha presentado en la Secretaría del Tribunal la Demanda del caso de epígrafe solicitando la cancelación de un pagaré y se le emplaza a Fulano y Mengana de Tal, siendo estos nombres ficticios por desconocer sus verdaderos y por ser personas que pudiesen tener el original o algún interés o derecho en el pagaré constituido a nombre del Secretario de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos, por la suma principal de $277,500.00, con intereses al 3.593% anual y con vencimiento el 14 de julio de 2088, según la escritura número 211, otorgada en San Juan, el 4 de septiembre de 2015, ante el notario Manuel Rivera Meléndez, inscrita al tomo Karibe de Río Grande, finca número 5678, inscripción 4ta. Dicho pagaré se extravió luego de haber sido pagado en su totalidad. Se apercibe y se advierte a personas desconocidas que pudiesen ser los tenedores o estar interesados en el pagaré extraviado, que deben emitir una contestación dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto. Si usted no contesta la petición, se puede emitir sentencia en rebeldía para otorgar el remedio solicitado sin más mención o audiencia. Debe presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Administración de Casos (SUMAC), al que puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired.ramajudicial.pr, a menos que se represente a sí mismo, en cuyo caso debe presentar su alegación responsiva en la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia y enviar una copia a la abogada del peticionario, LCDO. JOSERROLANDO EMMANUELLI, P.O. Box 366219 San Juan, PR 00936DEMANDANTE 6219. (787) 413-8880. Si la VS. alegación responsiva no se presenta dentro de los 30 días, el Tribunal puede otorgar los remedios solicitados en la demanda sin su presencia y/o notificación previa. Este edicto se publicará una sola vez en un periódico de circulación general de Puerto Rico. Esta notificación se considerará realizada en la fecha de publicación de este edicto. En Fajardo, Puerto Rico, hoy 24 de marzo de 2021. Wanda I. Seguí Reyes Secretaria Regional SECRETARIA LINDA I. MEDINAMEDINA SECRETARIA AUXILIAR DEL DEMANDADOS CIVIL NÚM: BY2021CV00901 T R I B U N A L I SOBRE: CANCELACIÓN DE PAGARÉ EXTRAVIADO E HI- SS-9158 ESTADO LIBRE ASOPOTECA EMPLAZAMIENTO CIADO DE PUERTO RIC O P O R E D I C T O E S T A D O S TRIBUNAL DE PRIMERA INU N I D O S D E A M E R I C A E L STANCIA SALA SUPERIOR DE PRESIDENTE DE LOS EE.UU. SAN JUAN EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO A: John Doe y Richard Roe POR LA PRESENTE se notifica y emDemandante plaza que ante este Tribunal se v. radicó acción solicitando cancelación de pagaré a favor de Doral Mtg Corp por $23,400.00 garantizando hipoteca según esc 623 del 1/dic/1995 ante el Not. Público Gloria B. Aquino Aponte y grava solar 13-HH de Riverview. Inscrita al folio 181 del tomo 194 Demandados de Bayamón Norte finca 9401. CIVIL NÚM. SJ2019CV01108 Usted tiene 30 días para conte- SOBRE: EJECUCION DE HIPOstar la presente demanda conta- TECA EDICTO DE SUBASTA dos a partir de la publicación del LOS ESTADOS UNIDOS DE presente edicto notificando con AMERICA ) EL PRESIDENTE copia a la abogada de la parte DE LOS E.E. U.U. ) SS EL ESd t e . L c d a . D a m a r i s R e y e s TADO LIBRE ASOCIADO DE Maisonet, Cond. El Centro II PUERTO RICO ) Yo, PEDRO suite 254, San Juan, P.R., HIEYE GONZALEZ ALGUACIL, 00918 Tel 787-753-1011. Usted Alguacil del Tribunal Superior de deberá presentar su alegación Puerto Rico, Sala de San Juan, responsiva a través del Sistema al público HAGO SABER: Que U n i f i c a d o d e M a n e j o y en cumplimiento de un MandA d m i n i s t r a c i ó n d e C a s o s amiento de Ejecución de Sen(SUMAC) al cual puede acceder tencia que se me libró con fecha utilizando la siguiente dirección 3 de diciembre de 2019, por la e l e c t r ó n i c a : Secretaria de este Tribunal, en https://unired.ramajudicial.pr, el caso de epígrafe, venderé en salvo que se represente por pública subasta y al mejor postderecho propio, en cuyo caso, o r c o n d i n e r o e n e f e c t i v o , deberá presentar su alegación cheque de gerente o letra banresponsiva en la Secretaría del caria con similar garantía, todo Tribunal. EXTENDIDO BAJO MI título, derecho o interés de la FIRMA y Sello del Tribunal, hoy parte demandada de epígrafe 17 de marzo de 2021. LCDA. sobre la siguiente propiedad LAURA I. SANTA SANCHEZ perteneciente a la parte deSECRETARIA REGIONAL Sec- mandada, la cual se describe a retario (a) POR: YARILIZ CIN- continuación: URBANA: Solar TRON Sub-Secretario (a) marcado con el número catorce (14) del Bloque LB del plano de inscripción de la Cuarta Extensión, Primera Etapa de la Urbanización Country Club, situada en el Barrio Sábana Llana del Municipio de Río Piedras,
DEMANDADOS CIVIL NÚM: CG2021CV00591 SOBRE: CANCELACIÓN DE PAGARÉ EXTRAVIADO E HIPOTECA EMPLAZAMIENTO POR EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO A: John Doe y Richard Roe POR LA PRESENTE se notifica y emplaza que ante este Tribunal se radicó acción solicitando cancelación de pagaré a favor de Citibank, NA por $281,675.00 garantizando hipoteca según esc 248 del 30/marzo/2004 ante el Not. Público Raúl Rivera Burgos y grava solar 81de La Estancia. Inscrita al folio 84 del tomo 1684 de Caguas finca 56839. Usted tiene 30 días para contestar la presente demanda contados a partir de la publicación del presente edicto notificando con copia a la abogada de la parte dte. Lcda. Damaris Reyes Maisonet, Cond. El Centro II suite 254, San Juan, P.R., 00918 Tel 787-753-1011. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC) al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección e l e c t r ó n i c a : https://unired.ramajudicial.pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso, deberá presentar su alegación responsiva en la Secretaría del Tribunal. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y Sello del Tribunal, hoy 15 de marzo de 2021. CARMEN ANA PEREIRA ORTIZ Secretario (a) POR: LINNETTE ESPINOSA CASTILLO Secretaria SS-9151 ESTADO LIBRE ASO- Auxiliar Sub-Secretario (a) CIADO DE PUERTO RIC O TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE PATILLAS SS-9157 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE BAYAMÓN DEMANDANTE VS.
POTECA EMPLAZAMIENTO POR EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO A: John Doe y Richard Roe POR LA PRESENTE se notifica y emplaza que ante este Tribunal se radicó acción solicitando cancelación de pagaré a favor de Westernbank PR por $22,000.00 garantizando hipoteca según esc 251 del 28/mayo/2002 ante el Not. Público Lourdes Alicea Soto y grava solar 41 de Reparto Costa del Sol. Inscrita al tomo móvil 466 de Río Grande finca 3130. Usted tiene 30 días para contestar la presente demanda contados a partir de la publicación del presente edicto notificando con copia a la abogada de la parte dte. Lcda. Damaris Reyes Maisonet, Cond. El Centro II suite 254, San Juan, P.R., 00918 Tel 787-753-1011. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC) al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección e l e c t r ó n i c a : https://unired.ramajudicial.pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso, deberá presentar su alegación responsiva en la Secretaría del Tribunal. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y Sello del Tribunal, hoy 16 de marzo de 2021. Wanda I. Segui Reyes Secretario (a) POR: Sheila Robles Hernandez Secretaria Auxiliar I Sub-Secretario (a)
IVETTE LIZ REYES SOLÍS
LUIS REYES VAZQUEZ, LLC R & G Premier Bank of Puerto Rico, Scotiabank de Puerto Doral Mortgage CorRico, John Doe y poration, Banco PopRichard Roe, como ular de Puerto Rico, posibles tenedores Firstbank Puerto desconocidos de Rico, John Doe y pagaré extraviado Richard Roe, como DEMANDADOS CIVIL NÚM:PA2020CV00109 posibles tenedores SOBRE: CANCELACIÓN DE desconocidos de PAGARÉ EXTRAVIADO E HIPOTECA EMPLAZAMIENTO pagaré extraviado. POR EDICTO ESTADOS
UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO A: John Doe y Richard Roe POR LA PRESENTE se notifica y emplaza que ante este Tribunal se radicó acción solicitando cancelación de pagaré a favor de R & G Premier Bank of Puerto Rico por $59,600.00 garantizando hipoteca según esc 763 del 23/jul/1999 ante el Not. Público Héctor Moyano Noriega y grava parcela 9 de 2,994.9152 metros cuadrados. Inscrita al folio 226 del tomo 194 de Patillas finca 8701. Usted tiene 30 días para contestar la presente demanda contados a partir de la publicación del presente edicto notificando con copia a la abogada de la parte dte. Lcda. Damaris Reyes Maisonet, Cond. El Centro II suite 254, San Juan, P.R., 00918 Tel 787-753-1011. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC) al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección e l e c t r ó n i c a : https://unired.ramajudicial.pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso, deberá presentar su alegación responsiva en la Secretaría del Tribunal. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y Sello del Tribunal, hoy 15 de marzo de 2021. MARISOL ROSADO RODRIGUEZ Secretario (a) POR: MIGDALIA CINTRON HERNANDEZ SubSecretario (a) SS-9152 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RIC O TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE CAGUAS
LUIS REYES VAZQUEZ, LLC DEMANDANTE VS.
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO
JOAQUINA DELGADO DE BATISTA t/c/c JOAQUINA DELGADO BETANCOURT, ET AL.
or con dinero en efectivo, cheque de gerente o letra bancaria con similar garantía, todo título, derecho o interés de la parte demandada de epígrafe sobre la siguiente propiedad perteneciente a la parte demandada, la cual se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el número catorce (14) del Bloque LB del plano de inscripción de la Cuarta Extensión, Primera Etapa de la Urbanización Country Club, situada en el Barrio Sábana Llana del Municipio de Río Piedras, San Juan, Puerto Rico, con una cabida superficial de trescientos un metros cuadrados con setenta y seis centímetros cuadrados (301.76) en lindes por el Noreste, en trece metros veinte centímetros (13.20) con la calle doscientos noventa y seis; por el Suroeste, en trece metros quince centímetros (13.15) con una alameda de paso para peatones; por el Sureste, en veintitrés metros (23.00) con el solar quince (15); y por el Noroeste, en veintidós metros cuarentisiete centímetros (22.47) con el solar trece (13). Consta inscrita al folio doscientos uno (201), tomo doscientos dieciocho (218) de Sábana Llana, finca número nueve mil setecientos treinta y cuatro (9,734) , del Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección Quinta (V) de San Juan. Dirección física: 960 Barbados St. Country Club San Juan, PR 00924 t/c/c Solar 14 Bloque LB 4ta Extensión Urb. Country Club Bo. Sábana Llana Río Piedras, San Juan, PR 00924. La finca 9,734 está gravada con la siguiente hipoteca cuya ejecución se solicita en la subasta objeto de este edicto: HIPOTECA en garantía de Pagaré a favor de Popular Mortgage, Inc., o a su orden, por la suma principal de $105,000.00, con intereses al 7% anual, vencedero a la presentación, constituida mediante la Escritura Número 144, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 15 de julio de 2004, ante la notario Luz E. Vela Gutiérrez, e inscrita al folio 1,850 del tomo 1,129 de Sábana Llana, finca número 9,734, inscripción 9na. La propiedad está afecta a los siguientes gravámenes: A. Hipoteca en garantía de un pagaré a favor del Secretary of Housing and Urban Development, o a su orden, por la suma principal de $105,000.00, con intereses al 7% anual, vencedero a la presentación, constituida mediante la Escritura Número 145, otorgada en San Juan, Puerto Rico el día 15 de julio de 2004 ante la notario Luz E. Vela Gutiérrez e inscrita al folio 1,850 del tomo 1,129 de Sábana Llana, finca número 9,734 inscripción 9na. B. Aviso de Demanda de fecha 5 de febrero de 2019, expedido en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, en el caso civil número SJ2019CV0118, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, seguido por Banco Popular de Puerto Rico v. Joaquina Delgado de Batista t/c/c Joaquina Delgado Betancourt y la Sucesión de Gerardo Batista t/c/c Gerardo Batista Santana, por la suma de $105,000.00 y otras sumas adicionales, anotado el día 10 de abril de 2019 al tomo Karibe de Sábana Llana, finca número 9,734, Anotación A. La venta se llevará a cabo para con su producto satisfacer a Banco Popular de Puerto Rico total o parcialmente el importe de la Sentencia emitida el 13 de agosto de 2019. La venta se llvará a cabo para con su producto satisfacer a Banco Popular de Puerto Rico por la hipoteca de $105,000.00, total o parcialmente. El importe de la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, ascendente a las siguientes cantidades: la suma de $180,394.82 de principal, intereses pactados y computados sobre esta suma al tipo de 7.0% anual hasta su total y completo pago, contribuciones, recargos y primas de seguro adeudados y la suma de $10,500.00 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado. El precio mínimo de licitación con relación a la antes descrita propiedad y la fecha y hora de cada subasta es como sigue: Primera Subasta: Se celebrará el día 22 DE ABRIL de 2021, a las 11:00 AM. Precio mínimo: $105,000.00 Segunda Subasta: Se celebrará el día 29 DE ABRIL de 2021, a las 11:00 AM. Precio Mínimo: $70,000.00 Tercera Subasta: Se celebrará el día 6 DE MAYO de 2021, a las 11:00 AM. Precio Mínimo: $52,500.00 Las subastas de dicha propiedad se llevarán a efecto en mi oficina situada en el local que ocupa este Tribunal en el Centro Judicial de San Juan, advirtiéndose que el que obtuviere la buena pro de dicha propiedad consigará en el acto del remate el importe de su oferta en moneda legal, en adición a los gastos de la subasta, siendo éste el mejor postor. En cualquier momento luego de haberse comenzado el acto de la subasta, el Alguacil podrá requerir de los licitadores que le evidencien la capacidad de pago de sus posturas. Del producto obtenido en dicha venta, el Alguacil pagará en primer término los gastos del Alguacil, en segundo término las costas, gastos y honorarios de abogado hasta la suma convenida, en tercer término los inter-
porte de su oferta en moneda legal, en adición a los gastos de la subasta, siendo éste el mejor postor. En cualquier momento luego de haberse comenzado el acto de la subasta, el Alguacil podrá requerir de los licitadores que le evidencien la capacidad de pago de sus posturas. Del producto obtenido en dicha venta, el Alguacil pagará en primer término los gastos del Alguacil, en segundo término las costas, gastos y honorarios de abogado hasta la suma convenida, en tercer término los intereses devengados hasta la fecha de la subasta, en cuarto término las sumas establecidas en la Sentencia para el pago de recargos por demora, contribuciones, seguros y en quinto término la suma principal adeudada conforme con la sentencia dictada. Disponiéndose que si quedara a l gú n r em a ne nte l ue go de pagarse las sumas mencionadas, el mismo deberá ser depositado en la Secretaría del Tribunal para ser entregado a la parte demandada, previa solicitud y orden del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante el título del inmueble y las cargas o gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del e j e c u t a n t e , s i l o s h u b i e r e, continuarán subsistiendo, entendiéndose que el rematante los acepta y queda responsable de los mismos sin destinarse a su extinción el precio del remate. Se le apercibe a los tenedores de gravámenes posteriores al que se ejecuta que, para proteger cualesquiera derechos que tengan sobre el inmueble, deberán comparecer a la subasta, pues de no hacerlo así y de no igualar el precio de venta del gravamen hipotecario que se ejecuta, el Tribunal orenará la cancelación de todos los gravámenes posteriores. La propiedad a ser ejecutada se adquiere libre de cargas y gravámenes posteriores. Si se declara desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo mínimo de la tercera subasta, si el Tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría del Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de San Juan, durante horas laborables. Para conocimiento de la parte demandada y de toda persona que tenga interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, si alguna, y para la concurrencia de licitadores y para el público en general el presente edicto se publicará en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico una vez por semana por un término de dos (2) semanas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre cada publicación. Se fijará además, en tres (3) lugares públicos del Municipio donde ha de celebrarse la subasta, estos lugares serán la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía de dicho Municipio. Se notificará a la parte demandada copia del edicto de subasta mediante correo certificado con acuse de recibo a su dirección que obra en autos. Una vez efectuada la correspondiente venta judicial, otorgaré la escritura del traspaso al licitador victorioso, quien podrá ser la parte demandante, cuya oferta podrá aplicarse a la extinción parcial o total de la obligación reconocida por la Sentencia. Colocaré al licitador victorioso en posesión física de la Propiedad mediante el lanzamiento de los ocupantes en el término legal de veinte (20) días desde la fecha de la venta en pública subasta y para ello proederé a romper candados de ser necesario. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el Tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante o ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del deudor la ocupen. El Registrador de la Propiedad cancelará, libre de derechos, todo gravamen posterior a la fecha en que se otorgó la hipoteca que ha sido ejecutada mediante esta acción, y procederá a la inscripción de la venta a favor del comprador en subasta libre de todo gravamen posterior a la fecha en que se otorgó la hipoteca que ha sido ejecutada mediante esta acción. Expido el presente edicto bajo mi firma y sello del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan. En San Juan, Puerto Rico, a 18 de MARZO de 2021. PEDRO HIEYE GONZALEZ ALGUACIL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN
SS-9159 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RIC O TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante v.
SS-9159 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante v.
WILFREDO TORRES MALDONADO, ET AL.
Demandados CIVIL NÚM. SJ2019CV00120 (506) SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA (IN REM) EDICTO DE SUBASTA LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ) EL PRESIDENTE DE LOS E.E. U.U. ) SS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ) Yo, EDWIN E. LOPEZ MULERO ALGUACIL AUXILIAR, Alguacil del Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de San Juan, al público HAGO SABER: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que se me libró con fecha 6 de diciembre de 2019, por la Secretaria de este Tribunal, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor con dinero en efectivo, cheque de gerente o letra bancaria con similar garantía, todo título, derecho o interés de la parte demandada de epígrafe sobre la siguiente propiedad perteneciente a la parte demandada, la cual se describe a continuación: URBANA: Solar número uno del Bloque “E” de la Urbanización Ampliación Delicias, sito en el Barrio Sábana Llana del término municipal del Río Piedras, San Juan, Puerto Rico, con una cabida de cuatrocientos cincuenta metros cuadrados (450 m.c.), colinda por el Norte, en veinticinco metros (25.00 m) con el solar número dos (2) del Bloque E; por el Sur, en veinticinco metros (25.00 m) con la Calle Raquel; por el Este, en diez y ocho metros (18.00 m) con el solar número cuatro (4) del Bloque E; y por el Oeste, en diez y ocho metros (18.00 m.) con la Calle General Valero. Enclava una casa de concreto para una familia de una planta. Consta inscrita al folio cuarenta y uno (41), tomo ciento cincuenta y uno (151) de Sábana Llana, finca número seis mil seiscientos cincuenta y uno (6,651), del Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección V de San Juan. Dirección física: 881 General Valero St. Urb. Villa Navarra San Juan, PR 00924 t/c/c Solar Núm. 1 Bloque E Urb. Ampliación las Delicias, San Juan, PR 00924. La finca 6,651 está gravada con la siguiente hipoteca cuya ejecución se solicita en la subasta objeto de este edicto: HIPOTECA en garantía de Pagaré a favor de Popular Mortgage, Inc., o a su orden, por la suma principal de $125,000.00, con intereses al 7% anual, vencedero a la presentación, constituida mediante la Escritura número 150, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 30 de julio de 2004, ante la notario Luz E. Vela Gutiérrez, e inscrita al tomo Karibe de Sabana Llana, finca número 6,651, inscripción 12ma, como Asiento Abreviado extendida las líneas el día 1 de diciembre de 2018, en virtud de la Ley Número 216 del día 27 de diciembre de 2010. La propiedad está afecta a los siguientes gravámenes: A. Hipoteca en garantía de un pagaré a favor del Secretary of Housing and Urban Development, o a su orden, por la suma principal de $125,000.00, con intereses al 7% anual, vencedero a la presentación, constituida mediante la escritura número 151, otorgada en San Juan, Puerto Rico el día 30 de julio de 2004, ante la notario Luz E. Vela Gutiérrez e inscrita al tomo Karibe de Sabana Llana, finca número 6,651 inscripción 13ª, como Asiento Abreviado extendida las líneas el día 1 de noviembre de 2018, en virtud de la Ley Número 216 del día 27 de diciembre de 2010. La venta se llevará a cabo para con su producto satisfacer a Banco Popular de Puerto Rico total o parcialmente el importe de la Sentencia emitida el 14 de julio de 2019. El importe de la Sentencia In Rem dictada en el caso de epígrafe, ascendente a las siguientes cantidades: $200,847.53 de principal, intereses pactados y computados sobre esta suma al tipo de 7% anual hasta su total y completo pago contribuciones, recargos y primas de seguros adeudados y la suma de $12,500.00 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado. El precio mínimo de licitación con relación a la antes descrita propiedad y la fecha y hora de cada subasta es como sigue: Primera Subasta: Se celebrará el día 22 DE ABRIL de 2021, a las 10:00 AM. Precio mínimo: $125,000.00 Segunda Subasta: Se celebrará el día 29 DE ABRIL de 2021, a las 10:00 AM. Precio Mínimo: $83,333.33 Tercera Subasta: Se celebrará el día 6 MAYO de 2021, a las 10:00 AM. Precio Mínimo: $62,500.00 Las subastas de dicha propiedad se llevarán a efecto en mi oficina situada en el local que ocupa este Tribunal en el Centro Judi-
edicto: HIPOTECA en garantía de Pagaré a favor de Popular Mortgage, Inc., o a su orden, por la suma principal de $125,000.00, con intereses al 7% anual, vencedero a la presentación, constituida mediante la Escritura número 150, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 30 de julio de 2004, ante la notario Luz E. Vela Gutiérrez, e inscrita al tomo Karibe de Sabana Llana, finca número 6,651, inscripción 12ma, como Asiento Abreviado extendida las líneas el día 1 de diciembre de 2018, en virtud de la Ley Número 216 del día 27 de diciembre de 2010. La propiedad está afecta a los siguientes gravámenes: A. Hipoteca en garantía de un pagaré a favor del Secretary of Housing and Urban Development, o a su orden, por la suma principal de $125,000.00, con intereses al 7% anual, vencedero a la presentación, constituida mediante la escritura número 151, otorgada en San Juan, Puerto Rico el día 30 de julio de 2004, ante la notario Luz E. Vela Gutiérrez e inscrita al tomo Karibe de Sabana Llana, finca número 6,651 inscripción 13ª, como Asiento Abreviado extendida las líneas el día 1 de noviembre de 2018, en virtud de la Ley Número 216 del día 27 de diciembre de 2010. La venta se llevará a cabo para con su producto satisfacer a Banco Popular de Puerto Rico total o parcialmente el importe de la Sentencia emitida el 14 de julio de 2019. El importe de la Sentencia In Rem dictada en el caso de epígrafe, ascendente a las siguientes cantidades: $200,847.53 de principal, intereses pactados y computados sobre esta suma al tipo de 7% anual hasta su total y completo pago contribuciones, recargos y primas de seguros adeudados y la suma de $12,500.00 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado. El precio mínimo de licitación con relación a la antes descrita propiedad y la fecha y hora de cada subasta es como sigue: Primera Subasta: Se celebrará el día 22 DE ABRIL de 2021, a las 10:00 AM. Precio mínimo: $125,000.00 Segunda Subasta: Se celebrará el día 29 DE ABRIL de 2021, a las 10:00 AM. Precio Mínimo: $83,333.33 Tercera Subasta: Se celebrará el día 6 MAYO de 2021, a las 10:00 AM. Precio Mínimo: $62,500.00 Las subastas de dicha propiedad se llevarán a efecto en mi oficina situada en el local que ocupa este Tribunal en el Centro Judicial de San Juan, advirtiéndose que el que obtuviere la buena pro de dicha propiedad consigará en el acto del remate el importe de su oferta en moneda legal, en adición a los gastos de la subasta, siendo éste el mejor postor. En cualquier momento luego de haberse comenzado el acto de la subasta, el Alguacil podrá requerir de los licitadores que le evidencien la capacidad de pago de sus posturas. Del producto obtenido en dicha ven ta, el Alguacil pagará en primer término los gastos del Alguacil, en segundo término las costas, gastos y honorarios de abogado hasta la suma convenida, en tercer término los intereses devengados hasta la fecha de la subasta, en cuarto término las sumas establecidas en la Sentencia para el pago de recargos por demora, contribuciones, seguros y en quinto término la suma principal adeudada conforme con la sentencia dictada. Disponiéndose que si quedara algún remanen te luego de pagarse las sumas mencionadas, el mismo deberá ser depositado en la Secretaría del Tribunal para ser entregado a la parte demandada, previa solicitud y orden del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante el título del inmueble y las cargas o gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del ejecutante, si los hubiere, continuarán subsistiendo, entendiéndose que el rematante los acepta y queda responsable de los mismos sin destinarse a su extinción el precio del remate. Se le apercibe a los tenedores de gravámenes posteriores al que se ejecuta que, para proteger cualesquiera derechos que tengan sobre el inmueble, deberán comparecer a la subasta, pues de no hacerlo así y de no igualar el precio de venta del gravamen hipotecario que se ejecuta, el Tribunal orenará la cancelación de todos los gravámenes posteriores. La propiedad a ser ejecutada se adquiere libre de cargas y gravámenes posteriores. Si se declara desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo mínimo de la tercera subasta, si el Tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría del Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superi or de San Juan, durante horas laborables. Para conocimiento de la parte demandada y de toda persona que tenga interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está
luego de haberse comenzado el acto de la subasta, el Alguacil podrá requerir de los licitadores que le evidencien la capacidad de pago de sus posturas. Del producto obtenido en dicha ven ta, el Alguacil pagará en primer término los gastos del Alguacil, en segundo término las costas, gastos y honorarios de abogado hasta la suma convenida, en tercer término los intereses devengados hasta la fecha de la subasta, en cuarto término las sumas establecidas en la Sentencia para el pago de recargos por demora, contribuciones, seguros y en quinto término la suma principal adeudada conforme con la sentencia dictada. Disponiéndose que si quedara a l g ún re ma ne n t e l u e go de pagarse las sumas mencionadas, el mismo deberá ser depositado en la Secretaría del Tribunal para ser entregado a la parte demandada, previa solicitud y orden del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante el título del inmueble y las cargas o gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del e j e c u t a n t e , s i l o s h u b i e r e, continuarán subsistiendo, entendiéndose que el rematante los acepta y queda responsable de los mismos sin destinarse a su extinción el precio del remate. Se le apercibe a los tenedores de gravámenes posteriores al que se ejecuta que, para proteger cualesquiera derechos que tengan sobre el inmueble, deberán comparecer a la subasta, pues de no hacerlo así y de no igualar el precio de venta del gravamen hipotecario que se ejecuta, el Tribunal orenará la cancelación de todos los gravámenes posteriores. La propiedad a ser ejecutada se adquiere libre de cargas y gravámenes posteriores. Si se declara desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo mínimo de la tercera subasta, si el Tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría del Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de San Juan, durante horas laborables. Para conocimiento de la parte demandada y de toda persona que tenga interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, si alguna, y para la concurrencia de licitadores y para el público en general el presente edicto se publicará en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico una vez por semana por un término de dos (2) semanas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre cada publicación. Se fijará además, en tres (3) lugares públicos del Municipio donde ha de celebrarse la subasta, estos lugares serán la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía de dicho Municipio. Se notificará a la parte demandada copia del edicto de subasta mediante correo certificado con acuse de recibo a su dirección que obra en autos. Una vez efectuada la correspondiente venta judicial, otorgaré la escritura del traspaso al licitador victorioso, quien podrá ser la parte demandante, cuya oferta podrá aplicarse a la extinción parcial o total de la obligación reconocida por la Sentencia. Colocaré al licitador victorioso en posesión física de la Propiedad mediante el lanzamiento de los ocupantes en el término legal de veinte (20) días desde la fecha de la venta en pública subasta y para ello proederé a romper candados de ser necesario. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el Tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante o ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del deudor la ocupen. El Registrador de la Propiedad cancelará, libre de derechos, todo gravamen posterior a la fecha en que se otorgó la hipoteca que ha sido ejecutada mediante esta acción, y procederá a la inscripción de la venta a favor del comprador en subasta libre de todo gravamen posterior a la fecha en que se otorgó la hipoteca que ha sido ejecutada mediante esta acción. Expido el presente edicto bajo mi firma y sello del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan. En San Juan, Puerto Rico, a 18 de MARZO de 2021. EDWIN E. LOPEZ MULERO ALGUACIL AUXILIAR ALGUACIL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN
CLASIFICADOS >35
lo menos siete (7) días entre cada publicación. Se fijará además, en tres (3) lugares públicos del Municipio donde ha de celebrarse la subasta, estos lugares serán la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía de dicho Municipio. Se notificará a la parte demandada copia del edicto de subasta mediante correo certificado con acuse de recibo a su dirección que obra en autos. Una vez efectuada la correspondiente venta judicial, otorgaré la escritura del traspaso al licitador victorioso, quien podrá ser la parte demandante, cuya oferta podrá aplicarse a la extinción parcial o total de la obligación reconocida por la Sentencia. Colocaré al licitador victorioso en posesión física de la Propiedad mediante el lanzamiento de los ocupantes en el término legal de veinte (20) días desde la fecha de la venta en pública subasta y para ello proederé a romper candados de ser necesario. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el Tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante o ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del deudor la ocupen. El Registrador de la Propiedad cancelará, libre de derechos, todo gravamen posterior a la fecha en que se otorgó la hipoteca que ha sido ejecutada mediante esta acción, y procederá a la inscripción de la venta a favor del comprador en subasta libre de todo gravamen posterior a la fecha en que se otorgó la hipoteca que ha sido ejecutada mediante esta acción. Expido el presente edicto bajo mi firma y sello del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan. En San Juan, Puerto Rico, a 18 de MARZO de 2021. EDWIN E. LOPEZ MULERO ALGUACIL AUXILIAR ALGUACIL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN
SS-9160 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO 36< CLASIFICADOS Demandante
SS-9158 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RIC O TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE BAYAMÓN
LUIS REYES VÁZQUEZ, LLC DEMANDANTE VS.
Bayamón Federal Savings and Loan Association of Puerto Rico, First Bank Puerto Rico, John Doe y Richard Roe, como posibles tenedores desconocidos de pagarés extraviados
DEMANDADOS CIVIL NÚM: BY2020CV03109 SOBRE: CANCELACIÓN DE PAGARÉ EXTRAVIADO E HIPOTECA EMPLAZAMIENTO POR EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO A: John Doe y Richard Roe POR LA PRESENTE se notifica y emplaza que ante este Tribunal se radicó acción solicitando cancelación de pagaré hipotecario a favor de Bayamón Federal Savings and Loan Ass of PR por $52,000.00 según esc 357 del 31/mayo/1978 ante el Not. Público José R. Fournier. Grava solar 12-DN de Valle Verde III. Inscrita al folio 236 del tomo 1210 de Bayamón Sur finca 53624. Usted tiene 30 días para contestar la presente demanda contados a partir de la publicación del presente edicto notificando con copia a la abogada de la parte dte. Lcda. Damaris Reyes Maisonet, Cond. El Centro II suite 254, San Juan, P.R., 00918 Tel 787-753-1011. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC) al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección e l e c t r ó n i c a : https://unired.ramajudicial.pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso, deberá presentar su alegación responsiva en la Secretaría del Tribunal. Se le advierte que si no contesta la demanda dentro del término antes mencionado se anotará la rebeldía y se dictará sentencia concediendo el remedio solicitado sin más citarle y oírle. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y Sello del Tribunal, hoy 25 de marzo de 2021. LCDA. LAURA I. SANTA SANCHEZ SECRETARIA REGIONAL Secretario (a) POR: SANDRA I. CRUZ VAZQUEZ SECRETARIA SERVICIOS A SALA Sub-Secretario (a) SS-9160 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RIC O TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante v.
SUCN. RAFAEL RIVERO PACHECO T/C/C RAFAEL
v.
SUCN. RAFAEL RIVERO PACHECO T/C/C RAFAEL RIVERA PACHECO, ET AL.
Demandados CIVIL NÚM. SJ2018CV10291 SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA EDICTO DE SUBASTA LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ) EL PRESIDENTE DE LOS E.E. U.U. ) SS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO ) Yo, PEDRO HIEYE GONZALEZ, Alguacil del Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de San Juan, al público HAGO SABER: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que se me libró con fecha 13 de enero de 2020, por la Secretaria de este Tribunal, en el caso de epígrafe, venderé en pública subasta y al mejor postor con dinero en efectivo, cheque de gerente a nombre del Alguacil del Tribunal o letra bancaria con similar garantía, todo título, derecho o interés de la parte demandada de epígrafe sobre la siguiente propiedad perteneciente a la parte demandada, la cual se describe a continuación: URBANA: Solar radicado en la Urbanización Milaville situada en el barrio del Caimito de San Juan, Puerto Rico, marcado con el numero ciento diez y siete con una cabida superficial de seiscientos metros cuadrados, en lindes por el NORTE, en distancia de treinta metros con el solar número ciento diez y seis; por el SUR, en treinta metros con el paseo público; por el ESTE, en veinte metros con el solar número ciento treinta y cinco; y por el OESTE, en veinte metros con la calle número tres. Enclava una casa de concreto reforzada de una planta y diseñada para una familia. Consiste de tres dormitorios, sala, comedor, cocina y dos baños. Inscrita al folio 99 del tomo 33 de Rio Piedras Sur, finca número 1,292, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección de San Juan, Sección IV. Dirección física: 117 Calle Mamey Urb. Milaville San Juan, PR 00926 t/c/c Solar Núm: 117 Urb. Milaville S an Juan, PR 00926. La finca 1,292 está gravada con la siguiente hipoteca cuya ejecución se solicita en la subasta objeto de este edicto: HIPOTECA en garantía de Pagaré a favor de popular Mortgage, Inc., o a su orden, por la suma principal de $247,000.00, con intereses al 7% anual, vencedero a la presentación, constituida mediante la Escritura número 142, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 27 de abril de 2006, ante la notario Namyr I. Hernández Sánchez, e inscrita al folio 125 del tomo 698 de Rio Piedras Sur, finca número 1,292, inscripción 8va. La propiedad está afecta a los siguientes gravámenes: A. Hipoteca en garantía de un pagaré a favor del Secretario del Departamento de la Vivienda y Desarrollo Urbano, o a su orden, por la suma principal de $247,000.00, con intereses al 7% anual, vencedero a la presentación, constituida mediante la escritura número 143, otorgada en San Juan, Puerto Rico el día 27 de abril de 2006 ante la notario Namyr I. Hernández Sánchez, e inscrita al folio 125 del tomo 698 de Rio Piedras Sur, finca número 1,292, inscripción 9na. B. Aviso de Demanda de fecha 5 de junio de 2018, expedido en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, en el caso civil número SJ2018CV04106, por concepto de Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca, seguido por Banco Popular de Puerto Rico, versus Sucesión de Rafael Rivero Pacheco y Sucesión de Gloria Vergne Texidor; compuesta por José Rivera, Luis Rivera, Fulano de Tal; Sutano de Tal como posibles herederos desconocidos de Rafael Rivero Pacheco y de Gloria Vergne Texidor; Secretario de la Vivienda y Desarrollo Urbano; Estados Unidos de América; CRIM, por la suma de $441,720.72 y otras sumas, anotado al tomo Karibe de Río Piedras Sur, finca número 1,292, Anotación B. La venta se llevará a cabo para con su producto satisfacer a Banco Popular de Puerto Rico total o parcialmente el importe de la Sentencia emitida el 30 de agosto de 2019. La venta se llevará a cabo para con su producto satisfacer a Banco Popular de Puerto Rico por la hipoteca de $247,000.00, total o parcialmente. El importe de la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, ascendente a las siguientes cantidades: $441,720.42 al 31 de marzo de 2018, cantidad que continuará acumulándose a razón del 7% hasta el pago de la obligación. La parte demandada adeuda, además, una cantidad equivalente a $24,700.00 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado, $24,700.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la es-
poteca de $247,000.00, total o parcialmente. El importe de la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, ascendente a las siguientes cantidades: $441,720.42 al 31 de marzo de 2018, cantidad que continuará acumulándose a razón del 7% hasta el pago de la obligación. La parte demandada adeuda, además, una cantidad equivalente a $24,700.00 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado, $24,700.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca y $24,700.00 para cubrir intereses adicionales a los garantizados por ley, según pactados en la escritura de hipoteca. El precio mínimo de licitación con relación a la antes descrita propiedad y la fecha y hora de cada subasta es como sigue: Primera Subasta: Se celebrará el día 22 DE ABRIL de 2021, a las 10:30 AM. Precio mínimo: $247,000.00 Segunda Subasta: Se celebrará el día 29 DE ABRIL de 2021, a las 10:30 AM. Precio Mínimo: $164,666.66 Tercera Subasta: Se celebrará el día 6 DE MAYO de 2021, a las 10:30 AM. Precio Mínimo: $123,500.00 Las subastas de dicha propiedad se llevarán a efecto en mi oficina situada en el local que ocupa este Tribunal en el Centro Judicial de San Juan, advirtiéndose que el que obtuviere la buena pro de dicha propiedad consigará en el acto del remate el importe de su oferta en moneda legal, en adición a los gastos de la subasta, siendo éste el mejor postor. En cualquier momento luego de haberse comenzado el acto de la subasta, el Alguacil podrá requerir de los licitadores que le evidencien la capacidad de pago de sus posturas. Del producto obtenido en dicha venta, el Alguacil pagará en primer término los gastos del Alguacil, en segundo término las costas, gastos y honorarios de abogado hasta la suma convenida, en tercer término los intereses devengados hasta la fecha de la subasta, en cuarto término las sumas establecidas en la Sentencia para el pago de recargos por demora, contribuciones, seguros y en quinto término la suma principal adeudada conforme con la sentencia dictada. Disponiéndose que si quedara a lgún remanen t e l u ego de pagarse las sumas mencionadas, el mismo deberá ser depositado en la Secretaría del Tribunal para ser entregado a la parte demandada, previa solicitud y orden del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante el título del inmueble y las cargas o gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del e j e c u t a n t e , s i l o s h u b i e r e, continuarán subsistiendo, entendiéndose que el rematante los acepta y queda responsable de los mismos sin destinarse a su extinción el precio del remate. Se le apercibe a los tenedores de gravámenes posteriores al que se ejecuta que, para proteger cualesquiera derechos que tengan sobre el inmueble, deberán comparecer a la subasta, pues de no hacerlo así y de no igualar el precio de venta del gravamen hipotecario que se ejecuta, el Tribunal orenará la cancelación de todos los gravámenes posteriores. La propiedad a ser ejecutada se adquiere libre de cargas y gravámenes posteriores. Si se declara desierta la tercera subasta se adjudicará la finca a favor del acreedor por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta es igual o menor que el monto del tipo mínimo de la tercera subasta, si el Tribunal lo estima conveniente. Se abonará dicho monto a la cantidad adeudada si ésta es mayor. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento del caso de epígrafe están disponibles en la Secretaría del Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala Superior de San Juan, durante horas laborables. Para conocimiento de la parte demandada y de toda persona que tenga interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, si alguna, y para la concurrencia de licitadores y para el público en general el presente edicto se publicará en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico una vez por semana por un término de dos (2) semanas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre cada publicación. Se fijará además, en tres (3) lugares públicos del Municipio donde ha de celebrarse la subasta, estos lugares serán la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía de dicho Municipio. Se notificará a la parte demandada copia del edicto de subasta mediante correo certificado con acuse de recibo a su dirección que obra en autos. Una vez efectuada la correspondiente venta judicial, otorgaré la escritura del traspaso al licitador victorioso, quien podrá ser la parte demandante, cuya oferta podrá aplicarse a la extinción parcial o total de la obligación reconocida por la Sentencia. Colocaré al licitador victorioso en posesión física de la Propiedad mediante el lanzamiento de los ocupantes en el término legal de veinte (20) días desde la fecha de la venta en pública subasta y para ello proederé a romper candados de ser necesario. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el
otorgaré la escritura del traspaso al licitador victorioso, quien podrá ser la parte demandante, cuya oferta podrá aplicarse a la extinción parcial o total de la obligación reconocida por la Sentencia. Colocaré al licitador victorioso en posesión física de la Propiedad mediante el lanzamiento de los ocupantes en el término legal de veinte (20) días desde la fecha de la venta en pública subasta y para ello proederé a romper candados de ser necesario. Si transcurren los referidos veinte (20) días, el Tribunal podrá ordenar, sin necesidad de ulterior procedimiento, que se lleve a efecto el desalojo o lanzamiento del ocupante o ocupantes de la finca o de todos los que por orden o tolerancia del deudor la ocupen. El Registrador de la Propiedad cancelará, libre de derechos, todo gravamen posterior a la fecha en que se otorgó la hipoteca que ha sido ejecutada mediante esta acción, y procederá a la inscripción de la venta a favor del comprador en subasta libre de todo gravamen posterior a la fecha en que se otorgó la hipoteca que ha sido ejecutada mediante esta acción. Expido el presente edicto bajo mi firma y sello del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan. En San Juan, Puerto Rico, a 18 de MARZO de 2021. PEDRO HIEYE GONZALEZ ALGUACIL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN MR-11773 Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA Tribunal de Primera Instancia Sala Superior Municipal de SAN JUAN
JOSÉ FERNANDO AGUAYO DIAZ Nombre de la(s) Parte(s) Demandante(s) v.
MARÍA NELLY PABÓN GONZÁLEZ Y JILESMIE CRUZ PABÓN
Nombre de la(s) Parte(s) Demandada(s) CASO NÚM. SJ2020CV06989 Salón Núm. 806 Acción Civil de: ENRIQUECIMIENTO INJUSTO EMPLAZAMIENTO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, SS EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO A: MARÍA NELLY PABÓN GONZÁLEZ DAÑOS Y PERJUICIOS Materia o Asunto Nombre de la parte demandada que se empieza CARRETERA #842 KM.2.7 CAMINO SERRANO, CAIMITO BAJO SAN JUAN PUERTO RICO Dirección de la parte demandada que se emplaza POR LA PRESENTE se le emplaza para que presente al tribunal su alegación responsiva a la demanda dentro de los 30 días de haber sido diligenciado este emplazamiento , excluyéndose el día del diligenciamiento, notificando copia de la misma al (a la) abogado(a) de la parte demandante o a ésta, de no tener representación legal. Si usted deja de presentar su alegación responsiva dentro del referido término, el tribunal podrá dictar sentencia en rebeldía en su contra y conceder el remedio solicitado en la demanda, o cualquier otro, si el tribunal, en el ejercicio de su sana discreción, entiende que procede. Expedido baj JOSÉ ANTONIO TULLA VARGAS Nombre del (de la) abogado(a) de la parte demandante, o de la parte, si no tiene representación legal 4463 Número ante el Tribunal Supremo, si es abogado(a) CALLE QUISQUEYA #50 2D0 PISO SAN JUAN, PR 00917 Dirección 787-756-9646 / 787-758-2270 Número de teléfono; número de fax JAT@TULLALAW.COM Correo electrónico Expedido bajo mi firma y sello del Tribunal, hoy 21 de diciembre de 2020. María L Tolentino Morales Secretaria Regional Aux Nombre del (de la) Secretario(a) Regional Secretario(a) Auxiliar del Tribunal GREISHKA CARTAGENA RIOS Firma del (de la) Secretario(a) Auxiliar del Tribunal MR-11776 Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de BAYAMON
NILDA PEREZ MALDONADO Demandante v.
ELIU MARTINEZ ROBLES, SU ESPOSA CARMEN MATILDE DIAZ COTTO, JESUS MANUEL MALDONADO PEREZ Y SU ESPOSA BERTA IRIS JIMENEZ HERNANDEZ
Demandado(a) Civil: BY2020CV03268 SALA 403 Sobre: EXPEDIENTE DE DOMINIO DE TRACTO INTERRUMPIDO NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO (Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por
COTTO, JESUS MANUEL MALDONADO PEREZ Y SU ESPOSA BERTA IRIS JIMENEZ HERNANDEZ
Demandado(a) Civil: BY2020CV03268 SALA 403 Sobre: EXPEDIENTE DE DOMINIO DE TRACTO INTERRUMPIDO NOTIFICACIÓN DE S E N T E N C I A P O R E D I C TO (Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) A: ELIU MARTINEZ ROBLES, SU ESPOSA CARMEN MATILDE DIAZ COTTO, JESUS MANUEL MALDONADO PEREZ Y SU ESPOSA BERTA IRIS JIMENEZ HERNANDEZ y/o cualquier heredero de los demandados aquíemplazados EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 24 de marzo de 2021, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 25 de marzo de 2021. En BAYAMÓN, Puerto Rico, el 25 de marzo de 2021 LAURA I. SANTA SANCHEZ-SEC. REGIONAL Nombre Secretario(a) F/KATHERINE SANTIAGO RODRIGUEZ. Nombre Secretario(a) Auxiliar Firma Secretario(a) Auxiliar ) SS-9159 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RIC O TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE LUQUILLO
IVETTE LIZ REYES SOLÍS DEMANDANTE VS.
Estados Unidos de América actuando por conducto de la Administración de Hogares de Agricultores, John Doe y Richard Roe como posibles tenedores desconocidos de pagaré extraviado
DEMANDADOS CIVIL NÚM: LU2020CV00091 SOBRE: CANCELACIÓN DE PAGARÉ EXTRAVIADO E HIPOTECA EMPLAZAMIENTO POR EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO A: John Doe y Richard Roe POR LA PRESENTE se notifica y emplaza que ante este Tribunal se radicó acción solicitando cancelación de pagaré a favor de EUA a/p/c de Adm de Hogares de Agricultores por $29,410.00 garantizando hipoteca según esc 21 del 6/feb/1980 ante el Not. Público Carlos L. Dávila y grava solar 22-D de Alamar. Inscrita al folio 205 del tomo 145 de Luquillo finca 8072. Usted tiene 30 días para contestar la presente demanda contados a partir de la publicación del presente edicto notificándo con copia a la abogada de la parte demandante Lcda. Damaris Reyes Maisonet, RÚA-14083, 500 Muñoz Rivera; Condominio El Centro II, suite 254, San Juan, P.R., 00918. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC) al cual puede acceder utilizando la siguiente dirección electrónica: https://unired.ramajudicial.pr, salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso, deberá presentar su alegación responsiva en la Secretaría del Tribunal. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y Sello del Tribunal, hoy 24 de marzo de 2021. Wanda I. Segui Reyes Secretario (a) POR: Katherine Robles Torres Sub-Secretario (a) SS-9161 Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de San Juan
IVETTE LIZ REYES SOLÍS DEMANDANTE V.
Doral Bank, Banco Popular de Puerto Rico, FirstBank of
SS-9161 Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de San Juan
SS-9164 Estado Libre Asociado De Puerto Rico TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Toa Alta
IVETTE LIZ REYES AWILDA ALBELO SOLÍS > LUNES, FUENTES 29 DE MARZO DE 2021 DEMANDANTE V.
Doral Bank, Banco Popular de Puerto Rico, FirstBank of Puerto Rico, John Doe y Richard Roe, como posibles tenedores desconocidos de pagaré extraviado
Demandado(a) CIVIL: SJ2021CV00561 SOBRE: Cancelación de pagaré extraviado e Hipoteca NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO (Nombre de las partes a las que se les notifican la sentencia por edicto) A: John Doe y Richard Roe EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 17 de marzo de 2021, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta publicación se notificará una sola vez en un periódico de circulación general en la isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 17 de marzo de 2021. En Mayagüez, Puerto Rico, el 17 de marzo de 2021. Griselda Rodríguez Collado f/ Denise M. Amaro Machuca Nombre Secretaria Regional Nombre Secretario(a) Auxiliar OAT 686 Notificación de Sentencia por Edicto por SUMAC (Rev. julio 2017) SS-9162 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RIC O TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN
JOSE MANUEL MARTINEZ INOA Demandante Vs.
JOSELINA LIGHBOURN BALBUENA
Demandada CIVIL NÚM.: SJ2021RF00054 SOBRE: Divorcio (Ruptura Irreparable)EMPLAZAMIENTO POR EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, } EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS } SS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO } A: JOSELINA LIGHBOURN BALBUENA Sector Villa Palmeras 317 Calle Degetau San Juan, PR 00915 POR LA PRESENTE se le emplaza para que presente al tribunal su contestación a la Demanda, copia de la cual le es servida en este caso, dentro del término de treinta (30) días de haber sido diligenciado el presente emplazamiento, excluyéndose el día del diligenciamiento. Usted deberá presentar su alegación responsiva a través del Sistema Unificado de Manejo y Administración de Casos (SUMAC), salvo que se represente por derecho propio, en cuyo caso deberá presentarla personalmente en la secretaría del tribunal. Se requiere además, que notifique al abogado de la parte demandante, cuyo nombre y dirección se indica más adelante, copia de su alegación responsiva. El caso que ha sido radicado en su contra trata de Divorcio. Se le apercibe que de no contestar la Demanda dentro del referido término, se podrá dictar Sentencia en rebeldía en su contra, concediéndole a la parte demandante el remedio solicitado en la Demanda, sin más citarle ni oírle. LCDO. JAIME H. BARELÓ SOSA Núm. RUA: 18,103 PO Box 367546 San Juan, PR 00936 Tel. (787) 758-7626 Cel. (787) 463-2009 Fax: (787) 7587 6 2 7 E m a i l : jaimehbarcelo@gmail.com EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y Sello del Tribunal, hoy día 18 de febrero de 2021. GRISELDA RODRIGUEZ COLLADO Secretario NORMA ROCHE RABELL Sub-Secretario SS-9164 Estado Libre Asociado De Puerto Rico TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Toa Alta
AWILDA ALBELO FUENTES Demandante VS
JULIO VAZQUEZ LUCIANO Demandado(a)
Demandante VS
JULIO VAZQUEZ LUCIANO
>ESQUELAS
Demandado(a) Civil: TA2020RF00042 Sobre: DIVORCIO R.I. NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO A: JULIO VAZQUEZ LUCIANO (Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 1 de FEBRERO de 2021, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los (10) días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de (30) días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 24 de MARZO de 2021. En TOA ALTA, Puerto Rico, el 24 de MARZO de 2021. CC: LCDA. CARYMAR PEREZ CINTRONPO BOX 462, COROZAL, PUERTO RICO, 00783 LCDA. LAURA I. SANTA SANCHEZ Nombre Secretario(a) Regional LIRIAM M. HERNANDEZ OTERO Nombre Secretario(a) Auxiliar Firma Secretario(a) Auxiliar MR-11780 Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de BAYAMON
URIEL RIVERA FONTANET Demandante v.
VANESSA MARTINEZ ARVELO
Demandado{a} Civil: BY2020RF01589 Sobre: DIVORCIO RUPTURA IRREPARABLE NOTIFICACIÓN DE S E N T E N C I A P O R E D I C TO (Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) A: VANESSA MARTINEZ ARVELO EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 11 de febrero de 2021, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 25 de marzo de 2021. En BAYAMON, Puerto Rico, el 25 de marzo de 2021 LCDA. LAURA I. SANTA SANCHEZ Nombre Secretario(a) Fdo. WILMARY RODRIGUEZ RIVERA Nombre Secretario(a) Auxiliar Firma Secretario(a) Auxiliar
Para publicación de
Esquelas
se puede comunicar al (787) 622-2300 ext 1013 ó (787) 724-1485; o si lo prefiere envíenos la información a clasificados elvocero.com Horario: Lunes a viernes de 9:00 AM a 6:00 PM
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> LUNES, 29 DE MARZO DE 2021
Drummond informa que llegará a los Lakers Greg Beacham
>The Associated Press LOS ÁNGELES — Andre Drummond asegura que se unirá a los Lakers de Los Ángeles en su camino rumbo a la postemporada. Drummond anunció su decisión en una publicación en Instagram ayer con la frase “De regreso al trabajo” con
una imagen en la que aparece con el uniforme de los Lakers. Los campeones defensores de la NBA no confirmaron de inmediato la contratación del pívot —elegido dos veces al Juego de Estrellas— varias horas antes de su duelo en casa ante Orlando. Drummond acordó el viernes la rescisión de su contrato con los Cavaliers
de Cleveland, que recibieron el año pasado al jugador cuatro veces campeón en rebotes de la NBA tras casi nueve campañas con Detroit. Tuvo que esperar a convertirse en un jugador libre para unirse al equipo de su elección y Drummond eligió a LeBron James, Anthony Davis y a los Lakers.
Golf
Andre Drummond >Tony Dejak / AP
Medias Rojas activan protocolo tras positivo al covid-19 Yamaira Muñiz Pérez >ymuniz@elvocero.com
Rafael “Rafa” Campos se prepara para golpear la pelota durante un pasado evento del PGA Tour. >Brandon Cruz González / EL VOCERO
Rafa Campos
brilla en Punta Cana
El golfista puertorriqueño empató en el segundo lugar del Campeonato Corales de Punta Cana, en República Dominicana
@ Giovanny Vega
>gvega@elvocero.com
@GiovannyVegaPR
Rafael “Rafa” Campos cerró el domingo su mejor actuación en un evento oficial del PGA Tour desde que inició su carrera profesional en 2011. Tras una discreta participación en el Honda Classic, el golfista puertorriqueño se recuperó el domingo para lograr un empate en la segunda posición del Campeonato Corales de Punta Cana, en República Dominicana. El boricua de 36 años empató con el estadounidense Sam Ryder con un total de 277 golpes (11 bajo par).
Por su parte, el estadounidense Joel Dahmen se coronó en el Campeonato Corales con un total de 276 golpes (12 bajo par). Sumó cuatro importantes birdies en la ronda final para asumir el liderato de la tabla. Campos firmó tarjetas de 68, 69, 69, 71 (11 bajo par), mientras que Dahmen tuvo 67, 71, 68 y 70 golpes (12 bajo par). Ryder firmó 68, 72, 70, 67 (11 bajo par). El boricua abrió la jornada dominical con un empate en la primera posición con el eventual ganador estadounidense. Pero tras dos birdies en los hoyos 4 y 7, el guaynabeño cayó en desventaja con un bogey en el hoyo 17. Campos consiguió bir-
dies en los hoyos 4 y 7 durante la última ronda. El puertorriqueño estuvo en contienda hasta el último hoyo, que cerró con un par provocado por el fuerte viento.
Fue una gran semana y me siento feliz. Muchas gracias a todas las personas que están pendientes de lo que va pasando en mi carrera. Rafael Campos golfista
“Estuve muy cerca y la verdad me hubiera encantado, pero así es el golf. Yo sigo enfocado en hacer lo mejor posible. Ya llegará el
momento correcto”, comentó Campos en comunicado de prensa. Campos logró en febrero de este año un tercer lugar en el Puerto Rico Open, lo que hasta ahora había sido el mejor desempeño de su carrera en un evento oficial del PGA Tour. “Fue una gran semana y me siento feliz. Muchas gracias a todas las personas que están pendientes de lo que va pasando en mi carrera”, expresó. Es la segunda ocasión en un mes que Campos ingresa al ‘Top 3’ de un evento del PGA Tour. El puertorriqueño viajará el jueves a San Antonio para el Valero Texas Open, que se celebrará del 1ro al 4 de abril.
Alex Cora comienza a adaptarse a la nueva realidad del béisbol con el covid-19. De momento, no le queda otra que resignarse y colmarse de paciencia, luego de que los Medias Rojas de Boston activaran, por primera vez, el protocolo tras el caso positivo a coronavirus del pitcher Matt Barnes en los campos de entrenamiento primaveral. Cora anunció ayer que ocho integrantes de la novena, incluyendo parte del cuerpo técnico, se encuentran en cuarentena. Una situación que se da a cuatro días de que arranque el Día Inaugural de las Grandes Ligas. “Tenemos que hacer varios ajustes no solamente en el campo de entrenamiento, sino también en nuestro itinerario. Las directrices en los protocolos son así. Es lo que es y tenemos que vivir con eso. Pero, a la misma vez, nos tenemos que preparar para hoy y para el comienzo de la temporada. Hay una lista de personas en la lista de rastreo que no pueden participar hoy ni en los próximos días. Pero, a la misma vez, es lo que es. Tenemos que seguir hacia adelante y tratar de estar listos”, expresó Cora durante la conferencia de prensa previo al partido dominical contra los Mellizos de Minnesota. El dirigente cagüeño
no quiso mencionar los nombres de las personas afectadas, pero en las últimas 12 horas, después de la victoria del sábado contra los Piratas de Pittsburgh, las noticias han sido más positivas que negativas. “Ayer fue un día difícil. Pero hoy estamos en una mejor posición que ayer temprano. El único caso positivo es Matt Barnes. Hay ocho personas en la lista de rastreo y de esa lista del rastreo de contactos hay otras personas. Es medio complicado. Yo estoy ahora aprendiendo mucho de esto del rastreo de contactos. Pero a todos se les hará la prueba nuevamente y algunos tendrán que estar en cuarentena más tiempo que otros”, sostuvo Cora. “Pero es lo que es”, añadió. Cora explicó que estas personas tuvieron contacto con Barnes, pero gracias al dispositivo de GPS implementado por las Grandes Ligas pudieron ajustar la lista de rastreo de contactos. “Hemos recibido mejores noticias en las últimas 12 horas en cuestión de los casos y de las posibilidades de que algunos jugadores puedan estar con nosotros en el Día Inaugural”, comentó el boricua. “Hay que ser pacientes en esto. Eso es lo más importante. Confiamos en el protocolo, que es bueno, y seguir el proceso”, acotó. Boston debuta el jueves como local frente a los Orioles de Baltimore.
Béisbol
El dirigente boricua Alex Cora anunció ayer que ocho integrantes del equipo están en cuarentena. >John Bazemore / AP
38< DEPORTES
> LUNES, 29 DE MARZO DE 2021
Novatas ‘la rompen’ en el Centrobasket Las cinco canasteras debutantes pasaron la prueba con la selección nacional femenina que terminó invicta y con la medalla de oro Yamaira Muñiz Pérez >ymuniz@elvocero.com @yamairamuniz
Las nuevas piezas integradas al rompecabezas del programa nacional femenino de la Federación de Baloncesto de Puerto Rico encajaron a la perfección. Jackie Benítez, Jada Stin-
son, Arielle González, Gabby Zapata-Smalls y Nina De León, dejaron una buena impresión en el torneo Centrobasket que culminó ayer en El Salvador, donde Puerto Rico se alzó con la medalla de oro de forma invicta. “En general, estoy bien contento con todo lo que vi de ellas. Vinimos con una camada jovencita que todavía tiene mucho que aprender, pero estamos por el camino correcto. Creo que poco a poco hemos ido poniendo piezas. Que es lo que siempre queremos hacer”, expresó el dirigente Jerry Batista a EL VOCERO. Benítez y Stinson, que contaron con más minutos de juego en su debut, terminaron entre las líderes de puntos del torneo con 10.3 (decimosegunda) y 14.5 (cuarta), respectivamente. Mientras que González cerró promediando 5.5 rebotes en cuatro juegos, y Zapa-
Baloncesto
ta-Smalls demostró su buen físico en la zona de la pintura con De León teniendo sus minutos de calidad. Y aunque Batista ya sabía lo que podía dar cada una de estas canasteras —cuatro de ellas identificadas por el grupo PUR Basket— reconoció que le sorprendió mucho el trabajo que hicieron sobre el tabloncillo luego de varias situaciones que pasaron para estar en el equipo. “A Jackie ya la teníamos hace un tiempo ‘ready’ para venir. Incluso, jugando allá en Lituania ella básicamente abandonó el equipo. El equipo no quería que ella se fuera. Y ella me dijo: ‘Tú dime cuándo vamos a empezar, que yo voy a estar desde el primer día. Yo quiero jugar para Puerto Rico’. Hizo el sacrificio para abandonar el contrato profesional que tenía para decir presente. Y para mí eso es
AVISO SUBASTA FORMAL RCM-20-21-06 ADQUISICIÓN DE MATERIALES E INSTRUMENTOS DENTALES PARA ESTUDIANTES “FRESHMAN” Y “SOPHOMORE” AÑO 2021-2022 – ESCUELA DE MEDICINA DENTAL El proyecto consiste en adquisición de materiales e instrumentos dentales para los estudiantes de primer año y segundo año de la Escuela de Medicina Dental para el año 2021-2022. Entrega de Pliego vía correo electrónico: Para pagar el pliego SOLO durante los siguientes días y horario: 5, 6 y 7 de abril de 2021 de 8:00 a 1:00 p.m. en la Oficina de Recuadaciones ubicada en el 2do piso del Edificio Principal Dr. Guillermo Arbona Irizarry del Recinto de Ciencias Médicas (ubicado en los terrenos de Centro Médico). El pliego tendrá un costo no reembolsable de cincuenta dólares ($50.00). Solo se permi�rá la entrada a una persona por compañía, la persona u�lizará mascarilla, guardará una distancia de 6’ y se regirá por las reglas de salud y seguridad de la UPR para entrar al Edificio de Principal Dr. Guillermo Arbona Irizarry. Para obtener el pliego vía correo electrónico enviará a subastas.rcm@upr.edu haciendo referencia al número y �tulo de la subastas en o antes de las 4:00 p.m. del 8 de abril de 2021: la copia de su recibo de pago, generado por la UPR y el formulario que se le entregará en la Oficina de Recaudaciones. Reunión Virtual Pre-Subasta (Compulsoria): Fecha y Hora: 9 de marzo de 2021 a las 10:00 a.m. Todo proponente vendrá obligado a confirmar su par�cipación a la Junta de Subastas del RCM, vía correo electrónico a la siguiente dirección electrónica: subastas.rcm@upr.edu en o antes del 8 de abril de 2021, haciendo referencia al número y �tulo de la subasta. El enlace para la reunión se entregará con el pliego. Entrega Ofertas Selladas y Apertura: Fecha y Hora: 23 de abril de 2021 a las 9:00 a.m. en el Anfiteatro del 6to piso del Edificio Principal del Recinto de Ciencias Médicas. Todo licitador deberá entregar y acompañar con su oferta una garan�a de oferta BID Bond a favor de la UPR, Recinto de Ciencias Médicas equivalente al 5% del total de su oferta, válida por noventa (90) días, mediante cheque cer�ficado o de una fianza, emi�da por una compañía autorizada por el Comisionado de Seguros de Puerto Rico para hacer negocios en Puerto Rico. El Recinto de Ciencias Médicas se reserva el derecho a rechazar cualesquiera o todas las propuestas y de adjudicar la subasta bajo las condiciones más convenientes a los intereses de la UPR, independientemente del monto de las ofertas o de cancelar la adjudicación de subasta en cualquier momento antes de la firma del contrato.
FFrank Fra nk Lugo L o Landrua Lug Land ndrua nd d te - Junta t de d Sub Presidente Subastas Recinto de Ciencias Médicas
PO Box 365067 San Juan PR 00936-5067 • Tel. (787)758-2525 Ext. 1800 • Email: subastas.rcm@upr.edu Patrono con Igualdad de Oportunidad en el Empleo M/M/V/I No discrimina contra minorías, mujeres, veteranos o personas con impedimentos.
Jada Stinson busca a quién pasarle el balón ante dos jugadoras de Islas Vírgenes. >FIBA
grande”, señaló el veterano técnico sobre la atlética escolta de 23 años. En el caso de Stinson, el dirigente boricua relató una interesante historia que tuvo un final inesperado. Pero para bien. “Ella quería jugar, pero no estaba convencida de hacerlo en este momento porque estaba terminando la temporada (en la Universidad de Arkansas State). Ella había tenido mucha carga en su equipo de la universidad y tenía miedo de no hacer un buen desempeño por la carga que tenía. Y entre la mamá (Jessica) y yo básicamente la convencimos. La mamá me ayudó mucho para convencerla. Yo le decía: ‘Tranquila, tú no vas allí a cargarme. Tú vas a ser una jugadora de rol que va a venir del banco y va a tener sus minutitos. Tú no me vas a cargar. Y mira quién me cargó: ella”, contó Batista entre risas. Stinson lideró a Puerto Rico en puntos, seguida por la estelar armadora Pamela Rosado quien lució
como otra novata más promediando 13.5 puntos, 6.0 asistencias y 5.8 rebotes en 26.5 minutos de acción. Sin embargo, esa es otra historia aparte para la capitana de 34 años. La combo-guard de 21 años también terminó segunda en el torneo con un 63.2 por ciento en tiros de tres puntos (19-12), solo por detrás de Rosado (66.7 por ciento). A Stinson todavía le queda un año más en la NCAA. “Yo le dije a Yum (Ramos, presidente de la Fbpur) que ellas dos (Benítez y Stinson) eran rompe discotecas. Le dije: ‘Te voy a traer dos jugadoras nuevas que están listas para jugar. Te van a encantar’. Yo sabía que ellas iban a aportar. Pero, aunque uno piense que están listas, uno siempre se sorprende porque a veces les toma uno o dos juegos en adaptarse. Aparte de que les dimos una responsabilidad de los primeros dos partidos sin el equipo completo y tuvieron que aportar demasiado. Imagínate a ellas saliendo del banco con Jennifer
(O’neill) y Jazmon (Gwathmey) y todas las demás. Esos son otros veinte pesos. Pero hicieron un gran trabajo”, sostuvo Batista. “Las otras tres necesitan jugar”, reconoció el director del programa nacional. “Arielle González viene de un año sin jugar. Está bien fuera de forma, pero es una jugadora que nos da defensa y rebote. Gabby Smalls es bien fuerte y le faltan dos años de colegial (con Saint Joseph’s). Además, rebotea y ataca duro al canasto. Nina aprovechó los minutos y todavía le quedan tres de colegial (en Austin Peay). Son nenas que cada una me trae cosas distintas. Pero Jada y Jackie se notan que están un poquito más listas para jugar en cualquier nivel”, apuntó. Batista agregó que además de este grupo hay otra camada de jugadoras jóvenes para hacer su debut, entre ellas Arella Guirantes, Denis Solís Carrión —la hija de la excanastera Benibel Carrión—, Ahlana Smith-Morales, Kaela Hilaire y Brianna Jones.
DEPORTES >39
> LUNES, 29 DE MARZO DE 2021
Voleibol
Toa Baja se mudará a San Juan para la venidera temporada de la LVSF
@ Giovanny Vega
>gvega@elvocero.com
Con nueva casa las Llaneras del equipo. “Nosotros seguimos con nuestro proyecto de mover el equipo a San Juan. Eso será oficializado por medio del alcalde Miguel Romero. Estamos adelantando todo el proceso para cuando ocurra el anuncio”, informó el asesor de la gerencia de las Llaneras, Carlos Beltrán, a EL VOCERO.
“Habrá respaldo para que el voleibol regrese a San Juan”, precisó Beltrán sin entrar en detalles de la aportación municipal que recibirán. La gerencia de las Llaneras tendrá hasta el 14 de abril para solicitar formalmente el cambio de sede. El traslado, sin embargo, no se traducirá en el regreso
@GiovannyVegaPR
El regreso del voleibol a San Juan es un hecho. Tras varios años de ausencia, la ciudad capital volverá a tener presencia en la Liga de Voleibol Superior Femenino (LVSF) cuando finalmente se oficialice el traslado de las Llaneras de Toa Baja al coliseo Roberto Clemente. La gerencia del sexteto espera el anuncio oficial del alcalde Miguel Romero tras llegar a un acuerdo que ayudará a mitigar el impacto económico de la pandemia del covid-19 sobre las arcas
Programa hípico
de las Capitalinas. “Al ser un equipo de traslado, tendríamos otro nombre. El nombre que se proyecta —pero que no es oficial— sería las Sanjuaneras de la Capital”, adelantó.
Las Capitalinas regresaron en 2016 tras diez años de ausencia, pero su desaparición ocurrió dos años después en medio de la controversia por deudas con múltiples jugadoras,
incluyendo a la colocadora Mariana Thon. Las siete jugadoras reservas del sexteto fueron informadas el sábado sobre el cambio de sede. El torneo 2021 está pautado para el 27 de mayo.
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Día de Viernes Santo Viernes, 2 de abril de 2021 Todos los servicios de recogidos de desperdicios sólidos residenciales ( Caguas y Humacao ) comerciales, industriales y reciclaje comercial se ofrecerán un día después del programado, a partir del día feriado.
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Génesis Collazo figura en la lista de jugadoras reservas de las Llaneras de Toa Baja. >Josian E. Bruno Gómez / EL VOCERO
“Comprometidos con Puerto Rico y su medio ambiente” Para información: 1-800-352-6084
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VISITA nuestras TIENDAS o LLAMA al 877.866.5690 para activar tu negocio. Oferta por tiempo limitado, sujeta a cambios. Válida hasta el 31 de marzo de 2021 en tiendas participantes. Sujeto a aprobación de crédito; requiere cuenta de negocios elegible. Términos generales de Magenta® for Business: Puede requerirse aprobación de crédito, depósito, kit básico con tarjeta SIM de $10 o, en tiendas o llamadas de servicio al cliente, un cargo de $20 por asistencia/actualización. Se requiere equipo con capacidad para ciertas funciones. Las asignaciones de data para roaming en EE.UU. y dentro de la red varían; se incluyen 200MB para roaming. Las funciones de llamadas y mensajes de textos ilimitados solo son para la comunicación directa entre 2 personas; otros servicios (por ejemplo, redes de conferencias, líneas de chat, etc.) podrían tener un costo adicional. Data de alta velocidad ilimitada solo en EE.UU. y Puerto Rico; en Canadá/México, hasta 5GB de data de alta velocidad, luego ilimitada hasta 128Kbps. No está disponible para hotspots ni otros equipos de data. Un beneficio de suscripción de Microsoft 365 por cuenta elegible; el cambio de suscripción puede estar limitado. Si eliges Microsoft 365, contáctanos para activar una licencia de M365 Empresa Básico (valorada en $6 al mes) por línea, hasta 2 líneas por cuenta. La activación requiere acceso a Marketplace, un servicio de T-Mobile® que ofrece acceso a la plataforma de empresa a empresa por Internet para comprar productos y servicios de terceros. El uso de la plataforma y la suscripción están sujetos a las licencias, términos y condiciones correspondientes a terceros, incluidos el Acuerdo con el cliente de Microsoft, disponible en www.microsoft.com/licensing/docs/customeragreement y los términos y condiciones de Marketplace, disponibles en https://us.cloud.im/legal/. No se puede combinar con Netflix por nuestra cuenta, Permiso Familiar (Family Allowances) ni funciones de bloqueo de contenido; agregar estas funciones hará que se cancele inmediatamente la suscripción a Marketplace sin nuevo aviso. Valorado entre $6 y $12 al mes, según la cantidad de líneas. El valor no se puede canjear por dinero en efectivo ni crédito, ni usarse como parte del pago de otros productos. La cuenta debe permanecer activa y al corriente, de lo contrario, se cancelarán las licencias y no se podrá acceder a la información. Puede demorar de 1 a 2 ciclos de facturación. Como en todos los planes, las características pueden cambiar o descontinuarse en cualquier momento. Consulta los términos y condiciones de T-Mobile® en T-Mobile.com para obtener detalles. Enlace: 3GB de data de alta velocidad, luego ilimitada en nuestra red a velocidad máxima de 3G. Para la pequeña fracción de clientes que usen más de 50 GB/mes, el uso principal de data debe ser en un smartphone. El uso en smartphones tiene prioridad sobre el uso mediante hotspot móvil (enlace), lo cual puede resultar en velocidades mayores para la data usada en smartphones. Precio de AutoPago para líneas 1-8; sin AutoPago, $5 más por línea. Es posible que no esté reflejado en la primera factura. Roaming internacional: el uso puede ser gravable en ciertos países. Las llamadas desde países Simple Global, incluidas las llamadas por Wi-Fi, cuestan $0.20 por minuto (sin cargo para llamadas Wi-Fi a EE. UU., México o Canadá); los clientes con planes para el consumidor (por ej. ciertos propietarios individuales) pagan un $0.05 adicional por minuto. Velocidad estándar de aproximadamente 128Kbps sin PlusUp; aproximadamente 256Kbps con PlusUp. No es para uso internacional prolongado; debes residir en los Estados Unidos y el uso principal debe ser en nuestra red. El equipo debe registrarse en nuestra red antes de ser usado en el extranjero. El servicio puede ser cancelado o restringido por uso excesivo de roaming. Cobertura no disponible en algunas áreas; no somos responsables por las redes de nuestros asociados. 5G: requiere equipo compatible; cobertura no disponible en ciertas áreas. Si bien el acceso a 5G no requiere ciertos planes o funciones, es posible que algunos usos/servicios lo hagan. Ver detalles de cobertura, términos y condiciones e información sobre Internet abierta para obtener detalles sobre el control de la red (como, por ejemplo, optimización de video) en www.t-mobilepr.com. Consulta T-Mobile.com/OpenInternet para conocer detalles sobre administración de data. Sujeto a los Términos y Condiciones (incluyendo cláusula de arbitraje) de T-Mobile® disponibles en www.t-mobilepr.com. Para más detalles, visita www.t-mobilepr.com. Mastercard, Priceless y la marca Mastercard son marcas registradas de Mastercard International Incorporated. T-Mobile® y el color magenta son marcas comerciales registradas federalmente de Deutsche Telekom AG. ©2021 T-Mobile Puerto Rico, LLC.