JUEVES, 9 DE MAYO DE 2013 / AÑO XXXIX / NÚM.12036 / SAN JUAN, PUERTO RICO
CHORRETAZO DE AUMENTO
COPUR recibirá adelanto de $1 millón
DEPORTES
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Presidente de la AAA admite que no hay más remedio que subir por casi $12 la factura e imponer topes de consumo a residenciales EL VOCERO / Archivo
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Ricky Rosselló emplaza a AGP a frenar el IVUTAZO
Dice que la eliminación de exenciones afecta la salud emocional del Pueblo y es un ataque al sector privado que crea empleos, por lo que se paralizará la economía
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EN VOCERO.COM
Automóvil volador Un auto recargable que sea capaz de volar podría convertirse en realidad en un futuro próximo, ya que una compañía se encuentra en la fase de desarrollo, pero el primer prototipo estará listo en el 2015. Escanee el código para ver el vídeo del prototipo del vehículo.
EL VOCERO / Archivo
índice
El periódico de Puerto Rico
BÉISBOL J.A. Happ sale del hospital
SUMINISTRADA
P42 NEGOCIOS P.24 CLASIFICADOS P.26 ESQUELAS P.39
No registran ‘Día de los Muertos’
DEPORTES P.43
SUMINISTRADA
EL VOCERO / Archivo
Ante la ola de críticas que surgió en contra de Disney por sus gestiones para declarar como marca registrada la celebración ‘Día de los Muertos’, la compañía desistió de la gestión. Entérese más sobre esta noticia al escanear el código.
Calentador solar La fórmula perfecta para hacer crecer el patrimonio familiar es el ahorro y la inversión. Por tal razón y tomando en consideración el constante aumento en el precio del petróleo y del gas, qué mejor inversión que instalar en su hogar o negocio un calentador solar. La inversión: el calentador; el ahorro en energía: la recuperación del costo del equipo en un período de dos a cuatro años y una vez recuperada la inversión, tendrá durante los siguientes 16 años un beneficio en utilidad de un 25% anual, ya que se estima en 20 años la vida útil de un calentador.
NEGOCIOS Consumidor pagará más IVU P.18
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EN PORTADA
Lázaro aseguró que durante las vistas sobre la nueva tarifa, la gente fue a quejarse del servicio y no del aumento.
Próximo un golpe de agua MARICARMEN RIVERA SÁNCHEZ, EL VOCERO
Lázaro advierte única salida al alza tarifaria sería un subsidio, “que sabemos no se va a dar”
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EL VOCERO / Willín Rodríguez
EL VOCERO / LOCALES / JUEVES, 9 DE MAYO DE 2013
Los planes de aumentar la factura del agua por casi $12 a todos los clientes –incluidos los de residenciales públicos– están en pie para este verano, toda vez que en la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA) son pocas las opciones para evitarlo, indicó el más alto ejecutivo de la corporación, Alberto Lázaro. Con el incremento en la tarifa básica se afectarán los habitantes de residenciales porque se gesta además establecerles un tope de uso, lo cual aumentará aun más su factura de agua como anticipó EL VOCERO en enero. La tarifa básica aumentará de $19.71 a $31.42. “La realidad es que la única salida que tiene Acueductos para no aumentar la tarifa es un subsidio a nivel central, que sabemos no se va a dar. Ya no estamos hablando de si va o no va , es de cuánto va a ser”, dijo Lázaro a la Prensa. El Presidente Ejecutivo de la AAA admitió que actualmente muchos clientes de los residenciales no pagan el agua porque, aun cuando no la paguen, la Autoridad no corta el servicio. Esto, dijo, va a cambiar. Aunque no precisó cuándo, dijo que con las nuevas tarifas, harán brigadas para medir el uso y cortar el sistema de los que no paguen el agua en los residenciales públicos. “Queremos establecer un tope porque no hay conservación de agua en los residenciales públicos y la tarifa fija se presta para des-
pilfarro de agua”, dijo Lázaro. “El escenario es que se cobre la misma tarifa que al resto del Pueblo, se subsidia una cantidad y, por encima de eso, se cobra regular como al resto de la gente”, señaló el ingeniero. Lázaro presentó ayer el presupuesto de la AAA ante la Comisión senatorial de Hacienda. Dijo que el déficit operacional de la AAA para el próximo año fiscal es de $340 millones y podría llegar a $529 millones para el 2017, ello ante la ausencia de un subsidio para subsanar el déficit del Fondo General como sucedió en los pasados años, porque el Ejecutivo adelantó que no se le asignará. Esa es la cifra de dinero que buscarán obtener con el aumento de la tarifa del agua. Reiteró que este incremento tarifario se hubiera evitado con aumentos escalonados desde el 2009. En un aparte con la Prensa al concluir la vista, Lázaro puso en duda que este aumento se pueda dar de manera escalonada. Según dijo, esto tendría un costo adicional pues habría que buscar $170 millones para cuadrar el presupuesto de la AAA en momentos en que no hay dinero del Fondo General y el crédito de la entidad tiene clasificación de ‘chatarra’, por lo cual sería muy oneroso cualquier préstamo. Aseguró que cuando se escalonaron aumentos de agua en el pasado, el costo para la AAA fue de $200 millones. Sobre la oposición a este aumento, Lázaro dijo que en las cinco vistas públicas que realizaron
acudieron 28 personas y en su mayoría fueron a quejarse por el servicio y no por el aumento. El informe sobre el proyectado aumento, dijo, se hará público en o antes del 19 de junio. ¿Y la promesa de bajar la tarifa del agua? Las expresiones de Lázaro contrastan directamente con la promesa del gobernador Alejandro García Padilla de que reducirá el costo del agua. Lázaro dijo que no, porque guarda la esperanza de que una reducción en la tarifa de la luz produzca también ahorros en la AAA que puedan traducirse en ahorros para los clientes. “Sé que el Gobernador ve dos cosas, uno que la AEE proyecta una reducción en el costo de la luz de 20 por ciento y eso representa $40 millones. Ese ahorro lo puedo pasar al Pueblo”, dijo Lázaro. “Pero, no puedo contar con eso en mis proyecciones financieras como se hizo en el pasado con la Vía Verde, que después la Vía Verde no llegó y hubo que hacer de tripas corazones”, sostuvo. Durante la vista de presupuesto, salió a relucir además la usual lista de morosos de la AAA. Entre corporaciones públicas, municipios y agencias de gobierno, las deudas con la AAA ascienden a $91 millones. El Ejército también tiene una deuda de $592 mil, pero indicaron que no han cortado el servicio porque se mantienen haciendo pagos a la Autoridad.
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LOCALES / JUEVES, 9 DE MAYO DE 2013 El periódico de Puerto Rico
Recomienda reconsiderar propuesta de IVU
EPA estudia pedido de AEE YAMILET MILLÁN RODRÍGUEZ, EL VOCERO
“coger los pedazos del bizcocho –que son bien pequeños porque es 0.04% de la economía global– y tener un control sobre ellos”.
EL VOCERO / Ingrid Torres
El doctor Ricardo Rosselló Nevares recomendó al gobernador Alejandro García Padilla que reconsidere su propuesta de eliminar exenciones del Impuesto sobre Venta y Uso (IVU) porque afectará a todos los puertorriqueños y es un ataque al sector privado que de otra forma puede generar nuevos y mejores empleos. Para el hijo del exgobernador Pedro Rosselló la propuesta paraliza el poco movimiento que ya había en la economía porque le quita al Pueblo los ingresos que utilizarían y castiga al sector privado por producir. “Fue una mala estrategia. Es una idea del pasado mal implementada y ejecutada que requiere poca creatividad y no solo afecta el bolsillo del puertorriqueño sino la salud emocional del Pueblo”, dijo Rosselló Nevares. Indicó que aunque hay maneras para que el Gobierno mejore el fisco, decidieron aumentar de manera dramática las contribuciones e insistió en que quieren proyectar que solo afectarán a los más ricos, pero “afectará a todos los puertorriqueños. Esto es un ataque contra el sector privado y tres cuartas partes de nuestra fuerza laboral está en el sector privado y estas medidas atentarán directamente contra las personas de este sector”, sostuvo Rosselló Nevares,
RICARDO ROSSELLÓ NEVARES
quien insistió en que Puerto Rico necesita una economía de envergadura que no sea paternalista y que no penalice. “La economía de Puerto Rico solamente representa un 0.04% de la economía global y está establecido en los últimos datos que no estamos produciendo, por lo tanto crea que la gente sea pobre y hayan menos empleos y encima de eso se le añade una carga significativa al Pueblo”, señaló. Dijo que el modelo de este Gobierno es antiguo, de la era burocrática, y su visión es paternalista porque quiere
Rosselló Nevares especificó que Puerto Rico debe insertarse en la economía regional para provocar que el por ciento de economía global crezca para poder crear más empleos, quitarle presión al Gobierno y así fortalecer al sector privado. “Cuando uno evalúa las mejores prácticas a nivel global, uno nota que son precisamente esos pequeños y medianos comerciantes los que están potenciando las economías globales. En Estados Unidos en los últimos 15 años se crearon 40 millones de empleos netos y muchos de ellos fueron por pequeños y medianos comerciantes que añadieron valor a esa economía”, destacó el profesor. Como una alternativa, mencionó mejorar la eficiencia con la implementación de un plan estratégico desde el primer día. “Nosotros podemos mejorar las estrategias en el Gobierno y la efectividad del servicio al Pueblo y también tenemos que buscar fuentes de recaudos alternas que incluye añadir valor y siendo más diligentes en como se utilizan los fondos y como se resuelven los problemas”, sostuvo Rosselló Nevares.
Advierten efecto sobre el consumidor MARICARMEN RIVERA SÁNCHEZ, EL VOCERO
Legisladores de los tres partidos políticos coincidieron en que, de alguna manera u otra, los nuevos impuestos propuestos por el Ejecutivo van a resultar en costos adicionales para los consumidores. El presidente de la Comisión senatorial de Hacienda, José Nadal Power, dijo que esto se reflejará en renglones como la construcción, donde se cobraría IVU por trabajos que actualmente no pagan este impuesto. Dijo, sin embargo, que no prevé un aumento en el costo de los productos, toda vez que los comerciantes podrán deducir en sus planillas lo que paguen de IVU, por lo cual no debería producirse un aumento en cadena. “Yo veo que el renglón de la construcción es más vulnerable a que se de este efecto cascada. Si vas a hacer una casa, le tienes que pagar al ingeniero, al agrimensor y eso puede ocasionar unos efectos. Hay otros sectores en que no se verá tanto porque la misma competencia se encarga de que no pase al consumidor”, dijo Nadal Power. “Cuan-
do tienes el certificado de revendedor no debe haber tanto problema porque la planilla mensual se descuenta”. Legisladores de minoría insistieron, sin embargo, en que las nuevas imposiciones de IVU propuestas desde La Fortaleza implicarán un aumento en el costo de vida, los productos y los servicios. La senadora independentista María de Lourdes Santiago dijo que para toda empresa será un proceso casi natural pasarle al consumidor los gastos adicionales en los que tengan que incurrir. “Yo no conozco ninguna empresa dispuesta a asumir costos de operación adicionales impuestos por el Gobierno sin pasarlos a los consumidores”, dijo Santiago. “Va a haber mucho costo incidental que va a terminar pasando al cliente”. En respuesta a los señalamientos que han hecho diversas organizaciones profesionales sobre el aumento en los costos que representarán los proyectos del Ejecutivo, el gobernador Alejandro Gar-
cía Padilla calificó este planteamiento como “disparatado”. Tanto la senadora novoprogresista Migdalia Padilla como su homólogo en la Cámara Antonio Silva Delgado reiteraron que estos proyectos –que imponen IVU a varios servicios y que gravan las compras entre negocios (business to business)– sí serán un peso para el consumidor. Según Padilla, la reducción de .5 por ciento en el IVU no se reflejará en los precios. Silva Delgado –por su parte– insistió en que deben buscarse alternativas para evitar estos proyectos. El expresidente de la Comisión cameral de Hacienda ha estimado que por cada dólar que se ahorre con la reducción del .5 al IVU, el consumidor gastará más de $17 con los nuevos impuestos. Por su parte, el presidente de la Comisión cameral de Hacienda, Rafael Hernández Montañez reiteró que estas medidas serán enmendadas para garantizar que se amplíe la base de cobro del IVU y se evite la sobretasa en el cobro de este impuesto.
La Agencia federal de Protección Ambiental (EPA, por sus siglas en inglés) evalúa una solicitud de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) a los efectos de que se extienda el período para cumplir con los nuevos estándares de calidad de aire que entrarán en efecto en el 2015. El director de la EPA, José Font, dijo que mantienen conversaciones con la AEE para conocer los trabajos que se realizan en las facilidades para cumplir con los nuevos estándares y determinar si necesitarán tiempo adicional. “En estos momentos ellos han dicho qué cambios quieren llevar a cabo en las diferentes facilidades y este es el itinerario para llevar a cabo los trabajos y en algunos lugares del área norte voy a necesitar tiempo adicional”, indicó Font. “Según vayan adelantando tienen que demostrar que han hecho progreso y que han llevado a cabo los trabajos necesarios para el cumplimiento y todo eso va a ser utilizado para determinar en su día si necesitarán tiempo adicional”, agregó. Según Font, a nivel estatal se le podría extender el tiempo hasta el 2016 y a nivel federal hasta el 2017. El funcionario evitó comentar sobre posibles multas. “Nosotros no hemos hablado de multas, al contrario, la Agencia de Protección Ambiental que promulga estos nuevos estándares los flexibiliza para lograr el cumplimiento con los mismos. Qué va a pasar cuando llegue el 2017 con aquellos que no hayan cumplido, se determinará en su momento”. Mientras, el presidente de la Comisión cameral de Agricultura, Recursos Naturales y Asuntos Ambientales, César Hernández, dijo que la solicitud de tiempo adicional “es contando con que puedan cumplir con la producción de gas natural en el sur y si no puede cumplir con eso y ocurre una situación en el sur… nos exponemos a multas de la EPA”. Por su parte, el representante de los consumidores en la Junta de Gobierno de la AEE, Juan Rosario, dijo que cerca del 50 por ciento de los estados han solicitado prórroga a la EPA para evitar incumplir con los nuevos requisitos. Rosario depuso ayer ante la comisión que investiga el cumplimiento de la AEE con la Ley 82 y destacó que la conversión a gas natural ayudará a que la corporación pública haga la transición para conectar al sistema los proyectos de energía alterna.
EL VOCERO / Archivo
YAMILET MILLÁN RODRÍGUEZ, EL VOCERO
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Critica conclusiones de Vieques YENNIFER ÁLVAREZ JAIMES, EL VOCERO
EL VOCERO / Willín Rodríguez
VIEQUES - El gobernador Alejandro García Padilla arremetió contra el Gobierno de Estados Unidos por entender que fue “irresponsable” que una agencia federal concluyera que las prácticas militares de la Marina de Estados Unidos en Vieques no tienen relación con la alta incidencia de cáncer y otras enfermedades crónicas en la isla municipio. García Padilla hizo las declaraciones ayer en una visita a la Isla Nena en la que firmó una Orden Ejecutiva para reactivar la figura del Comisionado Especial para el Desarrollo Sostenible de las islas municipio de Vieques y Culebra. Los residentes exigieron que se nombre al Comisionado en consulta con los viequenses.
El estudio divulgado a finales del 2011 concluyó que no se encontraron rastros significativos de contaminación en el suelo, el aire o el agua de Vieques que pongan en peligro la salud de los 10 mil residentes de la Isla Nena. Sin embargo, García Padilla catalogó como irresponsable el informe porque la ATSDR admite que no pudo identificar todas las sustancias en los explosivos porque la Marina entiende que es información que pudiera poner en peligro la seguridad nacional. García Padilla adelantó que el Departamento de Salud trabaja un acuerdo colaborativo con el Centro Comprensivo de Cáncer para desarrollar investigación y tratamientos para la población viequense.
Gobierno asume deuda de Junta Telecomunicaciones
SUMINISTRADA
“Lo que es irresponsable es que sin tener toda la información pretendan alcanzar una conclusión responsable, por eso no es aceptable el estudio y es irrespetuoso con los viequenses…es una falta de respeto a los puertorriqueños”, lanzó el Primer Ejecutivo en referencia al estudio de la Agencia federal para el Registro de Sustancias Tóxicas y Enfermedades (ATSDR, por sus siglas en inglés).
Sandra E. Torres López, presidenta de la Junta de Telecomunicaciones de Puerto Rico.
García Padilla reactivó la figura del Comisionado Especial para el Desarrollo Sostenible.
Al mismo tiempo, el Gobernador envió una carta a la secretaria del Interior de Estados Unidos, Sally Jewell, para solicitar cambios al Plan Comprensivo de Conservación de modo que se amplíe el acceso a terrenos administrados por el Servicio de Pesca y Vida Silvestre de Estados Unidos. En la carta, se solicitó activar cláusulas de comanejo en áreas recreativas localizadas en las playas Caracas y La Chiva, e implantar un sistema de concesiones para que grupos comunitarios tengan acceso y puedan operar microempresas. Sobre la transportación, García Padilla adelantó que negocia una extensión del contrato a un menor costo con la compañía privada que opera las lanchas. Prometió que antes de que termine el cuatrienio iniciará la ruta marítima corta entre Ceiba y Vieques.
Pide informe estrategias contra narcotráfico CYBERNEWS
El comisionado residente en Washington, Pedro Pierluisi, exhortó ayer al Comité de las Fuerzas Armadas a que incluya en la Ley de Autorización para la Defensa Nacional del año fiscal 2014 un informe detallado de las estrategias que se están llevando a cabo contra la violencia relacionada al narcotráfico en Puerto Rico. Asimismo, insistió en que sea derogada la ley que prohíbe la limpieza de Culebra por parte de las Fuerzas Armadas. “Exhorto a este Comité a requerirle al Departamento de Defensa que entregue un informe escrito sobre las actividades de detección y
monitoreo que ha implementado o piensan implementar para apoyar las operaciones de las agencias de ley y orden en Puerto Rico y las Islas Vírgenes”, expresó Pierluisi. Por otro lado, Pierluisi abogó por la limpieza de Culebra. Actualmente, el Cuerpo de Ingenieros del Army está descontaminando áreas específicas en Culebra. Sin embargo, el DOD se ha negado a descontaminar 400 cuerdas de la isla, amparándose en una ley del 1974 que prohíbe el uso de fondos federales para esos propósitos, a pesar de que esas parcelas fueron las zonas de mayor bombardeo por la Marina.
MARIAM M. ECHEVARRÍA BÁEZ, EL VOCERO
El Gobierno asumirá el pago de $6 millones que la Junta Reglamentadora de Telecomunicaciones de Puerto Rico adeuda a varias compañías proveedoras de servicios del programa Lifeline. El acuerdo surge en el marco de una demanda estatal radicada en el 2012 por la Junta contra Juan C. Pavía, entonces director ejecutivo de la Oficina de Gerencia y Presupuesto, y el Banco Gubernamental de Fomento ante la negativa de aprobar su solicitud de una línea de crédito de $8 millones.
nistración de Calderón habrían sido destinados al Fondo General y al programa de las Comunidades Especiales; mientras que bajo la de Fortuño, al Fondo de Acopio Cultural de las Artes y Recreacional Deportivo de Puerto Rico. Con un presupuesto recomendado para el año fiscal 2013-2014 de $9,375,000.00, la Junta concluye el actual con un presupuesto balanceado. El Fondo Especial 208 concluirá con un superávit estimado de $315 mil de fondos no reservados y $442,771 del fondo de la reserva.
Sandra E. Torres López, presidenta de la Junta, explicó que los reembolsos a las compañías por motivo del Fondo de Servicio Universal de Puerto Rico fueron suspendidos en septiembre del 2010 en medio de una investigación iniciada por duplicados de beneficiarios, pero que los mismos deben comenzar a emitirse a partir de este mes.
Entre los proyectos del Cuerpo se encuentra la expansión del proyecto de Centros Gratuitos de Internet y de Wi-Fi en los municipios y escuelas públicas de Puerto Rico, presente actualmente en 48 pueblos. La continuación del combate del hurto del cobre también se encuentra en las prioridades.
Torres López, en una vista ayer de la Comisión de Hacienda y Finanzas Públicas que preside el senador José Nadal Power, añadió que la solicitud de la línea de crédito obedeció en ese momento a la erosión del fondo operacional y la reserva, tras “retiros de la Asamblea Legislativa” ascendentes a $42 millones. Según la Presidenta, bajo el gobierno de Sila María Calderón y Luis Fortuño, estos fondos fueron utilizados para “propósitos no contemplados en la Ley Número 213 del 12 de septiembre de 1996, conocida –tras ser enmendada– como la Ley de Telecomunicaciones de Puerto Rico. Durante la admi-
Cabe destacar la merma en telefonía residencial en la Isla, de 1.2 millones en el 2009 a poco más de 777 mil a diciembre del 2012. Mientras que la telefonía inalámbrica posee 3,012,996 suscriptores, siendo la tasa de penetración más alta de América Latina. La industria de telecomunicaciones generó aproximadamente $1.3 billones de dólares el año pasado. La Junta se nutre del .25% del ingreso bruto de la imposición de cargos reglamentarios a las compañías de telecomunicaciones y del 3% del ingreso bruto de los cargos por franquicia impuestos a las compañías de televisión por cable.
EL VOCERO / Sebastián Márquez
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Tronchados los sueños de Yimari y Denisha CARMEN MILAGROS DÍAZ, EL VOCERO
SAN SEBASTIÁN - Tenían sueños y metas por alcanzar como cualquier joven, pero tomaron una decisión desacertada que les costó la vida: cortaron clases.
INTER NEWS SERVICE
El director ejecutivo de la Agencia Estatal para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres (Aemead), Miguel Ríos Torres, informó de inundaciones y carreteras intransitables en numerosos municipios debido a la lluvia y una vaguada estacionaria al norte de la Isla.
Solo de esa forma la directora académica de la escuela vocacional Manuel Méndez Liciaga, María Rivera, puede explicar la tragedia del martes en la tarde en la que dos estudiantes “suyas” –como suelen decir en la comunidad escolar– perdieron la vida ahogadas. Las jóvenes no pudieron salir de un auto que cayó a una quebrada cerca del plantel escolar. Otros tres compañeros de la misma escuela que iban en el vehículo pudieron ser rescatados, entre ellos el conductor.
“Ella sabía que enfrentaría obstáculos, pero sabía que tenía que luchar por lo que quería. Ella escribe que por más dificultades que tengas, tienes que mantenerte firme en tus sueños. Estaba firme y era muy segura, no sé como se dejó convencer”, reflexionó la directora sobre la invitación que aceptó Hernández para ir a celebrar a la playa que estaba próxima a graduarse. “Todos tenían sueños, tenían proyectos. La escuela no estaba de fuga, había clases. Ellos cortaron clases”, reiteró. Ortiz fue descrita como una gran dibujante. Tomaba cursos de corte y confección. A pesar de estar bajo un proceso administrativo por cortar clases, la direc-
La escuela Manuel Méndez Liciaga amaneció de luto.
Los cinco estudiantes se reportaron a clases temprano en la mañana, entregaron sus trabajos y tomaron exámenes. Luego fueron vistos en la cafetería al frente de la escuela desde donde partieron.
Fotos EL VOCERO / Sebastián Márquez
Yimari Hernández, de 18 años, se graduaría de cuarto año, y Denisha Ortiz, de 16, pasaría a undécimo grado. A las 9:00 de la mañana, Hernández había entregado un trabajo de la clase de Inglés bajo el título ‘Such is life’ (Así es la vida) en el que expresó su deseo de convertirse en doctora. Quería ayudar a la gente y ser quien curara a su maestro de Inglés cuando envejeciera.
Inundaciones y carreteras intransitables
María Rivera, directora de la escuela.
tora aseguró que era una joven muy buena y cooperadora que se encontraba en el proceso de adaptación luego de haber vivido en distintos hogares. La joven estaba bajo la custodia del Departamento de la Familia. “Son buenos todos. Tomaron una decisión desacertada en el momento menos preciso y menos adecuado. A esta edad ellos se creen adultos, tienen carros y tienen que salir (de la escuela) a hacer las prácticas”, expresó Rivera.
Los tres sobrevivientes fueron Carlos Joel López Pagán, de 18 años, quien conducía y graduando; Julián Barreto González, de 16, cursaba el undécimo grado; y Anabel Núñez Ortiz, de 17. Esta última sueña con ser enfermera y fue aceptada en la Universidad Metropolitana (UMET). Barreto también está bajo proceso administrativo. La directora defendió las madres de Barreto y de Ortiz, dijo que son muy responsables y que acuden a las reuniones cuando se les llama. La escuela amaneció de luto con dos crespones negros en la entrada y los alumnos llegaron vestidos de negro. Una quebrada con un hilo de agua en el barrio Pozas se convirtió ayer en un gran río que arrastró el auto Mitsubishi rojo a eso de las 3:15 pm.
El director ejecutivo exhortó “a no cruzar cuerpos de agua, ya que pueden resultar arrastradas las personas con sus vehículos. Deben mantenerse informados a través de los boletines que emite el Servicio Nacional de Meteorología (SNM) y a los medios de comunicación”. “Según nos informa el SNM, las condiciones meteorológicas irán mejorando gradualmente en los próximos tres días. Sin embargo, todavía pueden producirse aguaceros que pudieran provocar más inundaciones ya que el terreno está saturado y lo hace más propenso a deslizamientos y derrumbes”, advirtió Ríos Torres. El Titular de la agencia recordó que durante el SNM emitió advertencias de inundaciones a varios municipios, como Aguada, Ceiba, Naguabo, Fajardo, Luquillo, Coamo, Juana Díaz, Orocovis, Ponce y Villalba, Barranquitas, Caguas, Cidra, Comerío, Corozal, Gurabo, Juncos, Morovis, Naranjito, Orocovis, San Lorenzo, Aguas Buenas, Añasco, Lares, Moca, San Sebastián, Las Marías, Rincón, Aguada, Mayagüez, Bayamón, Guaynabo, San Juan, Vega Alta, Vega Baja, Dorado, Toa Alta, Toa Baja, Carolina y Cataño.
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Hablará ‘muchas cosas’ Ana Cacho RAÚL CAMILO TORRES, EL VOCERO
Ana Cacho aseguró que pronto hablará “muchas cosas” relacionadas al asesinato de su hijo, Lorenzo González Cacho, al tiempo que aseguró sentirse traicionada por Milton Rodríguez, detective contratado para esclarecer el crimen y que posterior a su despido publicó un libro relacionado a sus teorías e investigaciones. “Tengo mucho que decir y lo diré en su momento. Lo que él –Rodríguez– insinuó de mi hija (…)”, se limitó a decir con la voz entrecortada Cacho a su salida de la Sala 902, donde se ventila una demanda por daños contra el ex investigador privado, debido a que este detalló en su publicación fotos y entrevistas que se hicieron como parte de su pesquisa.
La queja principal de Cacho se basa en la teoría del investigador privado, que implica a la hija mayor de ella en la muerte violenta del niño, ocurrida el 9 de marzo de 2010 en la residencia que vivían el infortunado menor, sus dos hermanas y su madre. “Tanto la señora Cacho como la señora González han reconocido que sufrían intensamente desde antes de la publicación. Ellas perdieron un niño muy amado y lo que se ha vertido en Sala es que se aumentaron sus daños con esa publicación”, expresó por su parte la abogada Sharon González Maldonado, representante legal de Ana Cacho. Varias fotos que figuran en el informe presentado por Rodríguez a la familia Cacho fueron utilizadas en el libro al igual que transcripciones de conversaciones y otros documentos, ello a pesar de existir una cláusula –hecha a mano por parte de la mamá de Cacho– en el documento contractual que estipulaba que bajo cese inmediato y consecuencias legales ninguna información allí contenida podía ser utilizada para otros fines que no fuesen los requeridos. “Él –Rodríguez– publicó fotos y utilizó información contenida en el informe y de otras fuentes involucradas en el contrato y las utilizó en su libro. Ello en clara violación a la Ley
de Detectives Privados de Puerto Rico”, fue uno de los argumentos dichos por González durante su interrogatorio. En tanto, Ana Cacho lloró en varias ocasiones al expresar que experimenta horror luego de la publicación del libro Caso Lorenzo, desde mi punto de vista y que experimenta sufrimiento al tener que explicar a su hija las repercusiones de la teoría presentada por Rodríguez. Hoy se reanuda el proceso ante la jueza superior Enid Martínez Moya, del Tribunal de San Juan, con la continuación del testimonio de Ana Cacho y el contrainterrogatorio de la abogada Luz Santa Pérez; representante legal del demandado.
Piden permiso para que ‘Picu’ viaje EL VOCERO / Archivo
Demandan por cambios al Retiro INTER NEWS SERVICE
Sesenta y ocho empleados de la Oficina de la Contralora presentaron ayer una petición de sentencia declaratoria e interdicto preliminar y permanente contra la Administración de los Sistemas de Retiro, para impugnar la constitucionalidad de la Ley 3 del 2013, que reforma Retiro.
ANA CACHO
HÉCTOR MAYOL
das en la agencia, lo que viola la Constitución de Puerto Rico.
La acción judicial fue sometida ante el Tribunal de San Juan, e incluye al administrador del Sistema de Retiro, Héctor Mayol Kauffman.
La mayoría de los empleados han trabajado sobre 23 años en la dependencia y al entrar en efecto la nueva ley el próximo 1ro. de julio los demandantes podrían perder hasta un 60% de su pensión anticipada.
Los demandantes afirman que la recién aprobada ley menoscaba su derecho a acogerse a un plan de retiro, tras trabajar sobre dos déca-
Entre los demandantes se encuentra el subcontralor Natanael Arroyo Cruz y varios directores de distintas divisiones de la agencia.
MELISSA CORREA VELÁZQUEZ, EL VOCERO
La Federación Internacional de Baloncesto (FIBA), solicitó a la jueza federal Carmen Vargas de Cerezo que le permita viajar al exbaloncelista José (Piculín) Ortiz, del 11 al 15 de junio a Uruguay, como parte de sus labores en la referida organización deportiva. “Se va a estar requiriendo la participación del señor Ortiz en un torneo a celebrarse los días del 11 al 15 de junio de 2013 en Maldonado Uruguay. Es por esto que se solicita que el tribunal autorice al señor Ortiz a viajar en las fechas antes mencionadas”, reza la misiva firmada por
el secretario general de la FIBA Américas, Jenaro (Tuto) Marchand, secretario general emérito y Alberto García, secretario general de la FIBA. La misiva está contenida en el expediente del Tribunal federal como un anejo a una moción presentada por el abogado Héctor Ramos Vega, de la Oficina del Defensor Público federal. En el documento de la FIBA se certifica que el exenebeísta trabaja para la entidad desde el 28 de mayo del 2012 en el Departamento de Eventos y que su horario regular es de lunes a viernes de 10:00 am a 6:00 pm,
en adición a horarios extendidos los fines de semana en eventos y/o torneos nacionales e internacionales cuando sea necesario. Mientras, el licenciado Ramos Vega indica en su moción que Ortiz ha estado en libertad supervisada desde que fue liberado del Hogar Santístima Trinidad en febrero pasado. Asimismo, destaca que el exjugador de los Cangrejeros de Santurce completó los nueve meses de encarcelamiento en el referido hogar. De igual forma, se someterá a una prueba de dopaje una vez que regrese del viaje.
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Júbilo y coraje en Yauco
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FUNDADO POR GASPAR ROCA 29 de abril de 1974
REDACCIÓN Editor y Director Peter W. Miller
JACKELINE DEL TORO CORDERO, EL VOCERO
Directora Ejecutiva Maricelis Rivera Santos
Tío abuelo de joven secuestrada en Cleveland, narra calvario que le tocó vivir a su familia
Director de Noticias Rafael Enrique Morales
Director Asociado de Noticias
YAUCO - Heriberto Ruiz lloró cuando vio en televisión el momento del regreso de su sobrina nieta Gina de Jesús a su hogar en Ohio, después de más de nueve años de su secuestro. Se quitó los espejuelos para enjugar sus lágrimas y aclaró su garganta.
Roberto Orsini Herencia
Subdirector Asociado de Noticias Obed Betancourt
Directora de Escenario Johan Maldonado Rabelo
Sentado en la sala de su hogar en el barrio Naranjo, de Yauco, junto a EL VOCERO, al ver a la joven con el suéter verde neón y capucha que ocultaba su rostro, Ruiz movió la cabeza en negación y comentó: “Está flaquita”.
Subdirector Asociado de Escenario
Expresó que espera con ansias regresar a Cleveland, Ohio, el próximo mes, para abrazarla. Y para decirle lo que siente a su sobrina Nancy –madre de la joven–, a quien apoyó durante estos años en los que sufrieron su ausencia, aunque sin perder la esperanza de que Gina siguiera con vida. “Ella me decía que sentía que estaba viva y por las noches ‘oía’ que la llamaba”, relató Ruiz, cuya hija Betsy estuvo en el recibimiento de Gina en su residencia en Cleveland.
Entrelazadas familias de víctima y victimario Durante la entrevista el televisor continuó encendido y al ver la foto de Ariel Castro –sospechoso del secuestro de Gina– lo señaló y manifestó: “Ese fue el sinvergüenza”. Indicó que está feliz por el desenlace, pero a la vez sumamente molesto por la actuación que se le atribuye a Ariel, cuya familia también es oriunda de Yauco, del barrio Duey. Y es que –según recordó– la relación cercana de ambas familias data de décadas, cuando su padre y el padre de los Castro, a quien conoció como ‘Nona’ Castro, se fueron juntos para Estados Unidos en el 1952. Nona estuvo en el Ejército y perdió una mano en batalla, por lo que recibió pensión y una indemnización jugosa con la que se dedicó
Director de Negocios Carlos Antonio Otero
Director de Deportes AP / Tony Dejak
EL VOCERO / Luis Alberto López
Eric Perlloni Alayón
Gina de Jesús levanta el pulgar en señal de optimismo, al regresar a su hogar ayer en Cleveland. Al lado, su tío abuelo Heriberto Ruiz.
Omar Marrero Rivera
Director Asociado de Deportes Víctor O. López Hernández
Director Gráfico Jorge Vargas
ADMINISTRACIÓN Presidente
a comprar autos en subasta y revenderlos, además de otras actividades que le permitieron amasar una fortuna y dejar una rica herencia a sus nueve hijos, narró Ruiz. Su hijo Ariel, ahora de 52 años, era chofer de la guagua escolar que cubría la ruta de la escuela en que estudiaba la adolescente que desapareció cuando tenía 14 años. Además tocaba bajo con la orquesta de un sobrino de Ruiz, participaba de reuniones familiares y los ‘ayudó’ en la búsqueda de la menor. Trascendió que su hija, Arlene –de la misma edad–, era la mejor amiga de Gina y fue la última persona que la vio aquel 2 de abril de 2004 cuando se separaron en la esquina de la 105 y la avenida Lorrain. Su hijo Anthony entrevistó a la madre y escribió un reportaje para un periódico local cuando estudiaba periodismo. Ruiz supo que mientras estuvo casado, Castro encerraba a sus hijas en el clóset.
Junto a la joven de ascendencia puertorriqueña estuvieron cautivas –amarradas con cadenas y sogas– Michelle Knight y Amanda Berry, y además fue hallada una niña de seis años, que pudiera ser hija de Berry. Ruiz afirmó que Berry, quien tuvo la valentía para pedir ayuda cuando se presentó la oportunidad para que las rescataran, “es una veterana”. Reconoció que aquí no acaba todo, sino que comienza una etapa nueva, de trabajo arduo. “Hay que empezar con ella de nuevo”, dijo sobre la ayuda que puede necesitar su ser querido para superar los traumas y heridas emocionales que pudieron causar el encierro y el maltrato que sufrió.
Peter W. Miller
VP de Recursos Humanos María Luisa Roca
VP de Finanzas Ángel de Jesús
VP Mercadeo y Relaciones Públicas Stephanie M. Moore
VP Sénior de Ventas Edwin Cruz
VP de Ventas Rafael Bautista
Directora de Recursos Humanos Wandy Gomila
Directora Clasificados Dolores Barreiro
Director Producción y Tráfico
Desea que su sobrina-nieta visite la Isla, mientras que su hermano –el abuelo de Gina– quien vive en Florida, quisiera que viaje a ese estado a pasar una temporada.
Guillermo Alonso Roca
Directora de Tráfico Ilia M. Pérez Centeno
Director de Operaciones y Control de Calidad Prensa Eligio Dekony
Cargos contra solo uno de los Castro AP / Cleveland Police Department
THE ASSOCIATED PRESS
ARIEL CASTRO
CLEVELAND, Ohio - Las autoridades presentaron cargos de secuestro y violación contra un hombre de Cleveland, en cuya casa fueron encontradas esta semana tres mujeres desaparecidas hace una década. Ariel Castro, de origen puertorriqueño y propietario de la vivienda, fue acusado ayer. Sus hermanos Pedro y Onil Castro están detenidos, pero no enfrentan cargos por el momento. Los hombres están en custodia y no fue posible comunicarse con
ellos para que hicieran declaraciones a la Prensa. Su cuñado ha dicho que la familia está “totalmente impactada” después de escuchar de las mujeres que estaban en la casa. Las tres mujeres desaparecieron entre el 2002 y 2004, y fueron encontradas el lunes después de que una de ellas gritó pidiendo ayuda para escapar y se puso en contacto con la Policía. La Policía indicó que entre la evi-
dencia que encontraron dentro de la casa había cuerdas y cadenas. Un concejal de la ciudad informó que las mujeres estuvieron sometidas a prolongados abusos sexuales y psicológicos, y se les practicaron abortos. Ayer trascendió que en los años que siguieron a la desaparición de Gina de Jesús –una de las jóvenes secuestradas–, Castro distribuyó volantes con la foto de la menor y tocó música en un acto de recaudación de fondos en su honor.
Directores Asociados Eméritos Carlos Romero González Germán Martínez Negroni Dirección Postal Apartado 9027515, San Juan, P.R. 00902-7515 Dirección Física EL VOCERO DE PUERTO RICO 206 Ave. Constitución San Juan, Puerto Rico 00901 Dirección Electrónica redacción@vocero.com El Vocero de Puerto Ricos se publica 5 días a la semana, de lunes a viernes. Cuadro: (787) 622-2300 (787) 721-2300 Servicio al cliente: (787) 622-7480 Clasificados: (787) 622-7495 (787) 724-1485
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NEGOCIOS / JUEVES, 9 DE MAYO DE 2013 El periódico de Puerto Rico
SUMINISTRADA
negocios
N
Consumidor pagará más IVU ILEANEXIS VERA ROSADO, EL VOCERO
El Centro Unido de Detallistas (CUD) convocó una reunión con más de quince sectores comerciales que representan pequeños y medianos comercios (PYMES), quienes coincidieron será imposible para sus negocios absorber el nuevo impuesto, ya que sus márgenes de ganancia apenas alcanzan el 3%, por lo que automáticamente les será transmitido a los consumidores.
en más de una ocasión el nuevo impuesto. Segmentos como las ventas al detal, mecánica, cuido de ancianos y gasolineras, entre otros, son algunos donde el IVU fácilmente es cobrado al consumidor en varias ocasiones dentro de la cadena de distribución.
A la misma vez aceptaron que el Impuesto de Venta y Uso (IVU) –que se hará extensivo a varios sectores donde no opera hasta ahora– será pagado en varias ocasiones dentro de una misma cadena de distribución, encareciendo abruptamente su costo hasta llegar a los consumidores.
Asimismo, los comerciantes enfatizan que los efectos que tendrá en sus respectivos sectores la Ley de Redistribución y Ajuste de la Carga Contributiva (P. de la C. 1073), que pretende expandir la base del IVU será uno devastador, que al final del día solo repercutirá en el cierre de establecimientos. Uno de los que entiende será altamente afectado son los distribuidores.
La mayoría de los comercios aseguraron depender de otros servicios y productos por los cuales ahora vendrán obligados a cobrar IVU, los cuales ante su limitado margen de ganancias tendrán que transferirlo a sus clientes, quienes en ocasiones prácticamente pagarán
Héctor Amador, representante del sector de distribución, aseguró que al tener que imponer el nuevo impuesto a sus clientes, entre los que figuran muchas multinacionales, estas optarán por traer la mercancía de afuera sacándolos a ellos del mercado.
En el caso de los gasolineras, sus representantes aseguran que están sobreviviendo gracias a los alquileres de otros negocios y a sus tiendas de conveniencias, las cuales ahora se verían obligadas a pagar IVU sobre sus alquileres, lo que representaría que muchas de ellas opten por cerrar sus negocios y con ello arrastrando a las gasolineras, sostuvo Carlos Crespo, detallista de gasolina. En un sentido muy similar se expresó Julie García, que ofrece servicio de mantenimiento a las empresas. Según la empresaria, este nuevo impuesto representaría que muchas empresas reduzcan el servicio solicitado para poder cumplir con el presupuesto, el cual está presupuestado con un año de anticipación y no puede ser cambiado de un día para otro. Esta merma de horario o servicio representaría la cesantía de entre 50 a 80 empleados para poder mantener la operación. Aseguró que para su empresa es imposible absorberlo por lo reducido de sus márgenes de ganancia.
FirstBank refuerza su marca REDACCIÓN NEGOCIOS, EL VOCERO
FirstBank lanzó la tercera fase de su campaña encaminada a fortalecer el reconocimiento de la marca, con una inversión de $2 millones y que llevará su mensaje a medios tradicionales y plataformas cibernéticas. ‘Emociones’, como se ha denominado este esfuerzo promocional, resalta la imagen de personas que han alcanzado logros tras la ayuda lograda con los diversos productos que ha desarrollado la institución financiera. Antonio Pertiñez, primer vicepresidente de Mercadeo y Relaciones Públicas de FirstBank, explicó que la campaña se enfoca en el servicio personalizado que ofrecen a sus clientes, para el logro de sus metas. “Logramos transmitir el mensaje de servicio personalizado a través del recurso cinematográfico ‘mnemonic’, que permite una asociación mental para facilitar el recuerdo de algo. En esta ocasión, no estamos sustituyendo nombres sino anteponiendo las emociones. De esta manera, se lograron animadas ejecuciones al colocar el logo del banco sobre el rostro de los clientes por medio de movimientos digitales”, indicó Pertiñez. Destacó que la campaña debe reforzar los resultados de estudio reciente Advertising Tracking de Ipsos Hispania, el cual reveló que los clientes colocan a FirstBank en la segunda posición en el mercado, como la institución financiera que los ayuda a alcanzar sus metas y sueños. Pertiñez también citó el estudio RepTrack Pulse Puerto Rico de Gaither, que señala a FirstBank como el banco con la mejor reputación.
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Demandado(a) CIVIL NUM. K CD2011-2689. SALA 602. SOBRE: ACCION CIVIL DE COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: SUCESION DE YETIEVE YOLANDA BASORA CAMACHO t/c/c YETIVE BASORA CAMACHO, t/c/c VISITE A DOÑA NEGRA YOLANDA BASORA Consulta previa de Lunes a Sá- YETTIEVE CAMACHO t/c/c YETTIVE BAbado de 8am-8pm. Consulta Es- SORA CAMACHO compuesta piritual, Amor, Negocio y Salud. por KIM FIGUEROA BASORA, Todo garantizado por un año. PAUL FIGUEROA BASORA, 787-268-2275 c/ Rafael Cepe- CRISTINE FIGUEROA BASORA, JOHN DOE Y RICHARD da #330 Villa Palmeras Sant. ROE como posibles herederos desconocidos. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a u usted que el 29 de abril de 2013, este Tribunal ha dictado LECTURA TAROT Y CARACOLES. TODO TIPO DE Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha TRABAJO GARANTIZADO sido debidamente registrada y CORTINAS DE LONA, Canopy, archivada en autos donde podrá Roll Up Shades y Verticales usted enterarse detalladamente 787 510-5318 de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 DETECTIVE ¿Duda usted de días siguientes a su notificación. su pareja, hijos o amigos? HANDYMAN HACEMOS Todo Y, siendo o representando usted tipo de trabajo RESIDENCIAL e Tenga la prueba a donde van. una parte en el procedimiento INDUSTRIAL 787-321-7417 787.989.9854 787.922.5743 sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notifiCONSTRUCCION Amistad, matrimonio ofic. Cel cación, dirijo a usted esta notifiAUTORIZADOS x DACO 787 455-1261 también internet cación que se considerará hecha 787 718-4824 & 787 354-7446 www.clubbuscandopareja.com en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 2 de mayo de 2013. EN SAN JUAN, Puerto Rico, el 2 de mayo de 2013. REBECCA RIVERA TORRES. NOMBRE SECRETARIO(A). BALADO SIERRA IRIS. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR.
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JOHN DOE y RICHARD ROE como posibles herederos desconocidos
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ED-8177 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE TOA ALTA.
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DORAL BANK Demandante VS.
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EDICTOS
JUAN ANGEL MONTAÑEZ GOMEZ t/c/c JUAN A. MONTAÑEZ GOMEZ t/c/c JUAN MONTAÑEZ GOMEZ NANCY ALICEA NIEVES y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos
rará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 30 de abril de 2013. EN TOA ALTA, Puerto Rico, el 30 de abril de 2013. CC: LCDO. JUAN D GARCIA CHAMORRO - 33 CALLE BOLIVIA, SUITE 701, SAN JUAN, PR 00917-2010. MIGDALIA MARRERO CALDERON, SECRETARIA DEL TRIBUNAL CONF. II. ELINNETTE MARRERO CRUZ, SECRETARIA AUXILIAR TRIBUNAL I. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR. ED-8175 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMON.
DORAL BANK Demandante v.
RIVERA PACHECO AMADO t/C/C
Demandado(a) CIVIL NUM. CD2012-3434. SALA 506. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: AMADO RIVERA PACHECO t/c/c AMADO LUIS RIVERA PACHECO. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 23 de abril de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 30 de abril de 2013. En BAYAMON, Puerto Rico, el 30 de abril de 2013. MIGDALIA RIVERA COLON. NOMBRE SECRETARIO(A). MARISOL RODRIGUEZ CANCEL. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR.
ED-8179 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE AGUADILLA.
ARIEL EDWARD TURLEY Demandante VS.
ANGELICA MARIE CARRILLO
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CIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.
DORAL BANK Demandante v.
LA SUCESION de YETIEVE YOLANDA BASORA CAMACHO t/c/c YETIVE YOLANDA BASORA CAMACHO t/c/c YETTIEVE YOLANDA BASORA CAMACHO t/c/c YETTIVE BASORA CAMACHO compuesta por KIM FIGUEROA BASORA PAUL FIGUEROA BASORA CRISTINE FIGUEROA BASORA
0529. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: SR. JUAN ANGEL MONTAÑEZ GOMEZ t/c/c JUAN A. MONTAÑEZ GOMEZ t/c/c JUAN MONTAÑEZ GOMEZ, NANCY ALICEA NIEVES y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos - CASITAS DE LA FUENTE, F-11, TOA ALTA PR 00953; URB. COVADONGA 3D14 CALLE 13, TOA BAJA PR 00949-5321. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 9 de enero de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los (10) días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de (30) días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se conside-
CION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: SRA. ANGELICA MARIE CARRILLO. 51 Altera Court Kissimmee, Fl 34758. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 26 de abril de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 30 de abril de 2013. En AGUADILLA, Puerto Rico. el 30 de abril de 2013. ANA M. AVILES GONZALEZ, SECRETARIA REGIONAL. LUZ M. APONTE PEREZ, NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR.
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ED-8178 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE CAROLINA.
ED-8180 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA MUNICIPAL DE JUANA DIAZ.
DORAL BANK
COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA ISABEL
Demandante v.
MARIA ISABEL GOMEZ TORRES t/c/c MARIA I. GOMEZ TORRES t/c/c MARIA I. TORRES GOMEZ t/c/c MARIA I. GOMEZ DE RAMIREZ por sí y como miembro de la Sucesión de CARMEN MARIA TORRES VEGA FULANO DE TAL y SUTANA DE TAL como herederos desconocidos de la SUCESION
Demandado(a) CIVIL: F CD2011-1467. SALA: 406. SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: MARIA ISABEL GOMEZ TORRES t/c/c MARIA I. GOMEZ TORRES t/c/c MARIA I. TORRES GOMEZ t/c/c MARIA I. GOMEZ DE RAMIREZ por sí y como miembro de la SUCESION DE CARMEN MARIA TORRES VEGA, FULANO DE TAL Y SUTANA DE TAL como herederos desconocidos de la SUCESION. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 26 de noviembre de 2012, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 30 de abril de 2013. En CAROLINA, Puerto Rico, el 30 de abril de 2013. EN CAROLINA, Puerto Rico, el 30 de abril de 2013. MIRIAM ROSA MALDONADO. NOMBRE SECRETARIO(A). RUTH M. COLON LUCIANO. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO AUXILIAR DEL TRIBUNAL. ED-8176 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE CIDRA. 0201 SALON DE SESIONES.
COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SAN JOSE VS.
RIVERA SANTOS AMID CASO NUM. ECCI201200622. SOBRE: COBRO DE DINERO REGLA 60. LIC. JOSE A SANTINI BONILLA. PO BOX 552 AIBONITO PR 00705. NOTIFICACION DE SENTENCIA. EL SECRETARIO que suscribe notifica a u usted que este Tribunal ha dictado Sentencia en el caso de epígrafe con fecha de 23 de abril de 2013, que ha sido debidamente registrada y archivada en los autos de este caso, donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Y, siendo o representando usted la parte perjudicada por la Sentencia, de la cual puede establecerse recurso de apelación, dirijo a usted esta notificación, habiendo archivado en los autos de este caso copia de ella con fecha 29 de abril de 2013. AMID RIVERA SANTOS - COLINAS MONTICELO CIDRA PR 007399942. CYNTHIA M ORTIZ COLON - 6 COLINAS MONTICELO CIDRA PR 00739-9942. RIVERA-ORTIZ SOC LEGAL GANAN - 6 COLINAS MONTICELO CIDRA PR 00739-9942. CIDRA, PUERTO RICO, A 29 DE ABRIL DE 2013. CARMEN IRIS GARCIA PEREZ, SECRETARIO. POR: MAGALY COLON MENDOZA, SEC. AUX.
Demandante v.
KELVIN TORRES COLON Demandado(a) CIVIL: JFCI200600035. SOBRE: COBRO DE DINERO (REGLA 60). NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. LCDO. JOSE A. CANDELARIO LAJARA - COND. VICK CENTER S407-D, 867 AVE. MUÑOZ RIVERA, SAN JUAN, PR 00925. KELVIN TORRES COLON - PO BOX 1043, SANTA ISABEL, PR 00757. SHIRLEY J. RENTAS MATEO - PO BOX 1043, SANTA ISABLE, PR 00757. TORRESRENTAS, SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES - PO Boa 1043, SANTA ISABLE, PR 00757. PEDRO L. RENTAS FERNANDEZ - BO. OLLAS, 230 CALLE 1, SANTA ISABEL, PR 00757. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 24 de mayo de 2006, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 29 de abril de 2013. EN JUANA DIAZ, Puerto Rico, el 29 de abril de 2013. LUZ MARITZA DIAZ PEREZ. NOMBRE SECRETARIO(A). VANESSA RODRIGUEZ MALDONADO. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR. ED-8184 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE ARECIBO.
IGUINA BRENDALIZ Demandante VS.
PEMACO CORP. APPLIED DEVELOPMENT
Demandado CASO: C AC2008-4068. SALON: 0402. ACCION CIVIL. SOLICITUD HACER CUMPLIR ORDEN. CAUSAL/DELITO. A: PEMACO CORPORATION Y APPLIED DEVELOPMENT CORP. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTOS. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 30 de diciembre de 2011, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recursos de revisión o apelación dentro del término de 30 días di contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 10 de enero de 2013. SALICETI MALDONADO JOSE A. PO BOX 97, ADJUNTAS, PR 00601. QUINTANA ACEVEDO ERICK M. URB. HERMANAS DAVILA D 3 AVE BETANCES BAYAMON, PR 00959. APPLIED DEVELOPMENT, CORP. PO BOX 86 VEGA BAJA PR 00694. PEMACO CORP. PO BOX 2396 VEGA BAJA PR 00694. ARECIBO, PUERTO RICO, A 10 DE ENERO DE 2013. MARILUZ DIAZ RODRIGUEZ, SECRETARIO. POR: ROSA GUZMAN ROMAN, SECRETARIO AUXILIAR.
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CLASIFICADOS / JUEVES, 9 DE MAYO DE 2013 El periódico de Puerto Rico
ED-8182 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE CAGUAS.
COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO ELECTRO COOP Demandante Vs.
ED-8181 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL SUPREMO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR/MUNICIPAL DE CAGUAS.
COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CAGUAS COOP Demandante v.
JORGE A. FERNANDO ROSA CRUZ CARDONA FULANA DE TAL RODRIGUEZ por sí y en FULANA DE TAL representación de la por sí Sociedad Legal de y en representación Bienes Gananciales de la Sociedad Legal compuesta de Bienes Ganciales por ambos Demandado(a)
Demandado(a) CIVIL NUM.: E CD2012-0584. SALA: 612. SOBRE: COBRO DE DINERO. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. JORGE A. ROSA CRUZ, FULANA DE TAL por sí y en representación de la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos. EL (LA) SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 15 de marzo de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia o Sentencia Parcial en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia o Sentencia Parcial, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 30 de abril de 2013. EN CAGUAS, Puerto Rico, el 30 de abril de 2013. CARMEN IRIS GARCIA PEREZ. NOMBRE SECRETARIO(A) REGIONAL. LILI RODRIGUEZ. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR.
CIVIL: E CD2012-0618. SALA (403A). SOBRE: COBRO DE DINERO (VIA ORDINARIA). NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: FERNANDO CARDONA RODRIGUEZ. URB. BAIROA PARK 2HJ-18 CALLE ENRIQUE MORENO CAGUAS PR 00725. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 25 de abril de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación, dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicaciónde este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 30 de abril de 2013. EN CAGUAS, Puerto Rico, el 30 de abril de 2013. CARMEN IRIS GARCIA PEREZ. NOMBRE SECRETARIO(A). MAGDALENA MERCED GARCIA. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR.
MERCADO VAZQUEZ NILMA
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de la fecha de la notificación, ACEPTEN O REPUDIEN la p a r t i cipación que les corresponda en la herencia de los causantes Víctor Hernández Lebrón, Otilia Vicéns Vallejo t/c/c Otilia Vicent Vallejo t/c/c Otilia Vincent Vallejo. Se les apercibe a los herederos antes mencionados que de no expresarse dentro de ese término de treinta (30) días en torno a su aceptación o repudiación de herencia, se tendrá por aceptada. EXPEDIDO bajo mi firma y con el Sello del Tribunal. DADA hoy APR 29 2013, en Carolina, Puerto Rico. MIRIAM ROSA MALDONADO, SECRETARIA REGIONAL. POR: LOURDES DIAZ MEDINA, SEC. AUX. TRIB. ED-8186 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMON..
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RICARDO FONSECA SERRANO
Demandado(a) CIVIL: CD2012-2445 (401). SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA (IN REM). NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: RICARDO FONSECA SERRANO. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 25 de abril de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia. Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia o Sentencia Parcial, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 30 de abril de 2013. EN BAYAMON, Puerto Rico, el 30 de abril de 2013. MIGDALIA RIVERA COLON. NOMBRE SECRETARIO(A). SANDRA I. BAEZ HERNANDEZ. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. ED-8183 ESTADO LIBRE ASO- FIRMA SECRETARIO(A) AUXIED-8185 ESTADO LIBRE ASO- CIADO DE PUERTO RICO. TRICIADO DE PUERTO RICO. TRI- BUNAL DE PRIMERA INSTAN- LIAR. BUNAL DE PRIMERA INSTAN- CIA, CENTRO JUDICIAL DE CACIA, SALA DE ARECIBO. ROLINA, SALA SUPERIOR. ED-8187 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTIDemandante CIA. TRIBUNAL DE PRIMERA v. INSTANCIA, SALA SUPERIOR Demandante DE GUAYNABO. VS.
EX PARTE Demandado CASO: C JV2012-0562. SALON: 0402. JURISDICCION VOLUNTARIA. EXPEDIENTE DE DOMINIO. CAUSAL/DELITO. A: JUAN DEL PUEBLO de nombre desconocido y al inmediato anterior dueño y a cualquier persona que tenga interés y al público en general. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTOS. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 03 de abril de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recursos de revisión o apelación dentro del término de 30 días di contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 18 de abril de 2013. MILLET MARTINEZ MIGUEL A. PO BOX 8672 BAYAMON, PR 00960. GONZALEZ ANTONGIORGI WILSON R. PO BOX 1236 ARECIBO, PR 00612. ARECIBO, PUERTO RICO, A 18 DE ABRIL DE 2013. MARILUZ DIAZ RODRIGUEZ. POR: JESSICA TORRES, SECRETARIA AUXILIAR.
LAS SUCESIONES DE VICTOR HERNANDEZ LEBRON y OTILIA VICENS VALLEJO t/c/c OTILIA VICENT VALLEJO t/c/c OTILIA VINCENT VALLEJO compuesta por VICTOR MANUEL HERNANDEZ VICENS y JULIO CESAR HERNANDEZ VICENS
Demandados CIVIL NUM.: FCD2013-0301 (402). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. MANDAMIENTO DE INTERPELACION. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A LA PARTE DEMANDADA: VICTOR MANUEL HERNANDEZ VICENS y JULIO CESAR HERNANDEZ VICENS como miembros de las SUCESIONES DE VICTOR HERNANDEZ LEBRON y OTILIA VICENS VALLEJO t/c/c OTILIA VICENT VALLEJO t/c/c OTILIA VINCENT VALLEJO a su última dirección conocida: FISICA: Quebrada Grande, 852, KM 2.6, Trujillo Alto, PR 00977. POSTAL Urb. Sagrado Corazón, 420 Calle San Genaro, San Juan, PR 00926. Se ordena a los herederos de los causantes, a saber: VICTOR MANUEL HERNANDEZ VICENS y JULIO CESAR HERNANDEZ VICENS a que dentro del mismo término de treinta (30) días contados a partir
DORAL BANK Demandante v.
VICTOR REYES DE LEON, y/o
Demandado(a) CIVIL: D2CD2012-0305. SOBRE: COBRO DE DINERO. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: VICTOR REYES DE LEON, LYDIA COTTO ORTEGA t/c/c LIDIA COTTO ORTEGA y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 8 de abril de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 30 de abril de 2013. EN GUAYNABO, Puerto Rico, el 30 de abril de 2013. GLORIMAR RIVERA RIVERA. NOMBRE SECRETARIO(A). MAIRENI TRINTA MALDONADO. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR.
ED-8188 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN, SALA SUPERIOR.
DORAL BANK Demandante v.
JACQUELINA RODRIGUEZ MONTALVO t/c/c JACQUELINE RODRIGUEZ MONTALVO
Demandada CIVIL NUM.: K CD2013-0566 (508). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A LA PARTE DEMANDADA: JACQUELINA RODRIGUEZ MONTALVO t/c/c JACQUELINE RODRIGUEZ MONTALVO a su última dirección conocida FISICA: Condominio White Towers, PH-9, San Juan, PR 00919 POSTAL PO Box 50553, Toa Baja, PR 00950. Por la presente se le(s) notifica que se ha radicado en la Secretaría de este Tribunal una Demanda en Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca en su contra, en la cual se alega que adeuda a la parte demandante la suma de $79,403.93 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 7.950% anual desde el 1 de julio de 2012. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además la parte demandada adeuda a la parte demandante los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento; las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $8,520.00 y cualquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca número 23, otorgada ante el Notario María Elena Arroyo Rojas, el día 28 de febrero de 2006, sobre la finca número 26,812 inscrita al folio 26 del Tomo 1071 del Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Tercera. Este Tribunal ha ordenado que se le(s) cite a usted(es) por edicto que se publicará una sola vez en un periódico de circulación general. Se le(s) emplaza y requiere que dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto excluyendo el día de la publicación de este edicto conteste(n) la demanda radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la Contestación de la Demanda a las oficinas de MARTINEZ & TORRES LAW OFFICES, P.S.C. ATENCION al Lcdo. José David Hernández Dávila P.O. Box 192938, San Juan, Puerto Rico 00919-2938; Tel (787) 767-8244, Fax (787) 767-1183, Abogado de la Parte Demandante. Se le(s) advierte que si dejare(n) de contestar la Demanda en el período de tiempo antes mencionado, podrá dictarse contra usted(es) Sentencia en Rebeldía, concediéndose el remedio solicitado sin más citarle(s) ni oírle(s). EXPEDIDO bajo mi firma y con el Sello del Tribunal. DADA hoy APR 29 2013. LCDA. REBECCA RIVERA TORRES, SECRETARIA REGIONAL. POR: BRENDA BAEZ ACABA, SEC. SERV. A SALA. CB-2289 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE QUEBRADILLAS
BANCO SANTANDERPUERTO RICO Demandante v.
BERNARDA ROMAN AVILA Y JEANNETE LOPEZ ROMAN T/C/C JEANETTE LOPEZ ROMAN Demandadas CIVIL NUM.: CICD2012-0005 SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA (IN REM) ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA SS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO EDICTO DE SUBASTA Yo, Luis F. Padín Valentín, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Camuy, al público en general: CERTIFICO Y HAGO SABER: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia fechado de 21 de diciembre de 2012, que me ha sido dirigido por la secre-
taría del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Quebradillas, en el caso arriba indicado, venderé en la fecha o fechas que más adelante se indican, en pública subasta al mejor postor, en moneda legal de los Estados Unidos de América, en mi oficina sita en el local que ocupa en el Centro Judicial de Camuy, Puerto Rico, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada en el inmueble que se describe a continuación: "RUSTICA: Predio de terreno ubicado en el Barrio Cocos del término municipal de Quebradillas, Puerto Rico, con un área superficial de setecientos dieciséis punto setecientos veinticuatro metros cuadrados (716.724 m/c), equivalentes a cero punto mil ochocientos veintitrés (0.1823) cuerdas. En lindes por el Norte, con Carmen Borges; por el Sur, con Luis Nieves y camino municipal; por el Este, con Carmen Borges y por el Oeste, con Félix Nieves." Inscrita al folio 60 del tomo 118 de Quebradillas, finca #6,148, Sección II de Arecibo del Registro de la Propiedad. Se aclara que la parte demandante solamente ejecutará la propiedad inmueble antes descrita y no reclamará suma adicional si dicho producto resultase insuficiente para cubrir el pago de las sumas adeudadas. El inmueble antes descrito se encuentra afecto a los siguientes gravámenes, los cuales son objeto de ejecución en el presente caso: a. HIPOTECA en garantía de un pagaré a favor de Santander Mortgage Corporation, o a su orden, por la suma de $140,000.00, intereses al 6 1/4% anual y vencedero el 1 de junio de 2035, según consta de la escritura número 209, otorgada en San Juan el 25 de mayo de 2005 ante el Notario Pedro D. Quiles Mariani, inscrita al folio 175 vuelto del tomo 200 de Quebradillas, inscripción 13ª. b. AVISO DE DEMANDA radicada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Quebradillas (el documento dice San Germán), en el caso civil número CICD20120005, seguido por Banco Santander -Puerto Rico, demandante vs. Bernarda Román Ávila y Jeannette López Román, demandadas. Por la misma se reclama el pago del préstamo hipotecario garantizado con la Hipoteca por $140,000.00, la cual se haya reducida a $132,607.05 de la inscripción 13ª. Inscrita al folio 175 del tomo 200 de Quebradillas, anotación "A". Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación que se transmite y que las cargas y gravámenes anteriores y las preferentes, si las hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante las acepta y queda subrogado en la responsabilidad de las mismas, sin destinarse a su extinción el precio del remate. El mejor postor debe hacer el pago en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. El precio mínimo de este remate con relación a la antes descrita finca y la fecha de cada subasta serán las siguientes: FECHA DE SUBASTA PRIMERA SUBASTA 13 de junio de 2013 a las 3:00 pm PRECIO MINIMO $140,000.00 SEGUNDA SUBASTA 20 de junio de 2013 a las 3:00 pm PRECIO MINIMO $93,333.33 TERCERA SUBASTA 27 de junio de 2013 a las 3:00 pm PRECIO MINIMO $70,000.00 Conforme a la sentencia dictada el día 27 de agosto de 2012 y archivada en los autos el 17 de septiembre de 2012, la anterior venta se hará para satisfacer las siguientes sumas adeudadas por concepto del préstamo hipotecario garantizado por la hipoteca antes mencionada: $132,607.05 de principal; intereses a razón del 6-1/4% anual, los cuales continúan acumulándose a la tasa establecida hasta el saldo de la deuda; $1,293.00 por concepto de cargos por mora, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo de la deuda; $25.00 por concepto de otros gastos, más la suma de $14,000.00 por concepto de honorarios de abogado. Se notifica por la presente a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre el inmueble a ser subastado con posterioridad a la inscripción del gravamen del ejecutante descrito anteriormente, o acreedores de cargas o derechos reales que los hubieren pospuesto al gravamen del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizado hipotecariamente con posterioridad al gravamen del actor para que puedan concurrir a la subasta si así lo interesan o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogado, quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Y,
para conocimiento de licitadores, del público en general, y para su publicación de acuerdo con la ley en un periódico de circulación general de la isla de Puerto Rico y en tres sitios públicos del Municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía, y vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida de la parte demandada, expido el presente edicto bajo mi firma y el sello de este Tribunal, en Camuy, Puerto Rico, hoy día 11 de febrero de 2013. Luis F. Padín Valentín ALGUACIL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE CAMUY Luis F. Padín Valentín 733. ED-8189 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE ARECIBO, SALA SUPERIOR.
DORAL BANK Demandante v.
HECTOR LUIS ROBLES RIVERA t/c/c HECTOR L. ROBLES RIVERA t/c/c HECTOR ROBLES RIVERA OLGA IRIS ROSARIO AYALA t/c/c OLGA I. ROSARIO AYALA t/c/c OLGA ROSARIO AYALA y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos Demandados CIVIL NUM.: CCD2013-0183 (404). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A LA PARTE DEMANDADA: HECTOR OLGA IRIS ROSARIO AYALA; t/c/c OLGA I. ROSARIO AYALA; t/c/c OLGA ROSARIO AYALA a su última dirección conocida FISICA: Villa Evangelina Calle 2 K 68.2, Manatí, PR 00674 POSTAL Villa Evangelina Calle 2 K 68.2, Manatí, PR 00674. Por la presente se le(s) notifica que se ha radicado en la Secretaría de este Tribunal una Demanda en Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca en su contra, en la cual se alega que adeuda a la parte demandante la suma de $61,092.75 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 5.400% anual desde el 1 de septiembre de 2012. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además la parte demandada adeuda a la parte demandante los cargos por demora equivalentes a 4.000% dela suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento; las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $7,439.90 y cualquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca número 237, otorgada ante el Notario Yvonne Vergne López, el día 2 de agosto de 2002, sobre la finca número 6257 inscrita al folio 137 vto del Tomo 158 del Registro de la Propiedad de Manatí. Este Tribunal ha ordenado que se le(s) cite a usted(es) por edicto que se publicará una sola vez en un periódico de circulación general. Se le(s) emplaza y requiere que dentro de los treinta (3) días siguientes a la publicación de este edicto excluyendo el día de la publicación de este edicto conteste(n) la demanda radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la Contestación de la Demanda a las oficinas de MARTINEZ & TORRES LAW OFFICES, P.S.C. ATENCION al Lcdo. José David Hernández Dávila P.O. Box 192938, San Juan, Puerto Rico 00919-2938; Tel (787) 767-8244, Fax (787) 7671183, Abogado de la Parte Demandante. Se le(s) advierte que si dejare(n) de contestar la Demanda en el período de tiempo antes mencionado, podrá dictarse contra usted(es) Sentencia en Rebeldía, concediéndose el remedio solicitado sin más citarle(s) ni oírle(s). EXPEDIDO bajo mi firma y con el Sello del Tribunal. DADA hoy APR 26 2013, en Arecibo, Puerto Rico. MARILUZ DIAZ RODRIGUEZ, SECRETARIA TRIBUNAL. YADIRA L. CUEVAS CORREA, SECRETARIA AUXILIAR.
CB-2290 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMON
DORAL BANK Demandante V.
LA SUCESION DE LOS FINADOS FELIZ ANTONIO RENTAS VAZQUEZ TAMBIEN CONOCIDO COMO FELIX A. RENTAS VAZQUEZ, GREGORIA RODRIGUEZ MONTAÑEZ TAMBIEN CONOCIDA COMO GREGORIA RODRIGUEZ COMPUESTA POR FELIX ANTONIO RENTAS CLEMENTE Y OTROS
Demandado (a) Civil: DCD2012-0250 SALA 501 Sobre: EJECUCION DE HIPOTECA (VIA ORDINARIA) NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO (Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto) A: WANDA RENTAS QUIÑONEZ - CALLE DESTINO #33 (PUEBLO), CATAÑO, PR 00962 FELIX ANTONIO RENTAS CLEMENTE, CARMEN NOEMI RENTAS RODRIGUEZ Y X, Y Z, HEREDEROS DESCONOCIDOS Y/O PERSONAS CON INTERESES EN EL CAUDAL DE FELIX ANTONIO RENTAS VAZQUEZ TAMBIEN CONOCIDO COMO FELIX A. RENTAS VAZQUEZ, GREGORIA RODRIGUEZ MONTAÑEZ TAMBIEN CONOCIDA COMO GREGORIA RODRIGUEZ. EL SECRETARIO (A) que suscribe le notifica a usted que 16 de abril de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 30 de abril de 2013. En Bayamón, Puerto Rico, el 30 de abril de 2013. Migdalia Rivera Colón, Nombre Secretario (a) Carmen M. Pintado, Nombre Secretario (a) Auxiliar. ED-8042 #1758292 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS, SALA SUPERIOR.
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante v.
RICARDO MARTINEZ ALMENAS Demandado CIVIL NUM: E CD2012-0579 (612). SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA VIA ORDINARIA (IN REM). Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, Funcionario del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, por la presente ANUNCIA y hace saber al público en general que en cumplimiento de la Sentencia dictada el día 24 de julio de 2012, procederé a vender en subasta, al mejor postor y por dinero en efectivo o cheque certificado todo título, derecho o interés de la parte demandada nombrada en el epígrafe, sobre la propiedad que más adelante se describe. Se ANUNCIA por medio
de este EDICTO que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 29 de mayo de 2013, a las 10:00 de la mañana, en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE CAGUAS. Siendo ésta la PRIMERA SUBASTA que se celebra en este caso, el tipo mínimo aceptable como oferta en la PRIMERA SUBASTA será el tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma de $83,129.00. De no haber remate o adjudicación en esta PRIMERA SUBASTA se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 5 de junio de 2013, a las 2:00 de la tarde, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será dos terceras partes del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma total de $55,419.33. Esta SEGUNDA SUBASTA habrá de celebrarse en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE CAGUAS. De no haber remate o adjudicación en esta SEGUNDA SUBASTA se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 12 de junio de 2013, a la 1:30 de la tarde, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca. Si tampoco hubiese remate o adjudicación en la TERCERA SUBASTA y se declarase desierta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo el acreedor adjudicarse la propiedad dentro de los diez (10) días siguientes, por la totalidad de la cantidad adeudada. La propiedad a ser vendida en subasta es la que se describe a continuación y para la cual se dan sus datos registrales: ---”URBANA: Solar radicado en la Urbanización Los Flamboyanes, situada en el Barrio Hato Nuevo, Sector Buena Vista, Gurabo, Puerto Rico, marcado con el número 36 del bloque G con una cabida superficial de 411.75 metros cuadrados. En lindes por el Norte, con Green Belt Area (swale) en 13.50 metros; por el Sur, con la calle número 24 en 13.50 metros; por el Este, con el solar número 37 del mismo bloque en 30.50 metros; por el Oeste, con el solar número 35 del mismo bloque en 30.50 metros.” Inscrita al folio 281 del tomo 326 de Gurabo, finca #12,986, inscripción 1ra., del Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Segunda. DIRECCION: URB. LOS FLAMBOYANES G-36 GURABO, PUERTO RICO. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer la Sentencia antes mencionada por la suma principal de $67,392.74 más intereses sobre dicha suma al tipo del 7.500% anual, desde el día 1 de septiembre de 2011, hasta su total y completo pago, más la suma estipulada de $8,312.90 para costas, gastos y honorarios de abogado, más cualesquiera otras sumas que aparezcan de la faz del contrato. Los autos y todos los documentos correspondientes a este procedimiento están de manifiesto en la Secretaría de este Tribunal durante los días y horas laborables, por lo que los interesados pueden referirse al expediente allí archivado, bajo el civil número que aparece en el epígrafe de este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera subasta. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente, que firmo y sello, en CAGUAS, Puerto Rico, hoy día 9 de enero de 2013. EDGARDO ALDEBOL MIRANDA, ALGUACIL.
CB-2295 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. COMISION DE SERVICIO PUBLICO. PO BOX 190870. SAN JUAN, P.R. 00919-0870. TRANSPORTACION TERRESTRE. AVISO. Caso Núm. PC1911-0E. El señor Víctor Echevarría García, es concesionario de este Organismo bajo la franquicia PC-1911-OE autorizado a operar ocho (8) unidades de mayor cabida como porteador por contrato en la transportación de escolares mediante paga en el área operacional del Municipio de Aguadilla a distintos barrios y sectores. Solicita una enmienda a su franquicia para extender su área operacional y cubrir los Municipios de Moca, San Sebastián e Isabela con sus respectivos barrios. HC-01 BOX 16024, AGUADILLA PUERTO RICO 00603. De oponerse a lo solicitado, deberá expresar los fundamentos por los cuales no deba concederse lo solicitado. De igual forma se citarán para VISTA PUBLICA y serán oídas, las personas que así lo soliciten por escrito, a la Comisión. En San Juan, Puerto Rico, hoy MAY 01 2013 RAMON A. VERA MONTALVO, COMISIONADO. PAULA RODRIGUEZ HOMS, COMISIONADA. RUTH D. BERRIOS RODRIGUEZ SECRETARIA. JESSICA FIGUEROA RIVERA, SUB-SECRETARIA.
EL VOCERO / CLASIFICADOS / JUEVES, 9 DE MAYO DE 2013 CB-2279 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON SALA SUPERIOR
DORAL BANK Parte Demandante VS
JESSICA GARCIA SAEZ POR SI Y COMO MIEMBRO DE LA SUCESION DE ALEXIS AGOSTO LANDRON; JOHN DOE Y RICHARD ROE COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS Parte Demandada CIVIL NUM.: DCD2008-2000 SALON NÚM.: 504 SOBRE ACCION CIVIL DE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE SUBASTA A: JESSICA GARCIA SAEZ POR SI Y COMO MIEMBRO DE LA SUCESION DE ALEXIS AGOSTO LANDRON; JOHN DOE Y RICHARD ROE COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS; Y AL PUBLICO EN GENERAL El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de Bayamón, Bayamón, Puerto Rico, hago saber, a la parte demandada y al PUBLICO EN GENERAL: Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 8 de enero de 2009, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que ubica y se describe a continuación: ---URBANA: Solar radicado en la URBANIZACION MANSIONES DE MONTECASINO I, en el barrio Candelaria del municipio de Toa Baja, Puerto Rico, que se describe en el plano de inscripción de la urbanización con el numero, área y colindancias que se relacionan a continuación: numero del solar: F guión tres, área CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS PUNTO CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (462.54 m.c.). En lindes por el NORTE, con la corporación de renovación Urbana y Vivienda (C.R.U.V.), en una distancia de quince punto cuatrocientos cuatro metros; Por el SUR, con la calle numero cinco, en una distancia de quince punto cuatrocientos cuatro metros; Por el ESTE, con el solar F guión cuatro, en una distancia de treinta punto cero treinta y seis y Por el OESTE, con el solar F guión dos, en una distancia de treinta punto cero veinte metros. Sobre este solar se ha construido una casa de vivienda para una familia, de bloques y hormigón. —Inscrita al folio 11 del tomo 521 de Toa Baja, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Segunda, finca número 28,363. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la suma de $178,495.68 de principal, más intereses al 6.50% anual desde el día 1ro. de febrero de 2010, más la suma de $18,430.00, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente desde la fecha antes mencionada, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca, todo ello, según surge de la SENTENCIA dictada en este caso el 15 de septiembre de 2008. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el (los) gravamen (es) aquí antes mencionado (s), a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 5 DE JUNIO DE 2013 A LAS 11:00 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de Bayamón, Bayamón, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de
$184,300.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 12 DE JUNIO DE 2013 A LAS 3:00 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $122,866.67 equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 19 DE JUNIO DE 2013 A LAS 3:00 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $92,150.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse al acreedor la finca aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721) Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte, a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborales. EXPIDO, el presente EDICTO, en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 11 de diciembre de 2012. Alg. Freddy Omar Rodríguez Collazo, Alguacil División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Bayamón. CB-2280 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON SALA SUPERIOR
DORAL BANK Parte Demandante VS
BASILIO CRUZ RODRIGUEZ Y SU ESPOSA CARMEN LYDIA VAZQUEZ SANTIAGO T/C/C CARMEN VAZQUEZ SANTIAGO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES CONSTITUIDA POR ESTOS Parte Demandada CIVIL NUM.: DCD2011-2361 SALON NÚM.: 402 SOBRE ACCION CIVIL DE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE SUBASTA A: BASILIO CRUZ RODRIGUEZ Y SU ESPOSA CARMEN LYDIA VAZQUEZ SANTIAGO T/C/C CARMEN VAZQUEZ SANTIAGO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES CONSTITUIDA POR ESTOS; Y AL PUBLICO EN GENERAL El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de Bayamón, Bayamón, Puerto Rico, hago saber, a la parte demandada y al PUBLICO EN GENERAL: Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 20 de septiembre de 2012, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que ubica y se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el número 44 del bloque ER, de la Urbanización Levittown, Barrio Sabana Seca de Toa Baja, Puerto Rico, con un área superficial de 345.00 metros cuadrados. En lindes por el Norte, en 15.00 metros, con Manuel Corchado, según plano
calle 644; por el Sur, en 15.00 metros, con el solar 16; por el Este, en 23.00 metros con el solar número 43; y por el Oeste, en 23.00 metros, con el solar 45. Enclava edificación para fines residenciales. Inscrita al folio 226 del tomo 185 de Toa Baja, Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Segunda, finca número 10,947. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la suma de $113,477.96 y $27,116.73 de principal, más intereses al 6-3/4% anual desde el día 1ro. de abril de 2011, más la suma de $11,600.00 y $2,900.00, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente desde la fecha antes mencionada, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca, todo ello, según surge de la SENTENCIA dictada en este caso el 11 de junio de 2012. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el (los) gravamen (es) aquí antes mencionado (s), a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 5 DE JUNIO DE 2013 A LAS 10:45 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de Bayamón, Bayamón, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es la suma de de $116,000.00 y $29,000.00 para un total de $145,000.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 12 DE JUNIO DE 2013 A LAS 2:45 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será la suma de $77,333.33 y $19,333.33 para un total de $96,666.66 equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 19 DE JUNIO DE 2013 A LAS 2:45 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $58,000.00 y $14,500.00 para un total de $72,500.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse al acreedor la finca aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721) Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte, a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborales. EXPIDO, el presente EDICTO, en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 11 de diciembre de 2012. Alg. Freddy Omar Rodríguez Collazo Alguacil División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Bayamón.
ED-8044 #BS-9749586 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE COAMO, SALA SUPERIOR.
MR-6595 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR
BANCO SANTANDER PUERTO RICO
Parte Demandante VS
Demandante
MODESTO BURGOS MATOS Demandado CIVIL NUM: B2CI2012-637. SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA (VIA ORDINARIA). Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, Funcionario del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, por la presente ANUNCIA y hace saber al público en general que en cumplimiento de la Sentencia dictada el día 5 de diciembre de 2012, procederé a vender en subasta, al mejor postor y por dinero en efectivo o cheque certificado todo título, derecho o interés de la parte demandada nombrada en el epígrafe, sobre la propiedad que más adelante se describe. Se ANUNCIA por medio de este EDICTO que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 22 de mayo de 2013, a las 10:30 de la am en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE COAMO. Siendo esta la PRIMERA SUBASTA que se celebra en este caso, el tipo mínimo aceptable como oferta en la PRIMERA SUBASTA, será el tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma de $125,052.00. De no haber remate o adjudicación en esta PRIMERA SUBASTA se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 29 de mayo de 2013, a las 10:30 de la am en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será dos terceras partes del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma total de $83,368.00. Esta SEGUNDA SUBASTA habrá de celebrarse en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE COAMO. De no haber remate o adjudicación en esta SEGUNDA SUBASTA se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 5 de junio de 2013, a las 10:30 de la am en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca. Si tampoco Si tampoco hubiese remate o adjudicación en la TERCERA SUBASTA y se declarase desierta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo el acreedor adjudicarse la propiedad dentro de los diez (10) días siguientes, por la totalidad de la cantidad adeudada. La propiedad a ser vendida en subasta es la que se describe a continuación y para la cual se dan sus datos registrales: ---”URBANA: Solar radicado en la Urbanización Valle Escondido, situada en el Barrio Cuyón del término municipal de Coamo, Puerto Rico, que se describe en el plano de inscripción de la urbanización con el número, área y colindancias que se relacionan a continuación: Número del solar: H-4, área del solar: 360.64 metros cuadrados. En lindes por el Norte, en 5.07 metros con el solar G-6 y en 10.65 metros con el solar G-8; por el Sur, en 15.63 metros con la Calle #7 de la urbanización; por el Este, en 22.23 metros con el solar H-5; y por el Oeste, en 23.92 metros con el solar H-3. Enclava estructura dedicada a vivienda para una familia con tres habitaciones, dos baños y marquesina doble.” Inscrita al folio 125 del tomo 304 de Coamo, finca #17,733, inscripción 2da., del Registro de la Propiedad de Barranquitas. DIRECCION: URB. VALLE ESCONDIDO H-4 COAMO, PUERTO RICO. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer la Sentencia antes mencionada por la suma principal de $118,631.32 más intereses sobre dicha suma al tipo del 6.000% anual, desde el día 1 de septiembre de 2011 hasta el 2 de noviembre de 2012 por $8,538.25 y $11,863.13 por costas, gastos y honorarios de abogado, más cualesquiera otras sumas que aparezcan de la faz del contrato. Los autos y todos los documentos correspondientes a este procedimiento están de manifiesto en la Secretaría de este Tribunal durante los días y horas laborables, por lo que los interesados pueden referirse al expediente allí archivado, bajo el civil número que aparece en el epígrafe de este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente, que firmo y sello, en COAMO, Puerto Rico, hoy día 27 de marzo de 2013. OMAR ROSA FUENTES, ALGUACIL 857. por: MADELINE A. TORRES PAGAN, ALGUACIL AUXILIAR 857.
DORAL BANK RAFAEL M. VILLALOBOS LOPEZ T/C/C RAFAEL MANUEL VILLALOBOS LOPEZ T/C/C RAFAEL VILLALOBOS LOPEZ POR SI Y COMO MIEMBRO DE LA SUCESION DE RUTH ELIZABETH VILLALOBOS BEUSMAN T/C/C RUTH BEUSMAN T/C/C RUTH E. VILLALOBOS BEUSMAN T/C/C RUTH E. VILLALOBOS COMPUESTA POR SU HIJO RAFAEL VILLALOBOS BEUSMAN; JOHN DOE Y RICHARD ROE COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS: ESTADOS UNIDOS DE AMERICA Parte Demandada CIVIL NUM.: KCD2011-2954 SALON NÚM.: 505 SOBRE ACCION CIVIL DE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE SUBASTA. A: RAFAEL M. VILLALOBOS LOPEZ T/C/C RAFAEL MANUEL VILLALOBOS LOPEZ T/C/C RAFAEL VILLALOBOS LOPEZ POR SI Y COMO MIEMBRO DE LA SUCESION DE RUTH ELIZABETH VILLALOBOS BEUSMAN T/C/C RUTH BEUSMAN T/C/C RUTH E. VILLALOBOS BEUSMAN T/C/C RUTH E. VILLALOBOS COMPUESTA POR SU HIJO RAFAEL VILLALOBOS BEUSMAN; JOHN DOE Y RICHARD ROE COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS: ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; DORAL MORTGAGE CORPORATION; Y AL PUBLICO EN GENERAL: El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de San Juan, San Juan, Puerto Rico, hago saber a la parte demandada, al PUBLICO EN GENERAL; y a el (los) siguiente(s) gravámen(es) posterior(es): DORAL MORTGAGE CORPORATION: A cuyo favor aparece inscrito un pagaré por la suma de $40,000.00, sus intereses al 8.45% y vencedero el 1 de diciembre de 2025, según escritura número 792, otorgada en San Juan, el 7 de noviembre de 2005, ante el notario Rey Javier De León Colón. Inscrita el 9 de septiembre de 2008, al folio 142 del tomo 1551 (ágora) de Río Piedras Norte, finca número 22,161. Inscripción sexta. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA: A cuyo favor aparece anotado un Embargo por la suma de $51,853.86, según notificación número 658655010, presentada el 7 de junio de 2010, al asiento 3, de la pagina 229, del Libro de Embargos Federales número 9, finca número 22,161. Nota: No podemos precisar si embargado y titular, son la misma persona. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA: A cuyo favor aparece anotado un Embargo por la suma de $38,280.31, según notificación número 605527709, presentada el 17 de diciembre de 2009, al asiento 1, de la pagina 66, del Libro de Embargos Federales número 9, finca número 22,161. Nota: No podemos precisar si embargado y titular son la misma persona. Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 30 de enero de 2013, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que se describe a continuación: 259B C LEMSON ST UNIV GARDE, SAN JUAN P.R. 00927: URBANA: Solar número 2-B TZ del plano de inscripción de la Urbanización Extensión University Gardens, localizada en el Barrio de Hato Rey, del municipio de San Juan, Puerto Rico, con un area de 249.00 metros cuadrados. En lindes por el Norte, en una distancia de 8.30 metros con el solar 25-A; por el Sur, en una
distancia de 8.30 metros, con la calle Clemson; por el Oeste, en una distancia de 30.00 metros, con el solar 3-A; y por el Este, en una distancia de 30.00 metros, con el solar 2-A. Todos del bloque TZ. Enclava una casa, contiene pared medianera. Inscrita al folio 210 del tomo 763 de Río Piedras Norte, Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Segunda, finca número 22161. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la SENTENCIA dictada a su favor, el día 30 de octubre de 2012, en el presente caso civil, a saber la suma de $107,717.35 de principal, más intereses al 7.95% anual desde el día 1ro. de julio de 2011, más la suma de $12,000.00, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente a partir del día 1ro. de agosto de 2011, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el (los) gravamen (es) aquí antes mencionado (s), a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 23 DE MAYO DE 2013 A LAS 11:00 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de San Juan, San Juan, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $120,000.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 3 DE JUNIO DE 2013 A LAS 11:00 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $80,000.00, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 10 DE JUNIO DE 2013 A LAS 11:00 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $60,000.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicárse al acreedor la finca aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721) Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte a todos los interesados que la co-demandada Estados Unidos de América, tiene el derecho a redimir la propiedad antes descrita dentro del término de ciento veinte (120) días desde la fecha de la venta y pública subasta, previo el pago de la cantidad ofrecida por el licitador a quien se le otorgue la buena pro, más intereses, todo ello a tenor con lo dispuesto en la Sección 2410(c) del Título 28 del Código de Estados Unidos de América
(28 USC 2410(c)) y la Sección 7425 (d)(1)(2) del Título 26 del mismo Código (26 USC 7425 (d)(1)(2)). Se le advierte, además, a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría de este el Honorable Tribunal, durante las horas laborables. EXPIDO, el presente EDICTO, en San Juan, Puerto Rico, hoy día 22 de abril de 2013. DIANA I. NAVARRO CRUZ. Alguacil Supervisor División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de San Juan. MR-6597 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR
DORAL BANK Demandante v.
VICTOR CABRERA LECLER Demandado CIVIL NÚM: FCD2012-0123 (404) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, giro o cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 24 de mayo de 2013, a las 10:15 de la mañana, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Urb. Ciudad Centro, 23 Calle Orocovix, Carolina, PR 00985; Solar 14-A Urb. Ciudad Centro, Barrio Trujillo Bajo, Carolina, PR 00985 y que se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el número 14 del bloque A en el plan de inscripción de la Urbanización Ciudad Centro, localizada en el barrio Trujillo Bajo del término municipal de Carolina, Puerto Rico. Tiene un área superficial de 436.12 metros cuadrados y sus colindancias son las siguientes: por el Norte, en 34.87 metros lineales con el lote 15 del bloque A; por el Sur, en 34.91 metros lineales, con el lote 13 del bloque A; por el Este, en 10.92 metros lineales, con la carretera Estatal Puerto Rico 853; y por el Oeste, en 12.50 metros lineales, con la calle 6. Afecta a este solar una servidumbre de 5 pies lineales de ancho que discurre a todo lo largo de colindancia Oeste a favor de la Puerto Rico Telephone Company. Enclava una casa de concreto de dos plantas diseñada para fines residenciales para una familia, constituida de acuerdo a los planos y especificaciones. Afecta a este solar una servidumbre de 5 pies lineales de ancho que discurre a todo lo largo de su colindancia Oeste a favor de la Puerto Rico Telephone Company. Afecta a este solar una servidumbre pluvial de 3.00 metros de ancho que discurre a todo lo largo de la colindancia Este. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio móvil del Tomo 1304 de Carolina, finca número 55,138, en el Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Segunda. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $184,000.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 31 de mayo de 2013, a las 1:45 de la tarde. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $122,666.67. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 7
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de junio de 2013, a las 1:45 de la tarde. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $92,000.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 226, otorgada el día 31 de marzo de 2004, ante el Notario Jacqueline Feliciano Archilla y consta inscrita en el Folio 136 del Tomo 1344 de Carolina, finca número 55,138, en el Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Segunda, inscripción sexta. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $170,056.85 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 6.500% anual desde el día 1 de enero de 2010. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $18,400.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $18,400.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $18,400.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. A: AVISO DE DEMANDA: En el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina, en el Caso Civil No. FCD-2007-1887, sobre ejecución de hipoteca, seguido por Doral Bank, versus Titular, se solicita el pago de la deuda garantizada con hipoteca de la inscripción 6ª, la cual asciende a la suma principal de $177,145.44, mas costas, gastos e intereses, todo según demanda de fecha 30 de octubre del 2007, anotado el 24 de enero del 2008, al folio 40 del tomo 1348 de Carolina, finca No. 55138, anotación "A". Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en Carolina, Puerto Rico, hoy día 6 de febrero de 2013. YOLANDA SANTIAGO AYALA ALGUACIL
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CLASIFICADOS / JUEVES, 9 DE MAYO DE 2013 El periódico de Puerto Rico
MR-6596 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR
DORAL BANK Parte Demandante VS
IRIS LOPEZ CAMACHO POR SI Y COMO MIEMBRO DE LA SUCESION DE ANIBAL COLON MORALES T/C/C ANIBAL COLON COMPUESTA POR SU HIJO ANIBAL COLON LOPEZ; JOEL ANIBAL COLON LOPEZ; JOHN DOE Y RICHARD ROE COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS Parte Demandada CIVIL NUM.: KCD2012-0108 SALON NÚM.: 908 SOBRE ACCION CIVIL DE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE SUBASTA. A: IRIS LOPEZ CAMACHO POR SI Y COMO MIEMBRO DE LA SUCESION DE ANIBAL COLON MORALES T/C/C ANIBAL COLON COMPUESTA POR SU HIJO ANIBAL COLON LOPEZ; JOEL ANIBAL COLON LOPEZ; JOHN DOE Y RICHARD ROE COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS ; Y AL PUBLICO EN GENERAL. El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de San Juan, San Juan, Puerto Rico, hago saber, a la parte demandada y al PUBLICO EN GENERAL: Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 8 de febrero de 2013, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que ubica y se describe a continuación: COND B AHIA APT 1308, SANTURCE P.R. 00915 URBANA: Apartamiento residencial número A-1308 ubicado en el Condominio Bahía (VBC-56), localizado en la calle Las Palmas esquina Cerra, Barrio Tras Talleres, en Santurce, San Juan, Puerto Rico, con un área privada de 870.74 pies cuadrados, equivalentes a 80.89 metros cuadrados, el cual contiene sala, comedor, cocina, baño, tres dormitorios y balcón, colindando por el NORTE, con parte del solar donde enclava el edificio que da frente a la calle Las Palmas, con el pozo de ventilación y servicio y con el apartamiento número A-1307 (pared medianera); por el SUR, con pasillo exterior del edificio; por el ESTE, con el pasillo exterior del edificio y con el apartamiento A1309 (pared medianera) y por el OESTE, con el pozo de ventilación y servicio y con el apartamiento número A-1307 (pared medianera). Le corresponde una participación en los elementos comunes generales de 44820% o sea, un 44.820 de 1%. Inscrita al folio 130 del tomo 233 de Santurce Sur, Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Primera, finca número 7,253. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la suma de $8,356.74 de principal, más intereses al 10.75% anual desde el día 1ro. de febrero de 2011, más la suma de $2,095.00, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente desde la fecha antes mencionada, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca, todo ello, según surge de la SENTENCIA dictada en este caso el 30 de noviembre de 2012. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el (los) gravamen (es) aquí antes mencionado (s), a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 23 DE MAYO DE
2013 A LAS 11:30 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de San Juan, San Juan, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $20,950.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 4 DE JUNIO DE 2013 A LAS 11:30 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $13,966.67 equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 11 DE JUNIO DE 2013 A LAS 11:30 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $10,475.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicárse al acreedor la finca aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721). Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte, a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborales. EXPIDO, el presente EDICTO, en San Juan, Puerto Rico, hoy día 22 de abril de 2013. DIANA I. NAVARRO. CRUZ. Alguacil División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de San Juan CB-2155 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR
DORAL BANK Parte Demandante VS
PEDRO RAMOS RIVERA Parte Demandada CIVIL NUM.: KCD2010-1019 SALON NÚM.: 903 SOBRE ACCION CIVIL DE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE SUBASTA A: PEDRO RAMOS RIVERA; JENNY MARTINEZ; CAPITALS INC.; Y AL PUBLICO EN GENERAL: El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de San Juan, San Juan, Puerto Rico, hago saber a la parte demandada, al PUBLICO EN GENERAL; y a el (los) siguiente(s) gravámen(es) posterior(es): JENNY MARTINEZ: A cuyo favor aparece inscrito un pagaré por la suma de $15,000.00, sin intereses y vencedero el 15 de octubre de 2014, según escritura número 23, otorgada en San Juan, el 15 de octubre de 2004, ante el notario Juan Ramón Sierra Quiñones. Inscrita el 3 de octubre de 2005 al folio 70 del tomo 992 (ágora) de Sabana Llana, finca número 5177. Inscripción séptima. CAPITALS INC.: A cuyo favor aparece inscrito una Sentencia por la suma de $5,516.29 y otras cantidades, según Sentencia de fecha 18 de mayo de 1987, dictada por el Tribunal Distrito de San Juan, en el caso civil número 86-4465 (501). Anotada el 27 de agosto de 1995, al asiento 342 del Libro de Sentencias número 1, finca número 5177. Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 25 de febrero de 2013, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que se describe a continuación: EXT. COUNTRY CLUB, #954 CALLE LABRADOR, SAN JUAN,
PR 00924 ---URBANA: Solar marcado con el #29 del Bloque AJ del plano de inscripción de la Segunda Extensión de la Urbanización Country Club, situada en el Barrio Sabana Llana de la municipalidad de Río Piedras, San Juan, Puerto Rico, con una cabida superficial de 300.15 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en 13.05 metros con la calle denominada calle #58; por el SUR, en 13.05 metros con el Expreso Ramal Este; por el ESTE, en 23.00 metros con el solar #28 y por el OESTE, en 23.00 metros con el solar #30. Enclava edificación ---Inscrita al folio 132 del tomo 120 de Sabana Llana, finca número 5,177, Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Quinta. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la SENTENCIA dictada a su favor, el día 11 de mayo de 2010, en el presente caso civil, a saber la suma de $51,182.57 de principal, más intereses al 6.875% anual desde el día 1ro. de septiembre de 2009, más la suma de $5,500.00, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente a partir del día 1ro. de octubre de 2009, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el (los) gravamen (es) aquí antes mencionado (s), a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 21 DE MAYO DE 2013 A LAS 11:30 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de San Juan, San Juan, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $55,000.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 29 DE MAYO DE 2013 A LAS 11:30 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $36,666.67, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 5 DE JUNIO DE 2013 A LAS 11:30 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $27,500.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse al acreedor la finca aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721) Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría de este Tribunal, durante las horas laborables. EXPIDO, el presente EDICTO, en San Juan, Puerto Rico, hoy día 22 de abril de 2013. Diana I. Navarro Cruz, Alguacil Auxiliar Alguacil Supervisor División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de San Juan.
CB-2156 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR
DORAL BANK Parte Demandante VS
JOSE D. SANCHEZ RIVERA T/C/C JOSE DAVID SANCHEZ RIVERA Y SU ESPOSA MRAIMA SIACA DULIEBRE T/C/C MORAIMA SIACA DULIEHE Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES CONSTITUIDA POR ESTOS Parte Demandada CIVIL NUM.: KCD2012-0963 SALON NÚM.: 902 SOBRE ACCION CIVIL DE: EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA IN REM AVISO DE SUBASTA A: JOSE D. SANCHEZ RIVERA T/C/C JOSE DAVID SANCHEZ RIVERA Y SU ESPOSA MRAIMA SIACA DULIEBRE T/C/C MORAIMA SIACA DULIEHE Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES CONSTITUIDA POR ESTOS; Y AL PUBLICO EN GENERAL El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de San Juan, San Juan, Puerto Rico, hago saber, a la parte demandada y al PUBLICO EN GENERAL: Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 27 de noviembre de 2012, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que ubica y se describe a continuación: CONDOMINIO ALTAMESA GARDENS, APTO. C-36, SAN JUAN, PR 00921. URBAN: Horizontal property: Apartment C-36, located on the ground floor of building #3, which is located in the Southeastern corner of the property. It consists of an irregular rectangular shaped body, measuring approximately 36’5 _’’ long by 24’0’’ wide that is an area of 833.13 square feet, equivalent to 77.40 square meters. Bounding by the NORTH, with the exterior wall which separates it from the common yard on the North side of the building; by the SOUTH, with the party wall which separates it from apartment C-35 and with the interior wall which separates it from the stairways located in the North extreme section of the building to which the entrance door of the apartment opens and which leads to the public way; by the EAST, with the exterior wall which separates it from the common yard on the East side of the building; and by the WEST, with the exterior wall which separates it from the common yard and on the West side of the building. This apartment consists of a combination living room, dining room, a kitchen equipped cabinets, a built in General Electric range, model J.M. 71 with counter and a 30 gallons capacity water heater, a bathroom, anteroom and 3 bedrooms. Con un porcentaje en los elementos comunes generales de .971%, correspondiéndole un valor de $17,500 dólares. Inscrita al folio 29 del tomo 677 de Monacillos, Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Tercera, finca número 21,871. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la suma de $54,249.57 de principal, más intereses al 7.50% anual desde el día 1ro. de agosto de 2011, más la suma de $6,645.00, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente desde la fecha antes mencionada, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca, todo ello, según surge de la SENTENCIA dictada en este caso el 14 de septiembre de 2012. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el (los) gravamen (es) aquí antes mencionado (s), a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo
de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 22 DE MAYO DE 2013 A LAS 9:30 DE LA MAÑANA , en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de San Juan, San Juan, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $66,450.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 30 DE MAYO DE 2013 A LAS 9:30 DE LA MAÑANA , en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $44,300.00 equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 6 DE JUNIO DE 2013 A LAS 9:30 DE LA MAÑANA , en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $33,225.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse al acreedor la finca aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721) Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte, a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborales. EXPIDO, el presente EDICTO, en San Juan, Puerto Rico, hoy día 22 de abril de 2013. Diana I. Navarro Cruz Alguacil Auxiliar Alguacil División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de San Juan. ED-8066 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS, SALA SUPERIOR.
DORAL BANK Demandante V.
RAFAEL FRANCISCO FIGUEROA COTTO
Demandado CIVIL NUM. ECD2008-1513 (401). SOBRE: COBRO DE DINERO. AVISO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA. Yo, CARLOS CENTENO MERCED, Alguacil Supervisor de la División de Subastas del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas, a los demandados y al público en general les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 7 de noviembre de 2012 y para satisfacer la Sentencia por la cantidad de $151,075.34 de principal, dictada en el caso el 5 de junio de 2009, notificada y archivada en autos el día 2 de julio de 2009, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a la propiedad localizada en : en el Municipio de Cidra, Puerto Rico, el bien inmueble que se describe a continuación: ---7 Salas torres St. Barrio Pueblo, Aguas Buenas, Puerto Rico. ---URBANA: Solar radicado en la Calle Salas Torres del municipio de Aguas Buenas, Puerto Rico, con una cabida superficial de cuatrocientos metros cuadrados (400.00 M.C.). En lindes por el NORTE, en dos alineaciones distintas, una de quince punto diez metros (15.10 M.),
con solar ocupado por la señora Genova Bruno y la otra de doce punto cuarenta metros (12.40 M.), con un solar ocupado por la señora Providencia Bruguera; por el SUR, en una distancia de treinta punto cero cero metros (30.00 M.) con el solar ocupado por el señor Gilberto Ferrer; por el ESTE, en una distancia de quince punto cincuenta metros (15.50 M.), con la calle Salas Torres; y por el OESTE, en una distancia de trece punto cuarenta metros (13.40 M.), con un solar ocupado por la señora Segunda Durán. Enclava una casa. ---Finca número 1,974, inscrita al Folio 54 del Tomo 56 de Aguas Buenas, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección Segunda de Caguas. Que con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $284,750.00 para la propiedad descrita. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 partes del valor de la tasación. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en ésta el tipo mínimo será de la 1/2 del valor de la tasación. Para el lote descrito, la primera subasta se llevará a cabo el día 20 de mayo de 2013, a las 10:30 de la mañana. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una segunda subasta el día 3 de junio de 2013, a las 3:00 de la tarde. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una tercera subasta el día 10 de junio de 2013, a las 2:00 de la tarde. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas. Del Estudio de Título surge el siguiente gravamen posterior, el cual pudiera ser cancelado: HIPOTECA: En garantía de un pagaré a favor de Doral Financial Corporation, o a su orden, por la suma de $51,250.00, intereses al 7.50% anual y a vencer el 1 de enero del año 2021, según consta de la escritura 1128, otorgada en San Juan, el 30 de diciembre de 2005, ante el Notario Juan Manuel casanova Rivera, inscrito y firmada mediante asiento abreviado el 28 de julio de 2011, al folio 39 vuelto del tomo 56 de Aguas Buenas, finca 1974, inscripción 7ma. OBSERVACION; En el Libro de Embargos Federales número 4, en la página 222, asiento 3, se encuentra presentado el día 5 de mayo de 2010, con el número de notificación 648774810, embargo contra Angel G. Rodríguez y Brenda Dávila (seguro social XXX-XX-9844), por la suma de $7,726.32. No podemos precisar si el titular y el embargado es la misma persona. Se le advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificara además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente AVISO para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Caguas, Puerto Rico, a JAN 16 2013. CARLOS CENTENO MERCED, ALGUACIL AUXILIAR 640. ALGUACIL.
CB-2164 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN
FRANCISCO ALMEIDA LEON, su esposa WANDA CRUZ QUILES y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos Demandantes VS
EMERITO ESTRADA RIVERA - ISUSU PUERTO RICO, INC.; Demandados CIVIL NUM. KCD 11-0142 (602) SOBRE: COBRO DE DINERO DAÑOS AVISO DE SUBASTA EEUU Presidente de EEUU Estado Libre Asociado P.R. A la parte demandada, a los tenedores de gravámenes posteriores, al público en general, y a cualquier persona o entidad que tenga interés o derecho en esta acción: CERTIFICO YO Pedro Hieye González, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, al público en general hago saber, que en cumplimiento de el Mandamiento de Ejecución de Sentencia liberado por la Secretaría del Centro Judicial de San Juan, venderé en pública subasta, el derecho a participación de la parte demandada en la siguiente propiedad: Lot CM, Este Maginal Expreso John F. Kennedy, Bechara Industrial Park, Barrio Monacillos, San Juan Puerto Rico. Urbana: Sita en el barrio Monacillos de Río Piedras con una cabida de 10, 986.903 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con la parcela adjudicada a Luis Lloréns Torres y Mercedes De la Torre; por el SUR con el camino de San Patricio; por el ESTE con Luis Lloréns Torres y por el Oeste con la carretera de San Juan a Bayamón hoy día carretera estatal número dos. Inscrita al folio 124 del tomo 785, sección tercera de San Juan, finca 13,936. La dirección física del inmueble es la siguiente: Lot, CM, Este Marginal Expreso John F. Kennedy, Bechara Industrial Park, Barrio Monacillos, San Juan, Puerto Rico. Con el producto de la subasta, el Alguacil pagara a la parte demandante hasta donde sea posible, el monto de la sentencia dictada, por $4,490,300.00. El precio mínimo de la primera subasta será $3,850,000.00. La subasta tendrá lugar en mi oficina en el Tribunal de Primera Instancia, sala Superior de San Juan Puerto Rico, el día 5 de junio de 2013, a las 9:00 de la mañana. De no haber adjudicación en la primera subasta, se celebrará una segunda subasta en el mismo indicado lugar, el día 12 de junio del 2013, a las 9:00 de la mañana, y el tipo mínimo será las dos terceras partes del precio mínimo pactado de la primera subasta. De no haber adjudicación de la segunda subasta, se celebrará la tercera subasta en el mismo indicado lugar, el día 19 de junio del 2013, a las 9:00 de la mañana y el precio mínimo para dicha tercera subasta será la mitad del precio mínimo pactado en la primera subasta. La subasta se adjudicará al mejor postor quien deberá consignar en el acto de adjudicación y remate el importe de su oferta en efectivo en moneda de los EEUU. La finca está afecta a gravámenes preferenciales y a gravámenes posteriores inscritos y/o presentados en el Registro de la Propiedad de San Juan, como sigue: a) Preferenciales Hipoteca en garantía de un pagaré a favor del portador, por la suma de $2,635,000.00 de principal, intereses al 10% anual, vencedero a la presentación, constituida mediante escritura número 34, otorgada en San Juan PR el 23 de abril de 1998, ante el notario público Charles P. Adams, e inscrita al folio 123 del tomo 785 de Monacillos, finca 13936, inscripción 18. Hipoteca en garantía de un pagaré a favor de Small Business Administration, por la suma de $100,000.00 de principal, intereses al 4% anual, vencedero en o antes de 8 años desde la fecha del otorgamiento, constituida mediante escritura número 34, otorgada en San Juan PR el 23 de abril de 1998, ante el notario público Germán Hernández Garcés, e inscrita al folio 125 del tomo 785 de Monacillos, finca 13936, inscripción 22. b) Posteriores Hipoteca en garantía de un pagaré a favor del Portador, por la suma de $284,840.10 de principal, intereses al prime rate,
vencedero el 28 de febrero de 2009, constituida mediante escritura número 5, otorgada en San Juan PR el 7 de noviembre de 2008, ante el notario público Oscar González Badilo, e inscrita al folio 181 del tomo 939 de Monacillos, finca 13936, inscripción 26. Anotación preventiva de embargo, en el caso civil núm. KCD2008-4513, sobre Cobro de Dinero, seguido en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, por Francisco Almeida León y su esposa Wanda Cruz Quiles vs. Emérito Estrada Rivera-Isuzu de PR Digno Emérito Estrada conocido por Emérito Estrada Rivera y su esposa Edith Delia Colón Feliciano, en la suma de $1,850,000.00, según Mandamiento expedido el 23 de enero de 2009, presentado el 29 de enero de 2009 y anotado el 9 de febrero de 2009 al folio 181 del tomo 939 de Monacillos, finca 13936. Anotación A. Anotación preventiva de demanda, en el caso civil núm. KCD20090708, sobre Cobro de Dinero, seguido en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, por General Motors Acceptace Corp. (GMAC) vs. Emérito Estrada Rivera-Isuzu de PR, en la suma de $3,875,071.03, más intereses según Demanda expedida el 25 de enero de 2009, presentado el 25 de junio de 2009 y anotado el 29 de junio de 2009 al folio 181 del tomo 939 de Monacillos, finca 13936, Anotación B. Hipoteca en garantía de un pagaré a favor del Lcdo. Guillermo F. De Guzmán Vendrell o a su orden, por la suma de $96,643.14 de principal, intereses al 7.5% anual, vencedero el 25 de diciembre de 2011, constituida mediante escritura número 6, otorgada en San Juan PR el 26 de junio de 2011, ante el notario público Francisco Manuel Villanueva Acevedo, e inscrita al folio 182 del tomo 939 de Monacillos, finca 13936, inscripción 27. Hipoteca en garantía de un pagaré a favor del Lcdo. Guillermo F. De Guzmán Vendrell o a su orden, por la suma de $96,643.14 de principal, intereses al 7.5% anual, vencedero el 16 de junio de 2012, constituida mediante escritura número 13, otorgada en San Juan PR el 17 de abril de 2012, ante el notario público Francisco Manuel Villanueva Acevedo, e inscrita al folio 182 del tomo 939 de Monacillos, finca 13936, inscripción 28. Embargo Federal bajo el número 205597704, en la suma de $91,961.76, presentado el 23 de febrero de 2005 y anotado al Asiento 104 folio 5 del tomo 3. Seguro social 66-039-3773 Embargo Federal bajo el número 493738008, en la suma de $86,102.65, presentado el 25 de noviembre de 2008 y anotado al Asiento 95 folio 3 del tomo 4. Seguro Social 66-039-3773 Embargo Federal bajo el número 793794811, en la suma de $156,214.13, presentado el 30 de junio de 2011 y anotado al Asiento 6 folio 5 del tomo 6. Contra Digno Emérito Estrada Rivera Seguro Social xxx-xx-4731. Embargo Federal bajo el número 868938512, en la suma de $148,454.44, presentado el 29 de mayo de 2012 y anotado al Asiento 120 folio 5 del tomo 6. Contra Digno Emérito Estrada Rivera Seguro Social xxx-xx4731. Los interesados deberán verificar el estado y balances con los acreedores de estos gravámenes, y cualquier gravamen de contribución sobre propiedad inmueble. Los interesados pueden revisar los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado bajo el número de este caso, y que estarán de manifiesto en la secretaría del Tribunal durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes; entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos sin destinarse a su extinción del precio de remate. Notifica la fecha, hora y lugar de la subasta a cualquier acreedor posterior y/o persona ignorada o que tenga interés o derecho en esta acción, designada Fulano de Tal, o su sucesor o cesionario en derecho para que comparezcan a la subasta a proteger su derecho o interés si así lo desea, y con respecto a créditos, derechos, cargas y/o gravámenes inscritos o presentados en el Registro con rango posterior a la inscripción de la hipoteca que se ejecuta en este caso y a la sentencia que se ejecuta. En San Juan, Puerto Rico, a 22 de abril de 2013. Pedro Hieyes González, Alguacil. Tribunal de Primera Instancia Sala Superior San Juan.
EL VOCERO / CLASIFICADOS / JUEVES, 9 DE MAYO DE 2013 MR-6598 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR
DORAL BANK Demandante v.
TANIA YOMARIE FEBRES FILOMENO Demandad CIVIL NÚM: FCD2010-1240 (408) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EDICTO DE SUBASTA El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, giro o cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 24 de mayo de 2013, a las 10:30 de la mañana en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en AT-9 Calle 1, Jardines de Country Club, Carolina, PR 00983 y que se describe a continuación: URBANA: Solar número nueve (9) del Bloque VI-AT de la Urbanización Jardines de Country Club, radicada en el Barrio Sabana Abajo de Carolina, Puerto Rico, con un área de trescientos once punto cincuenta y tres (311.53) metros cuadrados. Colindando: por el NORTE, con el solar número diez (10) del Bloque VI-AT; por el SUR, con el solar número ocho (8) del Bloque VI-AT; por el ESTE, con la calle número uno (1); y por el OESTE, con la Urbanización Vistamar. Enclava una casa residencial de hormigón y bloques para una sola familia. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 161del Tomo 248 de Carolina, finca número 9,543 en el Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Primera. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $103,500.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 31 de mayo de 2013, a las 2:00 de la tarde. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $69,000.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 7 de junio de 2013, a las 2:00 de la tarde. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $51,750.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 80, otorgada el día 24 de junio de 2005, ante el Notario Marcos Rafael Vélez Green y consta inscrita en el Folio 8 del Tomo 960 de Carolina, finca número 9,543, en el Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Primera, inscripción décima. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $95,676.94 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 7.000% anual desde el día 1 de septiembre de 2011. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $10,350.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $10,350.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $10,350.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA
SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. A: AVISO DE DEMANDA: En el Tribunal de Prima Instancia, Sala de Carolina, en el Caso Civil No. FCD-070138 sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, seguido por Doral Financial Corporation, versus Titular, se solicitael pago de la deuda, garantizada con hipoteca de la inscripción 10ª , la cual asciende a la suma principal de $102,448.62, mas costas, gastos e intereses, todo según demanda de fecha 19 de enero del 2007, anotado el 11 de junio del 2007, al folio 114 del tomo 973 de Carolina, finca No. 9543, anotación ""A"". Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en Carolina, Puerto Rico, hoy día 6 de febrero de 2013. FDO. YOLANDA SANTIAGO AYALA ALGUACIL CB-2183 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR
Doral Bank Demandante v.
Javier C. Santiago Cabrera t/c/c Javier Confesor Santiago Cabrera y Wanda I. Santiago Cabrera t/c/c Wanda Ivelisse Santiago Cabrera Demandados CIVIL NÚM: DCD2012-0166 (402) SOBRE: EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EDICTO DE SUBASTA El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, giro o cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 29 DE MAYO DE 2013 A LAS 10:30 DE LA MAÑANA en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en 5 Luna Urb Toa Ville, Toa Baja PR 00949 y que se describe a continuación: URBANA: Lote de terreno radicado en el Barrio Pueblo del Municipio de Toa Baja, Puerto Rico,
con una cabida superficial de 349.87 metros cuadrados, en lindes por el Norte, en 15.13 metros, con camino de acceso; por el Sur, Este y Oeste, en 14.99 metros, 23.21 metros y 23.27 metros con la finca principal de la cual se segrega. Enclava una casa terrera de bloques de cemento para una sola familia. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 237 del Tomo 208 de Toa Baja, finca número 12805, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Segunda. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $99,750.00 Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 5 de junio de 2013 a las 2:30 de la tarde. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $66,500.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 12 de junio de 2013 a las 2:30 de la tarde. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $49,875.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 1763, otorgada el día 31 de diciembre de 2003, ante el Notario Georgette M. Rodríguez Figueroa y consta inscrita en el Folio 207 del Tomo 563 (agora) de Toa Baja, finca número 12805, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Segunda, inscripción novena. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $93,611.60 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 6.000% anual desde el día 1 de julio de 2008. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $9,975.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $9,975.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $9,975.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca; más intereses provisto por la Regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad está sujeta a los siguientes gravámenes anteriores y/o preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. ---Constituida por Luis Bermúdez casado con, Elba María Morrabal, en garantía a un pagaré a favor LA ADMINISTRACION DE PEQUEÑOS NEGOCIOS, o a su orden, por la suma de $9,300.00, con intereses al 3% y vencedero en 12 años, según escritura número 97, otorgada en Ponce, el 20 de diciembre de 1979, ante la notario Yvelisse Fingerhut Mandy. Inscrita al folio 237 vuelto del tomo 208 de Toa Baja. Inscripción segunda. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del
acreedor ejecutante. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 17 de diciembre de 2012. Fdo. FREDDY O. RODRIGUEZ COLLAZO ALGUACIL DIVISION DE SUBASTAS TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMON CUARTO PISO (4TO).
CB-2184 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR
Doral Bank Demandante v.
Las Sucesiones de Aurelio Serrano Serrano y Crucita C. Serrano t/c/c Crucita Cruz Rojas compuesta por Nilza Serrano Cruz; Iris Serrano Cruz y los herederos desconocidos denominados como John Doe y Richard Roe Demandados CIVIL NÚM: D CD2009-1187 (402) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EDICTO DE SUBASTA El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, giro o cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 29 de mayo de 2013, a las 10:00 de la mañana en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en 92-56 Calle 76, Urb. Sierra Bayamón, Bayamón, PR 00961 y que se describe a continuación: URBANA: Solar radicado en la Urbanización Sierra Bayamón, situado en el Barrio Hato Tejas de Bayamón, Puerto Rico, que se describe en el plano de inscripción de la Urbanización con un número de área y colindancias que se relacionan a continuación: Solar #56 de la Manzana #92, con un área de 175.00 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con el solar #56-A, distancia de 25.00 metros; por el SUR, con el solar #55-A, distancia de 25.00 metros; por el ESTE, con Caño Catalina, distancia de 7.00 metros y por el OESTE, con la calle #76, distancia de 7.00 metros. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 166 del Tomo 143 de Bayamón Norte, finca número 6,612, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Tercera. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $68,000.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 5 de junio de 2013, a las 2:00 de la tarde. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $45,333.33. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 12 de junio de 2013, a las 2:00 de la tarde. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $34,000.00. La hipo-
teca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 183, otorgada el día 18 de noviembre de 2002, ante el Notario Alberto Rosado López y consta inscrita en el Folio 183 del Tomo 252 de Bayamón Norte, finca número 6,612, en el Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección Tercera, inscripción cuarta. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $62,431.20 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 6.250% anual desde el día 1 de noviembre de 2008. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $6,800.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $6,800.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $6,800.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la Regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de las constancias del Registro de la Propiedad en un estudio de título efectuado a la finca antes descrita. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 17 de ENERO de 2013. FDO. FREDDY OMAR RODRIGUEZ COLLAZO ALGUACIL. ED-8064 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS, SALA SUPERIOR.
DORAL BANK Demandante v.
LUIS E. ACEVEDO RIVERA t/c/c LUIS ENRIQUE ACEVEDO RIVERA JUANITA VARGAS CARABALLO y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos
Demandado CIVIL NUM. ECD2008-0914 (404). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. AVISO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA. Yo, CARLOS CEN-
TENO MERCED, Alguacil Supervisor de la División de Subastas del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas, a los demandados y al público en general les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 21 de septiembre de 2012 y para satisfacer la Sentencia por la cantidad de $66,742.03 de principal, dictada en el caso el 27 de marzo de 2009, notificada y archivada en autos el día 23 de abril de 2009, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a la propiedad localizada en: en el Municipio de Caguas, Puerto Rico, el bien inmueble que se describe a continuación: ---Solar #13, Bo. Cañabón, Caguas, Puerto Rico 00725. ---URBANA: Solar marcado con el número Trece del plano de inscripción de la Urbanización radicada en el Barrio Cañabón del término municipal de Caguas, Puerto Rico, que mide doce metros por cada uno de los lados Norte y Sur, y veinticinco metros por cada lado Este y Oeste, encerrando una superficie de trescientos metros cuadrados (300 M.C.). En lindes por el NORTE, con terrenos de Santos Cuevas; por el SUR, con la prolongación de la Calle A, Grillo; por el ESTE, con el solar Catorce propiedad de Santos Cuevas y por el OESTE, con el Solar Doce propiedad de José D. Méndez. ---Enclava una casa. --Consta inscrita al Folio móvil del Tomo 1,568 de Caguas Primera, finca número “24,420” del Registro de la Propiedad de Caguas Primera. Que con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $70,997.00 para la propiedad descrita. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 partes del valor de la tasación. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en ésta el tipo mínimo será de la 1/2 del valor de la tasación. Para el lote descrito, la primera subasta se llevará a cabo el día 20 de mayo de 2013, a las 10:00 de la mañana. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una segunda subasta el día 3 de junio de 2013, a las 2:30 de la tarde. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una tercera subasta el día 10 de junio de 2013, a las 1:30 de la tarde. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas. Del Estudio de Título de la propiedad surge el siguiente gravamen posterior el cual pudiera ser cancelado: ANOTACION DE DEMANDA: de fecha 25 de junio de 2007 en el tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas, caso civil ECD2007-1017, por concepto de cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca, seguido por Doral Financial Corporation versus Luis E. Acevedo Rivera t/c/c Enrique Acevedo Rivera, Juanita Vargas Caraballo (así consta) y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos, por la suma de $68,444.16, más intereses, etc., presentado al asiento 1599 del diario 1134, el 1 de agosto de 2007, e inscrito en virtud de la ley 216 del 27 de diciembre de 2010, al folio 58 del tomo 1750 de Caguas, finca 24,420, anotación A. Se le advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificara además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos rela-
cionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Caguas, Puerto Rico, a JAN 16 2013. CARLOS CENTENO MERCED, ALGUACIL AUXILIAR 640. ED-8062 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE SUPERIOR DE MAYAGUEZ.
DORAL BANK Demandante V.
CENTRO AUTOMOTRIZ POZO HONDO ROBERTO NIETO DEL TORO IVONNE DEL TORO HERNANDEZ Demandada CIVIL NUM. ISCI2006-00148. SOBRE: COBRO DE DINERO. AVISO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA. Yo, FRANK ROSADO SUAREZ, ALGUACIL SUPERVISOR, Alguacil Supervisor de la División de Subastas del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Mayagüez, a los demandados y al público en general les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 22 de septiembre de 2011 y para satisfacer la Sentencia por la cantidad de $210,941.69 de principal, dictada en el caso el 19 de septiembre de 2006, notificada y archivada en autos el día 25 de septiembre de 2006, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a las propiedad localizada en: en el Municipio de Añasco, Puerto Rico, el bien inmueble se describe a continuación: ---Road 109 KM 2.2 Añasco Arriba, Añasco, PR 00610. ---URBANA: Predio de terreno radicado en el Barrio Añasco Arriba conocido por Río Hondo del municipio de Añasco, Puerto Rico, con una cabida superficial de quinientos treinta metros cuadrados con tres mil ochocientas cincuenta y ocho diezmilésimas de otro (630.3858 m/c). En lindes por el NORTE, en quince punto trescientos noventa y siete metros (15.397) con terrenos de la Sucesión de Guzmán; por el SUR, en diecinueve punto novecientos cincuenta y seis metros (19.956) con terrenos dedicados a uso público; por el ESTE, en treinta y tres punto ciento metros (33.100) con terrenos de Eulalia Rodríguez Silva; y por el OESTE, en treinta y tres punto cuatrocientos cincuenta y siete metros (33.457) con terrenos de la Sucesión Guzmán. ---Inscrita a Libro de Folios móviles de Añasco, finca número 6,342, inscripción Décima, Registro de la Propiedad de Mayagüez. Que con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Mayagüez. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $217,000.00 para la propiedad descrita. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 partes del valor de la tasación. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en ésta el tipo mínimo será de la 1/2 del valor de la tasación. Para el lote descrito, la primera subasta se llevará a cabo el día 28 de mayo de 2013, a las 11:00 de la mañana. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una segunda subasta el día 4 de junio de 2013, a las 2:00 de la tarde. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una tercera subasta el día 11 de junio de 2013, a las 2:00 de la tarde. La subasta o subastas antes indicadas se
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llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Mayagüez. Se le advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. LIBRADO en MAYAGUEZ, Puerto Rico, a 12 de febrero de 2013. (FDO.) ALGUACIL. CB-2218 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE ARECIBO
PABLO RIVERA TORRES HC-01 BOX 2247 BAJADERO, PR 00616 PETICIONARIO
EX-PARTE CIVIL NUMERO: CJV2012-0706 SOBRE: EXPEDIENTE DE DOMINIO EDICTO EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO A: ARIS GARAY COLON, ANGELIZA LOPEZ, OLIVO LIEVAN CORDOVA (colindantes) PABLO RIVERA RIVERA, GUADALUPE LOPEZ ESTRELLA, ANTONIA RIVERA MOLINA (anteriores dueños) Por la presente se les notifica si creyeren que les conviene, para que comparezcan ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días a partir de la publicación de este edicto y exponer lo que a sus derechos convenga, en el expediente promovido por el PETICIONARIO para inscribir a su favor el dominio que posee sobre la finca que se describe a continuación: RUSTICA: Solar radicado en el barrio Arenalejos del término municipal de Arecibo, Puerto Rico, con una cabida superficial de TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS PUNTO OCHENTA (386.90) METROS CUADRADOS DE TERRENO. En lindes por el NORTE, con calle municipal; por el SUR, con Aris Garay Colón; por el ESTE, con Angeliza López; y por el OESTE, con Lievan Córdova. CARECE DE INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD. Sobre dicha propiedad enclava una estructura de concreto armado, bloques de concreto, techada del mismo material de cuarenta pies (40’) de largo por veintiocho pies (28’) de ancho aproximadamente, dividida en tres cuartos dormitorios, sala, cocina, comedor y servicio sanitario y marquesina. Está libre de cargas y gravámenes. Codificación: Seg. #053022-012-52-000. Se valora en NOVENTA MIL DOLARES ($90,000.00) Deberán notificar con copia de sus alegaciones todo el que tenga algún derecho real sobre el inmueble descrito anteriormente, mediante el correspondiente escrito, los causahabientes o herederos de las personas arriba mencionadas a quienes pueda perjudicar la pretensión del PETICIONARIO y en general a toda persona que desee oponerse, al LCDO. PEDRO TRINIDAD PAGAN, CALLE BETANCES #12, APARTADO 135, MANATI PUERTO RICO 00674, TELEFAX (787) 854-2670. En Arecibo, Puerto Rico, hoy JAN 08 de 2013 Mariluz Díaz Rodríguez, Secretaria Regional. Secretaria. Anabel Pérez Ríos, Secretaria Auxiliar Tribunal I SubSecretaria.
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CLASIFICADOS / JUEVES, 9 DE MAYO DE 2013 El periódico de Puerto Rico
MR-6593 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR
DORAL BANK Parte Demandante VS
ANTONIO JESUS JELU SOTOT/C/C ANTONIO JELU SOTO Y SU ESPOSA ANA RAFAELA QUIÑONES RUTINEL T/C/C ANA RAFAELA QUILLONES RUTINEL Y LA SOCIEDAD DE GANANCIALES CONSTITUIDA POR ESTOS Parte Demandada CIVIL NUM.: KCD2009-3991 SALON NÚM.: 908 SOBRE ACCION CIVIL DE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE SUBASTA. A: ANTONIO JESUS JELU SOTOT/C/C ANTONIO JELU SOTO Y SU ESPOSA ANA RAFAELA QUIÑONES RUTINEL T/C/C ANA RAFAELA QUILLONES RUTINEL Y LA SOCIEDAD DE GANANCIALES CONSTITUIDA POR ESTOS; Y AL PUBLICO EN GENERAL. El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de San Juan, San Juan, Puerto Rico, hago saber, a la parte demandada y al PUBLICO EN GENERAL: Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 19 de febrero de 2013, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que ubica y se describe a continuación: ALTAGRACIA CONDOMINIUM, APTO 4-B, HATO REY, PR 00917. URBANA: Propiedad Horizontal: Apartamento #4-B que está localizado en el piso cuarto del edificio sometido al Régimen de Propiedad Horizontal, conocido como Condominio Altagracia, localizado en la calle Uruguay, Hato Rey, San Juan, Puerto Rico. Tiene el apartamento un área superficial de 466.00 pies cuadrados que se distribuye como sigue: Pasillo, una sala-comedor, dormitorios, cocina, un walk-in-closet y un cuarto de baño. Está localizado en la parte central del lado Oeste del cuarto piso del edificio y su colindancia por el NORTE, es con la pared que lo separa del apartamento #4-C; su colindancia ESTE, es con la pared que lo separa del área común específica del piso y la puerta de entrada del apartamento que le da acceso a dicha área común específica y su colindancia OESTE, es con el exterior del edificio. Corresponde en los elementos comunes generales de 0.67% y 0.81% en los elementos comunes limitados. Inscrita al folio 71 del tomo 1270 de Río Piedras Norte, finca número 35, 410, Registro de la Propiedad de San Juan, sección segunda. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la suma de $46,547.85 rebajado mediante plan de pagos por Estipulacion a la suma de $41,266.69 de principal, más intereses al 6.25% anual desde el día 1ro. de diciembre de 2010, más la suma de $5,920.00, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente desde la fecha antes mencionada, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca, todo ello, según surge de la SENTENCIA dictada en este caso el 20 de noviembre de 2009. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el (los) gravamen (es) aquí antes mencionado (s), a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 22 DE MAYO DE 2013 A LAS 11:00 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de San Juan, San Juan, Puerto Ri-
co. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $59,200.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 30 DE MAYO DE 2013 A LAS 11:00 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $39,466.67 equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 6 DE JUNIO DE 2013 A LAS 11:00 DE LA MAÑANA , en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $29,600.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicárse al acreedor la finca aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721). Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte, a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborales. EXPIDO, el presente EDICTO, en San Juan, Puerto Rico, hoy día 22 de abril de 2013. DIANA I. NAVARRO CRUZ. Alguacil División de Subastas. Tribunal de Primera Instancia. Sala Superior de San Juan MR-6594 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR
DORAL BANK Parte Demandante VS
MARIA OTILIA ASSALLE PEREZ T/C/C MARIA OTILIA LASSALLE Parte Demandada CIVIL NUM.: KCD2007-0729 SALON NÚM.: 902 SOBRE ACCION CIVIL DE: EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA IN REM. AVISO DE SUBASTA. A: MARIA OTILIA LASSALLE PEREZ T/C/C MARIA OTILIA LASSALLE; DANIEL BULA HEREDIA; Y AL PUBLICO EN GENERAL: El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de San Juan, San Juan, Puerto Rico, hago saber a la parte demandada, y al PUBLICO EN GENERAL: Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 30 de enero de 2012, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que se describe a continuación: URB. EXT. REPARTO UNIVERSITARIO, #176 BLOQUE B-11, SAN JUAN, P.R. 00917. --- URBANA: Solar marcado con el # 176 del Bloque B11 del plano de inscripción de la Urbanización Extensión Reparto Universitario, radicado en el Barrio Sabana Llana, del sitio denominado Rio Piedras, del término municipal del Gobierno de la Capital de Puerto Rico, con una cabida superficial de 400.00 metros cuadrados, y colinda por el NORTE, en una distancia de 16.00 metros con calle denominada Street Number Four del mencionado plano; por el SUR, en 16.00 metros, con terrenos de Orlando Alvarez, Victor Alvarez, Edwin Alvarez y Gustavo Alvarez; por el ESTE, en una distancia de 25.00 metros, con el solar 167-B-11 ; por el OESTE, en 25.00 metros, con solar 165 del bloque B-11 del mencionado pla-
no. Enclava edificación. --- Inscrita al folio 86 del tomo 139 de Sabana Llana, Registro de la Propiedad de San Juan, Sección V, finca número 6,602. Del Registro de la Propiedad de San Juan, Seccion V, surge que la antes mencionada propiedad aparece afecta al siguiente (s) gravamen (es) preferente (s): (a) DANIEL BULA HEREDIA: A cuyo favor aparece inscrito un pagaré por la suma de $125,000.00, sus intereses al 10% anual y vencedera el 9 de mayo de 2004, según la escritura número 11, otorgada en San Juan, el 9 de mayo de 2003, ante la notario Isamar B. Marichal Morales. Inscrita como asiento abreviado el 15 de enero de 2012, al folio 149 vuelto del tomo 621 de Sabana Llana, finca número 6262. Inscripción octava. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la SENTENCIA dictada a su favor, el día 12 de septiembre de 2007, en el presente caso civil, a saber la suma de $148,174.74 rebajada mediante plan de pagos realizados en la corte de quiebra a la suma de $147,213.04 de principal, más intereses al 6.50% anual desde el día 1ro. de agosto de 2007, más la suma de $15,200.00, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente a partir del día 1ro. de septiembre de 2007, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el (los) gravamen (es) aquí antes mencionado (s), a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 23 DE MAYO DE 2013 A LAS 10:30 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de San Juan, San Juan, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $152,000.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 3 DE JUNIO DE 2013 A LAS 10:30 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $101,333.33, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 10 DE JUNIO DE 2013 A LAS 10:30 DE LA MAÑANA, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $76,000.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarsele al acreedor demandante la finca objeto de la presente acción aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes a la celebración de la subasta desierta, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la Sentencia dictada a favor de dicho acreedor demandante si ésta fuere igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721). Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte a todos los interesados que todos los documentos
relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría de este el Honorable Tribunal, durante las horas laborables. EXPIDO, el presente EDICTO, en San Juan, Puerto Rico, hoy día 22 de abril de 2013. DIANA I. NAVARRO CRUZ. Alguacil. División de Subastas. Tribunal de Primera Instancia. Sala Superior de San Juan. CB-2182 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE SAN JUAN
ACM PALMYRA PR, LLC Demandante v.
CARLOS CRUZ AFANADOR, su esposa CARMEN MARIA HERNANDEZ MONTAÑEZ y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta entre ambos Demandados CIVIL NUM. KCD2012-2322 (505) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA SS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO EDICTO DE SUBASTA Yo, PEDRO HIEYE GONZALEZ, Alguacil Auxiliar, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, al público en general: CERTIFICO Y HAGO SABER: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia fechado de 27 de marzo de 2013, que me ha sido dirigido por la secretaría del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de San Juan, en el caso arriba indicado, venderé en la fecha o fechas que más adelante se indican, en pública subasta al mejor postor, en moneda legal de los Estados Unidos de América, en mi oficina sita en el local que ocupa en el Centro Judicial de San Juan, Puerto Rico, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada en el inmueble que se describe a continuación: Dirección Física: Dos Pinos Development, 810 Polaris Street, San Juan, Puerto Rico 00929 "URBANA: Solar radicado en el Barrio Sana Llana, Río Piedras, Puerto Rico, término municipal de Gobierno de la Capital de Puerto Rico, que forma parte de la Urbanización Villa Dos Pinos marcados con el número 178 del bloque del plano de lotificación de dicha urbanización, con una cabida superficial de 504.13 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con 30.00 metros, con el solar número 177; por el SUR, con 30.00 metros, con el solar número 179; por el ESTE, con 16.13 metros, con la Calle 2; y por el OESTE, con 17.48 metros, con el solar número 187 de dicha urbanización. Enclava una residencia de concreto reforzado, estilo moderno de una planta con marquesina que incluye balcón, sala, comedor, dos dormitorios, cocina, baño, laundry, con piso de losetas del país, azulejos en la cocina y en el baño." Consta inscrita al folio 182 del tomo 260 de Sabana Llana, finca 11,555, (según Certificación Registral, tomo 1030 Ágora), Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Quinta. El inmueble antes descrito se encuentra afecto a los siguientes gravámenes: a. HIPOTECA: En Garantía de pagaré a favor de E.M.I. Equity Mortgage, Inc., o a su orden, por la suma de $114,367.00 con intereses a razón de 8 _ % anual y vencimiento el 1ro de diciembre de 2029. Constituida por la Escritura 733 otorgada en San Juan el 9 de noviembre de 1999 ante el Notario Jorge García Soto e inscrita al folio 115 del tomo 1030 de Sabana Llana, inscripción 9na. Ampliada y Modificada en cuanto a su principal y vencimiento, siendo ahora su principal por la suma de $117,400.00 con vencimiento el 1ro de septiembre de 2033, según consta en la escritura 294 otorgada en San Juan el 25 de agosto de 2003 ante el notario José V. Gorbea Varona e inscrita al folio 115 del tomo 1030 de Sabana Llana, inscripción 10ma. b. AVISO DE DEMANDA radicada el 25 de septiembre de 2012 en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, en el caso civil KCD2012-2322 sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, seguido por ACM Palmyra PR, LLC versus Carlos Cruz Afa-
nador y su esposa Carmen María Hernández Montañez y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta entre ambos, mediante la cual se reclama el pago de la hipoteca por $117,400.00, la cual se encuentra reducida a $106,761.60. Presentada al asiento 1061 del diario 902 el 19 de octubre de 2012. Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación que se transmite y que las cargas y gravámenes anteriores y las preferentes, si las hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante las acepta y queda subrogado en la responsabilidad de las mismas, sin destinarse a su extinción el precio del remate. El mejor postor debe hacer el pago en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. El precio mínimo de este remate con relación a la antes descrita finca y la fecha de cada subasta serán las siguientes: PRIMERA SUBASTA FECHA DE SUBASTA 3 de junio de 2013 a las 11:30 de la mañana PRECIO MINIMO $114,367.00 SEGUNDA SUBASTA 10 de junio de 2013 a las 11:30 de la mañana PRECIO MINIMO $76,244.67 TERCERA SUBASTA 17 de junio de 2013 a las 11:30 de la mañana PRECIO MINIMO $57,183.50 Conforme a la sentencia dictada el día 10 de enero de 2013 y archivada en los autos el 17 de enero de 2013, la anterior venta se hará para satisfacer las siguientes sumas adeudadas por concepto del préstamo hipotecario garantizado por la hipoteca antes mencionada: $106,761.60 de principal; intereses a razón de 8.50% anual, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo de la deuda; $1,511.08 por concepto de cargos por mora, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo de la deuda; $325.07 por concepto de "escrow", los cuales continúan acumulándose hasta el saldo de la deuda; más la suma de $11,436.70 por concepto de honorarios de abogado. Se notifica por la presente a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre el inmueble a ser subastado con posterioridad a la inscripción del gravamen del ejecutante descrito anteriormente, o acreedores de cargas o derechos reales que los hubieren pospuesto al gravamen del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizado hipotecariamente con posterioridad al gravamen del actor para que puedan concurrir a la subasta si así lo interesan o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogado, quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Y, para conocimiento de licitadores, del público en general, y para su publicación de acuerdo con la ley en un periódico de circulación general de la isla de Puerto Rico y en tres sitios públicos del Municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía, y vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida de la parte demandada, expido el presente edicto bajo mi firma y el sello de este Tribunal, en San Juan, Puerto Rico, hoy día 19 de abril de 2013. PEDRO HIEYE GONZALEZ ALGUACIL ALGUACIL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE SAN JUAN. CB-2286 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS SALA SUPERIOR
DORAL BANK Parte Demandante VS
JUAN RUIZ MERCADO; SU ESPOSA LILIA IRIS RODRIGUEZ CINTRON Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES CONSTITUIDA POR ESTOS; ESTADOS UNIDOS DE AMERICA Parte Demandada CIVIL NUM.: ECD2010-0249 SALON NÚM.: 402 SOBRE ACCION CIVIL DE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE SUBASTA A: JUAN
RUIZ MERCADO; SU ESPOSA LILIA IRIS RODRIGUEZ CINTRON Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES CONSTITUIDA POR ESTOS; ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; DORAL BANK: Y AL PUBLICO EN GENERAL El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de Caguas, Caguas, Puerto Rico, hago saber a la parte demandada, y al PUBLICO EN GENERAL: y a el (los) siguiente(s) gravámen(es) posterior(es): ESTADOS UNIDOS DE AMERICA: A cuyo favor aparece anotado un embargo por la suma de $10,320.11, según notificación número 578669309, presentada el 16 de septiembre del 2009, al asiento 2 de la página 178 del Libro de Embargos Federales número 5, , finca número 45,324. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA: A cuyo favor aparece anotado un embargo por la suma de $2,363.47, según notificación número 578669209, presentada el 16 de septiembre de 2009, al asiento 3, de la página 178 del Libro de Embargos Federales número 5, finca número 45,324. Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 26 de septiembre de 2012, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que se describe a continuación: --URBANA: Solar marcado con el #10 del bloque D de la Urbanización Bairoa Golden Gate, localizado en el Barrio Bairoa del término municipal de Caguas, Puerto Rico, con un área superficial de 400.20 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con el solar #9, en una distancia de 27.60 metros; por el SUR, con solar #11, en una distancia de 27.60 metros; por el ESTE, con el solar #4, en una distancia de 14.50 metros y por el OESTE, con la calle C, en una distancia de 14.50 metros. Enclava Edificación. --- Inscrita al folio 120 del tomo 1283 de Caguas, finca número 45,324, Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Primera. Del Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Primera, surge que la antes mencionada propiedad aparece afecta al siguiente (s) gravamen (es) preferente (s): (a) DORAL BANK; A cuyo favor aparece inscrito un pagaré por la suma de $166,000.00, con intereses al 5.95% anual y vencedero 1 de marzo de 2016, según escritura número 1631, otorgada en San Juan, el 28 de diciembre de 2002, ante el notario Luis A. Archilla Díaz. Inscrita el 31 de julio de 2003, al folio móvil del tomo 1645 de Caguas. Inscripción quinta. Presentada el 20 de junio de 2006, al asiento 948 del diario 1125, según la escritura número 416, otorgada en San Juan, el 13 de junio del 2006 de septiembre de 2009, ante el notario Miguel García Suárez, para que se cancele hipoteca, por la suma de $166,000.00, finca número 45,324. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la SENTENCIA dictada a su favor, el día 13 de abril de 2010, en el presente caso civil, a saber la suma de $203,032.04 rebajada mediante plan de pagos a la suma de $202,218.45 de principal, más intereses al 7.50% anual desde el día 1ro. de septiembre de 2009, más la suma de $21,030.00, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente a partir del día 1ro. de octubre de 2009, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, con excepción de aquellos el (los) gravamen (es) preferente(s) aquí antes mencionado(s), a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dichas subastas. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 5 DE JUNIO DE 2013 A LAS 10:30 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de Caguas, Caguas, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $210,300.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 12 DE JUNIO DE 2013 A LAS 3:30 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de
$140,200.00, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA la misma se llevará a efecto el 19 DE JUNIO DE 2013 A LAS 3:30 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $105,150.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicársele al acreedor demandante la finca objeto de la presente acción aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes a la celebración de la subasta desierta, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la Sentencia dictada a favor de dicho acreedor demandante si ésta fuere igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721). Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte a todos los interesados que la co-demandada Estados Unidos de América, tiene el derecho a redimir la propiedad antes descrita dentro del término de ciento veinte (120) días desde la fecha de la venta y pública subasta, previo el pago de la cantidad ofrecida por el licitador a quien se le otorgue la buena pro, más intereses, todo ello a tenor con lo dispuesto en la Sección 2410(c) del Título 28 del Código de Estados Unidos de América (28 USC 2410(c)) y la Sección 7425 (d)(1)(2) del Título 26 del mismo Código (26 USC 7425 (d)(1)(2)). Se le advierte, además, a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría de este el Honorable Tribunal, durante las horas laborables. EXPIDO, el presente EDICTO, en Caguas, Puerto Rico, hoy día 29 de enero de 2013. Edgardo Aldebol Miranda Alguacil División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Caguas.
CB-2287 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS SALA SUPERIOR
DORAL BANK Parte Demandante VS
DAVID ROLDAN PEREZ, SU ESPOSA EDNA L. RODRIGUEZ CARRASQUILLO T/C/C EDNA LUZ RODRIGUEZ CARRASQUILLO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES CONSTITUIDA ENTRE AMBOS Parte Demandada CIVIL NUM.: ECD2010-1914 SALON NÚM.: 401 SOBRE ACCION CIVIL DE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE SUBASTA A: DAVID ROLDAN PEREZ, SU ESPOSA EDNA L. RODRIGUEZ CARRASQUILLO T/C/C EDNA LUZ RODRIGUEZ CARRASQUILLO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES CONSTITUIDA ENTRE AMBOS; Y AL PUBLICO EN GENERAL El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de Caguas, Caguas, Puerto Rico, hago saber, a la parte demandada y al PUBLICO EN GENERAL: Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 26 de octubre de 2012, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor
postor la propiedad que ubica y se describe a continuación: RÚSTICA: Parcela marcada con el número seiscientos ochenta y siete, en el plano de parcelación de la Comunidad Rural Celada del barrio Celada de Gurabo, Puerto Rico, con una cabida superficial de trescientos cuarenta y nueve punto noventa y nueve metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con la parcela número seiscientos ochenta y ocho y calle número cuarenta y dos; por el SUR, con la parcela seiscientos ochenta y seis de William González; por el ESTE, con la parcela seiscientos ochenta y ocho propiedad de William González y por el OESTE, con la parcela número seiscientos ochenta y seis y calle número cuarenta y dos. Inscrita al folio 263 del tomo 275 de Gurabo, Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Segunda, Finca Número 10,348. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la suma de $60,479.01, rebajado mediante plan de pago a la suma de $60,383.39, de principal, más intereses al 6.50% anual desde el día 1ro. de diciembre de 2009, más la suma de $6,815.00, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente desde la fecha antes mencionada, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca, todo ello, según surge de la SENTENCIA dictada en este caso el 22 de febrero de 2011. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el (los) gravamen (es) aquí antes mencionado (s), a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 5 DE JUNIO DE 2013 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de Caguas, Caguas, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $68,150.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 12 DE JUNIO DE 2013 A LAS 3:00 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $45,433.33 equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 19 DE JUNIO DE 2013 A LAS 3:00 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $34,075.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse al acreedor la finca aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721). Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte, a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborales. EXPIDO, el presente EDICTO, en Caguas, Puerto Rico, hoy día 29 de enero de 2013. Edgardo Aldebol Miranda Alguacil División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Caguas.
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EL BAILE COMO HERRAMIENTA DE FE ‘A RITMO DE FE’ DIRECTOR: JOSÉ GÓMEZ GUIÓN: EUDYS CORDERO PRODUCTOR: EUDYS CORDERO Y MARTÍN ROSARIO ELENCO: HAYROLD ABREU, LAURA ISABEL FERNÁNDEZ, VLADIMIR ACEVEDO Y LORAIDA BOBADILLA
Juan es un bailarín que vive con su abuela y tiene un talento innato para el baile, pero está tan convencido de su superioridad que olvida que es humano. Se pelea con la directora de la academia en la que estudia y pierde la posibilidad de ir a Estados Unidos, es desalojado y se queda sin trabajo. Pero cuando descubre la humildad como lenguaje de Dios, comienza el camino de su redención. Se une a Laura y compiten en un ‘reality’ que puede depararles el comienzo de una nueva vida, pero para lograrlo tendrán que ganar. ‘A ritmo de fe’ es una epopeya moderna pero absolutamente dominicana, con la que se identificará toda persona que en cada día de su existencia asume retos y desafíos. Es una historia de superación personal en la que el talento, la fe y la humildad se amalgaman para llegar al éxito. El baile como expresión de fe, la sensualidad como expresión de la belleza, el enfrentamiento con la dureza de la realidad cotidiana en el lugar donde viven los pobres, todo está tratado con una sencillez y una profundidad que emocionan al espectador.
Eudys Cordero y Martín Rosario son los productores de este filme dominicano. Poco después de haberse conocido en un retiro, Eudys se apareció por la oficina de Martín para mostrarle un guión y el proyecto de hacer una película. La reacción de Martín fue una mezcla de sorpresa y de incredulidad: “Todo lo que yo sabía de cine era ir a sentarme en una butaca con el refresco y las palomitas”, dijo. Pero según Eudys, y también según Martín, el tal Jesús, “el de arriba” tenían planes para ambos que ellos desconocían. Uno de los obstáculos –como en toda producción de cine– fue la falta de dinero, pero tras arduas gestiones, luchas, idas y venidas, el dinero apareció y Circus Films se formó y comenzó el proceso de preproducción y después el rodaje. Posteriormente aparecieron Hayrold Abreu Durán, un joven actor y bailarín de 25 años con diez años de trayectoria, que bailó en diversos eventos y premiaciones en República Dominicana; Loraida Bobadilla, una morena simpatiquísima de sonrisa transparente que a sus 25 años ha bailado en el reality venezolano ‘Quién baila mejor’ y que además es licenciada en publicidad; y una actriz con mucha experiencia en el papel de abuela que se llama Marquis Leguizamón. ‘A ritmo de fe’ es una ejemplar muestra de lo que se puede lograr cuando se persigue un sueño y cuando se hace con fe y dedicación.
EL VOCERO / JUEVES, 9 DE MAYO DE 2013
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EL VOCERO / ESCENARIO / JUEVES, 9 DE MAYO DE 2013 ILEANA CIDONCHA, ESPECIAL EL VOCERO
CARTELERA
EL TRAUMA DE SER ACEPTADO ‘ADMISSION’ El filme es una comedia lista y ligera, dirigida por Paul Weitz (‘About a Boy’), y con Tina Fey y Paul Rudd, Lily Tomlin, Wallace Shawn y Michael Sheen entre los actores que los respaldan. La historia tiene a Fey como oficial de admisiones muy abotonada en la universidad, que lleva una vida apacible y predecible en las fiestas de facultad y el interminable papeleo. Entonces, Rudd, un maestro de escuela le empuja un candidato. Sorpresivamente, esta decide tomarse un riesgo.
Se dramatizan en la película las esperadas complicaciones cuando dos personas solteras atractivas se juntan y surgen chistes agudos sobre la paternidad, las clases sociales, los géneros y la culpa. Fey ofrece una comedia cortante. Rudd es encantador ‘a lo calladito’, pero ver de nuevo a Tomlin en la pantalla es un regalo; es la madre de Fey y una feminista a ultranza, o a Sheen como un molestoso y grasiento profesor. El resto de la película es divertida y adulta y hasta llega a un clímax gracioso que no requiere choques de autos o personas persiguiéndose a través de aeropuertos.
UNA DECISIÓN DE EMPAQUE MORAL ‘EMPEROR’ Mientras los japoneses se rinden al final de la Segunda Guerra Mundial, el General Fellers tiene la tarea de decidir si el Emperador Hiroito debe de ser ahorcado como un criminal de guerra. Influencia su decisión su búsqueda de Aya, una estudiante que conoció hace años en Estados Unidos. Una historia de amor y comprensión durante las tensiones e incertidumbres de los días inmediatamente después de que los japoneses se rindieran al final de la Segunda Guerra Mundial. En la plana mayor del General Douglas MacArthur (Tommy Lee Jones), el líder de facto de Japón como Comandante Supremo de las fuerzas de ocupación, el experto supremo en asuntos del Japón, General Bonner Fellers (Mathew Fox) tiene el cargo de llegar a una decisión de importancia histórica: ¿Deberá el Emperador Hiroito ser juzgado y condenado como un criminal de guerra?
Entretejido esta la historia del romance de Fellers con Aya, una estudiante japonesa de intercambio que él había conocido antes de la Guerra. Los recuerdos de Aya y la búsqueda de encontrarla en el destruido Japón de la postguerra, ayuda a Fellers a descubrir tanto su humanidad como su sabiduría que le permiten llegar a una tomentosa decisión que cambió el tranque histórico de la vida de Hiroito.
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efectuado. ANDRES F. MALDONADO NIEVES, 20 años. Natural y residente de Arecibo. Falleció el 4 de mayo de 2013 en Arecibo. Sepelio efectuado. GLORIA MERCADO PAGAN, 83 años. Natural de Lares y residente de Arecibo. Falleció el 4 de mayo de 2013 en Arecibo. Sepelio efectuado. SANTIAGO VELEZ RUIZ, 88 años. Natural y residente de Arecibo. Falleció el 3 de mayo de 2013 en Arecibo. Sepelio efectuado.
2013 en Mayagüez. Sepelio hacia el Cementerio Nuevo Municipal. Día y hora pendiente. SOCORRO MORALES RAMIREZ, 68 años. Natural de San Germán y residente de Extensión Santa María, San Germán. Falleció el 1 de mayo de 2013 en Mayagüez. Fue cremada.
GERARDO MELENDEZ FIGUEROA, 82 años. Natural de Orocovis y residente de Las Lomas, R.P. Falleció el 7 de mayo de 2013 en San Juan. Sepelio hoy a las 10:00 a.m. hacia el Cementerio Nacional, en Hato Tejas, Bayamón.
VICENTE MARTELL GALINDO, 70 años. Natural de Maricao y residente del Bo. Aguilar. Falleció el 3 de mayo de 2013 en Mayagüez. Sepelio efectuado. ANTONIA ROMAN CRUZ, 89 años. Natural de Yauco y residente del Bo. Cerrillos, Cabo Rojo. Falleció el 3 de mayo de 2013 en Mayagüez. Sepelio hoy a las 10:00 a.m. hacia el Cementerio Los Robles en Cabo Rojo. LUIS ALBERTO FRED ECHEVARRIA, 18 años. Natural de Mayagüez y residente de Roosevelt. Falleció el 7 de mayo de
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MARIO MALDONADO TORRES, 77 años. Natural y residente de Arecibo. Falleció el 7 de mayo de 2013 en Bayamón. Sepelio mañana viernes a la 1:00 p.m. partiendo desde Casa Ulanga, Calle Ariosto Cruz en Arecibo, hacia el Cementerio Nuevo El Tres de Arecibo. ELBA HERNANDEZ AVILA, 90 años. Natural de Quebradillas y residente de Arecibo. Falleció el 6 de mayo de 2013 en Arecibo. Sepelio
ESMERALDA MERCED OTERO, 76 años. Natural de Comerío y residente en Guaynabo. Falleció el 6 de mayo de 2013 en Guaynabo. Sepelio hoy hacia el Cementerio Nacional en Bayamón. Para más información llamar a la funeraria.
PEDI A LOS TRES ANGELES Encienda tres velas blancas en un plato con agua y azúcar por sus tres ángeles protectores (Gabriel, Rafael y Miguel) y haga un pedido. En tres días usted alcanzará la gracia. Mande a publicar al tercer día y observe lo que pasará al cuar to día. (R.H.Q.)
EDICTOS CB-2288 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE MAYAGUEZ SALA SUPERIOR
DORAL BANK Parte Demandante VS
JUANITA COUVERTIER RIVERA Y SU ESPOSO DANIEL ESTEVEZ GUTIERREZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES CONSTITUIDA POR ESTOS Parte Demandada CIVIL NUM.: ISCI2009-01585 SALON NÚM.: 306 SOBRE ACCION CIVIL DE: EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA IN REM AVISO DE SUBASTA A: JUANITA COUVERTIER RIVERA Y SU ESPOSO DANIEL ESTEVEZ GUTIERREZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES CONSTITUIDA POR ESTOS; DORAL FINANCIAL CORPORATION; Y AL PUBLICO EN GENERAL: El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de Mayagüez, Mayagüez, Puerto Rico, hago saber a la parte demandada, y al PUBLICO EN GENERAL: Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 14 de agosto de 2012, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que se describe a continuación: RUSTICA: Porción de terrero sito en el Barrio Minillas del término municipal de San Germán con una cabida superficial de 4,991.468 metros cuadrados equivalentes a 1.27 cuerdas. En lindes por el NORTE, en 115.563 metros con terrenos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico; por el SUR, en 52.138 me-
tros con Esteban Jusino y 85.032 metros con Santos Acosta; por el ESTE, en 50.132 metros con Augusto Torres y por el OESTE, en 6.203 metros con un camino vecinal y 23.956 metros con Ernesto Ortiz. Inscrita al folio 141 del tomo 541 de San Germán, Registro de la Propiedad de San Germán, finca número 14,501. Del Registro de la Propiedad de San Germán, surge que la antes mencionada propiedad aparece afecta al siguiente (s) gravamen (es) preferente (s): (a) DORAL FINANCIAL CORPORATION: A cuyo favor aparece inscrito un pagaré por la suma de $20,000.00, sus intereses al 9.95% anual y vencedero el 1 de septiembre de 2015, según escritura número 473, otorgada en San Juan, el 18 de agosto de 2000, ante el notario Luis Valle Irizarry. Inscrita al folio 141 del tomo 541 de San Germán, finca número 14,501. Inscripción quinta. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la SENTENCIA dictada a su favor, el día 17 de noviembre de 2009, en el presente caso civil, a saber la suma de $137,409.79 de principal, más intereses al 6% anual desde el día 1ro. de marzo de 2009, más la suma de $14,875.00, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente a partir del día 1ro. de abril de 2009, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el (los) gravamen (es) aquí antes mencionado (s), a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará
al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en efectivo (moneda del curso legal de los Estados Unidos de América), giro postal o cheque certificado a nombre del alguacil del Tribunal. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 5 DE JUNIO DE 2013 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de Mayagüez, Mayagüez, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $148,750.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA, la misma se llevará a efecto el día 12 DE JUNIO DE 2013 A LAS 2:00 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $99,166.66, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 19 DE JUNIO DE 2013 A LAS 2:00 DE LA TARDE, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $74,375.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicársele al acreedor demandante la finca objeto de la presente acción aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes a la celebración de la subasta desierta, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la Sentencia dictada a favor de dicho acreedor demandante si ésta fuere igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721) Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan
interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría de este el Honorable Tribunal, durante las horas laborables. EXPIDO, el presente EDICTO, en Mayagüez, Puerto Rico, hoy día 10 de abril de 2013. Frank Rosado Suárez, Alguacil Supervisor Alguacil División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Mayagüez. CB-2221 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA MUNICIPAL DE YABUCOA.
FUNDACION DE HOGARES PARA TRABAJADORES
Puerto Rico 00767. o sea, la parte demandada arriba mencionada. POR LA PRESENTE se le notifica que ha sido presentada en este Tribunal una Demanda de Acción Civil. El abogado de la parte demandante es la Lcda. Giselle Martínez Velázquez con oficinas ubicadas en la Urb. El Cerezal, 1684 Calle Paraná, San Juan, Puerto Rico 00926-3144 y sus teléfonos número son: (787) 756-8748 (787) 756-8206/Fax (787) 756-8687. Se le advierte que este edicto se publicará en un periódico de circulación general una sola vez y que si no comparece en el término de treinta (30) días desde su publicación, presentando su contestación a demanda en la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Sala Municipal de Yabucoa, la parte demandante podrá solicitar que se dicte Sentencia en Rebeldía en su contra, declarándose CON LUGAR la demanda. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y el Sello del Tribunal Superior Sala de Yabucoa, Puerto Rico hoy 2 de abril de 2013. Tomasita Medina Rodríguez, Secretaria del Tribunal Confidencial II. Secretario Por: Wanda L. González López, Sub-Secretario.
CB-2294 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR
FANNIE MAE
Parte Demandante vs.
Demandante v.
CARMEN L. VAZQUEZ ORTIZ
RAFAEL VEGA ORTIZ Y GEORGINA MONTESINO GONZÁLEZ
Parte Demandada CIVIL NUM.: H2CI2013008. SOBRE: DESAHUCIO POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Los Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. A: CARMEN VAZQUEZ ORTIZ. Edificio Ernesto Carrasquillo. Apar tamento 201, Yabucoa,
Demandados CIVIL NÚM: DCD09-0322 (406) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EDICTO DE SUBASTA El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimien-
to de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, giro o cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 6 de junio de 2013, a las 11:00 de la mañana en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en El Centro, E-2 Calle 5, Corozal, PR 00783 y que se describe a continuación: URBANA: Solar marcado con el número E-2 del plano de inscripción del Proyecto UM7-4, denominado Residencial El Centro, sito en el Barrio Pueblo del término municipal de Corozal, Puerto Rico, con una cabida superficial de 288.31 metros cuadrados. En lindes por el Norte, en una distancia de 14.51 metros, con la calle número 5; por el Sur, en una distancia de 14.74 metros, con área para facilidades vecinales; por el Este, en una distancia de 21.17 metros, con el solar número E-3; y por el Oeste, en una distancia de 18.59 metros, con el solar número E-1. Enclava una casa. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 25 del Tomo 171 de Corozal, finca número 9,175, en el Registro de la Propiedad de Barranquitas. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $100,000.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 13 de junio de 2013, a las 3:00 de la tarde. En la segunda subasta
que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $66,666.67. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 20 de junio de 2013, a las 3:00 de la tarde. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $50,000.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 357, otorgada el día 29 de septiembre de 2000, ante el Notario Yvonne Vergne López y consta inscrita en el Folio 130 del Tomo 276 de Corozal, finca número 9,175, en el Registro de la Propiedad de Barranquitas, inscripción quinta. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $90,965.28 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 7.875% anual desde el día 1 de septiembre de 2008. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $10,000.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $10,000.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $10,000.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la Regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMÓN SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo
licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de las constancias del Registro de la Propiedad en un estudio de título efectuado a la finca antes descrita. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 6 de marzo de 2013. Fdo. FREDDY OMAR RODRIGUEZ COLLAZO ALGUACIL.
EL VOCERO / JUEVES, 9 DE MAYO DE 2013
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EL VOCERO / DEPORTES / JUEVES, 9 DE MAYO DE 2013
ORIENTACIÓN CARRERAS PARA MAÑANA 1RA. CARRERA
1,200 Metros 3 años
No reclamables 1. Lady Viega Julio A. Hernández 116 2. Kapla Javier Santiago 116 3. Prodigiosa Juan Carlos Díaz 116 4. Segunda Esperanza Jomar García 111 5. Swingrimson Cat Miguel Sánchez 116 NUESTRA SELECCION: Lady Veiga, Prodigiosa y Kapla.
2DA. CARRERA
1,600 Metros 3 años y mayores
Reclamables a $3,500 1. Fascinado R. Sánchez 116 2. Livingston County Miguel Sánchez 118 3. Top Connection Eddie Santiago 109 4. Calado Javier Santiago 116 5. Noro’s Boy José M. Rivera 118 6. Sly Wink David Rosario 118 NUESTRA SELECCION: Top Connection, Noro’s Boy y Sly Wink.
3RA. CARRERA
1,200 Metros 3 años
Reclamables a $3,500 1. El Gran Pico José M. Rivera 118 2. El Interprete David Rosario 118 3. Charlie Oyola Julio A. Hernández 118 4. Corre Puchy Corre Eddie Jurado 116 5. Volvemo Jerry J. Díaz 111 6. Pozuelo Angel M. Viera 118 NUESTRA SELECCION: Volvemo, El Gran Pico y Pozuelo.
4TA. CARRERA
1-1/16 Milla 4 años y mayores
Reclamables a $3,500 1. Reservado J.L. Rivera, Jr. 116 2. Que Barbaridad Angel M. Viera 118 3. Tito Discount Eddie Santiago 109 4. Tiro Certero Jerry J. Díaz 109 5. Oceánico Javier Santiago 120 6. Grandson T. Edwin Castro 120 7. El Soplapotes Héctor M. Díaz 120 NUESTRA SELECCION: El Soplapotes, Ocenico y Grandson T.
PARA LAS BANCAS PARA ARRIESGADOS Top Connection y Naos en primera.
PARA CONSERVADORES: Lady Veiga y La Negra Tomasa en segunda
5TA. CARRERA
1,300 Metros 4 años y mayores
Reclamables a $3,500 1. Metáfora Jerry J. Díaz 109 2. La Típica A. Adorno 112 3. Waiting In Jail Alberto Soto 112 4. La Combatiente Angel M. Viera 118 5. Petite Cat Juan Carlos Díaz 116 6. La Negra Tomasa Javier Santiago 116 7. Respetuosa Carlos Pizarro 116 8. Sra. Ingrid G. Eddie Santiago 109 9. Entre Naranjos Benjamín López 116 10. La Niña De Plata Edwin González 116 11. Aguja Azul Josué Marcano 116 12. Boticaria Héctor M. Díaz 116 NUESTRA SELECCION: La Negra Tomasa, Petite Cat y La Combatiente.
6TA. CARRERA
1,200 Metros 4 años y mayores
Reclamables a $7,500 1. Naos A. Adorno 113 2. Crucitín Angel M. Viera 118 3. Cerro Avila Sashá Ortiz 120 4. Standard’s Poet Carlos Pizarro 116 5. Appealing Son Juan Carlos Díaz 116 6. Otro Visur Andy Hernández 116 7. Pickett’s Charge Edwin Castro 116 8. Skylight Citizen Javier Santiago 120 9. Salientito Edwin González 116 10. Puchador José M. Rivera 118 11. Brock N Roll Julio A. Hernández 118 NUESTRA SELECCION: Skylight Citizen, Naos y Puchador.
7MA. CARRERA
1,100 Metros 3 años y mayores
Reclamables a $11,000 1. Sirverlis Juan C. Pérez 118 2. My Favorite Time Héctor M. Díaz 118 3. Apaga Fuego J.L. Rivera, Jr. 118 4. La Sensitiva Héctor Berríos 117 5. Ventisca Carlos Pizarro 118 6. Sor Cayita Eddie Santiago 109 7. Habana Cat David Rosario 117 8. Jalda Arriba Luis Hiraldo 116 9. Bomba Y Plena Jayson Sánchez 118 NUESTRA SELECCION: My Favorite Time, Jalda Arriba y Habana Cat.
RECOMENDACIONES PARA EL POOL CUADRO $3.00 2da. Top Connection, Noro’s Boy y Sly Wink 3ra. Volvemo 4ta. El Soplapotes 5ta. La Negra Tomasa 6ta. Skylight Citizen y Naos 7ma. My Favorite Time y Jalda Arriba
PROGRAMA HÍPICO
PAPELETA 2da. 3ra. 4ta. 5ta. 6ta. 7ma.
Top Connection Volvemo El Soplapotes La Negra Tomasa Skylight Citizen My Favorite Time
AYER EN LAS CARRERAS
RESULTADOS
Another Judge dominó todo el camino. No Small Miracle avanzó sin posibilidades en los metros finales para quedar a cuerpo y tres cuartos del ganador.
última posición para dominar a Australis Time en los últimos 50 metros y derrotarla por medio cuerpo. Esta última fue descalificada al cuarto lugar por cortarle el paso a Zahit a mediados de la recta final.
TERCERA CARRERA
SEXTA CARRERA
Representado estuvo al frente desde los primeros 400 y Juan Carlos Díaz tuvo que trabajarlo al máximo para mantenerse sobre Capotero en la recta final. Lo venció por medio cuerpo.
CUARTA CARRERA D’ Next Experience también dominó temprano. Al final logró mantenerse por el pescuezo ante Wire Tranzfer, que se veía ganador a mitad de la recta final. Faltando unos 125 metros West Citizen se movió hacia afuera y provocó contacto con Wire Tranzfer que pudo costarle la carrera a este último.
QUINTA CARRERA Dulce Chocolate vino de la
1
1-1/8 Milla
2
1,400 Metros
3
1,300 Metros
4
1,100 Metros
5
1,200 Metros
6
1,300 Metros
7
1-1/8 Milla
1. Don Carlos R. (4) Javier Santiago 2. Arquitecto (3) 3. Italy Pride No hubo dividendos.
NORMAN H. DÁVILA
SEGUNDA CARRERA
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Mi Girl Romanza alcanzó a Takeit Or Leaveit entrando en la recta final y logró desligarse de ella en los últimos cien metros. Aquí se presentó por fuera Native Humor con fuerte empuje, provocando una llegada de fotografía. Mi Girl Romanza se mantuvo por el hocico. La Gordi, que pagaba 45-1 en primera, quedó a solo el pescuezo en la tercera posición después de varios problemas en el recorrido.
SÉPTIMA CARRERA Victorino fue retirado y Pasto Seco se lastimó en mitad de carrera y no rindió. Súper Abuelo vino del último lugar para ganar por once cuerpos.
1. Another Judge (4) Héctor Berríos 2. No Small Miracle (5) 3. Smart Salute Dividendos de Another Judge $3.10 y $2.10; de No Small Miracle $2.20. Exacta 4-5 pagó $3.60
1. Representado (4) Juan Carlos Díaz 2. Capotero (2) 3. Mallorquín (3) Dividendos de Representado $2.80 y $2.10; de Capotero $2.40. Exacta 4-2 pagó $3.90 Dupleta 4-4 pagó $3.00 Trifecta 4-2-3 pagó $3.80 Pool de 4: 4-3-7-9 pagó $715.90
1. D’Next Experience (3) Héctor Berríos 2. Wire Tranzfer (4) 3. West Citizen Dividendos de D’Next Experience $9.70 y $4.30; de Wire Tranzfer $2.80. Exacta 3-4 pagó $12.90 Dupleta 4-3 pagó $14.20 Pool de 3: 3-7-9 pagó $442.20
1. Dulce Chocolate (7) Carlos Pizarro 2. Mi Abuela Josefa (3) 3. Zahit (8) 4. Australis Time (9) Dividendos de Dulce Chocolate $7.20 y $8.10; de Mi Abuela Josefa $16.70. Exacta 7-3 pagó $81.30 Dupleta 3-7 pagó $64.60 Quiniela 3-7 pagó $59.60 Trifecta 7-3-8 pagó $407.05 Superfecta 7-3-8-9 pagó $495.30 Pool de 3: 7-9-3 pagó $122.95
1. Mi Girl Romanza (9) J.M. Rivera 2. Native Humor (7) 3. La Gordi (4) 4. Takeit Or Leaveit (3) Dividendos de Mi Girl Romanza $15.50 y $7.70; de Native Humor $6.40. Exacta 9-7 pagó $219.90 Dupleta 7-9 pagó $84.70 Quiniela 7-9 pagó $51.80 Trifecta 9-7-4 pagó $1,325.65 Superfecta 9-7-[ ]-[ ] pagó $118.35
1. Super Abuelo (3) Juan Carlos Díaz 2. Razzy (4) 3. Salvaje (5) Dividendos de Super Abuelo $3.90. Exacta 3-4 pagó $8.80 Dupleta 9-3 pagó $41.10 Trifecta 4-3-5 pagó $7.20
Pool ascendió: $177,064 Paga con 6: $489.50 Paga con 5: $13.35
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DEPORTES / JUEVES, 9 DE MAYO DE 2013 El periódico de Puerto Rico
Le dieron de alta
Aparece una tajada RAFY RIVERA, EL VOCERO
En un comunicado, el Centro Médico Bayfront indicó que Happ fue dado de alta tras ser declarado en buena condición física. El pitcher fue trasladado allí el martes por la noche luego de ser golpeado en el lado izquierdo de la cabeza por una línea de Desmond Jennings en el segundo inning del partido que Toronto ganó 6-4 a los Rays de Tampa Bay.
PROBABLES LANZADORES LIGA AMERICANA •Oakland (Colón 3-1) en Cleveland (Kazmir 1-1), 12:05 p.m. •Kansas City (Guthrie 4-0) en Baltimore (Mig.González 2-2), 7:05 p.m. •Minnesota (Correia 3-2) en Boston (Lackey 1-2), 7:10 p.m. •Toronto (Dickey 2-5) en Tampa Bay (Price 1-3), 7:10 p.m. • L.A. (Angelinos) (Vargas 1-3) en Houston (Harrell 3-3), 8:10 p.m. LIGA NACIONAL •Pittsburgh (Locke 3-1) en N.Y. (Mets) (Gee 2-4), 7:10 p.m. •Filadelfia (Hamels 1-4) en Arizona (Corbin 4-0), 9:40 p.m. •Atlanta (Teherán 1-0) en San Francisco (Vogelsong 1-2), 10:15 p.m. INTERLIGAS •N.Y. (Yanquis) (Sabathia 4-3) en Colorado (Francis 1-2), 3:10 p.m. •Detroit (Fister 4-0) en Washington (Haren 3-3), 4:05 p.m.
AP / Mike Carlson
ST. PETERSBURG, Florida - El pitcher J.A. Happ de los Azulejos de Toronto fue dado de alta ayer de un hospital en la Florida tras haber sido golpeado el martes en la cabeza por una línea.
Los Azulejos habían indicado antes que Happ se encontraba receptivo y bien luego de sufrir un moretón en la cabeza y una laceración en la oreja izquierda. El zurdo fue retirado del diamante sobre una camilla. “Estoy de buen ánimo”, afirmó Happ en una declaración difundida por el hospital. “Definitivamente aprecio el apoyo de la comunidad del béisbol. Ha sido abrumador, los mensajes y las palabras amables que he estado recibiendo. Solo quiero agradecer a todos por eso y espero estar pronto de vuelta por allá”. La preocupante lesión de Happ en el Tropicana Field impresionó a los peloteros de ambos equipos y reavivó interrogantes en torno a si las Grandes Ligas están haciendo lo suficiente para proteger a los pitchers, los cuales suelen encontrarse en el camino de los batazos. Autoridades del béisbol han dicho que un forro dentro de la gorra hecho de kevlar –el material empleado en los chalecos antibalas de las Fuerzas Armadas, las agencias policiales y los jugadores del fútbol americano– está entre las ideas que se sopesan.
Gobierno ordenó desembolso al COPUR de $1 millón
cia hasta el 2020 y saldrán de lo generado en los sorteos de Lotería Electrónica, Ordinaria o Extraordinaria. La líder del COPUR explicó que por ser la primera vez que recibirán fondos de la Lotería Electrónica, eso causó cierto retraso.
Tan pronto como la semana que viene, el Comité Olímpico de Puerto Rico estaría recibiendo $1 millón de parte del Gobierno como parte de su asignación anual de fondos.
“El problema surge en la Lotería, ellos estaban identificando el proyecto de ley de la Resolución Conjunta con la Lotería Electrónica. Esta es la primera vez que nosotros vamos a recibir fondos de la Lotería Electrónica. Ellos estaban aparentemente en una consulta de la ley en términos de si podían pagar de los fondos de la Lotería Electrónica al Comité Olímpico, pues es la primera vez que surge desde que se hizo la enmienda. La consulta bajó y se acordó hacer el desembolso”, indicó Rosario.
Así lo aseguró ayer Sara Rosario, presidenta del COPUR, al tiempo que manifestó que la cantidad aliviará por el momento la fuerte carga económica de su organismo. El tema de los fondos públicos para el COPUR estuvo esta semana en veremos, ya que no se aseguraba que el dinero fuera a llegar. Incluso, Rosario alertó al Gobierno que de no recibir el dinero esto afectaría toda la operación del COPUR. “La Lotería Electrónica está remitiendo hoy (ayer) $1 millón para el Departamento de Hacienda como un anticipo que debemos estar recibiendo la semana que viene”, dijo Rosario.
Las Resoluciones Conjuntas del Senado 939 y 885, ambas bipartitas de la autoría del senador Larry Seilhamer (PNP) y Antonio Faz Alzamora (PPD), fueron las responsables de que el COPUR y el Albergue Olímpico tuvieran una nueva manera de recibir fondos recurrentes. Estas asignaciones de fondos tendrán vigencia hasta el 2020.
“No es lo que esperábamos, no es la aportación, pero por lo menos nos ayuda a pagar un poco deudas pendientes que tenemos y a que la programación deportiva no se vea interrumpida en los próximos meses”, agregó. En diciembre pasado, el gobierno saliente de Luis Fortuño aumentó las aportaciones anuales del COPUR de $2.3 millones a $3.8 millones. Mientras, al Albergue Olímpico se le subió de $3 millones a $4 millones. Estas asignaciones tienen vigen-
EL VOCERO / Archivo
THE ASSOCIATED PRESS
Sara Rosario, presidenta del COPUR
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D deportes
JUEVES, 9 DE MAYO DE 2013
Encuentro de caballeros CARLOS NARVÁEZ ROSARIO, EL VOCERO
El toabajeño José (Chelo) González y el campeón peso ligero de la Organización Mundial de Boxeo (OMB), el inglés Ricky Burns, sostuvieron un cordial primer encuentro el miércoles en Glasgow, Escocia, durante la conferencia de prensa de cara al pleito del sábado en esa ciudad. El boricua calificó el encuentro como uno de “caballeros”. González, de 29 años, intentará arrebatarle la faja a Burns en un pleito que tendrá lugar en el Emirates Arena.
AP / Archivo
“Fue un encuentro muy tranquilo. Primero nos saludamos y después nos miramos frente a frente. Estuvimos muy tranquilos. Fue un encuentro de caballeros”, reaccionó González a EL VOCERO poco después de la conferencia.
Sin prisa Miguel Cotto CARLOS NARVÁEZ ROSARIO, EL VOCERO
El segundo paso para que Saúl (Canelo) Álvarez se convierta en toda una estrella, es ser una gran figura en las ventas de televisión de ‘pague-por-ver’. Y lo que podría catapultarlo a ese nivel es un enfrentamiento ante el excampeón Miguel Ángel Cotto.
de Miguel Cotto y ‘Canelo’ sería mucho más atractiva aunque no superior a una con Floyd Mayweather. Ciertamente estoy seguro de que aglutinaría mucho más gente. Sería un evento como los que se hacían hace muchos años en un estadio”, aseguró.
Gabriel Peñagarícano, asesor legal de Cotto, vaticinó que una pelea entre el puertorriqueño y el tapatío superaría incluso la cifra de fanáticos que acudió al combate hace unas semanas entre ‘Canelo’ y Austin Trout, en San Antonio, Texas.
Peñagarícano aseguró que Cotto (34-2 y 30 KOs) se encuentra en una posición “muy ventajosa” sobre el mexicano por su trayectoria en ventas de PPV.
Álvarez, campeón junior mediano del Consejo Mundial de Boxeo (CMB), es la principal opción en estos momentos para enfrentar a Cotto en el mes de septiembre. Incluso el promotor de Álvarez –Oscar de la Hoya– dijo recientemente estar interesado en formalizar ese pleito. “‘Canelo’ y Trout metieron 40 mil personas en San Antonio, pero una pelea
“Hay que trabajar un poco más por el frío. Pero ya esperamos el jueves estar en el peso. Pero aquí el gimnasio es frío y donde corremos también es frío. Se hace difícil sudar. Pero estaremos en el peso, es cuestión de trabajar poco a poco”, agregó González. Burns (35-2 y 10 KOs) viene de defender con éxito su corona el pasado mes de septiembre en Glasgow. González es el segundo puertorriqueño que enfrentará Burns en su carrera. El primero fue Román (Rocky) Martínez, a quien Burns le arrebató la corona superpluma en el 2010 por decisión unánime. “Estamos muy tranquilos. Sabemos que tenemos que trabajar con él. El boxea mucho y asimila mucho. Pero estamos tranquilos y listos para llevarnos la victoria. Vinimos a la casa del campeón y tenemos que impresionar”, agregó González, quien se ha pronunciado en perfecto inglés con los medios británicos.
“El negocio de Miguel no tiene prisa. Tiene una posición muy ventajosa en estos momentos. De ‘Canelo’ todo el mundo habla de él, pero nunca ha estado en un ‘pay-per-view’”, añadió. Cotto viene de dos derrotas en el 2012 –ante Floyd Mayweather, Jr. y Austin Trout– y se espera esté devuelta entre los meses de septiembre y noviembre. El boricua planifica realizar unos tres combates antes de colgar los guantes.
SUMINISTRADA
Aseguran que el excampeón está en posición más ventajosa que ‘Canelo’ Álvarez
González y Burns se verán una última vez el viernes durante la ceremonia de prensa. El puertorriqueño, que tiene marca de 22-0 con 17 nocauts, se colocó el miércoles a tres libras del peso límite.
Ricky Burns defenderá su título el sábado ante González.
EL VOCERO / ESCENARIO / JUEVES, 9 DE MAYO DE 2013
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ESCENARIO / JUEVES, 9 DE MAYO DE 2013 El periódico de Puerto Rico
Lanza la segunda fase de Mujeres de Éxito en convocatoria para proveer capital y hacer crecer a 20 negocios de mujeres empresarias Doral Bank anunció la segunda convocatoria de su programa Mujeres d Éxito, dirigido a potenciar el desarrollo económico y profesional de la mujer en Puerto Rico. El programa, que ya ha rendido grandes frutos en la economía de la Isla, renueva sus iniciativas Despegue Empresarial, Fondo Doral, Internado Doral y Ruta Mujeres d Éxito.
JESÚS F. MÉNDEZ
Mujeres d Éxito lanzó en el 2011 y, desde entonces, ha impactado a sobre 500 mujeres a través de capital y mentoría. Además, el programa ha impulsado la creación de sobre 50 empleos, todos en negocios liderados por mujeres.
“En Puerto Rico, una de cada tres familias es liderada por una mujer. A medida que la mujer aumenta su participación laboral, también crece su responsabilidad en la toma de decisiones financieras. Es evidente que si ofrecemos ayuda a la mujer, impulsaremos también la economía de Puerto Rico y la creación de empleos. Por eso, cumpliendo con nuestra promesa de hacer la diferencia en nuestra comunidad, este año aumentamos nuestra ayuda a través de las iniciativas de este programa”, explicó Jesús F. Méndez, vicepresidente ejecutivo de Operaciones de Puerto Rico de Doral.
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Cómo participar •Debes ser propietaria de un negocio de dos años o más de establecido con ganancias de $2 millones o menos.
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•Llenar la solicitud que puedes obtener en doralbank.com/mujeresdexito y entregarla antes del 24 de junio de 2013. •Una vez completada la solicitud de participación, debes entregarla en un sobre manila en el buzón localizado en la sucursal de Doral Bank en la Ave. Roosevelt #1451 de lunes a jueves de 8:30 am a 5:00 pm, viernes de 8:30 a 6:00 pm y sábados de 9:00 am a 1:00 pm.
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•Recibirás un correo electrónico confirmando el recibo de la participación.
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•Un comité evaluará los casos tomando en consideración las necesidades de crecimiento de tu negocio. •Se seleccionarán 10 finalistas, que presentarán su proyecto ante el comité asesor.
Comité asesor: 1. CPA Dervin Cabassa, Senior Tax Manager de la firma BDO Puerto Rico 2. Eva Vázquez, Senior Manager del Grupo Guayacán 3. Lucienne Gigante, vicepresidenta Senior de Mercadeo, Relaciones Públicas y Comunidad de Doral Bank 4. Tere Dávila, socia y directora creativa de la agencia de publicidad Lopito, Ileana & Howie 5. Desirée Lowry, codueña de la franquicia de Miss Universe Puerto Rico, y presidenta de Runway Media y Desirée Lowry Centro de Refinamiento y Modelaje 6. Lcda. María Teresa Szendrey, socia del bufete de abogados Fiddler, González y Rodríguez 7. Patricia de La Torre, editora de la revista Caras 8. Cristina Collazo, dueña de la empresa Valija Gitana
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EL VOCERO / ESCENARIO / JUEVES, 9 DE MAYO DE 2013
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Las pequeñas comerciantes interesadas en beneficiarse de esta ayuda, pueden solicitar directamente con las organizaciones aliadas. Corporación de Desarrollo Económico de Ceiba Teléfono: 787885-3020 Fax: 787-885-0716 cdec@libertypr.net Corporación para el Desarrollo Económico de Trujillo Alto Teléfono: 787761-0630 Fax: 787-748-5165 cdetapr@gmail.com Incubadora Microempresa Bieke, Inc. en Vieques Teléfono: 787741-8787 Fax: 787-741-8787 incubadora.bieke @cprdv.org
Fondo Doral apoyará este año a nuevas organizaciones como: Corporación para el Financiamiento Empresarial del Comercio y de las Comunidades (COFECC), y Comerciantes Unidos para el Desarrollo Comunitario en Camuy (CUDCC). Además, renovará su apoyo a las organizaciones ya establecidas en la primera convocatoria del año: Incubadora Microempresa Bieke en el municipio de Vieques, Corporación para el Desarrollo Económico de Trujillo Alto (CDETA), Corporación para el Desarrollo Económico de Ceiba (CDEC) y Oficina para la Promoción y el Desarrollo Humano (OPDH). El total del Fondo será de $100 mil para apoyar a esta red alterna de financiamiento comunitario que existe en Puerto Rico, la cual le provee esa primera oportunidad a microempresarias.
El crecimiento es también evidente en las microempresarias beneficiadas a través del Fondo Doral, un fondo especial en alianza con la Fundación Comunitaria de Puerto Rico para apoyar el desarrollo de programas de micropréstamos en organizaciones sin fines de lucro. Fondo Doral ha creado 14 nuevos negocios liderados por mujeres y estos, a su vez, han creado 28 empleos en variadas industrias como turismo, artes plásticas, educación, alimentación y finanzas, a través de nuevas mujeres empresarias. Nueve de estos empleos corresponden al municipio de Vieques a través de la Incubadora Microempresa Bieke, una de las organizaciones que obtuvo capital a través del Fondo Doral.
“La mujer es el eje del desarrollo económico. Así lo evidencia una diversidad de estudios y así lo creemos en la Fundación Comunitaria de Puerto Rico. Nos llena de gran satisfacción colaborar con Doral por segundo año en la administración del Fondo Doral, que forma parte de su programa Mujeres d Éxito. Esta colaboración nos permite ser parte del fortalecimiento de organizaciones sin fines de lucro, para proveer el acceso a capital necesario que promueva la generación de autoempleo. Estamos convencidos de que si fortalecemos la capacidad emprendedora de la mujer, estamos fortaleciendo la actividad económica de las comunidades”, mencionó el doctor Nelson I. Colón - Tarrats, presidente ejecutivo de la Fundación Comunitaria de Puerto Rico.
Karimar Meléndez es testimonio del éxito del Fondo Doral. La ayuda que Karimar recibió a través de esta iniciativa permitió que estableciera Discovery House, un centro de desarrollo infantil bilingüe en el cual se promueve el desarrollo emocional, físico, intelectual y social de niños de edad temprana. En Discovery House, brindan la oportunidad a cada niño o niña de instruirse en un segundo idioma, promueven valores y principios para desarrollar futuros ciudadanos conscientes de sus alrededores, y fomentan la importancia de cuidar el medio ambiente a través de siembras y huertos caseros. Con la ayuda de Fondo Doral, Karimar pudo obtener equipos y materiales que facilitan el método de enseñanza, al igual que expandir y hacer mejoras a sus instalaciones.
Oficina para la Promoción y el Desarrollo Humano en Arecibo Teléfonos:787-817-6954 / 787-242-0693 Fax: 787-817-7597 dc.opdhinc@gmail.com Corporación para el Financiamiento Empresarial del Comercio y de las Comunidades (COFECC) Teléfono: 787-7565082 mberrios@cofecc.net
En la foto: Grupo de organizaciones aliadas al Fondo Doral
Ruta Mujeres d Éxito La expansión del programa Mujeres d Éxito, Ruta Mujeres d Éxito, regresa este año con cuatro paradas a nuevos lugares: Mayagüez, Ponce, Río Grande y Puerto Nuevo. Los eventos se celebrarán los cuatro sábados del mes de junio, comenzando el 8 de junio, y contarán con un equipo de profesionales que brindará herramientas a las participantes, gratuitamente.
“Mujeres d Éxito es evidencia de que en alianza podemos hacer una gran diferencia en nuestras comunidades. En solo un año hemos logrado crear alrededor de 50 empleos, hemos sido parte del crecimiento de sobre 20 empresas y hemos brindado herramientas profesionales a sobre 500 mujeres alrededor de la Isla. Este año nos proponemos llegar
aún más lejos, ayudando a más mujeres a lograr sus metas”, expresó Lucienne Gigante, vicepresidenta Senior de Mercadeo, Relaciones Públicas y Comunidad de Doral Bank. Anteriormente, Doral ha establecido su compromiso con la mujer puertorriqueña en iniciativas como Pink y Ruta Pink.
Mujeres d Éxito es ahora el principal de sus ocho programas comunitarios, que también cuentan con iniciativas como d parques, d hogares y d museo. Para el calendario y más información de este programa, conéctate a las páginas www.doralbank.com/mujeresdexito y www.facebook.com/doralbank.
EL VOCERO / JUEVES, 9 DE MAYO DE 2013
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PQTE DE
3 lbs.
Arroz Econo*
Papas para Cocinar
PQTE DE
Pqte. de 5 lbs. Canadá Reg. $2.29 c/u
5 lbs.
*Límite de 5 pqtes. por cliente por compra.
98
Coca Cola*
¢ Variedad Caja de 20 sobres *SVT - Reg. 2 x $4.00
Pavos Honey Suckle o Riverside*
88
Regular Bot. 1.75 lt. Reg. $1.09 c/u
Sazón Bohío
*Límite de 10 pqtes. de 3 lbs. por cliente por compra.
ESP. 3 X $5.00
*Límite de 10 bots. por cliente por compra.
GRADO
A
Congelados - U.S.A. De 14-18 lbs. - Reg. $1.48 lb.
¢
75
¢
PQTE DE
10 lbs.
Pechugas de Pollo Agrosuper* IQF - Chile Reg. $23.99 pqte.
*Límite de 2 pavos por cliente por compra.
19
98
Gandules Econo* Lata de 15 oz. Reg. 79¢ c/u
1
5
5/ 00
Grano Mediano Pqte. 3 lbs. Reg. $1.99 pqte.
2/ 00
Sazón Complete Badia Env. de 12 oz. Reg. $2.99 c/u
ESP. 2 X $5.00 *Límite de 8 latas por cliente por compra.
CALCULE EL AHORRO
1
*SVT = SURTIDO VARIA POR TIENDA. SOMOS DETALLISTAS. ESPECIALES VÁLIDOS DEL 9 AL 15 DE MAYO DE 2013. LAS VARIEDADES DE PRODUCTOS Y PRECIOS REGULARES ANUNCIADOS EN ESTE SHOPPER PUEDEN VARIAR POR TIENDA Y ZONAS GEOGRÁFICAS. ACEPTAMOS:
99
lb.
pqte.
*Límite de 2 pqtes. de 10 lbs. por cliente por compra
Frutas y Vegetales Fresas
Filete de Basa
Pqte. de 8 oz. U.S.A. Reg. $3.98 c/u
Congelado Vietnam Reg. $2.79 lb.
2x
4
1
00
78
Cebolla Amarilla
Puerto Rico Reg. 78¢ lb.
lb.
Filete de Abadejo Pollock Uvas Rojas Welch’s
Chile Reg. $2.09 lb.
PQTE DE
3 lbs.
1
28 lb.
Pimiento Morrón Verde U.S.A. Reg. $1.89 lb.
Manzanas Gala Pqte. de 3 lbs. U.S.A. o Chile Reg. $2.99 c/u
5
2/ 00 Bouquet de Claveles, Mini Claveles o Primaveral
1
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Batata Canol
República Dominicana Reg. 99¢ lb.
58
¢
2
Ensalada de viandas con mayonesa de ajo, limón y cilantro
lb.
Bouquet de Rosas Colombia Pqte. de 6 uns. Reg. $7.99
Colombia Reg. $5.99
98
lb.
3
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Ingredientes: ½ libra de yautía pelada ½ libra de malanga pelada ½ libra de ñame pelado ¾ taza de mayonesa ¼ taza de crema agria o “sour cream” 1/2 cebolla roja cortada en cuadritos 1/2 pimiento rojo cortado en cuadritos 2 cucharadas de ajo molido 2 cucharadas de jugo de limón ½ taza de cilantro fresco cortado finamente Sal y pimienta a gusto
Procedimiento: · Corte las viandas en cuadritos o cubitos pequeños, luego, coloque en una cacerola con agua fría y un poco de sal. · Lleve el agua a un hervor y cocine las viandas hasta que estén tiernas, aproximadamente por 12 minutos. · Cuando las viandas estén cocidas, colóquelas sobre un colador, escúrralas y déjelas enfriar. · En un envase, mezcle la mayonesa, crema agria, el ajo, limón y cilantro. Sazone con sal y pimienta. · Mezcle bien el aderezo y luego, agregue las viandas, vegetales y refrigere por una hora.
38
El Timón Pqte. de 12 oz. China Reg. $2.49 c/u
¢
4
Gandules
Previamente Congelado Ecuador Reg. $1.79 lb.
1
Camarones Cocidos El Timón
0% 10 SO NETO PE
Pqte. de 12 oz. Congelados - India Reg. $3.99 Pqte.
lb. Tulipanes
A IDEAL PARA ENSALAD
Holanda Reg. $11.99
7
98
250 - 350 ct
PE
Ajo Chef Piñeiro
26 - 30 ct
Chef: Chef Piñeiro’s
3
98 pqte.
3
98 pqte.
Camarones Cocidos Econo
0% 10 SO NETO PE
Congelados - Malasia Pqte. de 12 oz. Reg. $4.99 pqte.
Con Cilantro o Albahaca Env. de 32 oz. Puerto Rico Reg. $4.99
48
28 oz
EZ peel Pqte. de 12 oz. India Reg. $4.99 Pqte.
Con Cilantro o Albahaca Env. de 32 oz. Puerto Rico Reg. $3.99
98
2
D BANDEJA
Camarones Crudos Econo
0% 10 SO NETO
Sofrito Chef Piñeiro
2
5 lbs
2/ 00
lb.
28
CAJA DE
31 - 40 ct
3
98 pqte.
PQTE DE
1 lb.
Variedad en Carnes Fresco Del Pernil U.S.A. Reg. $1.99 lb.
Congelado Vietnam . $2.79 lb.
1
1
78
El Timรณn de 12 oz. China $2.49 c/u
CAJA DE
5 lbs.
2
DE BANDEJA
28 oz.
s Crudos Econo
3
U.S.A Reg. $2.99 lb.
1
1
38
Variedad Reg. $13.99 bandeja
PQTE DE
4 lbs.
58
lb.
Albรณndigas de Res Italian Village
Reg. $8.99 pqte.
bandeja
8
98
pqte.
pqte.
Costillas de Cerdo Spareribs*
caja
De 8 oz. Congelado Honduras Reg. $10.99 c/u
98 98
lb.
LATA DE
5 lbs.
lb.
Jamรณn Ovalado Dubuque U.S.A Reg. $12.99 lata.
Rabo de Langosta
EZ peel . de 12 oz. India 4.99 Pqte.
s - Malasia . de 12 oz. $4.99 pqte.
Carne de Cerdo
Con Hueso para Freir U.S.A. Reg. $1.99 lb.
Bandejas Party Tray Hormel
9
pqte.
Cocidos Econo
Congeladas Reg. $4.99 caja
98
98
3
Mollejas de Pollo
3
4
. de 12 oz. dos - India 3.99 Pqte.
lb.
98
00
Cocidos El Timรณn
4
98
48
lb.
Abadejo Pollock
Churrasco Angus U.S.A. Reg. $6.99 lb.
Chuletรณn de Cerdo
de Basa
PQTE DE
1 lb.
c/u
Mariscada Panamei
6
98 pqte.
Morcillas La Aguadillana
De Sangre y Arroz Reg. $3.69 lb.
9
98 lata
Longanizas La Aguadillana
Pqte. de 9.5 oz. Reg. $2.99 c/u
Congelada China Reg. $2.99 c/u
5
2/ 00
2
98 lb.
4
2/ 00
Mamá se merece lo mejor, Salsa de Tomate Econo
Granos Econo
Aceite de Maiz King Gourmet
Con o Sin Sal Lata de 8 oz. *SVT - Reg. 35¢ c/u
Env. de 96 oz. Reg. $6.99
4
98
1
5/ 00
5
Salchichas Vienna Libby’s
Grano Largo Pqte. de 3 lbs. Reg. $1.79 c/u
1
Aceitunas Econo Alcaparrado, Condimentos o Manzanilla Frasco de 7 oz. *SVT Reg. $1.39 c/u
Lata de 14 oz. Reg. $1.49
5x
98
5
¢
00
Arroces Econo
Recaíto o Sofrito Goya
Amarillo, con Hab. Coloradas o Negras Caja de 8 oz. *SVT - Reg. $1.69 c/u
Frasco de 12 oz. Reg.$1.39
4x
98
5
¢
00
Lata de 4.6 oz. Reg. 79¢ c/u
10x
5
12 Pimiento Morrón Econo
00
5x
5
Vinagre Heinz
Lata de 12 oz. Reg. $3.99
98
2
¢
98
Ketchup Hunts
Leche o Crema de Coco Econo
Lata de 12 ó 15 oz. Reg. $1.39 c/u
4x
5
00
Salsa Picante Econo Env. de 3 oz. Reg. 59¢
38
¢
Mayonesa Hellmann’s
Regular o Light Frasco de 30 oz. Reg. $3.99
2
98
Env. de 24 oz. Reg. $1.29
98
¢
Pastas Princesa
Spaghetti, Coditos Reg. y/o Grandes o Penne Pqte. de 14.11 oz. *SVT - Reg. 99¢ c/u
Salsa Ragú
Carne, Setas, Tradicional o Marinara Frasco de 23.9 oz. Reg. $2.99 c/u
2x
5
00
Pastas Princesa
Rigatoni, Linguini, Tirabuzón o Espiral Pqte. de 14.11 oz. *SVT - Reg. 99¢
Sopa de Cebollas Campbell’s
4x
2x
58
58
¢
¢
Papas Majadas Betty Crocker
Chef Boyardee
Lata de 10.5 oz. Reg. $1.79 c/u
Consomé, Beef o Chicken Broth Lata de 10.5 oz. Reg. $1.69 c/u
3
Ravioli, Spaghetti con Albóndigas o Beefaroni Lata de 14.5 ó 15 oz. Reg. $1.49
Roasted Garlic, 4 Cheese o Creamy Home Butter Caja de 6.6 oz. - Reg $1.79 c/u
¢
00
3x
5
98
00
Sazón Bohío
Papel para Pasteles Econo
Variedad Caja de 20 sobres *SVT Reg. 2 x $4.00
Env. de 12 oz. Reg. $2.99 c/u
5
*No incluye bajo en sodio.
Alfredo, Doble Cheddar, Garlic o Light Parmesan Frasco de 16 oz.
Caldos Campbell’s
00
Sazón Complete Badia
00
5
10/ 00
Salsa Ragú
Regular o Light Salt Caja de 2 sobres Reg. $1.79 c/u
5
00
Blanco Botella de 16 oz. Reg $1.39
Corned Beef Econo
Sopas Lipton
Conservas Coloso
Sardinas en Salsa de Tomate,Calamares en su Tinta, en Aceite, en salsa Marinera o Picantes, Pulpo al Ajil o, en Aceite, Marinera o Picantes Caja de 4 ó 4.25 oz. - *SVT - Reg. $1.39 c/u
2x
Variedad Lata de 8 a 8.75 oz. *SVT - Reg. 69¢ c/u
10/ 00
Arroz Saman*
*Límite 10 pqtes. de 3 lbs. por cliente por compra.
Vegetales Goya
Garbanzos, Hab. Blancas, Colorada, Negras, Pintas o Rosadas Lata de 15.5 oz. *SVT - Reg. 79¢ c/u
Cubitos Knorr
Homestyle Stock Variedad - Pqte. 4 uns.
Cubitos Pollo o Novísimo
Env. de 30 uns. - SVT* Reg. $3.89 c/u
2x
5
00
Salsa BBQ Kraft
Variedad Env. de 16.25 a 18 oz. Reg. $2.39 c/u
3x
5
00
Mostaza French’s
3x
98
3x
5
500
00 Harina Amapola
Croutons Cardini’s
Paella Vigo
De Maíz o Trigo Pqte. de 2 lb. *SVT - Reg. $1.79 c/u
Variedad Pqte. de 5 oz. Reg. 2 x $4.00
Caja de 19 oz. Reg. $4.99
2x
3x
3
3
5
98
00
00
Cherries Dell’s
Env. de 8 oz. Reg. $1.39
¢
Pqte. de 75 hojas Reg. $2.29 c/u
Con Tallito Frasco de 16 oz. Reg. $2.49 c/u
2x
4
00
Pan Club Pan Pepin
Regular, Integral o Integral Blanco Pqte. de 24 oz. *SVT - Reg. $2.89 c/u
4
2/ 00
Nuevo Pasas Econo
Pqte. de 6 cajitas de 1 oz. Reg. 2 x $4.00
3x
5
00
Spam
Bacon, Cerdo, Pavo - Variedad Lata de 12 oz. *SVT - Reg. $3.39 c/u
5
2/ 00
Leche Klim
Lata de 28.2 oz. Reg. $10.99
9
98
Cheez Whiz Kraft Plain Frasco de 15 oz. Reg. $2.99 c/u
5
2/ 00
Chocolates Fun Size Nestlé
Crunch, Baby Ruth o Butterfinger Bolsa de 11. 5 ó 12.5 o *SVT - Reg.$3.29 c/u
mamá se merece precios bajos.
5
Avena Instantánea Quaker
Cereales General Mills
s Goya
Variedad Env. de 330 a 350 grm. *SVT - Reg. $2.89 c/u
Cherrios, Cherrios: Honey Nut, Banana Nut, Multigrain o Chocolate, Lucky Charms, Trix, Cookie Crisp o Cinnamon Toast Caja de 9 a 14 oz. Reg. $2.99 c/u
dad 8.75 oz. 69¢ c/u
5
00
4
2/ 00 Frosted o Corn Flakes Kellogg’s
Pastas Princesa
hetti, Coditos Reg. o Grandes o Penne Pqte. de 14.11 oz. VT - Reg. 99¢ c/u
Handi Pack de 8 uns. *SVT - Reg. $2.99 c/u
¢
00
Mezcla para Pancakes Econo
2x
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5
Papas Majadas Betty Crocker
Garlic, 4 Cheese o Creamy Home Butter 6.6 oz. - Reg $1.79 c/u
3x
5
Nesquik
5
2x
2x
5
Paella Vigo
3
5
Gatorade
Crystal Light
Variedad Env. de 10 ó 12 qt / On the Go de 10 ct *SVT - Reg. $2.99 c/u
5x
2x
5
5
00
00
Brisk Lemon Iced Tea
9
5
98
00
heez Whiz Kraft
Plain Frasco de 15 oz. Reg. $2.99 c/u
5
/ 00
5
00
Caja de 50 ct. Reg. $1.59
1
28
Crunch, Baby Ruth o Butterfinger Bolsa de 11. 5 ó 12.5 oz *SVT - Reg.$3.29 c/u
2
98
Chocolates Dove Miniature
88
¢
Pasta de Guayaba Econo Flow Pack de 14 oz. Reg. $1.19
Sobresitos Tang
98
5
00
Variedad - Caja de 15.25 oz. Reg. $1.99 c/u
3x
5
00
Slpash V-8
Variedad Pqte. de 1.05 oz *SVT Reg. 79¢ c/u
Variedad Env. de 64 oz. *SVT - Reg. $2.99 c/u
10x
2x
5
00
4
88
Chocolates Mon Cheri
2
Variedad Pqte. de 8.5 o 9.5 oz. *SVT - Reg. $3.49
Variedad Caja de 7.86 ó 15 oz. *SVT - Reg. $2.99 c/u
Variedad - Env. de 16 oz.
Caja de 2.8 oz. Reg. $5.29
Chocolates Fun Size Nestlé
2x
Harina para Bizcochos Betty Crocker
Pqte. de 14 oz Reg. $5.99
Endulzador Nevella
Pop Tarts Kellogg’s
Frosting Betty Crocker
Café Molido Yaucono
Env. 128 oz. Reg. 2 X $5.00
3x
4x
Variedad Frasco de 12 oz. *SVT - Reg. $2.99 c/u
Variedad Bot. 32 oz. *SVT Reg. $1.59 c/u
98
*No incluye Garlic Butter ni Honey Wheat
Paso 2 Variedad Pqte. de 2 uns de 3.5 oz. *SVT - Reg. 1.79¢ c/u
Jalea Smucker’s
00
500
Comidas o Postres Gerber
5
2x
2x
78
00
00
Caja de 19 oz. Reg. $4.99
2
Variedad Lata de 7.5 a 10.5 oz *SVT - Reg. $2.99 c/u
2x
00
4
Variedad Caja de 12.47 a 15.1 oz. *SVT - Reg. $2.99 c/u
Caja de 4.4 oz. SVT* Reg. $2.99 c/u
Cereales Nestum
Variedad Env. de 12 oz. - *SVT Reg $2.99 c/u
3x
Fruit Crisp Keebler
Chocolate o Fresa Pqte. de 10.9 oz. *SVT Reg. $ $2.99 c/u
Maní Planters
Pqte. de 75 hojas Reg. $2.29 c/u
Original o Butter Mix Caja de 32 oz. *SVT - Reg. $2.69 c/u
4
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2/ 00 Galletas Ritz*
Variedad Caja de 4.4 a 4.86 oz.
00
00
Papel para Pasteles Econo
Barras Special K o Kellogg’s
2x
5
00
2/ 00
Galletas Nabisco
Oreo Chocolate 14.3 oz., Fig Newton 14 oz., Chips Ahoy Reg. 13 oz., Chips Ahoy Chunky 11.75 oz., o Cameo 14.5 oz. Reg. $3.49 c/u
98
5
Café Pilón
4
68
Chocolates Dove
Variedad Pqte. de 3.30 oz. *SVT - Reg. $2.49 c/u
3x
5
00
5
2/ 00
*No incluye 100 % Jugo Galletas Nabisco
Single Serve Variedad Caja de 12 uns. *SVT - Reg. $4.99
3
98
Galletas Export Soda Royal Borinquen
Azúcar Morena Econo
Regular o Light Lata de 24 oz. *SVT - Reg. $4.29
Glucerna
Butter Pecan, Chocolate, Vanilla o Strawberry Pqte de 6 uns. de 8 oz. *SVT - Reg. $9.99
8
98
Harina para Gluten Bizcochos Hodson Free Variedad Caja de 12 oz. Reg. $3.99
3
48
Bolsa de 32 oz. Reg. $2.49 c/u
2x
3
4
88
00
Néctares o Jugos Goya
Variedad Lata de 9.6 oz *SVT - Reg. 79¢ c/u
58
¢
Frutas en Almíbar Econo
Bot. de 128 oz Reg. $2.19 c/u
6x
4x
5
5
00
Clásico o Decaf Frasco de 3.5 oz. *SVT - Reg. $5.99
4
98 Chocolates Mon Cheri
Caja de 6.21 oz. Reg. $7.99
6
98
4
00
Agua para Bebé Econo
Pqte. de 3 uns. de 6.75 oz. Reg. $1.19 c/u
Café Nescafé
2x
Peras o Melocotones en Mitades Lata de 29 oz. *SVT - Reg. 2 x $5.00 c/u
Hawaiian Punch
00
Lata de 10 oz. Reg. $5.98
Capri Sun*
Caja de 10 uns. *SVT - Reg. $2.99 c/u
00
Freeze o Helados Fun Pops
Variedad Caja de 2.5 oz. - *SVT Reg. 2 x $5.00
2x
4
00
Chocolates Rocher Caja de 4.02 oz. Reg.$5.29
4
98
Piñas Econo
Sliced o Chunk Lata de 20 oz. *SVT Reg. $1.49 c/u
5x
5
00
Leche Condensada Econo Lata de 14 oz. Reg. $2.39 c/u
3x
5
00
Para mimar a la reina de la casa, Bounty
Liquido para Fregar Palmolive o Loción Vel
Garden, Select, White Select o Dura Towell King Roll 1 Rollo *SVT - Reg. $2.29 c/u
5
Pastal Dental Crest
5/
Anticavity Reg. o Baking Soda Fresh Mint Caja de 3.5 oz. *SVT - Reg. $1.49 c/u
5
00
Enjuagador Bucal Listerine
3/ Jabón Safeguard
Variedad Bot. de 500 ml. *SVT - Reg. $4.99
3
5
3
98
98
Pañales Snug & Dry
5
4
Toallas Sanitarias Nosotras
Maxi Overnight Long Pqte. de 10 uns. Reg. $2.29 c/u
3x
5
00
*No incluye original.
Easy Off
78
2x
2x
9
98
Servilletas Niveo
2x
3
2
Navajas Good News
Regular, Daisy o Plus Pqte de 5 uns. Reg. $3.99
4
98
Sparkling Ocean Caja de 30 oz. Reg. $3.29 c/u
Rectangular u Ovalado *SVT Reg. $1.39
78
¢
¢
Estuche Lactovit
2x
5
00
00
98
Bolsas Glad
Insecticida Black Jack
3x
5
Quick Tie Tall de 15 uns. o Trash Bag de 10 uns. Reg. $2.69 c/u
00
Snacks para Perros Beneful
M/M o H/C Regular, Cherry o Pino Lata de 9 oz. *SVT - Reg.$2.29 c/u
Baked Delights Hugs, Snackers Stars, Snackers Delight o Quacks Caja de 9 a 12.5 oz. *SVT - Reg. $4.99
3x
3
5
98
00
De 3 uns. Reg. $11.99
Arrocera Chef Selection 3 tazas Reg. $12.99
9
98
Cafetera Chef Selection 4 tazas Reg. $10.99
8
98
4
98
Pqte. de 10 uns. Reg. $5.99
Nuevo Sa a Coc
5x
3 Caja de 75’ Reg. $2.99 c/u
Pqte. de 12 oz. Reg. $3.99 c/u
Variedad - Solid de 6oz. o Spray de 8 oz. SVT* - Reg. $1.39 c/u
5
28
00
Mantequilla Brookfield
Regular o Sin Sal Caja de 1 lb. *SVT - Reg. $3.99
Vasos Plásticos Plastifar
2x
4
Papel de Aluminio Econo
Tocineta Indiana Kitchen
Desodorante Ambiental Airwick
Variedad Lata de 12.5 oz. *SVT - Reg. $4.99
00
Comida para Perros Puppy Chow
Purina Complete o Healthy Morsels Bolsa de 4.4 lb. *SVT - Reg $5.99
4
98
Licuadora Chef Selection 10 Velocidades Reg. $19.99
Estuche Maja
9
2
68
Underpads Depend
Desinfectante Lysol
38
De 4 uns.
98
Adulto Pqte. de 42 uns. Reg. $3.79
2
3 Detergente en Polvo Surf
9
98
Toallitas Depend
Regular o Limón Env. de 22 oz. Reg. $2.99
38
Moldes de Aluminio
78
Pqte. de 100 uns. Reg. $1.29
Expressions Caja de 84 uns. Reg.$1.99 c/u
All Purpose Cleaner 409
Env. 60.8 oz. Reg. $3.99
4 Lavender o Spring Waters Caja de 71 oz. *SVT - Reg. $5.99
Pañales Depend
Underwear, Real Fit o Silhouette S,M,L,XL, Plus Pqte. de 10 a 18 uns. *SVT - Reg. $10.99
Clorox Ropa Poder Duo
00
Detergente en Polvo Purex
17
98
Tamaño del 3, 4, ó 5 Caja de 92 a 120 uns. *SVT - Reg. $19.99
Clorox
Variedad Env. 128 oz. Reg. $2.69 c/u
3
Pañales Drypers
Variedad Env. de 100 oz. *SVT - Reg.$11.99
3
¢
Lestoil*
Heavy Duty Env. 28 oz. Reg. $1.89 c/u
Detergente Líquido Ace o Ariel 2X
18
Pqte. de 20 uns. de 9” Reg. 99¢
98
00
Regular, Fume Free o BBQ Grill Cleaner Lata de 16 oz. *SVT Reg. $3.99
Platos de Foam Alegría
5
98
00
2
3
98
Regular, Int Integral B Pqte. de 2 *SVT - Reg. $2
Pañuelos Faciales Kleenex
Invisible Solid Env. 2.6 ó 2.7 oz. Reg. $3.79
98
*No incluye Shampoo Prov Repair & Protect, Normal To Thick-Smooth ni 2N1 Normal to Thick-Smooth
4
98
Pan Club Pa
Tamaño 2T al 4T Pqte. de 19 a 26 uns. *SVT - Reg. $6.99
Goodnites Jumbo
Variedad Pqte. de 56 ó 64 uns. *SVT - Reg. $2.69 c/u
00
Cottonelle
Pqte de 12 rollos dobles Reg. $5.99
Desodorante Dove o Axe
Variedad Env. de 12.6 oz. *SVT - Reg.$4.99
Pull Ups Huggies
Pqte. de 12 uns. S/M o L/XL *SVT - Reg. $6.99
2x
Acondicionador o Shampoo Pantene
Variedad 6 barras de 4.25 oz. *SVT Reg. $6.99
Tamaño 1al 6 Pqte. de 23 a 60 uns.
Refill Toallitas Huggies
5
00
5/
Jabón Dove
Beige o White 8 barras de 4 oz. *SVT - Reg. $4.99
98
Env. de 14 oz. *SVT Reg. $1.49 c/u
15
98
Pqte de 100 uns. de 7 oz. Reg. $1.49
98
¢
68
¢
Comida para Gato Friskies Variedad Lata de 5.5 oz. *SVT - Reg. 99¢
Gelatina-es-Cedó
China, Strawberry o Uv Pqte. de 4 oz. *SVT - Reg. $2.29 c/
Comida para Perros Purina Dog Chow
Little Bites o Complete Bolsa de 16.5 ó 18.5 lb. Reg. $14.99
12
98
*No incluye Milano ni Chocolate Chunk.
los mejores productos y precios bajos. Quesos Borden
EMPAQUE FAMILIAR
98
4
2/
Pan Club Pan Pepín
Regular, Integral o Integral Blanco Pqte. de 24 oz. *SVT - Reg. $2.89 c/u
00
añuelos Faciales Kleenex
3
98
or Nuevo Sab o c a Co
4
Tocineta Indiana Kitchen Pqte. de 12 oz. Reg. $3.99 c/u
Desodorante Ambiental Airwick
2x
5
00
00
*No incluye Natural, Prosciutto ni Prosciutto Delicutto.
5
00
2
Regular o Sin Sal Caja de 1 lb. *SVT - Reg. $3.99
2x
98
4
¢
68
00
Gelatina-es-Cedó
Margarina Imperial Env. 45 oz. Reg. $3.99
4
Variedad Pqte. de 8 oz. *SVT - Reg. $2.49 c/u
lb.
Caja de 1.5 lbs. Reg. $4.99
5
00
Variedad Caja de 19.6 oz. *SVT - Reg. $2.99 c/u
98
00
2x
*No incluye Milano ni Chocolate Chunk.
5
Yuca Rica
Bolsa de 2.5 lbs. Reg. $3.29 c/u
2x
5
00
98
3x
Pancakes o French Toast Aunt Jemima
Straight Cut Bolsa de 5 lbs. Reg. $4.99
3
Pastas en Salsa Italian Village
Variedad Pqte. de 10.56 oz. *SVT - Reg. $2.29 c/u
98
3x
5
00
2x
5
00
2x
4
00
00
5
Empanadillas Econo
Carne, Pollo o Pizza Caja de 12 uns. *SVT Reg. $5.99
4
98
Env. de 16 oz. Reg. $3.99
Mega Pouches Tony’s
5
98
Pepperoni, Bacon & Egg o Ham & Cheese Caja de 6.5 oz. *SVT - Reg. $1.99 c/u
5
00
Queso de Bola Edam Reni Picot
Pqte. de 2 lbs. Reg. $9.99
Flan-es-Cedó
Variedad Pqte. de 3 uns. *SVT Reg. $2.29 c/u
4
3x
5
00
3
5
00
00
Fudge Brownie, New York Style o Strawberry Env. de 16 oz. *SVT - Reg. $5.99
98
00
Caja de 6 uns. Reg. $2.99 c/u
2x
Cheesecake Fathers Table
2x
2x
8
5
Activia, FOB, Light & Fit Variedad - Reg. o Light Pqte. de 4 uns. de 4 o 6 oz. Reg. $2.99 c/u
Crunch Bars Econo
98
98
Creme Fingers de 8.75 oz., Sugar Mini Donut de 10.5 oz., Mini Donuts Variedad de 11 oz., Little Layers Cakes de 12 oz., Raspberry Fingers de 12.75 oz., o Chocolate Cup de 11 oz. *SVT - Reg. $2.99 c/u
Yogurt Dannon
98
4x
98
3
Variedad Pqte. de 13 ó 14 oz. Reg. $4.99
Congeladas Bolsa de 4 lbs. Reg. $6.99
2
Variedad Caja de 8.5 a 11.5 oz. *SVT - Reg. $3.99
Polska Kielbasa Hillshire Farm
Fresas Enteras Econo
00
One Dish Lean Cuisine
5
00
2
5
4
3x
Mezcla para Sandwich Borden
2x
00
00
5
00
5/
Mrs. Freshley,s
Env. de 60 oz. Reg. $2.99 c/u
2x
Bolsa o Caja de 2 lbs. *SVT Reg. $3.29 c/u
Pqte. de 8 oz. Reg. $2.49 c/u
Jugo de China Premium Caribik Sun
Virgin Sangría o Paradise Bul Env. de 60 oz. *SVT Reg. $2.49 c/u
2x
Cheese Crackers Borden
Original, Light, Integral o Avena Sugar Free Pqte. de 10 oz. *SVT - Reg. $2.49 c/u
Jugos Caribe
Tostones o Amarillos King Crown
78
¢
Galletas de Casco Pan Pepín
5
4
Harvest Creek Pqte. de 12 oz. Reg. 99¢
Queso Borden
2x
Variedad Caja de 12.5 a 14.8 oz. *SVT - Reg. $2.99 c/u
Hot Dog
Palitos de Quesos Variedad -Pqte. de 6.1 oz. Quesos Rallados Variedad - Pqte. 8 oz. *SVT - Reg. $2.99 c/u
5
Caja de 8 oz. Reg. $2.29 c/u
98
Papas para Freír Econo
5
00
00
Queso Crema Borden
Variedad Env. de 64 oz. *SVT Reg. $5.99
2 5
00
Little Bites o Complete lsa de 16.5 ó 18.5 lb. Reg. $14.99
3
00
Leche Lactaid
98
2x
00
3
100% All Beef Sterling Grillers
Variedad Bolsa de 16 oz. Reg. $2.99 c/u
Bizcochos Pepperidge Farm
Comida para Perros Purina Dog Chow
2x
2x
Papas Orgánicas Alexia
4x
China, Strawberry o Uva Pqte. de 4 oz. *SVT - Reg. $2.29 c/u
2x
Quesos Media Luna Borden
Env. 15 oz. Reg. $2.99 c/u
Pqte de 100 uns. de 7 oz. Reg. $1.49
¢
3
98
Margarina Country Crock
Vasos Plásticos Plastifar
3x
Pizzas Jeno’s
Combinación, Pepperoni, Queso o Supreme Caja de 5 a 5.3 oz. *SVT - Reg. $1.99 c/u
Variedad Pqte. de 8” ó 10” de 10 ó 20 uns. *SVT - Reg. $2.99 c/u
Pqte. de 11 oz. Reg. $1.99 c/u
5
Rebanado Reg. $4.99 lb.
98
Mantequilla Brookfield
Tortilla para Burritos La Banderita
00
Queso Suizo Great Lakes o Provolone Rico-Mia
ariedad - Solid de 6oz. o Spray de 8 oz. VT* - Reg. $1.39 c/u
5x
Pan para Hamburger Pan Pepín
Variedad Pqte. de 3 oz. *SVT - Reg. $2.99 c/u
2x
5
4
00
2/
Pan para Hot Dog Pan Pepín Pqte. de 14.5 oz. Reg. $2.29 c/u
Cortes Fríos Daniele*
98
12
97% Fat Free Pqte. de 2 uns. de 12 oz. c/u *SVT - Reg. $5.99
Variedad Env de 48 oz. *SVT - Reg. $4.99
2x
3
4
98
Jamón o Pavo Econo
Mantecados Premium Econo
Expressions Caja de 84 uns. Reg.$1.99 c/u
00
American Slices o Melts Cheese Pqte. de 12 oz. Reg. $3.49 c/u
Sandwich de Mantecado Econo Low Fat Caja de 6 uns. Reg.$ 4.99
3
48
Celebra junto a mamá su grandioso día. Coca Cola, Sprite o Fanta
Agua Econo
5
*Límite de 2 pqtes. por cliente por compra.
*Límite de 2 pqtes. por cliente por compra.
Cerveza Heineken
Coors Light
3
5 Light o Extra 6 Bot. de 12 oz. Reg. $8.99
7
98 Champagne Freixenet
Vino Señorío Sotillo Joven
Cordon Negro o Brut Rosado Bot. de 750 ml. *SVT - Reg. $11.99
Bot. de 750 ml. *SVT Reg. $10.99
10
9
98
98 John Bar
Ron Palo Viejo
Bot. de 750 ml. Reg. $14.99
Blanco Bot. de 750 ml. Reg. $9.99
13
7
98
98
Dewar’s White Label
Original Bot. de 750 ml. Reg. $20.99
Bot. de 750 ml. Reg. $21.99
19
19
98 Dips
Lay’s Smooth Ranch, Salsa w/Cheese o Tostitos Mild Salsa Env. de 15 ó 15.5 oz. Reg. $3.99
3
48
Baileys
98
Pqte. . 18 uns
Snack Pack Pringles
Pqte. de 18 uns. Reg. $6.99
5
98
Spicy o Silver Bot. de 750 ml Reg. $6.99
5
98
Vino Segura Viuda
Brut o Rosé Bot. de 750 ml Reg. $11.99
10
98
Ron Don Q
Oro o Cristal Bot. de 750 ml. *SVT Reg.$12.99
10
98
Chivas Regal 12 años
Bot. de 750 ml. Reg. $27.99
26
98
Snacks Lay’s
Doritos Nachos XXL 12.5 oz., Tostitos Rest. Style o Scoops 10 ó 12.5 oz., Cheetos Crunchy 13 oz., Jumbos 12 oz., Party Mix 11 oz. SVT* - Reg. $3.99
3
38
Bot. 750 ml. Reg. $31.99 c/u
27
5
Vinos Undurraga
98
Vinos Emendis
Cava Dibon
Variedad Bot. de 750 ml Reg. $7.99
6
Jacob’s Creek
16
98
98
Sparkling Welch’s
2
Papitas Lay’s
Regular Pqte. de 6.5oz.
Munchies Snax Cheese o Ranch Pqte. de 8 oz. Reg. $3.49
3
28
Bot. 750 ml. Reg. $24.99
23
98
Sprite o Fanta
Reg., Dieta o Zero, Uva, China o Piña Bot. de 1.75 lt. Reg. $1.09
Red o White Bot. de 25 oz. *SVT Reg. $3.99
98
Cointreau
Licor 43
15
12
3
00
Bot. de 750 ml. Reg. $18.99
Variedad Bot. de 750 ml. *SVT Reg. $16.99
98
2x
13
Vodka Absolut
Bacardí
Bot. 25.3 oz. Reg. $1.99 c/u
98
98
Coco, Black Razz, Vainilla, Arctic Grape o Limon Bot. de 750 ml. Re. $13.99
Agua Mineral San Pellegrino
Crianza Bot. 750 ml. Reg. $14.99
9
11
98
Seis de Luberry
Variedad Bot. 750 ml. *SVT Reg. $10.99
98
12
8
9
Bot. 750 ml. Reg. $12.99
Bot. de 750 ml. Reg. $13.99
98
98
Protos Cosecha
Vodka Sobieski
Brut o Rosé Bot. de 750 ml. *SVT Reg. $9.99
Rosé o Reserva Cava Bot. de 750 ml. *SVT Reg. $10.99
98
00
Black Label
00
2/ *No incluye Champagne
Black Roberts
4
2/
Variedad Bot. 750 ml. *SVT - Reg. $2.99 c/u
98
Cerveza Corona
Orange Fruit Drink Bot. de 59 oz. - Reg. $2.99 c/u
Vinos Ponte Vecckio
Green o Premium Ligth Pqte. 6 bot. de 8.5 oz. *SVT - Reg. $7.99
98
o Minute Maid Pulpy
00
2/
6 latas de 8 oz. Reg. $4.99
Cranberry o Manzana
5
00
2/
Richy
Regular, Dieta o Zero /Uva, China o Piña 8 latas de 11.27 oz. Reg. $2.99 c/u
Pqte. de 24 bot. de 16.9 oz. Reg. $3.49 c/u
Sangriiia Gasolina
3
Caja de 5 uns. de 6.75 oz. o Pouch de 750 ml. Reg. $4.99
98
Pita Chips NY Style Variedad Bolsa de 9 oz. *SVT Reg. $2.39 c/u
2x
4
00
Malta Polar
Regular o Light 6 bot. de 7 oz. *SVT. Reg. $2.39 c/u
3x
93
5
¢
00
Pop Corn Act II
Variedad Bolsa de 5 oz. *SVT - Reg. $2.99 c/u
2x
5
00
Hummus Dip Wild Graden
Variedad Env. de 13 oz. *SVT - Reg. $3.49
2
98