Edición 26 de Noviembre 2013

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MARTES, 26 DE NOVIEMBRE DE 2013 / AÑO XXXIX / NÚM.12176 / SAN JUAN, PUERTO RICO

GRITO DE GUERRA DE LOS MAESTROS Verdejo la próxima gran estrella

DEPORTES

P.31

Todas las organizaciones magisteriales advirtieron que paralizarán el sistema educativo si el Gobierno cambia su plan de pensiones y reclaman que el de los tribunales está en peores condiciones, pero no se habla de modificarlo P.4

Perelló no descarta el Gasoducto del Sur El Presidente cameral asegura que ese es el único proyecto con permisos

LOCALES

EL VOCERO / Gerardo Bello

P.6

A Rafael Ithier no hay quien lo retire

ESCENARIO

P.18

VIH sigue atacando

Puerto Rico ocupa los principales puestos en todo Estados Unidos de prevalencia y diagnóstico de la enfermedad P.10


EL VOCERO / MARTES, 26 DE NOVIEMBRE DE 2013

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LOCALES / MARTES, 26 DE NOVIEMBRE DE 2013

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índice

El periódico de Puerto Rico

EN VOCERO.COM

Inusual inactividad inquieta a científicos La ‘somnolencia’ actual del Sol, cuya actividad se sitúa en los mínimos registrados en el último siglo y medio, preocupó a los expertos, quienes se preguntan cómo este comportamiento afectaría a la Tierra. Escanee el código para más detalles de esta noticia.

Despegan ventas de pavos y cenas previo al Día de Acción de Gracias P.16

INTERNACIONALES P.14 NEGOCIOS P.16

Insólita separación

ESCENARIO P.18 CLASIFICADOS P.21

Una fortuna de millones de dólares hizo pedazos el matrimonio de una pareja que no logró ponerse de acuerdo sobre cómo gastar su dinero. Conózcalos al escanear el código.

Economice con los seguros de autos La mayoría de las personas desconocen que pueden economizar mucho dinero en la póliza del seguro de su autos si comparan ofertas y precios de distintas aseguradoras. De acuerdo a un sondeo de LowerMyBills.com, casi la mitad de los consumidores de pólizas de seguro no están conscientes de los descuentos que pueden conseguir cuando comparan precios sin sacrificar la cobertura del seguro.

EL VOCERO DE PUERTO RICO

ESQUELAS P.27 DEPORTES P.31

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Johnny Lozada se fajó para lograr el merecido triunfo P.19

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EN PORTADA

EL VOCERO / Archivo

El periódico de Puerto Rico

Los maestros se manifestarán nuevamente hoy, a las 5:00 p.m. frente a La Fortaleza.

‘No estamos dispuestos a ceder nada’ CARMEN MILAGROS DÍAZ y YENNIFER ÁLVAREZ JAIMES, EL VOCERO

Magisterio unido en estrategia en contra de reformas a su sistema de retiro

Los maestros están dispuestos a “detener el proceso educativo del País” con tal de defender su sistema de retiro. Al menos ese es el consenso entre los gremios que componen el Frente Amplio en Defensa del Sistema de Retiro para Maestros y la Federación de Maestros (FMPR) a horas de la reunión esta tarde con el gobernador Alejandro García Padilla quien presentará su propuesta a los maestros. La presidenta de la FMPR, María Elena Ayala, dijo a El VOCERO ayer que “el magisterio no está dispuesto a ceder nada” y que es momento de presionar al gobierno que quiere imponer medidas que implican un sacrificio muy grande para ellos, pero no está dispuesto a imponerle un impuesto de 1% a las empresas extranjeras para atender la situación fiscal del sistema de retiro. Precisamente hoy los maestros estarían manifestándose a las 5:00 p.m. frente a La Fortaleza para presionar por propuestas que no afecten su retiro, si es que el Ejecutivo mantiene su plan de reducir las pensiones, aumentar la aportación al retiro, aumentar la edad y reducir los beneficios, indicó la presidenta de Educamos, Eva Ayala.

Estas alternativas no son negociables, han reiterado todos los líderes gremiales.

hólicas y comidas rápidas para atender el problemas en retiro de maestros.

“Llegó el momento de actuar en defensa de nuestro SRM. Si el gobernador opta por lanzar al magisterio a la pobreza extrema, estará provocando la confrontación. El magisterio indignado utilizará su opción de lanzarse a la calle y detener el proceso educativo del país. No podemos ceder nuestros derechos y los pocos beneficios que tenemos como trabajadores”, expresó el Frente de Amplio mediante comunicación escrita.

De acuerdo con el Primer Ejecutivo, esas dos propuestas fueron presentadas por el magisterio. Sin entrar en más detalles, descartó que su plan incluya reducir pensiones.

Aida Díaz, presidenta de la Asociación de Maestros (AMPR) hizo un llamado a los maestros para que acompañen al Frente Amplio a partir de las 5:30 pm cuando les anunciarán los detalles de lo que se discuta en la reunión con el Ejecutivo. Díaz indicó que harían una vigilia en el Capitolio tan pronto el gobernador someta el proyecto a la legislatura.

En tanto, a juicio del Mandatario, establecer un nuevo impuesto al consumo cigarrillos, bebidas alcohólicas y comidas rápidas reduciría el consumo de los productos y no aumentaría los ingresos al fisco.

El gobernador ya descartó aumentar 1% por ciento a al arbitrio a las corporaciones foráneas y establecer una contribución especial al consumo de cigarrillos, bebidas alco-

García Padilla dijo que el aumento del arbitrio a las corporaciones foráneas no soluciona el problema del Sistema de Retiro de Maestros porque el impuesto vence en 2017.

“Si alguien me pide que no haga nada con el Sistema de Retiro de Maestros, lo que me está pidiendo es que deje morir al Sistema de Retiro de Maestros, y yo no voy a hacer eso. Si no se hace nada, en el 2020 los maestros cobran cero”, sentenció.


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EL VOCERO / Archivo

Alerta de organizaciones magisteriales YENNIFER ÁLVAREZ JAIMES, EL VOCERO

Las principales organizaciones magisteriales pusieron el grito en el cielo ante el alegado trato preferencial del Gobierno para reformar el sistema de retiro de los maestros antes que el sistema de retiro de la judicatura que, según una reconocida firma investigadora, está en peores condiciones.

terio. Aunque el Sistema de Retiro de Maestros está mejor financiado que el Sistema de Retiro de la Judicatura, el Gobierno todavía no discute cómo atenderá el sistema que administra las pensiones de los jueces y juezas, pese a que encamina cambios en el sistema de pensiones del magisterio.

Para María Elena Lara, presidenta de la Federación de Maestros, el Gobierno “trata con varas distintas al magisterio y a los jueces y juezas”. “En una ocasión Melba Acosta (secretaria de Hacienda) dijo que el magisterio tenía que sacrificarse, pero con la judicatura sí hay que consultarlo con el juez presidente (Federico Hernández Denton)”, sentenció la líder magisterial.

Un estudio de la firma de inversiones Morningstar_ publicado por el portal Noticel_reveló que el Sistema de la Judicatura está financiado solo 14%, mientras que el Sistema de Retiro de Maestros 17% y el de los empleados de gobierno estaba hace unos meses en 8.4%.

En tanto, la presidenta de la Asociación de Maestros, Aida Díaz, dijo que desde las primeras reuniones con García Padilla se le ha pedido que revise el Sistema de Retiro de la Judicatura, pero hasta donde conoce no se ha atendido el reclamo. Coincidió con Lara en que la clase magisterial se sacrifica día a día en el salón de clases para también ceder sus pensiones. “Sin duda, ese será uno de los asuntos que discutiremos hoy con el Gobernador”, sentenció Díaz. El Primer Ejecutivo se reunirá hoy en La Fortaleza con los representantes del magis-

Estos porcentajes representan la capacidad que tuvo el Gobierno para cubrir sus obligaciones en 2012, según el informe con fecha del pasado 20 de noviembre. “Acciones significativas serán necesarias para que el sistema sea solvente a largo plazo”, dice el estudio. Asimismo, la firma advierte que aunque el Sistema de Retiro de la Judicatura es más pequeño se quedará sin dinero tan pronto como en el año fiscal 2019, debido a que no se han aumentado las contribuciones del patrono. Los truenos contra el sistema de retiro de los maestros suenan para el 2021.

“Durante el año fiscal 2011, el sistema fue obligado a liquidar $19 millones en inversiones para financiar gastos administrativos acumulados de años anteriores. Algo similar ocurrió en el 2012, cuando se liquidaron $9.9 millones en gastos administrativos”, reza el estudio de la firma de inversiones. EL VOCERO intentó obtener una reacción de la Administración de los Tribunales para indagar cómo atienden el problema que enfrentará su sistema de retiro pero al cierre de esta edición no se obtuvo respuesta. Según el estudio, el sistema de retiro de la judicatura (así como los sistema de maestros y empleados gubernamentales) “ha sido históricamente pobremente manejado”. Y que las aportaciones de sus participantes han sido muy baja según los estándares. El estudio destaca que el Gobierno aumentó sus aportaciones al Sistema de Retiro de Maestros en 2012, al menos un paso hacia otras soluciones.

No descartan revivir proyecto del gasoducto del sur MARICARMEN RIVERA SÁNCHEZ, EL VOCERO

El presidente de la Cámara, Jaime Perelló, no descartó la posibilidad de revivir el proyecto del gasoducto del sur, a pesar de que reconoció que no es parte de las promesas de campaña del Partido Popular Democrático (PPD). “Ese proyecto es el único actualmente que tiene todos los permisos para construirse de manera rápida. Es un asunto de política pública, pero me parece que entre todas las cosas que se están estudiando para bajar el costo de la luz, no se debe

descartar esa opción”, dijo Perelló. “Dentro de todas las cosas para bajar el costo de la luz, yo creo que nada debe descartarse y el análisis de esa posibilidad tampoco debe descartarse”. La posibilidad de este proyecto revivió con expresiones del representante popular Javier Aponte Dalmau, quien en entrevista con este rotativo reiteró que esta es una posibilidad real para cumplir a tiempo con los requisitos de la Agencia federal de Protección Ambiental (EPA,

en inglés). “A falta de propuestas, vamos a buscar qué nos queda porque el tiempo nos sigue corriendo en contra”, dijo Aponte Dalmau. “Mi hipótesis es que si no se logra evitar que la Autoridad siga haciendo estas emanaciones tóxicas, obviamente en vez de reducir el costo energético, lo que pueden lograr es que suba el costo de la luz”. Reiteró que el gasoducto del sur es un proyecto que ya cuenta con todos los permisos, contrario a otras alternativas que

se han presentado y que todavía no están encaminadas. “Como no hay ningún proyecto con permiso para lograr la gasificación de esas cogeneradoras, lo único que tiene permiso es el gasoducto del sur y lo que hay es que terminarlo”, expresó Aponte Dalmau. “Eso es una realidad”. Dijo que no ha discutido el asunto con el gobernador, Alejandro García Padilla. La alcaldesa de Ponce, María (Mayita) Meléndez rechazó la propuesta.

Proyecto liberaría millones de dólares para menores MARICARMEN RIVERA SÁNCHEZ, EL VOCERO

Harkin vistió ayer el Programa Biopsicosocial para Niños Maltratados en el Centro Médico de Río Piedras junto con el presidente cameral, Jaime Perelló, quien espera la firma de su proyecto para crear centros integrados de atención a menores víctimas de abuso sexual. Brenda Mirabal, directora del centro, dijo por su parte que aunque las estadísticas reflejen menos casos de maltrato en la Isla, esa no es la realidad. Dijo que esta reduc-

EL VOCERO / Ingrid Torres

Actualmente, Puerto Rico no tiene derecho a solicitar miles de millones de dólares en fondos federales que podrían ir destinados a atender casos de abuso sexual en menores. Esto, según el senador Tom Harkin, quien preside la Comisión de Salud, Educación, Trabajo y Pensiones en el Senado federal.

Jaime Perelló junto a Tom Harkin.

ción en los números puede deberse a una baja en los servicios, lo que realmente implica que los casos no se están atendiendo. Advirtió que la creación de centros adicionales aumentará las estadísticas porque comienzan a relucir casos que antes no se conocían ni atendían.

En una conferencia de prensa posterior a la visita, Harkin aseguró que su Comisión cuenta con $18 millones a los que Puerto Rico podría tener acceso si se crean estos centros. Harkin aseguró que ya Puerto Rico recibe fondos para atender esta población, pero que con la creación de estos centros, esas asignaciones aumentarían. “Ya Puerto Rico recibe dinero, pero estos serían fondos adicionales. Se trata de $18 millones para este programa, para centros de ayuda a menores maltratados. Tan pronto este proyecto se convierta en ley, podemos comenzar el proceso de solicitar estos fondos y expandir”, dijo Harkin al aclarar que la Isla tendría que competir por estos fondos, como es usual. “Sí, pero yo pensaría que estarían en una mejor posición para obtenerlos”.

El proyecto que da pie a la creación de seis centros para atender estos menores ya fue aprobado en la Asamblea Legislativa y espera la firma del gobernador, Alejandro García Padilla. Perelló, por su parte, dijo que el proyecto ayuda tanto en la parte de tratamiento a las víctimas como proceso de los criminales y la prevención. “Son miles los casos de niños abusados y por cada caso que se conoce, diez no se conocen”, dijo Perelló, quien impulsa una campaña en contra del maltrato de menores. “En Puerto Rico son miles los casos que se conocen y el país, en vez de reconocer eso, ha querido meter la cabeza como una tortuga para no reconocer que tenemos números epidémicos”.


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Alcaldes PNP advierten irán a los tribunales MARICARMEN RIVERA SÁNCHEZ, EL VOCERO

“Le están quitando los recursos económicos que corresponden a todos los municipios”, dijo O’Neill. “Estamos pidiendo al Gobernador que lo vete. De lo contrario, nos corresponde ir a los tribunales para reclamar lo que en derecho y en justicia tenemos los municipios del PNP”.

Según Hernández Montañéz, este fenómeno se llama “el municipio 79”. “Como a través de los años el IVU se radicó a mano, hay mucha gente que no pone bien (la información) y Hacienda no puede identificar a qué municipio le toca. Ese dinero se ha ido acumulando a través de los años y ahora se distribuyó como se distribuyen partidas todos los días”, dijo Hernández Montañéz. “Es dinero que no tiene dueño, no se sabe de quién es y el Gobierno determinó asignarlo a proyectos importantes”. Según los alcaldes federados, este dinero sí tiene dueño y son los municipios en los que se recoge el IVU. Aseguraron que estos fondos deberían repartirse de la misma manera que se reparten todos los fondos del IVU.

Tanto O’Neill como el alcalde de Bayamón, Ramón Luis Rivera aseguraron que este dinero proviene del IVU que se supone se pague por las ventas por Internet. Los alcaldes hicieron las expresiones tras una reunión en la sede de la Federación de Alcaldes en Puerta de Tierra.

“Cogieron los $14 millones y lo repartieron a 39 municipios. Se lo dieron en distintas cantidades a ellos, sin mediar ningún estudio. Por eso es que estamos planteando que es discriminatorio, injusto e ilegal”, dijo el Alcalde de Bayamón. “Nosotros vamos a ir a los tribunales, eso va a ser materia de defensa en los tribunales, si es que el Gobernador no ejerce su responsabilidad”.

Sin embargo, el presidente de la Comisión cameral de Hacienda, Rafael Hernández Montañéz, dijo que las ventas por Internet no producen estas cantidades y dijo que se trata de dinero que se quedó

El expresidente del Senado y actual senador de minoría, Thomas Rivera Schatz, y presente en la actividad, dijo que esta forma de asignar los fondos es una “confiscación”.

A determinar si existen calles privadas en PR MELISSA CORREA VELÁZQUEZ, EL VOCERO

El Tribunal Supremo de Puerto Rico (TS) celebrará el 11 de febrero del próximo año una vista oral en relación al pleito de los Testigos de Jehová, para determinar si las leyes de la Isla permiten la existencia de calles privadas, según una resolución emitida por el máximo foro judicial de la Isla, contenida en el expediente electrónico del Tribunal Federal. Asimismo, el TS pidió al Departamento de Justicia estatal que comparezca como amigo de la Corte y esboce su posición en cuanto a si puede haber o no urbanizaciones con carreteras privadas. El pasado 17 de julio el TS acogió la solicitud de certificación interjurisdiccional presentada por

el federal juez federal Gustavo Gelpí, tras la controversia luego de que la urbanización Brighton Country Club (BCC) alegara que las vías de rodaje le pertenecen a los residentes y no al ayuntamiento. El Municipio de Dorado plantea que no se trata de calles públicas porque jamás le fueron cedidas al ayuntamiento desde su organización en el 2005 y que las vías de rodaje nunca les han sido transferidas. Asimismo, el Municipio de Dorado argumenta que endosó el proyecto condicionado a que mantuvieran las calles de forma privada. La BBC se encarga de sus gastos.

El gobernador Alejandro García Padilla comparte con uno de los niños presentes en la inauguración del edificio del Centro de Servicios de Educación Especial.

Cuestiona falta de prontitud del Gobierno YENNIFER ÁLVAREZ JAIMES, EL VOCERO

La portavoz del Comité Timón de Padres y Madres con hijos de educación especial, Carmen Warren, reaccionó “sorprendida” luego que el gobernador Alejandro García Padilla indicara ayer que no había leído la resolución del licenciado Francisco Rebollo López, comisionado especial asignado por el Tribunal para atender la demanda que lleva un litigio de más de 30 años.

de hacer con los recursos que tenemos, son unos recursos que todos reconocen que son limitados, donde tenemos que lograr más con menos”, sentenció García Padilla sin hacer claro si el Gobierno apelará o no la resolución. “No prometemos lo que no

Warren cuestionó el que el Gobierno no atienda con prontitud las necesidades de esta población que está “sumamente vulnerable”.

Fotos EL VOCERO / Alvin J Báez

El presidente de la Federación de Alcaldes (que agrupa a los alcaldes del PNP) y alcalde de Guaynabo, Héctor O’Neill dijo ayer que este dinero es producto del IVU que se cobra a las ventas por Inter net y que debe ser distribuido de la misma manera en que se reparten el resto de los recaudos del IVU. Catalogó la repartición de dinero como un “atropello” y una “injusticia”.

sin adjudicar correctamente, por lo cual se fue acumulando en las arcas del Departamento de Hacienda.

EL VOCERO / Ingrid Torres

Los alcaldes del Partido Nuevo Progresista (PNP) advirtieron que irán a los tribunales si el Ejecutivo firma una resolución que asigna $14.7 millones del Impuesto de Ventas y Uso (IVU) y que, según dijeron, irán a parar en su mayoría a municipios del Partido Popular Democrático (PPD).

“Hay $50 millones para atender el problema de la leche pero no hay dinero para atender las necesidades de los niños y niñas de educación especial”, reclamó la portavoz del grupo. Warren recordó que la comunidad afectada ronda las 200 mil personas y de estas 144 son menores de 21 años. El primer ejecutivo dijo ayer en rueda de prensa que no había leído la determinación de Rebollo López, a pesar que fue emitida el lunes de la semana pasada. “Estoy de acuerdo con la urgencia que se reclama y estamos atendiendo los reclamos con los recursos que tenemos...Ahora pasa (la resolución) eso a la juez, quisiera leerla para comentar sobre ella de una manera mejor informada. Pero en esta administración dejamos de ver el caso de manera contenciosa como lo hacía la administración pasada, que hasta contrató un bufete privado para litigar el caso. Me he reunido con varios grupos de padres y los reclamos que me han hecho los entiendo y con los recursos que tenemos vamos hacer lo más que sea posible”, sentenció el Mandatario. A preguntas directas de la Prensa sobre si el Gobierno tiene dinero para pagar la indemnización a la clase del pleito que lleva la población de educación especial, el Gobernador indicó que “las necesidades son ilimitadas pero los recursos son limitados”. “Vamos a atender esto con la mayor prontitud posible y haciendo lo más que se pue-

podemos cumplir, por lo tanto, si yo dijera ahora mismo, sin haberla leído (la resolución) que vamos a comprometernos con cada de uno de ellos sin saber si tengo los fondos, pues estaría prometiendo lo que no puedo cumplir”, agregó. El primer ejecutivo hizo las declaraciones después de inaugurar el edificio del Centro de Servicios de Educación Especial en la capital luego que el Municipio de San Juan cediera las instalaciones sin cobrar renta y los gastos del servicio de energía eléctrica y agua. A preguntas de EL VOCERO, la secretaria asociada de Educación Especial, Doris Zapata, rechazó varias denuncias de empleados que señalaron a este rotativo la falta de personal y equipo en el centro. Zapata dijo que hay siete plazas por nombrar tras el retiro de empleados y que aunque falta una fotocopiadora, fax y teléfono, las labores están “sistematizadas” por lo que no se necesita este tipo de equipo. No obstante, los empleados insistieron que falta personal porque al día de hoy se están atendiendo casos presentados en mayo pese a que solo debe tomar 60 días el trámite. La Secretaria Asociada de Educación Especial negó las alegaciones.


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CARMEN MILAGROS DÍAZ, EL VOCERO

La Isla figura entre los estados/territorios con mayor incidencia de contagios

La alarmante cifra demuestra por qué Puerto Rico es uno de los 10 estados/territorios con la mayor tasa de infección con el virus, el mayor índice de diagnóstico de Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH), y el mayor número de casos acumulativos de Sida, de acuerdo al informe publicado por el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés) en el 2013. Actualmente hay 20 mil personas que viven con VIH en la Isla. De estos, la mayoría son hombres (casi 14 mil), de acuerdo a la especialista en epidemiología. La transmisión de VIH en la Isla ocurre principalmente entre usuarios de drogas que comparten agujas y en segundo lugar, por hombres que tienen relaciones sexuales con otros hombres, sean homosexuales o estén casados con mujeres. Hay 344 niños con VIH. Desde 1981 al 2013, se han reportado 45,670 personas con VIH, según los Datos Acumulativos de Vigilancia del VIH. Los grupos con la mayor proporción de casos son hombres, personas diagnosticadas entre las edades de 25 y 34 años, residentes en el área metropolitana, específicamente en San Juan y Cataño. A pesar de los altos números se ha registrado un descenso en casos de

VIH si se compara con años atrás cuando Puerto Rico llegó a ocupar la tercera posición precedido por Washington D.C. y Nueva York. Aun así, para la infectóloga del DS, Ángeles Rodríguez, es motivo de preocupación la población joven que no se protege al momento de tener relaciones sexuales e ignora el impacto que tiene en la calidad de vida de quienes lo adquieren. Destacó que los avances en la medicina han logrado que las personas con SIDA vivan más y puedan trabajar pero los jóvenes tienen una falsa percepción de lo que conlleva la transmisión del virus. El Sida, por el momento, no tiene cura. Solo una persona en el mundo se ha curado, y fue bajo circunstancias extraordinarias, informó la infectóloga. Se trata de un paciente de VIH, que en Alemania recibió una transfusión de médula ósea para su condición de leucemia. La médula que recibió tiene células con un marcador que se caracteriza por rechazar el VIH. Sobre el caso del bebé en Estados Unidos que recibió tratamiento de antivirales durante los primeros años de vida y la prueba arrojó negativo luego de que se le dejaran de administrar los medicamentos, Rodríguez indicó que su cura es funcional o especulativa. Sostuvo que ello no significa que se curó biológicamente. EL VOCERO / Archivo

En Puerto Rico se diagnostican alrededor de 700 casos del Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) cada año, reveló ayer la directora del Programa de Vigilancia SIDA del Departamento de Salud (DS), Sandra Miranda de León.

En 10 años solo se ha reportado la muerte de un bebé con el virus. Rodríguez enfatizó en la importancia de que las embarazadas se hagan la prueba y de resultar positiva al virus, tomar sus medicamentos.

Reclutan a estilistas para combatir violencia machista MELISSA CORREA VELÁZQUEZ, EL VOCERO

A los tres días de tomar en su escuela un seminario sobre violencia de género, una estudiante tocó la puerta del director para mostrarle los hematomas que tenía en su espalda y en otras partes del cuerpo, producto de las patadas que le propinaba su compañero. Lo que vio en el foro era lo que vivía en carne propia. Esta experiencia de la alumna le cambió la vida a Israel Berríos hijo, vicepresidente de la escuela de belleza Modern Hair Styling, y lo motivó a aunar esfuerzos con la Oficina de la Procuradora de la Mujer, dirigida por la exfiscal Wanda Vázquez para iniciar la campaña ‘No Maquilles las Huellas del Maltrato’, la cual incluirá anuncios en la prensa escrita, digital y en las redes sociales. El anuncio se produjo ayer durante una rueda de prensa como parte del Día Internacional de ‘No Más Violencia Contra la Mujer’, aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas. Vázquez informó que en lo que va de año 17 mujeres fueron asesinadas por esposos.

y orienten a sus clientas sobre qué hacer en estos casos. “Las horas que invierten las mujeres en los salones de belleza, en ocasiones, supera la misma cantidad de tiempo que pasan con sus familiares, amigos y compañeros de trabajo y ahí es que esa relación estilista cliente se convierte en una bien íntima porque le confías tu imagen, pero también los secretos y experiencias personales”, expuso Berríos. Mientras, Vázquez afirmó que muchas veces el estilista representa la única persona a quien sus clientas le confían su vida, temores, tristezas, desilusiones y sufrimiento. Ello, debido a que a pesar de que muchas mujeres, luego de reconocer que son víctimas de violencia de género, permanecen en silencio por temor.

EL VOCERO / Archivo

VIH continúa con paso avasallador

“Los profesionales de la belleza no solo cambian su apariencia, le pueden cambiar la vida”, acotó Vázquez.

Por su parte, Sandra Miranda, de MiranWANDA VÁZQUEZ, da Salón, indicó que Procuradora de la Mujer ha experimentado de cerca varios casos sus compañeros o de clientas que son víctimas de violencia de género.

La institución educativa incluirá como parte de su currículo cursos de violencia de género que serán requisitos de graduación para los estudiantes. Los mismos se trabajarán en asociación con la Oficina de Procuradora de las Mujeres. El propósito de este curso es que los futuros estilistas identifiquen, indaguen

“Te das cuenta cuando llega una cliente con un problema y vienen por ese ‘blower’ y maquillaje, su sonrisa no es la misma y uno le da otra perspectiva”, señaló Miranda. Comentó que ha facilitado que algunas clientas reciban ayuda de profesionales.

Otorgan ‘reconocimiento’ como protesta al Supremo INTER NEWS SERVICES

Por negar la adopción de una niña a una mujer lesbiana, el Tribunal Supremo de Puerto Rico recibió, durante el Día Internacional de ‘No Más Violencia contra las Mujeres’, el premio internacional Garrote del Año 2013. Integrantes del Movimiento Amplio de Mujeres (MAMPR), junto a las madres perjudicadas en el caso, Carmen Milagros Vélez y Ángeles Acosta, se movilizaron a los predios del Supremo e hicieron la entrega ofi-

cial de este “bien merecido galardón”. El premio es parte de los ‘reconocimientos’ denominados ‘Justicia al descubierto’ otorgados por la organización feminista Women’s Link Worldwide para destacar las mejores y peores decisiones que toman los tribunales del mundo para el adelanto de la equidad por razón de género. La portavoz del MAMPR, Alana Feldman Soler, lamentó que “una mayoría del Tribunal Supre-

mo consistentemente haya desaprovechado las oportunidades de responder al reclamo del pueblo de mayor equidad, justicia y derechos humanos en nuestra sociedad”. En la decisión emitida por una mayoría compuesta por los jueces asociados Rafael Martínez Torres, Edgardo Rivera García, Erick Kolthoff Caraballo, Roberto Feliberti Cintrón y la jueza Mildred Pabón Charneco, el Tribunal Supremo negó a una mujer

lesbiana el derecho a adoptar la hija biológica de su pareja. Según lo resuelto, el Tribunal rechazó la existencia de un derecho fundamental para las parejas del mismo sexo a adoptar. Tampoco quiso reconocer que la prohibición constitucional a la discriminación por sexo incluye la discriminación por orientación sexual, recalcó Feldman Soler.


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Asesina excompañera de cuchillada en cuello MIGUEL RIVERA PUIG, EL VOCERO

RÍO GRANDE – Un individuo que apenas hace menos de una semana salió bajo palabra de la cárcel federal por un caso de drogas, asesinó de una cuchillada en el cuello a su excompañera. La fémina le dio albergue al sujeto pero cuando le pidió ayer que se fuera de la casa, este reaccionó violentamente. El hecho, que empañó la celebración el lunes del Día Internacional de ‘No Más Violencia contra la Mujer’, ocurrió a las 11:30 de esta mañana en una vivienda en el sector Las Carolas. Awilda Janet Torres Medina, quien tenía 42 años de edad, era madre de una joven de 24 años. Al momento del crimen, en el hogar de la mujer estaba un adolecente de 17 años, quien se cree es hijo de quien había sido su compañero sentimental, Ángel Miguel Carrasquillo Pizarro, oriundo del sector Las Casitas, en Loíza. Tras discutir dentro del hogar, Torres Medina salió al balcón y allí Carrasquillo Pizarro le infligió una herida en el cuello, con lo que muriendo desangrada al quedar cercenada la vena yugular. Con este hecho suman 12 las mujeres asesinadas en casos de violencia de género desde que comenzó el año. La Policía inició la búsqueda del presunto asesino, que fue visto por vecinos cuando descamisado huía de la casa. Mientras, agentes de la División de Homicidios del CIC de Fajardo investigaban. Aparentemente Awilda Janet nunca se había querellado de violencia doméstica, pero si había recibido amenazas desde la cárcel de Carrasquillo Pizarro, enfurecido por los celos. Heridos mientras defendían mujer De otra parte, tres hombres que defendían a una mujer contra la cual un borracho lanzó una silla resultaron heridos a cuchilladas, dos de ellos de gravedad, cuando el abrió sacó una cuchilla y los enfrentó. El hecho ocurrió a las 7:00 de la noche del domingo en un cafetín billar en la calle Dr. Veve, frente al Residencial Falín Torrech. Según la Policía

Hallan cuerpo bajo puente INTER NEWS SERVICES

El cuerpo de un hombre fue hallado ayer bajo el puente de la carretera PR 2, a orilla del río Abacoa de Arecibo. El caso fue reportado por una persona a la Policía, que halló el cadáver en estado de descomposición. Al momento se desconoce la identidad de la víctima fatal. Agentes de la División de Homicidios de Arecibo se hizo cargo de la investigación. Mientras tanto, tres hombres resultaron heridos de arma blanca en una pelea registrada en Bayamón, informó la Policía. Tras la pelea reportada en el negocio El Tío que se ubica en la calle Dr. Veve, en Bayamón, quedaron lesionados Francisco Delgado, de 67 años (con heridas en la axila derecha, abdomen y torso); Alexis Acosta Molina, de 47 (en la ingle derecha); y Ángel Oyola Rivera, de 57 años (en la espalda). Los perjudicados fueron transportados al Hospital Dr. Center de Bayamón y de ahí referidos al Centro Médico de Río Piedras. Delgado Rodríguez y Acosta Molina se encuentran en condición de cuidado. Relacionado a estos hechos fue arrestado Orlando Canales, de 40 años. El agente Mark Martínez, de la División de Agresiones de Bayamón, investiga el caso.

Orlando Canales, de 40 años de edad, vecino del Falín Torrech agredió a una parroquiana dándole un ‘sillazo’. Los parroquianos Francisco Delgado Rodríguez, de 67 años de edad, Alexis Acosta Molina, de 47 años y Ángel Luis Oyola Rivera salieron en defensa de la mujer.

Delgado Rodríguez resultó con varias heridas, una en la axila derecha y otra en el abdomen y Acosta Molina recibió una herida en la ingle, hallándose ambos en condición de cuidado. Mientras Oyola Rivera, quien resultó con una herida en la espalda, logró achocar a Canales dándole con el taco de un billar en la cabeza.


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MARTES, 26 DE NOVIEMBRE DE 2013 El periódico de Puerto Rico

Obama avisó a Netanyahu sobre gestiones con Irán THE ASSOCIATED PRESS

La reunión en la Casa Blanca había sido programada para durar una hora pero se prolongó 30 minutos más. Los dos líderes han tenido y todavía tienen una relación inestable, y cada uno culpa al otro por resultados poco concluyentes en el proceso de paz palestino-israelí. Pero en las declaraciones posteriores a la reunión, los dos trataron de manifestar unidad en vez de ventilar en público sus diferencias sobre la cuestión iraní. En la residencia presidencial el 30 de septiembre, justo antes de las fiestas más sagradas del calendario judío, Obama reveló a Netanyahu que su gobierno había entablado conversaciones diplomáticas secretas de alto nivel con el enemigo mortal de Israel. Al día siguiente, el primer ministro israelí desencadenó un ataque frontal a Irán en un discurso ante la Asamblea General de las Naciones Unidas. Ninguno mencionó a Ruhani por su nombre. Obama prometió mantener abiertas todas las opciones, incluso una posible acción militar, para impedir que Irán obtenga un arma nuclear. Y Netanyahu elogió la garantía de Obama de

AP / Charles Dharapak

WASHINGTON — El presidente Barack Obama y el primer ministro israelí Benjamin Netanyahu se reunieron en la Casa Blanca. Tres días antes, Obama había mantenido una histórica conversación telefónica con el nuevo presidente iraní Hasán Ruhani, líder del país que Israel considera una amenaza a su misma existencia.

Benjamin Netanyahu y Barack Obama.

que las “palabras conciliatorias” de Irán deben concretarse en hechos. La prensa israelí insinúa que los servicios de inteligencia de Israel ya estaban al tanto de la gestión secreta de Estados Unidos con Irán, que había comenzado unos siete meses antes, pero fuentes estadounidenses dijeron que era la primera vez que Israel había sido notificado formalmente. De hecho, altos funcionarios se habían reunido tres veces con representantes iraníes en una gestión de alto nivel para plantear las preocupaciones por el programa nuclear iraní y explorar la posibilidad de mejorar las relaciones. Israel, ha dicho Netanyahu, disiente fundamentalmente con las tácticas del gobierno de Estados Unidos. El acuerdo de Ginebra da a Irán un alivio por valor de $7,000 millones en las sanciones internacionales a cambio de que Teherán reduzca el enriquecimiento de uranio y otras actividades.

Candidato del partido de gobierno lidera conteo en Honduras ALBERTO ARCE, THE ASSOCIATED PRESS

A últimas horas de ayer, Juan Orlando Hernández, del oficialista Partido Nacional, mantenía una cómoda ventaja sobre Xiomara Castro, esposa de Manuel Zelaya, el presidente expulsado del país en un golpe en 2009 que dejó a Honduras en la inestabilidad política.

partes de esperar a los resultados finales. Hernández borró una ventaja inicial de Castro en un campo de ocho candidatos y donde hizo campaña sobre la promesa de imponer la ley y el orden. Como presidente del Congreso, Hernández presionó a favor de leyes que crearon una policía militar para patrullar las calles en lugar de la Policía Nacional.

AP

TEGUCIGALPA, Honduras — El candidato del partido de gobierno llevaba la delantera a primeras horas de ayer en el conteo de votos en las elecciones presidenciales de Honduras y dos de sus principales opositores comenzaron a criticar los resultados en esta nación violenta y pobre de Centroamérica.

JUAN ORLANDO HERNANDEZ

Hernández y Castro llegaron a las elecciones del domingo muy parejos. Hernández, de 45 años, se declaró ganador, a pesar de las exhortaciones de todas las

Castro, de 54 años, se atribuyó la victoria a primeras horas de la noche sobre la base de lo que dijo eran las cifras de su propia campaña.

Como resultado, es poco probable que cambie la situación política en esta nación de 8.5 millones de personas, donde existe la mayor tasa de homicidios per capital del mundo.


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NEGOCIOS / MARTES, 26 DE NOVIEMBRE DE 2013 El periódico de Puerto Rico

Sin bono hasta diciembre ALANA ÁLVAREZ VALLE Y YENNIFER ÁLVAREZ JAIMES, EL VOCERO

El gobernador Alejandro García Padilla, informó que el gobierno pagará el Bono de Navidad, pero no será esta semana debido a un compromiso que hizo en la campaña con los pequeños y medianos comerciantes. “Beneficiamos así tanto a las grandes empresas como a las pequeñas”, manifestó.

negocios

El Gobernador indicó que se busca impulsar las ventas de este sector en vez de las megatiendas caracterizadas por ofrecer los especiales de la Venta del Madrugador.

Comienza el furor por el pavo ALANA ÁLVAREZ VALLE, EL VOCERO

A pesar de que las ventas de pavos y de cenas preparadas para la celebración del Día de Acción de Gracias se mantuvieron lentas, entraron en furor en los últimos días según reportaron supermercados y panaderías. Ferdysac Márquez, vicepresidente de Supermercados Plaza Loíza, expresó que se han vendido pavos de todos los tamaños pequeños de 8 a 12 libras y grandes de 20 a 24 libras, congelados y frescos. También se han vendido muchos perniles.

mismo día la gente pide comida, algunos la comen aquí y otros piden raciones para llevar”, aceptó Vélez. Bruni Torres, gerente de Asuntos Corporativos de WalMart, destacó que aunque la gente continúa comprando pavos y perniles, también han reportado un alza en la venta de cenas preparadas. “Mucha gente está pensando en la alternativa de comprarlo todo hecho. Se les incluye el pavo o el pernil con arroz con gandules, ensalada de coditos, y se da gratis el refresco y el postre, que puede ser budín, pie de calabaza o de manzana”, declaró.

“Como es usual la gente lo deja para última hora esperando mejores ofertas. El año pasado se comenzó a vender pavo fresco para esas personas que se deciden tarde y no tienen tiempo para descongelarlo”, comentó Márquez.

DACO no reporta irregularidades en pesaje de pavos

Pedro Rivera, gerente del supermercado Supermax del centro comercial de Santa María en Río Piedras, manifestó que “las ventas están bastante bien. Estamos igual que el año pasado, ni mejor ni peor”.

El Departamento de Asuntos al Consumidor (DACO) realizó ayer una vista de inspección a varios supermercados del área metropolitana para verificar si el peso de los pavos era certero y encontró todo en orden.

No obstante, el comprar la cena preparada es una tendencia que cada día toma mayor auge. Personas han comentado que se debe a los altos costos de la energía eléctrica.

Nery Adames Soto, secretario de la agencia explicó a EL VOCERO que el equipo de inspectores y los metrólogos tomaron una muestra de 12 pavos de una marca y los repesaron para conocer si el peso que esta anotado en el empaque corresponde al peso real del pavo. El reglamento vigente establece que el peso anunciado en el empaque del pavo debe corresponder solo al peso del ave, y no debe incluir la tara, o peso del empaque mismo. De no ser así el supermercado y su dueño, u operador, se expone a que se retire el pavo de la venta

“Hemos vendido bastantes cenas. Los precios varían de los acompañantes y de la carne, sea pavo, pernil o jamón dulce”, abundó Rivera. Por su parte, Rosa Vélez de la panadería La Ceiba en la avenida Roosevelt, dijo que la gente continúa haciendo órdenes hasta el jueves. “El por ciento de las ventas no se conoce hasta que pasa la festividad, porque el

“El operativo se realizó en al menos 13 en regiones diferentes. Afortunadamente no hemos tenido ninguna multa con respecto al repesaje”, reconoció Adames Soto.

“No se pospone el pago (del Bono de Navidad). En otras ocasiones se ha adelantado”, sentenció en rueda de prensa. Sobre la molestia de los empleados porque no se entregará el bono previo al Viernes Negro, el Mandatario dijo que como quiera hoy los empleados públicos que cobran por depósito directo tendrán dinero en su cuenta. Mientras, los que cobran con cheque lo recibirán mañana. Por su parte, Enid Monge, presidenta del Centro Unido de Detallistas (CUD), admitió que esta iniciativa del Gobierno responde a inquietudes de los comerciantes. “La competencia de las grandes cadenas es tan agresiva, que los pequeños no venden nada. Es volver a lo que era antes. Esto es un regalo para Puerto Rico, porque si se compra en las grandes cadenas el dinero va para afuera”, recalcó. Melba Acosta Febo, secretaria del Departamento de Hacienda aclaró que “la Ley 34 de 1969, que instaura el bono de Navidad para los empleados del Gobierno y la Asamblea Legislativa, estipula que 'el pago se efectuará no más tarde del 20 de diciembre de cada año y que se tomará a consideración el trabajo del empleado justo hasta el 30 de noviembre del año en curso'”. “La fecha del 6 de diciembre de 2013 para el pago del bono de Navidad de este año fue informada a todas las agencias de gobierno mediante la Carta Circular número 1300-03 -13 del Departamento de Hacienda, emitida el 26 de septiembre de 2012”, expresó Acosta Febo en comunicación escrita. La Secretaria agregó que como en años anteriores se había adelantado se consultó con Fortaleza si en esta ocasión sería igual, pero el Ejecutivo recalcó que sería el 6 de diciembre por las razones antes estipuladas.


EL VOCERO / NEGOCIOS / MARTES, 26 DE NOVIEMBRE DE 2013

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Renuncia el director de Wal-Mart REDACCIÓN NEGOCIOS, EL VOCERO

BENTONVILLE, Arkansas, EE.UU. (AP) - El presidente y director general de Wal-Mart Stores Mike Duke dejará el puesto el 1 de febrero y le sucederá Doug McMillon, jefe de operaciones internacionales, informó el lunes la compañía. Duke, de 63 años, ha estado con WalMart desde 1995 y al timón de la empresa desde el 2009. Seguirá como presidente. McMillon, de 47 años, será el quinto director general desde Sam Walton -el fundador de Wal-Mart, todos ellos empleados de la compañía con años de experiencia allí. McMillon también fue elegido a la junta directiva, cargo que asumirá de inmediato. McMillon, que sucedió a Duke como jefe de operaciones internacionales hace cuatro años, es un veterano con 23 años en la empresa. Comenzó como empleado veraniego en un centro de distribución de

Wal-Mart en 1984 y posteriormente se reintegró a la compañía en 1990 en una tienda en Tulsa, Oklahoma. Luego ascendió en la jerarquía ejecutiva, trabajando en una serie de puestos de mercadeo en la división estadounidense. Antes de hacerse cargo de las operaciones internacionales, McMillon fue presidente y director general de las tiendas Sam's Club entre el 2006 y el 2009. “Este cambio de liderazgo se produce en un momento de fortaleza y crecimiento para Wal-Mart”, dijo Rob Walton, presidente de la junta directiva. “La compañía tiene la estrategia acertada para servir al consumidor cambiante en el mundo, y Doug ha estado participando activamente en ese proceso. La empresa cuenta con un sólido equipo administrativo para ejecutar esa estrategia”.

Encaminado Aibonito en la planificación REDACCIÓN NEGOCIOS, EL VOCERO

El municipio de Aibonito ya cuenta con su Oficina de Planificación y Ordenación Territorial, que en adelante velará porque se cumpla la política pública vigente en cuanto a la planificación, ordenación y uso de suelos en el territorio municipal, encaminado al desarrollo económico del pueblo del interior de la Isla. Según el alcalde William Alicea Pérez, la reciente inauguración de ésta oficina permitirá el cumplimiento con las disposiciones de la Ley de Municipios Autónomos de Puerto Rico. El esfuer-

zo se une a la aprobación de hace un año del Plan de Ordenación Territorial del pueblo. Explicó que la Oficina de Planificación será responsable de apoyar mediante asesoramiento técnico a la Junta de Comunidad y de orientar a la ciudadanía en temas relacionados a la ordenación del territorio, la conservación y los usos del suelo. Igualmente recopilará y actualizará información y mantendrá expedientes relacionados con la ordenación territorial del municipio.

Alertan sobre futuro de aeropuertos regionales CYBERNEWS

El representante José Enrique “Quiquito” Meléndez Ortiz alertó ayer sobre posibles irregularidades en las tasaciones de propiedades y aumentos desproporcionados en los cánones de arrendamiento de propiedades que tendrían el efecto de privatizar los aeropuertos regionales. “Los cambios a los cánones de arrendamiento de las facilidades de los aeropuertos regionales y la admisión del director ejecutivo de la Autoridad de los Puertos (AP), Víctor Suarez de que existe un compromiso por $38 millones para el arrendamiento de esas propiedades, sin haber concluido las vistas públicas sobre los cambios propuestos, ponen en entredicho la transparencia y pureza que deben regir estos procesos”, denunció Meléndez Ortiz. El legislador novoprogresista explicó que

“los cánones de arrendamiento se revisaron en el 2010. De implantarse los aumentos como están propuestos, habría un incremento del doble hasta siete veces el precio actual, lo que provocaría el despido de empleados y cierre de negocios”. “Nos llama la atención la actitud asumida por Suárez, quien admitió que no le preocupan los cierres y despidos porque ya tiene un compromiso de inversión para esos espacios por $38 millones. Habla de 'compromiso', lo que evidencia que las vistas pública son proforma y que todo está acordado”, indicó. A tales efectos, Meléndez Ortiz radicó la Resolución de la Cámara 789, para que se realice una investigación sobre los parámetros considerados por la AP para los cambios propuestos que tendrían el efecto de la privatización de los aeropuertos regionales.


EL VOCERO / Tania Dumas

escenario

MARTES, 26 DE NOVIEMBRE DE 2013

Se vive su droga musical YOMARIS RODRÍGUEZ, EL VOCERO

A sus 87 años, no hay quien retire a Rafael Ithier de El Gran Combo de Puerto Rico ni de los viajes constantes, pues el cariño del público que ha seguido la agrupación durante sus 50 años ha sido el estímulo para mantenerlo en pie de lucha.

“No estando Eddie presente era una forma de nosotros reconocerlo como compañeros. El álbum está bueno y él (Eddie) lo empezó porque se grabó hace tiempo. Esto es una novedad porque es vinilo de la época de Eddie y mía”, añadió.

“No tengo vicios y participar con la gente me estimula. (La familia) grita de vez en cuando, pero quién me va a quitar esto, la música es como una droga. El músico llega una etapa… mira a Gilberto (Santa Rosa) puede estar en su casa y si se entera de una presentación del Combo, se aparece a cantar”, expresó Ithier.

Respecto a la existencia de algún malestar con la familia de 'La Bala', manifestó que “de parte de nosotros no hay ninguno, no hay comunicación hace muchísimo tiempo. No estoy pensando que he hecho algo malo, y ellos pensarán también lo mismo. Por eso (el asunto) está en manos de abogados porque son cosas legales”.

Para seguir celebrando el medio siglo de existencia del grupo, ayer presentaron la producción 'El Gran Combo de Puerto Rico 50 aniversario primer volumen', dedicado a su fenecido cofundador y saxofonista, Eddie 'La Bala' Pérez. Está disponible en formato digital, CD y vinilo.

La producción contiene 10 temas de sus primeras tres décadas de trayectoria, pero regrabados en 2013, entiéndase 'Te vas a arrepentir', 'Imaginación', 'Cupido', 'Matilde Lina', 'A la reina', 'Así son', 'Carmencita', 'A Natalia', 'La cumbancha' y 'Adela'; y el inédito 'El Gran Combo ahí', compuesto por Willie Sotelo para el concierto del mencionado ani-

versario, celebrado en el Coliseo de Puerto Rico. “Este disco lo está recibiendo la gente con mucho entusiasmo y me encanta porque estamos viviendo otra época y estos números son nostálgicos. Si aceptan este vamos a hacer otro volumen porque tenemos bastante material”, comentó sobre el álbum hecho para sus más de 35 mil coleccionistas alrededor del mundo y “porque está de moda”. “Pensamos que era mejor presentarlo en vinilo como cuando empezamos. Quisimos hacerlo conmemorativo y como algo adicional. Está bonito y la tirada es pequeña, de 800, porque son caros, $25 o $26, pienso que vamos a tener que volver a tirar. Es bonito, parece cristal”, indicó. La agrupación tendrá mañana miércoles en el Centro de Convenciones, en Miramar, el evento 'Los 50 el bailable', junto a Johnny Ventura y Sammy García.

Colección para el alma

El periódico de Puerto Rico

YOMARIS RODRÍGUEZ, EL VOCERO

Lanzar un disco físico en estos momentos históricos donde lo digital mueve masas, más que un acto de rebeldía para el saxofonista Edgar Abraham, quien hizo la colección 'Jazz Quintuplets' de cinco producciones, es “hacer música con el corazón”. Estas se titulan 'Óleo y Sol', 'Dark Jazz', 'Orgániko', 'Atmosfehra' y 'My Best Friends', y cuentan con las colaboraciones de los músicos Eddie Gómez, Horacio 'El Negro' Hernández, Giovanni Hidalgo, Alex Acuña, Papo Vázquez, Richie Flores, Ignacio Berroa y Endel Dueño. “Cuando lo haces con mayor empeño ante la crisis que todas las industrias están pasan-

do, la camaradería de los colegas hace que sea un acto de hacer cosas por la clase artística. Es un llamado a las agencias y empresas a que apoyen el talento local”, comentó Edgar.

mayor prominencia en el jazz latino. Las cinco portadas fueron creadas por el maestro Carmelo Sobrino en el estudio de grabación, mientras los músicos trabajaban 'Óleo y Sol'.

'Dark Jazz' apela a cineastas y bailarines de ballet contemporáneo; 'Óleo y Sol' busca ser refrescante para amantes del jazz y la música; y 'Orgániko' es un trío de percusión, saxofón y piano, interpretando plena fusionada con ritmos de danzón, chachachá y vertientes del tambor caribeño. Mientras, 'Atmosfehra' insta a crear ambiente de camaradería con géneros como samba reggae, bossa nova, guaracha jazz y plena jazz; y 'My Best Friends' reúne a los artistas de

“Fue todo muy natural, él pintaba inspirado en la música y para mí es un gran honor contar con un maestro de tanta experiencia y con originalidad y talento genial. Hacemos arte para llenarle el espíritu y el alma al país y al mundo”, recalcó quien cuenta con el portal www.edgarabraham.com. Este proyecto discográfico es la punta de lanza para un concierto en el Carnegie Hall, en Nueva York, a finales de 2014, con los artistas participantes.


EL VOCERO / ESCENARIO / MARTES, 26 DE NOVIEMBRE DE 2013

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Johnny Lozada sudó su triunfo MARIAM M. ECHEVARRÍA BÁEZ, EL VOCERO

Johnny Lozada ha disfrutado de muchos éxitos a lo largo de su extensa trayectoria artística, que se remonta desde la niñez, sin embargo, alzarse como el "rey" de la cuarta edición de ‘Mira Quién Baila’ (MQB) de Univisión, "ha sido el más trabajado". Atado a la tónica de diplomacia que lo caracterizó durante toda la temporada, "El Caballero de Hierro" no quiso hablar de la actitud que mantuvo hasta el final hacia él la jurado Ninel Conde, quien no lo felicitó. La mexicana no fue la única en pasar por alto el acto protocolar, ya que ninguno de los otros dos jurados, Bianca Marroquín y Horacio Villalobos, lo hizo.

"Inmediatamente que terminé el show me subieron a la tarima del segundo piso para hacer ‘Sal y Pimienta’ y cuando terminé, ninguno de los jueces estaba ya", informó el exMenudo, quien durante la competencia recibió un trato desigual por parte de Conde, quien llegó a llamarlo "poco macho" e incluso pidió votos a través de su cuenta oficial

en Twitter para su entonces contendor, Mane de la Parra. Precisamente, esos dardos de Ninel propiciaron la movilización de todo un pueblo, que otorgó a Lozada un triunfo contundente con el 53 por ciento de los votos, mientras que Pedro Moreno arribó segundo con el 28 por ciento y Marjorie De Sousa tercera, con el 19 por ciento. "Puerto Rico dijo presente. Eso es lo que pasa cuando nos tocan. Lo que sucedió últimas semanas algo apoteósico. Tres canales, toda la radio del país, todo el mundo se unió bajo un hashtag: #MQBJohnnyVota", sostuvo. El animador de ‘Despierta América’ espera venir a la Isla entre la última semana de noviembre y la primera semana de diciembre para entregar personalmente el cheque de $50 mil para Hábitat por Humanity, capítulo de Puerto Rico.

"Quiero comer lechón, arroz con gandules, yuca, alcapurrias, bacalaítos, mochillas, de todo".

El exMenudo no fue felicitado por ninguno de los jueces.


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CIVIL NUM: G JV2012-0308 SOBRE: EXPEDIENTE DE DOMINIO EDICTO EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO A: Todo el que tenga algún derecho real sobre el inmueble que más adelante se describe; a las personas ignoradas a quienes pueda perjudicar la inscripción, y en general a toda persona que desee oponerse. Comparezcan, si lo creyeren conveniente, ante este Tribunal dentro del plazo de veinte (20) días a contar de la fecha de su última publicación de este EDICTO, a exponer lo que a sus derechos convenga en el expediente promovido por el peticionario para adquirir su dominio sobre la siguiente finca: “RUSTICA”: Predio de terreno radicado en el Barrio Antigua, Sector Rincón del término municipal de Arroyo, con una cabida superficial de cero punto mil trescientos cincuenta y uno diez milésimas cuerdas (0.1351), equivalentes a quinientos treinta y uno metros con mil doscientos cincuenta y nueve metros cuadrados (531.1259 m2). En lindes por el NORTE, con terrenos de Santa Rosa Valentín; por el SUR, con camino vecinal; por el OESTE, con terrenos de Jesús Roberto Delgado Rosa y por el ESTE, con la carretera estatal número 752. Enclava una casa para fines residenciales. Deben notificar con copia de sus alegaciones al abogado del promovente, LCDO. CARMELO BAEZ FIGUEROA, APARTADO 746, ARROYO, PR 00714, TEL. 787839-6805. En Guayama, Puerto Rico, hoy 16 de octubre de 2013. Marisol Rosado Rodríguez, Secretaria Regional, SECRETARIA GENERAL, POR: Sharlyann Rodríguez Mendoza, Secretaria Auxiliar Tribunal I.


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CLASIFICADOS / MARTES, 26 DE NOVIEMBRE DE 2013 El periódico de Puerto Rico

ED-19084 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE CAGUAS.

ELISA DE JESUS SERRANO Demandante vs.

ISMAEL RAMIREZ CIRILO t/c/c ISMAEL RAMIREZ JR. Demandado CIVIL NUMERO: E AC20130234. SALA: 612. SOBRE: SOLICITUD DE ORDEN. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. A: ISMAEL RAMIREZ CIRILO también conocido como ISMAEL RAMIREZ JR. 3555 W Hirsch St., Chicago, Illinois 60651 o sea la parte demandada arriba mencionada. POR LA PRESENTE, se le emplaza y requiere para que conteste la demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este Edicto, radicando el original de su contestación ante el Tribunal correspondiente y notificando con copia al abogado del demandante, Manuel Angel Betancourt Avilés, Apartado 79283, Carolina, Puerto Rico 00984, teléfonos número: 787-603-4104 & 787-568-6434, Correo Electrónico: maba1law@aol.Com. En este caso se trata de Cancelación de Pagaré Extraviado, en la que la parte demandante solicita se ordene a la Secretaria del Tribunal que, una vez sea final y firme la presente Sentencia, expida el correspondiente mandamiento dirigido al (a) Señor (a) Registrador(a) de la Propiedad de la Sección Primera de Carolina, Sección Segunda, para que dicho funcionario proceda a la cancelación que por la presente. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y Sello del Tribunal, hoy día 24 OCT 2013. CARMEN ANA PEREIRA ORTIZ, SECRETARIO(A) DEL TRIBUNAL. POR: LILI RODRIGUEZ RODRIGUEZ, SUBSECRETARIO(A). ED-17087 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE MAYAGUEZ.

MARIA ANTONIA RODRIGUEZ PAGAN también conocida por ANTONIA RODRIGUEZ PAGAN Peticionaria

EX-PARTE CIVIL NUM. ISCI201301273. MATERIA: EXPEDIENTE DE DOMINIO. CITACION POR EDICTOS. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A: CITACION A MARIA RODRIGUEZ y a las personas ignoradas a quienes pueda perjudicar la inscripción solicitada. Por la presente se les notifica a ustedes que

en la Secretaría de este Tribunal ha sido radicado por la peticionaria una acción civil sobre Expediente de Dominio, donde esta solicita se declare a su favor el pleno dominio y en adición se ordene la inscripción en el Registro de la Propiedad del inmueble que se describe a continuación; RUSTICA: Parcela de terreno marcada con la letra “E” en el Plano de Inscripción comprensiva de cuatro mil novecientos doce punto nueve mil novecientos cuarenta y cinco metros cuadrados (4,912.9945 m/c), radicado en el Barrio Llanos Tuna del municipio de Cabo Rojo, Puerto Rico. Colindante por el NORTE, con parcela a dedicarse a Uso Público antes, hoy con camino público; por el SUR, con terrenos de la Sucesión Zapata Morales antes, hoy con Víctor Seda Cruz y Roberto Padilla; por el ESTE, con parcela D según plano, hoy con Andrew Doran; y por el OESTE, con parcela G guión dos (G-2) según plano, hoy con Carmelo Vázquez Ruiz. Pudiendo verse afectado su derecho sobre la misma o siendo un demandado desconocido o persona con interés, por la presente se le cita a los efectos de que si tiene alguna razón legal para ello comparezca ante el Tribunal a oponerse a las pretensiones de la peticionaria dentro del término de veinte (20) días a partir de la última publicación de este edicto, notificando con copia de sus alegaciones al Lcdo. David Rodríguez Vega a su dirección P.O. Box 313, Cabo Rojo, Puerto Rico, 00623. Se apercibe de que si no se hiciera lo anterior, en su día se procederá a evaluar la prueba que posee la peticionaria, pudiendo declararse justificado el plano dominio y posesión sobre la finca descrita a favor de esta e inscribiéndose la misma a su nombre en la correspondiente Sección del Registro de la Propiedad. En Mayagüez, Puerto Rico a 20 de septiembre de 2013. SRA. GUILLERMINA TORRES PAGAN, SECRETARIA DEL TRIBUNAL-INTERINA. POR: SILVIA HERNANDEZ LOPEZ, SUB-SECRETARIA(O). RP-297 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE BAYAMÓN

DORAL BANK Demandante v.

EMILIO RODRIGUEZ SANTOS Y MARIE CARMEN GREGORIO MARTINEZ Demandados CIVIL NUM. D CD2011-1519 (505) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA Yo, ALG. FREDDY OMAR RODRIGUEZ COLLAZO, Alguacil Supervisor de la División de Subastas del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, a los demandados y al público en general, les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal, de epígrafe con fecha 26 de septiembre de 2013 y para satisfacer la Sentencia por la cantidad de $155,678.56 de principal, dictada en el caso el 27 de febrero de 2012, notificada y archivada en autos el día 6 de marzo de 2012, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en

pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a las propiedad localizada en: Municipio de Bayamón, Puerto Rico, el bien inmueble se describe a continuación: Apt. 219 Parque Real Cond. Guaynabo, P.R. 00966 URBANA PROPIEDAD HORIZONTAL: Unidad de vivienda A-219 del Condominio Parque Real localizada en el Barrio Santa Rosa del municipio de Guaynabo, Puerto Rico. Esta unidad fue fabricada en hormigón armado y bloques de cemento y se encuentra ubicada en los niveles 1 y 2 del edificio con entrada por el lindero Norte de este segundo nivel la cual sale a un corredor de acceso común que da a la escalera o ascensor para salir al exterior. Sus linderos son los siguientes: por el Norte, con áreas comunes en ambos niveles, distancia de 23 pies 1 pulgadas, equivalentes a 7.036 metros; por el Sur, con áreas comunes en ambos niveles, distancia de 23 pies y 1 pulgadas, equivalentes a 7.036 metros; por el Este, con áreas comunes en ambos niveles, distancia de 37 pies 4 pulgadas, equivalentes a 11.379 metros; y por el Oeste, con el apartamento A-217 en ambos niveles, distancia de 37 pies 4 pulgadas, equivalentes a 11.379 metros. Esta unidad tiene un área de construcción de 1601.89 pies cuadrados, equivalentes a 148.82 metros cuadrados. Esta unidad consta en su primer nivel de tres dormitorios, el principal con walk-in-closet, y los otros dos closets normales, dos baños equipados, un linen closet y escalera de acceso al segundo nivel. En su segundo nivel, que es donde este su entrada consta de sala-comedor, cocina, balcón, foyer y media bark) (powder room), le corresponde el espacio de estacionamiento marcado con el número 21. Esta unidad tiene una participación en los elementos comunes del condominio de cero punto ochocientos sesenta y siete por ciento. Que con el importe de dicha venta se habrá se satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $173,500.00 para la propiedad descrita. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 partes del valor de la tasación. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en ésta el tipo mínimo será de la 1/2 del valor de la tasación. Para el lote descrito, la primera subasta se llevará a cabo el día 5 de diciembre de 2013, a las 9:30 de la mañana. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una segunda subasta el día 12 de diciembre de 2013, a la 1:30 de la tarde. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una tercera subasta el día 19 de diciembre de 2013, a la 1:30 de la tarde. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón. Del Estudio de Título realizado a la Propiedad, surge el siguiente gravamen posterior el cual pudiera ser cancelado: HIPOTECA: En garantía de un pagaré a favor del Secretario del Departamento de Desarrollo Urbano y Vivienda de los Estados Unidos de América, o a su Orden, por la suma de $11,710.30, sin intereses y a vencer el 1 de octubre del año 2033, según consta de la escritura 432, otorgada en San Juan, el 30 de septiembre de 2009, ante el notario Magda V. Alsina Figueroa, inscrito el 24 de octubre de 2011 mediante asiento al folio 61 del tomo 1366 de Guaynabo, finca 36,683, anotación A. Se le advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la

venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal, y la Colecturía y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Se les advierte a todos los licitadores que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el remate los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares correspondientes. Librado en Bayamón, Puerto Rico, a NOV 08 2013. ALG. FREDDY OMAR RODRIGUEZ COLLAZO, ALGUACIL. ED-18071 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SUB-SECCION SALA DE PONCE.

CARMEN MARIA LUGO FILLIPPI

Peticionaria CIVIL NUM: JJV2013-0352. SOBRE: ACCION CIVIL DE EXPEDIENTE DE DOMINIO (PRESCRIPCION EXTRAORDINARIA). EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. Estado Libre Asociado de PR. SS. A todas las personas ignoradas y desconocidas, herederos o causahabientes en derecho de los inmediatos o anteriores dueños que hubiesen fallecido o que se desconociera el paradero, que pudiere perjudicar la inscripción de dominio de la finca en la Petición, que más adelante se describe, a favor de los peticionarios en el Registro de la Propiedad de Ponce, y a todas las personas que con derecho a ello quieren oponerse a esta acción por la presente se les notifica que en la Secretaría del Tribunal la peticionaria de epígrafe ha radicado una acción civil para que se declare justificado a su favor el dominio pleno de la finca que se describe de la siguiente manera: URBANA: Solar radicado en el Bo. Canas de este término municipal de Ponce, comprende por el ESTE con la Calle 9 nombrada Mercurio Abierta sobre terrenos del mismo señor Armstrong Mayoral por donde mide ocho (8) metros veintidós (22) centímetros; por la derecha entrando, que es el NORTE tiene veinte (20) metros un (1) centímetro con más terrenos del señor Armstrong Mayoral; por la izquierda que es SUR, tiene otros veinte (20) metros un (1) centímetro con la misma colindancia y por la espalda que es el OESTE, mide ocho (8) metros noventa y dos (92) centímetros, con la propia colindancia, cuyas medidas forman un área superficial de ciento setenta y ocho (178) metros cuadrados y nueve (9) centésimas cuadradas equivalentes a doscientas cincuenta y cinco (255) varas cuadradas con cuarenta y dos (42) centésimas de metros. Contiene casa de vivienda. Se les emplaza y requiere para que notifiquen al Lcdo. Francisco Toro González, abogado de la peticionaria, con oficina en la Calle Castillo #48, Apt. B-1, Edificio Zayas Pizarro, Ponce, PR 00730, PO Box 330164, Ponce, PR 00733-0164, con copia de la oposición a la Petición, cuyo original deberá ser radicado en la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce, dentro del término de treinta (30) días siguiente a la publicación final de este Edicto. Si dejare de hacerlo, podrá dictarse contra ustedes Sentencia en rebeldía concediendo el remedio solicitado en la Petición. Se les apercibe que podrán enterarse del contenido directamente en la Secretaría del Tribunal Superior, Sala de Ponce, o en la oficina del Lcdo. Francisco Toro González. Apercibiéndosele, además, que de no haber oposición alguna a esta Petición, se procederá a la vista de la prueba que ofrezca la parte peticionaria, pudiendo dictar Sentencia a favor de ésta, aprobando la inscripción en el Registro de la Propiedad de Ponce, del inmueble descrito en ésta a su nombre. Este edicto se publicará tres (3) veces durante el término de veinte (20) días en un periódico de circulación general en Puerto Rico. EN PONCE, Puerto Rico, a 24 de abril de 2013. (FDO.) SECRETARIA. POR: SUB-SECRETARIA.

ED-19082 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE GUAYNABO.

ED-19077 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN, SALA SUPERIOR.

ORIENTAL BANK sucesora en derecho de BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA PUERTO RICO

FEDERAL NATIONAL MORTGAGE ASSOCIATION t/c/c FANNIE MAE Demandante v.

ED-19081 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMON.

ROSARIO MARIA JOSE RAMON y ANDRES todos de apellidos ROMAN SANTIAGO SHADETH JAYRIN y ADYAN JERAMAINE ambos de apellidos ROMAN VIRUET miembros de la SUCESION ANASTACIA SANTIAGO ALICEA

PABLO EMILIO GONZALEZ GOTAY ARMANDO CECILIO t/c/c PABLO MARTINEZ GONZALEZ GOTAY FERNANDEZ JAVET t/c/c ARMANDO MARQUEZ LOPEZ y MARTINEZ Partes Demandantes la Sociedad Legal de Vs FERNANDEZ Bienes Gananciales JOHNNATAN ROMAN MARILINA DAVILA compuesta t/c/p HERNANDEZ y la JOHNATAN HAROLD por ambos Sociedad Legal de Demandados ROMAN RUBY Bienes Gananciales CIVIL NUM.: K CD2013-2174 y JOHNATAN H. (902). SOBRE: COBRO DE DIcompuesta por éstos NERO Y EJECUCION DE HIPOROMAN RUBY TECA POR LA VIA ORDINARIA. JOHN DOE JANICE ROMAN EMPLAZAMIENTO POR EDICJANE DOE y OTROS TO. Estados Unidos de Amérit/c/p JANICES Parte Demandada ca. El Presidente de los Estados CIVIL NUM.: D2CD2013-0242. Unidos. El Estado Libre Asocia- ROMAN DE NORIEGA SOBRE: RESTITUCION DE PA- do de Puerto Rico. A LA PARTE JANICE GARE EXTRAVIADO. EDICTO. DEMANDADA: PABLO EMILIO A: JOHN DOE, JANE DOE Y GONZALEZ GOTAY t/c/c PAROMAN PADILLA OTROS. Se les notifica a usteParte Demandante Vs.

des que se ha radicado en esta Secretaría, la demanda de epígrafe. Se alega en dicha demanda que se ha extraviado un Pagaré Hipotecario por la suma principal de $43,819.31, a favor de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, sin intereses, vencedero al 1º de octubre de 2012, todo según la Escritura de Hipoteca #307, otorgada en la ciudad de San Juan, Puerto Rico, el día 8 de octubre de 2009 ante el Notario Público José V. Gorbea Varona. La referida hipoteca quedó inscrita en el Registro de la Propiedad de Guaynabo al Folio 197 del Tomo 1309 de Guaynabo, inscripción 10a, Finca #13307, sobre la propiedad que se describe a continuación: URBANA: Solar radicado en la Urbanización Torrimar situado en el Barrio Pueblo Viejo de Guaynabo, Puerto Rico, marcado con el número siete (7) de la manzana once (11), con un área de ochocientos treinta seis punto cincuenta y siete (836.57) metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con la calle número cuatro (4), en una distancia de veintiocho punto noventa y ocho (28.98) metros y tres punto treinta y cinco (3.35) metros, en una curva; por el SUR, con el solar seis (6), en una distancia de treinta y uno punto treinta y siete (31.37) metros; por el ESTE, con la calle número cuatro (4), en una distancia de dieciocho punto catorce (18.14) metros y tres punto treinta y seis (3.36) metros, en una curva; por el OESTE, con los solares número ocho (8) y nueve (9) en una distancia de treinta punto cuarenta y ocho (30.48) metros. Enclava una casa de concreto reforzado diseñada para una familia. Se solicita en la referida demanda, que se declare extraviado el referido Pagaré y se ordene su restitución. Siendo ustedes personas con posible interés en el pagaré que se intenta restituir, se les emplaza y requiere para que notifiquen al Lcdo. José V. Gorbea Varona, con oficina en el Capital Center, Torre Sur, 239 Arterial Hostos, Suite 1106, San Juan, Puerto Rico 00918; teléfono 753-4100, Fax: 753-4119 y y correo electrón i c o jvgorbea@gorbealawoffice.com, abogado de la parte demandante, copia de la contestación a la demanda dentro de los treinta días siguientes a la publicación de este edicto. Si dejaren de hacerlo, podrá dictarse contra ustedes sentencia en rebeldía, concediendo el remedio solicitado en la demanda. EXPEDIDO bajo mi firma y sello de este tribunal hoy NOV 13 2013. GLORIMAR RIVERA RIVERA, SECRETARIA DEL TRIBUNAL CONFIDENCIAL II. POR: NANCY SANTIAGO SANTIAGO, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL I.

BLO GONZALEZ GOTAY, JAVET MARQUEZ LOPEZ y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos a su última dirección conocida. FISICA: COND. ATRIUM PLAZA, 103 E, HATO REY, PR 00918. POSTAL PO BOX 5113, VEGA ALTA, PR 00692. Por la presente se le(s) notifica que se ha radicado en la Secretaría de este Tribunal una Demanda en Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca en su contra, en la cual se alega que adeuda a la parte demandante la suma de $97,098.96 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 7.500% anual desde el 1 de abril de 2013. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además la parte demandada adeuda a la parte demandante los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento; las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $11,760.00 y cualquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca número 105, otorgada ante el Notario Gloria B. Aquino Aponte, el día 1 de marzo de 2001, sobre la finca número 36,320 inscrita al folio 141 del Tomo 1310 del Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Segunda. Este Tribunal ha ordenado que se le(s) cite a usted(es) por edicto que se publicará una sola vez en un periódico de circulación general. Se le(s) emplaza y requiere que dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto excluyendo el día de la publicación de este edicto conteste(n) la demanda radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la Contestación de la Demanda a las oficinas de MARTINEZ & TORRES LAW OFFICES, P.S.C. ATENCION al Lcdo. José David Hernández Dávila P.O. Box 192938, San Juan, Puerto Rico 00919-2938; Tel (787) 767-8244, Fax (787) 767-1183, Abogado de la Parte Demandante. Se le(s) advierte que si dejare(n) de contestar la Demanda en el período de tiempo antes mencionado, podrá dictarse contra usted(es) Sentencia en Rebeldía, concediéndose el remedio solicitado sin más citarle(s) ni oírle(s). EXPEDIDO bajo mi firma y con el Sello del Tribunal. DADA hoy 13 NOVIEMBRE de 2013, en SAN JUAN, Puerto Rico. LCDA. REBECCA RIVERA TORRES, SECRETARIA REGIONAL. MARGARITA MUÑIZ MENDEZ, SEC. SERV. A SALA.

CIVIL NUM.: D AC2013-2724. SALA: 504. SOBRE: DIVISION Y ADJUDICACION DE COMUNIDAD DE BIENES HEREDITARIA; AUTORIZACION DE VENTA DE BIEN INMUEBLE Y CONSIGNACION DE PORCION HEREDITARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A: JANICE ROMAN también conocida por JANICES ROMAN DE NORIEGA y JANICE ROMAN PADILLA. 5988 Bent Pine Dr. #384, Orlando, Florida 32822. La Sala Superior de Bayamón ha emitido Orden autorizando el emplazamiento por edictos ordenando se emplace y notifique a los demandados antes mencionados mediante edicto que la SUCESION DE ANASTACIA SANTIAGO ALICEA (ROSARIO, MARIA, JOSE RAMON y ANDRES todos de apellidos ROMAN SANTIAGO, SHADETH JAYRIN, ADYAN JERAMAINE ambos de apellidos ROMAN VIRUET ) han presentado Demanda de División y adjudicación de comunidad de bienes hereditaria; Autorización de venta de bien inmueble y Consignación de porción hereditaria, en su contra en este Tribunal. Por la presente se le requiere que conteste la demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto, radicando el original en el Tribunal correspondiente y notificando con copia de la misma al abogado de la parte demandante Lcdo. Víctor M. Martínez Cruz, PO Box 3084, Juncos, PR 00777. Teléfono (787) 209-6388. Fax: (787) 6879090. Email: vmmc@email.com. Se le apercibe que de no hacerlo, se le anotará la rebeldía y se dictará Sentencia concediendo el remedio solicitado en la demanda, sin más citarle y orile y dictando Sentencia de conformidad. Expedido bajo mi firma y para su publicación en Bayamón, Puerto Rico, hoy 31 de octubre de 2013. RUTH N. APONTE COTTO, JUEZ SUPERIOR. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA. POR: DANILSA ORTIZ RAMOS, SECRETARIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR. RP-298 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE BAYAMON

DORAL BANK Demandante V.

ELBA RIVERA RODRIGUEZ; JOSE ENRIQUE BARREDA RIVERA T/C/C JOSE ENRIQUE BARREDAS RIVERA Y COMO JOSE E. BARREDAS RIVERA, SU ESPOSA MARIEMMA PEREZ BIASCOCHEA LA SOCIEDAD LEGAL DE

BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS; ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Demandados CIVIL NUM. DCD2011-0282 SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA Yo, ALG FREDDY OMAR RODRIGUEZ COLLAZO, Alguacil Supervisor de la División de Subastas del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, a los demandados y al público en general les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 30 de enero de 2013 y para satisfacer la Sentencia por la cantidad adeudada de $217,612.86 de principal, dictada en el caso el 5 de marzo de 2012, notificada y archivada en autos el día 4 de abril de 2012, procederé a venderé en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso de los Estados Unidos de América, todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a las propiedad localizada en: en el Municipio de Cataño, Puerto Rico, el bien inmueble que se describe a continuación: 80 ME 16, Plaza St., Marina Bahía, Cataño, Puerto Rico URBANA: PARCELA DE TERRENO IDENTIFICADA COMO SOLAR NUMERO OCHENTA (80) DEL BLOQUE ME DA LA URBANIZACION DE MARINA BAHIA RADICADA EN EL BARRIO PALMAS DEL TERMINO MUNICIPAL DE CATAÑO, PUERTO RICO, CON UNA CABIDA DE TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE PUNTO TRESCIENTOS SETENTA Y UN (349.71) METROS CUADRADOS. EN LINDES POR EL NORTE, EN UNA DISTANCIA DE VEINTIDOS (22.00) METROS, CON EL SOLAR NUMERO SETENTA Y NUEVE (79); POR EL SUR, EN UNA DISTANCIA DE DIECIOCHO PUNTO CINCUENTA (18.50) METROS, Y UNA DISTANCIA EN ARCO DE DOS PUNTO SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE (2.749) METROS, CON LA CALLE NUMERO SIETE (7); POR EL ESTE, EN DIECISEIS (16.00) METROS, CON SOLAR UNO (1); POR EL OESTE, EN DOCE PUNTO CINCUENTA (12.50) METROS Y UNA DISTANCIA EN ARCO DE DOS PUNTO SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE (2.749) METROS CON COURT NUMERO DIECISEIS (16). EN DICHO SOLAR ENCLAVA UNA CASA DE CONCRETO DISEÑADA PARA UNA FAMILIA.” CONSTA INSCRITO AL FOLIO 110 DEL TOMO 149 DE CATAÑO, FINCA NUMERO 7,183 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE BAYAMON, SECCION CUARTA. Que con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $240,000.00 para la propiedad descrita. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 partes del valor de la tasación. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en ésta el tipo mínimo será de la 1/2 del valor de la tasación. Para el lote descrito, la primera subasta se llevará a cabo el día 5 de diciembre de 2013, a las 11:45 de la mañana. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una segunda subasta el día 12 de diciembre de 2013, a las 3:45 de la tarde. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una tercera subasta el día 19 de diciembre de 2013, a las 3:45 de la tarde. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón. De Estudio de Título realizado surgen los siguientes gravámenes posteriores los cuales podrán ser cancelados: SENTENCIA: Sentencia #1 folio 22 demanda 63 presentada el 8 de septiembre de 2005, sentencia de fecha 24 de enero de 2005, en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, seguido por PRAMCO II, LLC versus Debitec Inc., José Barreda Rivera y su esposa Mariemma Pérez, por la suma de $22,520.48. Así resulta extracto de Sentencia 24 de enero de 2005, caso civil #KICD20031142 (903), 18 de febrero de


EL VOCERO / CLASIFICADOS / MARTES, 26 DE NOVIEMBRE DE 2013 2004, quedando archivado en el legajo de documentos judiciales #18. SENTENCIA: Sentencia #3 folio 25 demanda 878 presentada el 6 de agosto de 2010, seguido por United States of America versus José Barreda Rivera, Karen Barreda Rivera y Elba Rivera Rodríguez, sentencia 19 de abril de 2010, United States District Court, District of Puerto Rico, por la suma de $73,122.00. Extracto de sentencia 24 de mayo de 2010, caso civil #09-1863 (JAG), sobre federal taxes, quedando archivado en el legado de documentos judiciales bajo #359-2010. EMBARGO FEDERAL: En el Libro de Embargos Federales número 2, en la página 164, asiento 5, se encuentra presentado el día 1 de septiembre de 2010, con el número de notificación 690492510, embargo contra Elba Rivera Rodríguez, seguro social XXX-XX-9459, por la suma de $65,162.90. No podemos precisar si el titula y el embargo es la misma persona. SENTENCIA: Sentencia #3 folio 52 demanda 962 presentada el 24 de febrero de 2011, seguido por United States of America versus Elba Rivera Rodríguez, sentencia 19 de abril de 2010, United States District Court, District of Puerto Rico, por la suma de $73,122.00. Extracto de sentencia 24 de febrero de 2011, caso civil #09-1863 (JAG), sobre federal taxes, quedando archivado en el legajo de documentos judiciales bajo #26-2011. Se le advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siente (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción al precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Bayamón, Puerto Rico, a NOV 07 2013. ALG. FREDDY OMAR RODRIGUEZ COLLA. ALGUACIL. RP-300 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON SALA SUPERIOR

DORAL BANK Demandante V.

DANIEL ENRIQUE RODRIGUEZ APONTE T/C/C DANIEL RODRIGUEZ APONTE, YARITZA BEATRIZ ALVARADO PEREZ T/C/C YARITZA ALVARADO PEREZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA ENTRE AMBOS Demandados CIVIL NUM. D CD2012-2505 (703) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA AVISO DE VENTA EN PÚBLICA SUBASTA Yo, ALG. FREDDY OMAR RODRIGUEZ COLLAZO, Alguacil Supervisor de la División de Subastas del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, a los demandados y al pú-

blico en general, les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal, de epígrafe con fecha 15 de enero de 2013 y para satisfacer la Sentencia por la cantidad de $141,585.07 de principal, dictada en el caso el 28 de febrero de 2012, notificada y archivada en autos el día 1 de marzo de 2012, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a las propiedad localizada en: Municipio de Dorado, Puerto Rico, el bien inmueble se describe a continuación: #360, Alondra Street, Montereal Dorado, Puerto Rico 00646 URBANA: Predio de terreno identificado como el solar AA guión once (AA-11) en el plano de la Sección Montereal (Fase II) de la Urbanización Los Montes en Dorado, radicada en el Barrio Espinosa del término municipal de Dorado, Puerto Rico, con una cabida de cuatrocientos cuarenta y uno punto cincuenta y uno (441.51) metros cuadrados, equivalentes a cero punto mil ciento veintitres (0.1123) cuerdas. En lindes por el Norte, en una distancia de quince punto doce (15.12) metros, con la calle diecisiete (17); por el Sur, en dieciseis punto cero cero (16.00) metros, con el solar AA guión diez (AA-10); por el Este, en una distancia de veintiseis punto noventa (26.90) metros, con el solar marcado AA guión doce (AA-12); por el Oeste, en una distancia de veintisiete punto setenta y cuatro (27.74) metros, con la calle número diecisiete (17). En el predio enclave una edificación de una planta, con estructura de hormigón reforzado dedicada a vivienda. Finca número 10,572, inscrita al folio 121 del tomo 233 de Dorado del Registro de la Propiedad de la Propiedad de Puerto Rico, Sección Cuarta de Bayamón. Que con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $153,600.00 para la propiedad descrita. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 partes del valor de la tasación. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en ésta el tipo mínimo será de la 1/2 del valor de la tasación. Para el lote descrito, la primera subasta se llevará a cabo el día 5 de diciembre de 2013, a las 9:45 de la mañana. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una segunda subasta el día 12 de diciembre de 2013, a la 1:45 de la tarde. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una tercera subasta el día 19 de diciembre de 2013, a la 1:45 de la tarde. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón. De Estudio de Título realizado surgen los siguientes gravámenes posteriores los cuales podrán ser cancelados: HIPOTECA: En garantía de su pagaré a favor de Doral Financial Corporation h/n/c H.F. Mortgage Bankers, o a su orden, por la suma de $38,400.00, intereses al 7.25% anual y a vencer el 1 de mayo del año 2035, según consta de la escritura #229, otorgada en San Juan, el 30 de abril de 2005, ante el Notario Duncan Maldonado Ejarque, inscrito al folio 143 del tomo 261 de Dorado, finca #10,572 inscripción 2da. BITÁCORA: Al asiento 1301 del diario 265, el día 14 de agosto de 2009, se presenta la escritura #21, otorgada en San Juan, el día 14 de enero de 2009, ante el Notario Juan Luis Romero Sánchez, para que se inscriba venta a favor de Aracelis Ayala Rosado, soltera, por el precio de $187,158.77. Inscrito en virtud de la Ley #216 del 27 de diciembre de 2010. Se le advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos

(2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Bayamón, Puerto Rico, a NOV 07 2013. ALG. FREDDY OMAR RODRIGUEZ COLLAZO, ALGUACIL. ED-18046 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE GUAYANILLA.

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CARIBE COOP Demandante vs.

JUAN JESUS NIEVES BORRERO

Demandado CIVIL NUM.: J3CI201000210. SOBRE: COBRO DE DINERO. AVISO DE SUBASTA. Yo, José Velázquez Gastón Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Guayanilla, al público hago saber: Que en cumplimiento de un Mandamiento que he recibido por la Secretaría de este Tribunal, venderé en pública subasta, al mejor postor, en moneda del cuño legal y corriente de los Estados Unidos de América, el día 5 de diciembre de 13, a las 10:30 de la AM, todo el derecho, título e interés que tenga la parte demandada sobre la siguiente propiedad: VEHICULO DE MOTOR MARCA TOYOTA TERCEL, color blanco, tablilla FIW686, año 1992. Esta subasta tendrá lugar en la siguiente dirección: TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE GUAYANILLA, OFICINA DEL ALGUACIL. La propiedad a subastarse puede ser inspeccionada durante horas laborables, con previa cita, en la siguiente dirección: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CARIBE COOP. CALLE MUÑOZ RIVERA #38 GUAYANILLA, P.R. 00656. TEL.: 835-2480. Dicha venta se llevará a cabo para con su producto satisfacer a la parte demandante de la sentencia obtenida en este caso ascendente a la suma $42,043.58 dólares con sus intereses, más costas y gastos, siendo el tipo mínimo para esta subasta de la propiedad antes descrita la cantidad de $1,400.00. En Guayanilla, Puerto Rico, a 23 de oct. de 2013. JOSE VELAZQUEZ GASTON, ALGUACIL. CB-3635 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE HUMACAO SALA SUPERIOR

DORAL BANK Demandante V.

LIZ ESTRELLA MORALES MERCADO T/C/C LIZ E. MORALES MERCADO T/C/C LIZ MORALES MERCADO

Demandados CIVIL NUM. HSCI2012-01033 SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA. Yo, MARIA DEL PILAR RIVERA RIVERA, Alguacil Regional, Alguacil Supervisor de la División de Subastas del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Humacao, a los demandados y al público en general les notifico que, cumpliendo con un Manda-

miento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha de 22 de mayo de 2013 y para satisfacer la Sentencia por la cantidad de $65,412.03 de principal, dictada en el caso de autos el 15 de febrero de 2013, notificada el 22 de febrero de 2013, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a las propiedad localizada en el Municipio de Naguabo, Puerto Rico, el bien inmueble que se describe a continuación: --G-141 Eden Street Jardines De La Vía Dev. Naguabo, Puerto Rico 00718 -URBANA: Parcela de terreno en la Urbanización Jardines de la Vía, situada en los Barrios Ríos y Maizales del término municipal de Naguabo, Puerto Rico, y que se describe en el Plano de Inscripción de la Urbanización con el número, área y colindancias que se relacionan a continuación: -Solar número ciento cuarenta y uno (141) del bloque “G” con un área superficial de TRESCIENTOS PUNTO CERO DOCE (300.12) METROS CUADRADOS. -En lindes: Por el Norte, en una distancia de trece punto cero cuarenta y cuatro (13.044) metros, con el solar ciento sesenta y cuatro (164) del bloque “G”; por el Sur, en una distancia de trece punto cero cuarenta y cuatro (13.044) metros con la Calle Edén; por el Este, en una distancia de veintitrés punto cero cero cero (23.000) metros con el solar ciento cuarenta (140) del bloque “G” y por el Oeste, en veintitrés punto cero cero (23.000) metros con el solar ciento cuarenta y dos (142) del bloque “G”. -Enclava una casa Modelo Clásico para vivienda familiar. -Es segregación de la finca que se encuentra presentada y pendiente al asiento 213 del diario 824, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección de Humacao. Que con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Humacao. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $69,451.00, para la propiedad descrita. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 partes del valor de la tasación, o sea, la cantidad de $46,300.66. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en ésta el tipo mínimo será de la 1/2 del valor de la tasación, por la cantidad de $34,725.50. Para el lote descrito, la primera subasta se llevará a cabo el día 4 de diciembre de 2013, a las 10:30 de la mañana. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una segunda subasta el día 11 de diciembre de 2013, a las 10:30 de la mañana. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una tercera subasta el día 18 de diciembre de 2013, a las 10:30 de la mañana. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Humacao. Se le advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía, así como en la Colecturía más cercana al lugar de residencia de la parte demandada, cuando ésta fuera conocida, y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bas-

tante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Humacao, Puerto Rico, a 5 de noviembre de 2013. María del Pilar Rivera Rivera, Alguacil Regional. Alguacil Sala Superior de Humacao Por: Tania Guasp Loza, 653, Alguacil Auxiliar ED-19080 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN, SALA SUPERIOR.

DORAL BANK Demandante v.

RICHARD FUENTES RIOS MARIA MORALES O’NEILL y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos Demandados CIVIL NUM.: K CD2013-2269 (803). SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA IN REM. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A LA PARTE DEMANDADA: RICHARD FUENTES RIOS, MARIA MORALES O’NEILL y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos a su última dirección conocida. FISICA: Puerto Nuevo, 1209 Calle Caparra, San Juan, PR 00920. POSTAL: Urb. Puerto Nuevo, 1209 Calle Caparra, San Juan, PR 00920. Por la presente se le(s) notifica que se ha radicado en la Secretaría de este Tribunal una Demanda en Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca en su contra, en la cual se alega que adeuda a la parte demandante la suma de $108,657.13 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 5.400% anual desde el 1 de septiembre de 2012. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además la parte demandada adeuda a la parte demandante los cargos por demora equivalentes a 4.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento; las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $11,905.90 y cualquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca número 728, otorgada ante el Notario Pedro Nel Arevalo Martínez, el día 9 de agosto de 2002, sobre la finca número 4,587 inscrita al folio móvil del Tomo 18 del Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Tercera. Este Tribunal ha ordenado que se le(s) cite a usted(es) por edicto que se publicará una sola vez en un periódico de circulación general. Se le(s) emplaza y requiere que dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto excluyendo el día de la publicación de este edicto conteste(n) la demanda radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la Contestación de la Demanda a las oficinas de MARTINEZ & TORRES LAW OFFICES, P.S.C. ATENCION al Lcdo. José David Hernández Dávila P.O. Box 192938, San Juan, Puerto Rico 00919-2938; Tel (787) 767-8244, Fax (787) 767-1183, Abogado de la Parte Demandante. Se le(s) advierte que si dejare(n) de contestar la Demanda en el período de tiempo antes mencionado, podrá dictarse contra usted(es) Sentencia en Rebeldía, concediéndose el remedio solicitado sin más citarle(s) ni oírle(s). EXPEDIDO bajo mi firma y con el Sello del Tribunal. DADA hoy 13 de noviembre de 2013, en San Juan, Puerto Rico. LCDA. REBECCA RIVERA TORRES, SECRETARIA REGIONAL. CELICITTE GUZMAN RODRIGUEZ, SECRETARIA SERVICIOS A SALA.

ED-19078 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN, SALA SUPERIOR.

DORAL BANK Demandante v.

LUZ POLO NIEVES t/c/c LUZ POLIE NIEVES

Demandada CIVIL NUM.: KCD2013-2109 (903). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A LA PARTE DEMANDADA: LUZ POLO NIEVES t/c/c LUZ POLIE NIEVES a su última dirección conocida FISICA: Cond. Torre De Oro 175, Apt. 201, San Juan, PR 00917. POSTAL: Cond. Torre De Oro, 175 Calle Mejico, Apt. 201 San Juan, PR 00917. Por la presente se le(s) notifica que se ha radicado en la Secretaría de este Tribunal una Demanda en Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca en su contra, en la cual se alega que adeuda a la parte demandante la suma de $63,679.44 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 7.3.75% anual desde el 1 de enero de 2013. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además la parte demandada adeuda a la parte demandante los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento; las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $7,525.00 y cualquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca número 22, otorgada ante el Notario Teresita Navarro García, el día 14 de enero de 2002, sobre la finca número 30,571-Bris inscrita al folio 32 del Tomo 1060 del Registro de la Propiedad de San Juan, Sección Segunda. Este Tribunal ha ordenado que se le(s) cite a usted(es) por edicto que se publicará una sola vez en un periódico de circulación general. Se le(s) emplaza y requiere que dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto excluyendo el día de la publicación de este edicto conteste(n) la demanda radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la Contestación de la Demanda a las oficinas de MARTINEZ & TORRES LAW OFFICES, P.S.C. ATENCION al Lcdo. José David Hernández Dávila P.O. Box 192938, San Juan, Puerto Rico 00919-2938; Tel (787) 7678244, Fax (787) 767-1183, Abogado de la Parte Demandante. Se le(s) advierte que si dejare(n) de contestar la Demanda en el período de tiempo antes mencionado, podrá dictarse contra usted(es) Sentencia en Rebeldía, concediéndose el remedio solicitado sin más citarle(s) ni oírle(s). EXPEDIDO bajo mi firma y con el Sello del Tribunal. DADA hoy OCT 30 2013, en San Juan, Puerto Rico. LCDA. REBECCA RIVERA TORRES, SECRETARIA REGIONAL. CARMEN MOLINA GARCIA, SECRETARIA SERVICIOS A SALA. CB-3636 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE HUMACAO SALA SUPERIOR

DORAL BANK Demandante V.

GEORGE RAMOS RIVERA

Demandados CIVIL NUM. HICI2011-0721 (208) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA. Yo, MARIA DEL PILAR RIVERA RIVERA, Alguacil Regional, Alguacil Supervisor de la División de Subastas del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Humacao, a los demandados y al público en general les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha de 30 de noviembre de 2012 y para satisfacer la Sentencia por la cantidad de $44,818.59 de principal, dictada en el caso de autos el 11 de julio de 2012, notificada el 13 de julio de 2012, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores

demandados en cuanto a las propiedad localizada en el Municipio de Humacao, Puerto Rico, el bien inmueble que se describe a continuación: --#285 15 Street Verde Mar Dev. Humacao, Puerto Rico 00956 -URBANA: SOLAR RADICADO EN LA URBANIZACION VERDEMAR SITUADO EN EL BARRIO PUNTA SANTIAGO DEL TERMINO MUNICIPAL DE HUMACAO, MARCADO CON EL NUMERO DOS CIENTOS OCHENTA Y CINCO CON UN AREA DE TRESCIENTOS QUINCE PUNTO CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS, EN LINDES POR EL NORTE, EN VEINTITRES PUNTO SETENTA Y SEIS METROS CON EL SOLAR NUMERO DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS DE DICHA URBANIZACION, POR EL SUR, EN VEINTITRES PUNTO CERO METROS CON EL SOLAR NUMERO DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO DE DICHA URBANIZACION POR EL ESTE, EN CATORCE PUNTO SESENTA Y CUATRO METROS CON LOS SOLARES DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO Y DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS DE DICHA URBANIZACION Y POR EL OESTE, EN DOCE PUNTO CINCUENTA METROS EN ARCO CON LA CALLE NUMERO QUINCE DE DICHA URBANIZACION. -EN ESTE SOLAR ENCLAVA UNA ESTRUCTURA DE CONCRETO PARA FINES RESIDENCIALES. -CONSTA INSCRITA AL FOLIO NUMERO DOSCIENTOS SETENTA DEL TOMO NUMERO DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO DE HUMACAO, FINCA NUMERO ONCE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE HUMACAO. Que con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Humacao. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $58,435.00, para la propiedad descrita. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 partes del valor de la tasación, o sea, la cantidad de $38,956.67. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en ésta el tipo mínimo será de la 1/2 del valor de la tasación, o sea, la cantidad de $29,217.50. Para el lote descrito, la primera subasta se llevará a cabo el día 4 de diciembre de 2013, a las 11:30 de la mañana. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una segunda subasta el día 11 de diciembre de 2013, a las 11:30 de la mañana. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una tercera subasta el día 18 de diciembre de 2013, a las 11:30 de la mañana. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Humacao. Se le advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía, así como en la Colecturía más cercana al lugar de residencia de la parte demandada, cuando ésta fuera conocida, y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conoci-

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miento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Humacao, Puerto Rico, a 5 de noviembre de 2013. María del Pilar Rivera Rivera, Alguacil Regional. Alguacil Sala Superior de Humacao Por: Tania Guasp Loza, 653, Alguacil Auxiliar ED-19079 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS, SALA SUPERIOR.

DORAL BANK Demandante v.

ANGEL LUIS DIAZ ORTIZ

Demandado CIVIL NUM.: E CD2013-1170 (401). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A LA PARTE DEMANDADA: ANGEL LUIS DIAZ ORTIZ a su última dirección conocida. FISICA: Los Flamboyanes, I-10 Calle María, Gurabo, PR 00778. Por la presente se le(s) notifica que se ha radicado en la Secretaría de este Tribunal una Demanda en Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca en su contra, en la cual se alega que adeuda a la parte demandante la suma de $123,508.76 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 6.000% anual desde el 1 de septiembre de 2011. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Además la parte demandada adeuda a la parte demandante los cargos por demora equivalentes a 4.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento; las costas, gastos y honorarios de abogado equivalentes a $14,000.00 y cualquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca número 687, otorgada ante el Notario Elaine Villanueva Martínez, el día 28 de noviembre de 2003, sobre la finca número 687, otorgada ante el Notario Villanueva Martínez, el día 28 de noviembre de 2003, sobre la finca número 13049 inscrita al folio 1 del Tomo 445 del Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Segunda. Este Tribunal ha ordenado que se le(s) cite a usted(es) por edicto que se publicará una sola vez en un periódico de circulación general. Se le(s) emplaza y requiere que dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto excluyendo el día de la publicación de este edicto conteste(n) la demanda radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la Contestación de la Demanda a las oficinas de MARTINEZ & TORRES LAW OFFICES, P.S.C. ATENCION al Lcdo. José David Hernández Dávila P.O. Box 192938, San Juan, Puerto Rico 009192938; Tel (787) 767-8244, Fax (787) 767-1183, Abogado de la Parte Demandante. Se le(s) advierte que si dejare(n) de contestar la Demanda en el período de tiempo antes mencionado, podrá dictarse contra usted(es) Sentencia en Rebeldía, concediéndose el remedio solicitado sin más citarle(s) ni oírle(s). EXPEDIDO bajo mi firma y con el Sello del Tribunal. DADA hoy NOV 14 2013, en Caguas, Puerto Rico. CARMEN ANA PEREIRA ORTIZ, SECRETARIO(A). LUZ E. RODRIGUEZ MORALES, SEC. AUXILIAR DEL TRIBUNAL. CB-3637 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE HUMACAO SALA SUPERIOR

DORAL BANK Demandante V.

DIANITZA IVETTE RICHARD RAMOS

Demandada CIVIL NUM. HSCI2009-00311 SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA. Yo, MARIA DEL PILAR RIVERA RIVERA, Alguacil Regional, Alguacil Supervisor de la División de Subastas del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Humacao, demandados y al público en general les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha de 3


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CLASIFICADOS / MARTES, 26 DE NOVIEMBRE DE 2013 El periódico de Puerto Rico

de diciembre de 2009 y para satisfacer la Sentencia por la suma de $57,321.67 de principal, dictada en el caso el 29 de septiembre de 2009, notificada y archivada en autos el 30 de septiembre de 2009, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a la propiedad localizada en: Urbanización Brisas del Valle, Núm. D-17, Bo. Río Naguabo, Puerto Rico, el bien inmueble que se describe a continuación: -URBANA: SOLAR NUMERO DIECISIETE (17) DEL BLOQUE “D” DE LA URBANIZACION BRISAS DEL VALLE, LOCALIZADA EN EL BARRIO RIO DEL TERMINO MUNICIPAL DE NAGUABO, PUERTO RICO, CON UNA CABIDA SUPERFICIAL DE DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS PUNTO CERO CERO (276.00) METROS CUADRADOS; EN LINDES POR EL NORTE, EN ONCE PUNTO CINCUENTA (11.50) METROS, CON EL SOLAR NUMERO SEIS (6) DE LA URBANIZACION; POR EL SUR, EN ONCE PUNTO CINCUENTA (11.50) METROS, CON LA CALLE NUMERO SEIS (6) DE LA URBANIZACION; POR EL ESTE, EN VEINTICUATRO PUNTO CERO CERO (24.00) METROS, CON EL SOLAR NUMERO DIECIOCHO (18) DE LA URBANIZACION; Y POR EL OESTE, EN VEINTICUATRO PUNTO CERO CERO (24.00) METROS, CON EL SOLAR NUMERO DIECISEIS (16) DE LA URBANIZACION”. -EN DICHO SOLAR ENCLAVA UNA RESIDENCIA DE UN NIVEL, LA CUAL ESTA COMPUESTA DE SALA, COMEDOR, COCINA, TRES (3) CUARTOS, UN BAÑO Y UNA MARQUESINA. -SE SEGREGA DE LA INSCRITA AL FOLIO 210 DEL TOMO 197, FINCA NUMERO 11,103, REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE HUMACAO, PUERTO RICO. Que con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Humacao. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $63,906.00, para la propiedad descrita. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 partes del valor de la tasación, o sea, la cantidad de $42,604.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en ésta el tipo mínimo será de la 1/2 del valor de la tasación, por la cantidad de $31,953.00. Para el lote descrito, la primera subasta se llevará a cabo el día 4 de diciembre de 2013, a las 9:00 de la mañana. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una segunda subasta el día 11 de diciembre de 2013, a las 9:00 de la mañana. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una tercera subasta el día 18 de diciembre de 2013, a las 9:00 de la mañana. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Humacao. Del Estudio de Título realizado a la Propiedad, surge el siguiente gravamen posterior el cual pudiera ser cancelado: BITACORA: Al siento 736 del diario 894, el día 8 de enero de 2009, se presenta Demanda de fecha de 16 de septiembre de 2008, en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Humacao, caso civil HSCI2008-01146, Sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca, seguido por Doral Bank versus Dianitza Ivette Richard Ramos, por la suma de $55,353.56 más intereses, etc. Inscrito en virtud de la Ley 216 de fecha de 27 de diciembre de 2010. Se le advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía,

el Tribunal y la Colecturía, así como en la Colecturía más cercana al lugar de residencia de la parte demandada, cuando ésta fuera conocida, y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Humacao, Puerto Rico, a 5 de noviembre de 2013. María del Pilar Rivera Rivera, Alguacil Regional. Alguacil Por: Tania Guasp Loza, 653, Alguacil Auxiliar ED-19076 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE BAYAMON.

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO como sucesor en derecho de POPULAR MORTGAGE, INC. en representación de REINALDO SANTIAGO MALDONADO HIRAM SANTIAGO MALDONADO Demandante vs.

DEPARTAMENTO DE VIVIENDA como sucesor en derecho de CRUV de PUERTO RICO t/c/c LA CORPORACION DE RENOVACION URBANA Y VIVIENDA DE PUERTO RICO JOHN DOE y RICHARD DOE Demandado CIVIL NUM.: DCP2013-0214. SOBRE: CANCELACION DE PAGARE EXTRAVIADO. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. A: JOHN DOE, RICHARD DOE. Por la presente se les notifica que ha sido presentada en este Tribunal una Demanda en su contra en el pleito de epígrafe. El abogado de la parte demandante es el LCDO. ANTONIO A. HERNANDEZ ALMODOVAR. Rivera-Munich, Eliza & Hernández Law Offices, P.S.C. PO Box 364908, San Juan, PR 00936-4908. Tel. (787) 622-2323/Fax (787) 622-2320. Se le advierte que este edicto se publicará en un (1) periódico de circulación general una (1) sola vez y que si no comparece a contestar dicha Demanda radicando el original de la misma en el Tribunal de Bayamón, con copia al abogado de la parte demandante, dentro del término de treinta (30) días contados a partir de la publicación del edicto, se le anotará la Rebeldía y se dictará Sentencia en su contra concediendo el remedio solicitado en la Demanda sin más citarle ni oírle. EXPEDIDO bajo mi firma y sello de este Tribunal, en Bayamón, Puerto Rico, hoy día OCT 25 2013. RUTH APONTE COTTO, SECRETARIA(O) REGIONAL II. MARIA D. MEDINA, SECRETARIA(O) AUXILIAR I.

ED-19091 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.

ED-19092 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.

ED-19093 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.

ED-19094 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.

JUAN ENRIQUE SANTANA FELIX

JUAN ENRIQUE SANTANA FELIX

JUAN ENRIQUE SANTANA FELIX

JUAN ENRIQUE SANTANA FELIX

Demandante VS.

Demandante VS.

Demandante VS.

Demandante VS.

LILLIAM RUIZ LOPEZ LILLIAM RUIZ LOPEZ LILLIAM RUIZ LOPEZ LILLIAM RUIZ LOPEZ y su esposo y su esposo y su esposo y su esposo JOHN DOE JOHN DOE JOHN DOE JOHN DOE SARA DEL ROSARIO SARA DEL ROSARIO SARA DEL ROSARIO SARA DEL ROSARIO RUIZ BIDOT RUIZ BIDOT RUIZ BIDOT RUIZ BIDOT y su esposo y su esposo y su esposo y su esposo MAURICIO QUIROZ MAURICIO QUIROZ MAURICIO QUIROZ MAURICIO QUIROZ FRANCISCO FRANCISCO FRANCISCO FRANCISCO EDGARDO EDGARDO EDGARDO EDGARDO RUIZ BIDOT RUIZ BIDOT RUIZ BIDOT RUIZ BIDOT y su esposa y su esposa y su esposa y su esposa JANE DOE JANE DOE JANE DOE JANE DOE todos por sí todos por sí todos por sí todos por sí y en representación y en representación y en representación y en representación de las respectivas de las respectivas de las respectivas de las respectivas sociedades de sociedades de sociedades de sociedades de bienes gananciales bienes gananciales bienes gananciales bienes gananciales constituidas constituidas constituidas constituidas con sus respectivos con sus respectivos con sus respectivos con sus respectivos cónyuges cónyuges cónyuges cónyuges

Demandados CIVIL NUM.: KAC-13-0732. SOBRE: INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO; COBRO DE DINERO; DAÑOS Y PERJUICIOS. EDICTO. A: FRANCISCO EDGARDO RUIZ BIDOT y su esposa JANE DOE y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales por ellos compuesta. 212-16 38 Ave. Apto. 7, Bayside, NY 11361. A usted se le notifica que se ha presentado en esta Secretaría la Demanda de epígrafe. Se les emplaza y requiere para que notifique al Lcdo. Luis R. Tous, Cond. Le Mans, 602 Ave. Muñoz Rivera, Suite 506, San Juan, PR 00918, Tel. 787-250-8868, abogado de la Demandante, copia de la Contestación a la Demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este Edicto. Si dejare de hacerlo podrá dictarse contra usted Sentencia en Rebeldía concediéndose el remedio solicitado en la Demanda. Expedido bajo firma y sello de este Tribunal, en San Juan, Puerto Rico, a OCT 25 2013. LCDA. REBECCA RIVERA TORRES, SECRETARIA REGIONAL. POR: MJ OSORIO ROSARIO, SECRETARIA SERV. SALA.

Demandados CIVIL NUM.: KAC-13-0732. SOBRE: INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO; COBRO DE DINERO; DAÑOS Y PERJUICIOS. EDICTO. A: LILLIAM RUIZ LOPEZ y su esposo JOHN DOE y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales por ellos compuesta. 2731 South East 147th. Ave. Morriston, Florida 32668. A usted se le notifica que se ha presentado en esta Secretaría la Demanda de epígrafe. Se les emplaza y requiere para que notifique al Lcdo. Luis R. Tous, Cond. Le Mans, 602 Ave. Muñoz Rivera, Suite 506, San Juan, PR 00918, Tel. 787-250-8868, abogado de la Demandante, copia de la Contestación a la Demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este Edicto. Si dejare de hacerlo podrá dictarse contra usted Sentencia en Rebeldía concediéndose el remedio solicitado en la Demanda. Expedido bajo firma y sello de este Tribunal, en San Juan, Puerto Rico, a OCT 25 2013. LCDA. REBECCA RIVERA TORRES, SECRETARIA REGIONAL. POR: MJ OSORIO ROSARIO, SECRETARIA SERV. SALA.

CB-3687 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN JUAN

ED-19085 COMMONWEALTH OF PUERTO RICO. DEPARTMENT OF ECONOMIC DEVELOPMENT AND COMMERCE. OFFICE OF INDUSTRIAL TAX EXEMPTION. 355 Franklin D. Roosevelt, Hato Rey, PR 00918. PUBLIC NOTICE. OFFICE OF INDUSTRIAL TAX EXEMPTION.

BEATRIZ SANTANA RODRIGUEZ PARTE DEMANDANTE Vs.

PEDRO VICENTE ICAZA PARTE DEMANDADA CIVIL NUM. KDI2013-1415 SALA 708 SOBRE: DIVORCIO EMPLAZAMIENTO POR EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS SS. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO A: Pedro Vicente Icaza 700 Maple Ave. Tarima Park Maryland 20901 o sea, la parte demandada arriba mencionada. POR LA PRESENTE, se le emplaza y requiere para que notifique a la licenciada: IRIS E. CANDELARIO RIVERA AVE. BORINQUEN 2108 BARRIO OBRERO SANTURCE, PUERTO RICO 00915 Tel. (787) 726-4589 abogada de la parte demandante, cuya dirección es la que se deja indicada, con copia de su contestación a la demanda, copia de la cual le es servida en este acto, dentro de los treinta (30) días de haber sido diligenciado este Emplazamiento, si la citación se hiciere en otra parte fuera de Puerto Rico, excluyéndose el día del diligenciamiento, apercibiéndose que en caso de no hacerlo así podrá dictarse Sentencia en rebeldía en contra suya, concediendo el remedio solicitado en la Demanda. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y sello del Tribunal hoy día NOV. 18 de 2013. Lcda. Rebecca Rivera Torres, Secretaria Regional. Secretaria. Por: Chary L. Santiago Gambaro, Sub-Secretaria

CASE NO. 13-83-ERF-15 The general public is hereby notified that Foundation Windpower, LLC, Foundation CP Owner, LLC and Foundation CP Master Tenant, LLC has filed a Tax Incentives Application in the Office of Industrial Tax Exemption, located at 355 Franklin D. Roosevelt Avenue, PRIDCO Building, Hato Rey, Puerto Rico, under Act No. 83 of July 19, 2010, as amended, for the assembly of green energy equipment, the production and sale of green energy on a commercial scale for consumption in Puerto Rico and the lease of property dedicated to the production of green energy. Business address: 505 Sansome Street, Suite 450, San Francisco, CA 94111. Representative: Steve Sherr. Principal shareholders: Matthew Wilson, John Pimentel and Robert Lewis. Any person, natural or legal, that opposes this Application, shall have an administrative hearing to be appointed at the Office of Industrial Tax Exemption, provided a written opposition statement (duly sworn and notarized) is previously filed within ten (10) working days, beginning on the date of this notice. Elizabeth Aponte Rivera, Directora Ejecutiva.

Demandados CIVIL NUM.: KAC-13-0732. SOBRE: INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO; COBRO DE DINERO; DAÑOS Y PERJUICIOS. EDICTO. A: MAURICIO QUIROZ y su esposa SARA RUIZ BIDOT y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales por ellos compuesta. 3732 Colector Lane Bethpage, NY 1174. A usted se le notifica que se ha presentado en esta Secretaría la Demanda de epígrafe. Se les emplaza y requiere para que notifique al Lcdo. Luis R. Tous, Cond. Le Mans, 602 Ave. Muñoz Rivera, Suite 506, San Juan, PR 00918, Tel. 787-250-8868, abogado de la Demandante, copia de la Contestación a la Demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este Edicto. Si dejare de hacerlo podrá dictarse contra usted Sentencia en Rebeldía concediéndose el remedio solicitado en la Demanda. Expedido bajo firma y sello de este Tribunal, en San Juan, Puerto Rico, a OCT 25 2013. LCDA. REBECCA RIVERA TORRES, SECRETARIA REGIONAL. POR: MJ OSORIO ROSARIO, SECRETARIA SERV. SALA.

ED-19083 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. COMISION DE SERVICIO PUBLICO. PO BOX 190870, SAN JUAN, P.R. 00919-0870. AVISO. CASO NUM. S-14-01-FR. El señor José R. Peña Sánchez, residente en Canóvanas solicita a este Organismo autorización para operar cinco (5) unidades; una (1) de cabida intermedia y cuatro (4) unidades de mayor cabida al servicio de Fiestas Rodantes “Party Bus” (FR) mediante paga desde el Municipio de Canóvanas a través de la Isla de Puerto Rico. Cualquier persona natural o jurídica que desee comparecer y ser oída, deberá presentar a la Comisión dentro de los quince (15) días subsiguientes a la fecha de la publicación de este AVISO, un escrito jurado haciendo constar en detalle los hechos en que funda su derecho a intervenir y ser oída, enviando copia de dicho escrito al peticionario a su dirección postal: BO. SAN ISIDRO CALLE 12 #240 CANOVANAS, PUERTO RICO 00729. De oponerse a lo solicitado, deberá expresar los fundamentos por los cuales no deba concederse lo solicitado. De igual forma se citarán para VISTA PUBLICA y serán oídas, las personas que así lo soliciten por escrito, a la Comisión. En Hato Rey, Puerto Rico, hoy OCT 31 2013. RAMON A. VERA MONTALVO, COMISIONAD. PAULA RODRIGUEZ HOMS, COMISIONADA. JENNIFER APONTE VAZQUEZ, COMISIONADA. RUTH D. BERRIOS RODRIGUEZ, SECRETARIA. JESSICA FIGUEROA RIVERA, SUBSECRETARIA.

Demandados CIVIL NUM.: KAC-13-0732. SOBRE: INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO; COBRO DE DINERO; DAÑOS Y PERJUICIOS. EDICTO. A: SARA RUIZ BIDOT y su esposo MAURICIO QUIROZ y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales por ellos compuesta. 3732 Collector Lane, Bethpage, NY 1174. A usted se le notifica que se ha presentado en esta Secretaría la Demanda de epígrafe. Se les emplaza y requiere para que notifique al Lcdo. Luis R. Tous, Cond. Le Mans, 602 Ave. Muñoz Rivera, Suite 506, San Juan, PR 00918, Tel. 787-250-8868, abogado de la Demandante, copia de la Contestación a la Demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este Edicto. Si dejare de hacerlo podrá dictarse contra usted Sentencia en Rebeldía concediéndose el remedio solicitado en la Demanda. Expedido bajo firma y sello de este Tribunal, en San Juan, Puerto Rico, a OCT 25 2013. LCDA. REBECCA RIVERA TORRES, SECRETARIA REGIONAL. POR: MJ OSORIO ROSARIO, SECRETARIA SERV. SALA. CB-3638 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE HUMACAO SALA SUPERIOR

DORAL BANK Demandante V.

EDUARDO PEREZ SANJURJO; YESENIA ENID ROMAN PEREZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS

Demandados CIVIL NUM. HSCI200900664 (207) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA. Yo, MARIA DEL PILAR RIVERA RIVERA, Alguacil Regional, Alguacil Supervisor de la División de Subastas del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Humacao, a los demandados y al público en general les notifico que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 28 de junio de 2011 y para satisfacer la Sentencia por la cantidad de $53,705.77 de principal, dictada en el caso el 19 de enero de 2010, notificada y archivada en autos el día 26 de enero de 2010, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a la propiedad localizada en: en el Municipio de Naguabo, Puerto Rico, el bien in-

mueble que se describe a continuación: Urb. Jardines de La Vía, 19 B, Naguabo, Puerto Rico --URBANA: SOLAR MARCADO CON EL NUMERO DIECINUEVE (19) DEL BLOQUE “B” DE LA URBANIZACION JARDINES DE LA VIA, LOCALIZADA EN LOS BARRIOS RIOS Y MAIZALES DEL TERMINO MUNICIPAL DE NAGUABO, CON UN AREA DE TRECIENTOS (300.00) METROS CUADRADOS. EN LINDES POR EL NORTE, CON LA CALLE DE LA VIA, EN UNA DISTANCIA DE DOCE PUNTO QUINIENTOS (12.500) METROS LINEALES; POR EL SUR, CON LA CARRETERA ESTATAL “PR” NOVECIENTOS VEINTISIETE (927), EN UNA DISTANCIA DE DOCE PUNTO QUINIENTOS (12.500) METROS LINEALES; POR EL ESTE, CON EL SOLAR VEINTE (20) DEL BLOQUE “B” DE LA URBANIZACION EN UNA DISTANCIA DE VEINTICUATRO (24.000) METROS LINEALES; Y POR EL OESTE, CON EL SOLAR DIECIOCHO (18) DEL BLOQUE “B” DE LA URBANIZACION, EN UNA DISTANCIA DE VEINTICUATRO (24.000) METROS LINEALES. -PRESENTADA Y PENDIENTE DE INSCRIPCION AL ASIENTO 213 DEL DIARIO 824 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE HUMACAO. Que con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Humacao. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $56,000.00, para la propiedad descrita. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 partes del valor de la tasación, para un valor de $37,333.33. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en ésta el tipo mínimo será de la 1/2 del valor de la tasación, para un valor de $28,000.00. Para el lote descrito, la primera subasta se llevará a cabo el día 4 de diciembre de 2013, a las 9:30 de la mañana. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una segunda subasta el día 11 de diciembre de 2013, a las 9:30 de la mañana. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una tercera subasta el día 18 de diciembre de 2013, a las 9:30 de la mañana. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Humacao. De Estudio de Título realizado surge el siguiente gravamen posterior el cual podrá ser cancelado: -HIPOTECA: En garantía de un pagaré a favor de Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico, o a su orden, por la suma de $15,000.00, sin intereses, y a vencer el 13 de agosto del año 2012, según consta de la escritura #1460, otorgada en San Juan, el 13 de agosto de 2004, ante el Notario Julio Francisco Fernández Rodríguez, inscrito al folio 176 del tomo 235 de Naguabo, finca #13,402, inscripción 3ra. Cláusula Subsidio 8 años (Condiciones Restrictivas). Se le advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía, y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el

precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Humacao, Puerto Rico, a 5 de noviembre de 2013. María del Pilar Rivera Rivera, Alguacil Regional. Alguacil Por: Tania Guasp Loza, 653, Alguacil Auxiliar ED-19095 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.

JUAN ENRIQUE SANTANA FELIX Demandante VS.

LILLIAM RUIZ LOPEZ y su esposo JOHN DOE SARA DEL ROSARIO RUIZ BIDOT y su esposo MAURICIO QUIROZ FRANCISCO EDGARDO RUIZ BIDOT y su esposa JANE DOE todos por sí y en representación de las respectivas sociedades de bienes gananciales constituidas con sus respectivos cónyuges

Demandados CIVIL NUM.: KAC-13-0732. SOBRE: INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO; COBRO DE DINERO; DAÑOS Y PERJUICIOS. EDICTO. A: JANE DOE y su esposo FRANCISCO EDGARDO RUIZ BIDOT y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales por ellos compuesta. 212-16 38 Ave. Apto. 7, Bayside, NY 11361. A usted se le notifica que se ha presentado en esta Secretaría la Demanda de epígrafe. Se les emplaza y requiere para que notifique al Lcdo. Luis R. Tous, Cond. Le Mans, 602 Ave. Muñoz Rivera, Suite 506, San Juan, PR 00918, Tel. 787-250-8868, abogado de la Demandante, copia de la Contestación a la Demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este Edicto. Si dejare de hacerlo podrá dictarse contra usted Sentencia en Rebeldía concediéndose el remedio solicitado en la Demanda. Expedido bajo firma y sello de este Tribunal, en San Juan, Puerto Rico, a OCT 25 2013. LCDA. REBECCA RIVERA TORRES, SECRETARIA REGIONAL. POR: MJ OSORIO ROSARIO, SECRETARIA SERV. SALA. CB-3631 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE ARECIBO SALA SUPERIOR

Doral Bank Demandante v.

Héctor Luis Robles Rivera t/c/c Héctor L. Robles Rivera t/c/c Héctor Robles Rivera, Olga Iris Rosario Ayala t/c/c Olga I. Rosario Ayala t/c/c Olga Rosario Ayala y la sociedad legal de bienes gananciales compuesta por ambos Demandados CIVIL NÚM: CCD2013-0183 (404) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EDICTO DE SUBASTA El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CEN-


EL VOCERO / CLASIFICADOS / MARTES, 26 DE NOVIEMBRE DE 2013 TRO JUDICIAL DE ARECIBO SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, giro o cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 7 de enero de 2014, a las 10:45 de la mañana, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE ARECIBO SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Villa Evangelina Calle 2 K 68.2, Manatí, PR. 00674 y que se describe a continuación: URBANA: Solar radicado en la URBANIZACIÓN VILLA EVANGELINE, sito en el Barrio Coto Sur de Manatí, identificado en el plano de inscripción con el No. 68 del bloque 'K', con una cabida superficial de 212.37 metros cuadrados. En lindes por el Norte, con distancia de 21.50 metros, con el solar K67; por el Sur, en 20.75 metros, con la Calle No. 7; por el Este, en 10.00 metros, con el solar K69; y por el Oeste, en 9.25 metros, con la Calle No. 2. Enclava una casa. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 137 vto del Tomo 158 de Manatí, finca número 6257, en el Registro de la Propiedad de Manatí. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $74,399.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 15 de enero de 2014, a las 9:30 de la mañana. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $49,599.33. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 23 de enero de 2014, a las 9:30 de la mañana. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $37,199.50. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 237, otorgada el día 2 de agosto de 2002, ante el Notario Yvonne Vergne López y consta inscrita en el Folio 137 vto del Tomo 158 de Manatí, finca número 6257, en el Registro de la Propiedad de Manatí, inscripción séptima. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $61,092.75 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 5.400% anual desde el día 1 de septiembre de 2012. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 4.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $7,439.90 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $7,439.90 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $7,439.90 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE ARECIBO SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubie-

sen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. A: HIPOTECA: Por la suma principal de $19,349.73, en garantía de un pagaré a favor de LA AUTORIDAD PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA VIVIENDA DE PUERTO RICO, o a su orden, sin intereses y sin expresarse su vencimiento, tasada en $19,349.73, constituida mediante escritura No. 175, otorgada en San Juan el 20 de junio del 2012, ante Giancarlo Olano Lavergne, inscrita al folio 77 del tomo 602 de Manatí, finca No. 6257, inscripción 7ª. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en Arecibo, Puerto Rico, hoy día 19 de SEPTIEMBRE de 2013. POR: EDGAR SANTANA MATTA ALGUACIL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE ARECIBO POR: LUIS E. ROMAN CARRERO ED-19096 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.

JUAN ENRIQUE SANTANA FELIX Demandante VS.

LILLIAM RUIZ LOPEZ y su esposo JOHN DOE SARA DEL ROSARIO RUIZ BIDOT y su esposo MAURICIO QUIROZ FRANCISCO EDGARDO RUIZ BIDOT y su esposa JANE DOE todos por sí y en representación de las respectivas sociedades de bienes gananciales constituidas con sus respectivos cónyuges

Demandados CIVIL NUM.: KAC-13-0732. SOBRE: INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO; COBRO DE DINERO; DAÑOS Y PERJUICIOS. EDICTO. A: JOHN DOE y su esposa LILLIAM RUIZ LOPEZ y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales por ellos compuesta. 2731 South East, 147th. Ave., Morriston, Florida 32668. A usted se le notifica que se ha presentado en esta Secretaría la Demanda de epígrafe. Se les emplaza y requiere para que notifique al Lcdo. Luis R. Tous, Cond. Le Mans, 602 Ave. Muñoz Rivera, Suite 506, San Juan, PR 00918, Tel. 787-250-8868, abogado de la Demandante, copia de la Contestación a la Demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este Edicto. Si dejare de hacerlo podrá dictarse contra usted Sentencia en Rebeldía concediéndose el remedio solicitado en la Demanda. Expedido bajo firma y sello de este Tribunal, en San Juan, Puerto Rico, a OCT 25 2013. LCDA. REBECCA RIVERA TORRES, SECRETARIA REGIONAL. POR: MJ OSORIO ROSARIO, SECRETARIA SERV. SALA.

ED-19086 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE PONCE.

DORAL BANK

ED-19089 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE BAYAMON.

BANCO SANTANDER PUERTO RICO

Demandante v.

Demandante Vs.

JOSE ADOLFO MARTINEZ SANTIAGO y su esposa CARMEN MILAGROS COLON PEREZ y la Sociedad de Bienes Gananciales compuesta por ambos

ADOLFO FRANCES VALENZUELA

Demandado CIVIL NUM. DCD-2013-2305 (502). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de P.R. SS. A: ADOLFO FRANCES VALENZUELA. BRAZILIA C-12 CALLE B, VEGA BAJA, PR 00693. Por la presente se le notifica que la parte demandante Banco Santander-Puerto Rico, ha presentado ante este Tribunal una demanda contra usted, solicitando la concesión del siguiente remedio: Cobro de Dinero: Préstamo #9468421: la suma de $127,142.91 de principal; intereses a razón del 7-1/2% anual, los cuales se acumulan hasta el saldo total de la deuda; $288.66 por concepto de cargos por mora, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo de la deuda; más la suma de $13,000.00 por concepto de honorarios de abogado. La demanda en su totalidad puede ser examinada en este Tribunal. La abogada de la parte demandante lo es la LCDA. IRMARIE RIVERA MIRANDA, BUFETE SERGIO A. RAMIREZ DE ARELLANO, con oficinas en el Banco Popular Center, Suite 1022, Ave. Muñoz Rivera 209, San Juan, Puerto Rico 009181009; teléfonos (787) 765-2988; (787) 764-6392; Fax (787) 7652973, a quienes deberán notificar copia de la contestación a la demanda dentro de los treinta (30) días desde la publicación de este edicto presentado dentro de dicho término el original de la contestación en este Tribunal. Se le apercibe que de así no hacerlo, el Tribunal podrá conceder el remedio solicitado en la demanda transcurridos los treinta (30) días después de la publicación del Edicto, se le anotará la rebeldía y se le dictará sentencia, sin más citarle ni oírle. Dado bajo mi firma y con el sello oficial del Tribunal en Carolina, Puerto Rico a NOV 14 2013. RUTH APONTE COTTO, SECRETARIA REGIONAL. (FDO.) SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL.

Demandado(a) CIVIL NUM. J CD2013-0605. G28. SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA (POR LA VIA ORDINARIA). NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: JOSE ADOLFO MARTINEZ SANTIAGO y su esposa CARMEN MILAGROS COLON PEREZ y la Sociedad de Bienes Gananciales compuesta por ambos. Para ser notificados por Edicto por conducto de: LCDO. CARLOS G. BATISTA JIMENEZ. PO Box 331150 Ponce, PR 00733-1150. EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 31 de octubre de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 31 de octubre de 2013. EN PONCE, Puerto Rico, el 18 de noviembre de 2013. LUZ M. CARABALLO GARCIA, SECRETARIA REGIONAL INTERINA. DELIS E. SANCHEZ RAESTADO LIBRE MOS, SECRETARIA AUXILIAR. ED-19075 FIRMA SECRETARIO(A) AUXI- ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSLIAR. TANCIA, CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON, SALA SUPERIOR. ED-19087 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSDemandante TANCIA, CENTRO JUDICIAL DE vs. SAN JUAN, SALA SUPERIOR.

DORAL BANK

DORAL BANK Demandante vs.

JOHN DOE

Demandado CIVIL NUM. KCP2013-0216. SOBRE: CANCELACION DE PAGARE EXTRAVIADO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos de América. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. A: JOHN DOE. Se notifica que se presentó en esta Secretaría la Demanda de epígrafe sobre Cancelación de Pagaré Extraviado Por la Vía Judicial. Se le emplaza y requiere para que presente en este Tribunal la contestación a la Demanda y notifique copia de la misma al Lcdo. Armando J. Jiménez Seda, Corporate Center Bldg Ste 601, 33 Calle Resolución, San Juan, PR 00920, teléfono número (787) 625-9700, dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto. Si dejara de hacerlo, podrá dictarse sentencia en rebeldía, concediéndose el remedio solicitado en la Demanda, sin más citarle ni oírle. El pagaré hipotecario objeto de esta demanda, fue emitido a favor de PORTADOR, por la suma de $3,500.00, con intereses a razón de 9 7/8% anual, vencedero en 8 años, según consta de la escritura número 41, otorgada en San Juan, Puerto Rico, ante el notario Miguel García Suárez, inscrita al folio 34 del tomo 323 de Río Piedras Sur, finca 11176, inscripción 4ta, Registro de la Propiedad de San Juan Sección IV. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y el Sello del Tribunal, hoy NOV 04 2013. LCDA. REBECCA RIVERA TORRES, SECRETARIA REGIONAL. POR: MARIA I. RIOS LOPEZ, SEC. DE SERVICIOS A SALA.

SMALL BUSINESS ADMINISTRATION JOHN DOE

Demandado CIVIL NUM. DCP2013-0229. SOBRE: CANCELACION DE PAGARE EXTRAVIADO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos de América. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. A: JOHN DOE. Se notifica que se presentó en esta Secretaría la Demanda de epígrafe sobre Cancelación de Pagaré Extraviado Por la Vía Judicial. Se le emplaza y requiere para que presente en este Tribunal la contestación a la Demanda y notifique copia de la misma al Lcdo. Armando J. Jiménez Seda, Corporate Center Bldg Ste 601, 33 Calle Resolución, San Juan, PR 00920, teléfono número (787) 625-9700, dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto. Si dejara de hacerlo, podrá dictarse sentencia en rebeldía, concediéndose el remedio solicitado en la Demanda, sin más citarle ni oírle. El pagaré hipotecario objeto de esta demanda, fue emitido a favor de SMALL BUSINESS ADMINISTRATION, por la suma de $14,400.00, con intereses al 3.437% anual, vencedero en 9 años, garantizado con una hipoteca constituida mediante la escritura número 188, otorgada en Carolina, Puerto Rico, ante el notario Gloria Rivera Carrera, inscrita al folio 109 vto del tomo 801 de Bayamón, finca 36296, inscripción 6ta, Registro de la Propiedad de Bayamón Sección I. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y el Sello del Tribunal, hoy NOV. 04 2013. RUTH APONTE COTTO, SECRETARIA REGIONAL. POR: XIOMARA FERRER VARGAS, SECRETARIA AUXILIAR I.

RP-341 IN THE UNITED STATES DISTRICT COURT FOR THE DISTRICT OF PUERTO RICO

ED-19073 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE HUMACAO, SALA SUPERIOR.

ED-19072 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE SAN LORENZO, SALA SUPERIOR.

EASTERN TOWING & DORAL BANK SALVAGE, INC., d/b/a DORAL BANK Demandante Demandante SEA TOW PUERTO vs. V. RICO, a corporation MASTER MORTGAGE Petitioner MARIA M. CORPORATION v. GONZALEZ LEBRON JOSE M. IRIZARRY IRVIN t/c/c COLON, IN PERSOALVAREZ RIVERA MARIA MERCEDES NAM; and the M/Y JOHN DOE GONZALEZ LEBRON Demandado CAMERON, her engiCIVIL NUM. HSCI201301228 JORGE nes, tackles, boilers (205). SOBRE: CANCELACION PAGARE EXTRAVIADO. Esand appurtenances, DE JIMENEZ DELGADO tados Unidos de América. El PreDemandados sidente de los Estados Unidos IN REM CIVIL NUM. E2CI201300341.

Respondents Civil Action No.: 12-1512 PETITION FOR ORDER CONFIRMING FINAL AWARD OF ARBITRATOR (9 U.S.C. ⁄ 9) NOTICE OF SALE NOTICE IS HEREBY GIVEN THAT judgment in favor of Petitioner for the sum of $65,300.00 plus interests was entered and execution ordered. Pursuant to the said judgment, the undersigned (United States Marshal) was ordered to sell by public auction for U.S. currency in cash of certified check without apparaisement or right to redemption to the highest bidder, and at the Office of the United States Marshals localted at Federal Building, Suite 200, Carlos Chardón Street, Hato Rey, Puerto Rico, the following property: 2004 Tiara Open named CAMERON LOA 44’ 10” HIN SSUR2038K304 USCG Vessel Documentation No. 1153532 THEREFORE, the public sale shall be held on the 4th day of December, 2013, at 10:00 AM o’clock at Federal Building, Suite 200, Carlos Chardón Street, Hato Rey, Puerto Rico. As Ordered by the Court, the minimum bid for this sales was set at $40,000.00. The sale here to be made is subject to all rules and requisites that the office of the United States Marshals shall impose upon the bidders and/or buyers. For further particulars you may contact: Manuel Sosa, Esq. Saldaña, Carvajal & Vélez-Rivé P.S.C. 166 Ave. de la Constitución San Juan PR 00901 Tel. (787)2899250 Fax (787)289-9253 In San Juan Puerto Rico, this 8th day of November, 2013. United States Marshal DISTRICT OF PUERTO RICO By: Daniel Cruz, SDUSM.

de América. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. A: MASTER MORTGAGE CORPORATION y JOHN DOE. Se notifica que se presentó en esta Secretaría la Demanda de epígrafe sobre Cancelación de Pagaré Extraviado Por la Vía Judicial. Se le emplaza y requiere para que presente en este Tribunal la contestación a la Demanda y notifique copia de la misma al Lcdo. Armando J. Jiménez Seda, Corporate Center Bldg Ste 601, 33 Calle Resolución, San Juan, PR 00920, teléfono número (787) 625-9700, dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto. Si dejara de hacerlo, podrá dictarse sentencia en rebeldía, concediéndose el remedio solicitado en la Demanda, sin más citarle ni oírle. El pagaré hipotecario objeto de esta demanda, fue emitido a favor de MASTER MORTGAGE CORPORATION, o a su orden, por la suma de $146,700.00, intereses al 6 3/8% anual, vencedero el 1 de abril de 2033, según consta escritura número 299, otorgada en Bayamón, Puerto Rico, ante el notario Juan Carlos Goitía, presentada al asiento 253 del diario 829, en el Registro de la Propiedad de Humacao. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y el Sello del Tribunal, hoy 6 de noviembre de 2013. DOMINGA GOMEZ FUSTER, SECRETARIA REGIONAL. POR: ILEANETTE RIOS, SUBSECRETARIA.

CB-3686 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE ED-19074 ESTADO LIBRE CAGUAS ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA, SALA SUPERIOR. Demandante v. Demandante vs.

DORAL BANK

HOUSING INVESTMENT CORPORATION JOHN DOE

Demandado CIVIL NUM. FCD2013-1623 (407). SOBRE: CANCELACION DE PAGARE EXTRAVIADO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos de América. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. A: HOUSING INVESTMENT CORPORATION y JOHN DOE. Se notifica que se presentó en esta Secretaría la Demanda de epígrafe sobre Cancelación de Pagaré Extraviado Por la Vía Judicial. Se le emplaza y requiere para que presente en este Tribunal la contestación a la Demanda y notifique copia de la misma al Lcdo. Armando J. Jiménez Seda, Corporate Center Bldg Ste 601, 33 Calle Resolución, San Juan, PR 00920, teléfono número (787) 625-9700, dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto. Si dejara de hacerlo, podrá dictarse sentencia en rebeldía, concediéndose el remedio solicitado en la Demanda, sin más citarle ni oírle. El pagaré hipotecario objeto de esta demanda, fue emitido a favor de HOUSING INVESTMENT CORPORATION, o a su orden, por la suma de $22,500.00, intereses al 6.00% anual, vencedero el 1 de enero de 1998, según consta la escritura número 3389, otorgada en San Juan, Puerto Rico, ante el notario Cristóbal Colón, inscrita al folio 155 del tomo 269 de Carolina, finca 10310, inscripción 1ra, en el Registro de la Propiedad de Carolina Sección Primera. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y el Sello del Tribunal, hoy OCT 31 2013. MIRIAM ROSA MALDONADO, SECRETARIA GENERAL. POR: ZORAIDA RIVERA LATIMER, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL.

BANCO POPULAR DE PR

MIRIAM FIGUEROA DAVILA TCC MYRIAM R. FIGUEROA DAVILA

Demandado(a) Civil Núm. E CD2013-0960 SALA 404 Sobre: COBRO DE DINERO EJECUCION DE HIPOTECA NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO (Nombre de las partes a las que se le notifican la sentencia por edicto). A: MIRIAM FIGUEROA DAVILA TCC MYRIAM R. FIGUEROA DAVILA - PASEO DEL RIO 216 RIO TANAMA, CAGUAS EL SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que el 8 de noviembre de 2013, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 18 de noviembre de 2013. En Caguas, Puerto Rico, el 18 de noviembre de 2013. Carmen A. Pereira Ortiz, Secretaria Regional, Nombre Secretario (a) Eneida Arroyo Vélez, Nombre Secretario (a) Auxiliar

SOBRE; COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. Presidente de los Estados Unidos. Estado Libre Asociado de Puerto Rico. S.S. A: JORGE JIMENEZ DELGADO. Por la presente se le emplaza y notifica que debe contestar la demanda dentro del término de treinta (30) días a partir de la publicación del presente edicto, radicando el original de la contestación ante el Tribunal y sala que se menciona en el epígrafe de este edicto con copia a la parte aquí demandante. Se le apercibe que de no contestar la demanda dentro del término aquí estipulado, se le anotará la rebeldía y se dictará sentencia sin más citarle ni oírle. Los abogados de la parte demandante son: García-Chamorro Law Group, P.S.C., 1606 Ave. Ponce De León, Edif. Julio Bogoricín, Suite 900, San Juan, Puerto Rico, 00909, Tel. (787) 977-1932, Fax (787) 722-1932. Expido este edicto bajo mi firma y sello de este Tribunal, hoy SEP 06, 2013. MARIBEL BARREIRO MAYMI, SECRETARIA DEL TRIBUNAL CONFIDENCIAL II. POR: HILDA HEYDEE MORALES MORALES, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL. CB-3633 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE HUMACAO

DORAL BANK Demandante V.

SUCESION DE ZORAIDA CINTRON RIVERA compuesta por sus hijas LIZABELL MERCADO CINTRON Y CYNTHIA MARIA MERCADO CINTRON; LUIS ENRIQUE MERCADO APONTE POR SI Y EN CUANTO A LA CUOTA VIUDAL USUFRUCTUARIA Y FULANO DE TAL Y MENGANO DE TAL como posibles herederos desconocidos con interés en la Sucesión; DEPARTAMENTO DE HACIENDA POR CONDUCTO DE LA DIVISION DE CAUDALES RELICTOS; CENTRO DE RECAUDACION DE INGRESOS MUNICIPALES (CRIM)

Demandados CIVIL NUM. HSCI2010-1543 (207) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA. Yo, MARIA DEL PILAR RIVERA RIVERA, Alguacil Regional, Alguacil Supervisor de la División de Subastas del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Humacao, a los demandados y al público en general les notifi-

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co que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha librado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 18 de julio de 2013 y para satisfacer la Sentencia dictada en el caso de autos el 7 de agosto de 2012, procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, todo derecho, título e interés que hayan tenido tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a las propiedad localizada en el Municipio de Naguabo, Puerto Rico, el bien inmueble que se describe a continuación: --74 Jardín Del Este, Naguabo, P.R. 00718 -URBANA: Solar número 74 radicado en la Urbanización residencial Jardín del Este, situado en el Barrio Húcares del término municipal de Naguabo, PR, con un área superficial de 344.38 metros cuadrados. Colinda por el NORTE, en 14.49 metros lineales con el solar 85 y el solar 86; por el SUR, en 14.49 metros lineales con la calle 6; por el ESTE, en 23.71 metros lineales con el solar 75; y por el OESTE, en 23.83 metros lineales con el solar 73. Sobre dicho solar se encuentra enclavada una casa en hormigón de una planta, con 3 dormitorios, 2 baños, sala-comedor, cocina, balcón y marquesina. Este solar se encuentra afectado en su frente con una servidumbre telefónica de 1.50 metros de ancho. -Consta inscrito al folio móvil del tomo 217 de Naguabo, finca 12,247 del Registro de la Propiedad de Humacao. Que con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según la Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Humacao. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $103,750.00 para la propiedad descrita. Si no produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá a una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 partes del valor de la tasación, por la cantidad de $69,166.66. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en ésta el tipo mínimo será de la 1/2 del valor de la tasación, por la cantidad de $51,875.00. Para el lote descrito, la primera subasta se llevará a cabo el día 5 de diciembre de 2013, a las 9:30 de la mañana. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una segunda subasta el día 12 de diciembre de 2013, a las 9:30 de la tarde. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una tercera subasta el día 19 de diciembre de 2013, a las 9:30 de la mañana. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto en mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Humacao. Se le advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como, la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en Humacao, Puerto Rico, a 8 de noviembre de 2013. María del Pilar Rivera Rivera, Alguacil Regional. Alguacil Por: Wilnelia Rivera Delgado, Alguacil Auxiliar 249


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CLASIFICADOS / MARTES, 26 DE NOVIEMBRE DE 2013 El periódico de Puerto Rico

ED-19071 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE MAYAGUEZ.

DORAL BANK como agente de servicio de SCOTIABANK Demandante Vs.

FELIX RODRIGUEZ RIVERA

Demandados CIVIL NUM. ISCI2012-00876 (306). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA. EDICTO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. A: FELIX RODRIGUEZ RIVERA, AUTORIDAD PARA EL FINNACIAMIENTO DE LA VIVIENDA DE PUERTO RICO y al Público en General: Yo, FRANK ROSADO SUAREZ, ALGUACIL SUPERVISOR, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Mayagüez, a los demandados y al público en general les notifica que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha liberado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 9 de agosto de 2013 y para satisfacer la Sentencia dictada en el caso de autos la cual se notificó y archivó en autos el día 15 de noviembre de 2012 y se publicó el 23 de noviembre de 2012, en donde se condena a la parte de satisfacer la suma ascendiente a $50,790.99 de principal más intereses al 6.50% anual desde el día primero de febrero de 2012, más recargos acumulados, más cualesquiera suma de dinero por concepto de contribuciones, primas de seguro hipotecario y riesgo, recargos por demora, así como de cualesquiera otras cantidades pactadas en la escritura de hipoteca, más la suma de $5,600.00 para costas, gastos y honorarios de abogado procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, todo derecho, título e interés que hayan tenido, tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a la propiedad bien inmueble ubicado en SR 102 Km 23.2 Int. Monte Grande Wd., Cabo Rojo, Puerto Rico 00623 que se describe a continuación: RUSTICA: Porción de terreno radicada en el Barrio Monte Grande, sector Vega Alegre del término municipal de Cabo Rojo, identificado bajo el número 1 en el plano de inscripción de la solicitud 04DX#-0000103334 de una cabida superficial de 1,093.7009 metros cuadrados. El linderos por el NORTE, con camino municipal; por el SUR, con remanente de la finca principal de la cual se segrega; por el ESTE, con Moraima Figueroa; y por el OESTE, con camino vecinal y remanente de la finca principal. Contiene una casa construida de concreto armado y divida en sala, comedor, cocina, 3 cuartos dormitorios, 2 servicios sanitarios, con balcón al frente y su correspondiente marquesina. Inscrita dicha hipoteca al folio 175 del tomo 863 de Cabo Rojo, finca número 29,252, del Registro de la Propiedad, Sección de San Germán. Que con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, SALA DE MAYAGUEZ, cuyos autos están disponibles para su inspección en dicho Tribunal. La referida hipoteca está afecta al siguiente gravamen posterior, a cuyo efecto se le notifica la fecha, hora y lugar de PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA por si tiene algún interés pueda comparecer a la celebración de dichas subastas. El gravamen posterior es: (1) Hipoteca a favor de AUTORIDAD PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA VIVIENDA DE PUERTO RICO, o a su orden por la cantidad de $15,000.00, sin intereses y con vencimiento el 25 de febrero del 2013 Constituida mediante la escritura número 96 otorgada en San Juan, Puerto Rico el 25 de febrero de 2005 ante el notario Roberto J. Alfonso, inscrita al folio 175 vuelto del tomo 863 de Cabo Rojo, finca 29,242 e inscripción 4ta. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $56,000.00 para la propiedad descrita. Sino produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 partes del valor de la tasación. Si tampoco hubiere remate o adjudicación la pri-

mera subasta, se procederá una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 partes del valor de la tasación. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en ésta el tipo mínimo será de la 1/2 del valor de la tasación. Para la propiedad descrita, la PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el 29 de enero de 2013, a las 11:30 AM. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una SEGUNDA SUBASTA el día 5 de febrero de 2014, a las 3:00 PM. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una TERCERA SUBASTA el día el 12 de febrero de 2014, a las 2:45 PM. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a cabo mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, SALA DE MAYAGUEZ. Se le advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda del curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tenga(n) interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía, y se le notificará además a la parte demandada vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en MAYAGUEZ, Puerto Rico a 4 de octubre de 2013. (FDO.) POR ALGUACIL DEL TRIBUNAL.

ED-19090 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE MAYAGUEZ.

DORAL BANK Demandante Vs.

MIGUEL ANGEL ORTIZ PEREZ LIZ JANNETTE LOPEZ RODRIGUEZ y la Sociedad Legal de Ganancial de Gananciales compuesta por ambos

Demandados CIVIL NUM. ISCI201101745 (206). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA. EDICTO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. A: LOS DEMANDADOS, MIGUEL ANGEL ORTIZ PEREZ, LIZ JANNETTE LOPEZ RODRIGUEZ y la Sociedad Legal de Ganancial de Gananciales compuesta por ambos y al público general: YO, FRANK ROSADO SUAREZ, ALGUACIL SUPERVISOR, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de MAYAGUEZ, a los demandados y al público en general les notifica que, cumpliendo con un Mandamiento que se ha liberado en el presente caso por el Secretario del Tribunal de epígrafe con fecha 19 de agosto de 2013 y para satisfacer la Sentencia dictada en el caso de autos la cual se notificó y archivó en autos el día 25 de marzo de 2013 y se publicó el 3 de abril de 2013, en

donde se condena a la parte de satisfacer la suma ascendiente a $149,376.34 de principal más intereses al 6 1/2% anual desde el día primero de JULIO DE 2010, más recargos acumulados, más cualesquiera suma de dinero por concepto de contribuciones, primas de seguro hipotecario y riesgo, recargos por demora, así como de cualesquiera otras cantidades pactadas en la escritura de hipoteca, más la suma de $16,000.00 para costas, gastos y honorarios de abogado procederé a vender en pública subasta, al mejor postor en pago de contado y en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América, todo derecho, título e interés que hayan tenido, tengan o puedan tener los deudores demandados en cuanto a la propiedad bien inmueble ubicado en 201 Apt. Cond. El Palmar I, Parguera, Lajas, Puerto Rico 00667 que se describe a continuación: URBANA: Propiedad Horizontal Apartamento para uso residencial marcado con el número I201, situado en el segundo piso del edificio El Palmar I, en el Condominio El Palmar en el Barrio Parguera del municipio de Lajas, Puerto Rico, con un área superficial de 1,046 pies cuadrados, equivalentes a 97.21 metros cuadrados, y que colinda: por el NORTE, en 45 pies, con elementos exteriores del edificio; por el SUR, en 45 pies, con el apartamento I-202; por el ESTE, en 19 pies 9 pulgadas, con elementos exteriores del edificio; y por el OESTE, en 23 pies 3 pulgadas, con elementos exteriores del edificio. El apartamento consta de sala-comedor, cocina, dos cuartos dormitorios, dos baños, “laundry” y balcón. Tiene su entrada principal por el lado Este del apartamento. Le corresponden los estacionamientos del tipo “back to back” número 13 y 14 del área de estacionamiento “I”. Le corresponde 2.35% en los elementos comunes generales y 16.66% en los elementos comunes limitados. Inscrita dicha hipoteca al folio 57 del tomo 346 de Lajas, finca número 15,412, del Registro de la Propiedad, Sección de San Germán, inscripción cuarta. Que con el importe de dicha venta se habrá de satisfacer a la parte demandante las cantidades adeudadas, según Sentencia dictada en el caso de epígrafe, por el Tribunal de Primera Instancia, SALA DE MAYAGUEZ, cuyos autos están disponibles para su inspección en dicho Tribunal. El tipo mínimo para la subasta será la suma de tasación pactada, la cual es $160,000.00 para la propiedad descrita. Sino produjere remate o adjudicación la primera subasta, se procederá una segunda subasta y servirá de tipo mínimo de 2/3 partes del valor de la tasación. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en esta segunda subasta, se procederá a una tercera subasta, en ésta el tipo mínimo será de la 1/2 del valor de la tasación. Para la propiedad descrita, la PRIMERA SUBASTA se llevará a cabo el 29 de enero de 2014, a las 11:00 A.M. De no comparecer postor alguno se llevará a efecto una SEGUNDA SUBASTA el día 5 de febrero de 2014, a las 2:45 PM. De no comparecer postor alguno se llevará a cabo una TERCERA SUBASTA el día el 12 de febrero de 2014, a las 2:30 PM. La subasta o subastas antes indicadas se llevarán a efecto mi oficina, localizada en el Tribunal de Primera Instancia, SALA DE MAYAGUEZ. Se le advierte a los licitadores que la adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el mismo acto de la adjudicación en moneda del curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica y para conocimiento de la parte demandada y de toda(s) aquella(s) persona(s) que tenga(n) interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de los licitadores y el público en general y para su publicación en un periódico de circulación general, una vez por semana durante el término de dos (2) semanas consecutivas con un intervalo de por lo menos siete (7) días entre ambas publicaciones, y para su fijación en tres (3) lugares públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía, y se le notificará además a la parte demandada, vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida. Se les advierte a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca,

así como la de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere al crédito de ejecutante, continuarán subsiguientes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate. Y para conocimiento de los demandados, de los acreedores posteriores, de los licitadores, partes interesadas y público en general, expido el presente Aviso para su publicación en los lugares públicos correspondientes. Librado en MAYAGUEZ, Puerto Rico, a 4 de octubre de 2013. POR: (FIRMADO) ALGUACIL DEL TRIBUNAL.

CB-3688 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SALINAS

Federal National Mortgage Association t/c/c Fannie Mae Demandante v.

Luis Enrique Santiago Colón t/c/c Luis E. Santiago Colón y Estados Unidos de América Demandados CIVIL NÚM: G4CI2012-00320 SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EDICTO DE SUBASTA El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SALINAS, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, giro o cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia el día 14 de enero de 2014, a las 10:30 de la mañana, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SALINAS, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Jardines de Salinas F 111, Salinas, PR 00751 y que se describe a continuación: URBANA: Solar número 111 radicado en la Urbanización Jardines de Salinas, sita finca La Carmen, Carretera Estatal de Puerto Rico, 180 kilometro 0.9 del término municipal de Salinas, Puerto Rico, con una cabida superficial de 300.38 metros cuadrados, equivalentes a 0.764 cuerdas. En lindes por el Norte, con una distancia de 13.50 metros lineales con los solares número 129 y 131; pro e. Sur, con 13.50 metros lineales, con la calle denominada E; por el Este, con 22.25 metros lineales con el solar denominado número 109; y por el Oeste, en 22.25 metros lineales con el solar denominado 113. Sobre dicho solar se encuentra enclava una casa terrera en hormigón con 3 dormitorios, 2 baño, sala, comedor, cocina, balcón y marquesina. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 31 del Tomo 248 de Salinas, finca número 9964, en el Registro de la Propiedad de Guayama. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $84,450.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 21 de enero de 2014, a las 10:30 de la mañana. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la pri-

mera subasta, o sea la suma de $56,300.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 28 de enero de 2014, a las 10:30 de la mañana. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $42,225.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 204, otorgada el día 14 de mayo de 2002, ante el Notario César A. Vélez Miranda y consta inscrita en el Folio móvil del Tomo 264 de Salinas, finca número 9964, en el Registro de la Propiedad de Guayama, inscripción cuarta. La hipoteca antes mencionada se modificó cancelando parcialmente por la suma de $35,272.29, para que ahora en adelante el principal será de $49,177.71, con pagos mensuales de $354.29 comenzando el 1 de junio de 2012 hasta el 1 de mayo de 2017, a un intereses de 2.0% comenzando el 1 de junio de 2017 hasta el 1 de mayo de 2018, los pagos mensuales de $368.66 a un interés de 3.0% y por último comenzando el 1 de junio de 2018, hasta el 1 de julio de 2025, los pagos mensuales de $380.02 a un interés de 3.875%, según escritura número 33, otorgada en San Juan, el 29 de mayo de 2012, ante la notario Leilany Carrión del Toro. Inscrita al folio 138 vuelto del tomo 287 de Salinas. Inscripción quinta. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $48,905.38 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 2.00% anual desde el día 1 de junio de 2012. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $8,445.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $8,445.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $8,445.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SALINAS durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y hono-

rarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. A: ANOTACION DE EMBARGO: Seguido por Borchou Hospital & Medical Medical Supplies Inc. vs. LS Medical Equipment Corporation, Luis Enrique Santiago Colón (soltero), ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Cayey, en el caso civil número GCCI2010-00064, para que se anote embargo por la suma de $2,863.40 y otras cantidades. Se acompaña orden de fecha 17 de agosto de 2010. Anotada al el 17 de junio de 2011, al folio 138, del tomo 287 de Salinas. Anotación A. B. EMBARGO FEDERAL: Anotada contra Luis E. Santiago Colón, seguro social xxx-xx-4598, por la suma de $8,509.93. Según notificación número 648227910, presentada el 5 de mayo de 2010, al asiento 5, de la página 155 del Libro de Embargos Federales número 3. C. EMBARGO ESTATAL: Anotado sobre esta finca, como perteneciente a Luis E. Santiago Colón, a favor del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por la suma de $38,506.21, según certificación de fecha el 4 de noviembre de 2010, expedida por Colector de Rentas Internas. Anotada el 8 de diciembre de 2010, al folio 56, número de orden 224, del Libro de Embargos Estatales número 1. D. AVISO DE DEMANDA: Pleito seguido por Fannie Mae vs. Luis Enrique Santiago Colón (soltero), ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Salinas, en el caso civil número G4CI 2011-00286, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, en la que se reclama el pago de hipoteca con un balance de $46,025.02 y otras cantidades, según Demanda de fecha 11 de octubre de 2011. Anotada al folio 138 del tomo 287 de Salinas. Anotación B, el 27 de enero de 2012. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en Salinas, Puerto Rico, hoy día 26 de septiembre de 2013. (FDO) ALGUACIL José A. Torres Valles Alguacil Confidencial Tribunal de Guayama CB-3689 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE CAGUAS

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante vs.

SUZETTE CORDERO RIVERA Demandada CIVIL NUM. E CD2012-1228 (402) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA SS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO EDICTO DE SUBASTA Yo, RAMON L. HERNANDEZ CINTRON, Alguacil Auxiliar, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas, al público en general: CERTIFICO Y HAGO SABER: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia fechado de 8 de agosto de 2013, que me ha sido dirigido por la secretaría del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Caguas, en el caso arriba indicado, venderé en la fecha o fechas que más adelante se indican, en pública subasta al mejor postor, en moneda legal de los Estados Unidos de América, en mi oficina sita en el local que ocupa en el Centro Judicial de Caguas, Puerto Rico, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada en el inmueble que se describe a continuación: Dirección Física: Urbanización Estancias de Bairoa 10-B, Caguas, Puerto

Rico "URBANA: Predio de terreno identificado como solar número 10 del Bloque "B" de la Urbanización Estancias de Bairoa, radicada en el Barrio Bairoa del término municipal de Caguas, Puerto Rico, con una cabida superficial de 453.3718 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en 16.00 metros lineales con la Calle "B"; por el SUR, en 16.00 metros lineales con el solar número 11; por el ESTE, en 28.500 metros lineales y por el OESTE, en 25.00 metros lineales con el solar número 9. Enclava una casa." Consta inscrita al folio 60 del tomo 1,364 de Caguas, finca 48,440, Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Primera. El inmueble antes descrito se encuentra afecto a los siguientes gravámenes: a. HIPOTECA: En garantía de pagaré a favor de R&G Mortgage Corporation, o a su orden, por la suma de $95,392.00 con intereses al 7% anual y vencimiento 1ro de enero de 2021. Constituida por la Escritura 2207 otorgada en San Juan el 28 de diciembre de 1993 ante el Notario Armando J. Martínez Vilella e inscrita al folio 62 del tomo 1364 de Caguas, inscripción 3ra. MODIFICADA y CANCELADA PARCIALMENTE la hipoteca en cuanto a los siguientes extremos: Cancelada parcialmente por la suma de $35,488.74 de modo que el principal será de $59,903.26 con intereses al 5.250% anual y vencimiento el 1ro de abril de 2041, según consta de la escritura 8 otorgada en San Juan el 24 de febrero de 2011, ante la notario Ileana Quintero Aguilo e inscrita al folio 159 del tomo 1753 (Agora) de Caguas, inscripción 5ta. b. ANOTACION DE DEMANDA: Demanda radicada el 27 de septiembre de 2012 en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas, en el caso civil ECD2012-1228, seguido por Banco Popular de Puerto Rico versus Suzette Cordero Rivera, sobre Ejecución de Hipoteca y Cobro de Dinero, en la que se solicita el pago de la hipoteca de la inscripción 5ta por la suma de $59,058.50, anotada al folio 159 del tomo 1753 de Caguas, Anotación "A" con fecha del 15 de enero de 2013. c. SENTENCIA dictada el 12 de diciembre de 2008 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas, en caso civil 2008-04168, sobre cobro de dinero, seguido por Asociación de Dueños de Hogares Estancias de Bairoa versus Fernando Colón Calzada y Suzette Cordero Rivera, por la misma se condena al demandado al pago de $1,792.82; presentado el 19 de julio de 2012 y anotado el 24 de julio de 2012 al folio 55 asiento 3 del Libro de Sentencias 3 de Caguas. Los gravámenes objeto de ejecución en el presente caso son los mencionados en los incisos "a" y "b". Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación que se transmite y que las cargas y gravámenes anteriores y las preferentes, si las hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante las acepta y queda subrogado en la responsabilidad de las mismas, sin destinarse a su extinción el precio del remate. El mejor postor debe hacer el pago en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. El precio mínimo de este remate con relación a la antes descrita finca y la fecha de cada subasta serán las siguientes: FECHA DE SUBASTA PRIMERA SUBASTA 8 DE ENERO DE 2014 A LAS 9:30 AM PRECIO MINIMO $95,392.00 SEGUNDA SUBASTA 15 DE ENERO DE 2014 A LA 1:30 PM PRECIO MINIMO $63,594.67 TERCERA SUBASTA 22 DE ENERO DE 2014 A LA 1:30 PM PRECIO MINIMO $47,696.00 Conforme la Sentencia dictada el día 10 de enero de 2013, archivada en los autos el día 18 de enero de 2013, enmendada el día 22 de mayo de 2013, archivada en los autos el día 24 de mayo de 2013, se condena a la parte demandada a pagar las siguientes cantidades: $59,058.50 de principal; intereses a razón de 5.25% anual, los cuales se acumulan mensualmente hasta el saldo total de la deuda; $49.68 por con-

cepto de cargos por mora, los cuales continúan acumulándose hasta el saldo de la deuda, más la suma de $9,539.20 por concepto de honorarios de abogado. La sentencia dictada en el caso de epígrafe fue en rebeldía por lo que de conformidad al Artículo 3 de la Ley Número 184 de 17 de agosto de 2012, que entró en vigor el 1ro de julio de 2013, conocida como "Ley para Mediación Compulsoria y Preservación de tu Hogar en los Procesos de Ejecuciones de Hipotecas de una Vivienda Principal", las disposiciones de la misma no son de aplicación al presente caso. Se notifica por la presente a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre el inmueble a ser subastado con posterioridad a la inscripción del gravamen del ejecutante descrito anteriormente, o acreedores de cargas o derechos reales que los hubieren pospuesto al gravamen del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizado hipotecariamente con posterioridad al gravamen del actor para que puedan concurrir a la subasta si así lo interesan o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogado, quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Y, para conocimiento de licitadores, del público en general, y para su publicación de acuerdo con la ley en un periódico de circulación general de la isla de Puerto Rico y en tres sitios públicos del Municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía, y vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida de la parte demandada, expido el presente edicto bajo mi firma y el sello de este Tribunal, en Caguas, Puerto Rico, hoy día SEP 24 de 2013. Firmado RAMON L. HERNANDEZ CINTRON ALGUACIL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE CAGUAS ED-19088 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA, SALA SUPERIOR.

DORAL BANK Demandante vs.

DORAL MORTGAGE LLC JOHN DOE Demandado CIVIL NUM. F CD13-1532 (406). SOBRE: CANCELACION DE PAGARE EXTRAVIADO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos de América. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. A: JOHN DOE. Se notifica que se presentó en esta Secretaría la Demanda de epígrafe sobre Cancelación de Pagaré Extraviado Por la Vía Judicial. Se le emplaza y requiere para que presente en este Tribunal la contestación a la Demanda y notifique copia de la misma al Lcdo. Armando J. Jiménez Seda, Corporate Center Bldg Ste 601, 33 Calle Resolución, San Juan, PR 00920, teléfono número (787) 625-9700, dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto. Si dejara de hacerlo, podrá dictarse sentencia en rebeldía, concediéndose el remedio solicitado en la Demanda, sin más citarle ni oírle. El pagaré hipotecario objeto de esta demanda, fue emitido a favor DORAL MORTGAGE CORPORATION, hoy día, DORAL MORTGAGE LLC, por la suma de $85,000.00, con intereses al 7.00% anual, vencedero el 1 de noviembre de 2008, garantizado con una hipoteca constituida mediante la escritura número 2776, otorgada en San Juan, Puerto Rico, ante el notario Hiram Amundaray Rivera, inscrita al folio móvil 1302 de Carolina, finca 34481, inscripción 2da, Registro de la Propiedad de Carolina Sección II. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y el Sello del Tribunal, hoy NOV. 01 2013. MIRIAM ROSA MALDONADO, SECRETARIA REGIONAL. POR: MYRIAM I. FIGUEROA PASTRANA, SECRETARIA AUXILIAR.


EL VOCERO / LOCALES / MARTES, 26 DE NOVIEMBRE DE 2013

Juan. Falleció el 24 de noviembre de 2013 en San Juan. Para más información llamar a Ehret. ORLANDO E. TORREGROSA RIVERA, 76 años. Natural de Guayama y residente de Trujillo Alto. Falleció el 23 de noviembre de 2013 en San Juan. Sepelio hoy a la 1:30 p.m. hacia el Cementerio La Piedad Memorial Park.

YOLANDA LAGUNA LIZARDI, 85 años. Natural y residente de San Juan. Falleció el 22 de noviembre de 2013 en San Juan. Sepelio hoy a las 9:15 a.m. hacia el Cementerio Nacional, Bayamón. JOSE ANTONIO DELGADO SANCHEZ, 58 años. Natural y residente de San

de noviembre de 2013 en Mayagüez. Sepelio hoy a las 10:00 a.m. en el Cementerio Nuevo Municipal. FELICITA ALCON VEGA, 61 años. Natural y residente en Mayagüez. Falleció el 23 de noviembre de 2013 en Mayagüez. Sepelio efectuado. MODESTO MAS LEBRON, 101 años. Natural y residente en Mayagüez. Falleció el 28 de noviembre de 2013 en Mayagüez. Sepelio efectuado.

OSCAR FONT MESORANA. Natural de Mayagüez. Falleció en San Juan. Recibió cristiana cremación.

LUZ E. SOLLA COBIAN. Natural de Cataño. Falleció en San Juan. Recibió cristiana cremación. ERNESTO VIERA ZAYAS. Natural de Carolina. Falleció en San Juan. Recibió cristiana cremación. VICTOR M. DUPREY CRESPO. Natural de Aguadilla. Falleció en Aguadilla. Recibió cristiana cremación. ROSARIO GONZALEZ DOMINGUEZ. Natural de España. Falleció en San Juan. Recibió cristiana cremación.

JUAN ISMAEL OTERO SALES, 84 años. Natural y residente en Mayagüez. Falleció el 25

LUZ MARIA SERRANO GONZALEZ, 79 años. Natural y residente de Arecibo. Falleció el 22 de noviembre de 2013 en Arecibo. Sepelio efectuado. MANUEL D. GARCIA GON-

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ZALEZ, 78 años. Natural y residente de Barceloneta. Falleció el 21 de noviembre de 2013 en Manatí. Será cremado. JENNY A. GONZALEZ VAZQUEZ, 55 años. Natural de Arecibo y residente de Hatillo. Falleció el 19 de noviembre de 2013 en Arecibo. Sepelio efectuado. ANGEL L. MALDONADO RAMIREZ, 66 años. Natural de Utuado y residente de Quebradillas. Falleció el 19 de noviembre de 2013 en Arecibo. Sepelio efectuado. CARMEN TERESA GUEVARA, 79 años. Natural de Isabela y residente de Arecibo. Falleció el 20 de noviembre de 2013 en Arecibo. Fue cremada. LIZA PEREZ MONTALVO, 37 años. Natural y residente de Arecibo. Falleció el 21 de noviembre de 2013 en Arecibo. Sepelio efectuado. CARLOS F. RAMOS SOTOMAYOR, 90 años. Natural y residente de Arecibo. Falleció el 17 de noviembre de 2013 en San Juan. Sepelio efectuado.

EDICTOS CB-3683 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE CAGUAS

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante vs.

IVONNE PEÑA SANTANA; IVAN CALDERON MARRERO, su esposa WILMA ENID LAGUNA QUIÑONES y la Sociedad Legal de Gananciales Compuesta Entre Ambos; ESTADOS UNIDOS DE AMERICA Demandados CIVIL NUM. E CD2012-1294 (402) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA SS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO EDICTO DE SUBASTA Yo, CARLOS CENTENO MERCED, Alguacil Auxiliar, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas, al público en general: CERTIFICO Y HAGO SABER: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia fechado de 13 de agosto de 2013, que me ha sido dirigido por la secretaría del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Caguas, en el caso arriba indicado, venderé en la fecha o fechas que más adelante se indican, en pública subasta al mejor postor, en moneda legal de los Estados Unidos de América, en mi oficina sita en el local que ocupa en el Centro Judicial de Caguas, Puerto Rico, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada en el inmueble que se describe a continuación: Dirección Física: Cond. Paseo Degetau, Edificio Q Apartamento Q-3304, Caguas, Puerto Rico 00725 "UR-

BANA: APARTAMENTO Q-3304. Apartamento Residencial de forma irregular, localizado en la Segunda Planta del Edificio Q del Condominio Paseo Degetau en el Barrio Cañaboncito de Caguas, Puerto Rico, con un área aproximada de novecientos noventa punto cuarenta y tres (990.43) pies cuadrados, equivalentes a noventa y dos punto cero uno (92.01) metros cuadrados. Colinda por el NORTE, con apartamento número Q-3303; por el SUR, con apartamento Q3403; por el ESTE, con elementos comunes; y por el OESTE, con elementos comunes. La puerta de entrada está situada en su lindero Norte a través, de la cual se llega a los pasillos interiores del Condominio. Consta de sala, comedor, cocina, balcón, tres dormitorios y dos baños. Le corresponden dos espacios individuales de estacionamiento, identificados con el mismo número del apartamento. Tiene una par ticipación de 0.4884% de los elementos comunes del Condominio. Plano archivado en esta oficina bajo el número 42. Se separa de la finca número 48722, inscrita al folio 263 del tomo 1371." Consta inscrita al folio 20 del tomo 1,470 de Caguas, (según certificación registral folio 23 del tomo 1692) finca 51,197, Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Primera. El inmueble antes descrito se encuentra afecto a los siguientes gravámenes: a. HIPOTECA: En garantía de pagaré a favor de Popular Mortgage, Inc., o a su orden, por la suma de $128,000.00 con intereses al 8.50% anual y vencimiento 1ro de mayo de 2035. Constituida por la Escritura 29 otorgada en San Juan el 25 de mayo de 2003 ante la Notario Diana Azizi de Arbona e inscrita al folio 23 del tomo 1692 de Caguas, inscripción 5ta. b. ANOTACION DE DEMANDA: Demanda radicada el 12 de octubre de 2012 en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas, en el caso civil ECD2012-1294, seguido por Banco Popular de Puerto Rico versus Ivonne Peña Santana, Iván Calderón Marrero y su esposa Wilma Enid Laguna Quiñones, sobre Ejecución de Hipoteca y Cobro de Dinero, en la que se solicita el pago de la hipoteca de la inscripción 5ta por la suma de $128,000.00, reducida a la

suma de $119,280.45, anotada al folio 23 del tomo 1692 de Caguas, Anotación "A" con fecha del 31 de octubre de 2012. c. EMBARGO FEDERAL contra Ivonne Peña Santana, seguro social xxx-xx-3819, por la suma de $11,224.75, notificación #448595908, anotado el 16 de junio de 2008 al folio 210 orden 4 del Libro de Embargos Federales Tomo IV. Los gravámenes objeto de ejecución en el presente caso son los mencionados en los incisos "a" y "b". Los autos y todos los documentos correspondientes al procedimiento incoado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación que se transmite y que las cargas y gravámenes anteriores y las preferentes, si las hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistentes, entendiéndose que el rematante las acepta y queda subrogado en la responsabilidad de las mismas, sin destinarse a su extinción el precio del remate. El mejor postor debe hacer el pago en efectivo, giro postal o cheque certificado a nombre del Alguacil del Tribunal de Primera Instancia. El precio mínimo de este remate con relación a la antes descrita finca y la fecha de cada subasta serán las siguientes: FECHA DE SUBASTA PRIMERA SUBASTA 9 DE ENERO DE 2014 A LAS 10:45 AM PRECIO MINIMO $128,000.00 SEGUNDA SUBASTA 16 DE ENERO DE 2014 A LAS 2:15 PM PRECIO MINIMO $85,333.33 TERCERA SUBASTA 23 DE ENERO DE 2014 A LAS 2:15 PM PRECIO MINIMO $64,000.00 Conforme la Sentencia dictada el día 11 de abril de 2013, archivada en los autos el día 18 de abril de 2013, notificada nuevamente la notificación de sentencia por edictos el día 8 de mayo de 2013, y enmendada nunc pro tunc en cuanto a la descripción de la propiedad por Orden del día 30 de mayo de 2013, notificada y archivada en autos el 4 de junio de 2013, se condena a la parte demandada a pagar las siguientes cantidades: $119,280.45 de principal; intereses a razón de 8.50% anual, los cuales se acumulan mensualmente hasta el saldo total de la deuda; $193.84 por concepto de cargos por mora, los cuales continúan acumulándose

hasta el saldo de la deuda, más la suma de $12,800.00 por concepto de honorarios de abogado. La sentencia dictada en el caso de epígrafe fue en rebeldía por lo que de conformidad al Artículo 3 de la Ley Número 184 de 17 de agosto de 2012, que entró en vigor el 1ro de julio de 2013, conocida como "Ley para Mediación Compulsoria y Preservación de tu Hogar en los Procesos de Ejecuciones de Hipotecas de una Vivienda Principal", las disposiciones de la misma no son de aplicación al presente caso. Se notifica por la presente a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre el inmueble a ser subastado con posterioridad a la inscripción del gravamen del ejecutante descrito anteriormente, o acreedores de cargas o derechos reales que los hubieren pospuesto al gravamen del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizado hipotecariamente con posterioridad al gravamen del actor para que puedan concurrir a la subasta si así lo interesan o satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, costas y honorarios de abogado, quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Y, para conocimiento de licitadores, del público en general, y para su publicación de acuerdo con la ley en un periódico de circulación general de la isla de Puerto Rico y en tres sitios públicos del Municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía, y vía correo certificado con acuse de recibo a la última dirección conocida de la parte demandada, expido el presente edicto bajo mi firma y el sello de este Tribunal, en Caguas, Puerto Rico, hoy día SEP 17 de 2013. CARLOS CENTENO MERCED Alguacil Auxiliar 640 ALGUACIL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE CAGUAS RP-362 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE CAMUY

COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO HATILLO

DEMANDANTE Vs.

JOSÉ L. RODRÍGUEZ RIVERA, et. als. DEMANDADOS CASO NÚM. CD2013-500 SOBRE: COBRO DE DINERO EDICTO ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO S.S A: ANDREA RIVERA NADAL Por el presente Edicto, se notifica que se ha presentado demanda en Cobro de Dinero por incumplimiento de contrato y falta de pago en contra de ustedes, los co-demandados. Este Tribunal ordenó que se publique la pretensión por una (1) ocasión en un periódico de circulación general diaria, para que la parte demandada, o a quienes pueda perjudicar esta acción, en general, a todos los que desearen oponerse, puedan efectuarlo dentro del término de 30 días a partir de la última publicación del presente Edicto. De no contestar la demanda, radicando el original de la contestación ante el Tribunal correspondiente, con copia a la parte demandante, se anotará la rebeldía y se dictará sentencia concediendo el remedio solicitado sin más citarle ni oírle. El nombre del abogado de la parte demandante y su dirección postal es la siguiente: LCDO. LUIS CRUZ VÉLEZ NOTARIO 8163 PO BOX 427 HATILLO PR 00659 TEL: (787)898-3260 / FAX: (787)898-0050 luiscruzvelez@yahoo.com Se ordena a la parte demandante que dentro de los 10 días siguientes a la publicación del Edicto, se dirija a la parte demandada, por correo certificado con acuse de recibo copia del Emplazamiento y de la Demanda radicada, al lugar de su última residencia conocida. Extendido bajo mi firma y sello de este Tribunal, por orden del Honorable Juez de esta sala. En Camuy, Puerto Rico, a 28 de octubre de 2013. ISAMAR RODRIGUEZ GONZALEZ, Secretaria Tribunal II, Secretaria, Por : INEABELLE IRIZARRY CRUZ, SECRETARIA AUXILIAR.

RP-360 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE GUAYAMA

SUCN. MAXIMINO RIVERA RIVERA PETICIONARIO Vs.

EX PARTE CIVIL NUM.: G JV2013-0292 SOBRE: EXPEDIENTE DE DOMINIO EDICTO EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, a todo el que tenga algún derecho real sobre el inmueble descrito en esta Petición de Expediente de Dominio, las personas ignoradas a quienes pueda perjudicar la inscripción y en general a toda persona que desee oponerse. Por la presente se les notifica que comparezcan, si creyeren que les conviene, ante este Honorable Tribunal dentro de veinte (20) días a partir de la última publicación de este Edicto y exponer lo que a sus derechos convenga en el Expediente promovido por la parte Peticionaria para adquirir su dominio de la siguiente finca: RUSTICA: Solar radicado en el Barrio Toita del término municipal de Cayey, Puerto Rico con cabida superficial de CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE METROS CON TRES MIL TRESCIENTOS DIECISEIS DIEZMILIMETROS CUADRADOS (487.3316 m.c.), equivalentes a MIL DOSCIENTOS CUARENTA DIEZMILESIMAS DE CUERDA (0.1240 cdas.), en lindes por el NORTE, con la Finca Principal, en una distancia de veintidós metros con doce centímetros (22.12m); por el SUR, con la Finca Principal, en varias alienaciones distintas que suman veintinueve metros con cincuenta y tres centímetros (29.53 m.); por el ESTE con Camino Municipal, en varias alineaciones distintas que suman quince metros con ochenta y nueve centímetros (15.89m); por el OESTE, con la Finca Principal, en varias alineaciones distintas que suman diecisiete metros con tres centímetros (17.03m). Debe notificar con copia de sus alegaciones a la representación legal de los peticionarios, Lcda. Carmen del Pilar Rivera Fontanez, Calle Flor Gerena #51, Humacao, PR 00791. NOTIFÍQUESE. En Guayama, Puerto Rico, a 24 de octubre de 2013. MARISOL ROSADO RODRIGUEZ, Secretaria Regional I, SECRETARIA DEL TRIBUNAL, Ana Muñoz Seda.

RP-366 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE GUAYAMA

COOP DE AHORRO Y CREDITO LOS HERMANOS DEMANDANTE VS.

FULANO DE TAL DEMANDADO CASO: G CP2013-0003 SALON: 0302 CANCELACION PAGARE HIPOTECARIO CANCELACION PAGARE HIPOTECARIO EXTRAVIADO CAUSAL/DELITO LIC. BABILONIA VALENTIN JUAN PO BOX 2789 BAYAMON, PR 00960 NOTIFICACION ENMENDADA DE SENTENCIA EL SECRETARIO QUE SUSCRIBE NOTIFICA A USTED QUE ESTE TRIBUNAL HA DICTADO SENTENCIA EN EL CASO DE EPIGRAFE CON FECHA 06 DE NOVIEMBRE DE 2013, QUE HA SIDO DEBIDAMENTE REGISTRADA Y ARCHIVADA EN LOS AUTOS DE ESTE CASO, DONDE PODRA USTED ENTERARSE DETALLADAMENTE DE LOS TERMINOS DE LA MISMA. Y, SIENDO O REPRESENTANDO USTED LA PARTE PERJUDICADA POR LA SENTENCIA, DE LA CUAL PUEDE ESTABLECERSE RECURSO DE APELACION, DIRIJO A USTED ESTA NOTIFICACION, HABIENDO ARCHIVADO EN LOS AUTOS DE ESTE CASO COPIA DE ELLA CON FECHA DE 13 DE NOVIEMBRE DE 2013. MARISOL ROSADO RODRIGUEZ, SECRETARIO, POR: MARIE CARMEN TORRES RODRIGUEZ, SECRETARIO AUXILIAR. RP-365 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN

VADIM NIKITIME Demandante v.

CITIBANK N.A. FULANO DE TAL COMO POSEEDOR DE PAGARE

EXTRAVIADO, SALDADO Demandados CIVIL NÚM.: K CP13-0204 SALA: 506 SOBRE: Pagaré Extraviado, Saldado EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EL PRESIDENTE DE LOS EE UU EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SS A: FULANO DE TAL, PARTE (CO) DEMANDADA Por la presente se le notifica que la parte Peticionaria, ha presentado ante este Tribunal, la demanda de epígrafe, contra usted, solicitando concesión del siguiente remedio: Demanda sobre Pagaré Extraviado, saldado. Se persigue cancelar un Pagaré Hipotecario de $94,500.00 dólares otorgado a favor de Citibank N.A. con intereses al 11 y 5/8 anual, conforme la escritura 363 del 7 de diciembre de 1984 ante el Notario Público Enrique Godínez Morales, inscrito al folio 52 del tomo 782, de Santurce Norte, inscripción Octava finca 20,755. El pagaré grava el Apartamento 7-k del Condominio Park Boulevard, localizado en la calle Laurel de Punta las Marías, Santurce, Puerto Rico. La parte demandante está representada por el Lcdo. JOSE A. PAGAN NIEVES con dirección en la PMB 305, 1357 Ave. Ashford, San Juan, P.R. 00907; Teléfono 787-919-7315. POR TANTO, siendo usted parte indispensable en este caso, y teniendo un interés en el mismo, se le emplaza y notifica por medio de este edicto para que comparezca, al mismo, mediante la radicación de la correspondiente contestación a la demanda de epígrafe ante este Tribunal, con copia a la parte Peticionaria. Dicha contestación deberá ser radicada dentro de treinta (30) días a partir desde la publicación de este edicto. De no contestar dentro del término señalado, se procederá anotar la rebeldía y se dictará sentencia concediendo el remedio al cual tenga derecho la parte peticionaria de conformidad con la Ley, sin más citarle ni oírle. Extendido bajo mi firma y sello del Tribunal de San Juan, hoy OCT 28 2013. LCDA. REBECCA RIVERA TORRES, SECRETARIA REGIONAL, Olga Díaz Rivera, Secretaria Servicios a Sala.


EL VOCERO / MARTES, 26 DE NOVIEMBRE DE 2013

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EL VOCERO / DEPORTES / MARTES, 26 DE NOVIEMBRE DE 2013

Peralta firma con los Cardenales THE ASSOCIATED PRESS

Se habla de un acuerdo de cuatro años y $50 millones El campocorto Jhonny Peralta y los Cardenales de San Luis llegaron a un acuerdo contractual de cuatro años, que dará al astro dominicano un nuevo comienzo después de su suspensión por el escándalo relacionado con la clínica Biogenesis, acusada de distribuir sustancias dopantes en el béisbol. Los Cardenales llenan una necesidad al obtener a un campocorto y excelente bateador un mes después de perder la Serie Mundial en seis juegos ante los Medias Rojas de Boston. Pete Kozma y Daniel Descalso son en general buenos fildeadores, pero sin poder al bate. Se espera que el contrato sea de más de 50 millones de dólares.

ño deportivo, por sus siglas en inglés)", tuiteó el pitcher Brad Ziegler, de los Diamondbacks de Arizona. "Al parecer ser suspendido por (consumo) de PED significa que uno obtiene un aumento salarial. ¿Qué va a impedir que cualquiera lo haga? (hashtag)weneedtomakeachange (necesitamoshaceruncambio)", tuiteó el lanzador agente libre David Aardsma. Peralta, de 31 años, fue suspendido 50 juegos la temporada pasada por su involucramiento en el escándalo de sustancias prohibidas de la clínica Biogenesis. Regresó a los Tigres de Detroit a fines de septiembre y jugó en la postemporada, pero tanto en el jardín izquierdo como en el campocorto.

"Estamos contentos de anunciar que Jhonny aceptó los términos (del contrato) y sé que está igualmente emocionado de unirse a los Cardenales", dijo el gerente general John Mozeliak en un comunicado. "Jhonny está entre los mejores campocortos ofensivos del béisbol, es un defensivo seguro y tiene experiencia jugando para un candidato al título. Nos proporciona experiencia probada y trae balance y versatilidad a nuestra alineación cotidiana".

Poco antes de que fuera penalizado Peralta, los Tigres adquirieron de Boston al joven campocorto cubano José Iglesias en una negociación entre tres equipos.

Pero el movimiento generó una reacción diferente de un par de jugadores de Grandes Ligas. "Da frutos hacer trampa... Gracias, propietarios, por alentar el uso de PED (drogas para incrementar el desempe-

El pelotero participante en dos Juegos de Estrellas tiene en su carrera un promedio de bateo de.268 con 156 cuadrangulares y 698 anotaciones producidas en 11 temporadas con Cleveland y Detroit.

Peralta, quien era agente libre, bateó para un promedio de .303 con 11 cuadrangulares y 55 carreras producidas en 107 juegos durante la temporada regular. Conectó para.333 con un vuelacerca, cuatro dobletes y seis carreras impulsadas en 10 juegos de playoffs.

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DEPORTES / MARTES, 26 DE NOVIEMBRE DE 2013 El periódico de Puerto Rico

Se les olvida ganar a los Nets THE ASSOCIATED PRESS

Llevan cinco derrotas consecutivas y el ánimo del quinteto comienza a deteriorarse NUEVA YORK — Son el equipo más caro de la NBA. En sus filas abundan los astros, y muchos los consideraban candidatos firmes al título. Pero por el momento, los Nets de Brooklyn son un equipo decepcionante, que está en el sótano de su división. “Son tiempos difíciles”, dijo el alero Kevin Garnett. El domingo, se pusieron más difíciles, cuando el reservista Rodney Stuckey anotó 27 puntos, su máxima cifra en lo que va de la campaña, y los Pistons de Detroit endilgaron a los Nets su quinta derrota seguida, por 10997, para dejarlos como colistas solitarios de la División del Atlántico. Los Nets, con una nómina tan elevada como sus ambiciones de un título, cayeron a una foja de 3-10, medio juego detrás de los Knicks de Nueva York, y fueron abucheados en el Barclays Center durante la segunda mitad. “El balón simplemente está rebotando en favor de los rivales por ahora, y debemos permanecer unidos”, consideró el entrenador de los Nets, Jason Kidd. Greg Monroe sumó 18 unidades y 11 rebotes por los Pistons, que se recuperaron de derrotas consecutivas contra Atlanta. Brandon Jennings añadió 14 puntos y 10 asistencias, además de convertir sus 10 tiros libres, para compensar un mal desempeño en tiros de campo, con sólo dos de 10 embocados. “Es difícil obtener victorias de visitante. Cuando lo consigues, es algo grande”, dijo el entrenador de los Pistons, Maurice Cheeks.

Hasta nuevo aviso Derrick Rose THE ASSOCIATED PRESS

CHICAGO — El astro de los Chicago Bulls Derrick Rose se operó ayer de una rotura de meniscos de la rodilla derecha que lo tendrá inactivo el resto de la temporada. Rose, el Jugador Más Valioso de la temporada del 2001 en la NBA, se rompió los meniscos el viernes contra Portland. No había jugado la temporada pasada tras romperse los ligamentos anteriores cruzados de la rodilla izquierda en al inicio de los playoffs del 2012 contra Filadelfia. Desde el cierre de la campaña del 2011 jugó apenas 49 partidos de la temporada regular y uno de los playoffs, en el cual se lesionó. Con el aporte de Rose los Bulls esperaban hacerle fuerza al Miami Heat de LeBron James en la Conferencia del Este y buscar su primer campeonato desde la era de Michael Jordan y Scottie Pippen. Pero en

cambio se encuentran luchando por salir adelante sin un jugador clave.

do el equipo sufrió una serie de lesiones en la recta final.

“Lo lamentamos mucho por Derrick. Está de buen ánimo, dentro de lo que se puede esperar en estas circunstancias, pensando en su rehabilitación”, comentó el técnico Tom Thibodeau el domingo, antes de que el club anunciase que no podría contar con Rose por el resto de la temporada. “Típico de Derrick, se preocupa por el equipo, por sus compañeros”.

Se especuló que los asesores de Rose le dijeron que no jugase la temporada pasada y que hubo un distanciamiento con los directivos, algo que el jugador negó.

Los Bulls cayeron en la primera ronda de los playoffs del 2012 ante Filadelfia luego de perder a Rose y también sintieron su ausencia la temporada pasada.

Lució un poco mejor en sus dos últimas salidas, en las que anotó 19 puntos contra Denver y 20 ante Portland.

Su recuperación fue casi un circo. Se lo veía ensayando disparos antes de los partidos y los aficionados se preguntaban por qué no estaba jugando, sobre todo cuan-

Rose no tuvo un retorno particularmente feliz. Tenía un promedio de 15,9 puntos por partido y encestaba apenas el 35% de sus tiros.

Ausente Rose, el veterano Kirk Hinrich y Marquis Teague tratarán de ocupar su lugar. “Sabemos lo que hay que hacer. “No podemos lamentarnos. Hay que hacerse fuerte y sacar resultados”, dijo Thibodeau.

Kobe renueva su contrato con Lakers THE ASSOCIATED PRESS

Fotos AP

LOS ANGELES — Los Lakers anunciaron el lunes la prórroga del contrato de Kobe Bryant por otros dos años, poniendo así fin a los rumores de que el astro sería transferido. “Este es un día muy feliz para los aficionados de los Lakers y para nuestra organización”, expresó el gerente general Mitch Kupchak al hacer el anuncio. “Siempre dijimos que nuestra prioridad y nuestra esperanza

era que Kobe terminase su carrera como un laker y esto debería garantizar que así sucede”. No se revelaron los términos del acuerdo. Bryan, quien tiene 35 años y está cuarto en la tabla histórica de jugadores que más puntos han anotado en la NBA, no ha jugado esta temporada pues se repone de una operación en su talón de Aquiles, realizada en abril.

Este mes comenzó a practicar, pero no está claro cuándo regresará a las canchas. La semana pasada dijo que hoy por hoy podría hacerlo, pero que prefiere estar a punto cuando regrese para su 18va temporada en la NBA. El técnico Mike D'Antoni dijo que Bryant volverá cuando él piense que está listo para volver.


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D deportes

MARTES, 26 DE NOVIEMBRE DE 2013

Cumple Seda Jr. con el primer pre presaje CARLOS NARVÁEZ ROSARIO, EL VOCERO

El boricua Cesar Seda Jr. cumplió el lunes con el peso requerido durante el primer pre pesaje de cara a su combate del 14 de diciembre en San Antonio, Texas, ante el campeón junior pluma del Consejo Mundial de Boxeo (CMB), Leo Santa Cruz. Seda Jr. se colocó a 11 libras del límite, a dos semanas de su cita con el mexicano dentro de un cartel que será estelarizado por el choque entre el campeón welter de la Asociación Mundial de Boxeo (AMB), Adrien Bronner y Marcos 'Chino' Maidana.

Gran augurio de Arum CARLOS NARVÁEZ ROSARIO, EL VOCERO

Vaticina que Félix Verdejo podría convertirse en la próxima súper estrella del boxeo

La demostración del boricua Félix Verdejo el sábado en la noche en Macao, China, dejó un gran sabor en la afición, pero sobre todo en el veterano promotor Bob Arum. El presidente y fundador de la empresa Top Rank auguró que Verdejo podría convertirse en los próximos dos años, en la nueva súper estrella del boxeo rentado. Verdejo venció por decisión unánime a seis asaltos al tailandés Petchasamuthr Duanaaymukdahan en un combate que sirvió de apertura de la transmisión de 'pay per view' del evento en donde Manny Pacquiao se enfrentó a Brandon Ríos en el Cotai Arena, del hotel Venetian, Macao.

ximos dos años se convertirá en la próxima súper estrella del boxeo”, sostuvo. Verdejo fue favorecido por los tres jueces con similar tarjeta de 60-53. Con su victoria mejoró su marca a 9-0 y 6 nocáuts. El púgil estará de vuelta al ring el 14 de diciembre en un evento el Coliseo Roger Mendoza de Caguas a ser organizado por Promociones Miguel Cotto. “Estamos contentos con lo que estamos viendo de Félix. En ésta pelea lució más relajado, y esa fue una de las cosas que más me gustó”, comentó Ricky Márquez, entrenador y manejador de Verdejo.

El joven de 20 años ofreció una gran exhibición de boxeo, técnica, puntería, dominio de la distancia, y paciencia sobre el ring, con el que convenció a muchos de que cuenta con los quilates para dominar a éste nivel.

“Aquí no hubo ansiedad y su oponente lo hizo trabajar. Estas son las peleas que lo desarrollaran como boxeador. De esta pelea aprende más que con aquellas que terminó en un solo asalto”, añadió.

“Con excepción de Mikey García, podría a Félix Verdejo con cualquier oponente de las 130 libras”, dijo Arum. “En los pró-

Verdejo llegará el martes a la Isla y ya la próxima semana estará de vuelta al gimnasio de cara a su décimo compromiso.

“Estamos cómodos y me siento muy fuerte”, dijo Seda Jr. “Ya estamos llegando al peso. Hemos trabajado duro y a conciencia para ésta oportunidad. He incluido el 'crossfit' en mi preparación para agregar más explosividad. Cuando me vean sobre el ring, verán a otro Seda”, vaticinó. Seda Jr. dejó la balanza en 131.8 libras en un pre pesaje realizado en la Comisión de Boxeo de Puerto Rico. La próxima semana deberá rondar las 128 libras. El juanadino que tiene marca de 25-1 y 17 nocáuts, viene de vencer al mexicano Miguel Tamayo el pasado mes de mayo en el Boardwalk Hall de Atlantic City. Para Santa Cruz, que tiene foja similar de 25-0-1 y 15 anestesiados, será su primera defensa del título que consiguió al derrotar a Víctor Terrazas el pasado mes de agosto en el Carson, California. “El plan para la próxima semana es estar entre 128 y 125 libras. Llevamos buen ritmo”, comentó el padre del peleador, Cesar Seda Sr. “Hoy (lunes) el límite era 140 libras e hicimos 131.8. Así que vamos muy bien. Estamos entrenando fuerte y ya la semana que viene empezamos a bajar las cargas de trabajo”.



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