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Manual de Convivencia CreArTic
MANUAL DE CONVIVENCIA
ACONTECIMIENTOS Y DATOS IMPORTANTES DEPARTAMENTO DE RISARALDA: Fecha de creación: 1 de Febrero de 1967. MUNICIPIO DE PEREIRA: Año de fundación: 1863 FECHAS INSTITUCIONALES DE CREARTIC Fundación: 20 de junio de 2014. EMBLEMAS INSTITUCIONALES
BANDERA: Simbología: La bandera de la Institución Educativa Creartic posee dos bandas horizontales de igual tamaño con los colores amarillo y vino tinto, haciendo referencia a la bandera y los colores municipales de la ciudad de Pereira, donde esta situada la sede principal de nuestra institución educativa, el vino tinto asemeja al rojo propio de la bandera pereirana, que a su vez esta inspirada en la sangre de la gente pereirana y la riqueza de su suelo. En el centro esta localizado un árbol con ramificaciones que asemejan circuitos electrónicos, con el objeto de representar nuestra identidad institucional relacionada con las nuevas tecnologías de la información y la comunicación TIC y nuestro objetivo de formar ciudadanos. ESCUDO: Se trata de un logo tomado de una institución empresarial hermana “Creartic” pero que refleja la misma identidad, el cual lleva las letras CAT, que resumen dicha palabra Creartic, que es la unión de tres palabra Creatividad Arte y TIC (tecnologías de la información y comunicación),
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Manual de Convivencia CreArTic dentro de las letras CAT esta el circuito electrónico símbolo de tecnología. Además en la parte inferior lleva las palabras “Institucion Educativa”. FILOSOFÍA INSTITUCIONAL La Institución Educativa Creartic es de carácter público. Reconoce la necesidad que tiene la escuela hoy en día de entender e integrar las dinámicas de la era de la información, sin dejar a un lado su componente humano, es por esta razón que a la par de estar en vanguardia con la aplicación de las TIC, la I.E. Creartic fundamenta su que hacer educativo en una concepción humanista, tomando como principio vital el ser humano y su trascendencia en relación con la naturaleza y la sociedad o el medio en que vive, haciendo énfasis en uso educativo de las TIC, en la reflexión constante, autocrítica, y propositiva de estas, buscando formar sujetos capaces de responder a las exigencias de un mundo globalizado, a la vez que puedan reivindicar su origen y su humanidad. MISIÓN Nuestro compromiso en la Institución Educativa Creartic es la formación integral e incluyente del estudiante en ambientes de aprendizajes óptimos para su proceso académico y la preparación para la vida en sociedad a nivel local, nacional e internacional, nuestro fin es formar ciudadanos entusiastas que vayan a la vanguardia tecnológica y los requerimientos de mundo globalizado, capacitados para reconocer problemáticas en la sociedad y proponer soluciones de manera individual y colectiva. Nuestras metodologías de enseñanza buscan generar ambientes de aprendizaje a través de las TIC, analizando su concepto de manera amplia, y no limitandola a la utilización instrumental de estos artefactos tecnológicos. Los ambientes de aprendizaje, cuenta con los recursos físicos y humanos apropiados para el ejercicio educativo, el consejo académico
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Manual de Convivencia CreArTic es responsable de evaluar estos ambientes y propiciar su mejoramiento. La Institución Educativa CrearTic promueve la lúdica, como metodología de enseñanza y aprendizaje, a través de Jornadas Únicas de Lúdicas, con el objetivo de que sus estudiantes comprendan otras maneras de aprender, distintas a la lectoescritura. VISIÓN Constituirnos para el año 2020 como la institución educativa líder en la región por la eficacia y la excelencia para dar respuestas y soluciones a todos los problemas tecnológicos en el sector educativo, no sólo a nivel regional o departamental sino a nivel nacional, teniendo como punto de partida el profesionalismo y los valores que rigen nuestro trabajo y nuestra relaciòn con ellos. Creartic será referente nacional en el diseño, implementación y ejecución de estrategias para la educación sin importar raza sexo, condición física y/o social. OBJETIVO: El objetivo principal del Proyecto Educativo Institucional Creartic de la ciudad de pereira es la creación de un ambiente propicio para el aprendizaje, la convivencia y el desarrollo integral del Estudiante y de los demás miembros que conforman la comunidad educativa. PRINCIPIOS RECTORES DE LA INSTITUCIÓN El Instituto Creartic es una Institución educativa del sector público con aprobación oficial para los Ciclos de Básica y Media según resoluciones ……., expedidas por la Secretaría de Educación Municipal. Todos los miembros de la comunidad educativa deben identificar y acatar sus principios y su filosofía por ser fundamento de la armonía entre todos los
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Manual de Convivencia CreArTic estamentos: estudiantes, padres de familia, docentes y directivos. La comunicación es el medio más eficaz para establecer relaciones pedagógicas y amistosas entre los integrantes de la comunidad. Los deberes y obligaciones son responsabilidad permanente de los estudiantes, padres de familia, directivos, personal administrativo y docente. Todos los miembros de la comunidad educativa tienen los mismos derechos o garantías expresadas en este Manual. En la Institución todas las personas merecen un trato digno, justo y humano, basado en el respeto por los derechos humanos y el debido proceso. La responsabilidad es asunto de todos y por eso los miembros de la comunidad deben trabajar movidos por los sanos principios de la pedagogía. Es deber de los Directivos y Docentes, mantener el orden interno de la Institución, inculcando a todos los integrantes la prudencia y diligencia constante en sus actos. Es compromiso de los padres de familia, docentes y directivos, asumir con responsabilidad los deberes adquiridos a fin de formar la juventud encomendada, según las expectativas u objetivos planeados, despertando en los estudiantes los valores de la solidaridad y la colaboración permanente con la convivencia pacífica. OBJETIVOS Es objetivo primordial de todos y cada uno de niveles educativos el desarrollo integral de los educandos mediante acciones estructuradas encaminadas a:
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Manual de Convivencia CreArTic Formar la personalidad y capacidad de asumir con responsabilidad y autonomía sus derechos y deberes. Proporcionar una sólida formación ética, moral y fomentar la práctica del respeto a los derechos humanos y teniendo presente la diferencia. Fomentar en la Institución educativa, prácticas democráticas e inclusivas para el aprendizaje de los principios y valores de la participación y organización ciudadana y estimular la autonomía y responsabilidad. Orientar una educación para la sexualidad que promueva el conocimiento de sí mismo y la autoestima, la construcción de la identidad sexual dentro del respeto por la equidad de género, la afectividad, el respeto mutuo y prepararse para una vida familiar armónica y responsable. Crear y fomentar una conciencia de solidaridad humana, social, local, regional, nacional e internacional. Desarrollar acciones de orientación escolar profesional acordes a políticas nacionales e internacionales. Formar una conciencia educativa para el esfuerzo y el trabajo. Fomentar el interés y el respeto por la identidad cultural de los grupos étnicos. MANUAL DE CONVIVENCIA En el presente manual se tendrán las siguientes definiciones para el manejo de la convivencia escolar: Convivencia escolar: es la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, basada en la interrelación positiva entre ellos y que permite el adecuado cumplimiento de los objetivos institucionales, en un clima que propicie el desarrollo integral de cada uno de sus miembros desde los roles que desempeñan (docente, administrativo, estudiante, padres y/o acudientes). Sustentada en el respeto mutuo y en la solidaridad recíproca, expresada en la interrelación sin violencia entre los diferentes actores y estamentos de la Comunidad Educativa. Conflictos: Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a
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Manual de Convivencia CreArTic sus intereses. Conflictos manejados inadecuadamente: Son situaciones en las que los conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados. Agresión escolar: Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica. Agresión física: Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras. Agresión verbal: Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas. Agresión gestual: Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros. Agresión relacional: Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros. Agresión electrónica: Es toda .acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a t rav é s de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía. Acoso escolar: De acuerdo con el artículo 2 de la Ley
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Manual de Convivencia CreArTic 1620 de 2013, es toda conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente. por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno. Ciberacoso escolar: De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado. Violencia sexual: De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1146 de 2007, “se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor”. Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrolla para la restauración de su dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES Los padres de familia o acudientes como parte integrante de la comunidad educativa de que hablan la Constitución Nacional (Art.67 y 68), la Ley General de Educación (Art.6), la Ley 1098 de 2006, la Ley 1453 de 2011, el decreto 1860 de 1994 (Art. 18), Ley 1620 de 2013 (art. 22) y el decreto 1965 de 2013 y demás normas vigentes. Adquieren, a partir del momento de firma de matrícula de sus hijos o acudidos, los siguientes derechos que sólo se pierden en el momento de la desvinculación legal de la Institución (obtención de la
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Manual de Convivencia CreArTic calidad de egresado, cancelación de matrícula por voluntad propia o decisión administrativo-disciplinaria): 1. Conocer y participar activamente en la construcción del proceso pedagógico, manual de convivencia y sistema interno de evaluación de la Institución Educativa. 2. Participar en los procesos de elección que conduzcan a la conformación del Consejo Directivo, Comité de Convivencia, Asociación y del Consejo de Padres de Familia. En esta participación actuarán en igualdad de condiciones sin que sean objeto de discriminación de alguna índole, que atente contra los derechos como personas y/o derechos fundamentales consagrados en la Constitución Política y las leyes. 3. Hacer peticiones respetuosas a los órganos del Gobierno Escolar, organismos o autoridades disciplinarias y/o académicas y obtener pronta solución. 4. Ejercer la representatividad legal de sus hijos o acudidos. Con base en este derecho podrán participar en los procesos de conciliación e interposición de los recursos de reposición y de apelación de que hablan los procesos disciplinarios del Manual de Convivencia aplicable a los Estudiantes. 5. Recibir información sobre las actividades encaminadas a la formación integral de sus hijos o acudidos. 6. Recibir información y aclaración, cuando fuere necesario, sobre el rendimiento académico de sus hijos o acudidos y a prestar colaboración para el mejoramiento de procesos que conduzcan a remediar las dificultades que originen las fallas. Esta información podrá ser verbal o escrita. 7. Recibir, al final de cada período académico, conforme a la organización interna de la Institución, informe escrito (boletín) sobre el rendimiento académico y comportamiento social de sus hijos o acudidos. 8. Plantear soluciones para los problemas Institucionales o dificultades que presenten sus hijos o acudidos. 9. Exponer claramente las situaciones excepcionales de sus hijos o acudidos y que, en un momento dado, deban tenerse en cuenta para el logro de la educación y
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Manual de Convivencia CreArTic formación integral de sus hijos o acudidos. 10. Recibir información oportuna sobre ausencias, retardos sistemáticos y violación al régimen de deberes de los Estudiantes que presenten sus hijos o acudidos. 11. Recibir oportunamente las citaciones, circulares, boletines y demás impresos donde se informe sobre los compromisos con la Institución. 12. Participar sin ninguna discriminación en las actividades de integración que se programen por los órganos del Gobierno Escolar y organismos de apoyo institucional y para las cuales fueren invitados. 13. Participar activamente en asambleas, reuniones, foros y demás actividades grupales para las cuales fueren citados o convocados. 14. Participar en todos los programas de formación de padres que brinde la Institución o demás instancias educativas para cumplir adecuadamente la tarea educativa que les corresponde. 15. Participar en la planeación, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional de acuerdo con los mecanismos que para ello se estipulen. 16. Participar en la revisión y ajuste del manual de convivencia a través de las instancias de participación definidas en el proyecto educativo institucional de la Institución Educativa. 17. Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos, la participación y la democracia, y el fomento de estilos de vida saludable. 18. Conocer la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso de violencia escolar, la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo con las instrucciones impartidas en el manual de convivencia de la Institución Educativa. RESPONSABILIDADES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES Proveer a sus hijos y/o acudidos, espacios y ambientes en el hogar, que generen confianza, ternura, cuidado y protección de sí y de su entorno físico, social y ambiental. Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos y/o acudidos en el
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Manual de Convivencia CreArTic proceso pedagógico que adelante el establecimiento educativo para la convivencia y la sexualidad. Conocer y acatar lo establecido por el Manual de Convivencia como parte fundamental de la comunidad educativa del la Institucion Educativa Creartic en el marco del Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, además de las obligaciones consagradas en el artículo 67 de la Constitución Política, en la Ley 115 de 1994, la Ley 1098 de 2006, la Ley 1453 de 2011, Decreto 1965 09/11/2013 y demás normas vigentes. Asumir, en una actitud de real compromiso, los deberes, derechos y obligaciones con la Institución que se derivan de su integración a ella como padres o acudientes. Coayudar con la Institución en el logro de los fines institucionales, pedagógicos y formativos que se propone. Actuar como responsables de la educación de sus hijos y acudidos, función en el cual juega papel trascendental la familia, según la Constitución Nacional. Cumplir con los deberes y obligaciones consagrados en la Constitución política de Colombia (Art.95). Esto en razón de su calidad de ciudadanos. Mantenerse en permanente contacto con la Institución Educativa para hacer el seguimiento del desempeño y convivencia escolar de sus hijos o acudidos, implementando las acciones necesarias para detectar debilidades y optimizar los procesos. Asistir personalmente a las entregas oficiales de informes académicos y disciplinarios, así como a las reuniones y asambleas programadas por los órganos del Gobierno Escolar.
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Manual de Convivencia CreArTic Proporcionar, con pleno ajuste a la verdad, la información que se requiera de ellos por parte de los estamentos administrativos, directivos, disciplinarios y/o educativos que conduzcan a la formación integral del Estudiante. Orientar y supervisar la realización de las obligaciones escolares por parte de los hijos o acudidos después del horario de clases. Así mismo velar por un sano aprovechamiento del tiempo libre del que dispongan los mismos. Asistir pronta y oportunamente a las citaciones a que fueren convocados por la Institución, los Directores de grupo o Docentes en particular. Proporcionar a sus hijos el tiempo, los implementos de estudio y todo lo necesario para que puedan cumplir con las obligaciones académicas. Responsabilizarse de la asistencia de sus hijos o acudidos a la Institución, justificando por escrito sus ausencias y retardos, haciendo llegar a los organismos de control los documentos de soporte que se requieran para legalizarlos. Respetar los horarios y turnos de atención al público que se establezcan por la administración interna. Colaborar con la buena presentación y organización de la planta física de la Institución Educativa. En razón de ello responderán por los daños causados intencionalmente por su hijo o acudido contra la planta física, el material pedagógico y los muebles y equipos de la Institución. Recibir el informe del desempeño académico y convivencia escolar de sus hijos o acudidos, previa las aclaraciones necesarias definidas mediante el diálogo con los organismos pertinentes y no ejercer presión alguna a Docentes o personal directivo o administrativo para modificar el contenido de los informes o los conceptos finales del logro de competencias propuesto para cada una de las áreas de estudio. PARÁGRAFO: La inasistencia sin justificación a reuniones de padres o a citaciones para atender informes académicos, de convivencia, y aspectos afines con respecto a su hijo o acudido, cuando no medie una causa de fuerza mayor, será reportada a la autoridad competente. NOTA: En el momento de la firma de la matrícula del Estudiante, el padre de familia o acudiente, acepta lo establecido en el Manual de Convivencia y se compromete a acatarlo y darle cumplimiento.
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Manual de Convivencia CreArTic Las presentes responsabilidades son desempeñadas de acuerdo a lo establecido en la ley 1620 de 2013 en el artículo 18, que expresa lo siguiente: Liderar el comité escolar de convivencia acorde con lo estipulado en los artículos 11’,12 Y 13 de la Ley 1620. Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de los componentes de prevención y de promoción, y los protocolos o procedimientos establecidos para la implementación de la ruta de atención integral para la convivencia escolar. Liderar la revisión y ajuste del proyecto educativo institucional PEI, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación, anualmente en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, en el marco del Plan de Mejoramiento Institucional. Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes del establecimiento educativo, en su calidad de presidente del comité escolar de convivencia, acorde con la normatividad vigente y los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral y hacer seguimiento a dichos casos. DEL DOCENTE Las presentes responsabilidades son desempeñadas de acuerdo a lo establecido en la ley 1620 de 2013 en el artículo 19, que expresa lo siguiente: Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a estudiantes del establecimiento educativo, acorde con los artículos 11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el manual de
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Manual de Convivencia CreArTic convivencia y con los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. Si la situación de intimidación de la que tienen conocimiento se hace a través de medios electrónicos igualmente deberá reportar al comité de convivencia para activar el protocolo respectivo. Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral de los estudiantes. Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar del establecimiento educativo. Contribuir a la construcción y aplicación del manual de convivencia. DEL DOCENTE ORIENTADOR Las presentes responsabilidades son desempeñadas de acuerdo a lo establecido en la ley 1620 de 2013 en el artículo 32, que expresa lo siguiente: Contribuir con la dirección del establecimiento educativo en el proceso de identificación de factores de riesgo que pueden influir en la vida escolar de los estudiantes. Documentar y registrar en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar los casos de acoso o violencia escolar o vulneración de derechos sexuales y reproductivos. Participar en el proceso de acompañamiento así como de la evaluación de los resultados de esta orientación. Actuar como agentes de enlace o agentes que apoyan la remisión de los casos de violencia escolar o vulneración de derechos sexuales y reproductivos a las instituciones o entidades según lo establecido en la Ruta de Atención Integral. Participar en la definición de los planes individuales y grupales de intervención integral y seguir los protocolos establecidos en la Ruta de Atención Integral. Apoyar al comité escolar de convivencia en el desarrollo de estrategias e
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Manual de Convivencia CreArTic instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar y la promoción de los derechos sexuales y reproductivos, así como documentar los casos que sean revisados en las sesiones del mismo. Participar en la construcción, redacción, socialización e implementación del manual de convivencia y de los proyectos pedagógicos de que trata la ley 1620 en el artículo 20. Involucrar a las familias, a través de la escuela para padres y madres, en los componentes y protocolos de la ruta de atención integral. Estas funciones deberán ser asumidas por el Docente de Apoyo, siempre y cuando cuente con el perfil profesional para el desempeño de ellas. Son dos (2) instancias de apoyo para las situaciones disciplinarias. Ellos estudiarán y se comprometerán en la solución de aquellos casos que requieran orientación profesional, sobre todo en aspectos comportamentales, afectivos, necesidades educativas especiales, entre otros del Estudiante. Convocarán a padres de familia y/o acudientes para solución de conflictos y harán el seguimiento correspondiente de los casos que lo requieran. La asistencia a tales convocatorias tendrá el carácter de obligatoria para los padres o acudientes. Todos los procesos que tengan que ver con el apoyo psicológico a conflictos estudiantiles individuales tendrán el carácter de la reserva profesional. MATRÍCULA La matrícula es un contrato de cooperación mutua en el cual los Estudiantes y padres de familia o acudientes formalizan su vinculación a la Institución. Es requisito para ser aceptado como Estudiante de la Institución Creartic previo el lleno de condiciones establecidas por el Ministerio de Educación, la Secretaría de Educación Departamental o el Proyecto Educativo Institucional. CUPOS Y SEPARACIÓN DE CUPOS Los criterios para la asignación de cupos serán fijados por
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Manual de Convivencia CreArTic el Consejo Directivo (literal d, Artículo 23 del Decreto 1860 de 1994). Básicamente se priorizará la asignación de cupos así: Estudiantes que vienen en continuidad en la Institución. Estudiantes que provienen de familias desplazadas por la violencia o situaciones políticas que demuestren pertenecer a este grupo. Estudiantes que no siendo promovidos por las respectivas comisiones de Evaluación y Promoción decidan (previo aval de los padres y o acudientes) la repetición del año lectivo. Estudiantes que hubiesen pertenecido a la institución en años lectivos anteriores y que por razones personales o familiares voluntariamente se hayan retirado. Estudiantes que provengan de otras instituciones y que hayan hecho previamente solicitud de preinscripción. En este caso se respetará el número de orden de separación de cupo. La solicitud o separación de cupos para los Estudiantes que ingresarán por primera vez en la institución o que mantendrán la continuidad será requisito indispensable para acceder a la matrícula o renovación de la misma. (Pre matricula) La Secretaria de Educación Departamental emitirá año a año decreto de calendario escolar y procesos de matrícula con sus respectivos cronogramas. La continuidad de los Estudiantes en la institución está garantizada, siempre y cuando no se haya perdido este derecho por exclusión del Estudiante de la institución por aspectos legales. PERDIDA DEL CUPO El cupo o la garantía de continuidad en la institución para Estudiantes antiguos se perderán por las siguientes razones: 1. La no presentación oportuna al acto protocolario de matrícula o renovación de la misma, según el calendario fijado. 2. Dejar transcurrir más de 5 (cinco) días hábiles sin confirmar la renovación de matrícula o utilización del cupo. 3. La falsedad en documentos e información suministrada. 4. La exclusión del Estudiante por violación extraordinaria de las normas del manual de convivencia, por orden judicial, la cual podrá hacerse por períodos definidos. También podrá insinuarse por pérdida de dos o más años
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Manual de Convivencia CreArTic consecutivos. 5. La violación de plazos para la presentación de documentos en casos especiales. 6. La agresión física, verbal, actitudes de altanería o des obligantes ejecutadas contra personal directivo, docente y administrativo de la institución por parte de padres-acudientes, Estudiantes matriculados y/o aspirantes a los respectivos cupos. La decisión se tomará por Rectoría y/o Consejo Directivo y/o Comité de Convivencia y/o Juez competente. REQUISITOS: TRANSICIÓN. a. Registro Civil de Nacimiento. b. Tener más de 4 años cumplidos, con prelación a los que tengan 5 años. c. Firma del padre, madre o acudiente responsable del menor. d. Compromiso del padre-acudiente con el cubrimiento de costos adicionales o de dotación requeridos para las manualidades o actividades propias de este tipo de educación. BÁSICA PRIMARIA a. Registro Civil de Nacimiento. b. Tener más de 6 años cumplidos, si no ha cursado el grado de Transición o Preescolar. c. Firma del padre, madre o acudiente responsable del menor. ESTUDIANTES PARA EL GRADO SEXTO o QUE PROVENGAN DE OTRA INSTITUCIÓN. a. Registro Civil de Nacimiento. b. Certificado del Grado Quinto. c. Tres (3) fotografías tamaño cédula (fondo azul). d. Documento de Identidad (tarjeta de identidad o Registro Civil). e. La presencia del Padre o Acudiente
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Manual de Convivencia CreArTic f. Documento que muestre su hemoclasificación. g. Certificados de aprobación de años anteriores, cuando se trate de Estudiantes que provengan de otra institución. h. Certificado con los conceptos de las evaluaciones hasta el día que permaneció en la Institución de origen si se tratare de transferencias en el transcurso del año lectivo, salvo cuando se tratare de Estudiantes miembros de familias desplazadas por violencia o motivos políticas. (Estos nivelarán o validarán sus estudios mediante procesos internos avalados por el Consejo Académico y o las Comisiones de Evaluación y Promoción). i. Comprometerse a presentar y realizar las nivelaciones correspondientes al Plan de Estudios de la institución, fundamentalmente en lo referente a las áreas o asignaturas de la especialidad. El fin de este requisito es facilitarle al estudiante que ingrese, una nivelación de conocimientos con los Estudiantes que vienen en continuidad en la institución. 4. ESTUDIANTES EN CONTINUIDAD Cumplimiento de los literales c, e, g. La matrícula de los Estudiantes en transferencia en el transcurso del año lectivo a grado Décimo o que vayan a ingresar a grado Undécimo (Media) de la especialidad técnica no se realizará sin la nivelación de conocimientos de las asignaturas correspondientes a la especialidad y que no sean certificadas por la institución de origen. La Matrícula de los Estudiantes nuevos o en transferencia está supeditada a la disponibilidad de cupos en los grados o grupos respectivos. DEFINICIONES Y PLAZOS. El proceso de matrículas estará vigente todo el año lectivo para aquellos estudiantes que asisten regularmente a la institución y estuvieren pendientes de documentación por razones especiales y para Estudiantes que, existiendo cupo, llegaren por transferencia de otras instituciones (cambio de domicilio) Ningún aspirante a ser matriculado como estudiante del colegio podrá ser autorizado para asistir regularmente a clases sin haber realizado el lleno total de los requisitos de matrícula académica. El Rector analizará los casos de aspirantes a estudiantes que tengan dificultades para hacer efectiva e inmediata la matrícula y podrá conceder plazos para efectuarla que no excederán a un mes calendario, a partir del momento de
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Manual de Convivencia CreArTic solicitud. Al firmar la matrícula tanto el padre o acudiente, como el estudiante aceptan cumplir todos y cada uno de los compromisos determinados en el Manual de Convivencia y a aceptar las disposiciones que en él se consagra. De igual manera se comprometen con el cumplimiento del Proyecto Educativo Institucional y las obligaciones que éste genere. EXPEDICIÓN DE PAZ Y SALVO, CERTIFICADOS Y/O CONSTANCIAS Para tal efecto el estudiante debe estar a paz y salvo con la Institución y con sus obligaciones académicas y compromisos adquiridos contemplados en el Manual de Convivencia (daños en la planta física, muebles y enseres). SUGERENCIA DE CONSTITUCIÓN DE PÓLIZA. Para salvar cualquier Responsabilidad Civil con los Estudiantes, se sugiere a los padres o acudientes la constitución de una PÓLIZA GLOBAL DE SEGURO INDIVIDUAL, que cubra eventos tales como catástrofes o desastres naturales, imprudencias, desplazamientos o paseos, accidentes en el laboratorio, aprovechamiento inadecuado de la planta física, desastres naturales, accidentes en educación física o prácticas deportivas, lesiones personales causadas entre Estudiantes o por terceros, manejo de equipos, maquinaria o herramientas en actividades pedagógicas, de ornato o similares. El padre de familia, acudiente y Estudiante@s en el momento de la matrícula o renovación de la misma ACEPTAN QUE EL COLEGIO NO ASUME NINGUNA RESPONSABILIDAD POR ESTOS HECHOS O SIMILARES. PASEOS, EXCURSIONES, SALIDAS. Estos no se deberán programar dentro del calendario académico institucional. La Institución y/o los docentes no asumen ninguna responsabilidad por los hechos o accidentes que ocurran en l o s mismos. Los riesgos son asumidos por l o s padres-acudientes que autoricen estos desplazamientos.
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Manual de Convivencia CreArTic CANCELACIÓN DE LA MATRICULA La cancelación de la matrícula termina con el contrato de cooperación mutua contraído con la vinculación a la institución y ésta se hará por: a. Voluntad de padres y Estudiantes. b. Exclusión determinada por procesos legales y con el debido proceso en instancias del Comité de Convivencia y/o el Manual de Convivencia. c. Cuando el Estudiante faltare sin justificación al 30% o más de las clases programadas o dejare de asistir por más de 15 días efectivos de clase y/o que incluyan actividades institucionales, en forma consecutiva, sin causa justificada oportunamente. d. Por orden Judicial.
UNIFORMES El uniforme identifica al estudiante como persona matriculada en la Institución. Es su deber portarlo adecuadamente en el tiempo normal de actividades académicas y lúdicas programadas dentro del horario normal de clases y durante todo el calendario académico. De igual manera en todos los actos de comunidad a que fueren citados los Estudiantes como tales y en los sitios donde se represente oficialmente al colegio. La presentación personal (aseo, e higiene corporal y en prendas de vestir) es básica para el porte de los uniformes y, por lo tanto, el no cumplimiento de este precepto constituye una falta disciplinaria calificada como leve en la primera comisión. El uso correcto del uniforme, con sus especificaciones y las prohibiciones atinentes al mismo
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son válidos para todos los grados y durante todo el año lectivo (de enero a diciembre). Los Estudiantes de último grado no estarán exentos de esta responsabilidad y al firmar la matrícula y/o renovación de la misma, tanto el acudiente como el Estudiante aceptan esta responsabilidad. MAQUILLAJE: La institución reconoce que tanto estudiantes como docentes tienen derecho al Libre Desarrollo de la Personalidad. Sin embargo, por disciplina y orden interno, se tienen unos parámetros de presentación personal que incluyen los sentidos de identidad y pertenencia que deben poseer los Estudiantes regulares y demás miembros de la comunidad escolar, como fundamento de los valores comportamentales. El padre-acudiente tiene la opción de escoger la institución que habrá de cooperar en la CreArTic
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Manual de Convivencia CreArTic formación integral de su acudido. Los principio de la Institución fijan los siguientes parámetros: El uso exagerado de labiales, acuarelas, pestañinas, maquillaje exagerado en uñas o similares, está prohibido en el personal femenino, y su autorización será discrecional por parte de las autoridades o instancias disciplinarias, directivos docentes y/o de coordinación que se encarguen de vigilar o controlar su utilización. UNIFORME FEMENINO Y MASCULINO:
DIARIO: Blusa beige tipo polo, con el escudo del colegio en el lado izquierdo del hombro, cuello y manga con ribete vinotinto. Falda y pantalón vino tinto. Zapatillas
UNIFORME EDUCACIÓN FÍSICA: Sudadera vino tinto, con vivos blanco en ambos lados, con una bota de 18 cm mínimo. Medias beige o blancas mínimo con un largo
sobre el tobillo. Tenis negro. Pantaloneta vinotinto CHAQUETA INSTITUCIONAL OPCIONAL: Chaqueta de cuello alto doble fas amarilla y beige , con escudo de la Institución al lado superior izquierdo y con bolsillos internos a los lados. NOTA: el material recomendado para la sudadera y la chaqueta es anti fluidos. El mal uso o mal porte de los uniformes está considerado dentro de los desacatos y contemplado en el régimen de sanciones del presente Manual de Convivencia”. CAMBIO DE UNIFORMES: No se podrán establecer cambios de uniformes en forma
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Manual de Convivencia CreArTic intempestiva. Solo el Consejo Directivo podrá autorizarlos, siempre y cuando éstos se hagan en forma gradual comenzando por el personal que ingresa a la Institución o que por deterioro de los mismos deban ser cambiados o adquiridos. Siempre consultándolo con la Comunidad Educativa. Para ello la solicitud será estudiada por el mencionado Consejo Directivo y luego notificada a la comunidad en general. NOTAS: Las cachuchas, sombreros, boinas o similares, no constituyen el uniforme no se autoriza su porte con el uniforme diario. En educación física su utilización estará a discreción del Docente de la asignatura. No es recomendable el porte de joyas valiosas en los Estudiantes y la Institución no se hace responsable de su posible pérdida. El porte de celulares y otros artefactos de
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comunicación de uso personal tablets, ipad, androids entre otros, está permitido en el período de clases y su utilización podrá reglamentarse por los órganos de dirección o instancias disciplinarias en los momentos que se evidencie el mal funcionamiento de dichos artefactos tecnológicos. Cuando ocurran pérdidas de artículos de valor portados por los estudiantes, la Institución investigará en primera instancia, si es posible para determinar los responsables de la pérdida de los objetos y sus propietarios deberán agotar los trámites ante las autoridades competentes (policiales o judiciales) para rescatar el bien. La Institución no responderá por estos artículos, ni de los demás que se extravíen entre los Estudiantes.
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DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES Los consagrados como Derechos fundamentales en la Constitución Nacional, los derechos humanos y en la Ley de la infancia y de la adolescencia (Ley 1098 de 2006). A ser aceptados como Estudiantes de la Institución previo el lleno de los requisitos establecidos por el Ministerio de Educación Nacional y el Manual de Convivencia. A elegir y ser elegidos dentro de los órganos del Gobierno Escolar, Organismos Colegiados y Personero Estudiantil o donde existan representantes de los estudiantes. Sólo podrán aspirar a elecciones o designación para tales estamentos los Estudiantes que demuestren cumplir con los requisitos establecidos para participar en los procesos de elección por el Consejo Directivo y consagrados en el MaCreArTic
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Manual de Convivencia CreArTic nual de Convivencia. A interponer los recursos de reposición y apelación de las
respetuosamente. Todo estudiante tiene derecho a exigir una educación y formación acorde con la capacidad de la Institución y con los ú l t i m o s adelantos de la cultura universal, de la ciencia y la tecnología. De igual forma a exigir una educación acorde con sus ritmos de aprendizaje y sus necesidades.
A sugerir o aplicar acciones que garanticen la conciliación de conflictos en que se hallasen comprometidos.
Todo estudiante tiene derecho a recibir un trato respetuoso, tanto de directivos como de Docentes y de personal administrativo o de servicios generales y de sus compañeros.
A no recibir ningún tipo de discriminación en su aula de clase o recinto. A hacer peticiones respetuosas a las autoridades educativas.
A pedir aclaración en los temas de clase, evaluaciones y sanciones, siempre y cuando el estudiante tenga interés y lo haga
sanciones.
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A participar en todas las actividades y programas del plantel. A recibir clase en las horas establecidas siempre y cuando la Institución no programe otra actividad. A utilizar los servicios de biblioteca, primeros auxilios, tienda escolar, instalaciones deportivas, salas de ayudas o de sistemas y demás que posea la institución, siguiendo sus horarios y reglamentos. A disponer del tiempo necesario para responder cualquier tipo de prueba o evaluación según su extensión, complejidad u objetivo. A tener acceso y participación racional en los medios de comunicación de la Institución (periódicos, r e v i s t a s,
Manual de Convivencia CreArTic órganos de información, emisora juvenil, etc.) siempre y cuando se acoja a los reglamentos o normas que los regulan y se respete lo establecido en el Manual de Convivencia. A que se le permita permanecer en las aulas en horas de clase, siempre y cuando el estudiante cumpla con las normas mínimas de comportamiento y realice actividades propias de su responsabilidad como Estudiante. A que se le realicen las evaluaciones dejadas de presentar cuando se haya aceptado la Excusa correspondiente. Para ello dispondrá de tres (3) días hábiles después de su reintegro normal a clases. Se tendrá en cuenta la ausencia sólo por incapacidad médica o calamidad doméstica comprobada; de lo contrario quedará bajo la responsabilidad del padre o acudiente. A presentar excusa por ausencias o faltas temporales a la Institución. A que se le respete la vida, honra y bienes. A ser respetado por razones de diferencias en cuanto a raza, sexo, religión, procedencia o estrato social. A que se le expidan a su debido tiempo constancias, certificados y demás documentación siempre y cuando se encuentre a paz y salvo con la Institución por todo concepto y se acoja a los términos señalados por la ley y demás disposiciones legales. A formar parte de los proyectos de las horas lúdicas. Participar en la revisión y ajuste del manual de convivencia a través de las instancias de participación definidas en el proyecto educativo institucional de la Institución Educativa. Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos, la participación y la democracia, y el fomento de estilos de vida saludable. Conocer la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso de violencia escolar, la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo con las instrucciones impartidas en el manual de convivencia de la Institución Educativa. Los demás que les señale la Constitución, las leyes y los reglamentos.
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RESPONSABILIDADES DE LOS ESTUDIANTES El Estudiante o educando como centro del proceso educativo debe participar activamente en su propia formación integral (Ley 115/94 Art. 91). Para el cumplimiento de este deber se obliga a: 1. Conocer y acatar el contenido del Manual de Convivencia en el trato diario con los demás miembros de la comunidad. 2. Asistir puntualmente a las clases y demás actividades programadas por la Institución. 3. Asistir a clase con los materiales y elementos indispensables para realizar el trabajo escolar. 4. Tratar con respeto y cordialidad a todos los miembros de la comunidad escolar. 5. Utilizar adecuadamente los muebles, enseres e instalaciones en consideración a que son bienes de uso común. 6. Evitar la participación en actos que atenten contra el bienestar y la seguridad de la comunidad escolar y local. 7. Evitar el porte de cigarrillos, fósforos, licores, armas, drogas o cualquier otro elemento que ponga en riesgo la salud física o mental, propia o de cualquier otro miembro de la comunidad escolar. 8. Procurar mantener relaciones cordiales con todas las personas, por ello debe evitarse las bromas de mal gusto, los apodos y las burlas. 9. Participar activamente en la clase, en la ejecución de tareas, dinámicas de grupo, preparación y sustentación de trabajos. 10. Portar el carné estudiantil para efectos de identificación como miembro de la institución escolar. 11. Participar como ciudadano responsable en los actos democráticos, cívicos y culturales dentro y fuera de la Institución.
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Manual de Convivencia CreArTic 12. Respetar los derechos de todos los miembros de la comunidad escolar. 13. Representar dignamente a la Institución escolar en eventos culturales o deportivos cuando sea designado para ello. 14. Responder por los compromisos académicos adquiridos en todas y cada una de las asignaturas. 15. Asistir y presentarse adecuadamente a todos los actos de comunidad planeados en los horarios y fechas estipuladas. 16.Ingresar puntualmente a los salones de clase y demás sitios asignados para las labores escolares. 17. Solicitar, ante quien corresponda los permisos estrictamente necesarios y plenamente justificados para ausentarse, llegar tarde o no asistir al plantel. 18. Seguir la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso de violencia escolar, la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo con las instrucciones impartidas en el manual de convivencia del Institución Educativa. 19. Defender, preservar, recuperar y utilizar adecuadamente los recursos naturales. 20. Aceptar de buen agrado y con sentido de colaboración, las disposiciones de los compañeros que desempeñen funciones de disciplina o cualquier otra actividad propia del Gobierno Escolar. Ingresar puntualmente a los salones de clase y demás sitios asignados para las labores escolares. ESTÍMULOS Con el fin de estimular y relevar el esfuerzo y consagración de los Estudiantes, la Institución establece los siguientes estímulos: a. Los mejores Estudiantes en comportamiento social y rendimiento académico de cada curso, tendrán derecho a recibir una conmemoración. También aquellos Estudiantes que hayan logrado una notable recuperación, tanto en su comportamiento social como en el rendimiento académico. b. Mención de honor al mejor estudiante
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Manual de Convivencia CreArTic de cada grado en rendimiento académico y comportamiento social observados durante el año (Resolución No 14197 de 1981 del M.E.N). c. El grupo que durante el año se destaque por su comportamiento social, aseo y presentación del aula, colaboración en campañas institucionales y rendimiento académico se hará merecedor a una jornada recreativa o de integración que coordinará el director(a) de grupo, previo aval y señalamiento de fecha definidos por la Rectoría. d. Un premio especial que será sorteado entre los mejores deportistas de cada grado. e. Mención de honor al MEJOR BACHILLER. f. Premio al mejor deportista del año. g. reconocimiento al mejor proyecto innovador en tics h. reconocimiento con mención de honor al estudiante que se destaque por su dominio tecnológico. PARÁGRAFO: Para escoger o seleccionar a los Estudiantes por cada grado como los de mejor desempeño académico, o al MEJOR BACHILLER de cada promoción, se diseñará un sistema que reúna en el galardonado los siguientes aspectos: 1. Desempeño superior en rendimiento académico. 2. Desempeño superior en comportamiento social. 3. Colaboración con la Institución y las actividades de grupo. 4. Responsabilidad frente al trabajo social y proyecto pedagógico. 5. Compañerismo y trabajo de equipo. El Rector, conjuntamente con el Consejo Académico, definirá los criterios y formas de realizar la designación, en los cuales participarán los directores de grupo y docentes que orienten las asignaturas en los grupos donde se realiza la selección. En caso de grupos paralelos, para la elección de MEJOR BACHILLER, se escogerá, por el mismo sistema, un solo Estudiante que merezca la distinción.
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Manual de Convivencia CreArTic LA CONVIVENCIA ESCOLAR PARA ESTUDIANTES FALTAS, RUTAS DE ATENCIÓN, CORRECTIVOS Y PROCEDIMIENTOS DISCIPLINARIOS: SITUACIONES DE MANEJO EN EL AULA O CON DOCENTE DE DISCIPLINA: Son aquellas que se cometen sin intención de causar daño pero afectan el normal desarrollo educativo, académico o disciplinario de la Institución. Se consideran las siguientes: 1. Permanecer sin autorización en la planta alta, en las aulas máximas, en las aulas, oficinas administrativas, en la sala de Docentes o en otros espacios determinados previamente por la coordinación. 2. Ocuparse en actividades diferentes a la clase correspondiente. 3. Interrumpir clase mediante el paso de boletas, misivas, el uso de aparatos electrónicos que impidan el correcto desarrollo de la clase y el pase o consumo de alimentos o dulces 4. Deficiente presentación de los uniformes dentro de la Institución. 5. Uso de apodos o remoquetes con cualquiera de las personas de la Institución. 6. Desobediencia a las órdenes o sugerencias de Docentes y administrativos. 7. Irrespeto a los empleados de la Institución. 8. Práctica de juegos de azar en la Institución. 9. Portar revistas pornográficas. 10. No cumplir con las comisiones de aseo. 11. La indisciplina comprobada en el aula en presencia o ausencia del docente, en izadas de banderas, actos culturales, deportivos, desfiles, formaciones o en cualquier lugar de la Institución Educativa. 12. La charla, desinterés y falta de atención durante las clases, biblioteca, en la sala de audiovisuales y/o actos en comunidad. 13. No traer los materiales necesarios para el desarrollo de las clases. 14. Las manifestaciones amorosas que estén por fuera de los parámetros socialmente aceptados en la Institución Educativa. 15. La inasistencia, injustificada para llegar a la Institución o al aula de clase o el
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Manual de Convivencia CreArTic retiro de esta sin justificación. La reincidencia en llegar tarde a la Institución sin justificación, causará la pérdida del resto de la jornada, por parte del estudiante. La llegada tarde a clases sin justificación originará la pérdida de la misma y el Coordinador asignará la tarea a realizar por el estudiante infractor. 16. La no asistencia a los actos en comunida o el retiro antes de concluir. 17. No colaborar con las actividades de la Institución y/o del grupo. 18. Hacer mala utilización de las actividades escolares. 19. Uso de tintes, peinados o cortes de cabello disonantes con la presentación personal. 20. Uso exagerado de maquillaje 21. Permanecer en la cafetería de la Institución o realizar compras en horas de clase. 22. No levantar los pupitres al trasladarlos de un lugar a otro en el aula de clase o a cualquier lugar del Colegio. 23. Proferir silbidos y gritos en clase o dentro de la Institución. 24. Asumir actitudes desinteresadas, burlonas, desatentas, despectivas y/o inoportunas en forma verbal o mediante gestos, ante conferencias, charlas formativas y recomendaciones realizadas por administrativos, Docentes o personas autorizadas por la Institución y comunidad educativa en general. 25. Incumplir o mentir en los fines para los cuales adquiere permisos de parte de las Instancias respectivas, para ausentarse de clase, actividades académicas, lúdicas, culturales y/o actos de comunidad. 26. No colaborar en campañas o actividades adelantadas por la Institución o solicitadas por entidades cívicas o similares. 27. No entregar los comunicados o circulares expedidos a los padres de familia. 28. Falta de interés para acatar las observaciones. 29. No contribuir con el cuidado, limpieza y orden de las diferentes áreas de la institución (baños, pisos, paredes, jardines, ventanales, unidades sanitarias, entre otros). 30. Faltar con el uniforme reglamentario, al horario establecido. 31. Desvirtuar el uniforme con el uso de accesorios y modas que no corresponden al mismo. 32. Mala presentación e higiene personal. 33. Jugar en lugares y en horas inadecuadas con balones, u otros elementos que no solamente causen desorden, sino que produzcan daño en las paredes, vidrios, jardines y otros. 34. Sacar sin autorización los muebles y enseres del aula
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Manual de Convivencia CreArTic de clase y de la institución educativa en general. 35. Salir del aula de clase en forma desordenada y/o atropellando a los demás. 36. Deteriorar, extraviar o provocar pérdida, ejercer daño o situaciones similares al MANUAL DE CONVIVENCIA propio o ajeno, el cual está considerado como libro reglamentario, así como falsear la información consignada en el mismo. 37. El bajo rendimiento académico y/o el incumplimiento de las actividades escolares. 38. Dañar o sustraer la hoja de asistencia, con el fin de ocultar evidencias para efectos disciplinarios o de control interno, como inasistencia o anotaciones de control. 39. Encubrir faltas de sus compañeros. Mentir o negarse a colaborar en procesos disciplinarios. 40. Presentar excusas falsas o mentirosas para justificar ausencias a actividades propias de la Institución. 41. Apropiarse de trabajos ajenos para obtener provecho personal o para obtener logros académicos personales. 42. Inducir o influenciar a compañeros a incurrir en situaciones que señale este manual de convivencia en términos disciplinarios. El responsable de dicha inducción merecerá el mismo tratamiento que se aplique a quien bajo su influencia cometa dicha situación. En la misma falta incurrirá quien promueva actos que ocasionen anormalidad académica grupal o colectiva. 43. Sabotear las clases, actividades pedagógicas, actos comunitarios o procesos electorales. 44. Tomar la vocería o representación del grupo u organismos corporativos sin autorización del mismo. 45. No entregar citaciones, notificaciones o similares a padres o acudientes o adulterarlas. 46. Utilizar aparatos electrónicos o teléfonos celulares para realizar o recibir llamadas en actos académicos, sabotear las clases, tomar fotografías o jugar durante las clases. La Institución se reserva el derecho a restringir o prohibir el uso de celulares por parte de los Estudiantes, conforme los fallos de la Corte Constitucional o Directivas Ministeriales. Esto para garantizar el orden interno y el respeto a la intimidad de las personas.
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Manual de Convivencia CreArTic RUTA DE ATENCION El docente de aula o docente de disciplina, escuchara las partes en conflicto e intentara realizar conciliaciones cuando hubiese lugar, respetando el debido proceso. El docente de aula o de disciplina, realizara llamado de atención de forma verbal En caso de reincidencia de las situaciones mencionadas, el docente de aula o disciplina hará anotación en la hoja de vida y establecerá compromisos con el estudiante de forma escrita. Debiendo ser firmada por ambas partes. De continuar con la reincidencia el docente de aula o disciplina informara al director de grupo, quien informara al padre de familia y hará el reporte por escrito a la coordinación. La coordinación realizara indagaciones preliminares y análisis situacional, evaluando la pertinencia del seguimiento con estudiantes, docentes y acudientes, sanciones pedagógicas y/o remisión al comité de convivencia. Los correctivos pedagógicos que se establezcan en la Institución Educativa, deben ser reparadores, en la medida de lo posible. Reparadores significa que intenten, cuando se pueda, reparar el daño o molestia causada a los demás, y que no dañen física o psicológicamente al estudiante que ha realizado la conducta o comportamiento inadecuado. Sí este principio de acciones reparadora es válido en un contexto social amplio, como es la sociedad, es mucho más válido en un contexto social específico de esa sociedad: la Institución Educativa, cuyo objetivo prioritario es la socialización, no la exclusión, es la adaptación y formación humana y técnica: Educación. Estas sanciones pedagógicas deben estar tendientes a la apropiación de los derechos humanos por parte de los educandos, y no pueden bajo ninguna razón ir en contra de estos derechos, los derechos del niño, constitución política, ley de infancia y adolescencia y demás leyes vigentes en Colombia. SITUACIONES TIPO I Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en
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Manual de Convivencia CreArTic ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud. Se consideran las siguientes: 1. Dañar intencionalmente o en forma culposa los implementos de la Institución, o miembros de la comunidad educativa. En este caso deberá resarcirse el daño causado o reponer él o los elementos deteriorados, según el caso. Sin el lleno de este requisito no se admitirá la presencia del Estudiante en el plantel, ni se le entregará Paz y Salvo. 2. Abandonar imprudente, impulsiva y altaneramente las reuniones a las que haya sido citado por las diferentes instancias de la institución educativa. 3. Asistir en estado de embriaguez o bajo el efecto de sustancias psicoactivas a la Institución. 4. Irrespetar o ridiculizar a personas que asisten a la Institución o pasan por sus alrededores. 5. Escaparse del plantel en horas de clase, actividades lúdicas y actos de comunidad o ausentarse sin justificación de las mismas. O Ingresar por los muros del plantel. 6. Hacer fraude durante las evaluaciones y actividades grupales. 7. Utilizar muros, carteleras, hojas volantes, panfletos, puestos de trabajo y similares con frases agresivas o que demuestren injuria, obscenidad y violencia en contra de los miembros de la comunidad en general. Proferir por cualquier medio calumnias o injurias que afecten la honra o dignidad de las personas de la comunidad educativa. 8. Lanzar objetos de manera intencional que perjudiquen a cualquier miembro de la comunidad educativa. 9. Hacer uso de materiales explosivos, detonantes o incendiarios o utilizar sustancias químicas sólidas, líquidas, volátiles, etc., que contaminen el medio ambiente y/o causen desorden en actos de aula o comunitarios. Los daños que se ocasionen a la planta física o a terceros por estos actos serán resarcidos en su totalidad, requisito sin el cual el infractor o los infractores no serán admitidos en las actividades institucionales académicas o pedagógicas. 10. Sabotear, tratar mal o proferir injurias o burlas contra personas que transitan o habitan cerca de la Institución. 11. Generar o participar en actos que provoquen indisciplina grupal o
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Manual de Convivencia CreArTic general dentro del establecimiento. Promover, incitar o protagonizar riñas, asonadas, saboteos o similares en actos, ingresos o salidas de la comunidad o dentro de la institución. 12. Hacer sugerencias obscenas, morbosas o de inducción al desarrollo o cambio de conductas sexuales de compañeros o menores dentro de la institución. 13. Realizar fraudes, promoverlos o patrocinarlos en su favor o en el de candidatos, en los procesos de elección en que se viere comprometido (Personero de los Estudiantes, representación a los Consejos Estudiantil y Directivo) o ejercer cualquier tipo de presión para ganar adeptos o votos en los mismos eventos. RUTA DE ATENCIÓN El docente de aula, el docente de disciplina, director de grupo o miembro de la comunidad educativa afectado informara por escrito a la coordinación o rectoría sobre los hechos acontecidos, de forma inmediata El coordinador y rector evaluaran la situación e informaran al padre de familia y/o acudiente. El rector, quien es a su vez el presidente del comité de convivencia, lo convocara de forma inmediata. Reunir inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto y mediar de manera pedagógica para que éstas expongan sus puntos de vista y busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo. Fijar la forma de solución de manera imparcial, equitativa y justa, encaminada a buscar la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el grupo involucrado o en el establecimiento educativo. De esta actuación se dejará constancia. Realizar seguimiento del caso y de los compromisos a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir a los protocolos consagrados en los artículos 43 y 44 del Decreto 1965 de 2013.
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Manual de Convivencia CreArTic Las sanciones disciplinarias pedagógicas que se establezcan en la Institución Educativa, deben ser sanciones, en la medida de lo posible, reparadoras. Reparadoras significa que intenten, cuando se pueda, reparar el daño o molestia causada a los demás, y que no dañen al estudiante que ha realizado la conducta o comportamiento incorrecto, que no le dañen ni física ni psíquicamente. Sí este principio de sanción reparadora es válido en un contexto social amplio, como es la sociedad, es mucho más válido en un contexto social específico de esa sociedad: la Institución Educativa, cuyo objetivo prioritario es la socialización, no la exclusión, es la adaptación y formación humana y técnica: Educación. Educación en ese sentido amplio significa que además de sancionar al estudiante, la escuela debe enseñarle a comportarse compartir esa responsabilidad con la familia, especialmente en una sociedad en la que los niños, niñas y adolescentes pasan muchas horas en la institución educativa, la sociedad hace que la familia delegue funciones, obliga a escolarizar, a delegar funciones y debe ofrecer una educación completa. Estas sanciones pedagógicas deben estar tendientes a la apropiación de los derechos humanos por parte de los educandos, y no pueden bajo ninguna razón ir en contra de estos derechos, los derechos del niño, constitución política, ley de infancia y adolescencia y demás leyes vigentes en Colombia. SITUACIONES TIPO II Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar y ciberacoso, que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características: Que se presenten de manera repetida o sistemática. Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados. Se consideran las siguientes: 1. Utilizar algún tipo de sustancia, objeto y/o elemento que causen incomodidad o daño físico a la persona, a implementos o vestuarios de sus compañeros. 2. Reaccionar violenta o agresivamente ante informes académicos como
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Manual de Convivencia CreArTic notificación de evaluaciones y asignación de tareas y/o llamadas de atención. 3. Ofender o agredir verbal y/o físicamente a cualquier persona de la comunidad educativa o personal que se encuentre dentro de la institución. 4. Amenazar o atemorizar a cualquier miembro de la comunidad educativa. 5. Provocar actos que generen pánico general o colectivo. 6. Sabotear o tratar en forma vulgar, ofensiva, altanera o de burlesco a directivos, personal administrativo, docentes, de servicios o personas dentro de la Institución. 7. Incurrir en actos que violen o atropellen la integridad moral o la intimidad de las personas, especialmente multiplicando o haciendo públicos videos, fotografías o montajes fotográficos y registros electrónicos afines con estas situaciones. Opera para el uso abusivo de aparatos como teléfonos celulares, cámaras de video y fotográficas. RUTA DE ATENCION El docente de aula, el docente de disciplina, director de grupo o miembro de la comunidad educativa afectado informara por escrito a la coordinación o rectoría sobre los hechos acontecidos, de forma inmediata El coordinador y rector evaluaran la situación e informaran al padre de familia y/o acudiente. En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes por parte del rector, coordinador o docente, actuación de la cual se dejará constancia. Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, remitir la situación a las autoridades administrativas por parte del representante legal de la institución educativa, en el marco de la Ley 1098 de 2006, actuación de la cual se dejará constancia. Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles acciones en su contra, actuación de la cual se dejará constancia. Informar de manera inmediata a los padres. madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados por parte del coordinador o docente encargado, actuación de la cual se dejará constancia.
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Manual de Convivencia CreArTic Generar espacios en los que las partes involucradas y los padres. madres o acudientes de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido. Preservando, en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos. Determinar las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo; así como las consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los demás integrantes de este comité, sobre la situación ocurrida y las medidas adoptadas. El comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir al protocolo consagrado en el artículo 44 de la ley 1620 y el Decreto 1965 de 2013 (protocolo situación III). El comité escolar de convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e intervinientes. El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar. Las sanciones disciplinarias pedagógicas que se impongan en la escuela, deben ser sanciones, en la medida de lo posible, reparadoras. Reparadoras significa que intenten, cuando se pueda, reparar el daño o molestia causada a los demás, y que no dañen al estudiante que ha realizado la conducta o comportamiento incorrecto, que no le dañen ni física ni psíquicamente. Sí este principio de sanción reparadora es válido en un contexto social amplio, como es la sociedad, es mucho más válido en un contexto social específico de esa sociedad: la Escuela, cuyo objetivo prioritario es la socialización, no la exclusión, es la adaptación y formación humana y técnica: Educación. Educación en ese sentido amplio significa que además de sancionar al estudiante, la escuela debe enseñarle a comportarse compartir esa responsabilidad con la familia, especialmente en una sociedad en la que los niños pasan muchas horas en la escuela, la sociedad hace que la familia delegue funciones, obliga a escolarizar, a delegar funciones y debe ofrecer una educación completa. Estas sanciones pedagógicas deben estar tendientes a la apropiación de los derechos humanos por parte de los educandos, y no pueden bajo ninguna razón ir en contra de estos derechos, los derechos del niño, constitución política, ley de infancia y adolescencia y demás leyes vigentes en Colombia.
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Manual de Convivencia CreArTic SITUACIONES TIPO III Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente. 1. Hurtar objetos a cualquier miembro de la comunidad educativa y/o a la Institución. 2. Fumar dentro de la Institución, utilizar sustancias estimulantes, alucinantes o embriagantes. 3. Adulterar documentos oficiales de la Institución. 4. Portar armas y/o substancias psicoactivass, estupefacientes, bebidas embriagantes etc., dentro
de la Institución. 5. Sobornar a funcionarios de la Institución. 6. Ocasionar actos de terrorismo o que atenten superlativamente contra la colectividad educativa o la planta física de la Institución. 7. Agredir con armas a personas de la comunidad educativa o atentar contra su vida, honra y bienes. Cometer robo o hurto de bienes o enseres de la institución o dañar cerraduras u objetos de seguridad con el fin de hacerlo. 8. Traficar con sustancias sicoactivas dentro de la Institución. 9. Proferir amenazas contra la vida o integridad física de profesores, personal administrativo o de servicios o parientes de sus compañeros. 10. Acosar sexualmente a cualquier miembro de la comunidad educativa.
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Manual de Convivencia CreArTic RUTA DE ATENCION El docente de aula, el docente de disciplina, director de grupo o miembro de la comunidad educativa afectado informará por escrito a la coordinación o rectoría sobre los hechos acontecidos, de forma inmediata El coordinador y rector evaluaran la situación e informaran al padre de familia y/o acudiente. En casos de daño al cuerpo o a la salud. garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes por parte del rector, coordinador o docente, actuación de la cual se dejará constancia. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia. El presidente del Comité Escolar de Convivencia de manera inmediata y por el medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional, actuación de la cual se dejará constancia. No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los integrantes del comité escolar de convivencia en los términos fijados en el manual de convivencia. De la citación se dejará constancia. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los participantes en el comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado ante la autoridad competente. Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las autoridades competentes, el comité escolar de convivencia adoptará, de manera inmediata, las medidas propias del establecimiento educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada, actuación de la cual se dejará constancia. El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de
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Manual de Convivencia CreArTic Información Unificado de Convivencia Escolar. Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del comité escolar de convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del comité municipal, distrital o departamental de convivencia escolar que ejerza jurisdicción sobre el establecimiento educativo. Las sanciones disciplinarias pedagógicas que se impongan en la escuela, deben ser sanciones, en la medida de lo posible, reparadoras. Reparadoras significa que intenten, cuando se pueda, reparar el daño o molestia causada a los demás, y que no dañen al estudiante que ha realizado la conducta o comportamiento incorrecto, que no le dañen ni física ni psíquicamente. Sí este principio de sanción reparadora es válido en un contexto social amplio, como es la sociedad, es mucho más válido en un contexto social específico de esa sociedad: la Escuela, cuyo objetivo prioritario es la socialización, no la exclusión, es la adaptación y formación humana y técnica: Educación. Educación en ese sentido amplio significa que además de sancionar al estudiante, la escuela debe enseñarle a comportarse compartir esa responsabilidad con la familia, especialmente en una sociedad en la que los niños pasan muchas horas en la escuela, la sociedad hace que la familia delegue funciones, obliga a escolarizar, a delegar funciones y debe ofrecer una educación completa. Estas sanciones pedagógicas deben estar tendientes a la apropiación de los derechos humanos por parte de los educandos, y no pueden bajo ninguna razón ir en contra de estos derechos, los derechos del niño, constitución política, ley de infancia y adolescencia y demás leyes vigentes en Colombia. LA CONCILIACIÓN Y LOS RECURSOS ANTE SANCIONES. La conciliación constituye un mecanismo valioso para garantizar la sana convivencia de los miembros de la comunidad educativa. Las instancias disciplinarias y los procesos del mismo tipo estarán encaminados a conciliar las partes comprometidas en acciones o faltas que deterioren o contribuyan al desmejoramiento de las relaciones interpersonales o intergrupales. No se trata de sancionar exclusivamente para crear escarmiento o sentar precedentes autoritarios. Se trata de corregir actitudes, fomentar aspectos axiológicos o de valores como: la tolerancia, la solidaridad, el respeto mutuo, el reconocimiento de las diferencias individuales, el respeto por la ideología, el pensamiento, la integridad física y moral del ser humano y de su familia, la conservación del orden y la armonía social, etc.. Las sanciones o correctivos contemplados en el presente
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Manual de Convivencia CreArTic Manual tendrán como recursos la Reposición y la Apelación. a. LA REPOSICIÓN: Se interpone ante el estamento o la persona que tomó la decisión y consiste en solicitar por escrito que se aclare o se modifique la sanción. El plazo para interponer el recurso es de 24 horas. Los términos para interponer este recurso corren a partir del momento de la notificación verbal o escrita de la sanción y deberá resolverse por la instancia disciplinaria correspondiente antes de su aplicación. Si el recurso de Reposición conduce a cambios en la determinación deberá notificarse a quien lo interponga, lo mismo que si la decisión fuere de ratificación. b. LA APELACIÓN: Se hace ante el inmediato superior del establecimiento y/o la persona que tomó la decisión y consiste en solicitar por escrito que se modifique, se rebaje o anule la sanción; esto después de la Reposición. Los términos para interponer y resolver el recurso de Apelación correrán a partir del momento de la notificación verbal o escrita de la decisión que cause la interposición del recurso de reposición. El término será de dos (2) días hábiles, en el primero de los cuales se interpondrá el recurso y en el segundo se resolverá y notificará.
EL PERSONERO ESTUDIANTIL Y LAS INSTANCIAS DE APOYO DISCIPLINARIO. El personero de los estudiantes es el encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la Constitución Nacional, las leyes, los Reglamentos y el Manual de Convivencia. Sus funciones y condiciones de elección están determinadas por el Art. 28 del decreto 1860 del 94. A las elecciones para personero convocará el Consejo Directivo en fecha que determinará la Rectoría y podrán participar estudiantes matriculados representando a los grados undécimos.
PARÁGRAFO: Cuando se presenten recursos de Reposición y/o Apelación, la sanción se suspenderá hasta agotar los términos, al cabo de los cuales se cumplirá lo dispuesto.
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Manual de Convivencia CreArTic La reglamentación del proceso electoral del Personero de los Estudiantes la hace el Consejo Directivo en cumplimiento de la función contemplada en la literal ñ del artículo 23 del Decreto 1860 de 1994. GOBIERNO ESCOLAR REGLAMENTACION PROCESO DE ELECCIONES PERSONERO ESTUDIANTIL. La elección de Personero Estudiantil está reglamentada en este Manual y se hará en un solo día y en el tiempo prudencial que fije para ello la Rectoría. De igual manera será un proceso que garantice una amplia y libre participación de los estudiantes. El Personero se elegirá directamente por los Estudiantes legalmente matriculados y logrará tal distinción el Estudiante que sume a su favor por lo menos la mitad más uno de los votos depositados en las urnas. CALENDARIO 1.1. Motivación gobierno escolar: Docentes Área de Sociales. 1.2. Motivación a los candidatos personería estudiantil. 1.3. Inscripción de candidatos. 1.4. Sorteo y ubicación de personeros en el tarjetón. 1.5. Campaña Electoral. 1.6. Presentación a la comunidad de las propuestas de los candidatos. 1.7. Elecciones personería estudiantil. 1.8. Escrutinio de las Elecciones en el salón escogido con los docentes del área de sociales y con los testigos electorales. 1.9. Resultados Oficiales. 1.10. Posesión de Personero Estudiantil incluido los consejos de grupo. REQUISITOS PARA SER CANDIDATO 2.1. Ser Estudiante matriculado en la institución. 2.2. Pertenecer al grado 11. 2.3. Debe ser estudiante de buen rendimiento académico, excelente convivencia escolar. Estas
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Manual de Convivencia CreArTic condiciones las determinará el área de ciencias sociales. 2.4. Registrar su nombre llenando un formato como candidato. 2.5. Presentar una fotografía tamaño cédula en el momento de la inscripción. 2.6. Respaldar su inscripción con un testigo. 2.7. Presentar su programa de trabajo al momento de su inscripción por escrito. 2.8. La inscripción debe hacerse ante el Rector. REQUISITOS PARA VOTAR 3.1. Presentarse a la mesa de votación. 3.2. Presentar el documento de identidad y/o carnet de estudiante 3.3. Ser estudiante matriculado. TARJETON Aparecerá la foto de los candidatos con nombre y apellidos completos, y un espacio para el voto en blanco. CONSEJO ELECTORAL Es el encargado de la convocatoria y realización de las elecciones para personero. Estará integrado por los docentes del Área de Ciencias Sociales y el consejero estudiantes del respectivo año escolar. COMITÉ DE GARANTÍAS ELECTORALES Es el encargado de resolver cualquier queja o reclamo de los candidatos a la personería estudiantil. Estará integrado por un representante de los candidatos, un representante del Consejo Electoral. Empezará a funcionar a partir de la fecha de inscripción. MESAS DE VOTACIÓN En cada mesa de votación habrá dos jurados de votación: un docente y un estudiante elegidos por el Consejo Electoral. Igualmente, tendrán el listado de votantes y el acta de escrutinio. Todas las mesas deben cumplir el horario establecido. AUXILIARES DE DISCIPLINA
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Estudiantes de grado once prestarán el Servicio de AUXILIARES DE DISCIPLINA por turnos que serán fijados por la Coordinación disciplinaria. Su función básica será la de ayudar a controlar la disciplina en los descansos, actos de la comunidad tanto internos como externos. Comunicarán oportunamente las anomalías a los Docentes que presten el servicio de Auxiliares de Disciplina, al Coordinador o al Rector. La falta de seriedad, la apatía, el desinterés o el abuso de las funciones por parte de los auxiliares de disciplina de grado once, así como el incumplimiento de sus funciones serán consideradas como falta grave, con el correspondiente efecto para aplicar las medidas disciplinarias consignadas en el manual de Convivencia.
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Manual de Convivencia CreArTic SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES. -SIEETÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1°. – OBJETIVO: El presente reglamento, tiene como objetivo establecer normas y procedimientos de evaluación y promoción escolar en la Institución Educativa Creartic, para lo cual, se estructura el SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES -SIEE-, de conformidad con las normas establecidas por el Ministerio de Educación Nacional y el Proyecto Educativo Institucional. El sistema institucional de evaluación tiene por objetivo garantizar el Derecho a la Educación mediante la creación de un debido proceso para el cumplimiento de los deberes tanto de padres de familia como de estudiantes en busca de una formación integral de sus educandos teniendo como únicos fines los decretados en la Ley General de Educación, los objetivos del proyecto educativo institucional, el cumplimiento de las normas vigentes y el mejoramiento de la calidad de la educación que se imparte. ARTÍCULO 2°. – DEFINICIÓN: (Artículo 4°) EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES –SIEE- es el conjunto de mecanismos y procedimientos esenciales y particulares que garantizan un proceso de enseñanza aprendizaje coherente con el modelo pedagógico adoptado por la Institución Educativa en su Proyecto Educativo Institucional conforme a las disposiciones legales vigentes. ARTÍCULO 3°. – ÁMBITO DE APLICACIÓN: Las normas reglamentarias contenidas en la presente resolución que aprueba el SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES –SIEE-, se aplicará a todos los estudiantes legalmente matriculados en la Institución Educativa Creartic, en todas sus sedes y jornadas, en la educación básica y media de la educación formal, salvo las excepciones contempladas. Su interpretación debe favorecer el ejercicio del derecho a la educación y en consecuencia propender por una educación de calidad, permanencia y continuidad de sus estudiantes garantizándoles un desarrollo integral conforme a la misión, visión, los objetivos, la tradición histórica de la institución y su proyecto educativo institucional. Parágrafo. – Para los cursos de educación formal que se desarrollan en la Institución con otras metodologías, se establecerá en el presente reglamento, las excepciones en su evaluación y promoción, para no afectar el currículo y el plan de estudios que desarrollan.
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Manual de Convivencia CreArTic TÍTULO II DEL CONTENIDO DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES CAPÍTULO I DE LA EVALUACIÓN ARTÍCULO 4°. – LA EVALUACIÓN EDUCATIVA: La Evaluación Educativa es una actividad sistemática y continua, integral e integrada al proceso educativo que se hará con referencia a cuatro (4) periodos de igual duración en los que se dividirá el año escolar conforme al calendario que para tal efecto dicte la Secretaría de Educación Departamental y que tiene por objeto fundamental, valorar el nivel de desempeño de los estudiantes, proporcionar la máxima información para mejorar el proceso pedagógico y académico, reajustando sus objetivos, revisando críticamente planes y programas, métodos y recursos, reformulando el plan de mejoramiento y facilitando la máxima ayuda y orientación a los estudiantes a la vez que permite tomar decisiones sobre promoción y estímulos al interior de la institución. ARTÍCULO 5°. – LA EVALUACIÓN Y EL DERECHO A LA EDUCACIÓN: Cuando la finalidad de la Educación como derecho, es ayudar a equilibrar la desigualdad, la evaluación es un medio para saber cómo ayudar a quienes más lo necesitan; en consecuencia, el proceso evaluativo como garante del derecho a la educación, debe considerar en su práctica, condiciones de igualdad de oportunidades conforme al ritmo de aprendizaje de cada estudiante, entendiendo que, la igualdad de condiciones no consiste en la identidad absoluta, pues, esa igualdad en ocasiones, tendrá que basarse sobre unas diferencias reales para dar tratamiento equitativo que permita, en todo caso, a cada estudiante, su desarrollo cognitivo, personal y social conforme al ritmo de aprendizaje propio. ARTÍCULO 6°. – PROPÓSITOS DE LA EVALUACIÓN: (Artículo 3° del decreto 1290 de 2009) Los resultados de toda evaluación, deben permitir tanto al docente como a la institución, obtener y proporcionar información útil para juzgar alternativas de decisión de manera oportuna y eficaz que posibiliten diseñar e implementar estrategias para apoyar a los educandos que tengan dificultades en sus estudios y estimular a los que sobresalgan e n su desarrollo así como la elaboración, estructuración y puesta en marcha de planes de mejoramiento institucional. En consecuencia, la evaluación de los estudiantes en la
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Manual de Convivencia CreArTic institución, tendrá los siguientes propósitos: 1. Identificar las características, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje del estudiante para valorar sus avances. 2. Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante. 3. Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores en su proceso formativo. 4. Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento institucional. 5. Determinar la promoción de los estudiantes. 6. El proceso evaluativo será garante del derecho a la educación y por consiguiente, debe considerar condiciones de igualdad de oportunidades permitiendo desarrollar en el estudiante sus aptitudes, el juicio personal y unas competencias básicas en lo académico o cognitivo, lo personal y lo social. 7. La evaluación será un medio para ayudar a equilibrar la desigualdad convirtiéndose en un instrumento para saber ayudar a quienes más lo necesitan garantizando con ello el ejercicio del derecho a la educación y respetando el ritmo de aprendizaje de cada estudiante. CAPÍTULO II CRITERIOS, INSTRUMENTO Y PROCEDIMIENTOS DE LA EVALUACIÓN EDUCATIVA ARTÍCULO 7°. – LA EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO Y LOS CRITERIOS: (Numeral 1, artículo 4° del decreto 1290 de 2009) La evaluación de los desempeños cognitivos o académicos, personales y sociales se entenderán como una evaluación referida a criterios que permita valorar el avance de los estudiantes. Esto significa que se compara el desempeño de cada estudiante con los objetivos propuestos, y no con sus compañeros. En consecuencia, todos los criterios de evaluación en la institución deberán incluir los siguientes elementos: 1. Rendimiento del estudiante en función a sus posibilidades tanto académicas o cognitivas como personales y sociales. 2. Progreso, entendido como la relación entre el rendimiento actual y el rendimiento anterior del estudiante. 3. Norma límite o meta exigida, entendida como el desempeño básico que se debe exigir con relación a las áreas obligatorias y fundamentales, teniendo siempre como referente los estándares básicos las orientaciones y lineamientos expedidos por el Ministerio de Educación Nacional y lo establecido en el
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Manual de Convivencia CreArTic Proyecto Educativo Institucional. Parágrafo. – Conforme a lo anterior, se entiende que, al evaluar, el docente involucra al estudiante en la utilización de las teorías en situaciones reales en su entorno de actuación; lo cual implica la participación activa y comprometida por parte de los estudiantes a aproximarse a los conocimientos y conceptos, a la utilización de los conocimientos en la solución de problemas que enfrenta en su ámbito de actuación y el comportamiento que asume frente a su quehacer cotidiano de manera personal y en convivencia con sus pares y la sociedad para dar claridad a los aspectos por considerar en la elaboración de una actividad de aprendizaje desde la perspectiva de formación por competencias, los criterios institucionales para la evaluación de lo académico o cognitivo son: ARTÍCULO 8°. – MODALIDADES DE LA EVALUACIÓN: Las evaluaciones podrán ser individuales o grupales; presenciales o virtuales y de otro tipo; escritas u orales y de otro tipo según sea procedente para el tema y así lo determine el docente en común acuerdo con los estudiantes. ARTÍCULO 9°. – INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN: (Numeral 2, Artículo 12° y numeral 1, artículo 14, del decreto 1290 de 2009). Para las evaluaciones y calificaciones, el docente podrá usar procedimientos e instrumentos dentro de una amplia y variada gama de ellos: Pruebas escritas, pruebas objetivas, test, cuestionarios, ensayos, trabajos escritos (virtuales o fisicos), monografías, dibujos, esquemas, mapas, interrogaciones orales, disertaciones, sustentaciones, trabajos prácticos, salidas dirigidas, representaciones, construcciones, informes, gráficos, cuadros sinópticos, mapas conceptuales, proyectos, entrevistas, cuestionarios, debates, compromisos de trabajo y su efectivo cumplimiento, juegos, hojas de cotejo, pautas de observaciones, bitácoras, tareas, carteleras, trabajos manuales, exposiciones y sustentaciones, controles de lectura, revisión de cuadernos (ésta, en sí misma, no podrá constituirse en base única para evaluar un proceso o un período), salidas al tablero o frente al grupo, ejercicios, representaciones, participación e interés en clase, productos audiovisuales, expresiones artísticas y creativas, etc. Lo esencial en el uso de los instrumentos de evaluación es su congruencia con el tipo de actividades de aprendizaje y con la forma de evidenciar el aprendizaje que se espera. El Consejo Académico, a iniciativa del Coordinador y o el Rector podrá implementar, diseñar o reformar los instrumentos de evaluación. Antes de aplicarse, se harán pruebas de ajuste y socialización con estudiantes y padres de familia.
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Manual de Convivencia CreArTic ARTÍCULO 10°. – LA EVALUACIÓN Y LAS CALIFICACIONES: La evaluación de una prueba o trabajo, cualquiera que ella sea, puede dar lugar a una o más calificaciones, según pueda discriminar por separado, el docente, teniendo en cuenta diferentes tipos de criterios; el logro de objetivos, aprendizajes esperados o el dominio de contenidos diferentes incluidos en el mismo instrumento. Asimismo, una prueba o trabajo puede ser calificada para más de un área o asignatura. En cualquiera de estos casos, cuando se evalúe más de una dimensión de una misma área o asignatura o cuando se evalúen con el mismo trabajo más de un área o asignatura, deberá ser informado a los estudiantes con claridad y anticipación. EVALUACIÓN DEL RENDIMIENTO ACADÉMICO En la Institución Educativa “Creartic” la evaluación de los estudiantes será continua e integral y se hará con referencia a cuatro períodos de igual duración, teniendo en cuenta el nivel de desempeño demostrado por los educandos durante todo el proceso académico en cada asignatura. Los períodos académicos tendrán los siguientes porcentajes: PRIMER PERÍODO: 20%. SEGUNDO PERÍODO: 20%. TERCER PERÍODO: 35%. CUARTO PERÍODO: 25%. Para un total de 100%, por tanto el informe final (Quinta Nota), será tomado de la sumatoria de los porcentajes de las notas finales de los 4 períodos, que dé cuenta del nivel de desempeño en el alcance de competencias planteadas durante el año escolar. 2. El proceso académico se expresará en una escala de valoración dada con los siguientes términos; que, de manera interna tiene los siguientes valores según (acuerdo del consejo Académico). Esto, acorde con el Decreto 1290 de 2009: Cuantitativa-Cualitativa 4.7 a 5.0 Desempeño Superior 4.0 a 4.6 Desempeño Alto 3.0 a 3.9 Desempeño Básico 0.1 a 2,9 Desempeño Bajo.
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Manual de Convivencia CreArTic DESCRIPCION DE LOS NIVELES DE DESEMPEÑO DE RENDIMIENTO DEL ESTUDIANTE. SUPERIOR. En él se ubica el (la) estudiante que alcanza todos los logros (al menos el 91%) establecidos para el alcance de las competencias y transciende. Aplicando lo aprendido en la solución de situaciones cotidianas; además posee dominio conceptual y demuestra el desarrollo máximo de sus habilidades, destrezas y competencias básicas. Y se identifica con el perfil del estudiante de la institución Creartic, según el P.E.I. ALTO. Es el estudiante que alcanza los logros propuestos para el alcance de las competencias en el área (entre el 80% y el 90%), mostrando habilidad en el desarrollo de competencias básicas, además se interesa por su desempeño académico y formativo. BÁSICO En este nivel de competencia se ubica el (la) estudiante que se acoge a una o ambas de las siguientes condiciones: Alcanza al menos el 60% de los logros propuestos para el desarrollo de las competencias en el área, mostrando dificultad en el desarrollo de altas habilidades, destrezas y competencias básicas. Requiere realizar actividades de recuperación permanente. BAJO Se define para el (la) estudiante que no alcanza al menos el 60% de los logros propuestos para el desarrollo de las competencias básicas en el área, a pesar de realizar las actividades de recuperación permanente. Muestra poco interés en su desempeño académico, en el desarrollo de habilidades y competencias. Se observa en su actitud, desinterés pasividad y poca motivación. Demuestra poco interés por el desarrollo de competencias o la realización de tareas pedagógicas. Se asimila para aquel estudiante que no alcanza a demostrar el desarrollo de sus habilidades, destrezas y competencias elementales en un á r e a específica.
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Manual de Convivencia CreArTic Plan de Acción: En este caso el educador realizará en forma permanente un seguimiento global de las estudiantes, entendiendo que la evaluación es un proceso integral y para ello utilizará los registros de valoración, podrá diligenciar fichas o registros de seguimiento formativo, donde se consignarán los aspectos sobresalientes y las dificultades tanto académicas como formativas. En todos los casos se utilizarán diferentes medios para la evaluación dando preferencia a aquellos que permitan el desarrollo de competencias, el fortalecimiento de la lectura comprensiva de textos, gráficas, tablas etc. y el análisis de situaciones, como instrumentos para la búsqueda del conocimiento. Al inicio del primer periodo los (as) estudiantes conocerán las competencias, los criterios de evaluación y las actividades sugeridas para alcanzar los propósitos de cada una de las asignaturas. El educador programará como parte de las labores normales del curso, las actividades de refuerzo que se requieran para superar las fallas o limitaciones en la consecución de los logros de la asignatura o área por parte de los estudiantes, además de las actividades de profundización e investigación, teniendo en cuenta la propuesta pedagógica seguida por la institución. Estas actividades de refuerzo o recapitulación de saberes y su evaluación se programarán dentro del tiempo de desarrollo de las clases, además en la última semana del finalización de cada período cada docente debe programar actividades de apoyo para superación de dificultades de aquellos estudiantes que después de realizado todo el proceso del período, continúan presentando un desempeño bajo en la asignatura o área. No se podrá afectar el desarrollo de la clase o avance en la temática con los demás estudiantes cuando otros ejecuten actividades de recuperación. Estos últimos deberán nivelar conocimientos de los temas vistos por el resto de estudiantes en el tiempo de recuperación. Cuando los estudiantes (as) lleguen tarde o no se presenten para la presentación de la prueba programada, no asistieren, sin causa justificada, a las actividades académicas o susceptibles de ser evaluadas, perderán la opción de recuperación o promoción de grado. Al finalizar el cuarto periodo se podrá realizar una prueba o evaluación final de refuerzo como una oportunidad de recuperación para las estudiantes que tienen áreas pendientes de todo el año. Esta será programada por la Comisión de Evaluación y Promoción. Se valorará con CERO – 0: - Toda Prueba escrita entregada en blanco (solo firmada), no tendrá
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Manual de Convivencia CreArTic recuperación. - Pruebas Anuladas. - Estudiantes que NO presentan pruebas (sin excusa justificada). - Estudiantes que no se presentan a sustentar cualquiera de las actividades de recuperación de logros de áreas pendientes sin justa causa. - Estudiantes que no presentan pruebas realizadas al interior de las clases por estar suspendidos (as). La población con necesidades educativas especiales y/o discapacidad se regirá según las normas dadas en el Título III de la Ley 115 de 1994 y el Decreto 1860, artículos 46, 50 y 52. CRITERIOS PARA LA PROMOCIÓN ¿QUIENES SERÁN PROMOVIDOS? Los(as) estudiantes de todos los grados que finalizado el año escolar, hayan obtenido todos los logros, competencias y conocimientos señalados por el PEI en todas las áreas. Los(as) estudiantes que después de sustentar las actividades de apoyo queden pendientes en un (1) área, continuarán sus estudios en el grado siguiente al cursado. Deberán presentar actividades complementarias de recuperación y/o evaluativas dentro del desarrollo del área pendiente de superación de logros, en el año siguiente, solicitando el correspondiente plan de refuerzo / apoyo por escrito a la Institución, la cual debe establecer una programación con fechas definidas (Una (1) por período), para la correspondiente presentación. ¿QUIENES NO SERÁN PROMOVIDOS? Se considerarán para la repetición de un grado, cualquiera de los siguientes educandos: Educandos(as) con el treinta por ciento (30%) o superior de Inasistencia injustificada a las horas clase efectivas. Los controles de asistencia de los(as) estudiantes serán registrados por cada docente, y harán parte de los informes académicos de cada período, en los que se registran las notas de rendimiento académico, así como del informe final de valoración. Las Comisiones de evaluación y promoción considerarán los casos especiales de inasistencia injustificada que superen este límite, de las clases efectivamente dictadas (en forma ininterrumpida) en cada una de las asignaturas, para
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Manual de Convivencia CreArTic posibilitar su recuperación. Educandos (as) con valoración final con Rendimiento Bajo en dos o más áreas. Parágrafo: Los (as) estudiantes de grado 11° que finalicen el año con Insuficiencia o Deficiencias en una área, definen su grado durante el año siguiente y no podrán asistir a la ceremonia de graduación. ACTO DE GRADUACIÓN Y CLAUSURA. La Institución educativa determinará las fechas y horas de realización de los actos de clausura (básica Primaria, Media y grado Décimo) y la graduación de Bachilleres, en forma independiente. Se realizará oficialmente en las instalaciones de la institución. La celebración en sitios diferentes se considera un Acto Social. Al acto de clausura, donde se certificarán los(as) estudiantes que cursan la Educación Básica, estos asistirán con el uniforme oficial de la Institución. Los Bachilleres del I. Creartic se graduarán portando la indumentaria (Togas y/o Uniformes definidos Institucionalmente). En dichos actos se entregarán los estímulos a los cuales se han hecho merecedores (as) los (as) estudiantes graduados(as): Reconocimiento al mejor Bachiller y a la Excelencia Académica, reconocimientos deportivos o esfuerzo y superación personal, colaboración con el colegio, a criterio de Rectoría y los que definan los órganos de dirección. REGISTRO DEL ACTA Y DEL DIPLOMA DE GRADO. Cada graduando recibirá el Diploma y el Acta de Grado, debidamente registrados en el Libro correspondiente a actas de grado y otros efectos definidos oficial e institucionalmente, de acuerdo al Decreto 0921 del 06 de mayo de 1994 y demás normas vigentes. Esto, cuando el egresado haya cumplido los requisitos legales para obtener el título respectivo. NÚMERO DE CALIFICACIONES POR PERIODO: Cada área o asignatura
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Manual de Convivencia CreArTic tendrá en cada periodo como mínimo un número de valoraciones parciales equivalentes a la cantidad de horas pedagógicas con que ella cuente por semana. Cuando se trate de asignaturas con una hora semanal de intensidad horaria, se deberán tener, por lo menos, dos registros de valoración. Cada docente definirá con sus estudiantes (as) al inicio del año lectivo y/o de cada período, las condiciones de valoración del área y/o asignatura que oriente y establecerá en su registro personal el peso correspondiente de cada valoración, teniendo en cuenta que esta deberá ser Integral, tal como se define en este documento. Los informes valorativos registrados por los docentes en la plataforma virtual deberán coincidir en sus notas definitivas con las que, a nivel de área y/o asignatura, se entreguen a los(as) estudiantes, en los informes internos del área. Estos resultados valorativos deberán ser notificados a los padres o acudientes, quienes avalarán su conocimiento con la firma respectiva. OBLIGATORIEDAD DE LA ASISTENCIA DE LOS ESTUDIANTES: Los estudiantes están obligados a asistir a la totalidad de las clases establecidas en el horario normal y en horario extraordinario cuando se requiera. Asimismo, es obligatorio asistir a todas y cada una de las instancias evaluativas calendarizadas o programadas durante el año escolar. DE LA INASISTENCIA A LAS EVALUACIONES: La inasistencia del estudiante a una evaluación fijada con antelación, deberá ser justificada al respectivo docente del área que realizó la evaluación, a más tardar, al día hábil siguiente del reintegro del estudiante a la institución, por escrito del padre de familia y/o acudiente. Si es del caso, se debe adjuntar a la excusa, el certificado médico o la constancia que da razón legal a la falta (razón de fuerza mayor o calamidad familiar. Si no se presentare la excusa en los anteriores términos, al promediar la asignatura se tendrá en cuenta como si esta fuera equivalente a cero (0). Parágrafo. – No se aceptarán excusas que no sean presentadas en el término establecido y con los protocolos señalados, en consecuencia, no son admisibles excusas dadas por el mismo estudiante de manera verbal sin el escrito del padre de familia o acudiente que sustente la falta. DE LA INEXISTENCIA DE LAS EXCUSAS: Cuando no se presenten las excusas en el término debido y con los protocolos señalados, o la excusa no sea aceptada por el docente, la nota que se le registrará al estudiante en la correspondiente evaluación, será la nota mínima de la escala y se informará al padre de familia o acudiente de tal situación. DE LA CONCURRENCIA A EVENTOS: Los estudiantes que
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Manual de Convivencia CreArTic deban concurrir a eventos para representar a la institución o a las entidades territoriales respectivas o a organizaciones locales y que implique inasistencia, deberán informar con antelación las fechas y razones de su ausencia en la institución, para la autorización por la coordinación respectiva de las evaluaciones a las que haya lugar. La coordinación deberá concertar con el respectivo docente la realización y presentación de las pruebas cuyo proceso se remitirá a lo establecido en este reglamento en el artículo 24°, salvaguardando de este modo, el cumplimiento del proceso escolar, pero, favoreciendo la participación de los estudiantes en actividades de crecimiento personal, social, deportivo y cultural conforme a la legislación vigente. ARTÍCULO 11°. – Cuando se haya señalado con antelación la fecha para una evaluación y por cualquier causa no se efectuare, el docente indicará la nueva fecha para su realización a la cual deberán concurrir todos los estudiantes del curso o grupo sin excepción alguna dentro de lo establecido en el presente reglamento. ARTÍCULO 12°. – INCLUSIÓN: Los estudiantes que tengan temporalmente y/o permanentemente alguna necesidad educativa especial por déficit atencional, con o sin hiperactividad; inmadurez neuro-cognitiva u otra; por algún impedimento o limitación física y/o motora, mental o sensorial que implique alguna limitación para cursar con regularidad o normalidad las áreas, asignaturas o actividades de aprendizaje, y con el objeto de permitir, por parte de los docentes respectivos, conocer el logro real de los objetivos propuestos por los planes y programas, deberán aplicárseles procedimientos de evaluación diferenciada, tendientes a elevar el nivel de autoestima de los estudiantes y/o motivarlos a seguir estudiando, atendiendo a su diversidad y ritmo de aprendizaje. Esta modalidad de evaluación, debe ser entendida como el conjunto de procedimientos metodológicos e instancias evaluativas que favorecen las condiciones que colocan a los estudiantes que las tienen, en igualdad y equidad frente a los estudiantes que poseen condiciones normales. En ningún caso, esta variación contempla objetivos ni contenidos diferenciados. Asimismo, los criterios de evaluación podrán variar en la matriz
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Manual de Convivencia CreArTic correspondiente con objeto de aproximarlos al ritmo de aprendizaje que las necesidades educativas determinen. Los ritmos de aprendizaje se tendrán en cuenta, de igual manera, al evaluar a todos los estudiantes de la institución, de acuerdo a los niveles de exigencia apropiados a sus capacidades. CAPÍTULO III CRITERIOS DE PROMOCIÓN ARTÍCULO 13°. – DEFINICIÓN: Los criterios de promoción están constituidos por los requisitos mínimos que se indican al inicio de un curso como las competencias a cumplir para poder ser promovidos al curso siguiente dentro del nivel respectivo. ARTÍCULO 14°. – ÁREAS Y ASIGNATURAS: Conforme a las disposiciones vigentes, el plan de estudios está conformado por áreas que a su vez se conforman de asignaturas. Para la promoción de estudiantes de la Institución Educativa Creartic, se tendrán las áreas como referentes para la promoción y en tal sentido, todas las áreas tienen importancia en la formación integral y en consecuencia tienen igual valor para promocionar conforme al presente reglamento. ARTÍCULO 15°. – PÉRDIDA DE UN ÁREA: Cualquiera de las áreas y asignaturas se pierde en la Institución Educativa Creartic cuando: Se obtiene una nota definitiva (informe final del rendimiento académico) igual o inferior a dos punto nueve (2,9) (Desempeño Bajo- Decreto 1290 de 2009) conforme a lo estipulado en el presente reglamento. Se tiene una inasistencia sin excusa igual o superior al 30% de las clases sobre el total de clases efectivas en el año lectivo. Por la inasistencia en las fechas establecidas oficialmente en el calendario que indique la institución sin excusa justificable o nota igual o inferior a dos punto nueve (2,9) en una actividad de recuperación o evaluación de una o dos asignaturas perdidas en definitiva. ARTÍCULO 16°. REPITENCIA DE UN CURSO O NO PROMOCIÓN– Para determinar la repitencia de un curso, se tendrán en cuenta los siguientes criterios: El grado primero de básica primaria se repite cuando s e pierde exclusivamente la asignatura de Castellano. Los restantes grados de básica primaria, es decir, segundo, tercero, cuarto y quinto, se repiten cuando se pierden dos o más asignaturas, cualquiera ellas sean.
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Manual de Convivencia CreArTic Un grado de básica secundaria o media se pierde cuando el estudiante pierde dos (2) o más áreas. Parágrafo. – Para el caso de estudiantes a quienes desde el inicio del año escolar o en su transcurso, debidamente reconocido por la institución, presentan alguna necesidad educativa especial por déficit atencional; con o sin hiperactividad; inmadurez neurocognitiva u otra; por algún impedimento o limitación física y/o motora, mental o sensorial que implique alguna limitación, la repitencia del curso será determinada por la comisión de promoción y evaluación sin tener en cuenta el número de asignaturas perdidas aplicando para ello una promoción diferenciada. ARTÍCULO 17°. – SITUACIONES ESPECIALES: Cuando la institución considere, a través de la comisión de promoción y evaluación, que un estudiante en la institución no está logrando los objetivos institucionales y por ende el proceso de desarrollo personal y crecimiento en el desempeño cognitivo o académico, personal y social, se ve entorpecido por el incumplimiento de deberes y compromisos y se considera que su permanencia afecta la posibilidad de lograr los objetivos institucionales, del curso y de la comunidad escolar en general, podrá sugerirse al padre de familia o acudiente el retiro del estudiante en cualquier periodo del año escolar. Para sugerir el retiro de un estudiante en esta situación especial, la comisión de promoción y evaluación atenderá únicamente los siguientes criterios: Cuando un estudiante en el primer periodo tenga perdidas al menos 7 de las áreas que cursa y se demuestre que ha incumplido los deberes y compromisos de toda índole en más de dos oportunidades. Cuando un estudiante en el segundo periodo tenga perdidas al menos 5 de las áreas que cursa y se demuestre que ha incumplido los deberes y compromisos de toda índole en más de tres oportunidades. Cuando un estudiante en tercer periodo tenga perdidas al menos 4 de las áreas que cursa y se demuestre que ha incumplido los deberes y compromisos de toda índole en más de tres oportunidades. Parágrafo. – Cuando el estudiante cursa por primera vez un grado determinado en la institución, considerándose nuevo, se le podrán aplicar los criterios antes mencionados exceptuando el numeral 1 a partir del segundo periodo con objeto de permitir su nivelación si es del caso y adaptación a las áreas institucionales. ARTÍCULO 18°. – PROMOCIÓN ANTICIPADA DE GRADO: Durante el primer periodo del año escolar, el comité de promoción y evaluación podrá sugerir al Consejo Académico, previo consentimiento de los padres de familia y mediante solicitud del estudiante (a) interesado (a) en lo referente a la promoción anticipada al grado siguiente. Para ello, el interesado debe demostrar, mediante
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Manual de Convivencia CreArTic evaluaciones escritas de cada una de las áreas incluidas en el plan de estudios del grado correspondiente, un rendimiento superior en el desarrollo cognitivo de todas las áreas, así como en su comportamiento personal y social. En las evaluaciones para la promoción se tendrán en cuenta las competencias básicas que se deben alcanzar en cada una de las áreas de estudio, al concluir el año lectivo del grado que se cursa o del cual se va a hacer la promoción. Estas evaluaciones de cada una de las áreas incluidas en el Plan de Estudios se harán en forma escrita y programadas por Coordinación, previo acuerdo con los docentes titulares de cada asignatura dictada en el grado en curso, en el que se solicita la promoción. El resultado de cada una de las evaluaciones respectivas deberá ubicarse en la escala de valoración institucional del rendimiento académico de los estudiantes (as) entre los límites Rendimiento Básico, Alto y/o Superior. La decisión de la promoción deberá ser avalada por el Consejo Directivo. VALIDACIONES. La institución podrá realizar validaciones de cada uno de los diferentes grados y niveles de educación Básica (primaria y secundaria) y Media, hasta grado décimo, cuando las normas vigentes lo permitan. Estas validaciones de todas y cada una de las áreas incluidas en el Plan de Estudios se realizarán en exámenes o pruebas escritas que se evaluarán conforme a la escala de valoración institucional para promoción de los estudiantes. Los contenidos académicos de los temas a evaluar harán referencia a las competencias diseñadas para cada una de las áreas adoptadas institucionalmente y estas evaluaciones se programarán por la Rectoría y la Coordinación en calendario y condiciones dados a conocer al interesado(a) en realizar la validación. Para certificar la validación del grado respectivo todas las áreas deberán tener una valoración con Rendimiento Alto y o Superior. Cuando no se aprueben tres o más áreas con rendimiento alto o superior en la prueba programada, no se aprobará la validación. Cuando una o dos áreas no sean aprobadas inicialmente con valoración alta o superior, se brindará una única oportunidad para nueva evaluación escrita. La pérdida de una o de ambas evaluaciones causará la pérdida del proceso de validación del grado respectivo. ARTÍCULO 19°. – Conforme a lo prescrito en artículo 96 de la ley 115 de 1994, cuando la reprobación por primera vez de un determinado grado está asociado a otra causal expresamente consagrada en el manual de convivencia, la autoridad competente donde sea remitido el caso por parte del comité de convivencia, determinará la pérdida del cupo.
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Manual de Convivencia CreArTic ARTÍCULO 20°. – De igual manera, se pierde el cupo en la institución en forma automática cuando se da la repitencia de un mismo curso en dos oportunidades. ARTÍCULO 21°. – Los estudiantes que culminen la educación media obtendrán el título de bachiller técnico o académico, cuando hayan cumplido con todos los requisitos de promoción adoptados en el presente reglamento y estén de acuerdo con la ley y las normas reglamentarias. Parágrafo. – A la ceremonia general de graduación solo podrán asistir aquellos estudiantes que, en la fecha programada hayan aprobado en definitiva todas las áreas del curso 11° y se encuentren a paz y salvo con la institución. Los estudiantes que por cualquier motivo, estén aplazados en una o dos áreas, no podrán concurrir a la ceremonia de grado y solo se les entregará el respectivo diploma una vez hayan aprobado las áreas en el respectivo calendario fijado por la institución y de acuerdo al presente reglamento. CAPÍTULO IV DE LA ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL Y SU RESPECTIVA EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL La escala de valoración institucional tendrá una equivalencia con la escala de valoración nacional así: ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL ESCALA DE VALORACIÓN NACIONAL 4,7 a 5,0 Desempeño Superior 4,0 a 4,6 Desempeño Alto 3,0 a 3,9 Desempeño Básico 0,1 a 2,9 Desempeño Bajo Los informes periódicos de desempeño que se entregan a los padres de familia al finalizar cada periodo de un año escolar, tendrán como referencia solo la escala de valoración institucional consignando en ellos la evolución de las calificaciones en cada asignatura para valorar el avance del estudiante en su
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Manual de Convivencia CreArTic desempeño integral. ARTÍCULO 22°. -DEFINICIÓN DE LA ESCALA DE VALORACIÓN NACIONAL SEGÚN DECRETO 1290 DE 2009. Desempeño Superior Desempeño Alto Desempeño Básico Desempeño Bajo El DESEMPEÑO BAJO se entiende como la no superación de los logros o el no alcance de las competencias básicas formuladas en cada asignatura. La denominación DESEMPEÑO BÁSICO se entiende como la superación de los desempeños necesarios en relación con las áreas obligatorias y fundamentales, teniendo como referente los estándares básicos, las orientaciones y lineamientos expedidos por el Ministerio de Educación Nacional y lo establecido en el proyecto educativo institucional. Asimismo, el estudiante con DESEMPEÑO ALTO es aquel que alcanza los logros propuestos en el área, mostrando habilidad en el desarrollo de competencias básicas, además se interesa por su desempeño académico y formativo. De acuerdo con las anteriores disposiciones del decreto 1290 de 2009, para la Institución Educativa Creartic, el estudiante con DESEMPEÑO SUPERIOR es aquel que alcanza todos los logros y transciende, aplicando lo aprendido en la solución de situaciones cotidianas, además posee dominio conceptual y demuestra el desarrollo máximo de sus habilidades, destrezas y demuestra en todas las acciones evaluativas y comportamentales, haber desarrollado o poseer las competencias formuladas en la asignatura o área de estudio y se identifica con el perfil del estudiante del Institución Creartic según el P.E.I.
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Manual de Convivencia CreArTic CAPÍTULO V DE LAS ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES ARTÍCULO 23°. – La evaluación en la Institución Educativa “Creartic”, se fundamenta en el reconocimiento de la existencia de diferencias en el ritmo de aprendizaje de los estudiantes. Por lo tanto, los estudiantes deben tener oportunidades de avanzar en el proceso educativo según sus capacidades y actitudes personales teniendo necesariamente una valoración de acuerdo a sus esfuerzos, intereses y aptitudes. Conforme a la normatividad y al proyecto educativo institucional, la valoración integral de los desempeños de los estudiantes, deberá contemplar los aspectos cognitivos, personal y social. Para ello, se tendrá: La valoración académica o cognitiva se realizará mediante los instrumentos de evaluación por parte de los docentes de manera exclusiva y autónoma con respeto a la libertad de cátedra en sus respectivas asignaturas, en los términos indicados en el presente reglamento. La valoración relativa al ser y a lo social, se realizará por parte de los docentes en sus funciones como directores de grupo, docente, cuerpo de docentes y comisión de promoción y evaluación mediante diferentes mecanismos que permitan la observación de estudiantes, la identificación de características personales, intereses, ritmos de desarrollo, estilos de aprendizaje, el acompañamiento, la revisión del cumplimiento de compromisos, el diálogo y la concertación de compromisos para valorar los avances. En este proceso, mediante matrices de valoración se dará al estudiante participación activa para su autoevaluación a la que podrán concurrir los padres de familia y/o acudiente. CAPÍTULO VI ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DEL DESEMPEÑO DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR ARTÍCULO 24°. – Corresponde a los docentes, directores de grupo y coordinadores con la colaboración de los padres de familia o acudientes, si es del caso, llevar a efecto las acciones para el mejoramiento del desempeño de
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Manual de Convivencia CreArTic los estudiantes durante el año escolar a través de instrumentos tales como: Fichas de seguimiento y resultados académicos, control de asistencia, matrices de autoevaluación, planilla de notas, observaciones, informes generales y particulares, citación a padres de familia, actualización de la hoja de vida, libros de compromisos, remisión a docente de apoyo, boletín periódico de notas y anecdotario y actas de reunión, entre otros instrumentos que contendrán las evidencias para la toma de decisiones. CAPÍTULO VII DE LOS PROCESOS DE AUTOEVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES ARTÍCULO 25°. – La autoevaluación facilita en el estudiante apreciar su propia actuación, en función de criterios que le permitan identificar y reflexionar sobre sus avances, posibilidades, intereses, limitaciones e interferencias en el proceso de aprendizaje. La autoevaluación es un medio fundamental para que el estudiante progrese en la autonomía personal y en la responsabilidad de sus propias actuaciones escolares. Al finalizar cada periodo el director de grupo presentará a sus estudiantes una matriz de autoevaluación que tendrá como fundamento el perfil del estudiante que se quiere formar conforme al manual de convivencia y de ese perfil se derivarán los valores a evaluar. El estudiante hará una autoevaluación en lo referente exclusivamente a lo personal y social y generará los compromisos a cumplir mediante su firma. CAPÍTULO VIII LAS ESTRATEGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER SITUACIONES PEDAGÓGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES ARTÍCULO 26°. – Cada docente en su área diseñará en cada tema o unidad que trate, planes de apoyo en clase para estudiantes con dificultades en su proceso de aprendizaje. Estos planes podrán incluir tutorías personales o de compañeros aventajados, tareas y trabajos adicionales que el estudiante tendrá que presentar en los tiempos previstos, citación a padres de familia para estructurar mejores apoyos en casa y otras que se estimen convenientes.
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Manual de Convivencia CreArTic ARTÍCULO 27º. – Todo estudiante que haya perdido la evaluación final de una o dos áreas y se encuentre aplazado en su promoción, presentará una nueva evaluación de esas áreas a más tardar la semana anterior al comienzo del siguiente año escolar, conforme a cronograma que para tal efecto establezca la institución. Esta evaluación se basará en un programa de refuerzo pertinente a las dificultades en los temas que presentó el estudiante en el curso del año escolar y que el docente (a) de la asignatura entregará al finalizar el año. La evaluación se calificará de acuerdo a la escala establecida en el presente reglamento y su resultado deberá quedar consignado en el registro escolar del educando. La promoción se definirá conforme al presente reglamento una vez presentadas las pruebas o por inasistencia a ellas. CAPÍTULO IX DE LAS ACCIONES PARA GARANTIZAR QUE LOS DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES CUMPLEN CON LOS PROCESOS EVALUATIVOS ESTIPULADOS EN EL PRESENTE SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN. ARTÍCULO 28°. – Al finalizar cada periodo, se hará una revisión general y particular sobre el cumplimiento de lo estipulado en el presente reglamento y se darán los correctivos a las situaciones irregulares que se detecten. Para tal efecto, se podrá tener un registro de quejas de estudiante y padres de familia para revisar de manera objetiva los casos que se demanden dentro de los términos establecidos. CAPÍTULO X DE LA PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A PADRES DE FAMILIA ARTÍCULO 29°. – Al finalizar cada uno de los periodos que conforma el año escolar, se citará por escrito a todos los padres de familia y/o acudientes conforme a cronograma que para tal efecto disponga la institución y se entregarán la constancias de desempeño escritas sobre el avance de los desempeños de cada estudiante. ARTÍCULO 30°. – Si el padre de familia o acudiente no se hace presente a la reunión, después del tercer llamado por escrito. Se informará a la comisaria de familia, por lo pertinente por incumplimiento de deberes de los padres conforme a las normas vigentes. CAPÍTULO XI DE LA ESTRUCTURA DE LOS INFORMES A LOS PADRES ARTÍCULO 31º. – Al finalizar cada periodo y el año lectivo, se entregará a los padres de familia una constancia de desempeño en formato escrito que con-
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Manual de Convivencia CreArTic tendrá: 1. La identificación del estudiante. 2. La identificación del Director de grupo. 3. La identificación del curso en el que está el estudiante 4. La identificación de la jornada o sede en el que está el estudiante. 6. El listado de asignaturas que cursa el estudiante con sus respectivas notas y faltas de asistencia. 7. El puesto que ocupa el estudiante en el curso. ARTÍCULO 32°. – El rector, coordinadores, directores de curso y docentes, están en la obligación de programar y atender las citas que los padres de familia soliciten para tratar temas relacionados con la educación de sus hijos, en particular para aclaraciones sobre las constancias de desempeño. CAPÍTULO XII DISPOSICIONES VARIAS ARTÍCULO 33°. – Toda situación no prevista en el presente reglamento será solucionada por el consejo académico y sus decisiones para estos casos serán inapelables. ARTÍCULO 34°. – Téngase como adicionadas las funciones que en el presente reglamento se presentan para el consejo directivo, el consejo académico, el personero de los estudiantes y los departamentos académicos dado que el presente reglamento tiene poder vinculante al decreto 1290 de 2009 como lo determina la norma. ARTÍCULO 35°. – El presente reglamento se construyó dando participación a los diferentes miembros de la Comunidad Educativa y fue discutido en sesiones del Consejo Académico ampliado, Consejo de los Estudiantes, consejo de Padres de Familia y aprobado por el Consejo Directivo. Adiciónese al proyecto educativo institucional PEI, comuníquese, publíquese y dese a conocer a la Comunidad de la Institución Educativa Creartic.
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