Compra de votos debe tipificarse como delito grave: Santiago Nieto

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Criticada permanentemente por la oposición política por su virtual inexistencia, al no emitir alguna sentencia durante 20 años por compra de votos, el actual titular de la Fiscalía Especializada en Atención a Delitos Electorales asegura que el organismo vive “un giro importante en su labor”, luego de la reforma de 2014, cambio que no otorgó a la institución las atribuciones suficientes que permitan castigar los perennes delitos que persigue con su raquítico presupuesto de 160 millones de pesos anuales. Sólo 16 estados del país tienen su Fiscalía para atender delitos en comicios, advierte. Carlos Padilla Ríos

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urante muchos años, la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade) estuvo relegada o rezagada respecto al desarrollo del Instituto Federal Electoral, ahora Instituto Nacional Electoral (INE), y del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), admite Santiago Nieto Castillo, pero con la reforma electoral de 2014 asegura, la institución tuvo “una transformación muy importante”: se le otorgó competencia para conocer temas de fiscalización; delitos cometidos por servidores públicos vinculados al manejo de programas sociales, así como la posibilidad de intervenir en denuncias contra órganos electorales locales. Ahora, afortunadamente, la Fiscalía dio un giro importante en su labor, insiste y agrega: Hasta antes de 2014 el 92 por ciento de los asuntos investigados por la Fepade estaban relacionados con la alteración del Registro Federal de Electores, como usurpación de identidad para obtener credenciales de elector verdaderas con datos falsos. A partir de 2014, con el nuevo sistema procesal penal acusatorio, el 86 por ciento de los casos de nuestra materia están

POLÍTICA ÍTICA

JUNIO 2017

CULTURACULTIU

La compra de votos debe tipificarse como delito grave para evitar impunidad: Santiago Nieto Castillo

relacionados con los procesos electorales. De las poco más de 2 mil 500 carpetas de investigación que hoy en día tenemos, al menos mil 400 están relacionadas con dos delitos: la compra de votos y el condicionamiento de programas sociales. Por ejemplo, el primer caso que logramos judicializar fue la compra de votos en Yucatán, donde una señora cometió el ilícito afuera de una casilla. Se le vinculó a proceso y terminó, en virtud de ser una primo delincuente y por sus condiciones económicas, sentenciada a realizar trabajo comunitario. Son las reglas del nuevo sistema penal acusatorio. Los casos en Chiapas y Colima fueron muy relevantes. El secretario de Desarrollo Social del gobierno colimense coaccionó a sus subordinados y condicionó los programas sociales a cambio de votos. En Veracruz se giraron ocho órdenes de aprehensión contra funcionarios del ex gobernador Javier Duarte y ya hay cuatro autos de formal prisión. También investigamos a los delegados de

Sedesol, tanto en Veracruz como en Quintana Roo. Esa es la parte central de las actividades de la Fepade. De acuerdo con la interpretación de Santiago Nieto, con el nuevo modelo de comunicación política, aprobado en la reforma electoral del 2007, “los recursos que los partidos políticos, ya no dirigieron a los medios de comunicación masiva los canalizaron otra vez a la compra de votos y al condicionamiento de programas sociales, como mecanismos para coaccionar o presionar la libertad del sufragio, sobre todo en regiones marginales”. Todos los partidos políticos tienen denuncias por condicionamiento de programas sociales, agrega. “Aunque encontramos tres elementos importantes de esa compra: realizados por partidos políticos que están en el poder municipal, estatal o federal. Se efectúa en entidades o regiones con alta marginación como Guerrero, Oaxaca y Chiapas, donde hay una relación directa entre el condicionamiento de programas


Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

3 mil millones de pesos

Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales

160 millones de pesos

Nacional Electoral, pero creo que aquí hay un tema importante que se debe visibilizar. Los delitos electorales no son graves a nivel constitucional. ¿Qué significa esto? Que cualquier persona acusada de un delito electoral tiene, por derecho constitucional, la posibilidad de que el juez le dé libertad caucional para seguir su proceso en libertad. ¿Y que implica esto? Si bien detuvimos a una consejera electoral, teníamos órdenes de aprehensión contra consejeros electorales de Chiapas, aprehendimos a una presidenta municipal chiapaneca o detuvimos a un delegado de Sedesol o a un secretario de Desarrollo Social en Colima o a dos secretarios de Estado de Duarte y que tenemos una orden de aprehensión contra Duarte, entre otras, el punto es que cuando son cumplimentadas estas órdenes de aprehensión y las personas son internadas en centros penitenciarios, pueden solicitar la libertad caucional. Es un derecho constitucional que no se les puede restringir. ¿Y esto que implica? que las personas llevan el proceso en libertad y, por tanto, no hay personas en la cárcel. -Entonces, las penas no son muy graves, las condenas son muy leves. -No, se suspenden los derechos políticos, hay consecuencias, inhabilitación. Yo diría que condicionar programas sociales y los recursos ilícitos en las campañas deben ser delitos graves, pero no lo son. Necesitamos reformar la Constitución y creo que es importante que este tipo de discusiones serias, desde la perspectiva académica e institucional, lleven a que los delitos electorales, por lo menos estos, sean delitos graves.

CULTURAL

- ¿A qué atribuye la percepción de que la Fepade no funciona o que no da resultados? -Primero, la Fepade da resultados; segundo, los hemos hecho públicos en los informes que presentamos al procurador General de la República y al Instituto

16 mil millones de pesos

t r e v i s ta

-Entonces, ¿la Fepade si tiene “dientes” para sancionar? -Sanciones más graves para servidores públicos: inhabilitación; competencia en materia de fiscalización de los recursos de los partidos políticos; recursos de procedencia ilícita; aportaciones

Instituto Nacional Electoral

En

prohibidas por la ley y la obligación legal de que se constituyan Fiscalías Electorales en las entidades federativas. Hasta este momento solo 16 estados crearon su Fiscalía, aunque debieran ser 32, como lo estableció la legislación hace tres años, lo que incumplen la mitad de las legislaturas estatales. Aunque muchos de los delitos están pensados solamente para el proceso electoral, es decir, donde hay candidatos o pre campañas, puede darse el caso de que algunos servidores públicos utilicen los bienes a su alcance para promocionarse políticamente, y estos no los sanciona la legislación electoral sino hasta que la persona es candidato o precandidato. Además, ocurren muchos casos de agresiones contra mujeres que participan en el ámbito de la vida pública, lo que no está legislado en este momento. La Cámara de Diputados aprobó el agravante en la Ley General en Materia de Delitos Electorales; sin embargo, no hay un tipo penal específico. Un tercer elemento que se debe considerar es que la Fepade tiene una fuente de financiamiento reducida, que le asigna la Cámara de Diputados. El INE tiene mil 600 millones de pesos, incluidos los recursos que se dan a partidos políticos. El Tribunal unos 3 mil millones de pesos, la Fepade tiene sólo 160 millones de pesos.

Presupuestos 2017

CULTURA POLÍTICA

Presupuesto de instituciones electorales con relación a la Fepade (Gráfica)

sociales, la compra de votos y la marginalidad. Los programas sociales son instrumentos para satisfacer derechos sociales y no prebendas o canongías de partidos políticos o dádivas de los gobiernos; por tanto, no se puede exigir la compra del voto a favor de una determinada opción política”, explica. El titular de la Fiscalía aclara: “Lo que está prohibido es el condicionamiento de programas sociales y la compra de votos, por lo que es necesario capacitar, concientizar y hacer una labor de prevención del delito electoral, sobre todo durante las campañas. Esto le corresponde a la Sedesol y a la Fepade. También organizamos ‘comités de blindaje’ en todas las entidades donde habrá elecciones”. Nieto Castillo agrega: “Quisiera comentar el caso de la feminización y la criminalidad de la pobreza, porque tenemos dos tipos penales para sancionar compra y condicionamiento de programas sociales. Por un lado, a los funcionaros la sanción que les impone la ley es de 2 a 9 años de prisión. Sin embargo, si lo hace una persona que no es servidor público ni beneficiaria de programas, el castigo es de 6 meses a 3 años de cárcel. Muchas veces ya no son los servidores públicos, sino las vocales de "Mujeres Prospera" las que son utilizadas por los funcionarios para efecto de condicionar los programas sociales”. La compra del voto, recuerda, “es un delito que se comete de manera instantánea. Si no se toma la grabación, el audio, el video, las placas fotográficas, los testimonios del momento de la conducta delictiva que se comete, es muy difícil reconstruir el pasado para ejercer acción penal contra una persona”.

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