Protección de la privacidad y transparencia

Page 1

INTERNET

Protección de la privacidad y transparencia • Perla Gómez Gallardo

n á l i s i s

I.

De la tradición de “a mi casa, ni el rey entra” pasando por el derecho a “ser dejados solos” la era de las nuevas tecnologías que da publicidad a los actos no sólo privados sino íntimos. Desde el surgimiento y configuración de las naciones, siempre ha existido la tentación de entrar en la esfera privada de los integrantes de dichas sociedades, históricamente han existido grandes conquistas contra el poder ilimitado que en principio tenían los reyes, desde Juan sin tierra, en Inglaterra se logró que todo acto de autoridad fuera fundado y mo-

tivado, evitando así la discrecionalidad y el abuso del poder. Nuestra casa, el espacio vital en donde tenemos nuestra intimidad y vida privada, no puede ser allanada por autoridad alguna, a menos que exista un acto judicial que lo autorice, previo cumplimiento de diferentes requisitos. La tradición estadunidense es la que aporta una de las mejores defensas al derecho a la privacidad, a través de diversos criterios judiciales: el derecho a “ser dejado solo” con una connotación que va desde el valor de la soledad como el elemento para configura la personalidad, espacio vital que cuando es exhibido puede llevar a la persona al suicidio. Así, con las prácticas contemporáneas, los estadunidenses traicionan su propia doctrina sobre la protección de este derecho, que va de la mano con el derecho a saber sobre los asuntos de interés público con respecto a las personas que tienen relevancia pública, por el encargo que

A

A

raíz de la filtración del programa de espionaje informático "Prism", que lleva a cabo la Agencia de Seguridad Nacional del gobierno de Estados Unidos, a través del cual se puede acceder, según la información publicada por The Guardian, al historial de búsquedas, el contenido de correos electrónicos, transferencia de archivos y chat en vivo, se generó una reacción internacional que obligó a Barack Obama a anunciar desde Berlín (en el marco de la reunión del G8) que desclasificará parte del programa de espionaje PRISM de recolección de datos telefónicos e Internet con la intención de elevar su transparencia y “tranquilizar a la población”. En este contexto es necesario hacer un alto para revisar las implicaciones que este tipo de prácticas realizadas desde el gobierno, con plena intromisión no sólo en su territorio, sino en toda la zona franca que brinda internet.

23


J U LI O 2 0 1 3

desempeñan, las decisiones que toman y los recursos públicos que ejercen. Con las nuevas tecnologías, parece que se diluye el ámbito de protección, al mismo tiempo, surgen formas más accesibles para invadir la vida privada y la intimidad de las personas, que al usar sus aparatos telefónicos o equipos con internet desconocen los alcances y usos, que se le pueden dar a la información que ellos mismos aportan.

24

Así, con las prácticas contemporáneas, los estadunidenses traicionan su propia doctrina sobre la protección de este derecho que va de la mano con el derecho a saber sobre los asuntos de interés público con respecto a las personas que tienen relevancia pública

La autorregulación y la conciencia del riesgo de exhibición que se tiene al subir o consultar páginas de la red debe ser un inhibidor de conductas que se pueden videograbar fácilmente. Hoy día la mejor forma de pasarla bien en una reunión social es estando con amigos que de ninguna manera tomarán fotos (menos videos) de cualquier situación vergonzosa, más aún, establecer como regla la prohibición de tomar cualquier imagen o sonido en este tipo de reuniones. Ya vimos que ahora la consulta de información que se sube a las redes sirve para contratar personal o despedirlo. Como nunca, el espacio de la privacidad está en constante riesgo ante la apabullante forma de captar y masificar una imagen. Así, la conciencia del impacto que puede tener el mal momento o el uso tendencioso de la información que uno mismo sube, puede ser un freno y un llamado a la prudencia.

II.

La ausencia de regulación eficaz en materia de protección de datos personales en posesión de los proveedores de internet y otros servicios de telefonía. Cuando contratamos un servicio de telefonía, internet, correo electrónico o redes digitales, aceptamos las cláusulas de los llamados contratos de adhesión (que no se negocian entre las partes, sólo las dicta el proveedor y quien quiera el servicio tiene que aceptar sus condiciones) o no tenemos acceso a dichas plataformas. Es rara la persona que se detiene a revisar los términos del contrato y los llamados “avisos de privacidad“, que se plantean en los mismos. La revisión de sus alcances es escandalosa, basta ver la referente a Facebook que raya en aspectos leoninos sobre el uso de la información que se sube a su sistema. La tecnología viaja en tren y la legislación en carreta, el desfase lleva al abuso en el manejo de la información y la casi nula responsabilidad de quienes lucran con el servicio que proveen, más aún, con la simple negativa de conocer acerca del espionaje que realiza el gobierno americano en el caso que nos ocupa, deslinde que resulta por demás sospechoso y en el mejor de los casos preocupante, por las medidas de seguridad que se tienen para evitar intromisiones.

III.

No hay vida privada en las nuevas tecnologías. La solución del momento frente a la ausencia de mecanismos eficaces de regulación y protección de los datos personales, así como de la vida privada, reside en entender que lo que se difunde a través de las redes asentadas en internet, correos, incluso en las búsquedas, es público y difícilmente regresa a ser privado.

IV.

La responsabilidad de los proveedores de servicios de internet, telefonía y del Estado. Hay una diferencia abismal entre la ligereza en subir o enviar información que después puede ser usada en nuestra contra, con el hecho que de manera indebida sea el Estado quien se encargue de consultar esa información desde plataformas que no tienen difusión y sin mandamiento judicial. Además, no sólo se espía a los ciudadanos (de su país y principalmente extranjeros), también se les niega el derecho a saber sobre el propio ejercicio del gobierno. George Simmel en su libro “El secreto y las sociedades secretas”, lo dice bien: “La clandestinidad de los asuntos públicos revelaba su contradicción interna al incitar reacciones opuestas: la traición y el espionaje”. Estamos frente a situaciones en donde las personas responsables de las instituciones se encargan de cerrar el acceso a información de interés público, fuera del sigilo, actúan en la opacidad.1 Cada vez es más difícil


INTERNET

conocer la información que en principio es pública y patrimonio de la Nación, desde el momento en que se genera gracias a los recursos que aportamos a través de nuestros impuestos. Continúa Simmel: “La democracia querrá la publicidad como un estado deseable en sí mismo, en virtud del principio de que todos deben conocer los hechos y circunstancias que les conciernen, pues sólo así podrán decidir al respecto; el saber implicaría ya una incitación psicológica a participar”.

El uso ético de las nuevas tecnologías, las tentaciones de regulación restrictiva a la libertad de expresión y el espionaje gubernamental. Uno de los principios de la protección de datos personales en posesión de la autoridad es conocerlos. El espionaje es una de las peores prácticas características de gobiernos fascistas y dictatoriales. El pretexto de la seguridad a cambio de la libertad siempre lleva a la supresión de derechos. “La clandestinidad siempre ha sido uno de los accesorios del poder aristocrático. La publicidad, por el contrario, va unido al principio democrático y a la tendencia a dictar leyes universales y fundamentales, es decir, leyes que por definición se refieren a la generalidad de los individuos y son por lo tanto, públicos por naturaleza”. Dice Simmel, y es aquí en donde no hay cabida para la omisión del Estado para regular a las empresas que prestan servicios para que sus contratos y cláusulas de confidencialidad sean revisados y se generen consecuencias por negligencia o abuso en su tratamiento. No podemos renunciar a la conquista de siglos frente al abuso de unos cuantos que se benefician de la información y so pretexto de la seguridad, invaden las áreas principales de desarrollo privado e íntimo de las personas. Peor aún, hay que darle seguimiento a los procedimientos incriminatorios contra quienes tienen la osadía de exhibir las peores prácticas de estos sistemas y se ven acosados por hacerlo. Se debe fomentar el uso ético de este tipo de tecnologías, la conciencia del daño que podemos hacer y nos

podemos hacer por no tener prudencia con la información e imágenes que subimos. Cuidado también con las tentaciones de regulación hacia los particulares que no pasen por el propio Estado, siempre es tentador que con el pretexto de las redes y las denuncias que desde ahí se hacen, se busque cerrar esta vía alterna de información. Hay que defender los derechos adquiridos, exigir la debida protección, repudiar la intromisión de los gobiernos, responsabilizar a las empresas que lucran con nuestros datos y fomentar el valor de tener la posibilidad de informar, sin que dicha información se convierta en nuestra espada de Damocles.

n á l i s i s

V.

A

...se debe fomentar el uso ético de este tipo de tecnologías, la conciencia del daño que podemos hacer y nos podemos hacer por no tener prudencia con la información e imágenes que subimos.

@TPDI

25

* Profesora Investigadora Titular C de la Universidad Autónoma Metropolitana Unidad Cuajimalpa, Maestra por oposición de la asignatura de Derecho a la Información en la Facultad de Derecho UNAM. 1. Ejemplo claro es el último fallo de la Corte en donde confirma que es válido que los servidores públicos se nieguen a transparentar su declaración patrimonial.


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.