•
REFORMA ELECTORAL
Spots electorales locales en Tv, viacrucis de falsedades Luis Miguel Carriedo
Algo de memoria En síntesis, la historia de los llamados bloqueos, es decir la difusión de promocionales específicos en cada emisora y no la del mismo promocional en todas las señales repetidoras locales de las llamadas “cadenas naciona-
á l i s i s
“consisten en la inserción de un spot local comercial en sustitución de los espacios disponibles en los promocionales de Televisa”, aunque ahí aclaran que “los bloqueos tienen una duración de 20 segundos y su disponibilidad depende directamente de la venta nacional”. Sin embargo, lo que sí pueden hacer las televisoras para efectos comerciales (en el caso de Azteca con tecnología “sin precedente” y en el de Televisa “dependiendo de la venta nacional”), es negarse a llevarlo a cabo cuando se trata de propaganda electoral, utilizando todos los recursos de manipulación a su alcance para suplantar el sentido común por opiniones de sus intelectuales orgánicos y hasta dictámenes técnicos con papel membretado de la UNAM en donde se afirma que bloquear es “imposible”, discursos encendidos de consejeros electorales o de académicos que intentan convencer a quien tenga dudas de que es imposible que existan spots electorales locales o poco prudente o absolutamente innecesario porque cubren a tan pocos electores más de cien repetidoras de Televisa y Azteca, que es mejor exentarlas de cumplir la Constitución para que no tengan las pobres que hacer lo imposible para difundir spots diferenciados en cada esquina. La primera elección en la que los medios debían cumplir con la reforma y difundir sin cobrar spots políticos, las dos televisoras se negaron a insertar en cientos de sus repetidoras que sí difunden contenidos locales comerciales, cualquier promocional electoral local diferenciado del que se viera al mismo tiempo en el resto de las repetidoras (lo que se conoce como “bloqueo”).
An
D
esde los primeros meses en que se implementó el nuevo modelo de comunicación político-electoral aprobado en la reforma constitucional de 2007, ha sido una obsesión del aparato de cabildeo de los principales consorcios mediáticos -particularmente Televisa- en los órganos reguladores, universidades o el Congreso: impedir la transmisión de promocionales políticos locales congruentes con los territorios que cubre cada una de las emisoras repetidoras de los canales nacionales (lo que vemos en el DF en los canales 2, 5 y 9 de Televisa, y 7 y 13 de Azteca). Televisa opera hoy 225 concesiones individuales de televisión esparcidas por todo el país (las reconocidas) y Televisión Azteca 179, las cuales utilizan por grupos para colocar “en red” un mismo contenido o barra programática simultáneamente en varias entidades, pero también insertan en muchos casos anuncios exclusivos para una determinada localidad e incluso programas completamente locales o regionales que interrumpen la programación “nacional” o “estatal”, acorde con sus estrategias y planes de negocio. Televisión Azteca lo explica con mayor claridad en su página web Azteca noreste, en donde le dice a sus anunciantes sobre los bloqueos que: “A través de tecnología avanzada sin precedentes en la región, Azteca noreste permite a sus anunciantes bloqueo de señal por clusters, y pudiendo realizar transmisión simultánea de varias versiones de un spot en diferentes plazas (y) transmisión de spots en una o diferentes plazas seleccionadas”. Pero Azteca va más allá, y le aclara a sus anunciantes del noreste, ya en la sección “opciones de inversión”, que el bloqueo puede ser regional o en “ciudad específica”. Por su parte, la página web de Televisa (donde por cierto, también se ofrece sin mayor pudor la venta de entrevistas) les dice a sus anunciantes que los bloqueos
13
ENERO 2014
14
les” con mayor audiencia, empezó en 2008, cuando el IFE (próximamente INE) no contaba con un sistema de monitoreo que le permitiera verificar lo que se transmitía o no en las televisoras y sus repetidoras, y entonces, las empresas dijeron que en cientos de sus señales locales, repetían íntegramente la transmisión que venía del Distrito Federal y que era “imposible” técnicamente insertar promocionales de candidatos locales a presidencias municipales o a gubernaturas solo en la localidad donde la repetidora en cuestión tuviera cobertura, a menos que dichos mensajes se vieran en toda la república, es decir, en todas las repetidoras del mismo “canal nacional” (ver “Los bloqueos”, en Zócalo junio-2011). En otras palabras, afirmaban que no era posible difundir en una concesión específica que cubre un territorio local, promocionales locales que sólo se vieran en esa concesión. Así, la autoridad electoral publicó un primer catálogo de emisoras que se utilizó en la contienda federal de 2009 en donde se especificaba qué repetidoras supuestamente no bloqueaban y cuáles sí (a partir de lo que las propias empresas habían informado). Sin embargo, un año después, cuando ya existía un sistema de monitoreo que permitía verificar las transmisiones y se llevarían a cabo elecciones locales en entidades como Oaxaca y Puebla, Televisión Azteca informó al IFE que no bloquearía en una de las repetidoras ubicadas en Huajuapan de León, Oaxaca. La decisión se externó cuando, precisamente, esa entidad celebraría comicios para renovar gubernatura, y por lo tanto, la televisora requirió a la autoridad la dispensa de spots electorales de campaña en dicha señal que antes, por el dicho de la propia empresa, sí podía transmitir bloqueando la señal nacional y difundiendo contenidos propios de las pautas locales establecidas en la Constitución para “cada señal de radio y televisión” que se vea o escuche en un territorio donde hay elecciones. La petición no fue aceptada en ese momento y detonó una verificación del IFE en donde se acreditó que no sólo esa emisora, sino también decenas de señales tanto de Azteca como de Televisa -que habían informado antes que era “imposible” bloquear-, en realidad sí difundían contenidos diferenciados con relación a la señal que se veía en la Ciudad de México.
El jaloneo para que hubiera finalmente bloqueos en todas las repetidoras se presentó a partir de ese momento cada vez que el IFE aprobaba un catálogo para elecciones locales en otras entidades, hasta que llegó al Tribunal Electoral una impugnación sobre ese asunto a propósito del catálogo diseñado para la elección que celebró Coahuila en 2010. Ahí se tomó una decisión muy relevante en plena Navidad de aquel año a la que ya nos referimos en estas páginas (fue, como siempre que decisiones importantes coinciden con puentes vacacionales o navidades en el Tribunal, una mera casualidad y no miedo de los magistrados a un embate televisivo). La Sala Superior determinó finalmente que cada concesión tenía obligación de hacer lo necesario para transmitir los promocionales de manera individual y hacer los bloqueos correspondientes. Hasta jurisprudencia sacó, pero la historia de negativas y cabildeos no terminaba todavía. El asunto estaba resuelto, ya que los catálogos que se aprobaron después de la sentencia Coahuila (en Hidalgo o en el Estado de México, por ejemplo) se ordenaron desde el IFE, por unanimidad y sin excepción ni impugnación de las empresas, con un mandato expreso para que de manera individual cada concesión hiciera lo necesario para bloquear y transmitir los spots locales que les fueran solicitados antes del inicio de las campañas correspondientes. Pero las televisoras no se resignaron y volvieron a la carga cuando llegó el momento para que el IFE elaborara el catálogo nacional de emisoras que participarían en la elección federal de 2012, y entonces mandaron sendos oficios al IFE diciendo que 157 de sus repetidoras debían quedar exentas de los bloqueos nuevamente, pero que ahora sí en 2013 empezarían a cumplir con los bloqueos de señal. En una decisión lamentable, el IFE dio marcha atrás a lo que había ganado desde 2010 y exentó a 129 de esas 157 repetidoras (a casi todas) de bloquear, precisamente cuando se celebraría la elección federal de 2012 y pese a que existían grabaciones que demostraban la falsedad de la supuesta imposibilidad técnica de bloqueo en esas emisoras perdonadas de cumplir con la Constitución en el momento más importante para hacerlo (lo cual evidenciaron los consejeros Marco Baños y Alfredo Figueroa).
An á l i s i s
monopolizara cientos de concesiones en toda la república e informara que son repetidoras, quedaría exenta en automático de transmitir spots electorales diferenciados (pudiendo hacerlo con cualquier spot comercial). Los cabilderos son aplicados y eficientes. Usaron para este intento a legisladores del PRD. Así, en abril de 2012 se aprobó sin debate una propuesta de reforma a la Ley Federal de Radio y Televisión que dejó el entonces diputado Armando Ríos Piter (quien pidió licencia un mes antes para buscar la senaduría que hoy ocupa). ¿Qué decía su propuesta? Pedía incorporar un nuevo artículo 49 BIS y otro 79B que decían lo siguiente: “Artículo 49 Bis. Dos o más estaciones podrán ser operadas bajo la figura de red o cadena, ya sea regional o nacional. “La figura de red o cadena, se refiere al enlace o a la retransmisión del contenido programático que se origine en la estación que para tal efecto sea designada como la estación de origen, mediante la notificación correspondiente a la comisión. “En una misma red o cadena se podrán enlazar únicamente estaciones de la misma naturaleza y propósito, ya sean concesiones o permisos”. El artículo 79-B decía: “Para efectos de lo dispuesto por el artículo 79-A de esta ley, así como lo relativo al cumplimiento de los tiempos que correspondan al Estado diariamente, en los casos de las estaciones que operen bajo la figura de red o cadena conforme a lo previsto en el artículo 49 Bis, se considerará cumplida la obligación de los concesionarios y permisionarios de dichas estaciones al transmitir las pautas, programación o propaganda que las autoridades correspondientes entreguen a la estación que haya sido designada como estación de origen conforme al artículo 49 Bis”. Fin de la cita. Afortunadamente esta reforma a modo que inicialmente aprobaron 244 legisladores y sólo cuatro en contra, se detuvo e incluso Ríos Piter ofreció disculpas en su cuenta de twitter el 19 de abril de 2012: “Es malo equivocarse, pero es peor no corregir”. Los legisladores no han resuelto el tema, y para como están las cosas, en una de esas reviven esta vieja iniciativa que deja testimonio de la habilidad para cabildear exitosamente que tienen las empresas y de parsimonia de los poderes públicos. Sería deseable que con transparencia y dejando de lado la simulación, se tomara una definición legal definitiva sobre este tortuoso asunto. @lmcarriedo
REFORMA ELECTORAL
Quienes defendían la dispensa a Televisa y Azteca decían que debíamos darle el beneficio de la duda actuando “de buena fe” (es decir, creer a ciegas en sus mentiras e ignorar que nuestros ojos veían bloqueo local en repetidoras locales), pero que el sacrificio de la dispensa era “razón de Estado” porque ahora sí (nada más que terminaran las elecciones) habría bloqueos generales para difundir propuestas de cualquier candidato local en 2013. (Sin embargo, esto tampoco ocurrió y hoy, luego de una sentencia del Tribunal que va en sentido contrario de sus criterios previos, el IFE está realizando un diagnóstico que terminará hasta 2014 para saber si en 2015 ahora sí pueden bloquear las repetidoras de Televisa y Azteca). Un ejemplo que ilustra el operativo para fabricar el discurso de la supuesta imposibilidad de bloqueo se lee en el expediente que acredita la dispensa de bloqueo en 2012 de la emisora XHCDE, repetidora de Televisa ubicada en Ciudad Delicias, Chihuahua. Según un peritaje en papel membretado de la UNAM, anexo a la justificación de dispensa para que esa emisora no tuviera que difundir spots electorales locales: “…se ha podido corroborar que bloquear las señales de origen para insertar programación local en cada una de las estaciones repetidoras del país, constituye un reto logístico y operativo sustancial”. En el mismo expediente de esa emisora hay cartas de empresas internacionales que afirman imposibilidad para mandar equipos técnicos por las inundaciones en Tailandia (de mal gusto usar un desastre natural para una grilla empresarial) y hasta cartas de los sindicatos en donde se afirma que se requiere capacitación para bloquear en esa emisora. Todo es una farsa si consideramos que ahí, en esa emisora que supuestamente no podía difundir contenidos locales, se transmite el noticiario local, plagado de notas muy amigables con políticos locales. El problema es grave si consideramos que en repetidoras en las que se ofrecen formatos como la venta de entrevistas no se permite que existan spots políticos locales. Hay anuncios locales y se ofrecen menciones y coberturas locales, pero es “imposible” o “un reto sustantivo” que se vean promocionales electorales locales. Unos días después de aquella dispensa para que hubiera bloqueos generales en la elección de 2012, la mano de los cabilderos llegó al Congreso para que antes de 2013 (cuando supuestamente comenzarían los bloqueos generales) se modificara la Ley Federal de Radio y Televisión y entonces cualquier empresa que
15