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La abogacía en tiempo modernos, juicios en línea y su procedimiento

Lic. Guillermo Jonathan Salazar Pool
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Licenciado en Derecho Cédula profesional No. 9341552 Universidad Insurgentes Campus Norte.
Maestro en Juicios Orales del Nuevo Sistema de Justicia Penal (Grado en trámite). Universidad Insurgentes Campus Norte.
Socio de Abogada Mar y Asociados. El derecho ha tenido una reciente evolución, la cual es tan innovadora que para la mayoría de abogados es sorprendente que los juicios escritos e incluso audiencias, se realicen a través de internet y desde un equipo de cómputo, el cambio ha sido muy radical pues ahora es necesario el contar con una Firma Electrónica para poder realizar las solicitudes a través de un portal de internet, he de mencionar que el pionero en la implementación de juicios en línea fue el Poder Judicial del Estado de México, el cual estableció la tramitación de una Firma Electrónica (FEJEM), desde el año 2018, por lo que los abogados postulantes al obtener su FEJEM, se les asignaba también un correo electrónico institucional para efectos de oír y recibir notificaciones por parte del Tribunal Electrónico Familiar.
Inicialmente ante el C. Juez Familiar en Línea del Estado de México con sede en Toluca, solo se tramitaban un catálogo muy reducido de demandas entre las cuales se encontraban las siguientes; Divorcio Mutuo Consentimiento, Acreditación de Concubinato, Identidad de Persona, Dependencia Económica, Rectificación de Acta, Autorización para salir del país, estos fueron algunos de los tramites con los que inicio dicho Tribunal, he de mencionar que desde el momento en el que se presentaba la demanda y hasta la conclusión del juicio, era en un periodo de 5 a 7 días, por lo que los tiempos fueron reducidos de manera excepcional lo que comenzó a ampliar la utilización de dicha vía, por lo que se comenzaron a implementar esta tecnología y vía en la materia civil y mercantil.
Posteriormente el Poder Judicial de la Federación implementa esta tecnología con su FIREL (Firma Electrónica), por lo que los Abogados Postulantes al tener esta Firma Electrónica y encontrarse registrados ante el Poder Judicial de la Federación podían presentar las respectivas Demandas de Amparo a través del portal de internet, con lo que se tiene el acceso a todo el expediente electrónico y así poder

ver todos los acuerdos emitidos por la autoridad federal, ahora bien si hubiese una notificación personal esta se desahoga desde el mismo portal con la FIREL, esto permite ahorra tiempo y recursos pues se puede promover a nivel nacional y estar al pendiente de dichos asuntos a través del portal, he de mencionar que al acudir a los juzgados físicos del Poder Judicial de la Federación y consultar el expediente físico, este coincide totalmente con el expediente electrónico por lo que esta tecnología ha venido a reducir tiempos y recursos económicos.
Con esta nueva enfermedad COVID-19, hemos visto mermada la actividad laboral en el ámbito jurídico, por lo que aquellos que somos abogados postulantes nos vimos en la imposibilidad de continuar con nuestras labores cotidianas así como la limitante de la obtención de recursos, durante esta pandemia ha sido decretado por los Tribunales locales, así como los Federales la implementación de la era digital y los asuntos que se tramitaran en línea; actualmente es más sencillo la tramitación de las Firmas Electrónicas pues antes de la pandemia se realizaba por internet una parte de la tramitación y posteriormente se acudía personalmente para validación de documentos y para la firma autógrafa de la solicitud de la tramitación, actualmente el trámite es por internet y se concluye por el mismo medio en algunos casos por medio de una videoconferencia, con lo que se facilita la obtención de la misma para la tramitación de demandas o seguimiento a los expedientes ya existentes.
La tramitación de las demandas es de la misma manera en que las veníamos realizando, solo con los cambios de que en lugar de trasladarnos a una oficialía de partes ahora se digitalizan todos los documentos base, así como la demanda para efectos de ingresar al portal en línea; este puede ser del Tribunal de Justicia de la Ciudad de México, Poder Judicial del Estado de México o Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación, para adjuntar todos los documentos en un formato PDF, se firma electrónicamente con la Firma electrónica ya sea del Abogado Postulante e inclusive habrá que firmar el antes mencionado y la parte interesada, esto dependerá de los lineamientos y especificaciones de la Autoridad ya que en materia Federal y en el Poder Judicial del Estado de México si aplica que tiene que firmar la parte interesada o quejoso, si no fuera así no será admitida dicha demanda. Una vez presentada en un periodo de 48 a 72 horas se emitirá el respectivo acuerdo por la autoridad en el cual admite, previene o desecha dicha demanda, por lo que aplica de la misma manera que en el sistema tradicional, si fuere el caso de que exista una prevención al subsanarse está, se dará tramite a la demanda por lo que el Juez señalara fecha de Audiencia o en su caso ordenara que se emplace a juicio a la parte demandada (esto solo sucede en los casos de corrección de acta o que el demandado sea una dependencia), una vez señalada la fecha de audiencia señalaran el medio por el cual se desahogara dicha audiencia, la cual tendrá las mismas solemnidades que una audiencia tradicional y de igual forma se desarrolla en el mismo sentido pues se desahogan pruebas documentales y testimoniales, no podría señalar por el momento que se desahogaran las confesionales pues debemos de recordar que los catálogos de los juicios que se conocerán en línea son juicios no contenciosos o de jurisdiccional voluntaria los cuales no necesitan el desahogo de una prueba confesional, por lo que dichas audiencias son muy sencillas por lo que no debemos de caer en un miedo escénico o crearnos un temor de saltar a la nueva normalidad, por lo que se realizan las mismas preguntas a los testigos a efectos de acreditar lo que es nuestra pretensión para poder acreditar ante el juez lo que es nuestra solicitud, en materia federal al realizarse la audiencia constitucional, el expediente pasara a proyecto

para dictar sentencia la cual le será notificada a las partes, en cuanto a las audiencias y juicios del Poder Judicial del Estado de México, al finalizar la audiencia en un par de horas es subida la sentencia al expediente electrónico la cual llevara adjunta la firma electrónica y certificado digital del juez que la emite con lo que adquiere el valor de copia certificada tal y como lo estable el Artículo 1.130 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de México el cual fue reformado el día 8 de Enero del año 2018, actualmente muchas dependencias no reciben las copias certificadas emitidas por el tribunal electrónico al tener desconocimiento de las reformas actuales, por lo que hay que explicarles a los servidores públicos que dichas fojas al cubrir estos requisitos señalados cubren los requisitos de una copia certificada, para finalizar debemos de tener claro y tener mucha paciencia pues a pesar de que estos nuevos procedimientos se están implementando de manera pronta no todo el personal de los diferentes Tribunales tienen la respectiva capacitación de la tramitación que se le tiene que dar a los oficios electrónicos o exhortos

electrónicos para poderles dar trámite pero son pequeños imprevistos que vivimos día a día en la práctica de nuestra profesión.
Actualmente es de vital importancia el contar con las respectivas Firmas Electrónicas para poder continuar con nuestra actividad profesional, además de adecuarnos a los nuevos lineamientos emitidos por las autoridades jurisdiccionales, pues habremos que modificar los escritos iniciales como lo es adjuntar el correo electrónico, numero celular o teléfono fijo para efectos de oír y recibir notificaciones, esto en atención a las circulares emitidas por el Tribunal de Justicia de la Ciudad de México, así mismo debemos de atender a que dicho Tribunal señalo, que para poder promover en línea se podrá utilizar la E.FIRMA (emitida por el Servicio de Administración Tributaria) o la FIREL (emitida por el Poder Judicial de la Federación), por lo que al contar con cualquiera de las Firmas antes mencionadas se podrá realizar la presentación de demandas en línea o promociones ante dicho Tribunal.