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Ley Olimpia: una ley que protege la intimidad y la privacidad de la persona, su reciente creación y difusión en México

Lic. Jesús Cuahutémoc Olmos Ávalos

Director General de Olmos Asesores Legales Especializados de Michoacán

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En los últimos años en nuestro país se ha incrementado la violencia contra la mujer de forma alarmante y preocupante en nuestro país, se podría decir que en las últimas dos décadas se ha disparado enormemente la cantidad de violaciones, y agresiones sexuales en contra de la mujer joven y adulta, ahora llamados en términos de derecho feminicidios, se ha tenido que mejorar y reformar las leyes para contrarrestar, este tipo de delitos, que no solo daña a niñas, niños, señoritas y jóvenes adultas y mujeres, pues según datos del portal de internet “ expansión política” indican los siguientes dato que parecieran no estar muy lejos de la realidad en nuestro país:

Aquí presentamos algunos datos que documentan el problema.

1. Entre 10 y nueve mujeres son asesinadas cada día en México, de acuerdo con la ONU. 2. De 2015 a la fecha, suman 3,578 feminicidios a nivel nacional. Solo de enero a octubre de 2019 se registraron 833 casos, según cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP).

3. La Ciudad de México acumula 231 feminicidios en los últimos cinco años; 50 de ellos fueron cometidos en los primeros nueve meses de 2019.

4. Veracruz es el estado más peligroso para las mujeres en la actualidad, al registrar 153 víctimas de feminicidio de enero a octubre de este año. Le sigue del Estado de México con 95 casos en el mismo periodo, de acuerdo con el SESNSP 1 . Por eso era tan importante una ley moderna para el momento y contexto histórico por el que pasa la violencia contrala mujer, la LEY OLIMPA VIENE quizá a ser una luz en medio de la violencia encarnizada contra la mujer.

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Orígenes de la LEY OLIMPIA

La “GORDIBUENA DE HUACHINANGO”, es el alias que recibió Olimpia Coral Melo por parte de su caber-depredador, y acosador, al subir en redes sociales y en una miríada de páginas pornográficas el video en el que la joven de dieciocho años de edad. En un breve lapso, la vida de Olimpia se había convertido en una pesadilla en su pueblo natal, el linchamiento social y la pseudo-superioridad moral contra su persona no se hicieron esperar, del mundo virtual… el infierno, pronto se trasladaría al real, la palabra “informática” que significa “información automática e inmediata” se materializó, su video se había hecho viral, no obstante, cabe recordar que la justicia por propia mano no es justicia, es barbarie por años mantenía relaciones sexuales con su novio, las imágenes fueron obtenidas por el ciber-delincuente al hurtar el teléfono celular, desbloquear la contraseña y proceder a transmitir datos personales sensibles a cuanto amigo, cómplice y página de internet se le ponía en frente.

Vulnerando asi, el derecho de la joven asu privacidad e intimidad. A la divulgación de su imagen sin su con semiento expreso, este hecho por demás denigrante e inverosímil, derivo en la necesidad de legislar en favor de legislar un ley que protegiera y privilegiara la seguridad de las víctimas, además de proveer una sanción y un castigo ejemplar para quienes creen que tienen derecho de denigrar a las mujeres, y su moral, social y quedar en total impunidad.

10 abogados 24-7 Casos como en la CDMX DONDE los acosos sexuales contra la mujer en el día a día en el metro de la CDMX, y que ha derivado de casos de secuestro violación desaparición de jóvenes por depredadores sexuales, quienes perfilan según la FGR (fiscalía general de la república) a mujeres de entre 20 a 25 años de buen cuerpo, esbeltas, y que generalmente salen de antro en taxis o plataformas de servicios de transporte publico en el estado de Michoacán de Ocampo se

busca con la reforma reciente al Código penal del estado de Michoacán; por el que se reforman los artículos 169 al que se le agregan un antepenúltimo y penúltimo párrafos, además se reforma el artículo 197 y se adiciona el artículo 197 bis del Código Penal para el Estado de Michoacán, con el fin frenar la ola de violencia y hostigamiento sexual hacia la mujer 2 .

Según datos recientes y la exposicion de motivos para establecer esta ley en el estado de michocan y según el censo del INEGI EN Michoacan al 2019 Actualmente, veinticinco de cada de cada cien jóvenes usuarios de internet ha sido víctima del ciberacoso y el ciberbullying, según lo ha afirmado el propio INEGI y las denuncias expuestas a nivel nacional e internacional por ‘The Social Intelligence Unit’.

Por otra parte, el grupo de usuarios de Internet que resulta ser más vulnerable, es el que fluctúa en edades de entre los doce y los veinte años, destacando que han sido las mujeres, quienes con frecuencia son sistemáticamente más violentadas ; además de que en el año 2018 el gobernador Silvano Aureoles emitio la declaratoria de alerta de genero en nuestro estado.

A nivel nacional según INEGI para reforzar este análisis desde el contexto jurídico y en tender la problemática real del tema en mencio, En el último año fueron violadas casi 10 mil jovencitas en escuelas tanto publicas como privadas, Además, 3.7 millones de alumnas reportaron que a lo largo de su vida han pasado cuando menos por un episodio de intimidación y 725 mil 497 lo sufrieron en los últimos 12 meses, de acuerdo con las propias alumnas dijeron al Inegi, fueron agredidas sexualmente una de cada 10 jóvenes y adolescentes en edad de cursar sus estudios en bachillerato o en la universidad.

Esto representa que 810 mil 793 mujeres de 15 años y más pasaron por este tipo de violencia sexual en el ámbito escolar en los últimos 12 meses y que 4.6 millones de mexicanas de ese mismo rango de edad

de la comunidad de San Vicente Chimalhuacán, perteneciente a Ozumba, tras labores de inteligencia se supo que se trata de una joven que venía de Cuautla y que el probable responsable se trata del chofer de una camioneta Splinter, de la ruta 85, donde viajaba la joven.

han sido violentadas de diversas formas a lo largo de toda su vida académica.

Dentro de esa categoría general se cuenta el hostigamiento y acoso, así como la violación e intento de; sin embargo, no es lo único.

La encuesta contabiliza a 1.86 millones de jóvenes y adolescentes que fueron víctimas de abuso en este contexto cuando menos una vez a lo largo de su vida, de las cuales 207 mil 351 pasaron por un episodio en 2016. Además, las han manoseado, tocado, besado o se le han arrimado, recargado o encimado sin su consentimiento.

Además, 3.7 millones de alumnas reportaron que a lo largo de su vida han pasado cuando menos por un episodio de intimidación y 725 mil 497 lo sufrieron en los últimos 12 meses. Fue la principal razón que fundo y motivo la reciente reforma penal en nuestro estado, y cuya realización de reforma , se cristalizo en el ultimo sábado de dicembre de 2019, por la presión social de grupos, principalmente feministas.

casos como el de mara Castilla aesinada en puebla, o el de Vanessa Ruiz en la ciudad en las inmediaciones Son algunos de los casos que han sacudido a una sociedad lastimada y herida por la crueldad de los asesinos, y la desprotección de la ley aunado a la escasa aplicación de la ley orilla a expedir esta ley denominada Olimpia, y aunque las penas variaran según el estado donde se apruebe , esperemos que contribuya al combate y ala lucha contra el feminicidio en nuestro país

En la Cdmx por ejemplo, los legisladores aprobaron que la pena señalada se agrave al 50 por ciento cuando la víctima sea una persona ascendiente o descendente en línea recta hasta el tercer grado; así como cuando exista o haya existido una relación de matrimonio, concubinato, noviazgo o cualquier otra relación sentimental o educativo, así como laboral.

Los cambios incluyen la misma sanción cuando el delito sea cometido por alguna persona servidora pública o integrante de las instituciones de Seguridad Ciudadana en ejercicio de sus funciones o bien, si el delito se comete contra personas adultas mayores, con discapacidad, en situación de calle, afrodescendientes o de identidad indígena.

También instruye una pena de hasta tres años de prisión cuando existan amenazas o acciones de extorsión para difundir materiales fotográficos o videos sobre la vida sexual de una persona.

abogados 24-7 11 De acuerdo con lo aprobado, la denuncia por este delito se podrá presentar mediante internet o por escrito. De inmediato, el Ministerio Público deberá ordenar a las empresas de plataformas digitales, redes sociales o páginas electrónicas “la interrupción,

bloqueo, destrucción, o eliminación de imágenes, audios, o videos relacionados con la denuncia”, y es que, el pasado 25 de noviembre -justo el Día Internacional para Eliminar la Violencia contra la Mujer-, la administración de Sheinbaum Pardo publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el decreto para declarar la Alerta por Violencia contra la Mujer. En el documento exhortó al Congreso local a aprobar la iniciativa de la llamada “Ley Olimpia” que sanciona el acoso y la violencia digital.

Por lo que compete a nuestro estado libre y soberano de Michoacán de ocampo Este sábado 28 DE DICIEMBRE DE 2019, Michoacán se sumó a los estados de la República en los que la llamada «Ley Olimpia» es una realidad. Se trata de una serie de modificaciones al Código Penal del Estado, así como a la Ley por una Vida Libre de Violencia, por medio de las cuales se tipifica la violencia digital a la intimidad sexual. Para este delito se impondrá una pena de cuatro a ocho años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, con agravantes cuando se trata de menores de edad o se tenga con la víctima un vínculo laboral, educativo, familiar, o previa relación de afectividad.

Conforme se plantea, en el artículo 195 del Código Penal del estado se tipifica el delito de violencia digital a la intimidad sexual para quien capture la intimidad sexual o genital de una persona en imagen, audio o video, sin el consentimiento de ésta, con las sanciones arriba citadas.La misma pena se impondrá a quien solicite dichas imágenes, audios o videos y cuando el sujeto activo comparta a un tercero, publique o amenace con compartir o publicar dichas imágenes o videos, la pena se aumentaría hasta una mitad. «A quien obtenga dichas imágenes, audios o videos, con o sin el consentimiento de la persona cuya intimidad sexual o genital sea expuesta, y sin la autorización correspondiente los publique, comparta con un tercero o amenace

con compartirlos o publicarlos, se le impondrá una pena de cuatro a ocho años de prisión, de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, y desde mil hasta dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización por concepto de reparación del daño», indica el dictamen. Agravantes Las penas aumentarían hasta una mitad de la máxima considerada en los siguientes casos: 1.- El delito sea cometido por una persona con la que la víctima tenga o haya tenido alguna relación de afectividad, amistad o convivencia en el ámbito familiar. 2.- Exista una relación de convivencia en el ámbito laboral, educativo, o institucional, entre el sujeto activo y la víctima. 3.- Se cometa en contra de una persona menor de edad, que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o para resistirlo, o que se encuentre en situación de vulnerabilidad por su condición social, cultural, económica o étnica. 4.- Cuando las imágenes, audios, videos, datos o hechos se hayan obtenido a través de intervención de comunicaciones o archivos privados. 5.- Cuando el sujeto activo aproveche su empleo, cargo o comisión para cometer el delito. 6.- Cuando medie amenaza para capturar las imágenes, audio o videos o para obtener datos. Según publicaciones en medios de comunicación, la «Ley Olimpia», nombre que lleva en honor a la activista Olimpia Coral Melo, se ha aprobado en al menos 16 entidades del país, con penas que van desde dos a doce años de cárcel.

Se trata de los estados de:

1. Yucatán (1 de agosto de 2018), tipificó la “pornovenganza”

2. Puebla (diciembre 2018), de 3 a 6 años de cárcel.

3. Chiapas (3 de marzo de 2019), hasta 6 años de cárcel. 4. Veracruz (23 de mayo de 2019), cuatro a ocho años de cárcel.

5. Baja California Sur (30 de mayo de 2019), hasta 6 años de prisión.

15. Ciudad de México (3 de diciembre de 2019), 3 a 12 años de prisión.

6. Guanajuato (19 de junio de 2019), cuatro a ocho años de prisión.

7. Querétaro (19 de junio de 2019), hasta 6 años de cárcel.

8. Zacatecas (20 de junio de 2019, entra en vigor en 2020), cuatro a 8 años de cárcel.

9. Coahuila (27 de junio de 2019), 3 a seis años de cárcel y multas de hasta 176 mil pesos.

10. Oaxaca (11 de julio de 2019), mínimo de cuatro años de cárcel.

11. Estado de México (15 de agosto de 2019), 1 a 7 años de cárcel.

12. Guerrero (25 de septiembre de 2019), hasta 6 años de cárcel. 13. Nuevo León (15 de octubre de 2019), 4 a 8 años de cárcel.

14. Aguascalientes (22 de noviembre de 2019), 1 a 4 años de prisión. 16. Tlaxcala (14 de diciembre de 2019), 3 a 5 años de prisión y multas que van de los 16 mil 800 pesos a 42 mil pesos. Se tipifica el acoso sexual digital Previamente, los asambleístas locales aprobaron por unanimidad la tipificación del acoso sexual digital en el Código Penal del estado, mediante una iniciativa de reforma a los párrafos primero y tercero del artículo 269 bis. En ellos, se establece una sanción de seis meses a un año de prisión o de 30 a 120 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización a quien en beneficio suyo o de un tercero persiga, asedie física, verbal o digitalmente o por cualquier medio de comunicación a una persona con fines sexuales no consentidos.

Estipula que este delito se perseguirá por querella, pero se procederá de oficio cuando concurra violencia física, psicológica o verbal, por cualquier medio de comunicación, cuando la víctima sea persona menor de edad o cuando no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o para resistirlo. Ataques a la intimidad La petista Brenda Fabiola Fraga Gutiérrez se reservó el artículo 194 del Código Penal para que el delito de ataques a la intimidad sea sancionado con prisión de

tres a cinco años y una multa de 300 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización. Esta reserva fue aprobada con el voto mayoritario de legisladores de Morena y el PT, pese a que otro grupo de diputados se pronunció en contra con el argumento de que el artículo modificado no era parte del dictamen.

En Olmos asesores Legales Especializados contamos con peritos en feminicidios, así como abogados especializados y un equipo de psicólogos en atención a víctimas y sus familias, con calidad y calidez a tus ordenes las 24 horas los 365 para intervención en casos de crisis... somos un equipo de éxito, garantía y resultados.

Por ende como abogados debemos capacitarnos y prepararnos en preparación en esta área tan sensible para las familias que han perdido una hija, una amiga una hermana, y dar a nuestros clientes y llevarlos a creer y convencer que la justicia esta su lado.

Y luchar desde nuestras trincheras y centros de trabajo jurídico y con los tres niveles de gobierno a una sociedad más segura tranquila y en paz.

https://www.mimorelia.com/aprueban-la-ley-olimpia-enMichoacán-se-reconoce-la-violencia-digital-como-delito/

_____________________ 1. https://politica.expansion.mx/mexico/2019/11/25/datos-sobre-violenciacontra-mujeres-mexico .2 http://congresomich.gob.mx/file/Gaceta-027-R-XIX-14-03-2019.pdf 3. http://congresomich.gob.mx/file/iniciativa-sexting.pdf 4. https://regeneracion.mx/en-el-ultimo-ano-fueron-violadas-casi-10-miljovencitas-en-escuelas-inegi/ 5. https://www.mimorelia.com/aprueban-la-ley-olimpia-en-michoacan-sereconoce-la-violencia-digital-como-delito/

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