GEOGRAFÍA POLÍTICA Y ELECTORAL

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CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y ESTUDIOS AVANZADOS DE VERACRUZ

DOCTORADO EN DERECHO CONSTITUCIONAL-ELECTORAL MODALIDAD A DISTANCIA EN LÍNEA


CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y ESTUDIOS AVANZADOS DE VERACRUZ

PLANTEL

CENTRO VERACRUZANO DE INVESTIGACIÓN Y POSGRADO

“GEOGRAFIA POLITICIA Y ELECTORAL”

ALUMNO: LIC. IRMA ALICIA VARGAS CRUZ


INDICE Introducción………………………………………………………………………………..

I

Capítulo I

Antecedentes……………………………………………………….

1

Capítulo II

Fundamentos Teóricos……………………………………………

5

2.1

Marco Conceptual………………………………………………….

5

2.2

Marco Contextual…………………………………………………..

6

2.2.1

Registro Federal de Electores……………………………………

11

2.2.1.1

Catálogo General de Electores…………………………………..

12

2.2.1.2

Padrón Electoral……………………………………………………

13

2.2.1.3

Listas Nominales…………………………………………………... 14

2.2.1.4

Credencial para votar……………………………………………...

14

2.2.2

Productos Cartográficos…………………………………………..

15

2.2.2.1

Plano Urbano Seccional…………………………………………..

16

2.2.2.2

Carta Electoral Municipal………………………………………….

17

2.2.2.3

Productos Cartográficos por Sección Individual………………..

17

2.3

Marco Legal………………………………………………………...

18

2.3.1

Fundamentos Constitucionales………………………………….

18

2.3.2

Fundamentos Legales…………………………………………….

21

Conclusiones……………………………………………………….

27

Bibliografía…………………………………………………………………………………

29

Capítulo III

Anexos……………………………………………………………………………………... 30


INTRODUCCION

El Instituto Federal Electoral es un organismo público, autónomo cuya principal responsabilidad es la de cumplir con la función estatal de organizar las elecciones federales, y para realizar dicha función tendrá a su cargo, las actividades relativas a capacitación y educación cívica, cartografía electoral, padrón electoral, las listas nominales y la preparación de la jornada electoral, contando para ello con órganos de dirección, ejecutivos técnicos los cuales harán más sencilla esta labor ya que cuentan con herramientas que les permitirán planear, organizar, dirigir todos los programas y acciones encaminados a la jornada electoral.

A pesar de que México es un país con gran diversidad geográfica, donde las regiones presentan características diferentes, el Instituto Federal Electoral se dio la tarea de realizar un grande estudio de todo el país para una mejor distribución de los comicios en la democracia del país, para lo cual la Secretaria Ejecutiva del Instituto instituyó a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores para que coordinara las actividades encaminadas a la creación de una tipificación de los distritos, atendiendo a su diversidad geográfica física y humana.

El presente trabajo trata de mostrar la importancia que es que el Instituto Federal Electoral en sus diversas delegaciones y subdelegaciones en cada entidad federativa y oficinas municipales en los lugares designados por el Consejo General determinó para su instalación cuente con la debida cartografía electoral que muestren a fondo el lugar y que ésta siempre este actualizada para hacer la demarcación territorial como marca la ley de los 300 distritos uninominales y de las cinco circunscripciones plurinominales para el desarrollo de la jornada electoral , y hacer a los ciudadanos participe de la democracia.


CAPITULO I.- ANTECEDENTES

En cuanto a la historia de nuestro estudio podemos decir que los orígenes de las autoridades en materia electoral en general se remontan a principios del Siglo XIX, con la promulgación de la Constitución de Cádiz de 1812 ya que estableció la elección de diputados de cortes, celebrando para ello juntas electorales de parroquia, de partido y de provincia. En las juntas electorales de parroquia y de partido se elegían a los integrantes de las juntas de provincia y ésta era la que tenía la facultad de elegir a los diputados de Cortes. (Vázquez Del Mercado 2006:171)

Otro antecedente que se cita en cuanto a la distribución geográfica político electoral es lo que indicaba Morelos en la Constitución de Apatzingan, que como técnica se establecería la división tripartita del poder público a manera de un sistema de contrapesos, adoptada formalmente por el Decreto constitucional de Apatzingan , dentro de un régimen republicano y representativo, en concordancia con el espíritu absolutamente democrático, los cuales se elegirán a través de las juntas electorales de provincia, pasando por las parroquias y las de distrito (Sayeg 1983:27).

En México, durante la primera parte del siglo XX, la tarea de distritar era responsabilidad de gobernadores, congresos locales, dirigentes políticos, autoridades municipales y ayuntamientos. La reforma de distribuir los distritos era manual y el único criterio oficial era el sistematizado, se utilizaban estadísticas de población poco confiables y mapas impresos a los que se agregaban y/o quitaban aéreas para confirmar los distritos. (IFE, 2005:28)

La conformación de circunscripciones electorales plurinominales en nuestro país data del año de 1977, cuando mediante la reforma constitucional a los artículos 52 y 54 se definió lo siguiente: “La Cámara de Diputados estará integrada por 300 diputados electos según el principio de votación mayoritaria relativa, mediante el sistema de distritos electorales


uninominales, y 100 diputados que serán electos según el principio de representación proporcional, mediante el Sistema de Listas Regionales, votadas en circunscripciones plurinominales.

Para la elección de los 100 diputados según el principio de representación proporcional, el Sistema de Listas Regionales, se constituirán cinco circunscripciones electorales plurinominales en el país. La ley determinará la forma de establecer la demarcación territorial de estas circunscripciones”.

(IFE, 2005:126)

El Instituto Federal Electoral se erigió en 1990 como “un organismo público, autónomo, responsable de cumplir con la función estatal de organizar las elecciones federales, es decir, las relacionadas con la elección del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos y de los Diputados y Senadores que integran el Congreso de la Unión”.

Como se puede apreciar una de las tareas de este Instituto es el de Organizar las elecciones federales, queriendo decir con esto que ya no estaban en manos de otras personas, las cuales tenían interés personal en que las elecciones federales resultaran a su favor.

Una vez en funciones, el IFE asumió su primera tarea: la conformación de un nuevo padrón electoral que permitiera contar con un registro confiable de ciudadanos. El siguiente cometido de gran importancia a que se abocó en 1996, fue el de regionalizar el territorio de la República Mexicana con la finalidad de lograr una adecuada representación ciudadana ante la Cámara de Diputados, es decir, entró de lleno a la tarea de distritación.

Por lo que era claro que la distritación vigente en ese entonces, llevada a cabo en 1977, era obsoleta. Los caminos demográficos, los movimientos migratorios y algunas modificaciones en la geografía económica del país durante ese lapso alteraron la distribución de la población, por lo que existía un desequilibrio en la integración de de cada uno de los distritos electorales, y en cuanto al resultado de la Cámara de


Diputados, era sin duda que no reflejaba cabalmente la representatividad del voto ciudadano.

Por lo que en junio de 1990, en el marco de los trabajos de reforma político-electoral que culminarían dos meses después con la promulgación de la nueva legislación en la materia (hoy vigente) y con el propósito de garantizar que el Padrón Electoral que se utilizara en las elecciones subsecuentes tuviera el más alto grado de precisión y confiabilidad, los partidos políticos nacionales y el gobierno federal acordaron por unanimidad construir uno totalmente nuevo, es decir, sin considerar ningún registro o listado preexistente y mediante la aplicación de una técnica censal en todo el territorio nacional.

De ahí que uno de los mayores desafíos a los que debió hacer frente el IFE justo al inicio de su creación (octubre de 1990) fue el relativo a dar cumplimiento al acuerdo de construir el nuevo Padrón Electoral, a través de un procedimiento (el de la técnica censal total) que implicó la visita para el levantamiento de información a todos los hogares del país y durante un periodo que le permitiera usarlo en las elecciones federales que se celebrarían en agosto de 1991.

Para cumplir con ese acuerdo, el IFE desplegó un esfuerzo impresionante que le permitió construir en escasos ocho meses (noviembre de 1990 a julio de 1991) una de las bases de datos más grandes en el mundo. Sobre una cifra estimada de más de 45 millones de mexicanos mayores de 18 años, el Catálogo General de Electores integrado entonces incluyó a 42.5 millones. Asimismo, se logró que 39.2 millones de ellos cubrieran el requisito de inscripción en el Padrón y al final fue posible expedirle la credencial para votar en esas elecciones a cerca de 36.6 millones de ciudadanos.

Desde 1979 se fijó en 300 el número de distritos electorales uninominales para todo el país, cuando la reforma legal de ese año amplió la representatividad de la Cámara de Diputados, que hasta ese momento estaba conformada por 196 distritos.


De entonces a la fecha, la división de los distritos se lleva a cabo tomando en cuenta el último censo electoral, por lo que desde 1979 el número de distritos por estado y su integración territorial ha variado sólo en dos ocasiones, la primera en 1996 y la más reciente en 2005. La Junta General Ejecutiva del IFE inició los estudios demográficos para efectuar una nueva distribución de los 300 distritos electorales federales uninominales del país


CAPITULO II.- FUNDAMENTOS TEORICOS

Tomando en consideración que el eje central del presente trabajo es elaborar una investigación referente a la temática de la geografía sobre la materia político electoral, integrando los contenidos que ésta abarca para dar a conocer lo importante de esta rama electoral y la utilidad que tiene tanto a nivel federal, distrital y local en la organización y desarrollo de las elecciones. 2.1.- Marco Conceptual

Al abordar el tema de lo que es la Geografía Política Electoral, primeramente debemos entender que significan estas tres palabras, lo que es geografía, política y lo electoral, que los dos conceptos anteriores generalmente los situamos en la misma rama del mundo del saber.

Por Geografía se entiende la ciencia que trata de analizar la localización y la distribución en el espacio de los diferentes elementos de la superficie terrestre. (Grijalbo, 1994:872)

En cuanto a la Política se orienta ideológicamente hacia la toma de decisiones para la consecución de los objetivos de un grupo en asuntos públicos. (García-Pelayo, 1992:820)

Lo Electoral se entiende como las prescripciones que se dirigen, esencialmente, a la regulación de los mecanismos y procesos de participación de los ciudadanos (electores) en la elección de sus representantes (democracia representativa) o, en su caso, tanto en la determinación de su sistema político (conversión de votos en escaños o poder público). (Hernández, 2000:1471).


Por otra parte la geografía electoral se entiende como la delimitación del ámbito territorial para el registro y distribución de los ciudadanos que habrán de participar en las elecciones federales. (IFE, 2011:3)

En consecuencia se puede decir que la geografía político electoral se encarga del estudio del territorio de un país, en este caso el nuestro, para desarrollar la planeación, ejecución, evaluación de los trabajos en materia electoral, para que exista una mayor participación por parte de los ciudadanos en la democracia, lo cual se derivará de una adecuada ubicación geográfica del lugar en donde se desarrollaran las elecciones.

También es fundamental para el desarrollo del tema saber lo que es una circunscripción electoral ya que estaremos mencionando tal precepto en el desarrollo del presente trabajo continuamente “la circunscripción electoral es aquella zona en la cual los votos emitidos por los electores con derecho a sufragio constituyen el fundamento para el reparto de escaños a los candidatos y partidos, con independencia de los votos emitidos en otra zona electoral”. (Diccionario Electoral 1989, 103)

Otro concepto que se observa por lo menos en el capitulo anterior es lo referente a la distritación, pues “la distritación es el proceso mediante el cual se determina la traza de los límites geográficos de los distritos electorales de un país”. (IFE, 2005:7)

Con los conceptos que anteceden, se hará más sencillo y fácil de comprender el tema que se aborda, que es lo referente a la geografía política electoral, que es el tema central de esta investigación. 2.2.- Marco Contextual

Al igual que el territorio nacional se divide geográficamente en Entidades Federativas que conforman al país y estas a su vez de Distritos o Municipios que componen a cada uno de los Estados de la República, de manera similar hablando en materia políticoelectoral se divide el territorio nacional, para tener una guía o sistema de datos


organizados de los ciudadanos que participan de manera activa a través del sufragio en la democracia en el país, llamado circunscripciones nominales.

La geografía electoral en México está contemplada en la propia Constitución Federal en su artículo 41, fracción V, la cual indica que el Instituto Federal Electoral tiene a su cargo, entre otras actividades la relativa a la geografía electoral.

El más reciente censo nacional de población se realizó en 2000. Sin embargo, como apenas en 1996 el Instituto Federal Electoral había realizado un proceso de revisión y ajuste para la distribución de los 300 distritos uninominales y la reconfiguración de las cinco circunscripciones plurinominales, por lo que correspondió al nuevo Consejo General, integrado en noviembre de 2003, dar cumplimiento al acuerdo para realizar un nuevo proceso de distritación con base en los resultados del censo de población de 2000. (TRIFE, 2006: 85)

La Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral aprobó, en la sesión celebrada en abril de 2004, el acuerdo en el que se establecieron los procedimientos para definir los criterios que se utilizarían en la formulación de los proyectos de distritación. Lo cual fue aprobado en sesión ordinaria que celebró el 15 de julio de 2004, los criterios y consideraciones para llevar a cabo este proceso.

Con el trabajo de distritación aprobado, no sólo quedó garantizado que el voto de todos los electores tenga la misma representatividad, sino que además se dio cumplimiento a los preceptos constitucionales que garantizan el reconocimiento legal y político de los pueblos y comunidades indígenas. Además se conformó un mapa geo-electoral de distritos con formas geométricas más regulares, poblaciones más uniformes y mayores ventajas para su recorrido.

La tarea de redistritar implicó conceptualizar y redimensionar un espacio geográfico dado en áreas geoelectorales que permitan el equilibrio electoral que refleje cabalmente


la representatividad de los puestos de elección popular característica de los estados modernos. (Ob. Cit.: 37)

De lo anterior se deduce que teniendo el Instituto Federal Electoral la tarea de llevar a cabo la distribución de la geografía electoral de acuerdo a los últimos censos poblaciones, permitió determinar los lugares para la ubicación de las mesas directivas de casilla, el tiempo de traslado de un órgano electoral a otro, los medios de transporte necesarios para el traslado de funcionarios y documentación electoral, el tipo y calidad de los materiales electorales dependiendo de las condiciones climáticas en cada región del país, etcétera.

Mediante la geografía electoral, la autoridad electoral establece una demarcación territorial en el país que permita una mayor proporción en las unidades territoriales y una representación similar de los gobernantes electos, precisamente la representación igual es el principal fin de la geografía electoral, debido a que protege el principio democrático de que cada voto debe tener el mismo peso.

En México, existen distintos tipos de circunscripciones electorales. Para la elección de presidente, obviamente la circunscripción es todo el país. Para la elección de los senadores, cada Estado constituye una circunscripción en la que se eligen dos de ellos. Para la elección de diputados federales, el país se divide en 300 distritos uninominales y en cinco circunscripciones plurinominales en lasque deben elegirse 200 diputados por el principio de representación proporcional a fin de constituir el Congreso con 500 diputados. (Andrade Sánchez, 1997:182)

Cada una de las cinco circunscripciones plurinominales comprende varias entidades federativas, y es el Consejo General del IFE la autoridad que determina para cada elección la manera como quedarán conformadas dichas circunscripciones, así como el número de diputados que deben elegirse en cada circunscripción, éstos se distribuyen en cada circunscripción entre los distintos partidos según el porcentaje de votos que obtenga cada uno de ellos (Andrade Sánchez, 2010:81)


Lo anterior es lo que se conoce como representación proporcional, lo cual obedece a la necesidad de dar una representación más adecuada a todas las corrientes políticas relevantes que se manifiestan en la sociedad, atribuyéndole a cada partido el número de cargos de elección popular que resulte proporcional a los votos obtenidos en la contienda electoral, lo que garantiza de manera más efectiva el derecho de participación política de la minoría y evita los efectos de la distorsión de la voluntad popular. (Figueroa, 2009:117,118). La distribución geográfica de las circunscripciones electorales1 es adecuada de manera acorde con la distribución poblacional de los Estados que las conforman, por lo que puede ser modificada antes de cada proceso electoral; la actual distribución para las elecciones 2012 está vigente desde el 30 de septiembre de 2005 habiendo sido ratificada el 7 de septiembre de 2011, siendo aprobada por el Instituto Federal Electoral, quedando de la manera siguiente el ámbito territorial de las cinco circunscripciones electorales plurinominales y la capital de la entidad federativa, y la cabecera de cada una de ellas: Primera Circunscripción con Cabecera en la Ciudad de Guadalajara, Jalisco,

conformada por los Estados de Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Durango, Jalisco, Nayarit, Sinaloa y Sonora; Segunda Circunscripción con Cabecera en la Ciudad de Monterrey, Nuevo León, conformada por los Estados de Aguascalientes, Coahuila, Guanajuato, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Tamaulipas y Zacatecas; Tercera Circunscripción con Cabecera en la Ciudad de Xalapa, Veracruz, conformada por los Estados de Campeche, Chiapas, Oaxaca, Quintana Roo, Tabasco, Veracruz y Yucatán; Cuarta Circunscripción con Cabecera en la Ciudad de México, Distrito Federal, conformada por el Distrito Federal, Guerrero, Morelos, Puebla y Tlaxcala; y la Quinta Circunscripción con Cabecera en la Ciudad de Ciudad de Toluca, Estado de México, conformada por los Estados de Colima, Hidalgo, Estado de México y Michoacán.

1

Ver mapa de las Circunscripciones Electorales en Anexo núm. 1


Tomando en cuenta que los procesos electorales son un conjunto de actos encaminados a renovar a los integrantes de los Poderes Legislativo y Ejecutivo de la Unión, éstos se desarrollan cada tres años en el caso de la elección de diputados federales y cada seis años cuando se eligen senadores y Presidente de la República. No obstante, aún en los años en los que no se realizan elecciones federales, el Instituto Federal Electoral y sus respectivos órganos realizan funciones permanentes, que tienen impacto en los procesos electorales. Entre las principales funciones que se realizan antes del inicio de los procesos electorales, destacan las siguientes: 1) determinar la geografía electoral, 2), otorgar registro a los partidos y agrupaciones políticas, 3) garantizar que los partidos políticos reciban las prerrogativas a que tienen derecho, y 4) actualizar el padrón electoral y los listados nominales de electores.

Como se observa en el párrafo anterior una de las tareas del Instituto Federal Electoral es la de determinar la geografía electoral, y ésta puede ser en distritos uninominales para elegir gobiernos de mayoría o circunscripciones plurinominales para elegir representantes por métodos de representación proporcional.

Para realizar lo que marca la Ley Suprema Mexicana en su artículo 52 sobre la conformación de Cámara de Diputados del Congreso de la Unión por 500 diputados federales; de los cuales 300 se eligen por el principio de mayoría relativa en igual número de distritos electorales uninominales; y los otros 200 diputados, por el principio de representación proporcional. Y en cuanto a la Cámara de Senadores la Constitución Federal marca en sus artículos 52 y 56 que se integrará por 128, de los cuales, en cada Estado y en el Distrito Federal, dos son electos según el principio de votación mayoritaria relativa y uno es asignado a la primera minoría, para un total de 96 senadores. Los 32 senadores restantes son elegidos según el principio de representación proporcional.

El Instituto Federal Electoral previo al inicio del proceso electoral, conformado en Consejo General Electoral en una Junta General Ejecutiva acuerda por conducto de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, realice los estudios y formule los


proyectos para la división del territorio de la República en 300 distritos electorales uninominales tal como lo indica la Constitución en su artículo 53.

Pues desde 1979 se fijó en 300 el número de distritos electorales uninominales para todo el país, cuando la reforma legal de ese año amplió la representatividad de la Cámara de Diputados, que hasta ese momento estaba conformada por 196 distritos. Fecha en la cual, la división distrital se lleva a cabo considerando el último censo electoral, por lo la Junta General Ejecutiva del IFE inicia un estudio demográfico para efectuar una nueva distribución de los 300 distritos electorales federales uninominales del país y tal como lo establece la ley vigente, el reajuste debe concretarlo cada tres procesos federales.

Para completar este trabajo en el plazo legal, el Consejo General del IFE determinó crear un comité técnico para el seguimiento y la evaluación de esta redistribución, el cual estará integrado por un especialista en demografía.

Considerando que el último censo realizado arrojó que en 2010 la población de México llegó a 112 millones 337 mil personas, la redistribución entre los 300 distritos electorales uninominales en que se divide el país implica que cada distrito debe tener más o menos 373 mil habitantes, para ser representados por un diputado federal de mayoría.

2.2.1 Registro Federal de Electores

Como antecedente podemos decir lo que refiere Vázquez Del Mercado (2006:171,172). En un primer bloque legislativo denominado Ley Federal Electoral en 1946 se asignó por primera vez las tareas censales electorales a un organismo técnico nacional, dependiente en sus decisiones de los Poderes Ejecutivos y Legislativos de la Unión, de los partidos políticos y de la Comisión Federal Electoral, pues se le asignaba la función de la división territorial en distritos y la formación del padrón y de las listas electorales.


A partir de esa ley el Registro Federal adoptó la estructura que conservó hasta 1990. La ley del 4 de diciembre de 1951 cambió tanto la denominación de Registro Electoral por la de Registro Federal de Electores como la participación de los diversos directores e instituyó a un director general nombrado por la Comisión. La ley de Organizaciones Politicas y Procedimientos Electorales (LOPPE) de 1977 creó en el seno del Registro Nacional de Electores un comité técnico de vigilancia, integrado por los representantes de partidos políticos y por directores de estadística informática y geografía.

A partir de 1998 y con base en la distritación de 1996, el Registro Federal de Electores contó con una clasificación de los distritos basada en su grado de urbanidad y la facilidad de acceso de las localidades

que los componen. Esta clasificación fue

diseñada por la Dirección de Cartografía Electoral de la Coordinación de Actualización de Campo del Padrón electoral, tipificándose a los distritos en cinco categorías: 1. Urbano concentrado, 2. Urbano, 3. Mixto, 4. Rural y 5. Rural disperso.

El Registro Federal de Electores es el órgano del Instituto Federal Electoral que se encarga de la elaboración de los productos electorales, que son los que sirven de base para el desarrollo de los procesos electorales en sus distintas etapas. Este se conforma de acuerdo al artículo 172 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales por dos instrumentos: el Catálogo General de Electores, y el Padrón Electoral.

Además del Catálogo General de Electores y el Padrón Electoral, las listas nominales con fotografía y las credenciales de elector son elementos de primera importancia en tanto que a partir de ellos el Instituto puede integrar las mesas directivas de casilla y los ciudadanos emitir su voto el día de las elecciones.

2.2.1.1 Catálogo General de Electores

Se le denomina el Catálogo General de Electores a la base de datos en la que se registra la información básica (nombre completo; lugar y fecha de nacimiento; edad y


sexo; domicilio actual y tiempo de residencia; ocupación y; en su caso, el número y fecha del certificado de naturalización) de los varones y mujeres mexicanos mayores de 18 años. Esta información se recaba y actualiza a través de la aplicación de una técnica censal, es decir, mediante la realización de entrevistas casa por casa en todo el territorio nacional y tiene como finalidad integrar una base de datos confiable sobre el universo de la población en edad de votar. 2.2.1.2 Padrón Electoral

El Padrón Electoral es la base de datos que contiene el nombre e información básica de todos aquellos ciudadanos mexicanos que, además de estar incluidos en el Catálogo General de Electores, han solicitado formalmente y de manera individual su registro o empadronamiento para fines electorales. La solicitud de empadronamiento se tiene que presentar personalmente en una oficina o módulo del Registro Federal de Electores y en formatos oficiales en los que debe constar la firma, huella digital y fotografía del interesado. (IFE, 2009: 36)

Para una mayor referencia sobre el padrón electoral, Patiño Camarena (2002:74) indica que: “es donde constan los nombres de los ciudadanos consignados en el catálogo general de electores que hayan solicitado en los términos del art. 143, su credencial para votar”. Sobre este subsistema electoral mexicano Fernández Ruiz (2010:301) comenta “el padrón electoral es un registro público en cuyas listas nominales presentadas por distritos y secciones electorales, aparecen los nombres de los electores a quienes ya se les entregó su credencial para votar. Para determinar el padrón electoral como dice Fernández en las listas nominales los distritos y secciones que aparecen en ellas se debió de basar a una serie de banco de datos sobre la distribución geográfica del distrito al cual pertenece las personas, y todo esto es gracias al arduo trabajo de investigación que se realizo para inspeccionar y dividir el distrito.


Para mantener actualizado el padrón electoral, y cumplir su cometido de dar sustento a la legitimación de los procesos electorales, es preciso que la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores mantenga una fluida y permanente comunicación con los responsables del Registro Civil en todo el país para proceder a dar de baja de sus registros a quienes hubieran fallecido.

2.2.1.3 Las Listas Nominales

Desde la ley Electoral de 1977 se facultó al Registro Federal de Electores llevar a cabo y mantener actualizada en forma permanente la inscripción de los ciudadanos mexicanos y formulación de los padrones electorales, y el Código de 1986, le facultó elaborar las listas nominales de electores. Vázquez Del Mercado (2006:173). Andrade Sánchez (2010:253) las define como: “las relaciones elaboradas por la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores que contiene el nombre de las personas incluidas en el padrón electoral, agrupadas por distritos y por sección a quienes se ha expedido y entregado su credencial para votar; lo que quiere decir que alguien pude estar inscrito en el padrón, pero si no recoge a tiempo su credencial, su nombre ya no aparecerá en la lista nominal de la sección en la que le correspondería votar.”

En esta época tan actualizada en medios informáticos electrónicos, los ciudadanos pueden y tienen derecho a consultar si están inscritos en el padrón y en las listas, para esto el IFE determina los procedimientos para que cada Junta Distrital disponga de los medios para efectuar tal consulta a la ciudadanía.

2.2.1.4 Credencial para votar “Es el documento indispensable para que los ciudadanos puedan ejercer su derecho al voto”. (Patiño, Ob. Cit.). De lo anterior se deduce que la persona inscrita en el padrón y aparezca en la lista nominal de electores, para ejercer su derecho al voto, tiene que


presentarse en la casilla el día de la elección en su sección distrital, con su credencial, de lo contrario no se le permitirá sufragar, a menos que haya obtenido una resolución del Tribunal Electoral que lo faculte para ello por no habérsele expedido o entregado en tiempo su credencial. La credencia de elector2 deberá contar con lo siguiente: a) Entidad federativa, municipio y localidad que correspondan al domicilio del titular, b) Sección electoral en donde deberá votar , c) Apellido paterno, apellido materno y nombre completo, d) Domicilio, e) Sexo, f) Edad y año de registro, g) Firma, huella digital y fotografía del elector, h) Clave de registro, i) Clave Única del Registro de Población (CURP) j) Espacios necesarios para marcar el año y la elección que se trate, k) Firma impresa del Secretario Ejecutivo del IFE, l) Año de emisión y, m) Año en que expira su vigencia, que será de 10 años.

2.2.2.- Productos Cartográficos

Ahora bien, para realizar la demarcación territorial en 300 distritos electorales uninominales el IFE divide la población total del país entre el mismo número de distritos y, para distribuirlos entre las entidades federativas, debe tomar en cuenta el último Censo General de Población; pues se busca que cada diputado electo por el principio de mayoría relativa represente a un número similar de habitantes.

2

Véase Anexo 2 donde se muestran a ubicación de los datos con que cuenta la credencial de elector.


Lo anterior es fundamental porque los cambios que se den en las Entidades Federativas y en sus municipios de su población, afecta en los distritos y las circunscripciones electorales, pues éstos no pueden ser definidos de una vez y para siempre, y para estar actualizado el Registro Federal de Electores recabará de los órganos de las administraciones públicas federal y estatal la información necesaria para registrar todo cambio que lo afecte según lo indica el art. 198.1 del COFIPE.

Una herramienta esencial para el Registro Federal de Electores, es la cartografía, pues es la técnica para elaborar toda clase de mapas y cartas, en la cual se plasma total o parcialmente

diversos

accidente

o

fenómenos

de

la

superficie

terrestre,

representándose a una escala proporciona a su dimensión real, sobre un plano, lo que permite al Registro Electoral ubicar dentro de estos mapas el Marco Geográfico Electoral: compuesto por la Entidad, Distrito, Municipio, Sección, Localidad y Manzana, datos que sirven para conformar la identificación electoral del ciudadano, la cual aparece reflejada en la credencial de elector, con excepción de la clave de distrito y manzana. (IFE, 2011: 2, 13)

Para crear un Padrón Electoral fiable, necesariamente se requiere de una Cartografía Base actualizada, que contenga rasgos físicos como relieves e hidrografía de la zonas, y rasgos culturales como las vías de comunicación, servicios e infraestructura con que se cuenta en la localidad.

Para lo anterior el Registro Federal Electoral cuenta con productos Cartográficos diversos que utiliza en sus diferentes operativos, y se encuentran principalmente el Plano Urbano Seccional y la Carta Electoral Municipal, así como los productos cartográficos por sección individual.

2.2.2.1 Plano Urbano Seccional

Este producto cartográfico se genera a partir del Plano Urbano Seccional y de la Carta Electoral Municipal; en este se representa en forma particular cada uno de los distritos


federales electorales con el trazo de las fronteras municipales y seccionales; así como nombres su delimitación con otros distritos y municipios, con sus respectivas claves geoelectorales. Además representa el espacio urbano de una localidad tipificada como urbana, que puede contar con una o más secciones electorales. Al interior del plano se muestran las manzanas que conforman cada sección, así como las claves y límites distritales, municipales y seccionales, nombres de las calles y ubicación de servicios. 2.2.2.2 Carta Electoral Municipal

Es la representación del área rural de un determinado municipio, en la que se identifican las secciones electorales y localidades que lo conforman. Este instrumento facilita la ubicación en campo del personal operativo, a través de la representación de las vías de comunicación y los principales rasgos físicos y/o culturales que presentan en el terreno. 2.2.2.3 Productos Cartográficos por Sección Individual

Puede ser de dos tipos: Urbanos y de localidades rurales.

El urbano representa las manzanas y rasgos físicos correspondientes a una sola sección electoral. En virtud de que se muestran a detalle los elementos que componen una sección electoral urbana, este producto permite ubicar la referencia más cercana al domicilio de cada ciudadano y verificar la correcta asignación de las claves geoelectorales. Además muestra las manzanas, nombre de calles, ubicación de servicios, así como las claves y límites distritales, municipales y seccionales.

El rural muestra las secciones rurales en forma individual; en este producto se presentan los siguientes elementos de este tipo de sección: claves y nombres de cada localidad rural, cabecera seccional, principales vías de comunicación, rasgos físicos y/o culturales, así como los límites y claves de distrito, municipio y sección.


2.3.- Marco Legal

En este apartado se muestra que todo el sistema geográfico electoral se encuentra debidamente fundado y motivado en primer lugar por la Carta Magna Mexicana y por el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales para que el Instituto Federal realice los estudios pertinentes de la situación geográfica del territorio nacional para la realización de las elecciones. 2.3.1 Fundamento Constitucional

La Constitución Mexicana establece que el Instituto Federal Electoral tendrá la tarea de organizar las elecciones federales, como una función estatal de la manera siguiente: Artículo 41. El pueblo ejerce su soberanía… fracción V, párrafo 9° “El Instituto Federal Electoral tendrá a su cargo en forma integral y directa, además de las que le determine la ley, las actividades relativas a la capacitación y educación cívica, geografía electoral, los derechos y prerrogativas de las agrupaciones y de los partidos políticos, al padrón y lista de electores, impresión de materiales electorales, preparación de la jornada electoral, los cómputos en los términos que señale la ley, declaración de validez y otorgamiento de constancias en las elecciones de diputados y senadores, cómputo de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos en cada uno de los distritos electorales uninominales, así como la regulación de la observación electoral y de las encuestas o sondeos de opinión con fines electorales. Las sesiones de todos los órganos colegiados de dirección serán públicas en los términos que señale la ley”.

Claramente se observa en el precepto anterior que una tarea del Instituto Federal Electoral es la de elaborar una geografía la cual servirá para las elecciones, y tomara en cuenta a los Estados Federados que conforman al país, los cuales se visualizan en los artículos siguientes de la Ley Máxima Mexicana.


Artículo 42. El territorio nacional comprende: I. El de las partes integrantes de la Federación; II. El de las islas, incluyendo los arrecifes y cayos en los mares adyacentes; III. El de las islas de Guadalupe y las de Revillagigedo situadas en el Océano Pacífico; IV. La plataforma continental y los zócalos submarinos de las islas, cayos y arrecifes; V. Las aguas de los mares territoriales en la extensión y términos que fija el Derecho Internacional y las marítimas interiores; VI. El espacio situado sobre el territorio nacional, con la extensión y modalidades que establezca el propio Derecho Internacional.

Artículo 43. Las partes integrantes de la Federación son los Estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Coahuila de Zaragoza, Colima, Chiapas, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, México, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán, Zacatecas y el Distrito Federal.

Para la integración de la Cámara de Diputados se deberá observar lo indicado por los preceptos constitucionales siguientes a lo cual el IFE deberá dividir el país geográficamente para distribuir en circunscripciones a los 500 diputados. Artículo 52. La Cámara de Diputados estará integrada por 300 diputados electos según el principio de votación mayoritaria relativa, mediante el sistema de distritos electorales uninominales, y 200 diputados que serán electos según el principio de representación proporcional, mediante el Sistema de Listas Regionales, votadas en circunscripcionales (circunscripciones, sic DOF 15-12-1986) plurinominales.


Artículo 53. La demarcación territorial de los 300 distritos electorales uninominales será la que resulte de dividir la población total del país entre los distritos señalados. La distribución de los distritos electorales uninominales entre las entidades federativas se hará teniendo en cuenta el último censo general de población, sin que en ningún caso la representación de un Estado pueda ser menor de dos diputados de mayoría. Para la elección de los 200 diputados según el principio de representación proporcional y el Sistema de Listas Regionales, se constituirán cinco circunscripciones electorales plurinominales en el país. La Ley determinará la forma de establecer la demarcación territorial de estas circunscripciones.

En este precepto indica cómo se deberá de realizar la distribución geográfica de los Diputados plurinominales, en la que ordena que será en cinco circunscripciones electorales

Artículo 56. La Cámara de Senadores se integrará por ciento veintiocho senadores, de los cuales, en cada Estado y en el Distrito Federal, dos serán elegidos según el principio de votación mayoritaria relativa y uno será asignado a la primera minoría. Para estos efectos, los partidos políticos deberán registrar una lista con dos fórmulas de candidatos. La senaduría de primera minoría le será asignada a la fórmula de candidatos que encabece la lista del partido político que, por sí mismo, haya ocupado el segundo lugar en número de votos en la entidad de que se trate. Los treinta y dos senadores restantes serán elegidos según el principio de representación proporcional, mediante el sistema de listas votadas en una sola circunscripción plurinominal nacional. La ley establecerá las reglas y fórmulas para estos efectos. La Cámara de Senadores se renovará en su totalidad cada seis años.

Observando el artículo anterior podemos decir en cuanto a los senadores que los partidos políticos registran una lista con dos formulas de candidatos , la senaduría de primera minoría es asignada a la formula de candidatos que encabece la lista del


partido político que, por si mismo, haya ocupado el segundo lugar en número de votos en la entidad que se trate.

Este precepto nos indica cómo se asigna proporcionalmente a los representantes que fueron elegidos por la ciudadanía en la jornada electoral.

Artículo 116.-………. II. El número de representantes en las legislaturas de los Estados será proporcional al de habitantes de cada uno; pero, en todo caso, no podrá ser menor de siete diputados en los Estados cuya población no llegue a 400 mil habitantes; de nueve, en aquellos cuya población exceda de este número y no llegue a 800 mil habitantes, y de 11 en los Estados cuya población sea superior a esta última cifra.

2.3.2 Fundamento Legal

Ya se mencionaron los artículos donde la ley máxima de México, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos fundamenta y ordena como se divide y distribuye geográficamente el país en las actividades electorales que sirven para conformar de una manera equitativa el congreso de la Unión. Ahora bien el fundamento legal sobre la geografía política electoral y su distribución la encontramos en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Ahora es menester encuadrar su fundamentación dentro del marco legal y es al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales quien tiene esa función, a lo cual refiere: Artículo 6 1. Para el ejercicio del voto los ciudadanos deberán satisfacer, además de los que fija el artículo 34 de la Constitución, los siguientes requisitos: a) Estar inscritos en el Registro Federal de Electores en los términos dispuestos por este Código; y b) Contar con la credencial para votar correspondiente.


2. En cada distrito electoral el sufragio se emitirá en la sección electoral que comprenda al domicilio del ciudadano, salvo en los casos de excepción expresamente señalados por este Código.

Como bien se puede apreciar el COFIPE que son las siglas del Código anteriormente mencionado indica principalmente que para que un ciudadano participe en las elecciones de su país necesariamente tendrá que contar con su credencial de elector, y para sufragar el día de la votaciones éste tendrá que hacer dentro de la sección distrital a la cual pertenece, ya que con anterioridad para determinar las secciones que conforman las Distritos el Instituto Federal Electoral a través de sus dependencias debió hacer un estudio exhaustivo de la geografía del lugar. Artículo 105 1. Son fines del Instituto: c) Integrar el Registro Federal de Electores; Artículo 118 1. El Consejo General tiene las siguientes atribuciones: j)

Dictar los lineamientos relativos al Registro Federal de Electores y ordenar a la

Junta General Ejecutiva hacer los estudios y formular los proyectos para la división del territorio de la República en 300 distritos electorales uninominales y para determinar el ámbito territorial de las cinco circunscripciones electorales plurinominales y la capital de la entidad federativa que será cabecera de cada una de ellas y, en su caso, aprobar los mismos; Artículo 209 2. Previo a que se inicie el proceso electoral el Consejo General del Instituto determinará el ámbito territorial de cada una de las cinco circunscripciones plurinominales, así como, en su caso, la demarcación territorial a que se refiere el artículo 53 de la Constitución.


Artículo 128 1. La Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores tiene las siguientes atribuciones: a) Formar el Catálogo General de Electores; b) Aplicar, en los términos del artículo 177 de este Código, la técnica censal total en el territorio del país para formar el Catálogo General de Electores; c) Aplicar la técnica censal en forma parcial en el ámbito territorial que determine la Junta General Ejecutiva; d) Formar el Padrón Electoral; e) Expedir la credencial para votar según lo dispuesto en el Título Primero del Libro Cuarto de este Código; f)

Revisar y actualizar anualmente el Padrón Electoral conforme al procedimiento

establecido en el Capítulo Tercero del Título Primero del Libro Cuarto de este Código; g) Establecer con las autoridades federales, estatales y municipales la coordinación necesaria, a fin de obtener la información sobre fallecimientos de los ciudadanos, o sobre pérdida, suspensión u obtención de la ciudadanía; h) Proporcionar a los órganos competentes del Instituto y a los partidos políticos nacionales, las listas nominales de electores en los términos de este Código; i)

Formular, con base en los estudios que realice, el proyecto de división del

territorio nacional en 300 distritos electorales uninominales, así como el de las cinco circunscripciones plurinominales; j)

Mantener actualizada la cartografía electoral del país, clasificada por entidad,

distrito electoral federal, municipio y sección electoral; 2. Para coadyuvar en los trabajos relativos al Padrón Electoral se integrará la Comisión Nacional de Vigilancia, que presidirá el director ejecutivo del Registro Federal de Electores, con la participación de los partidos políticos nacionales.

En el apartado anterior se mencionaron las tareas del Registro Federal de Electores y una de ellas es la de elaborar todo lo referente a la cartografía electoral, herramientas dispensables para realizar los trazos en que se divide una región en la cual se realizaran los procesos electorales, y todo ello como se aprecia en los artículos antes


señalados es una tarea que le encomienda el Instituto Federal Electoral al Registro Electoral, pues este tendrá que realizar múltiples estudios para mantener actualizado, tanto al padrón electoral como la cartografía para la ubicación geográfica de las zonas y secciones electorales pues pueden sufrir éstas cambios, y en base a ellos realizar la división territorial.

Artículo 146 1. Las Juntas Distritales ejecutivas sesionarán por lo menos una vez al mes y tendrán, en su ámbito territorial, las siguientes atribuciones: b) Proponer al Consejo Distrital correspondiente el número y ubicación de las casillas que habrán de instalarse en cada una de las secciones comprendidas en su distrito de conformidad con el artículo 242 de este Código;

Lo indicado por el precepto anterior del Código, puede decir por experiencia personal, que se realizaron inspecciones para que las casillas que se ubicaran en el desarrollo de la jornada electoral estuvieran ubicadas en lugares óptimos para que la ciudadanía acudiera sin ningún problema, las cuales fueron señaladas y aprobadas en la Junta respectivas.

En los artículos indican la composición del Registro Federal De Electores, los cuales son

indispensables para éste y para desarrollar todo el sistema de la geografía

electoral que compone al país para el proceso electoral, y para ello se auxilia con el Catálogo General de Electores y el Padrón Electoral los cuales se deberán mantenerse actualizados para ser eficaz esta labor como se puede apreciar. Artículo 172 1. El Registro Federal de Electores está compuesto por las secciones siguientes: a) Del Catálogo General de Electores; y b) Del Padrón Electoral.


Artículo 177 1. Según lo dispuesto por el artículo 53 de la Constitución, establecida una nueva demarcación territorial de los 300 distritos electorales uninominales basada en el último censo general de población, el Consejo General del Instituto, con la finalidad de contar con un catálogo general de electores del que se derive un padrón integral, auténtico y confiable, podrá ordenar, si fuere necesario, que la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores aplique las técnicas disponibles, incluyendo la censal en todo el país, de acuerdo a los criterios de la Comisión Nacional de Vigilancia y de la propia Dirección Ejecutiva.

Artículo 198 1. A fin de mantener permanentemente actualizados el catálogo general de electores y el padrón electoral, la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores recabará de los órganos de las administraciones públicas federal y estatal la información necesaria para registrar todo cambio que lo afecte. 2. Los servidores públicos del Registro Civil deberán informar al Instituto de los fallecimientos de ciudadanos, dentro de los diez días siguientes a la fecha de expedición del acta respectiva. 3. Los jueces que dicten resoluciones que decreten la suspensión o pérdida de derechos políticos o la declaración de ausencia o presunción de muerte de un ciudadano así como la rehabilitación de los derechos políticos de los ciudadanos de que se trate, deberán notificarlas al Instituto dentro de los diez días siguientes a la fecha de expedición de la respectiva resolución. 4. La Secretaría de Relaciones Exteriores deberá dar aviso al Instituto, dentro de los diez días siguientes a la fecha en, que: a) Expida o cancele cartas de naturalización; b) Expida certificados de nacionalidad; y c) Reciba renuncias a la nacionalidad. 5. Las autoridades señaladas en los párrafos anteriores deberán remitir la información respectiva en los días señalados, conforme a los procedimientos y en los formularios que al efecto les sean proporcionados por el Instituto.


Y de acuerdo a toda esta información corroborada por las instituciones públicas que ayudan a mantener actualizado el Registro Federal de Electores se expedirán las credenciales electorales de los ciudadanos que participaran en las elecciones del país e igualmente las listas nominales, así como también como estarán distribuidos éstos en las lista con base en los siguientes artículos. Artículo 178 1. Con base en el catálogo general de electores, la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores procederá a la formación del padrón electoral y, en su caso, a la expedición de las credenciales para votar.

Artículo 191 1. Las listas nominales de electores son las relaciones elaboradas por la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores que contienen el nombre de las personas incluidas en el padrón electoral, agrupadas por distrito y sección, a quienes se ha expedido y entregado su credencial para votar. 2. La sección electoral es la fracción territorial de los distritos electorales uninominales para la inscripción de los ciudadanos en el padrón electoral y en las listas nominales de electores. 3. Cada sección tendrá como mínimo 50 electores y como máximo 1,500. 4. El fraccionamiento en secciones electorales estará sujeto a la revisión de la división del territorio nacional en distritos electorales, en los términos del artículo 53 de la Constitución.


CAPITULO III.- CONCLUSIONES

Después de realizar un estudio sobre la geografía político electoral entiendo la importancia de ésta pues a través de ella se puede ubicar de una manera precisa un lugar específico dentro del país. Además con ella se realiza una distribución equitativa de las fuerzas políticas que aspiran a formar el Congreso de la Unión del nuestra nación.

De manera personal hago el comentario que todos estos instrumentos y herramientas que conforman la geografía electoral como mapas, planos seccionales en que se divide un Distrito Electoral son de gran ayuda para ubicar en un mejor lugar una casilla electoral para que los ciudadanos tengan un mejor acceso a ella, pues doy cuenta del esfuerzo tan grande que realizan tanto el vocal de registro federal de electores como los de Organización Electoral, Servicio Profesional Electoral y Capacitación Electoral y Educación Cívica para realizar todos los trabajos pertinentes para la jornada electoral

Pues al recibir tan importante asignación por el Instituto Federal Electoral como el de ser Consejera Electoral por el Distrito 08 el Tamaulipas3, comprobé la tan importante tarea de la distribución geográfica político electoral, pues con todo lo que se cuenta de cartografía electoral como los mapas de Áreas Electorales, y Secciones Electorales, fueron de una máxima ayuda para ubicar el lugar especifico donde se establecerían las casillas electorales para el periodo electoral 2011-2012 y poder realizar las tareas de supervisión que realizar los Capacitadores Electorales con los ciudadanos insaculados que participarían en la jornada como representantes de casilla, con estos materiales fue más fácil desempeñarla pues con ellos ya se tenía el lugar preciso 4 en donde se ubicaría ésta y observan si esta en un lugar óptimo para los ciudadanos en donde exista acceso fácil para llegar a ella y si no lo hay reubicarla en un punto dentro de la misma sección donde exista mayor circulación de rutas vehiculares y accesos para que

3 4

Ver Anexo num.3 Mapa del 08 Distrito Electoral en Tamaulipas Ver Anexo num.4 Mapa del 08 Distrito Electoral en Tamaulipas donde se muestra con detalles manzanas calles de una seccion


acudan las personas el día de la jornada electoral y exista una mayor participación por parte de éstos.

También considero que la geografía político electoral con que cuenta cada delegación del Instituto Federal Electoral es de suma importancia, pues sin ella, la labor que realizan tanto los supervisores como los capacitadores electorales durante la jornada electoral, sería muy difícil, ya que sin ella les llevaría mayor tiempo y esfuerzo en encontrar cada domicilio de los ciudadanos dentro del Distrito lo que cual atrasaría la jornada electoral o haría que ellos trabajaran día y noche sin descanso para poder cumplir la tarea encomendada por el Instituto.

Pues los datos de ubicación de los ciudadanos insaculados se encuentran en los planos proporcionados por el IFE, los cuales muestran a manera detallada como se divide el distrito, ubicando tanto las zonas, secciones y áreas electorales en las cuales se encuentran las personas que resultaron sorteadas para ser representantes en las casillas durante la jornada electoral, ya sean de presidentes, secretarios o escrutadores a los cuales se le deberá visitar para informarles sobre su actuación en el desarrollo de las votaciones, y darles la capacitación debida para que cumplan de forma eficaz esta función encomendada.


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ANEXOS

Anexo número 1

Circunscripción Primera

Segunda

Tercera

Cuarta Quinta

Cabecera

Estados Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Guadalajara, Jalisco Durango, Jalisco, Nayarit, Sinaloa y Sonora. Aguascalientes, Coahuila, Guanajuato, Nuevo León, Monterrey, Nuevo León Querétaro, San Luis Potosí, Tamaulipas y Zacatecas. Campeche, Chiapas, Oaxaca, Quintana Roo, Xalapa, Veracruz Tabasco, Veracruz y Yucatán. Ciudad de México, Distrito Distrito Federal, Guerrero, Federal Morelos, Puebla y Tlaxcala. Colima, Hidalgo, Estado de Toluca, Estado de México México y Michoacán


Anexo numero 2

La Credencial de elector muestra los siguientes datos de identificación del ciudadano

Apellido paterno, apellido materno y nombre completo

 Edad y Sexo  Fotografía elector

Domicilio Entidad federativa, municipio y localidad que correspondan al domicilio del titular Calve registro

de

del

 Clave Única del Registro de Población

Año de emisión

Sección Electoral

 Año en que expira su vigencia

 Firma impresa del Secretario Ejecutivo del IFE Firma y huella del titular de la credencial

Espacios necesarios para marcar el año y la elección que se trate


Anexo 3

Se muestra un Mapa de identificaci贸n geoelectoral donde se visualizan las Secciones que conforman al 08 Distrito federal Electoral en Tamaulipas, el cual muestra como son trazados los l铆mites entre secciones para la jornada electoral y ubicar cada casilla.


Anexo 4

Mapa geoelectoral donde muestra de una manera m谩s detallada las colonias manzanas, calles que componen una secci贸n electoral y los l铆mites entre una secci贸n y otra.


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