AMCP Revista Junio 2015

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Tec

Número 184 Junio 2015

Obtención, validación, administración, explotación y asociación contable de facturas electrónicas

Excelencia Profesional Asociación Mexicana de Contadores Públicos, Colegio Profesional en el Distrito Federal, A.C.

Actual

Los 17 principios del modelo de control COSO 2013

Enlace Compromiso que mueve a

Resultados

Entrevista con el Ingeniero Humberto Lozano Avilés, Presidente de la Cámara de Comercio de la Ciudad de México.

Auditoría

Informe del auditor independiente Cuestión Fiscal

Constancia de Situación Fiscal y Guía de Obligaciones



DIRECTORIO Consejo Directivo Bienio 2015-2016 C.P. y M.A. Jorge López Ríos Presidente C.P.C. María Isabel Jiménez Almaraz Vicepresidente General C.P.C. Carlos Alejandro González Pacheco Vicepresidente del Sector Externo C.P.C. Juvenal Octaviano Villaverde Crisantos Vocal del Vicepresidente del Sector Externo M.A. y L.C.C. Leónides Jerónimo Solano Vicepresidente del Sector Privado C.P.C. Manuel Ruelas Peña Vocal del Vicepresidente del Sector Privado C.P.C. Francisco Castro Lomelí Vicepresidente del Sector Público C.P.C. Bárbara Regina Moreno Navarrete Vocal del Vicepresidente del Sector Público C.P.C. Francisco Ernesto Guerrero Pérez Vicepresidente del Sector Docente C.P.C. José Luis Saldívar Jardón Vocal del Vicepresidente del Sector Docente L.C.C. Mirna Reina Meillon Álvarez Vicepresidente de Finanzas C.P.C. Alejandro Antonio Campos Tenorio Vocal del Vicepresidente de Finanzas

Excelencia Profesional es un órgano de comunicación interna con frecuencia mensual para los miembros de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos, Colegio Profesional en el Distrito Federal, A.C. constituido conforme a la Ley General de Profesiones. Esperanza No. 765 Col. Narvarte, Del. Benito Juárez, C.P. 03020 México, D.F. www.amcpdf.org.mx correo electrónico: comunicacion@amcpdf.org.mx Teléfono: 5636-2370 Editor Responsable: L.C.C. Luis Fernando Poblano Reyes Presidente de la Comisión Editorial

Comisión Editorial C.P. y M.A. Jorge López Ríos C.P.C. Alejandro Antonio Campos Tenorio C.P.C. Francisco Castro Lomelí C.P.C. L.C. Martín Ernesto Quintero García C.P.C. y P.C.A.G. Jesús Álvaro de Anda y Zamora C.P.C. Leónides Jerónimo Solano, L.C.C. Mirna Reina Meillón Álvarez y L.C. Bernardo Manuel Rodríguez Bravo Dr. Jorge Eduardo González Guayda Edición y diseño

C.P.C. María Delia Ávila Nava Vicepresidente de Servicios a Asociados C.P.C. David González Martín del Campo Vocal del vicepresidente de Servicios a Asociados

Número 184 Junio 2015

C.P.C. y M.B.A. José Luis Matus Urtecho Vicepresidente de Capacitación

Número de certificación de licitud de título: 10091 Número de certificación de licitud de contenido: 7170 Número de reserva al título en derecho de autor 04-2013-080812200200-01

C.P.C. Marcelo Yépez Salinas Vocal del Vicepresidente de Capacitación C.P.C. Doroteo Torres Hernández Secretario Propietario C.P.C. Walter Raúl López Ramírez Vocal del Secretario Propietario

La opinión de los colaboradores es responsabilidad exclusiva de los mismos y no refleja necesariamente la posición de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos, Colegio Profesional en el Distrito Federal, A.C. sobre los temas que se abordan. junio 2015

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Columna

del EDITOR Continuando con la línea de la revista Excelencia Profesional incluimos temas de utilidad para los contadores, contribuyente y público en general. En entrevista presentamos al Ingeniero Humberto Lozano Avilés, Presidente de la Cámara de Comercio de la Ciudad de México, quien nos comparte los objetivos que tiene frente a la Cámara que representa con sus diferentes enfoques, considerando también a los que participan o se ven involucrados en esa agrupación, como son colaboradores, socios, autoridades y ciudadanía. Debido a los cambios que se han dado en la página de internet del SAT incluimos el procedimiento de cómo se obtiene la constancia de situación fiscal del contribuyente y guía de obligaciones. En materia de dictamen abordamos quienes están obligados a presentar el dictamen sobre erogaciones por remuneraciones al trabajo personal en el Estado de México. Y en relación al dictamen de estados financieros algunas consideraciones para elaborar el Informe del Auditor. De gran utilidad la reflexión que debemos tener presente de ¿Cuándo debe defenderse el contribuyente ante el SAT? Para dar continuidad al tema de control interno, en el modelo de control interno COSO los 17 principios que son la base de desarrollo de este sistema de control interno. En el mes de junio vence el plazo para presentar la declaración informativa sobre la situación fiscal del contribuyente, por lo tanto debemos tenerlo presente. En cuanto a deducciones, un análisis de la forma de cómo se deben deducir las cuotas patronales del Seguro Social. En materia de comprobantes fiscales presentamos una opción para cumplir con la obligación de los comprobantes fiscales y su asociación a la contabilidad. Finalmente alguna reflexiones sobre el ser líder.

CONTENIDO 3I

Mensaje DE LA PRESIDENCIA

4I

En Notas • CASTIGA FISCO DEVOLUCIONES DE ISR Y IEPS • RECEPCIÓN DE DECLARACIONES ANUALES AUMENTA 20%: SAT • BANXICO REBAJA PROYECCIÓN DE CRECIMIENTO PARA 2015 • SUMA SAT 98 FRAUDES POR ROBO DE IDENTIDAD

6I

Cuestión Fiscal CONSTANCIA DE SITUACIÓN FISCAL Y GUÍA

9I

Legis DICTAMEN DEL IMPUESTO SOBRE EROGACIONES POR

DE OBLIGACIONES

REMUNERACIONES AL TRABAJO PERSONAL EN EL ESTADO DE MÉXICO

10 I

Entre Contadores ¿CUÁNDO DEFENDERSE ANTE EL SAT?

12 I

Actual LOS 17 PRINCIPIOS DEL MODELO DE CONTROL

14 I

Actual DECLARACIÓN INFORMATIVA SOBRE LA SITUACIÓN

16 I

Enlace

COSO 2013

FISCAL DEL CONTRIBUYENTE

COMPROMISO QUE MUEVE A RESULTADOS Ingeniero Humberto Lozano Avilés,

Presidente de la Cámara de Comercio de la Ciudad de México

20 I

Síndicos MOMENTO EN EL QUE PODRÁN DEDUCIRSE LAS

23 I

Auditoría INFORME DEL AUDITOR INDEPENDIENTE

24 I

APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL PAGADAS AL IMSS POR EL CONTRIBUYENTE, EN SU CARÁCTER DE PATRÓN

Tec OBTENCIÓN, VALIDACIÓN, ADMINISTRACIÓN, EXPLOTACIÓN Y ASOCIACIÓN CONTABLE DE FACTURAS ELECTRÓNICAS

Te exhortamos a continuar participando en el Foro de Discusión enviando tus preguntas y resolviendo la pregunta que planteamos cada mes, tu participación es importante.

28 I

Liderazgo ¿EL LÍDER NACE O SE HACE?

L.C.C. Luis Fernando Poblano Reyes Presidente de la Comisión Editorial

31 I

Eventos

32 I

Foro de Discusión

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EXCELENCIA PROFESIONAL

• AL MAESTRO CON CARIÑO


Mensaje DE LA PRESIDENCIA Estimados Asociados: Estamos llegando al final del segundo trimestre del año. Un periodo de mucho trabajo por parte de las comisiones que integran el Consejo Directivo de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos, en favor de los asociados. En estos meses y por medio de la revista Excelencia Profesional y de AMCPDF Radio “La voz de la contaduría”, han podido atestiguar la labor realizada por todos los que participamos en las actividades diarias de este bienio 2015-2016. Reiterando nuestro compromiso para seguir brindando el mejor servicio e información, para que estén enterados de los últimos acontecimientos en el entorno contable; para la mejor toma de decisiones en beneficio de su desarrollo profesional. En nombre del Consejo Directivo, deseo agradecer a quienes compartieron con nosotros el festejo del “Día del Maestro”, ya que como cada año, es un gusto conmemorar a todos los catedráticos. También les comento que la celebración del “Día del Contador” el 28 de mayo, fue todo un éxito, en donde pudimos convivir como la gran familia de contadores que somos. Para todos aquellos colegas interesados en la Certificación del Contador Público que no pudieron inscribirse en el primer diplomado, les informo que ya se encuentra abierta la segunda convocatoria para el Diplomado de Certificación del Contador Público, misma que podrán consultar en nuestra página web: www.amcpdf.org.mx . Pensando en la calidad y actualización de los profesionistas y en especial los del área contable, ponemos a su disposición la Segunda Agenda Académica, donde les ofrecemos dos diplomados y tres talleres con diversos temas de interés, que podrán consultar también en nuestra página web: www.amcpdf.org.mx . Por último quiero felicitar a todos aquellos colegas que tienen la dicha de ser padres. Les envío un fuerte abrazo. Respetuosamente.

C.P. y M.A. Jorge López Ríos Presidente del Consejo Directivo Bienio 2015-2016

junio 2015

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En Notas

Castiga fisco devoluciones de ISR y IEPS Periódico REFORMA

E

l Servicio de Administración Tributaria (SAT) castigó en este inicio de año las devoluciones del Impuesto sobre la Renta (ISR) y el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) que solicitaron los contribuyentes. De acuerdo con cifras de la autoridad fiscal, en el periodo enero-marzo de 2015 regresó a los contribuyentes 3 mil 876 millones de pesos por concepto de ISR, 11.7 por ciento menos que igual periodo del año pasado. La cifra es la segunda más baja en los últimos cuatro años para ese impuesto y ese periodo, únicamente por detrás de las devoluciones realizadas en 2013. En tanto, las devoluciones por concepto de IEPS sufrieron un golpe todavía más grande. Hasta el cierre de marzo de este año, la autoridad fiscal reportó haber devuelto a los

MENOS BENEFICIO En el primer trimestre, las devoluciones de ISR y IEPS tuvieron un revés para los contribuyentes. Devoluciones de Impuestos (Millones de pesos, enero-marzo de cada año) Año ISR IVA IEPS 2012 5,816.1 73,328.7 322.1 2013 2,859.5 59,949.1 218.6 2014 4,392.8 51,522.3 347.8 2015 3,876.1 76,529.7 85.6

76,529 MDP Devueltos 48.5% más que 2014

Recepción de declaraciones anuales aumenta 20%: SAT

contribuyentes poco más de 85 millones de pesos, 75.3 por ciento menos que en el mismo lapso de 2014, cuando regresó 347 millones. La disminución en las devoluciones de ISR y IEPS contrastan significativamente con el incremento de las realizadas por concepto del Impuesto al Valor Agregado(IVA). Según el SAT, durante el primer trimestre devolvió 76 mil 529 millones de pesos, 48.5 por ciento más que el año pasado. El propio fisco resaltó que el mayor número de devoluciones de IVA este año a las empresas fue el motivo por el cual la recaudación de ese impuesto cayó 0.5 por ciento real anual durante los primeros tres meses del año. Las devoluciones por concepto de IVA benefician en su mayoría a las empresas y negocios del País, mientras que las del ISR tienen un impacto más grande y puntual en las personas físicas.

Banxico rebaja proyección de crecimiento para 2015 Periódico El Economista

Periódico El Economista

El órgano recaudador informó que al 30 de abril se recibieron 3 millones 181,817 declaraciones anuales de personas físicas. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó, en un comunicado, que al 30 de abril se recibieron 3 millones 181,817 declaraciones anuales de personas físicas, es decir, 20% más a lo registrado en el 2014. “Los contribuyentes que no hayan presentado la Declaración Anual aún pueden hacerlo y en caso de tener saldo a cargo además del impuesto determinado, deberán pagar la actualización y los recargos que en su caso procedan”, argumentó. El órgano recaudador aclaró que una vez que se obtiene la línea de captura se puede pagar en ventanillas bancarias o directamente por Internet con cargo a tarjeta de crédito o débito, o bien

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EXCELENCIA PROFESIONAL

optar por pagar hasta en seis parcialidades sin necesidad de garantizar el interés fiscal. Además, dijo que quienes obtuvieron un saldo a favor y no tienen inconsistencias recibirán su reembolso a favor en cinco días si declararon ingresos por salarios o en 10 días para el resto de los ingresos. “En caso de que no reciban la devolución, en el portal del SAT se puede consultar el estatus, las posibles inconsistencias y la manera de solventarlas”, aclaró. Para mayor información se puede visitar el portal sat.gob.mx, llamar a Infosat 01 800 46 36 728 o a través de las redes sociales del SAT.

La rebaja obedece a que existen expectativas de menor crecimiento en Estados Unidos, el principal socio comercial de México, al tiempo que el gasto interno todavía no muestra señales claras de un mayor dinamismo hacia adelante. El Banco de México (Banxico) revisó a la baja su proyección de crecimiento económico previsto para este año a un rango de entre 2.0-3.0% desde 2.5-3.5% previo. La autoridad monetaria informó que la rebaja obedece a que existen expectativas de menor crecimiento en Estados Unidos, el principal socio comercial de México, al tiempo que el gasto interno todavía no muestra señales claras de un mayor dinamismo hacia adelante. Banxico también rebajo la previsión de crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB) para el 2016 a un rango de 2.5-3.5% desde 2.9-3.9 por ciento previo.


Suma SAT 98 fraudes por robo de identidad Periódico Reforma

El SAT ha recibido información de 98 casos donde se presume fraude porque las devoluciones de impuestos se realizaron a cuentas que no son del contribuyente que declara. Esto implica un perjuicio de 2.1 millones de pesos, informó el organismo. Hasta el momento, el SAT sólo ha identificado dos presuntos defraudadores. Se trata de dos trabajadores de la Secretaría de Educación del Gobierno de Veracruz que utilizaron los datos de otros contribuyentes de la misma dependencia para recibir de forma indebida 286 mil 569 pesos por devolución de impuestos. Agregó que se logró dar con los responsables gracias a las denuncias presentadas por los afectados. Esas personas recibieron la devolución de impuestos de 13 trabajadores de la Secretaría de Educación del Estado. El monto total de las 13 devoluciones asciende a 286 mil 569 pesos y fue depositado en cuentas de siete diferentes bancos. Los trámites se hicieron utilizando indebidamente la contraseña de los contribuyentes para presentar la declaración anual. “El SAT reitera la importancia de hacer el cambio periódico de sus contraseñas y no entregarlas a terceros que pudieran hacer mal uso de ellas”, señala. “Quienes recibieron las devoluciones pueden estar cometiendo actos que se tipifican como delitos de abuso de confianza, usurpación y defraudación, por lo que se invita a los contribuyentes afectados a presentar su denuncia ante el Ministerio Público de la Federación”, agregó. El pasado martes, el SAT y la Prodecon dieron a conocer que se había identificado el robo de identidad del contribuyente como un nuevo tipo de fraude fiscal, siendo especialmente afectadas las personas físicas que sólo tienen ingresos por sueldos. Los defraudadores utilizan la contraseña del contribuyente para ingresar al sitio del SAT, luego incluyen datos falsos de deducción y calculan una devolución de impuestos que se deposita en cuentas de terceros. La declaración anual de personas físicas que se

presenta a través del sitio de internet del SAT puede realizarse con la contraseña o con la firma electrónica. En el primer caso, se utiliza cuando la devolución de impuestos no rebasa los 40 mil pesos.

Buzón

DEL LECTOR P.-Un contribuyente persona moral con ingresos acumulables de 95´000,000.00 en el año 2013, al presentar su declaración anual de 2014 optó por dictaminar sus estados financieros, ¿podría presentar su dictamen fiscal sin ninguna repercusión legal? R: Conforme al artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación, el dictamen fiscal es optativo para las personas físicas con actividad empresarial, y morales que en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos acumulables superiores a $100´000,000.00, además de otros supuestos. Por lo anterior si el presentara el dictamen fiscal, quedaría sin efectos legales, ya que no cumple con los requisitos del Código Fiscal de la Federación. La recomendación es que presente una declaración complementaria y que elimine la opción de dictaminar sus estados financieros. junio 2015

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Cuestión Fiscal

Constancia de Situación Fiscal y Guía de Obligaciones Por: C.P.C. Walter Raúl López Ramírez Socio de Auditoría de WMJA Accountant International, S.C. Integrante de la Comisión de Síndicos. “AMCP” e-mail: wmja.walter@gmail.com y contacto@wmja-contadoresyauditores.net.

“Locura sería esperar resultados diferentes haciendo las cosas iguales” Albert Einstein

L

as Personas Físicas o Morales pueden conocer el estatus que tienen ante el SAT, y se realiza de varias maneras; una de ellas es acudir directamente a las instalaciones del SAT dónde se puede preguntar cuál es la situación actual del Registro Federal de Contribuyentes RFC, aumento o disminución de sus obligaciones, avisos al RFC, etc..

Se creó un nuevo acceso a la impresión de la guía de obligaciones al RFC, desde la pantalla principal del portal del SAT:

La otra manera y la más recomendada, por su facilidad, es realizarlo a través de Internet, y se puede hacer de dos formas:

1. Consultar el Régimen Fiscal en el SAT

A fin de que los contribuyentes den cumplimiento al requisito de señalar en el comprobante fiscal (Artículo 29-A del CFF), el régimen fiscal en que tributan conforme a la Ley del ISR, podrán consultar y obtener dicho dato conforme al siguiente procedimiento:

• RFC

1. Ingresar a la sección de “Mi Portal”. Para acceder es necesario contar con su RFC y su Contraseña (antes CIEC). 2. Elegir del Menú la opción “Servicios por Internet”. 3. Seleccionar la opción “Guía de obligaciones”. 2. Nueva forma de Consultar los movimientos al RFC

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EXCELENCIA PROFESIONAL

A. Primer paso: damos clic a la sección de Trámites y se abrirá una nueva ventana, que se llama trámites y servicios, con las siguientes opciones: Buzón tributario

• Declaraciones Factura electrónica

• Trámites •

Servicios

• Consultas U Desde allí nos remitimos a la sección “Servicios” y posteriormente a la opción “Acuses de RFC”. B. Segundo paso: ir a “Servicios” y posteriormente se despliegan las siguientes opciones: • Inscripción • Actualización


• Padrones •

aparecerán diferentes acuses posibles de impresión, pero para nuestro caso práctico, se tendrá que elegir la opción de “Servicios” y posteriormente tiene dos opciones y se tendrá que elegir “Reimpresión de acuse RFC”

Búsqueda de trámites

• Servicios U U

Cedula de identificación Fiscal Reimpresión de Acuse RFC

Una vez que le damos clic en Reimpresión de acuses, se abre una nueva ventana denominada “Acceso a los servicios electrónicos”

• Otros C.Tercer paso: al poner reimpresión de acuses RFC se mostrará una ventana con varias opciones. Allí

D. Cuarto paso: para acceder es necesario contar con tu RFC y su Contraseña (antes CIEC) y/o Fiel, como se muestra a continuación:

Acceso a los servicios electrónicos RFC Contraseña

Contraseña |

Fiel

E. Quinto paso: una vez realizado lo anterior, se desplegarán los diferentes acuses que se pueden descargar, con la modificación a las obligaciones que se tienen registradas ante el RFC, así como el régimen fiscal en el cual te encuentras inscrito.

F. Sexto paso: estando en la misma ventana elegir la opción “Generar Constancia”

• Código QR para que lo escanees con tu celular con la aplicación “ ScanLife Lector de QR Códigos”, desde el siguiente enlace: https://play.google. com/store/apps/details?id=com.ScanLife&hl=es_419

Recuerda tener activada la opción de ventanas emergentes ya que al dar clic en generar constancia se abre una nueva ventana con tu nueva “CONSTANCIA DE SITUACIÓN FISCAL” que contiene: •

Datos de Identificación del Contribuyente.

Datos de Ubicación.

Actividades Económicas.

• Regímenes. • Obligaciones.

G. Te arroja un documento en PDF con la “CONSTANCIA DE SITUACIÓN FISCAL”

junio 2015

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Legis

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EXCELENCIA PROFESIONAL


Dictamen del Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal en el Estado de México

Legis

Por: C.P.C. Alejandro A. Campos T.

E

b. El plazo para dar aviso es el 31 de julio del ejercicio fiscal siguiente al que se dictaminará.

a. Las personas que hayan tenido 200 o más trabajadores en promedio mensual.

c. Cambio del contador autorizado en cualquier momento, dando una explicación del porque la substitución, y esto puede ser a más tardar el último día en que concluya el plazo para presentar el dictamen.

b. Las personas que hayan realizado pagos por concepto de remuneraciones al trabajo personal por $400,000 promedio mensual.

d. El plazo de entrega del dictamen por un contador público autorizado será el 31 de agosto del ejercicio fiscal siguiente al que se dictaminará.

c. Las personas que se encuentren obligadas a retener y enterar el impuesto en los términos del código; lo que se puede entender es que si tenemos contratado personal por medio de un tercero y estos pagos son a 200 personas o más, o el promedio es de $ 400,000, también están obligadas a la dictaminación. Hay que tomar en cuenta que no se habla de una empresa independiente, sino de todas remuneraciones que se efectúen, esto es a varias empresas o personas.

El dictamen debe contener: 1. Carta presentación.

d. Empresas fusionadas.

5. Opinión profesional del contador público.

e. Empresas escindidas.

6. Notas aclaratorias

f. Empresas que entren en liquidación.

A grandes rasgos la información que se plasma aquí es de carácter informativo, para que el contador interesado pueda tener un panorama general de lo que solicita el código financiero del Estado de México, con respecto a los trabajos de dictaminación del Impuesto sobre Erogaciones por remuneraciones al trabajo personal, y pueda de manera exacta considerar todos los aspectos en su caso, para efectuar el dictamen con todo lo necesario.

l código financiero del Estado de México establece en su art. 47 A, las reglas para determinar la obligación que tienen algunos contribuyentes establecidos dentro del territorio del estado de efectuar la dictaminación del Impuesto sobre Erogaciones, las que se indican a continuación:

Existe la posibilidad de efectuar la dictaminación optativa en caso de así considerarlo. El artículo 47 B nos indica el procedimiento para dictaminación:

autorizado.

2. Cuestionario de autoevaluación. 3. Información cuantitativa sobre las determinación y pago de contribuciones. 4. Informe sobre la revisión de la situación fiscal del contribuyente.

a. Aviso de dictamen por parte de un contador público

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Entre Contadores

¿Cuándo defenderse ante el SAT?

Los 10 casos, al menos, en que consideramos debe usted realizar la valoración de interponer o no, juicios de Amparo en defensa de la aplicación de las reformas fiscales de 2014. Por L.C.C. Eduardo López Lozano1

E

l pasado 1° de enero de 2014 inició la vigencia de una nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta cuyos efectos se verán aplicados al presentar la declaración de dicho ejercicio. Por ello es correcto señalar que el efecto fiscal de la reforma apenas está por ventilarse.

El juicio de amparo contra leyes tributarias es procedente cuando se vulneran derechos fundamentales de los contribuyentes, capacidad contributiva, igualdad tributaria, reserva de ley, destino del gasto público2,y otros derechos humanos como el de la privacidad, el de la seguridad social, el de acceso a la justicia, el de la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, o el derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, mínimo vital; que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social; la violación de los mismos trae como consecuencia un enriquecimiento ilegítimo por parte del Estado. Sin embargo, en caso de no impugnar, la inconstitucionalidad seguirá siendo aplicable por consentimiento, ejercicio tras ejercicio, (aun cuando quienes se amparen logren la protección de la justicia federal) y lo seguirá haciendo en lo sucesivo, mientras no se modifique o derogue la disposición, ya de la LISR o del CFF, por lo que sería terrible consentirlo en definitiva.

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cial de la Federación, particularmente en los siguientes tópicos: 1. Buzón Tributario, Contabilidad Electrónica y Revisiones Electrónicas. Amparos sucesivos indirectos en contra los artículos 17, 28 fracción III y IV y el artículo 53-B del Código Fiscal de la Federación y disposiciones administrativas relacionadas. 2. Amparo indirecto contra los artículos 28, fracción XXX de la Ley del Impuesto Sobre la Renta por la negativa a la exención de los salarios exentos en el resultado fiscal de los patrones (independientemente de su título, salvo para efectos de la determinación del remanente distribuible ficto a entidades de título III). 3. Amparo en relación con el artículo 25, fracción X que establece la deducción parcial de las aportaciones efectuadas para la creación o incremento de reservas para fondos de pensiones o jubilaciones del personal, complementarias a las que establece la Ley del Seguro Social, y de primas de antigüedad constituidas en los términos de la LISR. 4. En contra de las Declaraciones informativas:

En este sentido se han identificado diversos aspectos relacionados con estas modificaciones legales, que pueden ser impugnados mediante un juicio de amparo y eventualmente han sido o pueden ser declarados inconstitucionales por los Tribunales del Poder Judi-

4.1 De operaciones relevantes. Amparo indirecto contra el artículo 31-A del Código Fiscal de la Federación y regla I.2.8.1.14 (2.8.1.16 para 2015) de la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014.

1 Consultor fiscal, director de grupo reingeniería fiscal. consultoria@ reingenieriafiscal.com, autor en 2015 de diversos libros, entre ellos “Aspectos contractuales y fiscales de los salario 2015” en editorial ISEF y régimen fiscal integral del outsourcing 2015, en preparación,

en editorial Thomson Reuters. 2 establecidos en el del artículo 31 fracción IV de la Constitución Federal.

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4.2 La contenida en el artículo 32H del CFF 5. De la inconstitucionalidad de la PTU. 5.1 En especial, por tratamiento distinto, en personas morales de título III 6. Por la incorporación al título II de las instituciones educativas no donatarias. 7. En relación a la actualización del Costo de lo Vendido. 8. ISR definitivo en ganancias en Bolsa en 2014. 9. El ISR definitivo por dividendos provenientes de utilidades 2014. 10. Limitante (a partir de 2014) a deducciones personales y estímulo fiscal al ahorro en la declaración anual de las personas físicas: Con ingresos hasta un millón de pesos en 2014 (a través de PRODECON). Con ingresos mayores a un millón de pesos en 2014. Objetivos del juicio de amparo en cada caso: Evidentemente el objetivo final es lograr que los tribunales o la SCJN den la razón y a la persona no se le apliquen disposiciones inconstitucionales, la interposición traerá los siguientes… Beneficios: Suspensión del acto reclamado. La suspensión del acto reclamado, es la orden de un juez para que se deje de cumplir los actos materia de juicio en tanto se resuelve el mismo. Por lo que hace al primero de los listados; se logrará la suspensión y con ello la no presentación de dicha información ni la posibilidad que les realicen auditorias electrónicas durante todo el proceso legal, que estimamos entre 18 y 24 meses. En el caso de los amparos contra la entrega de la contabilidad electrónica, el pasado 26 de noviembre de 2014, la Segunda Sala de la SCJN3, a la luz de la contradicción de la tesis 277/2014 determinó procedente otorgar la suspensión definitiva en contra de las disposiciones que regulan la obligación de los contribuyentes de enviar de forma mensual su información contable a través de la página de Internet del SAT.

Por lo que hace a los últimos, no estimamos conveniente el solicitar la suspensión, pues en caso de concederla el tribunal, se afectarían los registros contables, la situación fiscal y se incurriría en contingencias innecesarias. Aunque, como esperamos se ganen los casos, es preferible rehacer los registros y, en su caso; presentar declaraciones complementarias y solicitar la devolución de pago del indebido que debe regresarse al contribuyente por la autoridad con actualización e intereses (lo que en contribuyentes denomina “recargos”).

3 Suprema Corte de Justicia de la Nación

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Actual

Los 17 principios del modelo de control COSO 2013 Por: Dr. Jorge Eduardo Gonzalez Guayda Director General de Tora Consultoría y Rector de la Universidad OMI, Centro de Investigación.

E

l Committe of Sponsoring Organizations of the Treadway Commission (COSO), en mayo de 2013 publicó la actualización del Marco sobre Control Interno editado en 1992. Podemos decir que los cinco componentes de Control Interno no varían con respecto al Marco original de 1992. No obstante, los principios y puntos de enfoque sí que han introducido cambios claves en cada uno de los componentes, todo ello con el objetivo de mejorar y facilitar la implantación y mantenimiento de Sistema de Control Interno. A continuación enumeramos dichos cambios: 1. Se aplica un enfoque basado en 17 principios. 2. Aclara la necesidad de establecer los objetivos estratégicos como condición previa a la fijación de los objetivos de Control Interno. 3. Refleja la relevancia incrementada de la Tecnología de la Información.

2. El Consejo de Administración debe demostrar independencia en la gestión y ejercer la supervisión del desarrollo y ejecución del control interno. 3. La alta dirección debe establecer, con la supervisión del Consejo de Administración: la estructura, líneas de reporte, autoridad y responsabilidad en la consecución de objetivos. 4. En sinfonía con los objetivos, la Organización debe demostrar su compromiso para atraer, desarrollar, y retener personas competentes. 5. En la consecución de los objetivos, la Organización debe disponer de personas responsables para atender sus responsabilidades de Control Interno.

5. Amplía el objetivo del reporte financiero, pasando a ser reporte en general.

Evaluación de Riesgos 6. La Organización ha de especificar los objetivos con suficiente claridad para permitir la identificación y evaluación de los riesgos relacionados.

6. Fortalece la consideración de las expectativas contra el fraude.

7. La Organización debe identificar y evaluar sus riesgos.

7. Considera los diferentes modelos de negocio y estructuras organizacionales.

8. La Organización gestionará el riesgo de fraude.

4. Fortalece los conceptos de Gobierno Corporativo.

A continuación detallamos estos diecisiete principios con los que se implementará un adecuado Control Interno, relacionándolos con sus correspondientes elementos: Entorno de Control 1. La Organización ha de demostrar su compromiso con la integridad y los valores éticos.

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EXCELENCIA PROFESIONAL

9. La Organización debe identificar y evaluar los cambios importantes que podrían impactar en el sistema de control interno. Actividades de Control 10. La Organización ha de seleccionar y desarrollar actividades de control que contribuyan a la mitigación de los riesgos para el logro de sus objetivos.


11. La Organización seleccionará y desarrollará Controles Generales sobre Tecnología de la Información. 12. La Organización implementa sus actividades de control a través de políticas y procedimientos adecuados. Información y Comunicación 13. La Organización ha de generar la información relevante para respaldar el funcionamiento de los otros componentes de Control Interno. 14. La Organización compartirá internamente la información, incluyendo los objetivos y responsabilidades para el control interno, necesaria para respaldar el funcionamiento de los otros componentes de Control Interno. 15. La Organización comunicará externamente las materias que afecten al funcionamiento de los otros componentes de Control Interno. Actividades de Monitoreo 16. La Organización llevará a cabo evaluaciones continuas e individuales, con el fin de comprobar si los componentes del control interno están presentes y están funcionando. 17. La Organización evalúa y comunica las deficiencias de control interno. Principios que lógicamente introducen ciertos cambios en los componentes del Control Interno, de los que destacaríamos el correspondiente a la evaluación de los riesgos a partir de ahora, han de incluir los conceptos de velocidad y persistencia de los riesgos como criterios para evaluar la criticidad de los mismos. La velocidad de riesgo se refiere a la rapidez con la que impacta un riesgo en la organización una vez este se ha materializado, es decir, hace referencia al ritmo con el que se espera que la entidad experimente el impacto. La persistencia de un riesgo hace referencia a la duración del impacto después de que el riesgo se haya materializado. Adicionalmente a la actualización de los 5 componentes de Control Interno, también se ha modificado la información acerca de los Roles y Responsabilidades de los distintos participantes en el proceso, tales como: Las responsabilidades del Director General y Director Financiero para que formalmente asuman la efectividad del control interno en ciertas jurisdicciones. La actividad a desarrollar por los distintos tipos de Comités y su campo de actuación. Se insiste en la necesidad de incorporar, aparte de los

auditores externos, a otros proveedores de aseguramiento evaluadores, con los cuales completar los diferentes tipos de revisión que puede realizar una entidad sobre su control interno. Se recogen las exigencias reguladoras y legislativas, como por ejemplo Sarbanes-Oxley, sobre la información distribuida a los mercados, por la que las Gerencias de las compañías deben certificar la eficacia del control interno de su compañía sobre el reporte financiero. Se incluye una sección específica para los proveedores externos de servicios, señalando que la Dirección no puede olvidar su responsabilidad en la gestión de los riesgos de los procesos externalizados. Debiendo implantar un programa para evaluar dichas actividades realizadas por otros en su nombre, y evaluar la eficacia del sistema de control interno sobre las actividades realizadas por los proveedores externos de servicios. Como vemos los cambios no son complicados de entender, ya que son consecuencia de la evolución acontecida a lo largo de los 20 años de existencia de este protocolo. En concreto, y en opinión de los expertos que han hablado sobre el tema, debido fundamentalmente por: •

La variación de los modelos de negocio como consecuencia de la globalización.

Una mayor necesidad de información a nivel interno, fruto de los cambios cada vez más rápidos en el entorno.

El incremento del número y complejidad de las normativas aplicables al mundo empresarial a nivel internacional.

Las nuevas expectativas sobre la responsabilidad y competencias de los gestores de las organizaciones.

El incremento de las expectativas de determinados grupos de interés sobre la prevención y detección del fraude.

El uso de las nuevas tecnologías y su constante desarrollo.

Las nuevas exigencias de los reguladores y otros grupos de interés en relación a la fiabilidad de la información reportada.

Conclusión El nuevo COSO no nos obligará a introducir cambios inesperados en los procedimientos de Control Interno aplicables en las Organizaciones, pues lo que esta nueva edición representa es la materialización formal de los cambios, que evolutivamente se habían observado necesarios introducir, sin olvidar la interrelación que existe entre el denominado COSO II (ERM) y el COSO I, que ahora se ve reconocido. junio 2015

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Actual

Declaración informativa sobre la situación fiscal del contribuyente Por: C.P.C. Alejandro Rodríguez Brito Integrante de la Comisión Fiscal

A

más tardar el 30 de junio del 2015 vence el plazo para presentar por primera vez esta declaración, la cual nace con motivo de las reformas fiscales que hubo a partir del 1º de enero del 2014 en el Código Fiscal de la Federación (CFF), específicamente en el artículo 32-H del citado ordenamiento, en el que se establece esta obligación para los siguientes contribuyentes: I. Los que tributen en términos del Título II de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, que en el último ejercicio fiscal inmediato anterior declarado (2013), hayan consignado en sus declaraciones normales, para efectos de ese impuesto, ingresos acumulables o superiores a un monto equivalente a $644’599,005.00, cantidad que anualmente se debe ir actualizando conforme al procedimiento establecido en el artículo 17-A del CFF, así como aquellos que al cierre de ese mismo ejercicio tengan acciones colocadas entre el gran público inversionista o en bolsa de valores. II. Las sociedades mercantiles que de conformidad con la Ley del Impuesto Sobre la Renta pertenezcan al régimen fiscal opcional para grupos de sociedades, en términos del Título III, Capítulo VI de la citada Ley.

basta con una sola operación realizada con residentes en el extranjero, para estar obligado a presentarla. La Resolución Miscelánea Fiscal para 2015, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 30 de diciembre de 2014, establece que el envío de esta declaración debe hacerse vía internet en la página de internet del SAT, a través de la herramienta denominada DISIF (32H-CFF), en el formato y apartados correspondientes con su certificado FIEL vigente y siguiendo los lineamientos de captura establecidos en la regla 2.20.1. La información debe ser validada por la autoridad correspondiente conforme a los lineamientos de la regla 2.20.3 de la citada Resolución, para poder enviar al contribuyente el acuse de recibo y número de folio que acredite el trámite, a más tardar el 30 de junio del año inmediato posterior a la terminación del ejercicio de que se trate. Los formatos que se tienen en la herramienta denominada DISIF (32H-CFF) y de los cuales se debe identificar el que corresponde al contribuyente, son los siguientes: a. Personas Morales en general. b. Instituciones de crédito (sector financiero). c. Grupos financieros (sector financiero).

III. Las entidades paraestatales de la Administración Pública Federal.

d. Casas de cambio (sector financiero).

IV. Las personas morales residentes en el extranjero que tengan establecimiento permanente en el país, únicamente por las actividades que desarrollen en dichos establecimientos.

e. Casas de bolsa (sector financiero).

V. Cualquier persona moral residente en México, respecto de las operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero.

g. Otros intermediarios financieros (sector financiero)

f. Instituciones de seguros y fianzas (sector financiero).

h. Sociedades de inversión (sector financiero). Es importante resaltar que esta obligación no es para las personas físicas, sino solo para las personas morales que se encuentren en alguna de las fracciones anteriores. Además, respecto a la fracción V que antecede,

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EXCELENCIA PROFESIONAL

i. Sociedades integradoras e integradas a que se refiere el Capítulo VI del Título II de la Ley del ISR.


j. Establecimientos permanentes de residentes en el extranjero. Debiendo capturar los datos generales del declarante, así como la información solicitada en cada uno de los apartados correspondientes, generándose con todo esto un archivo que es el que se presentará vía internet. Los contribuyentes que ejerzan la opción de dictaminar, en los términos del artículo 52 del CFF, sus estados financieros por un contador público autorizado, conforme a los lineamientos establecidos en el artículo 32-A del mismo código, tendrán por cumplida la obligación de presentar la declaración informativa sobre su situación fiscal, como lo establece el último párrafo de este último artículo. En este caso, únicamente las entidades paraestatales de la Administración Pública Federal son las únicas que no pueden, por ningún motivo, dejar de presentar la multicitada declaración informativa. Se recomienda cumplir con esta obligación establecida por la reglamentación fiscal, ya que los contribuyentes que no presenten esta declaración en los términos establecidos, podrán ser sancionados con una multa de conformidad con el CFF. Es importante señalar que en el portal del Servicio de Administración Tributaria, en la sección de “Preguntas

Frecuentes (DISIF/32-H CFF)” se establece que en el caso de operaciones llevadas a cabo con residente en el extranjero, se cumplirá la obligación de la declaración, presentando únicamente los apartados siguientes del DISIF (32-H CFF) y que le sean aplicables. •

Operaciones financieras derivadas contratadas con residente en el extranjero.

Inversiones permanentes en subsidiaria, asociadas y afiliadas residentes en el extranjero.

Socios o accionistas que tuvieron acciones con partes sociales.

Operaciones con partes relacionadas.

Información sobre sus operaciones con partes relacionadas.

Operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero.

Por último, y en relación con el punto anterior se precisa que a efecto de que el sistema permita el envío de la declaración multicitada, bastará con anotar “cero” en los índices de los apartados que se señalan en la información mínima, que para las personas morales en general aplica. junio 2015

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Enlace

Compromiso que mueve a resultados Un hombre comprometido con la sociedad y con el futuro del país. Así definiríamos al Ingeniero Humberto Lozano Avilés, Presidente de la Cámara de Comercio de la Ciudad de México. Con una plática ágil y rica en conceptos, nos comentó sobre sus principales retos al frente de CANACO y cómo alcanzar sus metas.

P

ara este Ingeniero Químico, egresado de la UNAM, su gestión al frente del organismo se apoya en cuatro ejes rectores. El primero es el trabajo hacia dentro de la institución, conformada por casi 200 colaboradores que integran la Cámara de Comercio.

los quehaceres, pero dentro de esos marcos hablar fuerte, hablar claro sobre lo que necesita la Ciudad. No sólo el comercio organizado, sino la Ciudad en su conjunto. Para lograr lo anterior el Ingeniero Lozano Avilés, se ha dado a la tarea de reunirse con la mayoría de los Secretarios del Gobierno Local, con los SecreEl primer objetivo es ser una organización más que tarios del Gobierno Federal, con Presidentes Consesocialmente responsable, definirla como familiarmenjeros de algunos otros organismos, como es el recién te responsable, en donde cada colaborador busque, nombrado INAI, que cambia de nombre del IFAI, en además de una fuente de la cual obtener recursos donde el comercio y los empresarios tienen mucho económicos para su casa, un luque ver por la protección de datos gar de respeto y crecimiento en personales y los avisos de privalo individual y familiar. El directivo cidad que se tienen que poner en Pienso que éste es el está convencido que nadie da lo la promociones electrónicas y ser reto de la Cámara de que no tiene, si los colaboradores respetuosos de este punto. Comercio, no sólo es no tienen desarrollo, no se puede pasar al siguiente reto, que es El último eje rector es hacia la poder hablar por las para con los socios. ciudadanía en lo general y el cagrandes cadenas, no bildeo que tienen que hacer para El segundo eje rector es tratar la voz de los ciudadaestamos contra ellos, pero promover de incentivar el que los socios se nos, no sólo de los empresarios, también debemos llevar a ante el Poder Legislativo. incrementen en número de membresía y en actividad, a la ya de esos pequeños comercios por si muy generosa oferta que Una afectación grave al comercio la modernidad. hacen de su tiempo y talento de establecido en la Ciudad son las manera altruista. marchas y los plantones, sobre este tema el Presidente de CANALa Institución está conformada por 300 mujeres y CO respondió: “Las marchas y los plantones no sólo hombres muy talentosos, que forman parte de la afectan al comercio, sino también a los ciudadanos, estructura organizada de los empresarios de la Ciunos afectan en los tiempos que tenemos que hacer a dad de México, pero a todas luces es insuficiente. nuestros centros de trabajo o que no podamos llegar Se necesita que más empresarios se acerquen a la al trabajo y nos descuenten el día, a no poder dejar a Institución. los hijos en la guardería, etc. Esto es uno de los tantos temas que los organismos empresariales, en esta El tercer eje es hacia las autoridades del Gobierno responsabilidad para con la comunidad, tenemos que Federal y el Gobierno Local, en donde se tiene que abordar. Igualmente podemos hablar de la calidad de ser un órgano interlocutor más sólido, más fuerte, con la educación, de cómo se administran nuestros imrespecto a sus posturas, siempre muy respetuosos de puestos, etc., temas que a la sociedad le interesan

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y que los empresarios debemos hacer llegar a la autoridad, como parte comprometida con esta sociedad civil de la que formamos parte todos”. Los requerimientos en cuestiones impositivas han evolucionado de manera vertiginosa, el Presidente de CANACO nos compartió los planes que tiene para la modernización del comercio en México. “El reto que tenemos los comerciantes es saber coordinar las labores de los comercios que están en el siglo XXI, que son pujantes, que tienen todas las formas de comunicación, como pueden ser las grandes cadenas y hacer que se hermanen, que compitan con honor con el comercio tradicional. La tienda de la esquina, la mercería, la farmacia pequeña que no es de cadena, etc., y para todos tiene que haber cabida. Es decir, no es unos a costa de los otros. Pienso que éste es el reto de la Cámara de Comercio, no sólo es poder hablar por las grandes cadenas, no estamos contra ellos, pero también debemos llevar a esos pequeños comercios la modernidad”. Para lograr lo anterior, CANACO brinda apoyos a los pequeños comerciantes. Actualmente con muchos de estos pequeños comercios se tiene un convenio en donde a un costo, el más bajo del mercado, pueden emitir facturas electrónicas. Más de mil negocios han encontrado en la Cámara de Comercio el medio para emitir sus facturas electrónicas. Con una llamada telefónica CANACO les emite las facturas, mandan por escrito los reportes y lo más importante, por medio de un convenio con el Instituto Nacional del Emprendedor (INADEM), se les ha dotado a estos pequeños comerciantes de tabletas electrónicas, por $860.00 pesos en un pago único. Equipadas con un lector de código de barras, con programas ya pre cargados para emitir la facturación electrónica y con WiFi instalado. junio 2015

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“Gracias a la suma de los programas que desarrolla la CANACO con el Gobierno Federal, el INADEM, y en comunión con el SAT; estamos haciendo que los procesos de facturación electrónica se puedan realizar.

Nos dice Humberto Lozano: “El SAT es un ejecutor de las políticas fiscales, no tiene la facultad de quitar impuestos, su función es recaudarlos. Con quien platicamos es con las autoridades fiscales y en primera instancia con los legisladores que establecen Para las nuevas generaciones ha resultado muy in- las leyes que nos rigen, y que después el SAT se tuitivo el manejo de estas tabletas, además se ofre- ve obligado a cumplir. Hemos logrado una buena cen cursos de 40 horas en la Cámara de Comercio o aceptación, el Secretario de Hacienda ahora nos soen sus negocios, partiendo de la premisa que no ne- licita los elementos para hacer algún cambio a las cesariamente tienen que saber operar el dispositivo, políticas fiscales, el cambio de mentalidad no sólo en donde de manera vivencial se les enseña cómo del SAT como ejecutor de las políticas fiscales, sino utilizar los programas que ya están pre cargados, de la Secretaría de Hacienda, que es quien norma que son muy amigables y que los puedan utilizar”, el actuar fiscal de la Federación ha cambiado, están comenta Lozano. recibiendo propuestas para una modificación. Esto no quiere decir que en enero vamos a tener una nueva ley fiscal, pero esEs una lacra para esta sociedad el comercio informal, tamos trabajando para lograrlo, lo algo que nos resta posibilidades de competencia, le quita cual nosotros no lo consideramos éxito, pero estamos en el camino puntos a la economía nacional, no aporta a la economía, un adecuado”.

y sí nos pide una derrama de beneficios adicionales. Lo más importante de esto, es que las personas que reciben este beneficio no tienen que dar su IFE o su afiliación partidaria, sino simplemente hacer las cosas y así competir con las grandes cadenas. En cuanto al comercio informal, el Ingeniero Humberto Lozano comenta: “Es una lacra para esta sociedad el comercio informal, algo que nos resta posibilidades de competencia, le quita puntos a la economía nacional, no aporta a la economía, y sí nos pide una derrama de beneficios adicionales: el consumo de luz, la recolección de basura, el Seguro Popular para dotar de un sistema de salud universal, la aspiración de cualquier ser humano, pero eso nos cuesta a todos los mexicanos que pagamos impuestos. El comercio informal es una salida falsa, momentánea y una falta de compromiso social”. Puntualiza. En cuanto a la afectación económica a los comercios por las marchas y plantones en la Ciudad de México, nos explica: “La contabilidad de las afectaciones de las marchas, es muy difícil de llevarla a cabo, sin embargo la afectación económica a los comercios provocada por los plantones sí se puede registrar. Los impuestos locales como el impuesto sobre la nómina, el predial se pueden negociar en estos casos. Los Federales no se puede, lo que pedimos es que se eliminen los plantones, no entendemos el sentido de estos movimientos. En cuanto a una marcha se pudiera entender, ya que es un derecho consagrado en la Constitución, aunque atenta contra los comercios formalmente establecidos”. Como resultado de la reciente reunión del Presidente de CANACO y Aristóteles Núñez del SAT, se lograron los convenios de facturación ya comentados. Sin embargo con quienes se tienen reuniones de trabajo es con los legisladores.

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En el caso específico del SAT, el que no haya inspectores que lleguen y clausuren el negocio o pidan informes de contabilidades de meses anteriores, es algo que se ha reclamado insistentemente al SAT, porque quita mucho tiempo productivo a los comerciantes. Como resultado de este trabajo, se ha conseguido la reducción de los inspectores en los negocios. “Seguiremos insistiendo en que agradecemos todo lo que se haga en beneficio de los agremiados y sin lugar a dudas es insuficiente, todavía tenemos mucho que trabajar y lo seguiremos reclamando por los medios adecuados, pero siendo fuertes e insistentes en que las cosas tiene que mejorar. Ya estamos dando los pasos, pero todavía la meta está lejos”. En cuanto a la regulación del comercio informal el entrevistado comenta: “Deberíamos establecer una cuota mínima de pago de sus contribuciones, no es fácil, se requiere de mucha voluntad política para hacer cumplir la ley”. Otro aspecto importante de labor realizada por CANACO, es trabajar en despertar la conciencia en el consumidor, que puedan darse cuenta efectivamente de que lo barato sale caro. Hacerle ver al consumidor que los productos deben cumplir con las normas mínimas de calidad y desempeño, que puedan hacer válidos su derechos como consumidores. Permanentemente se hacen campañas a través del Consejo Nacional de la Publicidad, para despertar esa conciencia en el consumidor. Para el Ingeniero Lozano, la Ciudad de México vive un buen momento económico y de desarrollo nos dice : “Vemos construcciones como hace mucho no se veían, que modernizan la Ciudad. La construcciones


son una primera fuente generadora de actividad económica, propician una derrama económica en cadena muy fuerte. Ha habido un repunte de los niveles de facturación de los comercios formalmente establecidos presentado en nuestras estadísticas, calculamos que es de un 4.2% en lo que va del año. También la actividad turística ha mostrado un fuerte repunte. Pienso que vienen los mejores meses para la Ciudad de México”.

Esto es en la Facultad de Contaduría y Administración de la UNAM. También estos convenios se tienen con la Escuela de Turismo, de Contabilidad y de Gastronomía del Politécnico, con muchas otras escuelas. La Cámara de Comercio es una gran impulsora no sólo de la actividad económica, sino de la formación de nuestras juventudes. Nuestra preocupación no es sólo que los jóvenes emprendan, sino que ejecuten su idea y los vamos orientado a través de los mecanismos formales del desarrollo, para que tengan capital semilla de trabajo y los vamos asociando con otros consumidores”.

Un trabajo relevante de CANACO se ha dado a través de programas para MIPYMES, logrando brindar Somos orgullosos apoyo a estos comercios, como Para concluir la entrevista le preimpulsores de la cátedra el ejemplo antes mencionado guntamos al Ingeniero Humberto UNAM-CANACO, en con las tabletas electrónicas. Lozano, quien ya ocupó difeTambién ofrecen cursos de conrentes cargos en la Institución, donde jóvenes de tabilidad básica, finanzas para además de haber sido Conseexcelencia de la carrera no financieros, enseñan a los cojero Electoral de 1995 a1997, merciantes a calcular cuál es su que representaba este cargo en de Contabilidad y punto de equilibrio y sus utilidaCANACO como Presidente. Nos Administración, vienen a des, cómo manejar una adecuarespondió: “representa una aspida rotación de inventarios, denuestras instalaciones para ración, nunca fue mi sueño llegar fensora ante PROFECO, etc. La a ocupar la presidencia. A lo largo darles pláticas y cursos. Institución ha celebrado muchos de estos 23 años de colaboración convenios con dependencias con la Institución se fue desperLocales y Federales, convenios tando este compromiso. Pero lo establecidos que se están ejecutando. Pero más allá que despertó en mí el compromiso, fue ver a otros lídede los convenios con estas dependencias se tienen res empresariales dar generosamente su tiempo, veía firmados convenios con el CONALEP, con el Politécni- a grandes empresarios ofrecer su talento sin cobrar, y co y con la UNAM. conforme me fui involucrando más en la Institución, encontré que el dar, el servir, es el mejor pago que puede “Somos orgullosos impulsores de la cátedra UNAM-CA- uno recibir, y despertar en las juventudes esa necesiNACO, en donde jóvenes de excelencia de la carrera de dad de regresarle a la sociedad algo de lo mucho que Contabilidad y Administración, vienen a nuestras insta- nos ha dado. laciones para darles pláticas y cursos. Ésta es una materia optativa y podemos decir que es la primer materia El reto más grande es despertar en mis colegas, en que se satura en la inscripción, aún cuando para poder mis colaboradores, el espíritu de poder dar y enconinscribirse deben tener los alumnos 9.5 de promedio. trar en el dar el mejor de los pagos”. junio 2015

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Síndicos

Momento en el que podrán deducirse las aportaciones de seguridad social pagadas al IMSS por el contribuyente, en su carácter de patrón POR: LCC Leónides Jerónimo Solano. Presidente de la Comisión de Síndico

A

nte la duda generalizada del gremio, en materia de Impuesto Sobre la Renta (ISR) consistente en: Si las aportaciones de seguridad social pagadas por el contribuyente al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), en su carácter de patrón, especial énfasis en las del sexto bimestre de cada año, son o no deducibles en el ejercicio en el que se causaron; o se tendrían que deducir en el ejercicio en que fueron efectivamente pagados; máxime cuando su deducibilidad está condicionada a un CFDI expedido por el IMSS en la fecha en que éste recibió tal aportación. En relación a la norma legal establecida en el Primer Párrafo, Fracción I, del artículo 28 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) vigente; considero que, ésta no establece el momento (periodo fiscal) en que podrán deducirse las aportaciones pagadas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a cargo de los patrones, bajo las siguientes: CONSIDERACIONES Para ilustrar mejor el análisis que haremos de dicho precepto normativo, a continuación reproduzco textualmente su contenido: “Artículo 28.- Para los efectos de este Título, no serán deducibles: I. Los pagos por Impuesto Sobre la Renta a cargo del propio contribuyente o de terceros, ni los de contribuciones en la parte subsidiada o que originalmente correspondan a terceros, conforme a las disposiciones relativas, excepto tratándose de aportaciones pagadas al Instituto Mexicano del Seguro Social a cargo de los patrones, incluidas las previstas en la Ley del Seguro de Desempleo. II. Tampoco….” Efectivamente, la norma establece que no serán deducibles los pagos que realice el contribuyen-

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te, por los siguientes conceptos: a. Pagos por Impuesto Sobre la Renta a cargo del propio contribuyente; o b. Pagos por Impuesto Sobre la Renta a cargo de terceros; c. Pago de contribuciones en la parte subsidiada; o d. Pago de contribuciones que originalmente correspondan a terceros. Y como excepción a la norma, la Ley permite que se deduzcan los pagos que realice el contribuyente, si se trata de aportaciones pagadas al Instituto Mexicano del Seguro Social a cargo de los patrones, incluidas las previstas en la Ley del Seguro de Desempleo. De una interpretación armónica de la norma, se desprende que ésta solo define los conceptos de pago que no serán deducibles; más no establece, momento alguno en que puedan o no deducirse las aportaciones pagadas al IMSS a cargo de los patrones, incluidas las previstas en la Ley del Seguro de Desempleo. De ahí que, sería un grave error fundar nuestra opinión en el precepto normativo analizado para sustentar que la deducción de las aportaciones pagadas al Instituto Mexicano del Seguro Social a cargo de los patrones, por el sexto bimestre de cada año, deba deducirse hasta el ejercicio fiscal siguiente, atendiendo a su fecha de pago y en base a la fecha del CFDI emitido por el IMSS al momento de recibir dicho pago. Por lo anterior expuesto, recomiendo remitirse a otros preceptos normativos de la LISR para sustentar que, las aportaciones pagadas al IMSS a cargo de los patrones, deben deducirse en el ejercicio fiscal en que se causaron; más no en el ejercicio fiscal en que se


paguen efectivamente. Apoyo mi opinión en los siguientes preceptos normativos y doctrinarios:

III. Estar debidamente registradas en contabilidad y que sean restadas una sola vez.

“Ley del Impuesto Sobre la Renta Artículo 9.- Las personas morales deberán calcular el ISR,…. El resultado fiscal del ejercicio se determinará como sigue:

IV. Cumplir con las obligaciones establecidas en esta Ley en materia de retención y entero de impuestos a cargo de terceros o que,…

I. Se obtendrá la utilidad fiscal disminuyendo de la totalidad de los ingresos acumulables obtenidos en el ejercicio, las deducciones autorizadas por este Título y…. II. …. Artículo 25.- Los contribuyentes podrán efectuar las deducciones siguientes: I.-…. IV. Las cuotas a cargo de los patrones pagadas al Instituto Mexicano del Seguro Social, incluidas las previstas en la Ley del Seguro de Desempleo. Artículo 27. Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos: I. Ser estrictamente indispensables para los fines de la actividad del contribuyente, II. Estar amparadas con un comprobante fiscal y…

XVIII. Que al realizar las operaciones correspondientes o a más tardar el último día del ejercicio se reúnan los requisitos que para cada deducción en particular establece esta Ley. Tratándose del comprobante fiscal a que se refiere el primer párrafo de la fracción III de este artículo, éste se obtenga a más tardar el día en que el contribuyente deba presentar su declaración. Respecto de la documentación comprobatoria de las retenciones y de los pagos a que se refieren las fracciones V y VI de este artículo, respectivamente, los mismos se realicen en los plazos que al efecto establecen las disposiciones fiscales, y la documentación comprobatoria se obtenga en dicha fecha. COMENTARIO: En la segunda oración anterior, remarcada de negro, queda superada la obligación de obtener el comprobante fiscal (CFDI) relativo al pago de aportaciones al IMSS, causadas en el último bimestre de cada año, en el mismo ejercicio fiscal al que corresponden dichas aportaciones; pues, la misma norma permite obtener dicho comprobante fiscal a más tardar el día en que el contribuyente deba presentar su declaración del junio 2015

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ejercicio; esto es, el 31 de marzo del año siguiente. Si el legislador hubiera querido condicionar la deducibilidad de los pagos de aportaciones al IMSS a la fecha de pago efectivo, hubiera redactado la norma de manera clara en ese sentido, tal como lo hace en la Fracción VII del Artículo 25 de la LISR, tratándose de la deducción de intereses moratorios; que a la letra dice: VII. Los intereses devengados a cargo en el ejercicio, sin ajuste alguno. En el caso de los intereses moratorios, a partir del cuarto mes se deducirán únicamente los efectivamente pagados. La Fracción VIII del artículo 27 de la LISR, que precisa con toda claridad los (4) momentos en que se considera EFECTIVAMENTE PAGADO algunos gastos especiales (y no se refiere, para nada, a aportaciones de seguridad social) en el ejercicio de que se trate, que textualmente dice: VII. Que tratándose de pagos que a su vez sean ingresos de contribuyentes personas físicas, de los contribuyentes a que se refieren los artículos 72 y 73 de esta Ley, así como de aquéllos realizados a los contribuyentes a que hace referencia el último párrafo de la fracción I del artículo 17 de esta Ley y de los donativos, éstos sólo se deduzcan cuando hayan sido efectivamente erogados en el ejercicio de que se trate, se entenderán como efectivamente erogados cuando (1) hayan sido pagados en efectivo, mediante transferencias electrónicas de fondos desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente en instituciones que componen el sistema financiero y las entidades que para tal efecto autorice el Banco de México; o en otros bienes que no sean títulos de crédito. (2) Tratándose de pagos con cheque, se considerará efectivamente erogado en la fecha en la que el mismo haya sido cobrado o cuando los contribuyentes transmitan los cheques a un tercero, excepto cuando dicha transmisión sea en procuración. (3) También se entiende que es efectivamente erogado cuando el interés del acreedor queda satisfecho mediante cualquier forma de extinción de las obligaciones. Cuando los pagos a que se refiere el párrafo anterior se efectúen con cheque, (4) la deducción se efectuará en el ejercicio en que éste se cobre, siempre que entre la fecha consignada en el comprobante fiscal que se haya expedido y la fecha en que efectivamente se cobre dicho cheque no hayan transcurrido más de cuatro meses, excepto cuando ambas fechas correspondan al mismo ejercicio.” Además de los preceptos legales antes transcritos, tengamos presente los principios generales que rigen el pago de tributos al estado, como son:

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PRINCIPIO DE EXACTA APLICACIÓN DE LA LEY.Consagrada en el primer párrafo del Artículo 5º del Código Fiscal de la Federación (CFF) que a la letra dice: “Las disposiciones fiscales que establezcan cargas a los particulares y las que señalan excepciones a las mismas, así como las que fijan las infracciones y sanciones, son de aplicación estricta. Se considera que establecen cargas a los particulares las normas que se refieren al sujeto, objeto, base, tasa o tarifa.” MOMENTO DE CAUSACIÓN DE LAS CONTRIBUCIONES.- El Artículo 6º del Código Fiscal de la Federación (CFF) establece que “Las contribuciones se causan conforme se realizan las situaciones jurídicas o de hecho, previstas en las leyes fiscales vigentes durante el lapso en que ocurran. Dichas contribuciones se determinarán conforme a las disposiciones vigentes en el momento de su causación, pero les serán aplicables las normas sobre procedimiento que se expidan con posterioridad. NULLA POENA SINE LEGE.- Es una frase latina, que se traduce como “No hay pena sin ley”, utilizada para expresar que no puede sancionarse una conducta si la ley no la califica como delito. De ahí que, si la Ley no establece claramente una regla especial aplicable al caso, no debemos crear normas de aplicación sin fundamento alguno. Aquí, cabe aplicar el dicho que reza: “Donde la Ley no distingue, no cabe hacer distinción alguna”. Es un principio general de derecho consagrado positivamente en numerosos códigos penales en los Estados constitucionales, incluyéndose en la mayoría de las democracias modernas. Y el Derecho fiscal mexicano participa de los principios generales del derecho penal, en numerosos casos. CONCLUSIÓN Las aportaciones pagadas al seguro social, SON DEDUCIBLES en el ejercicio fiscal en que se causan; en razón de que no existe una norma especial que lo prohíba. Además, el artículo 27 Fracción XVIII de la Ley del Impuesto Sobre la Renta establece que, “Tratándose del comprobante fiscal a que se refiere el primer párrafo de la fracción III de este artículo, éste se obtenga a más tardar el día en que el contribuyente deba presentar su declaración.” Tal como quedó apuntado en la parte considerativa de éste artículo. En especial, considero que las cuotas patronales del sexto bimestre de cada ejercicio fiscal cumplen con todos los requisitos fiscales para ser deducibles en el ejercicio en el que se causen; máxime que se amparan con un CFDI que expide el IMSS el día en que recibe el pago de dichas aportaciones, de conformidad con las Leyes aplicables (LISR , LSS y CFF ) al caso.


Auditoría

Informe del Auditor Independiente Por: C.P.C. Alejandro A. Campos T.

L

as Normas Internacionales de Auditoría 700 y 705, nos proporcionan los datos y guías de como elaborar el informe del auditor independiente, en los cuales debemos basar nuestra opinión, estas normas entraron en vigor el 15 de diciembre de 2009, y los objetivos que tienen son: a. Ayudar en la formación de una opinión sobre los estados financieros, con base en el trabajo realizado y en la evidencia obtenida en nuestros papeles de trabajo.

los errores significativos individuales o en conjunto, y determinantes para los estados financieros en conjunto. d. Abstención de opinión, esto se da cuando no se puede obtener evidencia suficiente y adecuada de auditoría para poder sustentar una opinión. El informe debe constar de los siguientes elementos: 1. Debe ser por escrito.

b. Realizar en forma expresa y clara la opinión obtenida por escrito a través de un dictamen, en donde debemos describir la base tomada para dicha opinión.

2. Debe decir claramente que es de un auditor independiente. 3. Debe dirigirse a la asamblea de accionistas o al gobierno corporativo en su caso.

La información puede contener errores que en su caso pueden ser simples equivocaciones, en este punto el auditor puede solicitar el ajuste correspondiente y con eso se arregla, pero puede ser que dicha información este truqueada para esconder algún tipo de fraude y la labor tendrá que ser más ardua en la revisión, y esta parte se debe informar de inmediato sin esperar a terminar, y proporcionar la opinión correspondiente. Debemos recordar que las opiniones pueden variar dependiendo de lo que se encuentre dentro de los tiempos de revisión, y son: a. Opinión sin salvedades o limpia, se expresa cuando la información contenida en los estados financieros en su conjunto no presenta diferencias o errores de importancia.

4. Indicar a la entidad auditada. 5. Indicar la responsabilidad de la administración por los estados financieros. 6. Indicar cuál es la responsabilidad del auditor. 7. La descripción del trabajo del auditor. 8. Determinación del tipo de modificación a la opinión del auditor, en su caso. 9. El párrafo más importante que es la opinión. 10. Firma del auditor. 11. Fecha del dictamen.

b. Opinión con salvedades, se da cuando al obtener evidencia el auditor concluye que los errores significativos detectados son de importancia relativa, o no se obtuvo suficiente evidencia para basar la opinión, pero se puede concluir que no es determinante para determinar una opinión.

Es importante que se tomen en cuenta todos los puntos mencionados, para que el trabajo de auditoría tenga un buen final.

c. Opinión negativa, se expresa cuando después de haber obtenido la suficiente evidencia se concluye que son tales y tantos

La comisión de normas de auditoría está trabajando en un modelo de informe de auditor independiente que en breve será publicado para conocimiento de la membresía.

12. Dirección del auditor.

junio 2015

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Tec

Obtención, validación, administración, explotación y asociación contable de facturas electrónicas Por: C.P. Alejandro Javier Juárez Bolaños Integrante de la Comisión de Página Web

C

uando apareció la Facturación Electrónica muchos de nosotros pensamos que la autoridad no tendría la capacidad de controlar y almacenar los millones de comprobantes que día a día se generan en el país, esto no se pudo medir mientras permaneció el CFD, ya que este tipo de comprobantes los generaba el contribuyente, y solo reportaba los folios utilizados mes a mes, mediante un reporte en formato TXT que se subía y firmaba desde el portal del SAT. Cuando aparece la reforma donde se anuncia que a partir del 2014 el único comprobante fiscal digital sería el CFDI, muchos dudamos de la capacidad de los servidores del SAT y hasta pensamos que este cambio se postergaría por representar un gran reto; al pasar del tiempo comprobamos que este reto al estar compartido con los PAC’s (Proveedores de Certificación) se pudo afrontar con éxito, y al día de hoy se tiene la posibilidad de generar, controlar y administrar los millones de comprobantes que requiere nuestra operación diaria como país. Con el manejo único del CFDI se resolvieron para la autoridad muchos problemas que representaba el CFD, que al no estar almacenado, controlado y validado en los servidores del SAT, presentaba en algunos casos inconsistencias en su estructura y por lo tanto problemas para leerse; pero el punto más importante para el SAT era que no contaba con una copia del CFD, por lo que cualquier proyecto de fiscalización automatizada se planteaba difícil de proyectar y realizar. Con el tiempo hemos comprobado que los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI’s) llegaron para quedarse y desde el 2014 constituyen el único

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medio de deducción, por lo tanto es de vital importancia contar con todos y cada uno de éstos. Con el inicio en el envío de la Contabilidad Electrónica, los contribuyentes hemos terminado de concientizar la importancia del archivo XML y el poco peso que tiene la representación impresa como comprobante fiscal, sin embargo, este cambio en la mentalidad aún está por madurar y en la actualidad se tienen diferentes problemas relacionados con la obtención, validación y administración de CFDI’s, de los cuales mencionaremos los más importantes: 1. No se cuenta con la totalidad de comprobantes fiscales digitales. Uno de los principales problemas a resolver por muchos contribuyentes es contar con la totalidad de comprobantes recibidos, la falta de control, administración y resguardo de este tipo de archivos es una realidad, sin embargo, esta problemática puede resolverse con relativa facilidad si recurrimos al “Portal del Contribuyente”, que es una sección dentro de la página del SAT que permite obtener una copia de todas las facturas electrónicas que emitimos y que nos emiten. 2. No se realiza la validación de los comprobantes fiscales digitales. La mayoría de los contribuyentes no realizan la validación de las facturas electrónicas que reciben debido al proceso engorroso que constituye dicha validación en el portal del SAT, proceso que se lleva varios minutos por documento y cuando son muchos resulta una misión casi imposible. Es bueno conocer que se encuentra publicado en el portal del SAT, un Servicio Web que la autoridad


ha puesto a disposición de los contribuyentes que cuenten con la infraestructura de sistemas para desarrollar y/o programar esta tarea, que permite validar de forma masiva la existencia y estatus de las facturas electrónicas en el portal del SAT, sin embargo, no es un procedimiento que esté al alcance de la mayoría de contribuyentes y por lo general se requiere del programa de un tercero. 3. Las facturas canceladas que no se cancelan en el portal del SAT. Otro punto muy importante a considerar y que se descuida por muchos contribuyentes, es el relacionado con las facturas electrónicas emitidas y canceladas en nuestro sistema de facturación electrónica, cuya cancelación no se refleja en el portal del SAT. Lo anterior se puede estar originando por causas como: • No se tiene considerada la cancelación de un Folio Fiscal (UUID) dentro del sistema de facturación electrónica en el portal del SAT.

no es fácil manejar, con las herramientas informáticas adecuadas podemos extraer y exportar la información contenida a Excel y automatizar procedimientos que antes implicaban mucho tiempo en la captura, ordenamiento y procesamiento de la información. Es casi un hecho que con la entrada de la Contabilidad Electrónica en 2015, la autoridad tendrá en un corto plazo mecanismos automatizados para verificar ingresos y egresos, contra el repositorio de cada contribuyente, por lo que se hace muy importante contar con herramientas automatizadas que nos permitan obtener, validar, administrar y explotar la información de nuestras facturas electrónicas. Existen en el mercado diversas herramientas, algunas gratuitas otras con costo pero que en general sirven para solventar la problemática mencionada en el presente artículo, mi recomendación es obtener una versión de evaluación, gratuita o de uso libre y comprobar la efectividad de cada programa, facilidad de uso, costo, nivel de soporte técnico y principalmente las funciones que ofrece cada programa.

• El servicio de cancelación de un folio fiscal (UUID) por parte de la autoridad falló, cuando nuestro sistema de facturación electrónica intento realizar dicha tarea. • El servicio de Internet falló mientras se intentaba cancelar un folio fiscal (UUID). 4. Facturas canceladas por nuestros proveedores, sin que se nos notifique de dicha cancelación. Se está presentando con relativa frecuencia que una factura electrónica que respalda un gasto y que está registrada en nuestra contabilidad, pasa de “Vigente” a “Cancelada” en el portal del SAT, sin que nos demos cuenta y sin que podamos hacer nada para evitarlo, porque la cancelación de una factura que nos emite un proveedor no está dentro de nuestro control. Este punto nos obliga a pensar en implementar procedimientos de validación recurrente, para verificar los cambios en el estatus de los comprobantes que sustentan nuestras erogaciones. 5. No se explota la información contenida en las facturas electrónicas. Finalmente y dado que ahora todos los comprobantes fiscales son electrónicos y se encuentran en un formato “XML” no podemos dejar de aprovechar esta nueva tecnología, que si bien es cierto

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Tec

A continuación un ejemplo de las aplicaciones más populares que he localizado en Internet: Programa: Descarga Masiva de Xml del SAT. Proveedor: Desconocido. Página Web: www.todocfdi.com.mx www.todocbb.com.mx Soporte técnico: No hay referencias en la página del proveedor. CARACTERÍSTICAS: • Descarga Masiva de Facturas Electrónicas • Administración de CFDI’s. • Validación del Comprobante en el portal del SAT. • Generación del PDF. • Exportación a Excel de la información. • Generación del Catálogo de Cuentas y Balanza XML 2015.

Programa: MiAdminXML Proveedor: Desconocido. Página Web: http://www.adminxml. com Soporte técnico: No hay referencias en la página del proveedor. CARACTERÍSTICAS: • Descarga Masiva Gratuita de Facturas Electrónicas. • Administración de CFDI’s. • Validación del Comprobante en el portal del SAT. • Generación de PDF (representación impresa). • Agrupación de CDFI’s de nómina. • Listado de conceptos de facturas electrónicas. • Exportación a Excel de la información.

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Programa: Descarga CFDI Masivo. Proveedor: Obed Cruz Gallardo. Página Web: http://exceltrabajaporti. com Soporte técnico: No hay referencias en la página del proveedor. CARACTERÍSTICAS: • Descarga Masiva de Facturas Electrónicas. • Administración de CFDI’s (En conjunto con otro producto del proveedor). • Explotación de la información en Excel (En conjunto con otro producto del proveedor).

Programa: XmlTool 14. Proveedor: DSOFT, S.A. DE C.V. Página Web: http://www.dsoft.mx Soporte técnico: Gratis por un año al adquirir la licencia del programa. CARACTERÍSTICAS: • Descarga Masiva y Gratuita de Facturas Electrónicas del Portal de Contribuyentes del SAT. • Administración de CFDI’s y de Recibos de Pago de Nómina. • Validación masiva de Comprobantes en el portal del SAT. • Alerta de cambio de estatus de un comprobante “Vigente” a “Cancelado”. • Filtros avanzados para localizar y seleccionar comprobantes. • Generación masiva e individual de PDF’s. • Exportación a Excel de la información de CFDI’s. • Exportación a Excel de la información de CFDI’s de Nómina. • Extracción de conceptos de facturas electrónicas. • Cancelación de CFDI’s en el portal del SAT (Requiere de archivos .KEY, .CER y password del CSD).

• • • •

Búsqueda de palabras dentro de los conceptos de las facturas electrónicas. Verificación de facturas de Proveedores contra la lista negra del SAT. Generación del Catálogo de Cuentas y Balanza XML 2015. Generación del Auxiliar de Folios y el Auxiliar de Cuentas.

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¿El Líder

nace o se hace? C

uando trabajamos en un negocio, ya sea como dueños o encargados y se dirige a un equipo de trabajadores, en la mente de muchos jefes está la misma idea, ¿lo estaré haciendo bien? Para ser un buen líder, no solo hay que llevar a cabo un buen liderazgo empresarial, sino que también hay que contar con ciertas actitudes personales, que en el caso de las distribuidoras o negocios PYMES adquieren mucha más importancia. Un buen liderazgo es esencial para el éxito de cualquier empresa. Para identificar las características de un buen líder es necesario primero saber qué es el liderazgo. El liderazgo es la capacidad o habilidad que tiene una persona para convencer a otros de que traten de alcanzar determinados objetivos. Esta característica también la podemos definir como: El liderazgo es la habilidad gerencial o directiva que consiste en la capacidad para influir en un grupo determinado de personas, haciendo que el equipo trabaje con entusiasmo en el logro de metas y objetivos. Aunque es probable que vivir una cultura empresarial bien definida no sea prioridad en las PYMES, cada vez más organizaciones de este tipo se preocupan por identificar y potenciar el liderazgo; y muchos comportamientos que antes se implementaban sólo en las grandes empresas, hoy pueden ser perfectamente adaptados a las pequeñas y medianas organizaciones. La gran diferencia del líder de una PYME con respecto a su igual en las grandes empresas es que, en la mayoría de los casos, es el mismo dueño

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quien encabeza todos los cambios. Es decir, de él y de su ejemplo dependen que sea exitosa la definición de la estrategia de negocios, un cambio de metas, la adaptación a mercados nuevos o simplemente un ajuste en el funcionamiento de los procesos productivos. Para competir con las grandes empresas, los líderes de la PYMES se ven obligados a idear nuevas estrategias destinadas a generar mejoras en el servicio al cliente, innovación en el marketing, calidad de respuesta, trabajo en equipo, velocidad de acción, y ahora, el uso de las redes sociales. Actitudes personales de un buen líder Un aspecto muy importante en el que se unen actitud empresarial y personal, es la fijación de los objetivos de la empresa y conseguir que esos objetivos sean también los de los


trabajadores. Un buen líder no puede cegarse en buscar solo buenos resultados, sino además en que sus trabajadores estén implicados en esa labor y en cómo conseguirlo. Para ello, es importante mantener una actitud comprensiva, un clima de confianza y plantear objetivos. Para conseguirlo, se pueden utilizar técnicas como sistemas de ventas por objetivos, retribuciones en especie a partir de cierto nivel de facturación o beneficios sociales.

El líder autoritario Es el que no tiene confianza en sus empleados. Él toma todas las decisiones y fija los objetivos. A los subordinados sólo les queda obedecer. Crea una atmósfera de miedo, de amenaza, de castigo. En su comunicación con los empleados, el líder autoritario se limita a dar órdenes. Las repercusiones de ejercer este liderazgo con los subordinados son: Sentimientos de temor, hostilidad y resentimiento.

Es importante ser convincente y preciso con las decisiones que se adoptan, siempre de una manera que motive y haga sentir cercanía, ya que si cambiamos de opinión respecto a un tema empresarial a cada rato no estaremos transmitiendo profesionalismo a los trabajadores.

Hay una fuerte insatisfacción de los subordinados con su trabajo, sus compañeros, su jefe y la empresa.

También hay que tener en cuenta que los líderes de una empresa cometen fallas y en este sentido, es muy positivo hacer un ejercicio de autocrítica cuando las cosas van mal y no limitarse a buscar culpables en otras personas. Por tanto, para ser un buen líder hay que tener tanto actitudes personales como profesionales.

El líder paternalista Tiene una confianza condescendiente en sus empleados, como la de un padre con su hijo. El toma la mayor parte de las decisiones y les deja tomar algunas a sus empleados en cosas de poca trascendencia. Acepta algunos comentarios a sus órdenes. Da recompensas y castigos. Controla todo lo fundamental. Los subordinados se relacionan con él, con precaución. Promueve poco el trabajo en equipo. Las repercusiones de ejercer este liderazgo con los subordinados son: Lo que más los motiva es el dinero y el poder, los empleados no se sienten responsables del logro de los objetivos, suele haber insatisfacción con el trabajo, hay aceptación abierta de los objetivos pero también resistencia clandestina.

Diferentes tipos de líderes. También se dice que el líder es aquella persona con poder de influir en la conducta de otros para el logro de ciertas metas. La fuente de esta influencia o poder puede ser formal, como la que proviene del puesto que se tiene en una empresa; por ejemplo, el gerente, o encargado del negocio en virtud de su posición, asume un rol de liderazgo. Pero el liderazgo también puede ser informal, como cuando un empleado puede convencer a sus compañeros de que observen una cierta conducta, sin ser su jefe. No todos los líderes son jefes, o gerentes o supervisores, como tampoco todos los jefes, gerentes o supervisores, por el solo hecho de estar al mando, son líderes. La habilidad para persuadir a otros, independientemente de la posición formal que se ocupe en la empresa, es importante e incluso, en algunos casos, más importante que la formal. Para el dueño o jefe, lo ideal sería que poseyera ambos: el liderazgo formal, pero también el informal. Ahora demos un vistazo a las características tanto físicas, como de comportamiento y de relación que hacen un buen líder. Estilo personal de liderazgo Cada persona tiende naturalmente a comportarse de cierta manera al dirigir un grupo. Aunque este estilo se ve modificado por la personalidad de los subordinados, por la naturaleza de la tarea y por la empresa, en general, depende de la personalidad de quien ejerce el liderazgo. Conocer el estilo natural ayudará a flexibilizarse y poder adoptar otros estilos de liderazgo que mejor se acomoden a situaciones diferentes. Los estilos básicos de liderazgo son: Autoritario, Paternalista, Consultivo y Democrático.

No hay trabajo en equipo, existe resistencia oculta a ejecutar las órdenes.

El líder consultivo Crea un clima participativo y tiene confianza en sus empleados. Aunque la mayor parte de las decisiones importantes las toma él, permite que los empleados tengan su espacio en la toma de decisiones. Reconoce las cualidades, los logros y esfuerzos de sus empleados y los premia. Estos tienen confianza en el líder. Promueve la responsabilidad y su liderazgo asume la forma de objetivos por alcanzar. Las repercusiones de ejercer este liderazgo con los subordinados son: los empleados observan actitudes generalmente favorables a la empresa y se sienten responsables también de lo que hacen, hay satisfacción en el trabajo, buen nivel de confianza, aceptación abierta de los objetivos y, rara vez, resistencias. El líder democrático El líder tiene plena confianza en sus empleados y trabaja en equipo. También ellos tienen plena confianza en su líder y se sienten muy identificados con la empresa. La toma de decisiones es responsabilidad de todos. El líder democrático promueve la comunicación en todos los niveles. Involucra a los empleados en la búsqueda, definición y logro de los objetivos. Las repercusiones de ejercer este liderazgo con los subordinados son: relación mutua de confianza, los empleados se motivan por la participación en la fijación de los objetivos y se sienten responsables de su logro, trabajan como equipo con el líder, hay plena aceptación de los objetivos, la comunicación es muy buena. junio 2015

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Identificar el estilo de liderazgo que más se tiende a usar, permite estar alerta a las consecuencias en el comportamiento de la gente y, por lo tanto, da la posibilidad de confiar en su estilo. El primer paso para aprender a usar otros estilos de liderazgo es empezar a reconocer los comportamientos orientados a la tarea y los comportamientos orientados a las personas. Se debe identificar si el comportamiento, en general, está más orientado a la tarea que a las personas, por ejemplo, cuando se tiende a ser un líder autoritario. El segundo paso es aprender a medir la madurez de los empleados. Cada vez que se ejerce el liderazgo con los subalternos, debemos preguntarnos si quieren y pueden hacer el trabajo. De esta respuesta dependerá el estilo de liderazgo que se deba aplicar. Cómo ser un buen líder en tu negocio Los mejores líderes son innovadores y visionarios; son capaces de identificar oportunidades para la empresa y crear un ambiente que estimule la creatividad e impulse la productividad. Les brindamos algunos consejos que ayudarán a ser un buen líder: 1. Define tus metas y las de la empresa. Haz un plan factible y explica a tus empleados por qué la meta o el plan son necesarios. 2. Administra y asigna los recursos. 3. Haz que tu equipo de trabajo conozca lo que esperas de cada uno en tu empresa. Expresa aceptación y reconocimiento por las contribuciones de

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tu gente. Estimula al grupo y a las personas. 4. Evalúa constantemente los resultados. 5. Descubre lo que quieren tus empleados. Piensa: ¿Qué los motiva, qué necesitan? 6. Identifica lo que tus empleados esperan de ti. Escucha a tu gente, consúltalos y presta atención a su retroalimentación. 7. Recuerda que debes ser un modelo para tus empleados. Sé el ejemplo y actúa siempre como quieres que ellos actúen. 8. Motiva a tus empleados, es parte de tu responsabilidad. Crea espíritu de equipo y reconcilia los desacuerdos. 9. Proporciona la información necesaria en tu empresa. Facilita la comunicación con tu grupo y entre ellos. Esto favorece que la gente se acerque a ti, y ten en mente que la retroalimentación que te den tus empleados es una de las herramientas más valiosas para ser un buen líder. 10. Aprende a delegar y acepta ayuda externa si es necesario. Las empresas son el reflejo de quienes las dirigen, y funcionan y crecen gracias a su liderazgo. Es imprescindible que los empresarios, aún los de los negocios más pequeños, se conviertan en buenos líderes en beneficio de su propia organización.


Eventos

Al maestro con cariño

U

na parte importante en la formación de todo ser humano la aportan los maestros, que desde el inicio de nuestra vida activa, se preocupan por compartir sus conocimientos a través de variadas enseñanzas. Gracias a esta labor hemos podido realizarnos como hombres y mujeres en el ámbito profesional.

como a los profesores de las universidades con quienes mantienen una estrecha relación. “Ustedes son un importante pilar en el desarrollo de la profesión al compartir sus conocimientos y experiencias, así como en la formación de los futuros contadores del país”. dijo a los invitados.

Para reconocer esta importante labor, la AMCP festejó a los docentes que colaboran en los cursos que la Asociación ofrece. Durante una comida organizada por la Asociación para festejar este día tan significativo, las anécdotas se fueron hilando una a una, haciendo reír y recordar a los invitados.

Por su parte el C.P. C. Francisco Guerrero Pérez, Vicepresidente del Sector Docente dijo: “Necesitamos que sigan acercándose a la Asociación, atacando nuevos nichos, otros campos en donde como contadores públicos se pueden desarrollar, pues son bastos y bastantes. Los docentes son el pilar de los cursos que la Asociación brinda a los socios”, concluyó.

El C.P. y M.A. Jorge López Ríos, Presidente de la AMCP, reconoció la labor de los docentes y catedráticos que imparten actualización académica, así

Para finalizar este ágape en honor de los docentes, la Asociación hizo entrega de un presente, símbolo de agradecimiento a cada uno de ellos.

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Foro

Continuando con la línea del Foro de discusión, te presentamos la respuesta a la problemática planteada. ¿Qué opinas de que al momento de la entrada en vigor de la contabilidad electrónica, es obligatoria la aplicación de las normas de información financiera?

L

a contabilidad electrónica que entró en vigor en julio de 2014 y que se ha ido prorrogando hasta su aplicación en este año, se refiere a la obligación de llevar los registros y asientos contables a través de medios electrónicos e ingresar de forma mensual su información contable a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Para dar cumplimiento formal al ingreso mensual de información contable, únicamente se enviará la balanza de comprobación y el catálogo de cuentas con el código agrupador del SAT que permita su interpretación. Adicionalmente, los contribuyentes deben tener la posibilidad de generar información electrónica de sus pólizas contables y auxiliares para entregarla al SAT. La contabilidad electrónica está fundamentada en el artículo 28 del Código Fiscal de la Federación, artículo 33 y 34 del Reglamento de Código Fiscal de la Federación y las reglas 2.8.1.4 y 2.8.1.5 de la resolución miscelánea fiscal 2015.

Empresas Listadas en la Bolsa Mexicana de Valores

Normas Internacionales de Información Financiera

Empresas del Sector Financiero (cotizadas o no)

Normas de Información Financiera más Criterios de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores

Empresas del Sector asegurador y afianzador (cotizadas o no)

Normas de Información Financiera más Criterios de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas

Empresas de la Administración Pública Federal, Estatal o Municipal

Normas de Información Financiera Gubernamental emitidas por Consejo Nacional de Armonización Contable

La regla 2.8.1.4 dice en relación a la normatividad contable lo siguiente: “Para los efectos de esta regla se entenderá que la información contable será aquella que se produce de acuerdo con el marco contable que aplique ordinariamente el contribuyente en la preparación de su información financiera, o bien, el marco que esté obligado aplicar por alguna disposición legal o normativa, entre otras, las Normas de Información Financiera (NIF), los principios estadounidenses de contabilidad “United States Generally Accepted Accounting Principles” (USGAAP) o las Normas Internacionales de Información Financiera (IFRS por sus siglas en inglés) y en general cualquier otro marco contable que aplique el contribuyente. El marco contable aplicable deberá ser emitido por el organismo profesional competente en esta materia y encontrarse vigente en el momento en que se deba cumplir con la obligación de llevar la contabilidad.” Por lo anterior la regla solo dice que enviarán la contabilidad electrónica conforme a normas de información financiera u otra normatividad contable, las empresas que estén obligadas por disposición legal o normativa, es decir en México las empresas obligadas legalmente a llevar un marco normativo serían las siguientes:

Por lo anterior las empresas que no tendrían obligación legal de llevar alguna normatividad contable serían: Empresas Privadas No Cotizadas en la Bolsa Mexicana de Valores y las Empresas No Lucrativas

Podrían optar por llevar cualquier normatividad contable

En conclusión podríamos decir que a la entrada en vigor de la contabilidad electrónica no es obligatoria la aplicación de las Normas de Información Financiera, ya que las empresas de ciertos sectores ya por disposición legal llevan una normatividad contable, y por consiguiente enviarán la contabilidad electrónica conforme a su normatividad contable y las empresas que por disposición legal no lleven una normatividad contable no tendría por qué aplicar alguna.

Dr. Jorge Eduardo González Guayda Para nuestro próximo número, dejamos a consideración la siguiente pregunta: ¿ Qué hacer en el caso de atestiguar la norma de Auditoría utilizada en Estados Unidos SSAE 14 ( Statements on Standards for Attestation Engagements) en empresas de servicio mexicanas? [ 32 ]

EXCELENCIA PROFESIONAL


DÍA

SIPRED Y DISIF EXPOSITOR: M.C. y E.F. FRANCISCO YÁÑEZ LEDESMA

01 HORARIO 16:00 A 21:00 HRS.

5 PUNTOS N.A.A. LA NUEVA MODALIDAD DE ASEGURAMIENTO DEL IMSS, DECRETO DEL 08 DE ABRIL DEL 2014 (Para cumplimiento de la N.A.A. del IMSS 2015) EXPOSITOR: L.C. JUVENAL O. VILLAVERDE CRISANTOS 5 PUNTOS N.A.A.

03 HORARIO 09:00 A 14:00 HRS. 08 HORARIO 16:00 A 21:00 HRS.

CUADRO DE MANDO INTEGRAL EXPOSITOR: L.C. IGNACIO ROMÁN RANGEL

09 HORARIO 16:00 A 21:00 HRS.

TRATAMIENTO FISCAL CON DIVIDENDOS CON CUFIN 2013-2014 EXPOSITOR: C.P. VÍCTOR OLIVER MERCADO

5

PUNTOS N.A.A.

DEFRAUDACIÓN Y OTROS DELITOS DE TRANCENDENCIA PARA CONTADORES, ASESORES, REPRESENTANTES LEGALES, ETC. EXPOSITOR: LIC. TANIA J. GONZÁLEZ COVARRUBIAS 5

15 HORARIO 09:00 A 14:00 Y 16:00 A 19:00 HRS.

PUNTOS N.A.A.

INSTRUMENTOS FINANCIEROS EXPOSITOR: L.C. FRANCISCO JAVIER CRUZ ARIZA 8

PUNTOS N.A.A.

TRATAMIENTO FISCAL Y DEL IMSS, DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS (Para cumplimiento de la N.A.A. del IMSS 2015) EXPOSITOR: L.C.C. CARLOS GUTIÉRREZ PÉREZ 5 PUNTOS N.A.A. SERIE “B” ESTADOS FINANCIEROS DE LAS NIF´S EXPOSITOR: L.C. MAURO GONZÁLEZ GONZÁLEZ

22 HORARIO 16:00 A 21:00 HRS.

5

PUNTOS N.A.A.

NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA GUBERNAMENTAL EXPOSITOR: C.P. RICARDO QUINTANAR ORTIZ

23 HORARIO 16:00 A 21:00 HRS.

5

PUNTOS N.A.A.

PROPIEDAD INTELECTUAL EXPOSITOR: DR. Y C.P.C. JORGE EDUARDO GONZÁLEZ GUAYDA

24 HORARIO 16:00 A 21:00 HRS. 30 HORARIO 09:00 A 14:00 HRS.

PUNTOS N.A.A.

5

10 HORARIO 09:00 A 14:00 HRS.

16 HORARIO 16:00 A 21:00 HRS.

INVERSIÓN

CURSO

5

PUNTOS N.A.A.

DICTAMEN DEL IMPUESTO SOBRE EROGACIONES EN EL EDO. DE MEX EXPOSITOR: C.P.C. Y E.F. VICENTE VELÁZQUEZ MELÉNDEZ 5

PUNTOS N.A.A.

ASOCIADO

668.00

1,000.00

743.00

1,113.00

668.00

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743.00

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SIN DESCUENTO 1,000.00

743.00

1,113.00

CON DESCUENTO 1,440.00

1,069.00

1,600.00

SIN DESCUENTO 1,600.00

1,189.00

1,781.00

668.00

1,000.00

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CON DESCUENTO

900.00

PERSONAL DE NO ASOCIADO ASOCIADO

SIN DESCUENTO 1,000.00 CON DESCUENTO

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SIN DESCUENTO 1,000.00 CON DESCUENTO

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900.00

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SIN DESCUENTO 1,000.00 CON DESCUENTO

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SIN DESCUENTO 1,000.00 CON DESCUENTO

900.00

SIN DESCUENTO 1,000.00

Descuento Hasta

28-MAY

01-JUN

04-JUN

05-JUN

08-JUN

11-JUN

12-JUN

18-JUN

19-JUN

22-JUN

26-JUN

Para ofrecerle un mejor servicio recuerde que es obligatorio reservar el curso que desea tomar y realizar con anticipación el pago en cualquiera de las siguientes modalidades:*TARJETAS DE DÉBITO Y CRÉDITO VISA O MASTER CARD;* DEPÓSITO O TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA EN LAS SIGUIENTES CUENTAS BANAMEX, S.A. (ASOCIADOS: 870-562728 más referencia, CLABE para transferencias 002180087005627280/NO ASOCIADOS: 236-6979886, CLABE para transferencias 002180023669798865). *CHEQUE: solo se aceptarán pagos con tres días hábiles de anticipación al inicio del curso. En caso de devolución del mismo se aplicará un cargo del 20% + IVA sobre el valor del cheque, con base en el artículo 193 de la “Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito”. ***En caso de depósito o transferencia, favor de enviar copia del comprobante a facturacion@amcpdf.org.mx y/o facturacion2@amcpdf.org.mx*** En cancelaciones con menos de 48 horas antes del evento, se aplicará una penalización del 25% sobre la cuota del mismo. La AMCP se reserva el derecho de no iniciar cualquiera de los grupos, modificar fechas y/o expositores por causas ajenas a su voluntad con el fin de asegurar la calidad y el objetivo del programa o en su caso de no reunir un mínimo de 10 personas. Visite nuestra página: www.amcpdf.org.mx Programación sujeta a cambios.


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