Excelencia Profesional Asociación Mexicana de Contadores Públicos, Colegio Profesional en el Distrito Federal, A.C.
Mayo 2020
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Plataformas digitales: Una oportunidad ante el Covid-19
FISCAL
Piden contadores públicos al gobierno un plan estratégico
FISCAL
Puntos relevantes de la Ley de Extinción de Dominio
NORMATIVIDAD
Requisitos y funciones para los peritos contables autorizados por Tribunal Superior de Justicia de la CDMX
SEGURIDAD SOCIAL Rectificación de la Prima de Riesgo ante el IMSS
CALENDARIO MENSUAL DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS MAYO 2020 Fecha Miércoles 06 de mayo
Obligación Fundamento Envío Contabilidad Electrónica mes de marzo Regla 2.8.1.7 fracción II 2020 para Personas Morales (primeros tres días a) RMF 2020. del segundo mes posterior). Viernes 08 de mayo Envío Contabilidad Electrónica mes de marzo Regla 2.8.1.7 fracción II 2020 para Personas Físicas (primeros cinco días b) RMF 2020. del segundo mes posterior). Domingo 10 de mayo CFDI de pagos recibidos durante el mes de abril Regla 2.7.1.35 de la 2020. (Décimo día natural del mes inmediato RMF 2020. siguiente) Lunes 18 de mayo Aviso de Actividades Vulnerables de abril 2020. Artículo 23 LFPIORPI Lunes 18 de mayo Declaración de pagos de cuotas de IMSS de abril Artículo 39 de LSS 2020 Lunes 18 de mayo Declaración de pago de Impuesto Sobre Nóminas Artículo 159 CFCM de abril 2020 (3% CDMX). Lunes 18 de mayo Declaración de pago provisional de ISR de abril Artículos 14, 106, 116, 2020 y otros de LISR Lunes 18 de mayo Declaración de pago definitivo de IEPS de abril Artículo 5 LIEPS 2020. Lunes 18 de mayo Declaración de pago definitivo de IVA de abril Artículo 5 LIVA 2020. Lunes 18 de mayo Declaración de contribuciones retenidas de IVA e ISR de abril 2020. Nota 1.- La fecha de vencimiento de las anteriores declaraciones es el día 17 de mayo respecto a su propia ley, sin embargo, de acuerdo con el artículo 12 del CFF si esta fecha es un día viernes o inhábil se recorre su presentación al siguiente día hábil. Nota 2.- Respecto a las anteriores declaraciones provisionales, definitivas y retenciones tienen días adicionales dependiente el sexto dígito del RFC, según Artículo 5.1 del Decreto del 26 de diciembre de 2013, aún vigente Viernes 22 de mayo Envío de la Balanza de comprobación ajustada (o Regla 2.8.1.7 fracción II balanza 13) del ejercicio fiscal 2019 para Personas inciso e) de la RMF físicas 2020 Domingo 31 de mayo Declaración Informativa de Operaciones con Regla 4.5.1 RMF 2020 Terceros (DIOT) de abril de 2020.
Comisión Fiscal
SECCIÓN DIRECTORIO
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Consejo Directivo Bienio 2019-2020 L.C.C. Mirna Reina Meillon Álvarez Presidente
C.P.C. Carlos Alejandro González Pacheco Segundo Secretario Propietario
Vicepresidente General
Vocal Suplente del Segundo Secretario
L.C.C. y M.A José Jesús Rodríguez Ambríz Vicepresidente del Sector Externo L.C.C. y M.I. Jorge Zúñiga Carrasco Vocal del Sector Externo L.C.C. y E.I Rubén Torres Alva Vicepresidente del Sector Privado
Excelencia Profesional es un órgano de comunicación interna con frecuencia mensual para los miembros de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos, Colegio Profesional en el Distrito Federal, A.C. constituido conforme a la Ley General de Profesiones.
C.P.C. Doroteo Torres Hernández Vocal Suplente del Sector Privado
Esperanza No. 765 Col. Narvarte, Alcaldía Benito Juárez, C.P. 03020 Ciudad de México, México
C.P.C., M.A y L.D. Sergio Osorio Cruz Vicepresidente del Sector Público
www.amcpdf.org.mx correo electrónico: comunicacion@amcpdf.org.mx
C.P.C. David González Martín del Campo Vocal Suplente del Sector Público
Teléfono: 5636-2370
C.P.C., L.D y M.I. Armando Ramírez Villa Vicepresidente del Sector Docente Vocal Suplente del Sector Docente
Editor Responsable: C.P.C. y M.F. Carlos Leonardo Velasco Paredes Presidente de la Comisión Editorial C.P.C. Jesús Trejo Xelhuantzi C.P.C. Roberto Guzmán Álvarez
L.C.C. y M.F. Georgina Mancilla Carranza Vicepresidente de Finanzas
Edición y diseño
L.C.C. y L.D. Víctor Manuel García Salinas Vocal Suplente de Finanzas
Número 242 Mayo 2020
L.C.C. Norma Lilia Fabián Castelán Vicepresidente de Servicio a Asociados
Vocal Suplente de Servicio a Asociados C.P.C. Narciso Vargas Salanueva Vicepresidente de Capacitación Vocal Suplente de Capacitación C.P.C. Alejandro Antonio Campos Tenorio Primer Secretario Propietario C.P.C. Maribel Serrano Rodríguez Vocal Suplente Primer Secretario
Número de certificación de licitud de título: 10091 Número de certificación de licitud de contenido: 7170 Número de reserva al título en derecho de autor 04-2017-120511004600-102 La opinión de los colaboradores es responsabilidad exclusiva de los mismos y no refleja necesariamente la posición de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos, Colegio Profesional en el Distrito Federal, A.C. sobre los temas que se abordan. Imágenes de stock: Freepik.com
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CONTENIDO
EXCELENCIA PROFESIONAL
FISCAL 4
Dirige la AMCP carta al Presidente de la República
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Aplicación de las cuentas de orden Contable, Fiscal y Contabilidad electrónica
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Puntos relevantes de la Ley de Extinción de Dominio Plataformas Tecnológicas 2020 en el transporte terrestre y entrega de bienes
NORMATIVIDAD 14
Requisitos y funciones para los peritos contables autorizados por Tribunal Superior de Justicia de la CDMX
SEGURIDAD SOCIAL 16
Rectificación de la Prima de Riesgo ante el IMSS
NEGOCIOS 20
Los apoyos bancarios en tiempos del Coronavirus ¿Realmente te convienen?
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Plataformas digitales: Una oportunidad ante el Covid-19
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La importancia de mantener la comunicación durante las crisis
DIFUSIÓN Y CULTURA 30
Labor Ininterrumpida de la AMCP
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MENSAJE DE LA PRESIDENCIA
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Fortalecidos ante la adversidad
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stamos viviendo una situación sin precedentes en la historia reciente de la humanidad, debido a la pandemia provocada por el Covid-19. Esta situación ha afectado a la salud física de todos los seres humanos, así como también está afectando severamente la economía mundial, aun con consecuencias difíciles de dimensionar. Desde el inicio de esta emergencia la AMCP, visualizó esta riesgosa situación y las graves consecuencias de salud y económicas del país. Es por esta razón que desde el pasado 18 de marzo, se estableció una postura cordial y de diálogo con un par de comunicaciones enviadas directamente al Presidente de la República, a la titular del SAT, a la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, y algunas otras dependencias, en relación con la actividad profesional que nos demanda. Para reforzar estas comunicaciones y con absoluta responsabilidad, se envió una segunda carta el 7 de Abril, al Presidente, enfatizando las peticiones que como gremio contable estarían afectando ante la sociedad. El papel de la AMCP es velar por los intereses de los asociados así como de la profesión contable manteniendo nuestros principios por delante con responsabilidad, ética profesional y social. Para dar a conocer públicamente el contenido de estas peticiones. Hemos emprendido acciones de difusión las cuales iniciaron con una conferencia de prensa en nuestras instalaciones, seguida de varias entrevistas que se han realizado en todo este tiempo, con el objetivo de apuntalar las peticiones realizadas en estos comunicados. Ante la instrucción por parte de las autoridades de suspender las labores que no fueran prioritarias, la AMCP consciente de ello y velando por el beneficio y bienestar de los asociados, es que nos vemos en la imperiosa necesidad de atender todos los requerimientos y continuar con nuestras actividades, ahora atreves de medios electrónicos y el fortalecimiento de las distintas redes sociales. Con estas acciones, hemos hecho grandes esfuerzos en conjunto para seguir mantenido los servicios, cursos, distintos eventos, pero sobre todo hemos fortalecido la hermandad que nos distingue. Hoy los lazos son más fuertes y solidos, la comunicación ha trascendido por los distintos medios de comunicación, no hemos parado seguimos en la realización de juntas de trabajo en beneficio de todos, hemos aprovechado las distintas herramientas de tecnología para fortalecernos y ser un marco de referencia en el rubro de la contaduría.
Sabemos que son tiempos difíciles para la salud, lo económico y en el aspecto social. Sin embargo estamos convencidos que una vez más, como mexicanos, saldremos adelante unidos y fortalecidos, sabemos también que la situación demanda todo nuestro esfuerzo, solidaridad y trabajo en equipo, por lo que les pido se cuiden en lo posible y veamos que lo más valioso que puede tener un ser humano es la vida. Para volver a retomar nuestro camino, merece de un doble esfuerzo. Cito: “Hoy estamos separados, para mañana estar juntos” En La AMCP, seguiremos defendiendo los intereses en común, haciéndonos eco de los problemas que enfrentamos y sirviendo de puente entre la autoridad y la sociedad en la solución de problemas. Sigamos edificando un México fuerte y unido con propuestas y acciones que nos permitan construir un mejor futuro para todos. Con el gusto de siempre,
L.C.C. Mirna Reina Meillon Álvarez Presidente
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Dirige la AMCP carta al Presidente de la República Nuevamente la AMCP preocupada por la situación que están enfrentando las empresas, las PYMES, MIPYMES y firmas independientes en diferentes ramos de la actividad económica, envió el pasado siete de abril otra carta al Presidente de la República, el Lic. Andrés Manuel López Obrador, con peticiones muy puntuales para enfrentar la
crisis financiera que estamos atravesando derivada de la emergencia sanitaria que estamos viviendo. En esta carta no solo se solicita una audiencia con la autoridad, sino también se hace patente la suma de esfuerzos para tener una sola voz y ser parte de la solución que nos permitirá salir delante de esta delicada situación económica.
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Aplicación de las cuentas de orden Contable, Fiscal y Contabilidad electrónica C.P.C. Walter Raúl López Ramírez Socio de Auditoría e Impuestos WMJA Accountant International, S.C. Integrante de la Comisión de Síndicos y Prodecon wmja.walter@gmail.com
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os estados financieros presentan razonablemente tanto la situación como los resultados de una empresa; los cuales representan la información final de cómo las operaciones realizadas afectaron directamente el Activo, Pasivo y Capital Contable. Pero estos al ser instrumentos de información, no deben mostrar aquella que se hubiese suscitado sino también las situaciones o condiciones que a futuro puedan tener trascendencia en la situación o resultados de una entidad. Por ello, se debe incluir en estos tanto información resultante de las operaciones ya realizadas como de aquellas que se crea que a futuro puedan modificar o alterar la situación de la empresa para obtener así documentos con mayor grado de confiabilidad y utilidad que permita tomar decisiones con más elementos de juicio y máximas posibilidades de alcanzar los fines trazados. Por otra parte se fundamenta, motiva la existencia y uso de las cuentas de orden en las Normas de Información Financiera (NIF). Las cuentas de orden en su debida interpretación, son registros contables que ayudan a la administración de las empresas, a tener un control sobre ciertas partidas tanto financieras como fiscales. Regularmente, estas cuentas se asocian al registro de aquellas partidas que, de acuerdo con las regulaciones fiscales, requieren de estar plasmadas en la contabilidad. Si bien es cierto que este tipo de registros es conocido, un gran porcentaje de las empresas no los utiliza, ya sea por la poca cultura de análisis financiero o tal vez por el desconocimiento que existe sobre sus beneficios al tener más claridad sobre ciertas partidas y poder interpretar mejor los propios estados financieros.
1. Concepto
Las cuentas de orden son aquellas que se emplean para el registro de operaciones que no afectan o modifican el activo, pasivo o capital de la empresa pero que, a pesar de ello, es necesario registrar en libros, para consignar los derechos u obligaciones contingentes que entrañan, con fines de recordatorio, o bien, para controlar algunos aspectos de la administración. A las cuentas de orden también se les denomina con otros nombres, y son los principales:
• • • •
Cuentas Correlacionadas Cuentas de saldos compensados Cuentas de memorándum Cuentas de registro
2. Marco conceptual
Atendiendo a las Normas de Información Financiera (NIF), en la NIF A-7 “Presentación y revelación” nos señala que la revelación es la acción de divulgar en los estados financieros y sus notas, toda aquella información que amplié el origen y significado de los elementos que integran los estados financieros, proporcionando información de las políticas contables, así como del entorno en el que se desenvuelve la entidad. También se tendría que asociar con las características cualitativas de los estados financieros como lo es la CONFIABILIDAD considerando su representatividad e información suficiente, y la RELEVANCIA considerando su posibilidad de predicción y confirmación, así como su importancia relativa. Por otra parte se establece, fundamenta y motiva la existencia y uso de las cuentas de orden en las Normas de Información Financiera: a. El postulado básico de ENTIDAD ECONÓMICA (NIF A-2), establece que toda entidad al elaborar los estados financieros solo debe informar en ellos de los valores, derechos y obligaciones propios de la entidad a la cual se refieren. b. El postulado de DEVENGACIÓN CONTABLE (NIF A-2), que las operaciones realizadas en una entidad así como otros eventos u operaciones a afectar a la entidad deben ser cuantificados para posteriormente reflejarlos en la información. c. La característica secundaría de la Información Financiera; de REVELACIÓN SUFICIENTE (Asociada a la característica cualitativa de Confiabilidad como información suficiente, NIF A-4, “Características cualitativas de los estados financieros”), justifica su uso en tanto que la información que brindan estas cuentas proporcionan al usuario mayores elementos para analizar e interpretar al balance general y así tomar mejores decisiones. Por lo anterior comentado, se puede señalar que las transacciones que no modifican la estructura financiera de la entidad deben controlarse mediante cuentas de orden, ya que de esta forma se pueden revelar y presentar en los estados financieros, la información que derive de los derechos u obligaciones del tipo financiero o fiscal que afectarán o pudieran afectar en un futuro cercano a los estados financieros.
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3. Objetivo de las cuentas de orden
Como ya se comentó las cuentas de orden son un instrumento que la contabilidad emplea para registrar las operaciones que realiza la empresa, las cuales no afectan la estructura financiera de la empresa, por lo tanto representan valores contingentes que esperan una resolución y nos sirven para efectos de control administrativo o con propósito recordatorio. Las cuentas de orden se pueden abrir para efectos de poder registrar las siguientes situaciones: • Mercancía en consignación. • Juicios y responsabilidades contingentes. Operaciones para fines de control administrativo o fiscal.
4. Clasificación de las cuentas de orden
Las cuentas de orden se clasifican de acuerdo al tipo de operación que se registra de la siguiente manera: a. Valores ajenos Se registran los bienes que no son propiedad de la empresa, pero sin embargo son controlados por la misma, ya sea para llevar a cabo diversas operaciones o bien como un deposito por algún crédito que se otorgó. Algunos ejemplos de lo antes mencionado son: • Mercancía en consignación. • Bienes que se reciben en prenda • Mercancía en comisión. • Contratos de comisión mercantil • Bienes en garantía • Etc. b. Valores contingentes Se registran derechos y obligaciones los cuales representan una contingencia, la cual puede desaparecer o bien convertirse en un compromiso real, dependiendo de la ocurrencia de los hechos futuros. Algunos ejemplos son: • Avales otorgados. • Juicios pendientes de resolución. • Documentos endosados y descontados • Seguros contratados • Etc. c. De control Se tiene como objeto controlar aspectos financieros o extra financieros, como es la parte fiscal. Algunos de los conceptos fiscales que se pueden controlar en estas cuentas son: • Depreciación y amortización fiscal. • Cuenta de Capital de Aportación (CUCA) • Cuenta de Utilidad Fiscal Neta (CUFIN) • Utilidad Fiscal Neta (UFIN) • Ajuste anual por inflación. • Utilidad o pérdida fiscal en venta y/o baja de activo fijo. • Deducción inmediata de activos fijos • Pérdidas fiscales por amortizar • Sueldos, salarios y previsión social deducible • Seguros y fianzas contratados • Etc.
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5. Procedimiento de registro
Las cuentas de orden de acuerdo con la partida doble deben abrirse por lo menos en grupo de dos, una de naturaleza deudora y otra de naturaleza acreedora las cuales deben especificar con claridad el registro que representa. Los movimientos y los saldos de dichas cuentas deben estar compensados entre las cuentas deudoras y acreedoras que las integran. Para efectos del registro de las operaciones que afectan a las cuentas de orden puede hacerse de dos maneras: 1. Movimiento Directo.- Consiste en que la operación se registra en cuentas de orden deudora y acreedora, es decir, sin que intervengan cuentas de balance y de resultados. 2. Movimiento Cruzado.- Consiste en que al momento de cargar y abonar a las cuentas de orden estas tengan como contra cuentas de balance o resultados; es decir, si se realiza un cargo en la cuenta de orden el abono será a una cuenta de balance o resultados y viceversa. Después del segundo registro las cuentas de orden deben tener saldos iguales de naturaleza contraria. Aunque el movimiento directo es más fácil, es más recomendable que en lo posible se efectúen los registros de manera cruzada, para efectos de evitar olvidos en su manejo y sirve para efectos de control de las cuentas de orden ya que al momento de verificar la igualdad en los saldos en caso de diferencias estas saltan a la vista ya sea porque falta algún movimiento o se encuentra mal aplicado; además nos permite identificar con mayor facilidad la operación que dio origen a las cuentas de orden.
6. Presentación en estados financieros
Las cuentas de orden se presentan al pie del balance general; es decir, debajo de las suma del activo y pasivo más capital, indicando solamente los saldos deudores debido a que sus movimientos se compensan y sus saldos son iguales. Además se agrupan dentro de su respectiva clasificación.
7. Contabilidad electrónica y las cuentas de Orden
En la Contabilidad Electrónica podemos encontrar dentro del portal del Servicios de Administración Tributaria (SAT) el catálogo sugerido en el anexo 24.A1, ahí se puede observar que contamos con cuentas que agrupan y clasifican a los diferentes activos, pasivos, capital, ingresos, egresos, entre otros; los cuales naturalmente influyen dentro de la información financiera, esto es dentro del balance general y estado de resultados. Asimismo, se puede observar que dentro del clasificador del SAT en el código agrupador 800, podemos localizar las cuentas de orden. Si bien es cierto, que no influyen en los resultados de la contabilidad, éstas son muy utilizadas para llevar el control económico de la entidad y así poder saber de forma certera qué sucede con los recursos económicos
1 RM2019 Anexo 24.A. “Catálogo de cuentas”, Última actualización del anexo el 22 de agosto de 2019 y vigente al mes de marzo 2020.
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de la misma como se indica en el código agrupador cuentas
Código agrupador de cuentas del SAT
El código agrupador del SAT tiene el objetivo de que la
información sea presentada de manera uniforme, para lo cual es necesario que los contribuyentes asocien las cuentas de su catálogo de cuentas al código agrupador por naturaleza y preponderancia de la cuenta.
LISR Art. 27. Requisitos de las deducciones Las deducciones autorizadas deberán reunir los siguientes requisitos en cuanto al Registro contable. Registro contable Estar debidamente registradas en contabilidad y que sean restadas una sola vez, Conforme el Artículo 27, Fracción IV LISR para Personas Morales y Artículo 147 Fracción V LISR para Personas Físicas RLISR Art. 44. Deducciones que estén debidamente registradas en contabilidad Uno de los requisitos para efectuar las deducciones fiscales es que estén debidamente registradas en la contabilidad. Se entenderá que se cumple con el requisito de que las deducciones estén debidamente registradas en contabilidad inclusive cuando se lleven en cuentas de orden. CFF Art. 28. Obligaciones en materia contable Contabilidad y documentación
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Las personas que de acuerdo con las disposiciones fiscales estén obligadas a llevar contabilidad, estarán a lo siguiente:
Integración de la contabilidad para efectos fiscales
La contabilidad, para efectos fiscales, se integra por los libros, sistemas y registros contables, papeles de trabajo, estados de cuenta, cuentas especiales, libros y registros sociales, control de inventarios y método de valuación, discos y cintas o cualquier, cualquier otro medio procesable de almacenamiento de datos.
8. Las Normas de Información Financiera y el SAT Contabilidad Electrónica
Con base en lo señalado por las autoridades fiscales en la regla 2.8.1.6 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020 (RMF) , la contabilidad será aquella que se produce de acuerdo con el marco contable que aplique ordinariamente el contribuyente en la preparación de su información financiera, o bien, el marco que esté obligado aplicar por alguna disposición legal o normativa, entre otras, las Normas de Información Financiera (NIF), los principios estadounidenses de contabilidad “United States Generally Accepted Accounting Principles” (USGAAP) o las Normas Internacionales de Información Financiera (IFRS por sus siglas en inglés) y en general cualquier otro marco contable que aplique el contribuyente.
9. Cuentas de orden en la balanza de comprobación y contabilidad electrónica
A continuación se describe un ejemplo de las cuentas de orden en la balanza de comprobación, su registro y control para cumplir con la contabilidad electrónica en la balanza 13 de la contabilidad electrónica
CUENTA
NAT.
NOMBRE
SALDO INICIAL
CARGOS
ABONOS
SALDO FINAL
6105-0001 6105-0002
D D
Cuca Contra Cuenta CUCA
91,748.00 -91,748.00
0.00 0.00
0.00 0.00
91,748.00 -91,748.00
6106-0001 6106-0002 6106-0005
D D D
Cufin a 2013 Cufin de 2014 Contra Cuenta CUFIN
-80,162.00 471,263.00 -391,101.00
0.00 0.00 0.00
0.00 0.00 0.00
-80,162.00 471,263.00 -391,101.00
6107
D
0.00
1,437,003.00
1,437,003.00
0.00
6107-0001 6107-0002
D D
1,334.00 910.00
0.00 0.00
1,334.00 910.00
0.00 0.00
6107-0003
D
1,405,261.00
0.00
1,405,261.00
0.00
6107-0004 6107-0010
D D
OTRAS CUENTAS DE ORDEN Ajuste AI Deducible Deduccion de Inversiones SyS y Prev Social Deducible Seguros Contratados Contracuenta CO
29,498.00 -1,437,003.00
0.00 1,437,003.00
29,498.00 0.00
0.00 0.00
Conclusión:
Las NIF nos señalan que debemos revelar en los estados financieros, toda aquella información que amplíe el origen y significado de los elementos que los integran, en este sentido, las cuentas de orden juegan un papel importante ya que por medio de estas podemos registrar todas aquellas operaciones que en determinado momento, lleva a cabo la empresa, pero que no afectan su estructura financiera de manera directa, o bien, aquellas partidas que requieren un control contable para el cumplimiento con las obligaciones Fiscales u otras leyes y regulaciones de la localidad en que se ubique la empresa. A partir del nuevo formato de la declaración anual de ISR de 2019, ya no permite declarar como dato informativo las pérdidas fiscales pendientes de amortizar y la separación de la CUFIN de años anteriores a 2013 y la generada a partir del ejercicio 2014, es importante registrarlas en las cuentas de orden en la balanza de comprobación No 13 (Cifras de cierre del ejercicio) de esta manera sí se estarían informado al SAT vía la presentación de la balanza de comprobación por medio de la contabilidad electrónica
2 La presente Resolución fue publicada el 29 de diciembre de 2019 en el DOF.
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Puntos relevantes de la Ley de Extinción de Dominio C.P.C. Adolfo Cortés Herrera Socio Director de Cortés González y Asociados, S.C. Integrante de la Comisión de Síndicos
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uando nos hemos enterado o escuchamos hablar sobre la Ley de Extinción de Dominio, parece que de inmediato nos causa temor, susto y preocupación el pensar ¿qué me van a quitar? Es por eso que presento a continuación un resumen general sobre esta Ley, y ver desde el punto de vista de su aplicación, los actos en los que podrías verte involucrado y en su caso, la aplicación con todo rigor de la Ley y demás disposiciones legales y penales según las circunstancias ocurridas. Con fecha 9 de agosto de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley de Extinción de Dominio y entró en vigor al día siguiente, a continuación presento algunas disposiciones que considero de interés dar a conocer.
Artículo 1. La presente Ley Nacional es reglamentaria del artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de extinción de dominio, acorde con la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, la Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción, la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas y demás instrumentos internacionales que regulan el decomiso, en su vertiente civil que es la materia de esta Ley, vinculatorios para el Estado Mexicano. Ciertamente mucho se ha hablado por parte de nuestro primer mandatario sobre el tema de erradicar la corrupción, como principal germen del malestar nacional, la cual ha generado en forma paralela la delincuencia organizada y el narcotráfico en toda su extensión, que son temas de todos los días y tratados por la Ley de Extinción de Dominio, motivo de este análisis. Estas disposiciones de la Ley son de orden público e interés social y tiene por objeto regular: I. La extinción de dominio de bienes a favor del Estado por conducto del Gobierno Federal y de las Entidades Federativas, según corresponda, en los términos de la presente Ley; Señalo los hechos susceptibles de la extinción de dominio que contiene este artículo, así como la disposición legal que de manera particular le aplica a cada acto delictivo, pretendiendo que en la actividad profesional, no verse inmiscuido en ninguno de estos acontecimientos y conforme a
lo siguiente:
V. Los criterios para el destino de los bienes cuyo dominio se declare extinto en sentencia y, en su caso, la destrucción de los mismos. Para los efectos de esta Ley son hechos susceptibles de la extinción de dominio, de conformidad con el párrafo cuarto del artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los siguientes: a) Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada Los contemplados en el Título Primero, Disposiciones Generales, Capítulo ÚnicoNaturaleza, Objeto y Aplicación de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada en el artículo 2. b) Secuestro Los contemplados en la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su Capítulo II, De los Delitos en Materia de Secuestro. c) Delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos Los contemplados en la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, en el Título Segundo, De los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, Petrolíferos o Petroquímicos y demás Activos. d) Delitos contra la salud Los contemplados en la Ley General de Salud en el Titulo Décimo Octavo, Medidas de Seguridad, Sanciones y Delitos, Capítulo VII. Los contemplados en el Código Penal Federal, en los artículos del Título Séptimo, Delitos contra la Salud, Capítulo I, con excepción del artículo 199. e) Trata de personas Los contemplados en la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos en su Título Segundo, De los Delitos en Materia de Trata de Personas, Capítulos I, II y III. Los contemplados en el Código Penal Federal, en su artículo 205 Bis. f) Delitos por hechos de corrupción Los contemplados en el Título Décimo, Delitos por hechos de corrupción, Capítulo I del Código Penal Federal. g) Encubrimiento
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Los contemplados en el artículo 400, del Código Penal Federal. Es de considerar que en nuestra actividad profesional los que tenemos que informar a través de un dictamen fiscal, un dictamen financiero o emitir una opinión y no revelar los acontecimientos anormales y relevantes, pueden comprometerte bajo este supuesto por el hecho de encubrimiento, disposición expresa en el artículo 96 del Código Fiscal de la Federación. h) Delitos cometidos por servidores públicos Los contemplados en el Título Décimo, Delitos por hechos de corrupción, Capítulo II, Ejercicio ilícito de servicio público y el Título Decimoprimero, Delitos cometidos contra la administración de justicia, del Código Penal Federal. i) Robo de vehículos Los contemplados en el Código Penal Federal, en su artículo 376 bis. j) Recursos de procedencia ilícita Los contemplados en los artículos 400 Bis y 400 Bis 1, del Código Penal Federal. Algunas disposiciones fiscales como el Código Fiscal de la Federación, hacen varios referencias a los actos ilícitos y a la defraudación fiscal cometida por contribuyentes, y la responsabilidad colateral de los profesionales en la materia. k) Extorsión Los contemplados en el Código Penal Federal, en el artículo 390 y sus equivalentes en los códigos penales o leyes especiales de las Entidades Federativas.
Artículo 3. La extinción de dominio es la pérdida de los derechos que tenga una persona en relación con los bienes a que se refiere la presente Ley, declarada por sentencia de la autoridad judicial, sin contraprestación, ni compensación alguna para su propietario o para quien se ostente o comporte como tal, ni para quien, por cualquier circunstancia, posea o detente los citados Bienes. Lo dispuesto por este artículo es sumamente grave,
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perder tus bienes sin contraprestación ni compensación alguna, a más de la sanción con la privación de tu libertad.
Artículo 7. La acción de extinción de dominio procederá sobre aquellos Bienes de carácter patrimonial cuya Legítima Procedencia no pueda acreditarse, en particular, bienes que sean instrumento, objeto o producto de los hechos ilícitos, sin perjuicio del lugar de su realización, tales como: Es fundamental que en nuestra actuación profesional, pueda demostrarse por los terceros la legítima propiedad de los bienes de que tienen en sus negocios, todo ello para su seguridad y nuestra responsabilidad en el manejo de la información. Artículo 9. Los elementos de la acción de extinción de dominio son: 1. La existencia de un hecho ilícito; 2. La existencia de algún bien de origen o destinación ilícita; 3. El nexo causal de los dos elementos anteriores, y 4. El conocimiento que tenga o deba haber tenido el titular, del destino del bien al hecho ilícito, o de que sea producto del ilícito. Este elemento no se tendrá por cumplido cuando se acredite que el titular estaba impedido para conocerlo.
Artículo 13. La muerte de quien se hubiere encontrado sujeto a una investigación o a un proceso penal, no extingue la acción de extinción de dominio dada su naturaleza, por lo que, las consecuencias y efectos de ésta, subsisten aún contra los herederos, legatarios, causahabientes y cualquiera otra figura análoga que alegue derechos sobre los bienes objeto de la acción. Te invito a analizar esta ley con 93 artículos, solo pretendo alertar y exhortar a una actuación profesional sin inmiscuirse en negocios que tengan riesgos a los señalados en el artículo 1 fracción V mencionado, para no caer en contingencias personales, ni de los contribuyentes a los que les prestamos y ofrecemos nuestros servicios.
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Plataformas Tecnológicas 2020 en el transporte terrestre y entrega de bienes C.P.C. Minerva Luciano Barocio Socia de Gestión de Negocios Omega, S.C. Miembro de la Comisión de Síndicos y Prodeco
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l tema del que hablaré es del nuevo nicho de recaudación del Sistema Tributario Mexicano, y me refiero al impuesto al uso de las plataformas Tecnológicas, el día 30 de octubre de 2019 se publica en la Gaceta Parlamentaria el Dictamen donde se aprueban Reformas a la Ley del Impuesto sobre la Renta (L.I.S.R.) y a la Ley del Impuesto al Valor Agregado (L.I.V.A.). El pasado 9 de Diciembre 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reforman, adicionan, y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para quedar como sigue, se adiciona al Título IV de las Personas Fisicas, Capítulo II de los Ingresos por Actividades Empresariales y Profesionales la Sección III denominada “De los Ingresos por la enajenación de bienes o la prestación de servicios a través de internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares”, la cual entrará en vigor a partir del 1º. Junio 2020. Referente al servicio de transporte terrestre y entrega de bienes, hay 3 personajes, 1º. La plataforma tecnológica, 2º. La persona física que brinda el servicio a través de la plataforma tecnológica y el 3º. El usuario final.
A. Obligaciones de la persona que brinda el servicio a través de la plataforma tecnológica 1. De acuerdo al 1er. Párrafo del artículo 113-A de la
L.I.S.R. vigente, la retención del 2 al 8%, aplica a la persona física que brinda el servicio de transporte terrestre (por ejemplo, el chofer de UBER, DIDI, CABIFI, etc.) o entrega de bienes (UBER EATS, RAPID, entre otros) a través de la plataforma tecnológica, sin incluir el impuesto al valor agregado. 2. La retención del 2 al 8% de ISR será optativa de considerar retención definitiva, cuando únicamente recibieran ingresos a que se refiere artículo 113-A L.I.S.R. siempre y cuando sus ingresos en el ejercicio inmediato anterior (ej. 2019) no hayan rebasado $300,000 (trescientos mil) pesos (ver artículo 113-B, fracción I), L.I.S.R., adicionalmente esta opción aplica cuando el contribuyente que inicie operaciones en este ejercicio 2020 y estime que sus ingresos anuales no rebasaran $300,000. - trescientos mil pesos. Las reglas para las personas físicas que opten por considerar la retención como definitiva: • No podrán deducir sus gastos operativos, llámese
• •
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gasolina, mantenimiento del auto, servicios de contador, con motivo de la prestación de servicios a través de las plataformas tecnológicas Deberán conservar el CFDI que les emita la plataforma tecnológica. Deberán timbrar el CFDI por los ingresos efectivamente percibidos, por prestación de servicios o enajenación de bienes, de los servicios independientes a través de las plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares. Deberán presentar ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), un aviso en el que manifiesten su libre albedrío de optar porque las retenciones definitivas ya mencionadas del 2 al 8% se consideren definitivas, el plazo son 30 dias siguientes a aquel en el que el contribuyente recibió su primer ingreso como
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chofer de las plataformas UBER, CABIFI, DIDI, etc; o por la entrega de bienes de UBER EATS, RAPI, etc. • El aviso deberá sujetarse a las reglas de carácter general que emita dicho órgano desconcentrado (SAT) manifestando la opción de pago definitivo a más tardar el 30 de junio de 2020, conforme las Disposiciones Transitorias LISR 2019, Artículo segundo, fracción VI, publicado en el D.O.F. el 9 de diciembre de 2019. Una vez ejercida esta opción no podrá variarse dentro de un periodo de 5 años a partir de la entrega del aviso de retención definitiva. 3. Retención por enajenación de bienes, prestación de servicios o concedan uso o goce temporal de bienes Para todos los contribuyentes que prestan servicios o enajenen bienes a través de plataformas tecnológicas, según el artículo 113-A L.I.S.R., deberán informar a la plataforma tecnológica, persona moral según lo establece la fracción III del artículo 18-J L.I.V.A. • Nombre completo. • Clave de registro federal de contribuyentes. • Clave única del registro de población. • Domicilio Fiscal. • Institucion Financiera y clave estandarizada don-
FISCAL
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de recibe sus depósitos de la plataforma tecnológica y anexos. Monto de las operaciones celebradas con su intermediación durante el período de que se trate, por cada enajenante de bienes, prestador de servicios u otorgante del uso o goce temporal de bienes.
B. Obligaciones de la persona moral de la plataforma tecnológica, con la persona física
1. De acuerdo a la fracción I del artículo 113-A L.I.S.R., la persona moral deberá retener del 2 al 8% de ISR mensual y de IVA el 50% del impuesto al valor agregado según inciso a, fracción II, articulo 18-J Ley del I.V.A., como lo indica la siguiente tabla:
Monto del Ingreso Mensual Hasta $5,500 Hasta $15,000 Hasta $21,000 Más de $21,000
Tasa de Retenciòn I.S. R 2% 3% 4% 8%
Tasa de Retenciòn I.V.A. 8% 8% 8% 8%
La persona moral posteriormente deberá enterar al Fisco Federal en su conjunto dichas retenciones, a más tardar el día 17 de cada mes. 2. Las personas morales residentes en México o residentes en el extranjero con o sin establecimiento permanente en el país, están obligadas a timbrar un CFDI de retención de ISR mensual a la persona física que brinda el servicio de transporte de pasajeros (Choferes UBER, CABIFI, DIDI y anexos similares) o entrega de bienes (UBER EATS, RAPI, por ej.) a través de la plataforma digital.
Comentarios generales:
Para ir cerrando, agrego que hemos asistido a las reuniones ante el Servicio de Administración Tributaria, en calidad de Síndico, ahí nos informaron que en sus sistemas están migrando a los contribuyentes que ofrecen servicios o enajenen bienes usando plataformas tecnológicas y que tributaban en el Regimen de Incorporación Fiscal (RIF) al Título IV “De los ingresos de las Personas Fìsicas con actividades empresariales, en la nueva Sección III del Capítulo II, antes mencionada. En la práctica estamos observando que algunas empresas que prestan el servicio a través de plataformas digitales en transporte de pasajeros como UBER, anticipadamente desde el inicio del ejercicio 2020 están emitiendo el CFDI con el concepto de “retención definitiva”, cuando es opcional y debemos dar un Aviso. Continuamos atentos a las reglas de carácter general que se publiquen en el Diario Oficial de la Federación, para dar el correcto cumplimiento a ésta nueva Sección III, Capitulo II, Título IV. De la L.I.S.R.
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NORMATIVIDAD
EXCELENCIA PROFESIONAL
Requisitos y funciones para los peritos contables autorizados por Tribunal Superior de Justicia de la CDMX C.P.C. René Hernández Gama Presidente de la Comisión de Dictamen Pericial renehgama@hotmail.com
nes.
d. Materia (s) en la (s) que deseen ingresar.
2. Carta bajo protesta de decir verdad de no haber sido
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na de las funciones más importantes dentro de las áreas de la Contaduría Pública, son los DICTÁMENES PERICIALES CONTABLES, para realizar esta función es necesario que el Contador Público este titulado, y tendrá que reunir los requisitos que más adelante se comentarán. (art 1252 del código de comercio). La prueba pericial en contabilidad se ofrece cuando alguna de las partes requiere que el juez contemple dentro del material probatorio, alguna cantidad o fórmula matemática y dentro de los parámetros de la contabilidad, o algún cálculo específico que por su propio conocimiento no se puede alcanzar; es ahí donde entra el Contador Público, quien una vez que ha atravesado diversos filtros y exámenes de conocimientos, pude ser considerado tanto por la parte actora (la que demanda) o la demandada, así como por los órganos jurisdiccionales, para desahogar alguna probanza. Para que el Juez pueda otorgar la completa justicia, puede solicitar un dictamen pericial contable el cual deberá ser realizado por un Perito Tercero en Discordia según el art. 1255 del Código de Comercio, dicho perito es asignado por la autoridad, y para lo cual se deberá inscribir ante el Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México. De acuerdo a la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, Capítulo III, Artículo 102 se establecen los requisitos para ser perito los cuales son: 1. Ser ciudadano mexicano. 2. Gozar de buena reputación. 3. Tener domicilio en la Ciudad de México. 4. Así como conocer la ciencia, arte u oficio sobre el que vaya a versar el Peritaje y acreditar su pericia mediante examen que presentara ante un jurado que designe el Consejo de la Judicatura. El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México realiza una convocatoria para los profesionistas que estén interesados en formar parte en la lista de peritos autorizados teniendo que cubrir los siguientes requisitos:
Aspirantes a nuevo ingreso 1.
de Ciudad de México.
c. Correo electrónico para oír y recibir notificacio-
Solicitud de ingreso, dirigida al Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México señalando lo siguiente: a. Nombre del interesado. b. Domicilio para oír y recibir notificaciones dentro
condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión, o por delito de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otra que lastime seriamente la buena fama en el concepto público, cualquiera que haya sido la pena. 3. Copia certificada del acta de nacimiento. 4. Comprobante del domicilio actual. 5. Copia certificada del Título Profesional ante Notario Público (si la especialidad lo Requiere). 6. Copia certificada del documento que con el que acredite la especialidad en que se ostenta. 7. Copia Certificada de la Cedula Profesional ante Notario Público (si la especialidad lo requiere). 8. Copia certificada de la credencial de pertenencia a Colegio profesional de la Especialidad (en caso de ser miembro de algún colegio o Asociación Profesional). 9. Curriculum Vitae actualizado. 10. Copias de diplomas, certificados y otros documentos conducentes para demostrar sus conocimientos específicos. 11. Relación de asuntos judiciales en que haya intervenido como Perito en su caso. 12. Tres fotografías en blanco y negro, tamaño credencial (por cada especialidad que lo solicite). 13. Carta-compromiso expedida por el Instituto de Estudios Judiciales, referentes a manifestar su conformidad de conocer y sujetarse a las bases y procedimientos de la convocatoria, misma que debe ser firmada por el aspirante de conformidad. 14. Cubrir el costo que derive de la aplicación de la evaluación por la institución aprobada por el Consejo, que en su caso otorgue la certificación de su pericia en la materia que desea ingresar. Toda la documentación se deberá presentar el día y hora asignada en el pre-registro, en las oficinas del Instituto de Estudios Judiciales del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México.
El pre-registro será el día y hora que señale la convocatoria
Una vez que se cumplieron con todos los requisitos y haber pasado el examen del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad
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de México, por medio del Consejo de la Judicatura, publicaran los resultados en el boletín judicial. Con los resultados obtenidos del Tribunal de Justicia de la Ciudad de México en sus diversos Juzgados podrán designar a un Perito Tercero en Discordia. Cuando los dictámenes rendidos por la parte de la actora y la parte demandada resulten substancialmente contradictorios (ART. 1255 del Código de Comercio) el Juez podrá designara un Perito Tercero en Discordia. Una vez que el Perito Tercero fue designado, éste cuenta con tres días hábiles para aceptar el cargo de acuerdo con el Art. 1253 fracción III. del Código de Comercio, así mismo deberá de mencionar los honorarios (art. 1255 y 1257 del Código de Comercio) y el monto será de acuerdo con la Ley Orgánica del Tribunal superior de Justicia de la Ciudad de México (art. 140 fracción III) estos serán cubiertos de la siguiente forma, 50% por la parte actora y el otro 50% por la parte demandada La prueba pericial es importante cuando se requiere mayor conocimiento en las artes, ciencias, oficios, industrias o técnicas, para que la autoridad se haga de mayores elementos para llegar a conocer la totalidad de la realidad de los hechos que las partes en un procedimiento le presentan.
NORMATIVIDAD
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Si la parte actora o la parte demandada no presentan su perito en el tiempo establecido por la ley quedara el peritaje firme por aquel que si cumplió con lo presentarlo. Una vez emitido el dictamen pericial contable por parte del perito tercero en discordia, si no están de acuerdo la parte actora y la parte demandada, solicitará el Juez en un término de tres días hábiles presentado el dictamen del perito tercero en discordia una junta de peritos donde se le cuestionará al perito tercer sobre su dictamen, las preguntas las puede realizar el abogado de la parte actora como el de la parte demandada. Del resultado de la junta de peritos el Juez emitirá una sentencia, para darle razón alguna de las partes de acuerdo con lo desarrollado, es por esto que los contadores tenemos un nicho de oportunidad en esta área de la profesión, que es poco explotada o conocida, tal vez por falta de conocimiento sobre la forma de registrarse, o tal vez porque exista el mito de que solo un grupo selecto pueda obtener el registro, lo cierto es que, con los datos contenidos en este artículo, abrimos la puerta, o cuando menos, esperamos sembrar la inquietud de que te acerques a la posibilidad de ser un perito registrado y participar con tu granito de arena en la impartición de justicia.
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SEGURIDAD SOCIAL
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Rectificación de la Prima de Riesgo ante el IMSS Mtra. María Elena Medina Gálvez e.medina@medinagalvez.com.mx
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l pasado mes de febrero de 2020 concluyó el plazo para presentar la Declaración por Prima de Riesgo de las empresas por el año 2019, de conformidad con lo que establecen los artículos 72 y 74 de la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social (LIMSS) y 32 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF). La obligación de enviar y calcular la siniestralidad por los casos registrados de riesgo de trabajo de ese período, considerando que no se tomarán en cuenta para la siniestralidad de las empresas, los accidentes que ocurran a los trabajadores al trasladarse de su domicilio al centro de labores o viceversa. En este período inicia la facultad que tiene el Instituto para la rectificación o determinación de la Prima de Riesgo de Trabajo de conformidad con el artículo 251 fracción XVI LIMSS y 33 del RACERF con el cual se iniciará el término para llevar a cabo las notificaciones respectivas cuando: I. La prima manifestada por el patrón no esté determinada conforme a lo dispuesto en este Reglamento; II. El patrón en su declaración no manifieste su prima; III. El patrón no presente declaración alguna, y IV. Exista escrito patronal manifestando desacuerdo con su prima y ésta sea procedente. Sin embargo, se ha detectado que el Instituto ha presentado fallas dentro de su sistema digital que afectan a los patrones respecto de las resoluciones emitidas derivadas de dicha revisión, presentado estas inconsistencias: 1. Patrones que no enviaron la Declaración de Prima de Riesgo por no tener casos a declarar, fueron notificados con la rectificación de la prima de riesgo bajando un punto la registrada en el período anterior y en otros, emitiendo una resolución con una prima que no le corresponde, de acuerdo a la clase donde está clasificado. 2. Patrones que enviaron la Declaración de Prima de Riesgo y que esta no fue actualizada en la emisión mensual anticipada (EMA) del mes de marzo que se obtiene de la página del IMSS, el dato emitido por la autoridad es la Prima media de la clase a la que pertenece el patrón y/o con la que se venía pagando hasta febrero 2020, es decir no hubo modificación en el sistema de la prima enviada. Aun cuando el primer caso mencionado resulta un pago menor para el patrón, dicho acto representa una inconsistencia e inseguridad jurídica, ya que en cualquier época posterior el Instituto puede llegar a cobrar las dife-
rencias generadas por este, si detecta que la resolución emitida es incorrecta. Para el segundo supuesto, el caso genera una molestia para el patrón, ya que deberá presentar la aclaración respectiva o en su caso un medio de defensa que le origina gastos adicionales y/o tiempo a emplear para la aclaración o defensa respectiva. Para los casos que se mencionan se sugieren llevar a cabo las siguientes acciones: Acciones preventivas: Para el supuesto en que el Instituto emita la EMA con una prima diferente. • Revisar que todos los casos terminados de siniestralidad por riesgos o enfermedad de trabajo concluidos al 31 de diciembre de 2019 se hayan incluido en el cálculo. • En caso de haber omitido algún caso de riesgo realizar el cálculo nuevamente y manifestarlo a través de la
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presentación de un escrito libre que reúna los requisitos del artículo 18 del Código Fiscal de la Federación presentarlo para encuadrar en la espontaneidad y evitar la multa y gastos de notificación.
¿Dónde puedo realizar este trámite? Presencial: En la Subdelegación que te corresponda, de lunes a viernes en días hábiles para el IMSS de 8:00 a 15:30 horas.
Acciones correctivas: Una vez recibida la notificación de la rectificación de la prima por el Instituto: • Investigar los casos que el Instituto adiciona con la rectificación, en caso de que sean correctos actualizar la nueva prima y generar las diferencias desde el mes de marzo. • En caso de que no corresponda la rectificación presentar una aclaración ante el Instituto o medio de defensa:
¿Qué documentos necesito y cuáles deben ser sus características? • Identificación oficial vigente. Original y copia. • Tarjeta de Identificación Patronal (TIP). Original y copia. • Resolución del Instituto. Original y copia. • Escrito libre donde manifiestes el desacuerdo de la resolución. Original y copia. • Documentos que sustenten el motivo del desacuerdo. Original y copia Tiempo de respuesta: • El plazo de respuesta por parte del Instituto es de 3 meses. • Si al término del plazo de respuesta, el IMSS no te ha respondido, significa que la resolución ha sido negativa. b) Recurso de inconformidad ante el Instituto, se interpone dentro de los 15 días hábiles siguientes a la notificación. (Artículo 294 Ley del IMSS Y ART. 6 Reglamento de Recurso de Inconformidad). El escrito en que se interponga el recurso de inconformidad deberá contener lo siguiente: I. Nombre y firma del recurrente; domicilio para oír y recibir notificaciones, así como el número de su registro patronal. II. Acto que se impugna y, en su caso, número y fecha de la resolución, número de crédito, periodo e importe, fecha de su notificación y autoridad emisora del mismo; III. Hechos que originan la impugnación; IV. Agravios que le cause el acto impugnado; V. Nombre o razón social del patrón. VI. Pruebas que se ofrezcan, relacionadas con el acto impugnado El escrito en que se interponga el recurso será dirigido al Consejo Consultivo Delegacional y se presentará directamente en la sede delegacional o subdelegacional que corresponda a la autoridad emisora del acto impugnado. Acompañar al escrito la siguiente documentación: I. El documento en que conste el acto impugnado; II. Original o copia certificada de los documentos que acrediten su personalidad cuando se actúe a nombre de otro. III. Constancia de notificación del acto impugnado, excepto cuando el promovente declare bajo protesta de decir verdad que no recibió la misma, y IV. Las pruebas documentales que ofrezca. c) Juicio de Nulidad, se presenta dentro de los 30 días hábiles siguientes a la notificación. La demanda deberá contener: • El nombre del demandante, domicilio fiscal, así como domicilio para oír y recibir notificaciones dentro de la jurisdicción de la Sala Regional competente, y su
a) Solicitar una rectificación administrativa (Artículo 36 del CFF) Se deberá presentar el escrito patronal de desacuerdo sobre la prima de riesgos de trabajo, esta opción se encuentra en el portal de tramites de la página del IMSS con la Homoclave IMSS-02-026-B. ¿Quién lo puede realizar? Patrón, sujeto obligado, representante legal o la persona autorizada mediante una carta poder simple.
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dirección de correo electrónico. La resolución que se impugna. La autoridad o autoridades demandadas. Los hechos que den motivo a la demanda. Las pruebas que ofrezca. Los conceptos de impugnación. El nombre y domicilio del tercero interesado, cuando lo haya. • Lo que se pida. • Una copia de la misma y de los documentos anexos para cada una de las partes. • El documento que acredite su personalidad. • El documento en que conste la resolución impugnada. • La constancia de la notificación de la resolución impugnada. • Cuando no se haya recibido constancia de notificación o la misma hubiere sido practicada por correo, así se hará constar en el escrito de demanda • El cuestionario que debe desahogar el perito, el cual deberá ir firmado por el demandante, en su caso. • El interrogatorio para el desahogo de la prueba testimonial, el que debe ir firmado por el demandante. La demanda se interpone en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Al día de hoy, aun contamos con tiempo para revisar los casos en los cuales no fue actualizada la prima en los sistemas del Instituto conforme a lo enviado, que pudiera originar algún crédito fiscal, ya que de conformidad con la publicación que más adelante se transcribe los términos están suspendidos hasta nuevo aviso, de acuerdo con lo publicado por el Consejo Técnico Consultivo en el DOF el día 31 de marzo del presente el ACDO.AS2.HCT.300320/115.P.
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EXCELENCIA PROFESIONAL
DIR en el cual se establece que: Acuerda: Primero.- En el ámbito de competencia de la Dirección de Incorporación y Recaudación, se declaran inhábiles para la práctica de actuaciones, diligencias, audiencias, notificaciones o requerimientos los días comprendidos del día de la publicación de este Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, hasta que se determine por este Órgano de Gobierno que han cesado las causas que dieron origen al Plan Estratégico Institucional para la Atención de la Contingencia por COVID-19; periodo durante el cual no correrán plazos ni términos. Con la situación de emergencia sanitaria en la que nos encontramos derivado de la pandemia y la posición inflexible de las autoridades para cumplir sin tregua las obligaciones en materia fiscal, es importante que debamos estar atentos e informados hoy, más que nunca a las actuaciones que lleven a cabo las autoridades, como lo menciono en párrafos anteriores se tiene tiempo para revisar la información enviada y anticipar cualquier situación que conlleve al pago de accesorios que en estos momentos sería una carga financiera más para las empresas.
Bibliografía:
1. Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social. 2. Reglamento de la Ley del Seguro social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización. 3. Reglamento del Recurso de Inconformidad. 4. Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. 5. http://www.imss.gob.mx/tramites/imss02026b
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AGENDA ACADÉMICA
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PRIMER SEMESTRE
En apoyo a los socios y al gremio contable, la AMPC otorga en los Diplomado y Talleres del mes de mayo el beneficio del 20% de descuento a los precios publicados y se impartirán de manera electrónica por medio de la plataforma zoom FECHA
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9,16,23 y 30
JUNIO
MAYO:02,08,09, 15,16,22,23,29 Y 30 JUNIO: 05,06,12,13
5,6,12,13, 19 y 20
PUNTOS N.A.A.
PROGRAMA
Taller Auditoría Basada en Riesgos Expositor: C.P.C. Manuel Jesús Cárdenas Espinosa
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Diplomado Avanzado Aplicación Práctica de Normas de Información Financiera Expositores: Mtro. Felipe Martínez García Mtro. Jesús Zenteno Juárez Mtro. José Luis Arroyo Amador E.F. Rodrigo Adrián Ramírez Venegas Mtro. Jesús Hernádez Rodríguez
Taller Administración de Recursos Humanos de la A a la Z (desde la contratación hasta el término de la relación laboral ) Expositor: Lic. José Javier Jiménez Martínez
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@amcpdf
HORARIOS
Sábados 09:00 - 14:00 hrs.
Viernes de 16:00 - 21:00 y Sábados de 09:00 - 14:00 hrs.
Viernes de 16:00 - 21:00 y Sábados de 09:00 - 14:00 hrs.
AMCPDF
INVERSIÓN I.V.A. INCLUIDO Asociados
Personal Asociados
$3,632
$2,800
$4,357
$11,804
$9,100
$14,159
$5,448
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No Asociados
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Los apoyos bancarios en tiempos del Coronavirus ¿Realmente te convienen? C.P. Jannette García Soto Miembro de la comisión de Instituciones Educativas y de Comunicación cpjgarcia.soto@gmail.com
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éxico, al igual que otros países, se encuentra en un momento crucial, el cual ha generado repercusiones sociales, políticas y económicas, deteriorando la actividad comercial y con esto, los ingresos de los empresarios han sido mermados, por estos hechos, la banca comercial se ha solidarizado y como parte de su estrategia para atenuar los efectos negativos en sus operaciones ha ofrecido diversos tipos de apoyos para sus clientes, sin embargo, esta iniciativa ha generado incertidumbre entre los usuarios de estos servicios financieros, ya que hay puntos que no han quedado del todo explicados y generan ciertas dudas sobre si solicitar estos apoyos es una buena idea o no, cuáles son los requisitos y el
procedimiento, entre otros. Alrededor del 80% de las instituciones que conforman la banca comercial en México (las más grandes de este sector), han anunciado medidas de apoyo a sus clientes ante la actual situación de salud que vivimos debido al COVID-19 (1). La estrategia ha sido propuesta por la Asociación de Bancos de México (ABM), pero cada uno de los bancos participantes ha dado a conocer sus propios beneficios. Los apoyos que han sido publicados van desde el diferimiento de diversos tipos de créditos (hipotecarios, automotrices, personales, de nómina, microcréditos, tarjetas y los comerciales a personas físicas con actividad empresarial), hasta el pago a meses sin intereses de las compras relacionadas con servicios de salud, pero los beneficios concretos son distintos para cada banco, y en algunos casos, para cada cliente (2). El objetivo de estas medidas, es aminorar el impacto de la actual situación en la economía de las familias y de las empre-
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sas mexicanas, por lo que se busca que los clientes de la banca que necesiten apoyo se acerquen a su institución financiera para llegar a un acuerdo que les favorezca. Es importante mencionar, que cada banco implementará estos apoyos, según sus condiciones particulares y la situación de cada uno de los solicitantes, lo que sí está claro, es que, para poder solicitar estos beneficios, es importante estar al corriendo en pagos. Si estás pasando por un momento complicado debido al decremento de tus ingresos por la baja en la actividad comer-
cial, o porque tu salario se ha visto afectado, o incluso te has quedado sin empleo y no estás en condiciones de pagar el saldo de tus tarjetas de crédito o alguna otra deuda similar, esta puede ser una buena opción para ti. La siguiente tabla muestra, los beneficios más destacables que tres importantes bancos están ofreciendo a sus clientes, de esa forma será más claro para ti entender si realmente te conviene solicitar estos apoyos, además de que son los que más extendieron sus plazos y aún estás a tiempo de aprovecharlos.
Banco
Requisitos y limitantes
Características
HSBC Programa: Plan de apoyo HSBC Lema: En tiempos de desafíos, te damos una mano
Los requisitos dependen del tipo de crédito y la solución otorgada por el banco una vez solicitado el apoyo. Pero ojo, el aplazamiento de tu pago, sí incrementa el monto periódico una vez que se reactive el esquema de pago. Pero si tienes plazos vencidos, puedes acceder a una reestructura, misma que dependerá de tu capacidad de pago. Estos beneficios no aplican para empleados HSBC. Las personas físicas que reciban un pago vía nómina, sólo pueden recibir el beneficio si estos ingresos se vieron afectados.
El programa consiste principalmente en posponer el pago de tus créditos, hasta por 6 meses, la reducción del monto de cuota mensual o el descuento de tu deuda por pago anticipado. En el caso de los usuarios de Terminales Punto de Venta (TPV), quedan exentos de la comisión mensual en facturación de hasta $17,700.00
De inicio sólo se requiere información relacionada al crédito para poder evaluar tu situación.
El programa consiste en aplazar tus Créditos Personales, de Nómina e Hipotecario por 4 meses con la posibilidad de ampliar el beneficio 2 meses más; en Tarjetas de Crédito no se requerirá el pago mínimo por 4 meses con la posibilidad de extender 2 meses adicionales. Para Crédito Amortizable Pyme como beneficio se aplazará 6 meses el pago. Para Crédito Revolvente Pyme no se requerirá el pago mínimo, por 6 meses.
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Podrás solicitarlo hasta el 15 de mayo.
Banamex (4 y 5) Programa: Estamos contigo Lema: Queremos que México no se detenga Hay beneficios que podrás solicitar hasta el 30 de mayo.
Para poder ser acreedor de este beneficio, debes estar al corriente de tus pagos al 28 de febrero de 2020. El banco informará su resolución 15 días naturales siguientes a la solicitud, vía correo electrónico, antes de ese plazo, no es necesario realizar un nuevo registro o comunicarse vía telefónica.
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Contacto http://www.programa-mas.com.mx/ plandeapoyo Donde podrás revisar la información completa. Envía un e-mail a mexico_teapoya@ hsbc.com.mx Ingresando tu nombre completo, número de crédito, correo y teléfono de contacto, con el asunto “Plan de apoyo HSBC”
Aplica en tarjetas de crédito, créditos Hecha tu solicitud, debes esperar hipotecarios, auto, personal, nómina la respuesta del banco, los tiempos y PyMes/Fusión. pueden variar según la disponibilidad de ejecutivos, considerando que cada El programa está dirigido a personas caso debe ser evaluado individualfísicas, personas físicas con activimente, pero según lo publicado, el dad empresarial y personas morales plazo no debe exceder de 5 días. de PyMes/Fusión. El programa debe ser evaluado y aprobado, mientras tanto, debes continuar realizando los pagos normales a tu crédito.
Además de otorgar 6 meses sin intereses en pagos realizados en farmacias, laboratorios clínicos y hospitales (desde el 17 de marzo y El registro sólo puede realizarse hasta el 30 de mayo de 2020). a través del portal en línea, no En caso de tener domiciliado el pago, en sucursales. es necesario dar de baja este servicio antes de solicitar el beneficio.
https://www.banamex.com /estamoscontigo/index.html Únicamente en este sitio podrás registrar tu solicitud, no por teléfono ni en sucursal; debes tener a la mano tarjeta de crédito, estado de cuenta o contrato. Elige si eres persona física o moral, los productos en donde quieres recibir el apoyo, el tipo de beneficio, número de tarjeta, correo electrónico, celular y fecha de nacimiento. Los beneficios son aplicables desde la fecha de esta solicitud siempre y cuando la misma sea aprobada por el banco. Para diferir las mencionadas compras a 6 meses, sí debes realizarlo vía telefónica al siguiente número 55 1226 2639.
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NEGOCIOS
Banco BanBajío Programa: Juntos lo lograremos Lema: No estamos distantes, estamos distintos (6)
Podrás solicitarlo hasta el 30 de mayo.
EXCELENCIA PROFESIONAL
Requisitos y limitantes No participan en el programa, créditos con pagos vencidos con anterioridad al 28 de febrero de 2020, así como los otorgados a empleados de BanBajío. Las prórrogas inician su vigencia en la fecha en que sean aprobadas e incorporadas al programa “Juntos lo lograremos.” Si se requiere inscribir más de un crédito, deben informase todos en la solicitud. No es necesario cancelar el servicio de domiciliación. Si en el tiempo de la prórroga, puedes realizar algún pago a tu crédito, no tendrás penalización alguna, y tampoco saldrás del programa.
Características
Contacto
Aplica para clientes de créditos de Auto, Personal, Autonómina, Nómina revolvente y/o tarjeta de crédito, excepto tarjeta de crédito empresarial. Los beneficios para Crédito Empresarial y Crédito PyMe no han sido publicados, pero en su sitio web hay una opción para registrarse y que un ejecutivo te brinde opciones para tu negocio.
https://www.bb.com.mx/webcenter/ portal/BanBajio/juntos-lo-lograremos
Se otorgará una prórroga de hasta 6 meses, en la que se estará exento de pagar los montos exigibles por los créditos. En el caso de crédito personal, de Auto, Autonómina y Nómina revolvente, se extenderá la vigencia de los mismos por un periodo igual a la prórroga otorgada.
Ingresa a este portal, elige tu tipo de crédito y llena el formulario. También puedes hacerlo en sucursales, aplicación web o al Centro de Contacto 800 47 10 400 Para realizar la baja del programa, en caso de haber sido seleccionado de forma automática, debes llamar al 800 47 10 400
Los créditos que se encuentren vencidos por primera vez después del 29 de febrero de 2020, podrán incorporarse automáticamente a este programa. En caso de no requerir la incorporación al programa, podrás cancelarlo vía telefónica, pero hecho esto, no podrás reingresar al programa de beneficios.
En todos los casos, los pagos aplazados no aparecerán en tu historial crediticio como “reestructuras de deuda,” ya que al registrarte en estos programas no serás reportado a ninguna calificadora de crédito. Así mismo, con tan solo registrar la tarjeta titular, quedan afectadas también las adicionales, no es necesario hacer un registro para éstas. En estas tres opciones se puede continuar haciendo uso de la línea de crédito aún disponible en tus tarjetas. No se generarán gastos de cobranza ni intereses moratorios, pero sí intereses ordinarios, lo cual, debes tomar en cuenta para los pagos que realices una vez que concluya la prórroga. La información se ha puesto sobre la mesa, pero la pregunta es ¿realmente te conviene inscribirte a alguno de estos programas? La respuesta es sencilla: “Depende.” Depende de tu caso específico, si tu situación actual es
complicada, y te has visto afectado directa o indirectamente por el COVID-19, por ejemplo, en la disminución de tus ingresos, pocas ventas, el cierre temporal de tu negocio, pérdida parcial o total de tu salario, esta alternativa es viable siempre y cuando tomes en consideración que los intereses ordinarios serán cobrados por el banco una vez que concluya la prórroga, además de que en algunos casos, al reiniciar tus pagos mensuales, estos serán mayores a los habituales, debido a que esos pagos congelados se dividirán en el plazo restante de tu deuda. Es importante saber que esa opción significa sólo “un descanso” en los pagos mensuales que realizabas a tus créditos, pero no la condonación de los mismos, es una estrategia que permite mitigar los efectos del Coronavirus en tu economía, ya que es probable que tengas menos ingresos, pero no menos gastos. Antes de registrarte en cualquiera de estos programas, consulta toda la información referente al tipo de crédito que deseas prorrogar, en caso necesario, puedes comuni-
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carte con un ejecutivo para que aclare tus dudas, además de que en algunos casos, el banco debe analizar una por una las solicitudes, lo cual alarga el proceso, si a esto le sumamos que han disminuido el número de asesores para respetar la “sana distancia” es probable que la respuesta a tu solicitud demore. Aunado a esto, es recomendable que, al solicitar tu ingreso al programa, tengas claro lo siguiente (7): • ¿Cuál va a ser tu saldo insoluto?, es decir, ¿cuánto vas a pagar después de transcurrido el plazo de gracia? • Si vas a continuar pagando la misma mensualidad o ésta va a aumentar. • Si prevalece la misma tasa de interés, o bien, ¿cuál va a ser el tratamiento que se dará a los intereses? • Si con el proceso de la reestructuración del crédito, podrás volver a utilizar el crédito o ya no, particularmente en el caso de tarjeta de crédito. • Si el banco te hará llegar una carta o documento con la reestructura acordada, para que conozcas con claridad los nuevos términos y condiciones del crédito. • Si puedes realizar pagos anticipados del nuevo crédito sin penalización. Hoy más que nunca debes cuidar tu capacidad de pago, si te has decidido por uno de estos programas, evita, en la medida posible, que tu deuda continúe creciendo, elige bien tus gastos y priorízalos. Es claro que es un momento complicado para tu economía personal, familiar o empresarial, pero a medida que logres administrarte y elegir las mejores alternativas, tendrás mayor posibilidad de sobrevivir en el entorno actual.
Referencias:
1. El Economista, (2020). Éstos son los apoyos que le ofrecen los bancos ante el Covid19. Recuperado de:
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https://www.eleconomista.com.mx/finanzaspersonales/ Estos-son-los-apoyos-que-le-ofrecen-los-bancos-anteel-Covid-19-20200330-0137.html 2. Condusef, (2020). Conoce y consulta en un solo lugar los apoyos que han establecido los bancos para facilitar el pago de créditos al consumo y a la vivienda. Recuperado de: https://www.gob.mx/condusef/prensa/ conoce-y-consulta-en-un-solo-lugarlos-apoyos-que-han-establecido-losbancos-para-facilitar-el-pago-decreditos-al-consumo-y-a-la-vivienda?tab= 3. HSBC, (2020). En momentos de desafíos HSBC Fusion, Banca de Negocios te ayuda a seguir adelante. Recuperado de: https://www.hsbc.com. mx/fusion/covid-19/#gestion 4. CitiBanamex, (2020). QUEREMOS QUE MÉXICO NO SE DETENGA. Estamos conscientes que para salir adelante: Cada paso Cuenta. Recuperado de: https://www.banamex.com/estamoscontigo/index.html 5. CitiBanamex, (2020). En Citibanamex, queremos que México no se detenga. Recuperado de: https://www.banamex.com/covid-19/index.html 6. BanBajio, (2020). ¡Juntos lo lograremos! Si tienes un crédito y necesitas apoyo, ponemos a tu disposición nuestro programa de apoyo. Recuperado de: https://www.bb.com.mx/webcenter/portal/BanBajio/ juntos-lo-lograremos?_afrLoop=4613887148905446&_ afrWindowMode=0&Adf-Window-Id=w8q3grlmzi&_afrFS=16&_afrMT=screen&_afrMFW=1366&_afrMFH=657&_ afrMFDW=1366&_afrMFDH=768&_afrMFC=8&_afrMFCI=0&_afrMFM=0&_afrMFR=96&_afrMFG=0&_afrMFS=0&_afrMFO=0 7. Condusef, (2020). Conoce y consulta en un solo lugar los apoyos que han establecido los bancos para facilitar el pago de créditos al consumo y a la vivienda. Recuperado de: https://www.gob.mx/condusef/prensa/conoce-y-consulta-en-un-solo-lugar-los-apoyos-que-han-establecido-los-bancos-para-facilitar-el-pago-de-creditos-alconsumo-y-a-la-vivienda?tab=
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Plataformas digitales: Una oportunidad ante el Covid-19 C.P. Jannette García Soto Miembro de la comisión de Instituciones Educativas y de Comunicación cpjgarcia.soto@gmail.com
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uestra vida cotidiana ha dado un vuelco impresionante, no sólo los contadores, sino también otros profesionistas, hemos tenido que buscar formas de continuar brindando nuestros servicios y llevando a cabo nuestras actividades sin exponernos al contagio de COVID-19. Antes de que se declarara el confinamiento, era común para nosotros acudir a reuniones con nuestros clientes (o prospectos de ellos), colegas, cursos o conferencias, pero desafortunadamente, debido a la situación actual que estamos viviendo en México y en muchos otros países, no podemos continuar con estas actividades como habitualmente lo hacíamos, lo que nos ha obligado a utilizar plataformas en línea, las cuales logren acercarnos a diversos grupos de interés, además de mantener nuestras fuentes de ingresos, por lo cual los medios digitales, como las videoconferencias, han presentado un gran auge. De la misma forma, las universidades y capacitadoras, se han visto en la necesidad de crear canales que les permitan continuar cerca de la comunidad estudiantil, las plantillas de docentes y ponentes, se han capacitado en el uso de estas herramientas, de modo que puedan continuar transmitiendo su conocimiento a los alumnos. Es por eso que, en este artículo, te explico, a grandes rasgos, cómo funcionan algunas de las plataformas más utilizadas en estos días, ya que, si no has tenido la ventaja de usarlas, al darte la oportunidad de hacerlo, puedes retomar muchas de tus actividades, por ejemplo, si eres contador puedes impartir asesorías en línea, o acercarte a tus clientes y explicarles medidas que les permitan administrarse mejor en estos tiempos tan complicados, sin necesidad de visitarlos.
Zoom
Esta es una de las plataformas más utilizadas a nivel mundial; con un incremento de cinco veces en su número de usuarios, atiende a millones de personas que requieren comunicarse con su familias, clientes o realizar Home office; es una de las compañías que más ha incrementado su valor de cotización en bolsa y de los casos de éxito más nombrados durante la pandemia por Coronavirus (1), aunque si bien, es importante
ser honestos y mencionar que ha atravesado por un momento difícil, al darse a conocer los hackeos de los que sus usuarios han sido víctimas, así como la filtración y venta de información, por lo cual ya se tomaron medidas que han vuelto más segura y eficiente esta plataforma (2). A pesar de todo esto, Zoom continúa siendo una buena alternativa, si requieres impartir asesorías o cursos en línea y tu aforo es menor a 100 personas, puedes utilizar esta plataforma sin costo alguno, ya que en su versión gratuita da esta opción, limitando la duración de la transmisión a tan solo 40 minutos si participan tres o más personas, pero en caso de realizar conferencias uno a uno, tu tiempo es ilimitado, por lo cual si lo que requieres es comunicarte con alguno de tus clientes, es bastante funcional (3). Otra ventaja, es que las personas que desees se pongan en contacto contigo a través de esta aplicación, únicamente deberán registrase con su correo electrónico o cuenta de Facebook, además de que la aplicación es gratuita, por lo que cualquier persona puede descargarla. La aplicación te permite crear reuniones de trabajo colaborativo, donde podrás compartir tu pantalla para que tu foro pueda visualizar el material que has preparado para ellos, puedes incluso utilizar una pizarra digital en donde puedes escribir para que tus clientes o alumnos lo vean, de hecho, y en caso de que sólo desees que te miren a ti, pero no lo que se encuentra a tus espaldas, puedes utilizar un fondo virtual ya precargado en la aplicación; además de que cuenta con un chat que te ayuda a comunicarte de forma escrita con las personas que asistan a tu reunión. Lo único que tienes que hacer es descargar la aplicación, registrarte con tu correo o cuenta de Facebook, iniciar la sesión y comenzar a utilizarla. Debes iniciar asignando un nombre a tu reunión, por ejemplo “Capacitación No. 1” Para crear una reunión, tienes dos opciones: Dando click en “Nueva reunión” o en “Programar.” Si eliges la segunda opción, debes seleccionar la fecha y hora, además de que te sugiero configurar las características, tales como “Vídeo de anfitrión encendido” porque esto te permitirá activar tu cámara una vez que estés listo para iniciar, o bien, en “Opciones avanzadas” deshabilita “Permitir unirse antes que el anfitrión.” Si ninguna de estas opciones te convence, puedes “Habilitar la sala de espera” de ese modo nadie ajeno a tu reunión podrá integrarse hasta que tu así lo apruebes.
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Una vez configurada la reunión, debes dar click a “Listo” en la parte superior derecha. Hecho esto, la app te mostrará la información general de tu meet, misma que podrás compartir de diferentes maneras: Correo electrónico, Messenger, mensaje de texto o con la opción “Copiar al portapapeles,” puedes compartir a través de WhatsApp o alguna otra aplicación de mensajería, o únicamente enviar el ID y la contraseña, misma que en la configuración, tu podrás asignar o dejar la que en automático se genera; con estos datos los asistentes, podrán conectarse a tu reunión desde su computadora, celular o tableta electrónica. Nota: En caso de no estar conforme con la configuración de tu reunión, puedes editarla; si requieres cancelarla, la puedes eliminar. La versión gratuita de Zoom, cuenta ya por sí misma con muchas bondades que te ayudan a acercarte a tus clientes o a nuevos prospectos, así como a tu familia o alumnos, pero en caso de requerir un foro mayor a cien personas y si necesitas más de 40 minutos por reunión, puedes cotizar las modalidades de suscripción pagada: “Pro, Business o Enterprise,” eligiendo la que más te convenga según los servicios que ofrece (3). Estoy segura que una vez que descargues la aplicación, te tomará poco tiempo aprender a usarla, ya que es muy noble y eficiente.
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Skype
Esta es una aplicación muy común, estoy segura de que alguna vez la has utilizado, o por lo menos has oído hablar de ella. Es propiedad de Microsoft y viene ya precargada en los correos de Outlook, (o en los de Hotmail, si es que aún los utilizas), por lo que puedes usarla sin problema desde tu cuenta, o bien, puedes descargar la aplicación. Su plataforma te permite hacer videollamadas con 10 personas, y al igual que en otras puedes transmitir pantalla, lo que la hace funcional para reuniones con clientes. Skype cuenta también con un chat que puedes usar aún sin crear una videollamada.
Google Hangouts
Esta es una aplicación de Google, que, a través de las opciones de Gmail, brinda una alternativa para poder crear reuniones con grupos de hasta 10 personas sin costo, por lo que, si requieres un foro pequeño, puedes hacer uso de ésta sin complicarte, lo único que necesitas es una cuenta de Gmail y en el menú Google Apps podrás encontrar esta opción. Esta aplicación te permite crear videollamadas, llamadas telefónicas y enviar mensajes; si decides crear una videollamada, puedes invitar a tus grupos de interés a través de correo electrónico o copiando el vínculo de la reunión, desde otras aplicaciones de mensajería. Aquí, al igual que en Zoom, podrás compartir pantalla o una ventana específica, de forma tal, que puedas mostrar una presentación a tu foro, la cual te ayude a explicar un tema concreto. Además de que dentro del menú Google Apps de Gmail, puedes hacer uso de sus otras aplicaciones, como “Formularios”, por ejemplo, que, de una forma, sencilla, gratuita y dinámica, te permitirán evaluar a tus alumnos. La versión convencional gratuita de Hangouts es muy fácil de usar, no requiere de configuraciones avanzadas, pero a pesar de ser muy básica, te permite estar en contacto con grupos pequeños de clientes o de alumnos sin incrementar tus gastos. En caso de requerir un mayor grupo de asistentes o mayores beneficios, te recomiendo cotizar las versiones de paga de Hangouts Meet en sus presentaciones “Básica, Business o Enterprise,” dependiendo de tus necesidades y presupuesto, siendo bastante accesibles (4). Zoom y Hangouts son de las aplicaciones más usadas, pero si ninguna te convence, tengo 5 alternativas más para ti:
Microsoft Teams
Está creada para fomentar el trabajo de equipo en las empresas, de hecho, es la evolución de Microsoft Skype for Business, la versión pagada de Skype. Esta plataforma está incluida en la paquetería 365 de Microsoft Office, por lo que, si cuentas con este paquete, puede aprovecharla. En ella, puedes crear chats empresariales con otros miembros de tu equipo, compartiendo información e ideas de forma segura; además de realizar llamadas y videollamadas, es una alternativa seria y sofisticada, que te permitirá estar en contacto con tus colaboradores, en estos tiempos de contingencia, donde no pueden asistir a la oficina. Además, puedes aprovechar el almacenamiento en nube de OneDrive, para realizar respaldos de todos tus archivos. Siendo una plataforma de Microsoft, cuenta con todas las facilidades y beneficios de las demás aplicaciones de Office, puedes utilizar y transmitir Word, PowerPoint, Excel, entre otras, además de programar reuniones y registrarlas en tu calendario de Outlook.
Jitsi Meet
Al igual que todas las anteriores, Jitsi permite crear videollamadas, es bastante amigable y fácil de usar, no teniendo un límite de usuarios en su versión gratuita, a diferencia de Zoom, por ejemplo. Para usar esta plataforma, no es necesario registrarse, sólo crear el meet, de hecho, si lo realizar desde tu computadora, ni siquiera es necesario descargar aplicación alguna, en caso de hacerlo desde tu smartphone, la app es gratuita. Jitsi tiene opciones que otras de las mencionadas apps, no, tal es el caso de “Levantar la mano” de forma virtual para que puedas saber cuándo alguno de tus alumnos tiene dudas.
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Además de que también cuenta con un chat y la opción de transmitir pantalla. Es una de las mejores elecciones si lo que precisas es iniciarte en las clases en línea.
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En el mercado hay muchas otras aplicaciones que te permitirán crear videoconferencias, yo me di a la tarea de explicar brevemente algunas de ellas, que considero sencillas de usar, pero puedes utilizar cualquier otra que se adapte a tu estilo y necesidades. Estoy consciente de que estamos pasando por un momento complicado en el que nuestro ritmo de vida se ha visto afectado, mermando nuestros ingresos y obligándonos a incursionar en nuevas alternativas, por lo cual, a través de estas plataformas, puedes encontrar una manera de mantener contacto con tus clientes o convertirte en un capacitador a distancia, además de continuar aprendiendo a través de estas herramientas, que, en la mayoría de los casos, si eres asistente, no tienen costo alguno. ¡Anímate! Este puede ser el inicio de un nuevo modelo de negocio que te permita continuar creciendo.
Referencias: WhatsApp y Messenger
Me imagino que estás acostumbrado a utilizar estas dos aplicaciones para platicar con tus amigos, pero ambas cuentan con funciones que te ayudarán a mantenerte en contacto también con tus clientes y equipo de trabajo en estos tiempos de Coronavirus. WhatsApp ha realizado modificaciones a su sistema que permitan conectar hasta a ocho personas por conferencia, en vez de tres, además de que estoy segura que ya sabes cómo se utiliza: Lo único que tienes que hacer es ir a la opción llamadas y dar click en llamada grupal, ahora podrás elegir a los contactos con los que deseas comunicarte y ¡listo! En el caso de Messenger, es suficiente con crear un grupo, donde incluyas a las personas con las que necesitas comunicarte, hecho esto, solo da click en la opción de videollamadas y podrás integrar hasta 50 personas. Sé que suena un tanto informal, pero hoy en día todos utilizamos estas apps para escribir a nuestros clientes, ¿por qué no hacer videollamadas también? Dales una oportunidad, si no requieres compartir pantallas u otro tipo de funciones como esa, estas son opciones eficientes.
1. InfobaeEconómico, (2020). “Zoom, la app que es éxi-
2.
3. 4.
5. 6.
7.
to económico en medio de la pandemia” Recuperado de: https://www.infobae.com/ economia/2020/03/25/zoom-la-app-que-esexito-economico-en-medio-de-la-pandemia-vale-casi-el-doble-que-twitter-y-tiene-5veces-mas-usuarios-que-el-mes-pasado/ Tecnoxplora, (2020). “Hasta medio millón de cuentas de usuarios de Zoom están a la venta en Internet.” Recuperado de: https://www.lasexta.com/tecnologia-tecnoxplora/internet/medio-millon-cuentas-usuarios-zoom-estan-venta-internet_202004145e958c3e31c6450001eea996.html Zoom, (2020). “Planes de reuniones de Zoom para tu negocio.” Recuperado de: https://zoom.us/pricing Google, (2020). Compare los planes de precios de G Suite. Pruébelo gratis durante 14 días. Recuperado de: https://gsuite.google.com/intl/ es-419_mx/pricing.html Revista Andellac. (2020). “Guardando la debida distancia.” Edición abril-mayo 2020. Página 42 y 43. ED Economía digital, (2020). “¿Cómo hacer videochats y videollamadas grupales gratis?” Recuperado: https://www.economiadigital. es/tecnologia-y-tendencias/como-hacer-videochats-y-videollamadas-grupales-gratis_20044008_102.html Xacata Basic, (2020). “Jitsi Meet: qué es, qué ofrece y cómo usar este servicio de código abierto para tus videollamadas masivas.” Recuperado de: https://www.xataka.com/basics/ jitsi-meet-que-que-ofrece-como-usar-este-servicio-codigo-abierto-para-tus-videollamadas-masivas
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La importancia de mantener la comunicación durante las crisis Mantener a los integrantes de un equipo de trabajo informados durante una crisis es una de las prioridades que tiene un líder y es su responsabilidad mantenerse al tanto de los eventos a medida que se desarrollan, especialmente si están evolucionando tan rápido como lo estamos experimentando ahora. Al mismo tiempo, es preciso tener cuidado con la estridencia. El punto exacto para ser prudente y alertar puntualmente es difícil de encontrar. Es una decisión complicada discernir si tenemos que encender el foco rojo y la forma de hacerlo para no causar alarma o esperar a ver la forma en que se desenvuelven los eventos.
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n estos momentos de contingencia, los medios de comunicación a menudo se centran en la noticia en lugar del panorama general y a veces no comunican datos duros y solo se comunican especulaciones. Las redes sociales repiten datos que no siempre están verificados. Por supuesto, un líder tiene que saber analizar los eventos, entender y actuar antes de dejarnos llevar por el pánico general, las ansiedades externas y las presiones que llegan de todo lugar.
Lo primero es tomar distancia objetiva y valorar la fuente de la información antes de actuar o creer lo que nos dicen. Por supuesto, tenemos que entender que los miembros del equipo también tienen acceso directo a muchas fuentes de noticias, pero no podemos asumir que están completamente informados. Es mucho mejor crear y compartir ampliamente un resumen actualizado de la situación y comentar las implicaciones, para que todos estén en el mismo canal de comunicación. En una crisis es importante que el énfasis principal sea contener y mitigar la situación en sí misma. Los impactos económicos son significativos y muchas empresas están aprendiendo en el camino comprendiendo, reaccionando y aprendiendo de lecciones y eventos que se desarrollan rápidamente. Conforme se conoce más de la crisis las noticias cambian y sólo tendremos una imagen completa en de todo el panorama haciendo una retrospectiva de los hechos. No obstante, somos testigos de empresas que reaccionan a tiempo y bien y otras lo hacen tarde y mal. No todas las empresas o negocios están preparados para reaccionar ante una crisis, pero se debe estar preparado
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para enfrentarla. A continuación algunos pasos a seguir: 1. Actualizar la información a diario. 2. Tener cuidado con las especulaciones y buscar hechos duros. 3. No asumir que la información crea información. 4. Consultar expertos y elaborar pronósticos cuidadosamente. 5. Constantemente, reinterpretar y comprender lo que está sucediendo. 6. Utilizar los principios de resiliencia en el desarrollo de políticas. 7. Saber que la preparación intelectual no es suficiente, generar cuadros estadísticos. 8. Prepararse para un mundo que está cambiando. Ante situaciones con mucha información debe existir un ingrediente que debe estar presente siempre: la prudencia: No podemos predecir el curso de los acontecimientos o sus impactos para una crisis, sea un accidente, un desastre natural, una pandemia, una guerra, pero podemos imaginar escenarios a la baja y trabajar un plan de la resiliencia en estas circunstancias. Prudencia significa no transmitir noticias que no son reales. No creer todo lo que nos llega sin verificar la fuente y no hacer chistes que puedan confundir a quienes están esperando noticias confiables de nosotros. Es muy fácil que frente a una crisis, se empiecen a propagar noticias falsas, testimonios de amigos de primos de conocidos que carecen de sustento y protagonismos de personas que dan a conocer datos que carecen de lógica y que lo hacen por el siempre hecho de hacerse notar. Por supuesto, un líder tiene que intervenir en forma
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proactiva. Si quien lleva la batuta guarda silencio, alguien elevará la voz en su lugar y tal vez no lo haga de la mejor forma ni con las mejores intenciones, lo que provocaría pésimos resultados. Si quien va a generar información no está preparado, no sabe lo que quiere decir, no tiene claridad del mensaje, causará un desastre, generará desconfianza y puede perder el liderazgo. Lo que se busca es dar una comunicación sólida y veraz que genere tranquilidad y confianza. No hay nada peor que sentir que vamos detrás de una persona que no tiene idea a dónde va. Después de la crisis, aunque parezcan interminables eventualmente terminan, en lugar de suspirar de alivio y volver a las rutinas normales cuando la dificultad disminuye, se deben hacer esfuerzos para no desperdiciar una valiosa oportunidad de aprendizaje. Incluso mientras se desarrolla la crisis, se deben documentar respuestas e impactos para que se revisen más tarde y se aprendan lecciones. Las situaciones en rápida evolución exponen las debilidades organizativas existentes, como la incapacidad de tomar decisiones difíciles o un sesgo excesivo hacia el consenso, que constituyen oportunidades de mejora. Finalmente, lo que uno recuerda de un líder es, cómo enfrentó la crisis. Si nos ayudó, nos dio tranquilidad, nos explicó y sobre todo, si nos entendió y logró que regresáramos a nuestra forma objetiva de pensar y valorar. Sabemos que estamos frente a un líder, cuando gestionó y resolvió problemas en ese periodo difícil. Muchas crisis se han agravado porque el líder no supo cómo abordarlas ni como comunicarse con su equipo de trabajo. De ahí, la relevancia de la adecuada comunicación con los colaboradores durante una crisis.
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Labor ininterrumpida de la AMCP La emergencia sanitaria por la que estamos atravesado, no ha sido un impedimento para continuar con la labor de la AMCP, a través de diferentes plataformas digitales y redes sociales. Aunque el Colegio no está abierto al publico, acatando las indicaciones de la autoridad, se han programado cursos, eventos y platicas a través de las plataformas Zoom y Facebook Life, además replicando la información y los comentarios en las redes sociales de la AMCP.
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Este es un claro ejemplo que con iniciativa, intención de servir a los socios y responsabilidad, es posible mantener el contacto, seguir contribuyendo a la formación de los profesionales de la contaduría y sobre todo mantenerlos informados para que puedan tomar las mejores decisiones en favor de sus negocios, clientes y despachos. Para acceder a estos cursos o platicas, es importante seguir las redes sociales de la Asociación para estar oportunamente informado y de esta manera participar en las pláticas, fortaleciendo así a nuestra asociación. Las diferentes comisiones que componen el consejo directivo, no han dejado de trabajar, sumándose también a esta modalidad de las juntas a distancia por medio de video conferencias, garantizando de esta manera que la actividad académica, administrativa e informativa siga fluyendo en beneficio de los asociados de la AMCP. Los invitamos a seguirnos en nuestras redes sociales y a través de la página web de la asociación.
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Presente la AMCP en diferentes medios Para dar a conocer a las autoridades la postura de la AMCP, ante la situación económica que estamos enfrentando por causa de la contingencia sanitaria derivada de la epidemia de coronavirus, la asociación organizó una conferencia de medios en sus instalaciones. Como resultado de lo anterior la presidente de la Asociación, Mirna Meillon Álvarez, ha estado participando en diversas entrevistas comentando el contenido de las cartas enviadas al Presidente de la República, a la encargada del SAT y a la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México. La representante de la AMCP, Mirna Meillon, fue entre-
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vistada para el periódico El Heraldo de México y la publicación Página Ciudadana, el 23 de marzo, posteriormente apareció en una entrevista en televisión en El Financiero Bloomber el 1 de abril. Continuando con la serie de entrevistas, tocó el turno al programa de radio “Pasado al Futuro” con el periodista Tony Mancuso en Radio ABC, la cual se llevó a cabo el 9 de abril. Otra interesante entrevista fue la realizada por Mexiquence Noticias el 15 de abril. La actividad en los medios continuó con otras entrevistas en Acustik Radio, en el programa contrastando ideas del 23 de abril. En la misma emisora pero el día 27 de abril el C.P. Narciso Vargas, V.P. de Capacitación, realizó una entrevista explicando conceptos sobre las imposiciones tributarias y las peticiones hechas a la autoridad. Estas entrevistas pueden consultarse en el Facebook de la asociación y en el canal de YouTube. La AMCP, seguirá presente en todos los medios públicos que se requieran, para hacer escuchar su voz en defensa de los intereses de sus agremiados y de la profesión contable.
MAYO 2020 CURSOS EN LÍNEA EN BENEFICIO A NUESTROS ASOCIADOS, AL GREMIO CONTABLE Y AL PÚBLICO EN GENERAL EN EL MES DE MAYO GRANDES BENEFICIOS Y COSTOS BAJOS MARTES 12
LUNES 11 16:00 A 21:00 HRS.
5 PUNTOS N.A.A.
INFORME DE AUDITORÍA INDEPENDIENTE DICTAMEN FISCAL A ENTREGAR EN 2020
EXPOSITOR: MTRO. LUIS FELIPE MARTÍNEZ GARCÍA
INVERSIÓN (precio con IVA incluido)
5 PUNTOS N.A.A.
REPERCUSIÓN Y ALCANCE DEL SIROC
(para cumplimiento de la N.A.A. del IMSS 2020)
FISCAL
09:00 A 14:00 HRS.
JUEVES 14 5 PUNTOS N.A.A.
EXPOSITOR: L.C.C. NORMA LILIA FABIAN CASTELÁN
INVERSIÓN (precio con IVA incluido)
16:00 A 21:00 HRS.
PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN Y PRESENTACIÓN DEL DICTAMEN SIPREDI EN CDMX
TÉCNICO
09:00 A 14:00 HRS.
Categoría:
FISCAL
MARTES 19 10 PUNTOS N.A.A.
EXPOSITOR: L.D. JOSÉ JAVIER JIMÉNEZ MARTÍNEZ
INVERSIÓN (precio con IVA incluido)
$1,400
EXPOSITOR: MTRO. CARLOS GUTIÉRREZ PÉREZ
$700
LUNES 18 Y MIÉRCOLES 20 TALLER CONTRATOS PARA SUBORDINADOS Y NO SUBORDINARIOS
5 PUNTOS N.A.A.
INVERSIÓN (precio con IVA incluido) Categoría:
$700
Categoría: SEGURIDAD SOCIAL
$700
MIÉRCOLES 13
ÉTICA PROFESIONAL
EXPOSITOR: MTRO. MIGUEL ÁNGEL DÍAZ PÉREZ
INVERSIÓN (precio con IVA incluido) Categoría:
$700
09:00 A 14:00 HRS.
09:00 A 14:00 HRS.
5 PUNTOS N.A.A.
LIBROS CORPORATIVOS, SU CUMPLIMIENTO FISCAL Y LEY DE FOMENTO A LA CONFIANZA CIUDADANA
EXPOSITOR: DR. RAFAEL ARENAS HERNÁNDEZ
INVERSIÓN (precio con IVA incluido) Categoría:
TÉCNICO
$700
Categoría:
FISCAL
CONTINÚA
MAYO 2020 CURSOS EN LÍNEA A TRAVÉS DE LA APP JUEVES 21
MARTES 26
16:00 A 21:00 HRS.
5 PUNTOS N.A.A.
ESTRATEGIAS PARA SUPERAR CON ÉXITO LA ADVERSIDAD
EXPOSITOR: MTRA. MARÍA DEL CARMEN HUERTA CONTRERAS
INVERSIÓN (precio con IVA incluido)
$700
16:00 A 21:00 HRS.
SIPRED
TÉCNICO
$700
VIERNES 29
09:00 A 14:00 HRS.
5 PUNTOS N.A.A. EXPOSITOR: MTRO. JORGE BRIONES GÓMEZ
INVERSIÓN (precio con IVA incluido)
$700
EXPOSITOR: MTRO. FRANCISCO YÁÑEZ LEDESMA
INVERSIÓN (precio con IVA incluido) Categoría:
MIÉRCOLES 27 REVISIONES ELECTRÓNICAS
5 PUNTOS N.A.A.
09:00 A 14:00 HRS.
TALLER DE SUELDOS Y SALARIOS ENFOCADO AL IMSS
(para cumplimiento de la N.A.A. del IMSS 2020)
5 PUNTOS N.A.A. EXPOSITOR: MTRO. JUVENAL O. VILLAVERDE CRISANTOS
INVERSIÓN (precio con IVA incluido) Categoría:
FISCAL
$700
Categoría: SEGURIDAD SOCIAL
Objetivo:
El objetivo de nuestros programas académicos es proporcionar a nuestros Asociados, Contadores Públicos, Empresarios, Profesionistas afines, Estudiantes y Público en General que se encuentren interesados, a obtener el conocimiento, los elementos, las herramientas y técnicas que les ayuden a complementar su capacitación y actualización integral para mejorar en su desarrollo profesional. Nuestro programa académico garantiza la impartición de temas contemporáneos, de excelente nivel y de inversiones accesibles.
Para ofrecerle un mejor servicio recuerde que es obligatorio reservar el curso que desea tomar y realizar con anticipación el pago en cualquiera de las siguientes modalidades: *TARJETAS DE DÉBITO Y CRÉDITO VISA O MASTER CARD; *DEPÓSITO O TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA EN LAS SIGUIENTES CUENTAS INBURSA, S.A. (ASOCIADOS: 50038857014 más referencia (número de asociado), CLABE para transferencias 036180500388570141 / NO ASOCIADOS: 50038953341, CLABE para transferencias 036180500389533417). NOTA IMPORTANTE: En el caso de realizar el depósito referenciado en sucursal bancaria, además del dato de su referencia (número de asociado), agregar el dato del número de convenio para depósito referenciado empresarial de AMCP 88800000862-0. ***Favor de enviar copia del comprobante a facturacion2@amcpdf.org.mx con los siguientes datos: Nombre del participante, Nombre y fecha del curso de interés y datos de facturación *** En cancelaciones con menos de 48 horas antes del evento, se aplicará una penalización del 25% sobre la cuota del mismo. La AMCP se reserva el derecho de no iniciar cualquiera de los grupo, modificar fechas y/o expositores por causas ajenas a su voluntad con el fin de asegurar la calidad y el objetivo del programa o en su caso de no reunir un mínimo de 10 personas. Visite nuestra página: www.amcpdf.org.mx Programación sujeta a cambios
Esperanza No. 765, Colonia Narvarte, Del. Benito Juárez, D.F. c.p. 03020, Teléfono: 5636-2370
www.amcpdf.org.mx
@amcpdf @amcpdf @amcpdf
amcpdf
5564363602