11 minute read

La Declaración Anual de ISR 2022 y los Cuatro Estados Financieros Conforme las Normas de Información Financiera y la Contabilidad Electrónica

C.P.C. Walter Raúl López Ramírez

Socio de Auditoría e Impuestos WMJA Accountant International, S.C. Integrante de la Comisión de Síndicos (SAT) y Prodecon. wmja.walter@gmail.com

El SAT nos sorprendió solicitando dentro del llenado de la declaración anual de ISR 2022 el Estado Financiero de Flujo de Efectivo y el de Cambios en el Capital Contable como parte del aplicativo, Si bien los anteriores son estados financieros básicos, en la práctica en la pequeña y mediana empresa por lo general no los aplican o simplemente no los conocen.

Antecedentes

a)  Breve historia

Sin lugar a dudas el principal impacto para el empresario lo constituyó la Contabilidad Electrónica dada la Reforma Fiscal de 2014, en materia de Código Fiscal de la Federación (CFF), que contempla la obligación para los contribuyentes de comunicar mensualmente la información contable por medio de la página de Internet del SAT de conformidad con las reglas de carácter general que se emitan para tal efecto conforme al anexo 24 Contabilidad en Medios Electrónicos de la RMF 2019 y en específico al anexo 24.A1 (Vigente para 2023) referente al Catálogo de cuentas y la NIF B-6 Estado de situación financiera conforme a los párrafos 52.1 al 52.15 en donde podrás observar una gran similitud de la contabilidad electrónica y la NIF B-6, Podrás consultar más a detalle la revista número 222 de septiembre de 2018 de la AMCP referente al tema de Estado de Situación Financiera conforme las NIF y la Contabilidad Electrónica del SAT. https://issuu.com/amcp_df/docs/exp222webv3/6

Eso nos lleva a reflexionar sobre la importancia que tiene el que conozcamos los postulados básicos de la NIF A-2, ya que estos son la base para los adecuados registros contables, debido a la relevancia que tienen en la contabilidad. Las NIF en las cuales se basará la contabilidad electrónica para la generación de reportes son:

• NIF B-6 Estado de Situación Financiera

• NIF B-3 Estado de Resultado Integral

• NIF B-4 Estado Cambio en el Capital de Trabajo

• NIF B-2 Estado de Flujo de Efectivo

b)  Reflexión para aplicar las NIF en la contabilidad

A pesar de que muchos colegas dicen que las NIF no son ley, que no son obligatorias y que ni al Servicio de Administración Tributaria (SAT) le interesa en las últimas décadas, ante la demanda y cumplimiento de las diversas disposiciones fiscales, los contadores olvidamos el origen y esencia de nuestra profesión, abocándonos principalmente a la atención y disposiciones fiscales, pero fue justamente el SAT, quien nos hizo recordar la esencia de nuestra profesión y como muestra esta el nuevo formato de la declaración anual de ISR 2022 en la cual ya está pidiendo los cuatro estados financieros básicos y sus notas a los mismos

Otra de las novedades importantes en la declaración anual es que para 2022 los estados financieros y la conciliación contable fiscal deben ser llenados en forma comparativa, es decir, considerando las cifras del año actual y del año previo (2021 en este caso). Adicionalmente, se incluyó la opción de agregar notas en cada uno de los conceptos que integran los estados financieros donde podrán añadirse explicaciones por variaciones significativas que se presenten.

Desarrollo

1) Las Normas de Información Financiera y el SAT “Contabilidad Electrónica”

Con base en lo señalado por las autoridades fiscales en el penúltimo párrafo de la regla 2.8.1.5 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023 (RMF)2 , la contabilidad será aquella que se produce de acuerdo con el marco contable que aplique ordinariamente el contribuyente en la preparación de su información financiera, o bien, el marco que esté obligado aplicar por alguna disposición legal o normativa, entre otras, las Normas de Información Financiera (NIF), los principios estadounidenses de contabilidad “United States Generally Accepted Accounting Principles” (USGAAP) o las Normas Internacionales de Información Financiera (IFRS por sus siglas en inglés) y en general cualquier otro marco contable que aplique el contribuyente.

2) Otras obligaciones en materia contable

Tener en cuenta el Artículo 33 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación (RCFF), que menciona los documentos e información que integra la contabilidad, Los registros o asientos contables y en específico la fracción VI y VII del inciso B, Menciona que se tiene que Formular los estados de posición financiera, de resultados, de variaciones en el capital contable, de origen y aplicación de recursos (estado de flujos de efectivo), así como las balanzas de comprobación, incluyendo las cuentas de orden y las notas a dichos estados y Relacionar los estados de posición financiera con las cuentas de cada operación.

3) Las NIF al campo jurídico

LAS NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA. SU USO COMO HERRAMIENTA EN PROBLEMAS QUE INVOLUCREN NO SOLO TEMAS JURÍDICOS, SINO TAMBIÉN CONTABLES Y FINANCIEROS.

Las Normas de Información Financiera constituyen una herramienta útil en los casos en que se debe evaluar y resolver un problema que involucre no solo temas jurídicos, sino también contables y financieros , en los que debe privilegiarse la sustancia económica en la delimitación y operación del sistema de información financiera, así como el reconocimiento contable de las transacciones, operaciones internas y otros eventos que afectan la situación de una empresa. Así, la implementación o apoyo de las Normas de Información Financiera tiene como postulado básico, que al momento de analizar y resolver el problema que se plantea, prevalezca la sustancia económica sobre la forma, para que el sistema de información contable sea delimitado de modo tal que sea capaz de captar la esencia del emisor de la información financiera, con el fin de incorporar las consecuencias derivadas de las transacciones, prácticas comerciales y otros eventos en general, de acuerdo con la realidad económica, y no solo en atención a su naturaleza jurídica, cuando una y otra no coincidan; esto es, otorgando prioridad al fondo o sustancia económica sobre la forma legal.

Materia(s): Administrativa Novena Época Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Fuente: Semanario Judicial de la federación y su Gaceta XXXIV, septiembre 2011 Tesis aislada I. 4º.A.799 A.

4) La declaración anual de ISR 2022 y los estados financieros

• Entre los cambios más relevantes para 2022 se encuentran en la sección de estados financieros donde se adicionó el estado de flujo de efectivo y el estado de cambios en el capital contable. Es importante recordar que el apartado de los estados financieros solo se habilitará si la entidad no dictamina sus estados financieros y no presenta ISSIF.

• Otra novedad importante es que para 2022 los estados financieros y la conciliación contable fiscal deben ser llenados en forma comparativa, es decir, considerando las cifras del año actual y del año previo (2021 en este caso). Adicionalmente, se incluyó la opción de agregar notas en cada uno de los conceptos que integran los estados financieros donde podrán añadirse explicaciones por variaciones significativas que se presenten

• En el estado de situación financiera se incluyen rubros nuevos de activo, pasivo y capital. Además, al momento de llenar esta sección se tendrá que detallar cada monto por año con base en clasificaciones preestablecidas por cada rubro. Por último, se observa un cambio de presentación al mostrarse esta sección en forma vertical

• Se actualizó el estado de resultados integral incluyendo el detalle de otros resultados integrales (ORI). En el estado de resultados integral del ejercicio 2022 deberá clasificarse cada partida entre partes relacionadas y partes no relacionadas, la suma de estos será el importe total por partida de dicho año. Para las cifras del ejercicio 2021 no es necesaria esta clasificación.

• Para el llenado del estado de flujo de efectivo se tiene la opción de aplicar el método directo o el método indirecto. Si se opta por realizarlo mediante método indirecto, observamos en las pruebas que el dato de la utilidad neta se pre cargará directamente del estado de resultados integral. Asimismo, debe capturarse el detalle por partida de las actividades de inversión, de financiamiento y de operación. El saldo final de efectivo y equivalentes de efectivo que resulte en esta sección se comparará contra el saldo final de los mismos en el estado de situación financiera. En caso de existir diferencia se mostrará un mensaje de error.

• En el estado de cambios en el capital contable, se deberá partir de los saldos al 1 de diciembre 2021. Una vez que se tenga el saldo inicial cargado se deberán capturar los movimientos en el capital contable desglosado por concepto para 2021 y 2022. Tal y como en los otros estados financieros, observamos que el aplicativo realizará cruces para efectos de verificar que el saldo final del capital contable coincida con el saldo final del mismo rubro en el estado de situación financiera.

• La presentación de la conciliación contable fiscal muestra algunos cambios significativos. En esta nueva versión se determina el resultado fiscal del ejercicio, cuando anteriormente se obtenía la utilidad fiscal. El resultado fiscal en este apartado se comparará con el resultado fiscal determinado en la sección ISR Personas Morales y en caso de existir diferencia se mostrará un mensaje de error. De igual forma, cada partida de la conciliación contable fiscal debe ser detallada con base en clasificaciones ya preestablecidas. En la integración de las deducciones contables no fiscales se incluyen conceptos como provisiones, resultado por valuación a valor razonable, entre otros. Se elimina el concepto de otros en la conciliación contable fiscal.

Con base en los cambios detallados previamente y en los hallazgos identificados, recomendamos realizar pruebas en el aplicativo, así como empezar a reunir toda la información que se requiere para efectos de cumplir en tiempo y forma con la presentación de esta declaración y realizar los papeles de trabajo antes de empezar a llenar la declaración anual

Algunas capturas de pantalla

Por otro lado, se puede apreciar que se incluyen más conceptos en el apartado de la conciliación contable fiscal eliminando, a la actualización en la plataforma del SAT vigente al día de hoy, el rubro denominado “Otros” en cada uno de los bloques de este anexo. De igual forma, se contempla incluir cifras comparativas del ejercicio actual respecto del anterior, así como la posibilidad de agregar notas aclaratorias.

En atención a los cambios que se observan, consideramos oportuno tener en cuenta los siguientes puntos:

1) Elaborar papeles de trabajo detallados para cumplir con la correcta captura del llenado de la declaración anual

2) El contar con la correcta emisión de los cuatro estados financieros básicos del ejercicio actual y el inmediato anterior, mismos que deberán cumplir con la normatividad contable, vigente conforme el penúltimo párrafo de la regla 2.8.1.5 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023 (RMF), así como, en su caso, las explicaciones de las diferencias.

3) Identificar correctamente las operaciones y saldos con partes relacionadas a efectos de verificar que las mismas se encuentren soportadas con el estudio de precios de transferencia correspondiente. (NIF C-13 Partes Relacionadas)

4) Anticipar, en la medida de lo posible, el envío de la presentación de la declaración, pues en experiencias pasadas, cada cambio en el aplicativo trae consigo complicaciones a la hora del envío de las declaraciones o simplemente a problemas en el aplicativo.

5) Estar al pendiente de las actualizaciones del aplicativo antes citado, a efectos de evitar capturar en múltiples ocasiones la declaración.

Comentarios generales

Sin lugar a dudas el principal impacto para el empresario lo constituyó la Contabilidad Electrónica dada la Reforma Fiscal de 2014, en materia de Código Fiscal de la Federación (CFF), que contempla la obligación para los contribuyentes de comunicar mensualmente la información contable por medio de la contabilidad electrónica.

Desde que se constituyó la Contabilidad Electrónica dada la Reforma Fiscal de 2014 la autoridad se ha estado preparando en estudiar y aplicar las Normas de Información Financiera (NIF) por lo que consideramos que los próximos años tendremos a la autoridad más capacitada y con un nivel técnico más actualizado que los propios contadores en general que le permitirá detectar evasiones fiscales apoyándose en la información financiera de los contribuyentes, la contabilidad electrónica y no únicamente en los XML emitidos y recibidos. Lo anterior nos obliga a todos los profesionales de la contaduría Pública a una mayor capacitación relacionada con las NIF.

Conclusión

Como se podrá observar la contabilidad electrónica se debe realizar conforme las NIF así como elaborar los cuatro estados financieros básicos conforme la NIF A-5 y el Artículo 33 fracción VI inciso B, del Reglamento del Código Fiscal de la Federación como otras obligaciones contables para los contribuyentes por lo que te recomendamos verificar si tu contabilidad cumple con los requisitos de las NIF y el anexo 24 de la RMF 2023.

Frase celebre

Aprende de los errores y no dejes que nadie te diga que no puedes hacer algo. Si ellos no pudieron, es porque no tuvieron el coraje para lograrlo

(PIERRE OMIDYAR “eBay”)

This article is from: