SIC Impone al REGISTRO NACIONAL DE AVALUADORES R.N.A. una sanción pecuniaria por la suma de VEINTE MILLONES DE PESOS ($ 20 000 000 COP) RES. 11076 9 MARZO 2022. El monto se determina teniendo en cuenta los criterios que se analizan a continuación:
AI expedir la ampliación del alcance de los certificados de personas desconociendo lo establecido en los artículos 2.2.2.17.2.2. y 2.2.2.17.2.4. del Decreto 1074 de 2015, existió un incumplimiento a la ley valuatoria, como quiera que el REGISTRO NACIONAL DE AVALUADORES - RNA certificó una categoría por fuera de las que se encontraba acreditando durante el régimen de transición, las cuales se limitaban a: i) inmuebles urbanos, ii) inmuebles rurales, iii) maquinaria fija, equipos y maquinaria móvil e iv) inmuebles especiales; es decir, el organismo no podía agregar ni ampliar nuevas especialidades, sólo podía actualizar los certificados con las mismas categorías, para asegurar la solución de no continuidad en el régimen de transición.