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6. VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES

Sección 6 Violencia contra las mujeres

LEY DE PROTECCIÓN DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES (VAWA)

Las leyes inmigratorias proveen protección a cónyuges, hijos y padres que hayan sido víctimas de agresión física o crueldad extrema por parte de un ciudadano o residente permanente.

La ley Violence Against Women’s Act [Violencia Contra la Mujer] (VAWA), protege por igual tanto a hombres como a mujeres. Esta ley de permite a la víctima realizar una auto-petición de inmigración y obtener un permiso de trabajo temporal mientras espera por la residencia permanente.

VAWA fue aprobada por el Congreso en el 1994.

Usted podría ser elegible a convertirse en un residente permanente legal (obtener una Tarjeta Verde) bajo VAWA, por si es víctima de abuso o crueldad extrema causada por: Un cónyuge o excónyuge que es ciudadano estadounidense, Un padre que es ciudadano estadounidense, Un hijo o hija que es ciudadano estadounidense ,Un residente permanente legal (LPR) que es su cónyuge o ex cónyuge o, Un padre que es un LPR.

Usted puede presentar una petición por sí sin el conocimiento o consentimiento de su familiar maltratante. Si su autopetición es aprobada y usted cumple con otros requisitos de elegibilidad, usted podría ser elegible para solicitar la residencia permanente legal (obtener una Tarjeta Verde).

La auto-petición de VAWA es parecida a una solicitud regular de inmigración familiar pero con algunos requisitos adicionales.1 Al igual que el sistema de inmigración familiar regular, la auto-petición de VAWA es para los/as familiares cercanos de ciudadanos/as o residentes legales permanentes de los EE.UU., así que usted debe probar su relación con el/ la agresor/a. También debe demostrar que tiene un “buen carácter moral” y que ha sufrido “agresión física o crueldad extrema”, que es la forma en que el Congreso describió la violencia doméstica en la ley de inmigración

Cuando usted presenta una auto-petición de VAWA, es posible que pueda incluir algunos de sus familiares cercanos como “derivados/ as”. Si el/la agresor/a es: su esposo/a, puede incluir a sus hijos/as que sean menores de 21 años y que no se hayan casado al momento de haber presentado su petición. su padre/madre, puede incluir a sus hijos/as que sean menores de 21 años y que no se hayan casado al momento de haber presentado su petición. su hijo/a adulto/a, usted no puede incluir a otros/as familiares como derivados/as.

El primer paso es conseguir un abogado/a, de ser posible, con experiencia haciendo auto-peticiones de VAWA. Después, llenar el Formulario I-360. Este es un formulario que se usa para solicitar distintos tipos de estatus, así que puede ser bastante confuso. También hay algunos otros formularios que se debe presentar, los cuales su abogado/a conocerá.

Deberá escribir una declaración personal, la cual le puede ser de mucha ayuda para ganar su caso. Esta es la única oportunidad que tendrá para contar su historia en sus propias palabras y para que el USCIS escuche su “voz”. Un/a abogado/a o intercesor/a puede ayudarle a organizar su historia,

pero su declaración personal debe ser en sus propias palabras. También puede usar su declaración para explicar cómo cumple con los otros requisitos para la auto-petición de VAWA, especialmente si no tiene muchos más documentos para apoyar su caso.

COMO LLENAR LA AUTO-PETICIÓN DE VAWA FORMULARIO 360

Para los cónyuges de residentes o ciudadanos americanos que fueron víctimas de abusos físicos o crueldad extrema se requiere estar casada, o haber estado casada con la persona abusiva, o pensar que se estaba dentro de un matrimonio legítimo con la persona abusiva, haber residido con ella, y haberse terminado el matrimonio por divorcio debido a causas relacionadas con el abusador.

Visite: https://www.uscis.gov/sites/default/ files/document/forms/i-360.pdf/

Existe ayuda y apoyo disponibles a través de la Línea Nacional de Emergencia para Violencia Doméstica en el 1-800-799-7233 La línea telefónica de emergencia facilita información acerca de casas de acogida, cuidados de la salud mental, consejos legales y otro tipo de asistencia, incluyendo información acerca de cómo solicitar estatus de inmigración.

VISAS QUE SE PUEDEN OBTENER CON “VAWA” https://www.uscis.gov/es/ herramientas/centro-de-

GESTO CON LA MANO PARA PEDIR AUXILIO recursos-multilingues/ VISA U: El estatus de no inmigrante U (visa U) que puede conducir a una Green Card, se reserva para víctimas de ciertos delitos que han sufrido abuso mental o físico y son útiles El gesto de la mano es un gesto manual, no verbal, que alguien puede para las fuerzas del orden público o usar cuando se siente en peligro. El gesto se hace en tres tiempos: los funcionarios gubernamentales en la víctima levanta la mano con la palma hacia afuera, luego cierra la investigación o enjuiciamiento de el pulgar y finalmente cierra los dedos encapsulando el pulgar. El actividades delictivas. gesto indica "necesito ayuda, violencia doméstica". La palma de El Congreso creó la visa U de no la mano debe apuntar hacia la persona a la que se pide ayuda. inmigrante con la aprobación de la

La señal de ayuda fue creada en Canadá para que las personas Ley de Protección de Víctimas de la pudieran pedir ayuda sin usar su voz. Trata y la Violencia (incluida la Ley de

La campaña, denominada "señal de ayuda", se volvió viral en Protección de Mujeres Inmigrantes las redes sociales en 2020, durante los primeros confinamientos Maltratadas) en octubre de 2000. La de la pandemia, en un intento por afrontar el aumento de la legislación tenía por objeto fortalecer violencia doméstica. la capacidad de las fuerzas del orden

La idea era ofrecer una forma para que las víctimas de abuso público para investigar y procesar casos doméstico pudieran pedir ayuda de forma silenciosa utilizando de violencia doméstica. violencia, una señal no verbal. agresión sexual, trata de personas que no son ciudadanos y otros delitos, al

© MARKRADEMAKER - STOCK.ADOBE.COM

tiempo que protege a las víctimas de delitos que han sufrido abuso mental o físico sustancial debido al delito y están dispuestas a ayudar a las autoridades policiales en la investigación o enjuiciamiento de la actividad delictiva. La legislación también ayuda a los organismos encargados de hacer cumplir la ley a prestar un mejor servicio a las víctimas de delitos.

VISA T: El estatus de no inmigrante T es un beneficio de inmigración temporal que permite que ciertas víctimas de una forma grave de trata de personas permanezcan en los Estados Unidos por un período inicial de hasta 4 años si han cumplido con cualquier solicitud razonable de asistencia de las fuerzas del orden en la detección, investigación o enjuiciamiento de la trata de personas o calificar para una exención o excepción. El estatus de no inmigrante T también está disponible para ciertos miembros de la familia de las víctimas de la trata que califican. Los no inmigrantes T son elegibles para autorización de empleo y ciertos beneficios y servicios federales y estatales y también pueden ajustar su estatus y convertirse en residentes permanentes legales.

REFUGIOS

La Coalición de Arkansas contra la Violencia Doméstica (ACADV) es una organización sin fines de lucro que ha prestado servicios en áreas rurales y urbanas de Arkansas desde su creación en 1981.

Para obtener una lista de los prestadores de servicios por violencia doméstica y una lista completa de los refugios en Arkansas por ciudad, visite: https://www.domesticpeace.com/shelters/ El sitio web incluye un mapa de ubicaciones de refugios albergues de emergencia en Arkansas y proporciona información de contacto detallada para cada organización.

ORDEN DE PROTECCIÓN

Una víctima de violencia doméstica puede solicitar una orden de protección yendo a la oficina del secretario del circuito de Pulaski para obtener los formularios para presentar una petición y una declaración jurada.

Muchos refugios para víctimas de violencia doméstica y algunas oficinas del condado también tienen defensores de víctimas que pueden ayudarlo a presentar su petición y declaración jurada. No hay ningún cargo por presentar una petición para una orden de protección.

Visite: https://www.arcourts.gov/ administration/domestic-violence-forms/, y busque Petición de orden de protección (español)

Si está en peligro inmediato, llame al 9-1-1.

Otros recursos externos de autoayuda para obtener una Orden de Protección: https://a.arlawhelp.org/protection-from-violenceabuse/protection-order https://www.domesticpeace.com/refugios https://wecanstopdv.org/servicios https://www.wcfarkansas.org/order-of-protection https://thesafeplacearkansas.com/resources/ order-of-protection

Para preguntas relativas al Registro de Delincuentes Sexuales de Arkansas, contacte ACIC en One Capitol Mall, 4D-200, Little Rock, AR 72201. (501) 682-2222

INDEMNIZACIONES A VÍCTIMAS DE CRÍMENES EN ARKANSAS

El Programa de Indemnizaciones a Víctimas de Crimen de Arkansas, administrado por el Departamento de Seguridad Pública proporciona compensación financiera a las víctimas que han sufrido lesiones personales o la muerte como resultado de un crimen violento.

Las víctimas elegibles pueden calificar para recibir hasta $10,000 para atención médica, asesoramiento, salarios perdidos, gastos funerarios, limpieza de la escena del crimen y pérdida de apoyo para dependientes de víctimas fallecidas.

Las víctimas que sufren lesiones catastróficas pueden calificar para hasta $25,000. Las víctimas elegibles pueden recibir indemnizaciones independientemente de si hubo un arresto o una condena relacionada con el delito.

Además, el programa de indemnización por agresión sexual permite que se recopile evidencia después de que se haya cometido una agresión sexual sin que la víctima cargue con el gasto, y paga por los servicios de ambulancia y los exámenes médicos o legales.

El Programa fue creado por la Asamblea General de Arkansas en 1987.

Las víctimas pueden solicitar una compensación enviando una solicitud a la oficina de indemnizaciones a Víctimas de Crimen de Arkansas. Las solicitudes están disponibles en la oficina o en uno de las oficinas de los 28 procuradores electos de Arkansas.

Estos programas están financiados en parte con las multas recaudadas de los delincuentes y una subvención federal a través de la Ley de Víctimas del Crimen, administrada por el Departamento de Justicia de los EE. UU.

La Oficina del Procurador General administra el Programa pero la Junta de Compensaciones para Víctimas (501-682-1020) decide cuáles reclamaciones aceptará y cuánto dinero se concederá.

Para obtener más información sobre el Programa de Indemnización a Víctimas de Crímenes Violentos en Arkansas, llame a la línea directa al (800) 448-3014, o visite el sitio web de la Oficina del Procurador General en: www.ArkansasAG.gov

LA TARJETA DE LAURA

La Tarjeta de Laura es una tarjeta de recursos para las agencias de aplicación de la ley, los proveedores de servicios y las víctimas que incluyen los derechos de las víctimas, las líneas de crisis, los contactos para los refugios y la aplicación de la ley, y otra información.

La oficina del Fiscal General ha proporcionado tarjetas a las oficinas de los 75 alguaciles de los condados y a los organismos encargados de hacer cumplir la ley en Arkansas.

DÓNDE CONSEGUIR AYUDA EN ARKANSAS LAS 24 HORAS

Emergencia llamando al 9-1-1 Coalición de Arkansas contra la Violencia Doméstica (ACADV) 800.269.4668, (501) 907.5612. 124 W. Capitol Ave. Suite 885. Little Rock Departamento de policía de Little Rock: LRPD’s Victim’s Service Unit (501) 371-4357. Departamento de policía de North Little Rock: Edna Ramírez, Defensora de víctimas (501) 812-2560. Servicios de protección para adultos 800-482-8049 Línea directa de abuso infantil 800-482-5964 Arkansas Crisis Intervención 888-274-7472 Línea Directa de Violencia Doméstica 800-799-7233 Crisis de violación del noroeste de Arkansas 800-794-4175 Agencia de Prevención y Recuperación de Abuso Sexual (SARPA) 800-794-4175 Línea directa en español (866) 751-5937 Mujeres y niños primero - (800) 332-4443 Coalición de Arkansas contra el Asalto Sexual – 800-656-4673 Abuso Infantil de la Policía del Estado de Arkansas – 800-482-5964 Coalición Nacional contra la Violencia Doméstica – 800-799-7233 Centro Nacional de Recursos para la Trata de Personas - (888) 373-7888

El sitio LaurasCard.ar.gov/ incluye números de línea directa de crisis, información de contacto de refugios de Arkansas, leyes de Arkansas relacionadas y numerosos recursos para víctimas de violencia doméstica y otros delitos violentos.

Visite: https://arkansasag.gov/resources/ domestic-violence/lauras-card/

Son elegibles para una indemnización: Víctima de un crimen violento, Hijo menor de víctima elegible, Cónyuge, padre, hermano y abuelo de la víctima elegible, Miembro de la familia no inmediata que residía en el mismo hogar que una víctima fallecida, Individuo que descubre el cuerpo de una víctima de homicidio, Persona lesionada por un acto de terrorismo fuera de los Estados Unidos, Un residente de Arkansas victimizado en otro estado que no tiene un programa de compensación. Abra la Solicitud de Compensación de Víctimas

del Crimen en: https://www.dps.arkansas.gov/wp-content/ uploads/2020/05/CVRB-Application.pdf y envíela al Departamento de Seguridad Pública de Arkansas, Junta de indemnizaciones a Víctimas de Crimen, #1 State Police Plaza Drive. Little Rock, Arkansas 72209 (501) 682-1020 Fax: (501) 682-5313

EQUIPOS DE RESPUESTA AL ABUSO DOMÉSTICO

Los equipos de Respuesta al Abuso Doméstico (D.A.R.T.) son multidisciplinarios y responden a llamadas del 911 por violencia doméstica, en cooperación de defensores de víctimas de violencia doméstica junto con oficiales de los Departamentos de Policía de Arkansas.

Cada unidad de DART es responsable de investigar y denunciar casos de abuso doméstico, acoso, violaciones de órdenes de protección, incidentes en los que el autor es un compañero / cónyuge actual o anterior y casos de abuso de ancianos.

Con el consentimiento de la víctima, cada equipo de D.A.R.T. conecta directamente a las víctimas de violencia doméstica con la red de proveedores de servicios que están dispuestos a ofrecer una serie de ayudas confidenciales de intervención y prevención de crisis para las víctimas y sus familiares.

Estos servicios incluyen: responder a llamadas de crisis; proporcionar información psicoeducativa sobre la violencia de pareja; vincular a las víctimas con los servicios de refugio disponibles y apropiados; llegar a educar a las comunidades; ayudar a los sobrevivientes a desarrollar planes de seguridad o solicitar una orden de restricción; asesoramiento; transportar a las víctimas y familiares a un lugar seguro; y otros servicios de apoyo según sea necesario dependiendo del caso.

El D.A.R.T. está diseñado como un enfoque multidisciplinario para llamadas de emergencia al 911 para reportar un crimen específico a violación o asalto sexual.

D.A.R.T. consta de un examinador de enfermería especialmente capacitado que ayuda con el examen de evidencia y en el apoyo médico, un oficial de policía capacitado que proporciona asistencia de emergencia y conduce una investigación, y un consejero defensor que acompaña al/la sobreviviente de asalto sexual a través de visitas al hospital y está allí para proporcionar apoyo emocional, referencias de recursos e información adicional para ayudar al sobreviviente en las secuelas del trauma sexual.

El programa D.A.R.T. provee servicios gratuitos a todas las víctimas de violencia doméstica, no importando su raza, etnia, religión, estatus socioeconómico, género, orientación sexual, origen nacional o estatus migratorio.

CRÍMENES DE ODIO

Un crimen de odio es cualquier delito cometido que es motivado por una orientación o un prejuicio respecto a la membresía de la víctima en un grupo específico, como raza, nacionalidad, orientación sexual, género o creencia religiosa.

Los crímenes de odio tienen como objetivo inducir miedo y causar daños psicológicos y/o físicos.

La ley Matthew Shepard, oficialmente Hate Crimes Prevention Act (Ley para la prevención de los delitos de odio) es una ley aprobada el 22 de octubre de 2009. Esta ley amplía la ley federal de delitos de odio de 1969 para incluir los crímenes motivados por el género, orientación sexual, identidad de género o discapacidad de las víctimas, sea real o supuesta.

Hay dos requisitos para demostrar que se cometió un crimen de odio: • Un crimen encubierto (asesinato, agresión, amenazas de violencia, incendio intencional o vandalismo); y • El crimen es cometido por razones de origen nacional, raza, religión, género, identidad de género, orientación sexual o discapacidad.

Si usted cree que es la víctima de un crimen de odio o cree que ha sido testigo de un crimen de este tipo, debe informarlo inmediatamente a la policía.

Al hablar con la policía sobre un crimen de odio, la víctima o testigo debe contar exactamente lo que se dijo o se hizo cuando se cometió el crimen: • ¿Cuáles fueron las palabras exactas dichas por el perpetrador o atacante (s)? • Si son insultos racistas o étnicos, en particular, ¿cuántas veces se dijeron? • ¿Cómo dijo los insultos el atacante—por ejemplo, él o ella los dijo gritando?

Si usted es víctima de un incidente de odio, comuníquese con una organización de derechos civiles como ADL, LULAC, UnidosUS, MALDEF o LatinoJustice, para obtener apoyo y asistencia para las víctimas. Algunas de estas organizaciones pueden ayudarle, en particular cuando el autor es un vecino o alguien conocido, o si se produce en-línea.

LULAC, LEAGUE OF UNITED LATIN AMERICAN

CITIZENS. National Office, 1133 19th Street, NW, Suite 1000 Washington, DC 20036. (202) 833-6130, https://lulac.org/ UNIDOSUS, 1126 16th St. NW Suite 600 Washington, DC 20036-4845, 202-785-1670, info@unidosus.org. MALDEF, Mexican American Legal Defense and Educational Fund, (213) 629-2512, info@MALDEF.org, LATINOJUSTICE, https://www.latinojustice.org/ ADL, Anti-Defamation League, 605 Third Avenue New York, NY 10158-3650 (212) 885-770. www.adl. org/contact n

ASALTO SEXUAL

La violencia sexual (SV) se refiere a la actividad sexual cuando el consentimiento no se obtiene o no se da libremente. SV impacta a todas las comunidades y afecta a personas de todos los géneros, orientaciones sexuales y edades.

Cualquiera puede experimentar SV, pero la mayoría de las víctimas son mujeres.

SV afecta a millones de personas cada año. Es probable que las cifras oficiales se subestimen porque muchos casos no se informan. Las víctimas pueden estar avergonzadas, o temerosas de contarle a la policía, amigos o familiares sobre la violencia sufrida.

Si está en peligro inmediato, llame al 911.

Para apoyo 24/7 o información sobre violencia doméstica, llame a la Línea Directa Nacional de Violencia Doméstica: 1-800-799-7233 o por chat en línea en: www. thehotline.org,

VER LISTA ANTERIOR “DÓNDE CONSEGUIR AYUDA”

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