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Y TRIBUNALES

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7. SALUD

7. SALUD

Agencias de ley y órden autoridades policiales y la migra ( ICE )

CUANDO LO PARA LA POLICÍA DE TRÁFICO

Aunque ver a una patrulla policial con las luces azules encendidas puede dar miedo, lo más importante es mantener la calma dentro del auto y esperar que el oficial se acerque, con las manos a la vista sobre el volante, para que le deje saber por qué lo está deteniendo.

Aquí algunos consejos que podrían ayudar a que solo le den una multa o simplemente una advertencia luego que vea las luces azules de la patrulla policial. 1. ¡Use las luces direccionales! Poco a poco disminuye la velocidad mientras se estaciona a la derecha. No se asuste ni realice movimientos bruscos que podrían ocasionar un accidente.

Usar las luces direccionales no solo alerta a otros conductores, sino que también le deja saber al oficial que usted está respondiendo a sus luces y sirena, lo que podría reducir el nivel de tensión.

2. Estaciónese lo más lejos posible del tráfico.

Luego coloque el freno de mano o el parkimg y encienda las luces intermitentes de emergencia mientras espera que el oficial se acerque.

3. Permanezca dentro del auto y mantenga

las manos a la vista. Si está obscuro, entonces encienda la luz interna del vehículo. No busque cosas en la guantera o debajo del asiento mientras el oficial se acerca, quien puede suponer que está buscando algo como un arma, una acción que pueda ponerlo en peligro. 4. Sea cortés. Tenga siempre a la mano el registro del auto y la tarjeta del seguro. 5. Conozca sus derechos. No tiene que responder preguntas si las respuestas pudieran incriminarlo, ni tampoco tiene que permitir que revisen la guantera o la maletera cerrada del auto. Sin embargo, los oficiales de policía sí tienen derecho a incautar pruebas de conducta criminal que se encuentren a la vista (drogas, alcohol, armas), que pueden justificar a una inspección más definida o hasta a la confiscación del vehículo.

ESTADOS QUE OFRECEN LICENCIAS DE CONDUCIR A INDOCUMENTADOS

Son 17 estados y el distrito de Columbia los que actualmente otorgan licencias de manejo a indocumentados.

En algunos, no se entrega la licencia como tal, sino una tarjeta de autorización de manejo, la cual se conoce como DAC.

Estos estados (California, Carolina del Norte, Colorado, Connecticut, Delaware, Hawái, Illinois, Maryland, Nevada, Nueva Jersey, Nuevo México, Nueva York, Oregón, Utah, Vermont, Virginia, Washington y Washington D.C.) emiten una licencia si el solicitante proporciona cierta documentación, como un certificado de nacimiento extranjero, pasaporte extranjero o tarjeta consular y evidencia de residencia actual en el estado.

Los Estados emiten licencias de conducir bajo la autoridad constitucional de la 10ª Enmienda. Por otra parte, el Congreso promulgó la ley Real ID en 2005, creando estándares para las licencias de conducir emitidas por el estado, incluida la evidencia del estado legal.

LICENCIA DE CONDUCIR EN ARKANSAS

La licencia de conducir de Arkansas Clase D es el tipo habitual de licencia de conducir que permite conducir vehículos no comerciales. Edad mínima 14 años restringida y 16 años sin restricción.

La Policía Estatal de Arkansas maneja todos los permisos de conducir y la emisión de licencias de Arkansas.

Para solicitar su licencia de conducir de clase D, debe aprobar un examen de conocimiento del reglamento de tránsito, de visión y de manejo.

Debe renovar su licencia en persona en su oficina local de ingresos de DFA (https://www.dfa. arkansas.gov/).

Si se convierte en residente de Arkansas, debe obtener una licencia de conducir de Arkansas dentro de los próximos 30 días de su llegada. Si permanece como no-residente pero en Arkansas durante 6 meses, también debe obtener una licencia de conducir de Arkansas.

Para obtener su licencia también debe:

Pagar primero por las multas de tránsito que tiene sin pagar o las multas de tránsito. Pasar un examen de la vista nuevamente si es necesario. Pasar una prueba de conocimiento por escrito si su licencia expiró hace más de 31 días. Pagar una tarifa de renovación de $40 con tarjeta de crédito (Visa, MasterCard o Discover) con tarifa adicional de $2, efectivo o cheque pagadero al

Departamento de Finanzas y Administración.

Es fácil intercambiar su licencia válida de otro estado por una de Arkansas. No tiene que realizar ninguna prueba si su licencia está vigente o expiró hace menos de 31 días. Sin embargo, si caducó por más de 31 días o si no tiene la licencia para cambiar, deberá realizar los exámenes escritos y de la vista.

El procedimiento para transferir su licencia extranjera es similar al de solicitar una nueva licencia de conducir de Arkansas.

Sin embargo, si posee una licencia de conducir válida (o expiró hace menos de 31 días) de Manitoba Canadá, Alemania, Francia, Taiwán y Corea del Sur, puede transferir su licencia sin realizar ninguna prueba. El procedimiento es similar a transferir su licencia de otro estado.

Arkansas participa en la iniciativa nacional federal para mejorar la seguridad de las licencias de conducir y tarjetas de identificación emitidas por el estado, lo que ayudará a combatir el terrorismo y reducir el fraude de identidad. El 3 de mayo de 2023, cualquier persona que aborde un vuelo nacional o ingrese a un edificio federal necesitará una licencia de conducir (DL) o tarjeta de identificación (ID) REAL ID o deberá proporcionar una identificación regular y otras formas de identificación aceptadas.

SEGURO DE VEHÍCULO

Los seguros de vehículos, principalmente deben cubrir Responsabilidad Civil a Terceros, tanto en lesiones corporales como daños materiales a los bienes de otras personas no relacionadas con el vehículo.

Esta protección es OBLIGATORIA por Ley. Hay numerosas opciones de coberturas.

Protegen también por pagos médicos, especialmente en Estados donde no importa quién sea el responsable, ya que esta cobertura protege al conductor y a sus acompañantes en caso de cualquier accidente. Es obligatoria también en varios estados.

Adicionalmente están las coberturas de Colisión y Cobertura Extensiva, que protegen al vehículo contra daños materiales y robo. Estos no son obligatorios, pero sí necesarios para una mayor protección ante los riesgos más comunes. También son un requisito de las agencias de autos mientras el vehículo esté siendo pagado a crédito.

Entre otras coberturas están las por los daños causados por fenómenos naturales como tormentas, caída de árboles, aviones y otros objetos, además de actos intencionales como el robo o vandalismo. Además, protege por la colisión contra animales.

Existen además muchas otras coberturas para cada necesidad, además de servicios de auxilios en ruta, incluidos en diversas pólizas.

Es necesario y muy importante saber qué es lo que cubre su póliza. Se recomienda revisar con la compañía aseguradora para saber qué es lo que protege la póliza.

Y por supuesto hay que hacerlo antes de ocurrir un siniestro. Después del accidente no se le pueden hacer cambios a la póliza ni modificar las coberturas.

El mayor determinante de la prima que se va a pagar por el seguro, son los conductores, su edad, accidentes anteriores, y la experiencia de manejo.

Todos los conductores y todos los vehículos en la póliza están asegurados indiferentemente quien maneje cual vehículo. Es muy importante agregar a la póliza a todas las personas con licencia que vivan en la casa, indiferentemente que sean los operadores principales de algún vehículo o no. n © PANUMAS - STOCK.ADOBE.COM

Una licencia de manejar REAL ID de Arkansas de 8 años cuesta $40. Es posible que se agreguen tarifas de prueba y tarifas de transferencia adicionales. https://appengine.egov.com/apps/ar/dfa/realid

Para más información visite: https://driving-tests. org/arkansas/drivers-license-guide/

TODOS LOS INDIVIDUOS TIENEN DERECHOS LEGALES

La Constitución de los Estados Unidos garantiza ciertos derechos a cada persona viviendo en el país, ya sea inmigrante o ciudadano nacido en el país, documentado o indocumentado. Hoy más que nunca, es importante conocer y afirmar sus derechos.

Los derechos constitucionales relacionados con el debido proceso, el asesoramiento legal, y la aplicación del sistema judicial, etc., se aplican tanto a los inmigrantes como a los ciudadanos.

A lo largo de la historia de los Estados Unidos, esta nación ha dado la bienvenida a millones de personas provenientes de muchos paises. Las aportaciones de los inmigrantes han ayudado a formar y distinguir esta nación desde su fundación y hasta hoy en día.

Día a día numerosas personas alrededor del mundo toman la difícil decisión de abandonar sus países de origen por diversas razones: guerra, persecución, desastres naturales, pobreza extrema, corrupción e impunidad, o violaciones a los derechos humanos.

Cualquiera que sea la razón, lo importante es considerar que todos los individuos cuentan con derechos humanos básicos, los cuales desde siempre han sido reconocidos en este país.

Todo individuo que vive en esta nación sin importar su Estatus Migratorio tiene derechos y responsabilidades.

DERECHOS DE TODO INDIVIDUO CON O SIN PAPELES

1. Derecho a expresarse libremente. 2. Derecho a profesar su religión. 3. Derecho a tener un juicio rápido y justo y a un jurado. 4. Derecho a la vida, libertad, y búsqueda de la felicidad.

RESPONSABILIDADES DE TODO INDIVIDUO

1. Defender y respetar la Constitución de los

Estados Unidos. 2. Estar informado de los hechos que afectan sus comunidades. 3. Respetar y obedecer las leyes federales, estatales y locales. 4. Respetar los derechos, creencias, y opiniones de los demás individuos. 5. Participar en la comunidad local. 6. Pagar tanto los impuestos, como otras cuotas federales, estatales, y locales de manera honesta y puntual. 7. Defender el país si se requiere.

DERECHOS ANTE LA MIGRA

Todo individuo también tiene derechos constitucionales cuando un oficial de inmigración lo está interrogando: • NO ABRA LA PUERTA si un agente del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE), está tocando la puerta. Usted puede hablar con el oficial sin tener que abrir su puerta. Vea por su ventana o mirilla y pida que se identifiquen mostrando la placa oficial, sin que usted abra la puerta. No tienen el derecho de entrar a su casa sin que usted los invite o si tienen una autorización firmada por un juez. Les puede pedir que le enseñen la orden del juez por la ventana o que se la pasen por debajo de la puerta. Para verificar la validez de la orden, asegúrese que tenga su nombre y dirección correcta.

• NO CONTESTE NINGUNA PREGUNTA de un agente de inmigración si el trata de hablar con usted. Usted tiene el derecho de mantenerse callado. No tiene que responder a ninguna pregunta o dar ninguna información sobre dónde nació o como entró a los Estados Unidos. Cualquier cosa que usted le diga a los oficiales federales de inmigración, se puede utilizar en su contra— así que tenga en cuenta que puede ejercer sus derechos de la 5ª Enmienda. (Los principios establecidos en la 5ª enmienda de la Constitución son fundamentales para toda persona acusada de cometer un delito. Aunque son varias las disposiciones, los elementos que protegen a una persona acusada de cometer un delito son 4: el derecho contra la auto-incriminación forzada; el derecho a un gran jurado; el derecho a no ser juzgado dos veces por el mismo delito (excepción de cosa juzgada) y el derecho al debido proceso).

• NO FIRME NADA sin antes hablar con un abogado. El lenguaje usado en documentos legales puede ser confuso o difícil de entender — así que no firme nada si no está seguro de lo que significa. Si está siendo cuestionado por un agente de inmigración, simplemente pida hablar con un abogado. Si todavía le siguen haciendo preguntas, REPITA que quiere hablar con un abogado. Usted puede tener un abogado junto con usted si un agente de ICE u otro oficial de la ley, empieza a hacerle preguntas. Si es arrestado por un crimen, tiene el derecho a un abogado — y debería de pedir por uno inmediatamente.

• DEFIÉNDASE Si es detenido por ICE, tiene el derecho de hablar con un abogado. Si usted está afuera de su casa, pregunte al agente si es libre para irse y si dice que sí, váyase con tranquilidad. Si es posible, tome fotos y/o video y/o grabe la conversación con oficiales de inmigración. Trate de tomar nota de todos los nombres, número de placa, el tiempo y lugar del incidente, y lo que exactamente ocurrió. Usted puede usar esta información para defenderse en la corte. Usted podría ser elegible para salir bajo fianza y hay bastantes formas de alivio migratorio de las que le puede informar su abogado.

• INFORME AL AGENTE PASÁNDOLE LA TARJETA

DE DERECHOS (Ver más abajo): Si usted está dentro de su casa, muestre la tarjeta por la ventana o pásela por debajo de la puerta. • COMUNÍQUESE CON SU CONSULADO. Los extranjeros arrestados tienen derecho a llamar al consulado de su país o a solicitar al agente de deportación que notifique de su arresto al consulado. El cónsul de su país le puede ayudar a encontrar un abogado o le puede ofrecer contactar a su familia. Siempre lleve consigo los números de teléfonos de contacto.

• SOLICITE UNA FIANZA. Una vez que la Migra lo tiene en su custodia, solicite una fianza (aunque le digan que usted no es elegible). Para obtenerla debe demostrar que no usted constituye un riesgo de fuga ni un peligro para la comunidad. Solicite además una copia del “Aviso de comparecencia”. Este es un documento en que se indican los cargos formulados en su contra por inmigración.

• PIDA AYUDA A SU ABOGADO PARA QUE LA POLICÍA LO DEJE EN LIBERTAD: Si la policía local lo arresta, deben presentar los cargos ante un tribunal antes de pasadas las 48 horas (sin contar el fin de semana ni días festivos), de lo contrario se le tiene que dejar en libertad. La policía puede contactarse con los agentes de inmigración para determinar su situación migratoria. Por ejemplo, si usted tiene una

MANEJANDO EBRIO O INTOXICADO

La ley de Arkansas no es demasiado amable para los que conduren conducir bajo la influencia de alcohol y/o cualquier otra sustancia intoxicante, conocido por la sigla DUI y considerado como delito grave en Arkansas

El razonamiento es que los conductores deben a sus pasajeros (y a otros usuarios de la carretera) una obligación de cuidado. Sus pasajeros confían en usted para que tenga cuidado en la carretera y otros conductores que confían en que usted cumpla con las reglas de tránsito para evitar accidentes.

El castigo para los conductores declarados culpables de un DUI puede ser bastante grave. La infracción más leve puede atraer castigos de 24 horas a 1 año de prisión, mientras que las infracciones más graves conllevan un castigo mayor.

Hay dos cosas en las que se enfoca la ley de DUI de Arkansas: la primera es conducir y la segunda es la intoxicación.

Conducir, en lo que respecta a la ley, se relaciona con la operación o el control físico sobre un vehículo. Un vehículo puede incluir vehículos todo terreno (ATV) o incluso una lancha a motor.

La operación física del vehículo significa que usted es el que maneja. Aunque, incluso si usted no es el que está al volante, la ley aún puede verlo como "conduciendo" si se considera que tiene "control físico real" del vehículo. Eso simplemente significa que tiene el poder de dirigir hacia dónde va el vehículo y lo que ocasiona.

La intoxicación, según la ley, significa que tiene un nivel de concentración de alcohol en sangre (BAC) más alto que el límite legal o que su reacción y habilidades motoras se ven sustancialmente afectadas debido al consumo de alcohol o una sustancia controlada.

Según la ley, usted tiene un DUI si conduce un vehículo con un BAC de .08% o más. Ni siquiera importará que usted no estuviera manejando físicamente el vehículo usted mismo.

Para conductores comerciales y personas menores de 21 años, el límite es aún más exigente.

Los conductores de vehículos comerciales están legalmente borrachos cuando su nivel de alcohol en sangre es .04% o más. Según la ley de Arkansas, un conductor de autobús escolar es un conductor comercial.

La ley de Arkansas no está realmente preocupada acerca de si su manejo realmente se vio afectado en ese momento. No importa que no estuvieras zigzagueando todo el camino. Si el BAC llega a más de .08% (o incluso menos para un conductor comercial o una persona menor de 21 años), aún se le puede dar un DUI.

Según la ley de Arkansas, un DUI puede ser un delito grave o un delito menor, dependiendo de las circunstancias bajo las cuales se cometió el delito.

Un delito menor generalmente se considera una categoría menos grave. Una persona acusada de un delito menor generalmente estaría expuesta a un castigo más bajo.

Los delitos graves, por otro lado, reciben castigos bastante más serios.

En general, su primer DUI será un delito menor, pero si vuelve a cometer otro en ciertas circunstancias, puede verse rápidamente culpado con un cargo por delito grave de DUI. n

orden de deportación pendiente, la policía puede informar a Inmigración que usted se encuentra bajo custodia policial. Después, Inmigración puede solicitar una orden de detención (detainer) que les da 48 horas más para ir a buscarlo.

Si ICE no lo va a buscar dentro de este plazo, la policía tiene la OBLIGACIÓN de dejarlo en libertad.

SI ES DETENIDO POR LA MIGRA

Los inmigrantes arrestados o detenidos por Inmigración tienen ciertos derechos. Sin embargo, estos derechos cambian si son arrestados o detenidos en la frontera o en un aeropuerto. En estos casos, los inmigrantes podrian tener menos derechos.

Usted probablemente tiene más derechos si es arrestado por Inmigración en el trabajo, en la calle, después de cometer una infracción de tránsito, o en su casa. Si es arrestado y detenido, es importante que mantenga la calma y que haga valer sus derechos: • A permanecer callado. • Pedir hablar con un abogado y notificar a su consulado. • No firme nada. Puede ser que, al firmar, usted ceda su derecho de tener un abogado o de aparecer delante de un juez. • Apunte el nombre y número de teléfono del fiscal de deportación quien es asignado as su caso. • No acepte “salida voluntaria” (o sea que, usted no debe acceder a salir voluntariamente) sin hablar primero con un abogado. Firmar un acuerdo de salida voluntaria significa que usted no tendrá una audiencia, tendrá que salir de los Estados

Unidos, y puede ser que nunca le permitirán regresar o lograr la legalización de su estado migratorio. • No firme ordenes de deportación estipulada sin primero hablar con un abogado. Firmar una orden estipulada significa que usted rinde sus derechos a tener una audiencia frente a un juez de inmigración y sirve come una orden de deportación otorgado por un juez. • No asuma que los agentes de Inmigración o el juez le explicarán sus opciones, o que le darán la información correcta. Espere a hablar con un abogado antes de decir o hacer cualquier cosa. - Usted tiene el derecho a un abogado, pero el gobierno no pagará ni proveerá ese abogado.

Usted deberá de contratar o encontrar a alguien que le represente. • Si usted es llevado ante un juez antes de que pueda obtener un consejo legal, debe pedirle al juez más tiempo para encontrar un abogado. • Usted tiene el derecho de llamar a su consulado.

Su Cónsul también podrá ayudarle contratar a un abogado.

En la mayoría de los casos, ICE debe decidir dentro de las primeras 48 horas si se continúa o no con el procedimiento de inmigración (delante de un juez), y puede que sea (o no) mantenido bajo custodia o puesto en libertad bajo fianza.

Después de 72 horas, ICE debe darle un aviso de audiencia. Este aviso le da información sobre la fecha de su audiencia frente a un juez de Inmigración.

En la mayoría de los casos, usted tiene el derecho de pedir que le pongan en libertad pagando una fianza, o de pedir una audiencia ante un juez para fijar una fianza.

Sin embargo, si el juez piensa que usted no va a presentarse para su audiencia o que es un peligro para otros, emitirá una orden para que continúe detenido en la cárcel.

Si usted teme regresar a su país de origen por miedo a ser abusado, atacado, o muerto, dígaselo a su fiscal de deportación y al tribunal de inmigración inmediatamente. Usted podría someter una solicitud de asilo u otro remedio.

Si usted tiene antecedentes penales, es sumamente importante que se comunique con un abogado con experiencia. Si usted tiene algún antecedente penal, obtenga una copia de su expediente del tribunal criminal.

Si no se le permite una audiencia frente un juez de Inmigración, pregunte por qué y avise a su abogado inmediatamente.

Los inmigrantes arrestados o detenidos por Inmigración tienen ciertos derechos. Sin embargo, estos derechos cambian si son arrestados o detenidos en la frontera o en un aeropuerto. En estos casos, los inmigrantes podrian tener menos derechos.

ANULAN LA POLÍTICA “PERMANECER EN MÉXICO”

La Corte Suprema de Estados Unidos dictaminó el jueves 28 de julio que el gobierno de Joe Biden no violó la ley federal, cuando puso fin a una política de inmigración de la era Trump que requiere que la mayoría de los solicitantes de asilo esperen en México para sus audiencias de inmigración.

El Protocolo de Protección al Migrante (MPP), también conocido como “Permanecer en México”, requiere que la mayoría de los solicitantes de asilo esperen en México hasta que sus audiencias en los tribunales de inmigración estadounidenses, se lleven a cabo.

La política ha obligado a más de 70,000 migrantes a regresar a las ciudades fronterizas mexicanas, que, según los defensores de los derechos de los inmigrantes, están lidiando continuamente con altas tasas de violenta delincuencia.

Incluso con el MPP en vigencia, el número de migrantes hallados por la Patrulla Fronteriza en la frontera sur subió a niveles casi récord. En mayo 2022 se produjeron unos 239,400 encuentros entre agentes federales y migrantes en la frontera, lo que supone un aumento del 2% respecto a abril, según datos de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP).

Texas sigue registrando el mayor número de aprehensiones, especialmente en el Valle del Río Grande, donde se han producido más de 333,000 encuentros desde el inicio del año fiscal del gobierno en octubre 2021-22, según las estadísticas de la CBP. Le sigue el sector de Del Río, donde ha habido más de 280,600 en el mismo periodo de tiempo.

La sentencia también marca la segunda vez en julio, que el alto tribunal falla en contra de los estados republicanos en materia de inmigración. A principios de julio, el tribunal desestimó un intento de varios estados, entre ellos Arizona y Texas, de defender una norma de inmigración de la era Trump que pretendía negar la residencia legal a ciertos inmigrantes que usaran beneficios públicos.

El programa será desmantelado de una “forma rápida y ordenada”, dijo el Departamento de Seguridad Nacional (DSN). Ninguna nueva persona será enrolada y quienes asistan a una audiencia migratoria en EE.UU., tampoco serán regresados a México.

La política “tenía fallas endémicas, imponía costos humanos injustificables y desviaba recursos y personal de otros esfuerzos prioritarios” para asegurar la frontera, dijo el DSN.

El MPP fue una pieza central de la protección fronteriza de Trump, pero los críticos denunciaron que era inhumana porque exponía a los migrantes a una violencia extrema en México y les dificultaba el acceso a los abogados de inmigración.

Aún quedan muchas preguntas, como si las solicitudes de asilo que fueron negadas o descartadas tendrán una segunda oportunidad para ser consideradas o si quienes tienen su próxima audiencia dentro de varios meses podrán regresar antes a EE.UU..

TARJETA DE “EXPEDIENTE SEGURO” PERMITIRÁ IDENTIFICAR A INDOCUMENTADOS

El gobierno del presidente Joe Biden prepara una nueva tarjeta de identificación para inmigrantes, conocida como "Tarjeta de expediente seguro" o SDC (Secure Docket Card), en razón de la gran cantidad de migrantes que están llegando a la frontera sur.

El Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) planea poner a prueba la tarjeta para fin del 2022.

La SDC permitirá la identificación de migrantes para ser utilizada como un instrumento único para acceder a los archivos de inmigración, además de facilitar la rendición de cuentas en el proceso de inmigración.

La tarjeta tiene datos de la persona como nombre, nacionalidad, foto y un código QR que dirigirá a un portal en la que se puede consultar la información relevante del titular. En ese portal las personas podrán actualizar su información y comunicarse con las autoridades federales mientras atraviesan el proceso de migración.

Con el aumento de migrantes a la frontera que llegan buscando asilo, muchos usualmente quedan indocumentados cuando se quedan en el país, como para la espera de que sus casos se resuelvan en la corte.

Miles de migrantes indocumentados viven en Estados Unidos y no tienen acceso a un documento oficial, ya sea un pasaporte o certificado de nacimiento, lo que les dificulta su vida diaria y muchos no pueden abrir cuentas bancarias, obtener asistencia en salud, inscribir a sus hijos en escuelas o pedir prestado un libro en la biblioteca.

Pero con este documento SDC, el gobierno espera identificarlos, haciendo más fácil el acceso a vivienda,

salud, transporte y otros beneficios.

La tarjeta se entregará a migrantes que no tengan documentos al momento de llegar a Estados Unidos y también a quienes estén inscritos en "alternativas a la detención" o ATD.

Actualmente ICE está monitoreando a más de 300.000 migrantes en ATD, que puede incluir monitores de tobillo con GPS, teléfonos o una aplicación conocida como SmartLINK.

La SDC es parte de un esfuerzo del presidente Biden para agilizar los procesos de migración que a menudo han llevado a la confusión entre los inmigrantes que están en proceso de deportación.

Se espera que eventualmente la SDC sea aceptada por la Administración de Seguridad del Transporte para viajar en aeropuertos del país,

La SDC podría ser usada como identificación, pero no es válida como documento para votar, pues solamente los ciudadanos estadounidenses pueden votar.

TENGA LISTO UN PLAN DE EMERGENCIAS

Es importante que siempre tenga un plan de emergencia para estar preparado para cualquier situación que involucre un accidente o un arresto.

Considere tomar los siguientes pasos: • Memorizar los números de teléfono importantes en caso de que usted o un ser querido sean detenidos. En caso de una emergencia, debe memorizar los números de teléfono de sus padres, amigos, familiares, consulado y su ABOGADO. • Para un caso de una emergencia, identifique a una

persona de confianza para tomar responsabilidad de sus hijos. Ponga a esa persona como contacto de emergencia en la escuela de su hijo. • Si usted es responsable de cuidar a niños o personas mayores de edad, trate de tener cuidadores alternativos en caso que sea detenido. • Trate de tener documentos legales importantes — incluyendo documentos de inmigración y partidas de nacimientos — en un lugar seguro y accesible para su familia en caso de emergencia. ï ï Lleve anotados consigo los datos de contacto de su abogado de inmigración y de su consulado.

LOCALIZADOR DE INMIGRANTES DETENIDOS, POR INTERNET

Dígale a sus parientes y amigos que lo pueden

SISTEMA JUDICIAL DE ESTADOS UNIDOS

Estados Unidos tiene dos sistemas judiciales separados: el sistema judicial federal y el sistema judicial estatal.

La Constitución de Estados Unidos autorizó al Congreso a crear un sistema judicial federal al que se le permite ver casos de los residentes de los diferentes estados y también casos que “surgen” de la Constitución o la ley federal. Toda ley o norma aprobada por el Congreso se considera una “ley federal” y rige en todo el país por encima de otros tribunales estatales o locales.

Aparte del sistema judicial federal, cada estado tiene su propio sistema judicial para decidir sobre los casos que conciernen a los residentes del estado y las leyes estatales.

Cada sistema judicial estatal tiene una organización distinta, pero la mayoría tiene muchos tribunales de primera instancia, autorizados para ver todo tipo de casos y luego un tribunal superior, cuyos dictámenes rigen para los otros tribunales en cuestiones de ley estatal.

SISTEMA JUDICIAL FEDERAL

Los TRIBUNALES DISTRITALES federales son tribunales de primera instancia del sistema federal. Estos tribunales distritales tienen jurisdicción para ver casi todas las categorías de casos federales, incluyendo asuntos civiles y también penales.

Los TRIBUNALES DE APELACIÓN federales distribuidos en el país, los 12 tribunales ven los casos de los 94 distritos federales. Un tribunal de apelación no lleva a cabo juicios, sino más bien revisa los dictámenes de los tribunales distritales. El tribunal de apelación puede ordenar nuevos juicios a nivel de un tribunal inferior si encuentra problemas con el juicio de uno de éstos. El tribunal de apelación recibe las apelaciones de todos los tribunales distritales ubicados dentro de su circuito, así como también recibe apelaciones de las decisiones de agencias administrativas federales.

Los casos de apelación los ven generalmente un panel de 3 jueces, y el voto mayoritario decide el caso.

Cada circuito tiene un número distinto de jueces, que depende del número de casos sobre los que se les pide que decidan cada año.

Cada juez de un tribunal de apelación federal es nombrado de por vida por el presidente de Estados Unidos. Sin embargo, antes de convertirse en juez, cada nominado del presidente debe ser confirmado por una mayoría de senadores, según lo exige la Constitución.

La CORTE SUPREMA es el tribunal de mayor instancia en Estados Unidos está conformada por el Juez Presidente y 8 jueces asociados. Luego de que un Tribunal de Apelación da su opinión, una de las partes del caso puede recurrir a la Corte Suprema para pedirle que revise la decisión de tal tribunal de apelación.

La Corte Suprema, a discreción propia, decide ver un número limitado de casos por año judicial. Los casos tienen que ver generalmente con cuestiones importantes sobre la Constitución o la ley federal.

Todos los otros tribunales federales deben acatar las decisiones de la Corte Suprema, y esto incluye a los tribunales de apelación y los tribunales distritales.

©VICTOR MOUSSA - STOCK.ADOBE.COM

JURADOS

Una de las maneras más importantes en que un ciudadano puede participar en el proceso judicial federal, es prestar servicio como miembro de un jurado, cuando seleccionado para hacerlo.

Hay dos tipos de jurados que cumplen funciones distintivas: los jurados en un juicio oral y público (también denominados petit juries) y los jurados de acusación o indagatorios (grand jury).

Normalmente el jurado de un juicio en materia civil consiste de 6 a 12 personas. En una causa civil, el jurado escucha las pruebas presentadas durante el proceso y decide si el demandado causó daños al demandante, o si hubo incumplimiento del desagravio ordenado judicialmente y determinar cuál debe ser la compensación o sanción.

El jurado de una causa penal consiste de 12 miembros y decide si el acusado cometió el delito que se le imputa.

Tanto en las causas penales como las civiles, los veredictos deben ser unánimes, aunque las partes de una causa civil podrían aceptar un veredicto sin unanimidad. Las deliberaciones de los miembros del jurado se llevan a cabo en privado, fuera de la vista y oídos de personas ajenas al jurado.

Al jurado de acusación o indagatorio o “grand jury”, que normalmente consiste de 16 a 23 miembros, le corresponde una labor especializada. El Procurador Federal presenta pruebas ante el jurado de acusación o indagatorio para que determine si existen "motivos fundados" de que un individuo ha cometido un crimen y deberá ser procesado. Los abogados del acusado pueden estar presentes, pero no pueden intervenir.

Si el jurado acusatorio decide que hay suficientes indicios, expedirá una imputación formal contra el acusado. Las actuaciones y fallos del jurado acusatorio, no son del dominio público. n

buscar si es detenido por el sistema localizador de detenidos de ICE: Sistema Automatizado: (800) 898-7180, https://locator.ice.gov/odls/#/index/

El Localizador de Detenidos no busca los datos de las personas menores de 18 años.

Si usted sabe el Número de Extranjero (A-Number) del detenido, este número debe contener exactamente 9 dígitos. Por favor agréguele ceros al principio del A-Number, si el número contiene menos de 9 dígitos.

Al hacer la búsqueda por Información Biográfica, se requiere el nombre y apellido del detenido y tienen que corresponder EXACTAMENTE con el nombre y apellido que usted entró (por ejemplo, Juan Pérez no va a encontrar a Juana Pérez o Juan Pérez González). También se requiere seleccionar el país de nacimiento del detenido. Es opcional entrar la fecha de nacimiento del detenido para limitar la búsqueda. Note que todo ingreso de dato equivocado o faltante NO aportará resultados exactos.

TRIBUNALES ESTATALES DE ARKANSAS

CORTE SUPREMA

La Corte Suprema de Arkansas es la corte más alta en el estado y consiste en un presidente y 6 jueces asociados, y en ocasiones se recurre a jueces especiales en ausencia de un juez regular. Los jueces son elegidos en una votación popular no partidista por períodos de 8 años que se escalonan para que sea poco probable que toda la corte sea reemplazada en una sola elección. Justice Building, 625 Marshall Street, Little Rock, AR 72201. 501-682-9400. https:// www.arcourts.gov/directories/supreme-court

TRIBUNAL DE APELACIONES

El Tribunal de Apelaciones de Arkansas es el tribunal de apelación intermedio de Arkansas. El tribunal fue establecido por la Enmienda 58 a la Constitución de Arkansas en 1978. Está compuesto por 12 jueces que son elegidos en elecciones no partidistas de siete distritos del tribunal de apelaciones para servir términos renovables de 8 años. Estos tribunales conocen de asuntos relativos a jurisdicción penal y civil. https://www.arcourts.gov/directories/ court-of-appeals

TRIBUNALES DEL CIRCUITO

Hay 23 circuitos judiciales, sin embargo, 5 circuitos están divididos, lo que resulta en 28 circuitos judiciales. Cada uno tiene 5 divisiones: penal, civil, legalización, relaciones domésticas y juvenil. Cada circuito cubre al menos uno de los 75 condados de Arkansas.

Los jueces de circuito cumplen períodos de 6 años y deben ser abogados con licencia para ejercer la abogacía en Arkansas durante 6 años antes de asumir el cargo. jurisdicción puede ser de toda la ciudad, de todo el condado, o puede combinar más de un condado en un distrito judicial.

Estos tribunales tienen jurisdicción sobre las infracciones de tránsito, los delitos menores, las infracciones de la ley estatal y las ordenanzas locales, los asuntos preliminares de delitos graves y los asuntos civiles relacionados con contratos, daños a la propiedad personal y recuperación de la propiedad personal cuando el monto en controversia no exceda los $25,000.00.

A partir del 1 de julio de 2019, se han establecido 32 Distritos Judiciales del Tribunal de Distrito de Arkansas, que cubren 54 condados. Estos tribunales de distrito estatales cuentan con 55 jueces de tribunales de distrito estatales de tiempo completo. Se crearán tribunales de distrito estatales adicionales en 2021 y 2025.

La división de Reclamos Menores (Small Claims) ofrece un foro para que los ciudadanos se representen a sí mismos en asuntos relacionados con contratos, daños a bienes personales y recuperación de bienes personales donde el monto en controversia no exceda los $5,000. Estos casos se tratan de manera informal con reglas de evidencia relajadas.

2. TRIBUNALES DE DISTRITO LOCALES

Los tribunales de distrito locales son atendidos por jueces a tiempo parcial que también pueden participar en la práctica del derecho. Su jurisdicción puede ser en toda la ciudad o en todo el condado.

Estos tribunales tienen jurisdicción sobre infracciones de tránsito, delitos menores, violaciones de la ley estatal y ordenanzas locales, asuntos de delitos preliminares y asuntos civiles relacionados con contratos, daños a bienes personales y recuperación de bienes personales donde el monto en controversia no exceda los $5,000. Hay 35 condados con tribunales de distrito locales y atendidos por 37 jueces de tiempo parcial.

Cuando usted es el sospechoso de un crimen, la policía no puede simplemente llevarlo preso. Se debe seguir un proceso de investigación, recolección de evidencias, determinación de causa probable para seguir adelante, y llevar al arresto de los imputados.

TRIBUNALES DE DISTRITO

(anteriormente Tribunales Municipales)

Los tribunales de distrito son los tribunales de jurisdicción limitada. Hay dos tipos de tribunales de distrito: tribunales de distrito estatales y tribunales de distrito locales.

1.TRIBUNALES DE DISTRITO ESTATALES

Son atendidos por jueces de tiempo completo. Su

TRIBUNALES DE CIUDADES

Los tribunales de ciudad son tribunales de primera instancia de jurisdicción original sobre violaciones de ordenanzas municipales.

Actualmente, hay 89 tribunales municipales en 91 ubicaciones en Arkansas, atendidos por 73 jueces, 29 de los cuales también son jueces de tribunales de distrito. Los jueces de los tribunales de la ciudad pueden servir en más de un tribunal. Cuando usted es el sospechoso de un crimen, la policía no puede simplemente llevarlo preso. Se debe seguir un proceso de investigación, recolección de evidencias, determinación de causa probable para seguir adelante, y llevar al arresto de los imputados.

Una vez bajo arresto, usted tiene el derecho de comparecer ante la corte.

La razón por la cual estos procesos deben ser seguidos es porque la Constitución de los Estados Unidos requiere un Proceso Debido.

El término proceso debido se encuentra en la 5ª Enmienda y en la 14ª Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos. Es el único mandato que se encuentra dos veces en la Constitución. La 5ª Enmienda garantiza que ninguna persona será privada de “vida, libertad, o propiedad sin el debido proceso de la ley.” La 14ª Enmienda garantiza que ningún estado “privará a una persona de vida, libertad, o propiedad sin el debido proceso de la ley.

El DEBIDO PROCESO PROCESAL O PROCEDIMENTAL, limita el poder federal y el estatal al requerir ciertos procedimientos a seguir en casos criminales y civiles. Establece el derecho de la 4ª Enmienda en contra del registro y la incautación ilegal, el derecho a un juicio por jurado, el derecho a un abogado, y el derecho a la no-autoincriminación, que son todos ejemplos de las cláusulas centrales del debido proceso procedimental.

Es la garantía del debido proceso procesal lo que le asegura que usted puede comparecer ante la corte si es arrestado y que su juicio será un juicio imparcial presidido por un jurado de sus pares.

Si existe un problema con los métodos usados para la recolección de evidencias o un problema con los métodos usados para dictar una condena, usted puede alegar que sus derechos a un debido proceso procedimental fueron violados. Esto puede resultar en la imposibilidad del uso de la evidencia en el juicio si la evidencia fue obtenida ilegalmente, y en la nulidad de una condena injusta.

EL DEBIDO PROCESO SUSTANTIVO se basa en la premisa que la constitución protege al público de la intromisión injustificada del gobierno contra los derechos fundamentales. Si el gobierno aprueba una ley que atenta contra los derechos de vida, libertad, o propiedad, se debe llevar a cabo un análisis del debido proceso sustantivo.

El debido proceso sustantivo establece el derecho a la privacidad, aunque la Constitución no garantiza expresamente ese derecho.

REGISTROS E INCAUTACIONES INJUSTIFICADAS

La 4ª Enmienda de la Constitución protege los hogares y los bienes de los estadounidenses de registros e incautaciones infundadas. Requiere la emisión de una orden judicial (court order) antes de que pueda procederse al registro (con algunas excepciones).

La 4ª Enmienda fue ratificada como parte de la Declaración de Derechos en 1791. La Corte

Suprema dictaminó en 1949 y luego en 1961, que también se aplica a las leyes estatales.

Los registros e incautaciones son investigaciones de orden público de los bienes que se consideran evidencia de un delito. Los registros a menudo continúan con la toma de posesión de la evidencia.

Los oficiales del orden público, por lo general, tienen permitido realizar registros e incautaciones razonables. Esto puede implicar la obtención de una orden de registro o determinadas circunstancias en las que una orden no puede exigirse legalmente.

La 4ª Enmienda, no obstante, protege a las personas de registros e incautaciones infundadas y establece que las órdenes de registro solo pueden emitirse sobre la base de una causa probable. Las órdenes también deben incluir la ubicación del lugar que se registrará y una descripción de los artículos y las personas que se registrarán.

El requisito de una causa probable significa que los oficiales del orden público deben conocer los hechos y circunstancias específicos que harían se estime que una persona razonable está tramando una conducta delictiva o creer que un elemento fue robado, era ilegal o constituía evidencia de un delito.

Las personas solo están protegidas por la 4ª Enmienda cuando tienen una expectativa de privacidad razonable. Esto requiere que la persona crea que tiene privacidad en un determinado lugar y la sociedad considere esa expectativa como razonable.

Por ejemplo, si la persona cree que tiene privacidad en un baño público, la sociedad probablemente lo considerará razonable. Los bolsos o carteras que no son transparentes también pueden brindar una expectativa de privacidad razonable.

Los artículos a la vista, aun cuando sean bienes personales, pueden incautarse sin una orden y no están protegidos por la 4ª Enmienda. Un artículo claramente visible en el asiento trasero de un automóvil, por ejemplo, por lo que puede que no se requiera una orden para registrarlo. Lo mismo sucede con los artículos visibles a través de una ventana en la vía pública.

Los tribunales cuando dictaminan acerca de la expectativa de privacidad, generalmente prestan atención a las intenciones de la persona.

No se necesita una orden para proceder con el registro o la incautación en todos los casos. El registro incidental a un arresto legal, por ejemplo, no requiere que se emita previamente una orden. Tampoco se requiere una orden para incautar evidencia que está a la vista de las autoridades del orden público siempre que estén legítimamente en un lugar donde los elementos puedan verse.

El consentimiento para el registro por la persona con autoridad sobre el bien, también elimina la necesidad de una orden judicial. Lo mismo sucede cuando se procede a un control de tránsito legítimo y el oficial tiene causa probable para creer que el vehículo contiene artículos de contrabando o el producto de un delito. n

TELÉFONOS DE EMERGENCIA

- 9-1-1: Solo se debe usar para emergencias cuando una vida o una propiedad está en riesgo. 1. Dar la ubicación y el tipo de la emergencia. 2. Permanezca en la línea se le harán preguntas para determinar el tipo de emergencia y el nivel de respuesta necesaria. 3. Mientras usted está en la línea, se enviará la unidad correspondiente (bomberos, ambulancia, policía). 4. Si es necesario, se le dará instrucciones hasta que llegue la ayuda.

- 3-1-1: lo conecta con los recursos que hay disponibles en su comunidad y da información sobre los servicios municipales. El 311 es un número de teléfono para llamadas que NO son de EMERGENCIA al que las personas pueden llamar en muchas ciudades para buscar información sobre servicios, presentar quejas o informar problemas como grafitis, basura, o daños en las carreteras. Tribunal de Tráfico 501-371-4733. Tribunal Ambiental 501-371-4454

-9-8-8: Ahora cualquier persona que experimente angustia relacionada con la salud mental, ya sea que se trate de pensamientos suicidas, crisis de salud mental o de consumo de sustancias, o cualquier otro tipo de angustia emocional, podrá llamar o enviar un mensaje de texto gratuito y confidencial las 24 horas del día, los 7 días de la semana, a este número de solo tres dígitos.

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DENUNCIAS DE ACTIVIDAD SOSPECHOSA Y CRIMEN

Para reportar una actividad sospechosa al Departamento de policía correspondiente: Crime Stoppers (Interrupción de un crimen) Little Rock, (501) 371-4636 North Little Rock, (501) 372-5959 Conway, 501-450-6120 Fort Smith, (479) 782-7463 Fayetteville, (479) 790-8477 Texarkana, TX (903) 793-7867 Texarkana, TX (903) 793-7867 Policía del estado de Arkansas (501) 618-8000 Sheriff del Condado de Pulaski (501) 340-6600

TELÉFONOS PARA LAS NO-EMERGENCIAS

Averigüe cuál es el teléfono para las no emergencias (Non-Emergency) que hay en su área de residencia para llamar a la policía, los bomberos o red de servicios públicos. Esta línea se usa cuando nadie está en riesgo con su vida o seguridad. Little Rock: (501) 371-4829 North Little Rock: 758-1234 Pulaski County Sheriff's: (501) 371-4829 Alexander: (501) 455-1895 Bryant: (501) 847-0211 Maumelle: (501) 851-1337 Shannon Hills: (501) 455-3125 Sherwood: (501) 835-1583

ASOCIACIÓN AMERICANA DE CENTROS DE CONTROL DE ENVENENAMIENTO:

800-222-1222.Expertos en el tema pueden ayudarlo si alguien ha respirado, comido o tocado químicos o tomado alguna medicina equivocada. También puede llamar al 9-1-1.

CONTROL Y ADOPCIÓN DE MASCOTAS

Bryant Animal Control (501) 653-0765 CARE for Animals Inc. (501) 603-2273 Humane Society of Pulaski County (501) 227-6166 Little Rock Animal Services (501) 376-3067 Maumelle Animal Control (501) 851-6219 North Little Rock Animal Control 501) 791-8577 Pulaski County Animal Services (501) 210-7508 Sherwood Animal Services (501) 834-2287

OFICINA FEDERAL DE PRISIONES

Localizador de reclusos: https://www.bop. gov/mobile/find_inmate/byname.jsp

CÁRCELES DE CONDADOS EN ARKANSAS

Para localizar a un recluso: https://apps.ark. org/inmate_info/index.php O llame al (501) 340-7001. Puede ver la lista completa en: https:// ssl-adc.ark.org/inmates

Empleo

MEXICANOS RECIBIRÍAN UN RÉCORD DE 356,000 VISAS DE TRABAJO

El canciller mexicano, Marcelo Ebrard afirmó el martes 26 de julio, que los mexicanos recibirán un récord de 356,000 visas de trabajo de Estados Unidos como resultado de la pasada reunión entre Joe Biden y AMLO en la Casa Blanca el 12 de julio.

“En 2021 se obtuvieron 310,781 visas y para 2022 estimamos alrededor de 356,000 visas de trabajo H, con lo cual sería el número más alto alcanzado por México”, reveló Ebrard.

“México ha propuesto al Gobierno de los Estados Unidos que asimismo incremente el número de visas para ciudadanas y ciudadanos de Honduras, Guatemala, El Salvador y Haití”, detalló el canciller.

Ebrard recordó que Estados Unidos ya había anunciado el 31 de marzo 55,000 visas del tipo H2B adicionales para trabajadores de esos cuatro países.

El Gobierno de López Obrador ha elevado sus reclamos a Estados Unidos para que otorgue visas temporales de trabajo, invierta en desarrollo para el sur de México y Centroamérica, y acelere la reforma migratoria para regular a casi 11 millones de indocumentados, de los que cerca de la mitad son mexicanos.

La región vive un flujo migratorio récord hacia Estados Unidos, cuya Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) ha interceptado a más de 1.6 millones de personas en lo que va del año fiscal 2022, que inició en octubre 2021.

Cerca de uno de cada tres de estos detenidos son mexicanos, por lo que especialistas advierten de un crecimiento de la migración de México a Estados Unidos.

DÓNDE Y CÓMO BUSCAR TRABAJO

Los anuncios clasificados en los periódicos locales siguen siendo una fuente inagotable en la búsqueda de empleos, sin embargo, hay que tener en cuenta que esos avisos pueden ser engañosos, por lo que es recomendable que antes de asistir a una entrevista de trabajo, confirme muy bien por teléfono e Internet, la compañía, negocio o persona que está contratando.

Recuerde que independientemente de su estado migratorio, en Arkansas las leyes protegen a x todos los trabajadores para evitar abusos de sus patrones.

No obstante, una buena manera de comenzar

TRABAJO SEGURO

Si hay condiciones peligrosas serias de poder sufrir un accidente en su lugar de trabajo, su patrón es responsable de corregirlas. El trabajador tiene el derecho de hacer una queja sobre condiciones peligrosas en el trabajo a la Administración de Salud y Seguridad Ocupacional (OSHA), que se encarga de que se apliquen las leyes de seguridad para todos los trabajadores: https://www.osha.gov/ • Su patrón tiene que darle entrenamiento sobre los peligros donde trabaja • Su patrón debe darle equipo especial para protegerse si lo necesita • Si su patrón le exige hacer un trabajo que Ud. piensa que le puede causar daño o la muerte, usted tiene el derecho de negarse a hacer este trabajo • Su empleador no tiene el derecho de despedirlo por reportar peligros en el trabajo ni por negarse a hacer un trabajo peligroso

La Sección de Consulta de OSHA es responsable de ayudar a los empleadores a cumplir con los requisitos federales de OSHA y reducir las lesiones y enfermedades relacionadas con el trabajo, así como establecer y mantener un lugar de trabajo seguro y saludable. A través de este programa, se ofrece una consulta confidencial y gratuita, y está financiada en gran parte por la OSHA. Los consultores realizan una encuesta de seguridad y salud parcial o completa, según lo solicite el empleador. El consultor también realiza las pruebas necesarias, como muestreo de aire o verificación de continuidad eléctrica. Una vez completada, se procesa un informe escrito y se envía al empleador. El patrón está obligado a corregir todos los peligros serios encontrados por el consultor y notificar a OSHA cuando se hayan completado las correcciones. n

Para más información contacte a OSHA: https://www.labor.arkansas.gov/labor/, https://www.osha.gov/contactus/bystate/AR/areaoffice/ 10421 W Markham St #317, Little Rock, AR 72205. (501) 682-4521

LAS VISAS DE TRABAJO PARA ESTADOS UNIDOS

Cada año Estados Unidos otorga miles de visas de trabajo a extranjeros. Sin embargo, hay docenas de diferentes tipos de visas de no inmigrante que cubren una gran variedad de puestos laborales. Desde trabajos especializados, hasta vacantes que no requieren de un título académico.

VISAS PARA TRABAJADORES ESPECIALIZADOS (H-1B)

Este tipo de visado es para trabajadores especializados, profesionales altamente calificados en campos que incluyen ingeniería, tecnología, medicina y educación superior.

El solicitante deberá tener la preparación educativa, capacitación o experiencia en la especialidad elegida. Los criterios de elegibilidad varían según el tipo de visa H-1B y se pueden consultar en el sitio del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS)

Una vez que el Formulario I-129 haya sido presentado por el empleador y aprobado por USCIS, el solicitante deberá solicitar una visa H-1B a través del Departamento de Estado de Estados Unidos (DOS) en una embajada o consulado estadounidense.

Las personas bajo el visado H-1B pueden ser admitidos por un periodo de hasta tres años. Sin embargo, su estadía puede ser extendida, pero por lo general no más de seis años.

VISAS PARA TRABAJADORES NO PROFESIONALES Y SIN UN TÍTULO ACADÉMICO (H-2A/H-2B)

Cada año se otorgan miles de visas H-2 a trabajadores con o sin experiencia (no profesionales y sin un título académico) para trabajar temporalmente en el país. Esta categoría ciudadanos de uno de los países elegibles, se divide en dos tipos de visas: la H-2A para trabajadores agrícolas y la H-2B para trabajadores no agrícolas.

Los trabajos temporales disponibles están publicados en el sitio web del Departamento del Trabajo (DOL): https://www.dol.gov/general/ topic/hiring/foreign.

Los interesados pueden ingresar al sitio y buscar por ocupación, industria, nombre del empleador, ubicación, fecha de inicio o tipo de trabajo, ya sea agrícola o no agrícola.

Las personas interesadas en las vacantes deberán llamar al número telefónico, escribir al correo electrónico o ingresar al sitio web señalado bajo "Recruitment Information" para solicitar más información y/o aplicar a la vacante disponible.

Una vez que se cuenta con una oferta de trabajo del empleador, los posibles trabajadores que se encuentren fuera de EE.UU. deberán solicitar la visa H-2A o H-2B (luego de que USCIS (https://www.uscis.gov/working-inthe-united-states) apruebe su Formulario I-129) ante el Departamento de Estado en una embajada o consulado estadounidense. Por último, deberán solicitar la admisión a EE.UU. en un puerto de entrada del país.

Las visas H-2 se otorgan por un plazo de un año, aunque se pueden solicitar dos extensiones de hasta un año cada una. La

solicitud de extensión debe presentarse antes de su vencimiento y los trabajadores podrán permanecer en EE.UU. durante el proceso de extensión.

VISAS PARA TRABAJADORES TEMPORALES DE TLCAN (TN)

Las visas TN surgieron gracias al Tratado de Libre Comercio de América del Norte (NAFTA, y presentemente TLCAN) entre EE.UU., México y Canadá, por lo que los ciudadanos mexicanos y canadienses calificados pueden solicitar su admisión a EE.UU. como no inmigrantes para realizar un trabajo temporal en el país.

Para tramitar una visa TN es necesario demostrar un nivel profesional en una de las profesiones establecidas por NAFTA, tener una oferta laboral preestablecida por tiempo completo o de medio tiempo por un empleador en EE.UU. y cumplir con los requisitos de educación y experiencia laboral en la profesión.

Los mexicanos tendrán que completar el formulario DS-160 en línea, imprimir la página de confirmación de solicitud y acudir a la entrevista en la Embajada o consulado de EE.UU. en México y . deben llevar un pasaporte válido, la confirmación del formulario DS-160, el recibo del pago de la tarifa de solicitud, una carta de oferta de trabajo o contrato en EE.UU. y documentación que demuestre que cumple con los requisitos mínimos de educación y/o experiencia laboral.

Hasta 3 años. Sin embargo, no existe un límite específico sobre el periodo total de tiempo que un extranjero puede estar bajo la visa TN siempre y cuando continúe con su relación laboral.

VISAS PARA PERSONAS CON HABILIDADES EXTRAORDINARIAS (O-1)

La visa O-1 es para personas que tengan habilidades extraordinarias en las ciencias, artes, educación, negocios o atletismo (O-1A) o que puedan demostrar logros extraordinarios en la industria del cine o los medios y que hayan sido reconocidos por esos logros (O-1B). USCIS tiene un listado de documentación que el solicitante deberá presentar que USCIS enlista © PRITHA EASYARTS - STOCK.ADOBE.COM en su sitio web. El empleador estadounidense o agente debe presentar el Formulario I-129, contrato entre el peticionario y el beneficiario, itinerario y la evidencia para demostrar la elegibilidad del beneficiario.

VISA POR TRANSFERENCIAS DENTRO DE LA MISMA EMPRESA (L-1A/L-1B)

Las visas L-1A permite a empleadores de EE.UU. transferir a un ejecutivo o gerente de una de sus oficinas extranjeras a una de sus oficinas en Estados Unidos, mientras que la clasificación no inmigrante L-1B permite a los empleadores estadounidenses transferir a profesionales con conocimientos especializados dentro de una misma empresa.

El empleado debe de haber trabajado para una organización elegible en el extranjero por un año continuo dentro de los tres años previos a su ingreso a EE.UU. Igualmente, deberá prestar servicios ejecutivos, gerenciales o de experto, según sea el caso, en una sucursal del mismo empleador o en una organización elegible.

El empleador estadounidense debe presentar el Formulario I-129 ante USCIS.

El solicitante deberá completar el formulario DS-160 en línea, imprimir la página de confirmación de solicitud y acudir a la entrevista en la Embajada o Consulado de EE.UU..

Para los empleados que ingresen a EE.UU. para abrir una nueva oficina se les permitirá una estadía máxima inicial de un año. Al resto de empleados se les permitirá una estadía máxima inicial de tres años. n

©ANDREY POPOV - STOCK.ADOBE.COM

PAGO CORRECTO

El salario mínimo en Arkansas es $11.15 en 2022 y $12 para 2023.

En algunos estados puede ser superior. Su patrón no puede pagarle menos del mínimo excepto que Ud. trabaje en un restaurante y gane propinas o le paguen por obra. (Departamento de Trabajo y Licencias de Arkansas, 10421 West Markham, Little Rock, AR 72205, (501)682-4500).

Si Ud. trabaja más de 40 horas por semana, su patrón tiene que pagarle tiempo y medio (overtime), o sea 50% más de su salarió regular por cada hora que se pase de las 40 horas.

La Ley de Salario Mínimo de Arkansas es aplicada a los empleadores con 4 o más empleados.

Todos los empleadores de Arkansas deben exhibir un cartel de salario mínimo en un lugar destacado para informar a los empleados sobre el salario mínimo y los derechos de los trabajadores según la ley laboral de Arkansas.

Para más información visite: https://www.minimum-wage.org/arkansas/

En mayo 2022 la Junta Directiva de Little Rock aprobó un salario mínimo de $15 por hora para todos los empleados municipales de tiempo completo que no usan uniforme.

El aumento convierte a Little Rock en una de las pocas ciudades del país que ha adoptado un salario mínimo de $15 para los empleados municipales. El incremento impactará a casi 100 empleados. Los empleados más experimentados en puestos afectados ya cobran $15 por hora. El ayuntamiento se Little Rock tenía alrededor de 150 vacantes sin llenar. n

Nota: algunas actividades agrícolas están exentas de los requisitos del salario mínimo.

a buscar trabajo si usted es residente legal en este país, es a través de las oficinas de Arkansas Division of Workforce Services (ADWS) donde además podrá recibir alertas, entrenamiento y ayuda para encontrar empleo (501-682-2121). https://dws.arkansas.gov/ workforce-services/contact/

ADWS proporciona servicios de interpretación y traducción, sin costo alguno, para clientes que necesitan asistencia accediendo y participando en servicios y programas disponibles. Para solicitar un intérprete o traductor, por favor póngase en contacto con su oficina local más cercana.

El programa Arkansas JobLink ayuda para poder buscar trabajo y es facilitado por el Arkansas Workforce Center y proporciona herramientas para encontrar un trabajo, encontrar empleados e información sobre universidades y oportunidades de capacitación. Arkansas JobLink

Inicie su búsqueda de empleo en línea con una cuenta de buscador de empleo de Arkansas JobLink. Regístrese para trabajar y busque oportunidades de empleo, cree y publique currículos ilimitados para resaltar sus habilidades y obtenga información sobre las próximas ferias de empleo y eventos de contratación. https://www.arjoblink.arkansas.gov/

Ferias de empleo y eventos de contratación

¿Quiere? Asegúrese de seguir a DWS en Facebook y Twitter para obtener actualizaciones para saber cuándo se realizarán ferias de empleo y eventos de contratación en su área. También puede visitar la página de Próximos Eventos en Arkansas JobLink y consultar con su Centro de Fuerza Laboral de Arkansas local.

Para ubicar la oficina más cercana a usted visite: https://dws.arkansas.gov/workforceservices/arkansas-workforce-centers/

DERECHOS LABORALES

Hay muchas leyes que protegen sus derechos como trabajador en los Estados Unidos. Es importante conocerlos para saber si su patrón está cumpliendo con estas leyes obligatorias.

Todos los trabajadores tienen los mismos derechos laborales, sea ciudadano, residente legal o indocumentado.

Usted. tiene derecho a:

• Un trabajo seguro y sin peligros • Recibir el pago correcto • Recibir pago extra cuando trabaja más de 40 horas a la semana • Recibir asistencia médica cuando se lastima por un accidente o enfermedad laboral • No ser discriminado por ser extranjero • Por participar en actividades sindicales Para trabajadores menores de 18 años, hay límites estrictos en los tipos de trabajo que pueden hacer y en las horas máximas de trabajo por semana.

Según la ley de Arkansas, los trabajadores tienen derecho a ciertas licencias o tiempo libre, incluida por servir en un jurado, para víctimas de delitos, por licencia militar, la licencia para votar, descansos para madres lactantes y la licencia para donación de órganos o médula ósea.

Cuando se termina el empleo, los empleadores de Arkansas deben cumplir con los requisitos de referencia laboral y de salario final aplicables.

Para más información contacte al Arkansas Department of Labor and Licensing: 900 W Capitol Ave, Little Rock, AR 72201, (501) 682-4500. https:// www.labor.arkansas.gov

AYUDA CON PROBLEMAS EN EL TRABAJO

Aunque existen muchas leyes para proteger sus derechos laborales, puede ser difícil para el inmigrante comunicarse directamente con las agencias del gobierno. Por eso, si tiene un problema, es recomendable que se ponga en contacto con las organiozacioones comunitarias que ayudan a los inmigrantes o con las agencias nacionales.

Si quiere reportar una condición peligrosa en su trabajo: La Administración para la Salud y Seguridad Ocupacional, 800-321-OSHA (6742) o (501) 324-6291.

ACCIDENTES EN EL TRABAJO

Si Ud. se lesiona en el trabajo, su patrón debe de pagar por TODOS sus gastos médicos, incluyendo sus gastos de viajes al doctor

Además, deberá pagarle 2/3 de su salario por el tiempo en que Ud. no pudo trabajar, si perdió más de 7 días de trabajo

También deberá pagarle cantidades determinadas en caso de la pérdida permanente del uso de una parte o miembro de su cuerpo.

El AWCC no es una compañía de seguros pero hace cumplir las leyes de compensación para trabajadores para garantizar que todos los empleadores obtengan cobertura de seguro de compañías comerciales o a través de programas de autoseguro.

Además, la AWCC regula las adjudicaciones de compensación para trabajadores para garantizar que los proveedores de beneficios realicen los pagos correctos y oportunos a los reclamantes elegibles.

Para asistencia en la comprensión de las leyes estatales sobre asuntos de Compensación de Trabajadores en Arkansas (AWCC), 324 S. Spring St. Little Rock, AR 72201, (501) 682-3930, o visite: http://www.awcc.state.ar.us/

También puede llamar a la División de Asesores Legales de AWCC al 501-682-2707 o al 800-250-2511. n

Nota: en algunos casos el trabajador lastimado no tiene el derecho a esta compensación.

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Si no le pagaron el sueldo correcto: La División de Sueldos y Horas del Departamento de Trabajo, 866-487-9243 o (501) 682-4541

Si lo han discriminado en el trabajo: La Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC) 800-669-6820

Si se lastima en el Trabajo: Arkansas Workers Compensation Commission: (800) 622-4472, (501) 682-3930

Otros Problemas Laborales; Arkansas Coalition on Safety and Health, (501) 569-8429 o (501) 569-8480

LA MIGRA EN EL TRABAJO

Para ingresar a los lugares de trabajo, los agentes de Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) necesitan una orden de la corte y permiso para entrar a lugar de trabajo, ya sea una fábrica, una tienda u otro ambiente de trabajo.

ICE no está permitido de entrar sin tener una autorización previa del propietario o gerente del establecimiento. Sin embargo, si su empleador les otorga el permiso, ICE tienen todo el derecho de preguntarle sobre su estado migratorio.

Sus derechos básicos siguen siendo válidos y deben ser respetados. • Usted tiene el derecho de permanecer callado. • Usted tiene el derecho de hablar con un abogado antes de responder cualquier pregunta. • Usted no tiene que mostrar al agente de ICE ningún documento migratorio o decirle su estado migratorio.

Si usted es miembro de un sindicato, puede ser que su contrato contenga cláusulas que lo protegen. Por ejemplo, el contrato puede contener los siguientes reglamentos: • El empleador no participará en verificar el estado migratorio de sus trabajadores por internet (E-Verify). • El empleador no permitirá que oficiales de ICE entren al lugar de trabajo sin una orden firmada por un juez.

ICE, es una agencia de aplicación de la ley del Departamento de Seguridad Nacional y es responsable de hacer cumplir las leyes de inmigración. ICE procesa a quienes violan las leyes de inmigración y asegura que estas personas abandonen los Estados Unidos.

REDADAS EN LOS LUGARES DE TRABAJO

Una táctica utilizada por ICE para ubicar y detener a inmigrantes ilegales es realizar redadas en lugares de trabajo que se sospecha que emplean a inmigrantes ilegales, como las empacadoras de carne y aves. Otra táctica es realizar una auditoría del Formulario I-9 para confirmar la identidad y autorización para trabajar en los Estados Unidos.

En octubre 2021, la administración de Biden ordenó el cese de los arrestos de inmigrantes a gran escala en los lugares de trabajo y está planeando una nueva norma de aplicación para encarar de manera más efectiva a los empleadores que pagan salarios inferiores a los establecidos legalmente y se involucran en prácticas laborales de explotación del trabajador, espacialmente cuando son indocumentados.

El secretario de Seguridad Nacional, Alejandro Mayorkas, ordenó una revisión de las políticas de aplicación e instruyó a ICE para diseñar propuestas para proteger mejor a los trabajadores sin papeles que informan sobre amenazas de sus patrones sobre que los denunciarían a la Migra.

Al realizar una redada, ICE no necesita proporcionarle al empleador ningún aviso previo. Sin embargo, se aplican las mismas reglas como para cualquier otra investigación criminal de la propiedad privada.

Sin una orden judicial, ICE necesita consentimiento para ingresar a las áreas privadas del negocio.

Es el derecho del empleador rechazar el consentimiento en aquellas situaciones en las que se requiere y el empleador también puede instruir a sus empleados para que no brinden su consentimiento para investigar.

Los defensores de los inmigrantes que se oponen a las redadas, dicen que castigan a los trabajadores vulnerables, siembran el miedo en las comunidades de inmigrantes y rara vez tienen consecuencias y multas para los empleadores. n

DACA / TPS / INMIGRACIÓN

“USCIS” FACILITA FIRMA DE DOCUMENTOS PARA ‘GREEN CARD’, CIUDADANÍA, TPS, DACA Y OTROS BENEFICIOS

La oficina de Servicios de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) está haciendo permanente una política sobre la firma de formularios y documentos para la solicitud de beneficios migratorios, como la Residencia Legal Permanente, la ciudadanía, DACA, TPS y visas laborales

La firma de los documentos para la solicitud de cualquier beneficio migratorio es más fácil ahora para inmigrantes, tras la decisión de la oficina de USCIS de hacer permanente una política iniciada durante la pandemia de COVID-19.

En marzo del 2020, ante las cuarentenas y la distancia social obligatorias, USCIS permitió a inmigrantes que enviarán documentos con copia de su firma, es decir, no era indispensable haber firmado el papel directamente.

Ahora esa política es permanente, según modificaciones confirmadas: “El 25 de julio de 2022, USCIS anunció que continuará aceptando copias de firmas originales manuscritas en todos los formularios y documentos. Esto hace permanente la política de firma temporal que USCIS anunció en marzo de 2020 en respuesta a la pandemia de COVID-19. USCIS aceptará copias de las firmas originales en todos los formularios y documentos de beneficios, incluso si las instrucciones del formulario requieren una firma manuscrita original”.

Hay otras políticas en evaluación para que sean permanentes, pero por ahora, eso no significa que más adelante USCIS no solicite los documentos firmados originalmente, no las copias, por lo que deberán guardarse para ello.

“Esto significa que [el inmigrante] puede enviar una copia escaneada, enviada por fax, fotocopiada o reproducida de manera similar de un documento a USCIS, siempre que la copia sea un documento original que contenga una firma manuscrita original. Debe conservar el documento original con la firma húmeda y entregárselo a USCIS si así lo solicita” especifica USCIS.

USCIS también recuerda a los interesados con cualquier tipo de proceso abierto, que esta política aplica solamente a la firma, por lo que deben completarse y seguir al pie de la letra las demás instrucciones del formulario correspondiente.

No olvidar que deberá firmar todos los documentos como se indican en las instrucciones, ya que sin ello el proceso podría complicarse, incluso ser suspendido.

DACA: ACCIÓN DIFERIDA PARA LOS LLEGADOS EN SU INFANCIA

La Acción Diferida para los Llegados en la Infancia o DACA (Deferred Action for Childhood Arrivals) es una norma migratoria del gobierno de presidente Barak Obama firmada el15 de junio del 2012, que ofrece protección temporal a inmigrantes que fueron traídos a los EE.UU. antes de la edad de 16 años, es renovable y tiene ciertos beneficios como protección de la deportación, seguro social, y un documento de autorización de empleo (EAD).

El 5 de septiembre de 2017 fue suspendida la aceptación de nuevas solicitudes de inscripción al programa; por el fiscal general del Departamento de Seguridad Nacional, Jeff Sessions, como parte de la política de la administración Trump, y que continuó en vigencia hasta 2020. DACA no es un derecho ni una ley, sino una acción ejecutiva sobre la discreción procesal de la autoridad migratoria, y no provee estatus migratorio “legal” o una vía para la ciudadanía. En septiembre 2021, la administración Biden publicó una noticia de reglamentos propuestos sobre DACA que establecerían quien puede beneficiar de DACA y como se pueden solicitar. Cualquier cambio a DACA como resultado de las reglas propuestas, probablemente no pasaran a estar en efecto por algunos meses. Las reglas propuestas incluyen los mismos requerimientos de elegibilidad de DACA que han estado presentes desde el principio

No olvidar que deberá firmar todos del programa y no cambian la fecha y edad los documentos como se indican en las instrucciones, ya que sin ello el proceso en que se debe de haber llegado a los Estados Unidos para calificar para DACA o los requerimientos probatorios necesarios podría complicarse, incluso ser suspendido. para probar elegibilidad. Recuerde que estas solo son reglas propuestas, y las reglas finales pueden ser diferentes de las reglas propuestas por el gobierno. Sin embargo, la vigencia de DACA está pendiente ante varias demandas y apelaciones ante los tribunales.

EL LITIGIO EN TORNO A “DACA”

El 4 de diciembre de 2020, el Tribunal de Distrito del Distrito Este de Nueva York, ordenó al gobierno aceptar solicitudes de DACA por primera vez, solicitudes de renovación y solicitudes de libertad condicional anticipada basadas en los términos del programa DACA de 2012. El 16 de julio de 2021, el juez federal de distrito de Texas, Andrew Hanen, determinó que el programa DACA de 2012 es ilegal y que el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) violó la Ley de

PARA SOLICITAR O VOLVER A SOLICITAR TPS

Para solicitar o volver a solicitar TPS, debe presentar el Formulario I-821, Solicitud de Estatus de Protección Temporal. Los ciudadanos elegibles de ciertos países, o las personas sin nacionalidad que residieron habitualmente por última vez en esos países, ahora pueden presentar el Formulario I-821 en línea. Todos los solicitantes elegibles para solicitar TPS bajo

una de las designaciones actuales pueden presentar el Formulario I-821 en línea.

Al presentar una solicitud inicial de TPS o volver a registrarse para TPS, también puede solicitar un documento de autorización de empleo (EAD) presentando un Formulario I-765 completo, Solicitud de autorización de empleo, al momento de presentar el Formulario I-821.

También puede presentar su solicitud del Formulario I-765 por separado en una fecha posterior. Presentar el Formulario I-821 con el Formulario I-765 puede ayudarlo a recibir su EAD más rápidamente si es elegible. También puede presentar el Formulario I-765 en línea si lo presenta al mismo tiempo que el Formulario I-821 en línea.

Cuando presente la solicitud, si sabe que se le aplica un motivo de inadmisibilidad relevante y necesita una exención para obtener

TPS, incluya un Formulario I-601, Solicitud de exención de motivos de inadmisibilidad, con su paquete de solicitud de TPS. Sin embargo, no es necesario que presente un nuevo Formulario I-601 para un incidente que USCIS ya haya eximido con una solicitud de TPS anterior. USCIS puede otorgar una exención de ciertos motivos de inadmisibilidad con fines humanitarios, para asegurar la unidad familiar o cuando es de interés público.

Estos formularios son gratuitos y están disponibles en la sección de formularios del sitio web de USCIS en: www.uscis.gov/forms.

Al presentar una solicitud inicial de TPS, debe enviar:

• Evidencia de identidad y nacionalidad: para demostrar su identidad y que es nacional de un país designado para TPS (o que no tiene nacionalidad y su última residencia habitual fue en un país designado para TPS). • Evidencia de fecha de entrada: para demostrar cuándo ingresó a los Estados Unidos. • Evidencia de residencia continua (CR): para demostrar que ha estado en los Estados

Unidos desde la fecha de CR especificada para su país (consulte la página web de

TPS de su país a la izquierda).

© YURII KIBALNIK - STOCK.ADOBE.COM

Cualquier documento que no esté en inglés debe ir acompañado de una traducción completa al inglés. El traductor debe certificar que:

• Él o ella es competente tanto en inglés como en el idioma extranjero utilizado en el documento original; • La traducción es verdadera y correcta en la medida de sus posibilidades, conocimientos y creencias; y • Evidencia de Identidad y Nacionalidad

Lo alentamos a que envíe pruebas primarias (consulte a continuación), si están disponibles. Si USCIS considera que los documentos que presentó con su solicitud no son suficientes, le enviaremos una solicitud de evidencia adicional. Si no puede presentar pruebas primarias de su identidad y nacionalidad, puede presentar las pruebas secundarias que se enumeran a continuación con su solicitud. n

Procedimiento Administrativo (APA) cuando creó el programa de acción diferida para los llegados en la infancia (DACA) en 2012. El fallo de Hanen al DHS que ya no aprobara nuevos solicitantes para el programa, pero permitió que DHS continuara procesando las renovaciones de DACA a medida que el problema avanzaba en los tribunales.

El gobierno federal ha apelado esta decisión ante la Corte de Apelaciones del Quinto Circuito en Nueva Orleans.

Por ahora, aquellos que actualmente tienen DACA o lo tuvieron en algún momento en el pasado pueden solicitar renovaciones de su DACA y permisos de trabajo. Sin embargo, el gobierno federal actualmente NO está otorgando solicitudes de solicitantes por primera vez ni a cualquier persona cuyo estado de DACA expiró hace más de un año. De hecho, el gobierno ni siquiera está procesando estas solicitudes.

El 6 de julio de 2022, la Corte de Apelaciones del Quinto Circuito, escuchó los argumentos orales en el litigio de Texas relacionados con si Texas y los otros estados que impugnan la legalidad del programa DACA, tienen “legitimación” o la capacidad de presentar su demanda. Los argumentos también abordaron la legalidad del propio Memorando de DACA de 2012.

Los jueces no parecían convencidos por los argumentos del Departamento de Justicia que defienden la legalidad del programa DACA, con el destino de casi 600.000 de los llamados Dreamers en juego.

El 7 de julio de 2022, el Distrito Este de Nueva York escuchó los argumentos orales en otro caso relacionado, Batalla Vidal vs. Nielsen, y que eran diferentes de los temas del caso de Texas.

En esta instancia las partes presentaron escritos sobre tres posibles opciones:

(1) la posibilidad de ordenar al gobierno que procese las solicitudes de DACA presentadas por primera vez entre diciembre de 2020 y julio de 2021 hasta el punto de, pero sin incluir, una concesión o denegación, (2) alguna forma de alivio provisional para esos casi 80,000 Solicitantes de DACA que durarían hasta que sus solicitudes sean finalmente adjudicadas, y (3) la posibilidad de ordenar al gobierno que trate las solicitudes de renovación de los “Solicitantes de Renovación Extendida”—o beneficiarios de DACA cuya concesión anterior de DACA expiró más de un año antes de su solicitud de renovación—como renovaciones en lugar de iniciales (actualmente el gobierno está tratar esas solicitudes como solicitudes de DACA por primera vez y no adjudicarlas).

Si la Corte de Apelaciones del Quinto Circuito decide que el programa debe finalizar, la administración Biden puede solicitar una revisión adicional de la

CÓMO RENOVAR “DACA” EN LÍNEA EN 2022

A partir del 12 de abril de 2022, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) anunció que las renovaciones de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA) ahora se pueden presentar en línea.

Renovar su DACA por su cuenta puede parecer una tarea abrumadora. Sin embargo, la verdad es que, en la mayoría de los casos, puede renovar fácilmente su DACA en linea, solo para aquellos que actualmente tienen DACA, o aquellos cuya DACA expiró hace menos de un año.

Si su DACA venció hace más de un año, su solicitud se considera una solicitud inicial y no se otorgará. Desafortunadamente, en 2021, el juez Hanen dictó que USCIS ya no puede otorgar solicitudes iniciales de DACA por primera vez

1) ENCUENTRE SU SOLICITUD DE RENOVACIÓN DE DACA ANTERIOR

Tener una copia de su solicitud de renovación de DACA anterior le ayudará probablemente al comenzar a renovar su DACA. Esto le dará un

2) CREE UNA CUENTA EN LÍNEA GRATUITA DE USCIS

Busque su cuenta de USCIS en línea. Así es como se presentó su solicitud de renovación de DACA en línea. USCIS ha colocado los Formularios I-821D (DACA) e I-765 (solicitud de autorización de trabajo) en línea. La cuenta en línea brinda un método rápido y fácil para enviar sus formularios, pagar tarifas y rastrear el estado de su solicitud de USCIS.

Una vez que haya configurado su cuenta de USCIS en línea, haga clic en: myUSCIS para ingresar al portal en línea de USCIS. A continuación, en “My account” (“Mi Cuenta”) en la esquina superior derecha, verá la opción “File a Form Online” (“Presentar un formulario en línea”), lo que le permitirá seleccionar el formulario que desea presentar en línea.

Deberá completar los siguientes formularios en el portal en línea de USCIS:

Formulario I-821D, Consideración de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA);

Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo;

También debe completar el Formulario I-765WS en papel y cargar la copia completa en su solicitud en línea.

NOTA: USCIS le proporciona el Formulario I-765 para que lo complete después de firmar el Formulario I-821D. Esto le permitirá enviar ambos formularios al mismo tiempo.

3) LLENE EXACTAMENTE TODOS SUS FORMULARIOS

Use la copia de su solicitud de renovación de DACA anterior para guiarlo sobre cómo completar todos los campos en los formularios. Si no tiene una copia de su solicitud anterior, lea atentamente las instrucciones que vienen con las solicitudes y llénelas lo mejor que pueda.

La solicitud en línea lo llevará a través de los mismos campos que existen actualmente en la versión impresa de I-821D e I-765. Su aplicación se guarda automáticamente para que siempre pueda volver a ella si necesita más tiempo.

4) PAGUE LA TARIFA DE $495

Una vez que haya completado y firmado el Formulario I-821D y el Formulario I-765, deberá pagar la tarifa de $495 desde el portal en línea de USCIS: Tarifa de presentación de $410 para el Formulario I-765, Tarifa de servicios biométricos de $85.

NOTA: deberá pagar la tarifa con una tarjeta de crédito, tarjeta de débito o tarjeta prepagada.

SEIS LEYES EN ARKANSAS QUE FAVORECEN A BENEFICIARIOS DE “DACA”

La legislatura de Arkansas aprobó en sus sesiones del 2019 y 2021, varias leyes que benefician a los jóvenes DACA (Acción Diferida para los Llegados en la Infancia).

Ley 837, permite emitir licencias de enfermería a jóvenes DACA graduados de una facultad de enfermería que toman el examen nacional para obtener su licencia y para luego ejercer la profesión en Arkansas.

Ley 844, sanciona que los jóvenes DACA graduados de una escuela secundaria de Arkansas y que hayan vivido en el estado por al menos 3 años, y asistan a una universidad estatal, paguen la matrícula universitaria como residentes de Arkansas y no como estudiantes extranjeros que, en promedio, es doblemente más cara.

Ley 746 da la oportunidad a los casi 5,000 beneficiarios de DACA de Arkansas con un diploma profesional equivalente, obtener una licencia profesional u ocupacional y trabajar en su especialidad en Arkansas. La ley les posibilita seguir carreras en medicina, derecho, construcción, medicina veterinaria, agricultura, y más.

Ley 217 (becas del estado para DACA), otorgan a los estudiantes DACA acceso a la mayoría de las becas estatales para seguir sus estudios universitarios.

Ley 513 (Maestros DACA) permite que los beneficiarios DACA, que cumplan con los requisitos estatales, obtengan licencias de enseñanza.

Ley 663 (educación bilingüe opcional en las escuelas) permite que las escuelas públicas K-12 implementen programas educativos bilingües o de doble inmersión.

Los retiros de cuentas bancarias también están disponibles al pagar en línea. El sistema lo llevará automáticamente al sitio del Departamento del Tesoro: pay.gov, para pagar sus tarifas en línea.

5) SUBIR DOCUMENTOS DE RESPALDO

Después de pagar la tarifa de solicitud, tendrá la oportunidad de cargar ciertas pruebas y documentos de respaldo que debe proporcionar con su solicitud de renovación.

Haga una copia de toda su solicitud antes de enviarla para conservarla en sus registros.

Después de revisar y verificar que su solicitud sea correcta, está listo para enviarla.

6) SIGA SU CASO EN LÍNEA

USCIS ha comenzado a solicitar datos biométricos en algunas solicitudes de DACA. Es posible que reciba un aviso programando una cita biométrica en una oficina de USCIS cerca de usted. El no presentarse a su cita podría resultar en la denegación de su solicitud de renovación, pero se pueden programar con anticipación llamando a USCIS.

Esté atento a su renovación. Una vez que haya enviado su formulario, puede realizar un seguimiento del estado a través de su cuenta de USCIS.

NOTA: USCIS puede cancelar a la recopilación de ciertos datos biométricos a su discreción.

TPS: ESTADO DE PROTECCIÓN TEMPORAL

El Estatus de Protección Temporal (TPS) es una opción para que personas elegibles obtengan un estatus legal en Estados Unidos por un periodo de tiempo determinado. Las autoridades de inmigración establecen cuáles países no proveen un entorno seguro para que sus ciudadanos puedan regresar a ellos.

Los beneficiarios del TPS están autorizados a permanecer en los Estados Unidos y pueden tener una autorización de empleo durante algún tiempo, la cual puede ser prolongada.

Tener un TPS no proporciona automáticamente un estatus de residente permanente. Sin embargo, éste le permite vivir y trabajar en Estados Unidos mientras que las autoridades consideran inseguro o peligroso que el beneficiario del TPS regrese a su país de origen.

El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) designa a un país para Estatus de Protección Temporal debido a condiciones temporales internas tales como conflicto armado (guerra civil), desastre natural (huracán o terremoto) o una situación epidémica.

USCIS podría otorgar TPS a los nacionales elegibles de ciertos países (o partes de estos) que ya están en Estados Unidos. Las personas elegibles que no tienen nacionalidad y cuya última residencia fue el país designado, también podrían obtener TPS. Los beneficiarios de TPS: No serán removidos de

Estados Unidos; Pueden obtener un Documento de Autorización de Empleo (EAD); Pueden obtener una autorización de viaje. Una vez se le conceda TPS, una persona tampoco podrá ser detenida por DHS debido a su estatus migratorio.

TPS es un beneficio temporal que no conduce al estatus de residente permanente legal ni confiere ningún otro estatus migratorio. Sin embargo, registrarse al TPS no le impide: Solicitar estatus de No Inmigrante; Presentar una Solicitud de Ajuste de Estatus basada en una petición de inmigrante; Solicitar cualquier otro beneficio migratorio o protección para el que podría ser elegible.

Una solicitud al TPS no afecta una solicitud de asilo o cualquier otro beneficio migratorio, o viceversa. La denegación de una solicitud de asilo o cualquier otro beneficio migratorio no afecta su capacidad para inscribirse al TPS, aun cuando las bases de denegación de dicha solicitud también podrían conllevar la denegación del TPS.

Países Designados Actualmente al TPS: El Salvador, Haití, Honduras, Nicaragua, Venezuela, y otros.

Solo los solicitantes iniciales de TPS de estos países son elegibles para presentar sus Formularios I-821 e I-765 en línea.

Todos los demás solicitantes iniciales y las personas que se reinscriban en TPS deberán presentar una solicitud impresa.

Para obtener más información sobre TPS, visite la página web de USCIS TPS en: https://www.uscis. gov/humanitarian/temporary-protected-status.

El Estatus de Protección Temporal (TPS) es una opción para que personas elegibles obtengan un estatus legal en Estados Unidos por un periodo de tiempo determinado. Las autoridades de inmigración establecen cuáles países no proveen un entorno seguro para que sus ciudadanos puedan regresar a ellos. Los beneficiarios del TPS están autorizados a permanecer en los Estados Unidos y pueden tener una autorización de empleo durante algún tiempo, la cual puede ser prolongada.

“USCIS” ANUNCIA ACTUALIZACIONES DE TPS

Los Servicios de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) anunciaron recientemente varias actualizaciones del Estatus de Protección Temporal (TPS), que aclaran los problemas de inmigración para los ciudadanos de los países que califican. Estos anuncios destacan la naturaleza fluida del estatus migratorio para los países en crisis y el poder del Departamento de Seguridad Nacional para responder a las necesidades humanitarias urgentes.

El TPS es un estatus migratorio temporal creado por el Congreso bajo la Ley de Inmigración de 1990. De conformidad con la ley, los ciudadanos de ciertos países reciben un estatus de protección que les impide ser deportados a su país de origen. Las condiciones que dan lugar a TPS varían, pero históricamente incluyen conflictos armados, desastres ambientales u otras condiciones extraordinarias que impiden su eliminación segura.

La decisión de designar un país, o parte de un país, para TPS queda a discreción del Secretario de Seguridad Nacional. Dicho esto, la decisión generalmente involucra el aporte de otras agencias, incluido el Departamento de Estado, el Consejo de Seguridad Nacional y el Departamento de Justicia.

Para calificar para TPS, una persona debe:

. Ser nacional de un país designado para el TPS, o una persona sin nacionalidad que haya residido habitualmente por última vez en el país designado; . Presentar durante el período abierto de registro inicial o reinscripción, o cumplir con los requisitos para la presentación inicial tardía durante cualquier extensión de la designación de TPS del país; . Haber estado físicamente presente continuamente en los Estados Unidos desde la fecha de vigencia de la fecha de designación más reciente del país; y . Haber residido continuamente en los Estados Unidos desde la fecha especificada para el país, sujeto a excepciones para salidas breves e informales.

Además, hay impedimentos para calificar que se aplican a aquellos que tienen ciertas condenas penales, aquellos que son declarados inadmisibles según los motivos aplicables en la Sección 212 (a) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), y aquellos que se encuentran bajo otros impedimentos similares.

A partir de mayo de 2022, los siguientes 14 países están designados para TPS:

Afganistán (válido hasta el 20 de noviembre de 2023)

Birmania (válido hasta el 25 de noviembre de 2022)

El Salvador (Extendido hasta el 31 de diciembre de 2022) Haití (prorrogada hasta el 2 de febrero de 2023) Honduras (Extendido hasta el 31 de diciembre de 2022) Nepal (prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2022) Nicaragua (Extendido hasta el 31 de diciembre de 2022) Somalia (prorrogada hasta el 17 de marzo de 2023) Sudán del Sur (extendido hasta el 19 de octubre de 2023) Sudán (extendido hasta el 19 de octubre de 2023) Siria (prorrogada hasta el 30 de septiembre de 2022) Ucrania (válido hasta el 19 de octubre de 2023) Venezuela (Válido hasta el 9 de septiembre de 2022) Yemen (válido hasta el 3 de marzo de 2023)

NUEVO DOCUMENTO DE AUTORIZACIÓN DE VIAJE PARA TPS

A partir del 1 de julio de 2022, USCIS emitirá un nuevo documento de autorización de viaje para los beneficiarios del Estatus de Protección Temporal (TPS): Formulario I-512T, Autorización de viaje de un no ciudadano a los Estados Unidos.

Ya no emitirá documentos de libertad condicional anticipada como evidencia de un consentimiento previo para el viaje de un beneficiario de TPS fuera de los Estados Unidos.

Si usted es un beneficiario de TPS con un documento de libertad condicional anticipada existente y vigente, puede continuar usándolo para viajar fuera de los Estados Unidos durante el período de validez impreso en él.

Si es un beneficiario de TPS que solicita un nuevo documento de autorización de viaje, debe continuar utilizando el Formulario I-131, Solicitud de documento de viaje. Si tiene un Formulario I-131 pendiente, no necesita presentar una nueva solicitud.

USCIS continuará emitiendo documentos de permiso anticipado para no ciudadanos con solicitudes pendientes de TPS (Formulario I-821).

PETICIÓN PARA FAMILIAR EXTRANJERO

La mejor recomendación para las personas acogidas al TPS es que si tienen hijos mayores de 21 años nacidos en Estados Unidos, o si están casados con un ciudadano/a estadounidense, inmediatamente inicien la respectiva petición familiar.

Las personas acogidas al TPS pueden hacer ajustes sin salir de Estados Unidos, y antes que se cumpla el año de prórroga, obtener la entrevista para su residencia permanente.

Los cónyuges o hijos estadounidenses, beneficiarios según la ley, pueden presentar una Petición de Familiar Extranjero a través de un Formulario I-130, junto con el ajuste de la residencia por medio del Formulario I-485

Formulario I-485, Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Ajustar Estatus. El lugar de presentación de su Formulario I-485 depende de su categoría de elegibilidad. No olvide firmar su formulario.

Formulario I-130, Petición de familiar extranjero

Utilice este formulario si es ciudadano estadounidense o residente permanente legal (LPR) y necesita establecer su relación con un pariente elegible que desea venir o permanecer en los Estados Unidos de forma permanente y obtener una Tarjeta de residente permanente (también llamada Green Tarjeta).

Formulario I-90, Solicitud para reemplazar la tarjeta de residente permanente (tarjeta verde)

Antes de presentar su I-90, verifique si es elegible para convertirse en ciudadano estadounidense.

Visite: https://www.uscis.gov/es/formularios

ELIMINAN BARRERA PARA QUE BENEFICIARIOS CON “TPS” LOGREN LA RESIDENCIA LEGAL PERMANENTE

El Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS) rescindió una política que puso en marcha Donald Trump en 2020 conocida como Z-R-Z-C, que dificultaba que los migrantes beneficiarios del Estatus de Protección Temporal (TPS) que salgan del país con permiso puedan regresar legalmente y luego solicitar la residencia permanente, si cumplen los requisitos.

Antes del cambio regulatorio impulsado por Trump, las autoridades migratorias consideraban que los beneficiarios del TPS que obtenían un permiso para viajar a otro país (por ejemplo, para visitar a familiares) podían contabilizar su regreso a Estados Unidos como una entrada legal.

De esta forma, si trataban después de conseguir la residencia permanente y la ciudadanía (por ejemplo, casándose con un ciudadano estadounidense), podían aplicar sin el obstáculo de haber entrado inicialmente como indocumentados al país.

El cambio de política aprobado ahora por USCIS vuelve a abrir esta vía para los beneficiarios, pero no crea, según la agencia federal, “una vía directa” a la residencia permanente.

Tener el TPS no cualifica para conseguir una “green card”, para ello, es necesario cumplir los mismos requisitos familiares o de trabajo que el resto de migrantes.

La decisión de USCIS vuelve a abrir la vía para salir del país con permiso y poder aplicar al regresar como si se hubiera entrado legalmente.

Eso “promueve la unidad familiar y elimina barreras”, según la agencia, “promocionando el acceso al sistema de migración legal” para algunos.

Unas 400,000 personas viven en Estados Unidos protegidos por el TPS, un alivio migratorio para extranjeros cuyos países están devastados por conflictos o desastres naturales.

Beneficia, entre otros, a unos 260,000 salvadoreños, 86,000 hondureños y 2,500 nicaragüenses. El Gobierno de Joe Biden lo amplió además a los venezolanos el año pasado y a los ucranianos este año.

Las personas de otros 10 países están igualmente protegidas: Haití, Honduras, Myanmar, Nepal, Nicaragua, Somalia, Sudán del Sur, Sudán, Siria, y Yemen.

El Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS) rescindió una política que puso en marcha Donald Trump en 2020 conocida como Z-R-Z-C, que dificultaba que los migrantes beneficiarios del Estatus de Protección Temporal (TPS) que salgan del país con permiso puedan regresar legalmente y luego solicitar la residencia permanente, si cumplen los requisitos. Antes del cambio regulatorio impulsado por Trump, las autoridades migratorias consideraban que los beneficiarios del TPS que obtenían un permiso para viajar a otro país (por ejemplo, para visitar a familiares) podían contabilizar su regreso a Estados Unidos como una entrada legal.

NUEVO PLAN DE USCIS PROMUEVE LOS BENEFICIOS DE LA NATURALIZACIÓN

Los inmigrantes con 'green card' que podrían aplicar por la ciudadanía muchas veces desconocen el proceso ante USCIS o desconfían del mismo, además de ignorar los beneficios de convertirse en ciudadanos naturalizados, más allá de poder votar; por ello USCIS creó un grupo especial con líderes comunitarios

Hay 9.1 millones de inmigrantes con ‘green card’ que podrían obtener la ciudadanía de los Estados Unidos, por lo cual la oficina de Servicios de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) se asociará con líderes comunitarios para promover los beneficios de la naturalización. Los llamados “embajadores” de USCIS compartirán su propia experiencia y beneficios siendo ciudadanos naturalizados con los inmigrantes con Residencia Legal Permanente (LPR). USCIS afirma que esta nueva forma de acercar la información a los posibles nuevos ciudadanos ayudará a que tengan conocimiento del proceso y sus beneficios. “La iniciativa del embajador de la ciudadanía es un paso positivo hacia la creación de conciencia sobre los muchos beneficios de la ciudadanía estadounidense y brinda herramientas que ayudan a los inmigrantes a tener éxito” dijo la directora de USCIS, Ur M. Jaddou. USCIS indica que la iniciativa fue creada para apoyar la implementación de la Orden Ejecutiva 14012 del presidente Joe Biden, la cual busca promover la naturalización y recuperar la confianza en el sistema migratorio. USCIS reconoce que se busca hacer desaparecer los mitos sobre la importancia de convertirse en ciudadano naturalizado. Los embajadores servirán de forma voluntaria, no remunerada, además de tener una coordinación cercana con personal de USCIS a nivel local.

La labor de los embajadores es difundir el proceso de naturalización y sus beneficios, en busca de desaparecer opiniones incorrectas, incluyendo. • Compartir sus propias experiencias con el proceso de naturalización. • Destacar la información y los recursos disponibles en USCIS. • Enfatizar las ventajas de la ciudadanía. • Abordar mitos y conceptos erróneos. • Buscar motivar a las personas que buscan la ciudadanía.

También tendrán como labor ayudar a alcanzar a comunidades aisladas y a crear estrategias que ayuden a difundir el objetivo de USCIS y ganar confianza para la institución.

Expertos recalcan la importancia de aplicar por la ciudadanía una vez que se ha obtenido la ‘green card’ y se han cumplido los años reglamentarios, es decir tres o cinco, dependiendo el caso.

Los ciudadanos estadounidenses para tienen más derechos, consiguen mejores empleos y tramitan peticiones de familiares inmediatos de forma más rápida. Además, al ser ciudadanos, ya no los pueden expulsar del país, al menos que hayan cometido fraude para conseguir la ciudadanía estadounidense. n

Sus Derechos Civiles

LA RESPONSABILIDAD PARA VOTAR EN LAS ELECCIONES

En Estados Unidos nadie está obligado por ley a votar en elecciones presidenciales, estatales o locales. De acuerdo con la Constitución, votar es un derecho y un privilegio.

La elegibilidad de un individuo para votar está comprendida en la Constitución y regulada a nivel estatal. La Constitución establece que el derecho al sufragio NO puede ser denegado por razones de etnia, sexo o edad para ciudadanos mayores de 18 años.

Más allá de estas calificaciones básicas, los estatutos de la cada legislación estatal tienen la responsabilidad de regular la elegibilidad de los votantes.

Inscribirse para votar es la responsabilidad de los ciudadanos ya que los votantes NO son registrados automáticamente al cumplir los 18 años.

La Ley Nacional de Registro de Votantes de 1993 obligó a los gobiernos estatales a hacer el proceso de registro de votantes más fácil dando servicios de inscripción uniformes a través de los centros de registro de licencias para conducir, colegios, bibliotecas públicas e inscripción por correo.

En Estados Unidos, las elecciones federales se realizan siempre en un día laborable: el primer martes después del primer lunes de noviembre.

La norma que establece la fecha de las elecciones federales fue fijada en 1845 para llenar un vacío legal que existía sobre esta materia.

Cuando el Congreso se puso a buscar una fecha adecuada para ello tuvo que tomar en cuenta varios elementos. No se podía votar un domingo pues ese era el día que la mayor parte de los ciudadanos van a la iglesia.

Tampoco podían ser los lunes pues por aquellos años, los electores tendrían que viajar en carruaje de caballos el domingo desde sus hogares hasta los centros de votación (en las capitales de los condados), algo que muchos no harían por tratarse del "día del Señor". En el siglo XIX, la sociedad estadounidense era mayormente rural.

Los miércoles usualmente era el día de los mercados agrícolas, cuando los productores ofrecían en venta los frutos de sus cosechas al resto de ciudadanos.

Así, quedaba el martes como una buena opción.

Según el tipo de elección que se lleve a cabo, se puede votar anticipadamente durante los 7 o 15 días anteriores al día martes de la elección.

En los condados que votan anticipadamente, los periódicos locales publicarán los lugares designados.

QUIÉN PUEDE VOTAR EN ELECCIONES FEDERALES, ESTATALES O LOCALES ¿CÓMO INSCRIBIRSE PARA VOTAR EN ARKANSAS?

Para inscribirse para votar en Arkansas debe:

Ser ciudadano de Estados Unidos Vivir en Arkansas en la dirección indicada en su solicitud de inscripción de votante Tener 18 años en o antes de la próxima elección No haber sido condenado de un delito grave (a menos que haya cumplido completamente su sentencia o que lo hayan perdonado) No reclamar su derecho a votar en ninguna otra jurisdicción No haber sido declarado anteriormente mentalmente incompetente por un tribunal con la debida jurisdicción

Para emitir su voto el día de las elecciones en Arkansas, debe proporcionar una identificación con foto válida emitida por los Estados Unidos, o el estado de Arkansas o una universidad en Arkansas. Documentos aceptados son por ejemplo una licencia de conducir, pasaporte, identificación militar, tarjeta de beneficio público o identificación de estudiante.

Todos los electores en Arkansas pueden votar por correo usando una boleta en ausencia (absentee ballot) si tienen problemas de salud debido a COVID-19. Usted puede inscribirse para votar en Arkansas, en persona, en la oficina de su condado local, la Oficina de Ingresos, la oficina de Servicios al Conductor, cualquier biblioteca pública, cualquier dependencia de asistencia pública o discapacidad, o cualquier oficina de reclutamiento militar.

También puede obtener un formulario de solicitud de inscripción para votar por correo en la oficina del secretario del condado, llamando a la oficina del Secretario de Estado de Arkansas al 1-501-6825070 sin cargo1-800-247-3312, o descargando e imprimiendo un formulario del sitio en la red (web) de la Secretaria de Estado: https://www.sos.arkansas. gov/elections/voter-information/ voter-registration-information/requestfor-a-voter-registration-application, y elija la versión en español. Para recibir una Solicitud de Registro de Votante por correo, complete todos los campos obligatorios y haga clic en el botón Enviar. Se le enviará por correo una solicitud de registro de votante a la dirección que proporcione. Si tiene alguna pregunta o necesita más ayuda, llame a la Oficina del Secretario de Estado de Arkansas, Servicios al Votante. https://www.sos.arkansas.gov/ elections/voter-information/voterregistration-information/requestfor-a-voter-registration-application Su formulario de inscripción debe ser entregado o enviado por © VESPERSTOCK - STOCK.ADOBE.COM correo a la oficina del secretario local del condado dentro de los 30 días previos a la elección. Una vez que el secretario local del condado haya procesado su solicitud de registro de votante, le enviará una tarjeta de registro de votante personalizada. Esto podría llevar varias semanas.

Nunca asuma que está inscrito para votar hasta que haya recibido su tarjeta de votante del secretario del condado.

Su precinto electoral está determinado por el lugar donde vive y el lugar de votación que asigna la comisión electoral de su condado. Si recibió una tarjeta de identificación de votante del secretario de su condado, es posible mostrara el número de su precinto y la dirección del lugar adonde

le corresponde votar. También puede encontrar su ubicación y verificar su estado de registro de votante en línea visitando: www.voterview.org..

No dude en llamar al secretario de su condado y preguntar sobre el estado de su solicitud.

VOTO EN AUSENCIA

Una papeleta de voto en ausencia es un voto emitido por alguien que no puede o no quiere asistir a la mesa de votación oficial a la que está asignado. Los métodos de votar en ausencia incluyen la votación en un lugar diferente, la votación por correo, la votación por poder y la votación en línea.

Muchos consideran que aumentar la facilidad de acceso a las papeletas de voto en ausencia es una forma de mejorar la participación electoral a través del voto por conveniencia, aunque algunos Estados exigen que se dé una razón válida, como enfermedad o viaje, antes de que un votante pueda votar con una papeleta de voto en ausencia.

Para solicitar una boleta de voto en ausencia

Opción 1: solicite que se le envíe una solicitud de boleta de voto en ausencia comunicándose con el secretario del condado en el condado donde está registrado para votar. Opción 2: haga clic en: https:// www.sos.arkansas.gov/elections/ voter-information/absenteevoting/, para descargar y completar una solicitud de boleta de voto en ausencia, luego devuelva esta solicitud al secretario del condado en el condado donde está registrado votar.

Comuníquese con el secretario de su condado si tiene alguna pregunta sobre el voto en ausencia en su condado.

Para calificar para votar en ausencia, debe cumplir con uno de los siguientes criterios:

Estará inevitablemente ausente de su lugar de votación el día de las elecciones, o No podrá asistir a su sitio de votación el día de las elecciones debido a una enfermedad o discapacidad física, o Es miembro de las Fuerzas Armadas, la marina mercante o el cónyuge o un familiar dependiente y está fuera de su lugar de votación debido al estado de servicio activo del miembro, o Un ciudadano que reside en Arkansas, pero vive temporalmente fuera de los Estados Unidos.

ARKANSAS APROBÓ LEYES QUE RESTRINGEN EL VOTO POPULAR

Cambios aclamados por algunos como protectores, vilipendiados por otros como restricciones adicionales.

Arkansas promulgó más de 20 leyes sobre elecciones y votación durante la sesión legislativa de 2021, incluidas medidas sobre voto en ausencia, quejas electorales y otros cambios.

Las nuevas leyes tienen la propensión a privar de sus derechos a cualquiera, pero en particular suprimen el voto de los grupos marginados.

Las nuevas leyes han sido criticadas por grupos de derechos civiles como esfuerzos para limitar el acceso de las personas a las elecciones. Los defensores de esas leyes dicen que se trata de garantizar la integridad de las elecciones.

La Ley 973, requiere que las boletas de “voto ausente” se presenten en persona a la oficina del secretario del condado a más tardar el viernes anterior al martes de la elección. La nueva ley no cambia la fecha límite para las boletas electorales enviadas por correo, que es el día de las elecciones.

Los votantes ausentes que viven en el extranjero y los miembros del servicio militar todavía tienen hasta 10 días después de la elección para que sus boletas lleguen por correo y sean contadas.

La Ley 736, prohíbe la distribución de boletas de voto ausente no solicitadas, y las solicitudes de boleta electoral por parte de los secretarios del condado y otros funcionarios electorales designados y hace que la posesión de más de 4 boletas de voto ausente, sea una presunción de intención refutable defraudar.

También, ajusta el requisito de que la firma de un votante en una boleta de voto ausente sea verificada al comprobar la solicitud de registro de votante de la persona. Ese estándar ya existía en la ley de Arkansas, pero era inconsistente en todo el código estatal.

En los Estados Unidos, el voto en ausencia fue más popular que nunca en 2020 afectando significativamente por la pandemia de coronavirus. Casi la mitad de los votantes estadounidenses emitieron su voto por correo en las elecciones de 2020, en comparación con aproximadamente el 20% en 2016.

Otras leyes aprobadas en la sesión legislativa de 2021, crean nuevas vías para que las entidades gubernamentales respondan y remitan quejas relacionadas con las elecciones.

La Ley 756, otorga a los Comisionados de la Junta Electoral estatal la autoridad para instituir acciones correctivas en respuesta a las quejas y amplía los tipos de violaciones sobre las cuales las comisiones electorales del condado pueden presentar quejas. La Ley 974, crea un proceso mediante el cual la Legislatura puede revisar asuntos electorales a través de su Comité Conjunto de Revisión de Desempeño. La Ley 952, requiere que las quejas presentadas a las juntas electorales del condado sobre presuntas violaciones a la ley electoral se envíen a la Junta © SIMONE - STOCK.ADOBE.COM de Comisionados Electorales del estado, en lugar de a los secretarios del condado o fiscales locales. Quienes se oponen a estas leyes, dicen que son innecesarios y están en línea con una falsa narrativa nacional impulsada por los partidarios del ex presidente Donald Trump de que le robaron su elección para un segundo mandato.

La Ley 728, prohíbe que las personas ingresen o permanezcan en un área a menos de 100 pies (30 metros) de la entrada a un lugar de votación mientras se lleva a cabo la votación, excepto para una persona que ingrese o salga del edificio con "fines legales". Los proponentes y detractores del proyecto de ley no están de acuerdo sobre si permitiría que alguien le diera una botella de agua a un votante que espera en la fila para ingresar al recinto de votación.

La Ley 249 elimina una disposición que permitía a las personas votar sin identificación personal con foto, si firmaban una declaración jurada sobre su identidad.

Pero los trabajadores electorales están preocupados por la posibilidad de que algo cause que un votante por primera vez o con menos experiencia sea rechazado o tenga una experiencia negativa y sea menos probable que ejerza su derecho de voto en el futuro.

Una búsqueda por número de ley en arkleg. state.ar.us, permitirá leer cada legislación. n

QUIÉN NO PUEDE VOTAR

No pueden votar:

Los no ciudadanos, incluidos los residentes permanentes con tarjeta verde o “Green card”. Algunas personas con condenas por delitos graves (Serious felony). Las reglas varían según cada estado Algunas personas con discapacidad mental. Las reglas varían según el estado.

Los ciudadanos estadounidenses que residen en territorios de Estados Unidos, no pueden votar por presidente en la elección general.

Si no es ciudadano estadounidense, inscribirse para votar o votar en las elecciones federales es considerado un delito grave.

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) puede negarle la ciudadanía (naturalización) o deportar a las personas que no son ciudadanos, que hayan votado o se hayan registrado para votar.

Consulado de México en Little Rock

CONSULADO DE MÉXICO EN LITTLE ROCK

3500 S University Ave, Little Rock, AR 72204 (501) 372-6933. https://consulmex.sre.gob.mx/littlerock/

LO QUE PUEDE HACER EL CONSULADO

Brindar asistencia consular y proteger los intereses de la población mexicana en el exterior.

Asesorar y aconsejar a mexicanos en lo relativo a sus relaciones con las autoridades, así como informarles sobre sus derechos y obligaciones frente al Estado extranjero en donde se encuentren.

Proporcionar información sobre especialistas en materia jurídica a personas que lo soliciten.

Visitar a las personas de nacionalidad mexicana que se encuentren detenidas, presas, hospitalizadas, o de otra manera en desgracia, para conocer sus necesidades y actuar en consecuencia.

A solicitud de parte, encontrar los medios para representar a los mexicanos que, por estar ausentes o por otros motivos, estén imposibilitados para hacer valer personalmente sus derechos.

En caso de detención:

• Cuidar que las autoridades locales respeten sus derechos. • Proporcionar información sobre ayuda legal. • Informar a familiares en México sobre lo ocurrido, a solicitud del detenido.

En caso de que requiera asistencia médica, proporcionarle información sobre médicos y hospitales a los que puede acudir, además de avisar a sus familiares, previa solicitud.

Expedir un nuevo pasaporte en caso de extravío o robo.

LO QUE NO PUEDE HACER EL CONSULADO

Lograr la liberación de una persona detenida por algún delito o infracción, ni obtener para la misma un trato diferente al que se da a los ciudadanos del Estado en el que se encuentra.

Responsabilizarse por el pago de multas.

Responsabilizarse por el pago de deudas contraídas, tales como cuentas de hoteles, restaurantes, gastos personales o costos de pasajes aéreos.

Responsabilizarse por el pago de medicinas o servicios médicos y hospitalarios, más allá de los lineamientos establecidos.

Regularizar ante las autoridades locales la situación migratoria de una persona de nacionalidad mexicana, ampliar su permiso de estancia o tramitar visas para terceros países.

Solicitar el ingreso de un connacional en contra de lo dispuesto por las autoridades migratorias del país.

Conseguir trabajo o actuar como aval para renta de habitación.

Conseguir alojamiento o reservar hoteles.

Obtener, cambiar o reponer boletos de avión.

Cubrir los costos de un proceso legal, más allá de los lineamientos establecido

CENTRO DE INFORMACIÓN Y ASISTENCIA A MEXICANOS (CIAM)

El objetivo del CIAM es brindar las 24 horas del día una respuesta humana, profesional y oportuna a las necesidades de nuestros connacionales a través de la Red Consular de México en los Estados Unidos, orientando integralmente las peticiones en materia de servicios consulares, actualidad migratoria, prevención y protección consular, en plena concordancia con los compromisos del Gobierno de México para proteger los intereses de los mexicanos en el exterior. Desde los Estados Unidos (520) 623 7874, Desde México 001-520-6237874. https://www.gob.mx/ciam

CITAS EN LOS CONSULADOS DE MÉXICO

El nuevo sistema, Mi Consulado, remplazará al sistema Mexitel de citas en los consulados de México, tanto en los Estados Unidos como en Canadá. Comenzó sus operaciones para los mexicanos en el exterior el 1 de marzo de 2022 y funcionará para cualquiera de los 57 consulados que tiene el Gobierno de México en América del Norte.

El nuevo sistema, Mi Consulado, remplazará al sistema Mexitel de citas en los consulados de México, tanto en los Estados Unidos como en Canadá.

Los interesados en pedir una cita para tramites consulares deberán llamar al (1 -424) 309-0009 o ingresar a la nueva página de Internet: https:// citas.sre.gob.mx

El servicio operará de lunes a viernes de 9:00 a.m. hasta las 10:00 p.m. horario del Este. Los fines de semana y los días festivos, el horario de atención será de 10:00 a.m. 7:00 p.m.

La nueva página de internet citas.sre.gob.mx, operará las 24 horas del día, los 365 días del año

AFILIACIÓN AL “IMSS” DESDE EL EXTRANJERO

La secretaria de Relaciones Exteriores y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) firmaron un acuerdo para ofrecer servicios de salud a los mexicanos en el exterior. La afiliación es voluntaria, y permite que los paisanos puedan contar con un ahorro de retiro, retomando las semanas previas a su salida del país. El IMSS, es la institución con mayor presencia en la atención a la salud y en la protección social de los mexicanos desde su fundación en 1943, para ello, combina la investigación y la práctica médica, con la administración de los recursos para el retiro de sus asegurados, para brindar tranquilidad y estabilidad a los trabajadores y sus familias, ante cualquiera de los riesgos especificados en la Ley del Seguro Social.

TARJETA DE SUS DERECHOS PARA ENTREGAR A LA POLICÍA O MIGRA

¡CONOZCA SUS DERECHOS! SEÑORES: No deseo hablar con usted, responder sus preguntas, ni firmar ni entregarle ningún documento basado en mis Si Inmigración o la policía lo detiene: derechos de la 5ta Enmienda según la Constitución de los Estados Pase esta tarjeta al agente y guarde silencio. Unidos. No le doy permiso para entrar a mi casa en base a mis derechos de la 4ta Enmienda según la Constitución de los Estados Unidos a menos La tarjeta explica que usted quiere ejercer que tenga una orden de ingreso, firmada por un juez con mi nombre y su derecho a no contestar preguntas sin que desliza debajo de la puerta. No le doy permiso para buscar ninguna consultar con un abogado. de mis pertenencias en base a mis derechos de la 4ta Enmienda. Elijo ejercer mis derechos constitucionales.

Los mexicanos migrantes podrán incorporarse al Sistema de Ahorro para el Retiro y cotizar sus semanas.

Para afiliarse al IMSS desde el extranjero, debes realizarlo desde la página IMSS Digital: http://www. imss.gob.mx/

Los datos que deberá proporcionar son: Nombre completo, Número de Seguridad Social, Unidad médica o administrativa involucrada, Medio de contacto (teléfono, correo electrónico, domicilio), Estado de la República al que pertenece.

ORIENTACIÓN EN CASOS DE DETENCIÓN POR AUTORIDADES

Los consulados pueden ofrecer consejo y asesoría legal a connacionales detenidos por autoridades no migratorias, a fin de explicar el proceso que seguirán y cerciorarse de que en todo momento se respete la integridad y los derechos de las personas.

Las autoridades extranjeras están obligadas a informar a los mexicanos detenidos, sobre su derecho a notificar a las representaciones consulares o diplomáticas de su detención.

Las autoridades consulares pueden informar a sus familias sobre la situación que enfrentan, así como vigilar el debido proceso del detenido.

TRASLADO DE RESTOS

Este programa ofrece orientación, asesoría y apoyo para realizar los trámites y obtener la documentación necesaria para trasladar los restos o cenizas de personas que fallecen en el extranjero, para su disposición final en México. No es aplicable para el traslado de restos a otro país distinto de México, ni a otro destino dentro del país en el que ocurrió el fallecimiento.

REQUISITOS Que la inhumación se realice en México. Los familiares deberán presentar la documentación requerida y cumplir con las disposiciones sanitarias establecidas tanto en México como en el país en que ocurrió el fallecimiento.

FRAUDE DE NOTARIO

El fraude de notario se refiere a la victimización de la comunidad inmigrante, cuando un individuo le dice que está calificado para dar asesoramiento legal y da información falsa. Los estafadores dicen ser abogados o asistentes legales. La comunidad inmigrante sufre de este fraude que puede causar que fallen fechas topes, llenar formas falsas, y hacer declaraciones falsas que pueda perjudicar su estatus migratorio y posiblemente resultar en una deportación innecesaria y responsabilidades criminales.

Antes de recibir ayuda de inmigración, asegúrese que su abogado o el despacho de abogados están acreditados y autorizados por la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA). Solo los abogados con licencia y representantes acreditadas para BIA pueden ayudarle legalmente.

Usted puede ver si un abogado o representante está acreditado visitando su barra estatal o el sitio web de BIA, que tiene una lista de organizaciones acreditadas. También debería de comprobar si el abogado de inmigración que está planeando a visitar ha sido previamente suspendido o expulsado de la práctica de leyes. Si usted siente que ha sido perjudicado o ha sido víctima de un abogado u organización, póngase en contacto con el Colegio de Abogados de Arkansas, la oficina del fiscal General, o con el Departamento de Consumo y Asuntos Comerciales del Condado de Pulaski para asegurarse de que sean disciplinados y reconocidos por su fraude. Esta acción ayuda a otras personas a evitar recibir información falsa y mala representación.

Asegúrese de que tenga una confirmación por escrito y una copia de todo lo que firmo y habló con su abogado o representante. La prueba escrita ayuda a respaldar su reclamo en caso que el abogado falle en informarle y representarlo.

ABOGADOS

El Consulado de México cuenta con dos tipos de abogados a los que las personas también puedebn acudir: 1. Abogados PALE: Abogados con los cuales el Consulado cuenta con un contrato y, en caso que el abogado vea el caso viable y los connacionales tengan necesidad de apoyo económico (comprobable), la Representación Diplomática podría hacerse cargo de parte o el total de los gastos por los honorarios de los abogados. 2. Abogados Consultores: Abogados que han recibido de parte de Cancillería un reconocimiento como abogados consultores y son consultados en casos especiales para los cuales el Consulado requiera hacerles una consulta, de igual manera pueden tomar casos de los connacionales a un

ABOGADOS DEL PROGRAMA DE ASISTENCIA JURIDICA A PERSONAS MEXICANAS A TRAVÉS DE ASESORÍAS LEGALES EXTERNAS EN LOS EE.UU. (PALE)

• Little Rock: Cross, Gunter, Witherspoon & Galchus,

P.C., Misty Wilson Borkowski, Migratorio y penal,

Derechos Humanos, 501-212-1804; (501) 371-9999, mbrokowsky@cgwg.com • Little Rock: Hancock Law Firm, Alex Burgos,

Civil, Laboral y Penal., (501) 372-6400, alexb@ hancocklawfirm.com • Memphis: Community Legal Center, Diane Comes,

Civil y Migratorio, (901) 543-3395, annem@ clcmemphis.com • Tulsa y Oklahoma City: Jones Brown PLLC, Eric

Brown y Logan Jones, Migratorio, Civil, Penal,

Laboral y Derechos Humanos (918) 992-9200, ijones@jonesbrownlaw.com

ABOGADOS CONSULTORES

• Hot Springs: Ramirez Law, Miriam Ramírez,

Migratorio y Civil, (501) 672-6467, miriam@ ramirezlawpllc.com • Fayeteville: Taylor Law Partners, Sol Kim,

Migratorio, Civil y Penal (479) 316-6300, skim@ taylorlawpartners.com • Tulsa: Jones Brown Law, con 3 abogados:

Charles Madison Parrish, Migratorio, Civil y Penal, (918) 992-9200, info@jonesbrownlaw.com;

Eric Brandon Brown, Civil, (918) 992- 9200, ebrown@jonesbrownlaw.com;

Logan Michael Jones, Migratorio, Civil, Penal, Laboral y Derechos Humanos, ijones@ jonesbrownlaw.com

OTROS ABOGADOS QUE HAN COLABORADO O

COLABORAN CON EL CONSULADO:

• Little Rock: Reggie Koch: 501-223-5310, cell 551-0301, 1-877-223-5310. 2024 Arkansas Valley

Drive, Suite 707. Little Rock, AR 72212. reggie@ reggiekoch.com, • Little Rock: Milton DeJesus: (501) 868-2500. 801

Technology Dr. Little Rock, AR 72223. milton@ insyes.com, • Dardanelle: Law Office of Mariana Collins-Romero: 479-229-0151. PO Box 239. Dardanelle, AR 72834. marianacollins@yahoo.com n

TARJETA DE SUS DERECHOS PARA ENTREGAR A LA POLICÍA O MIGRA

✁ TO WHOM IT MAY CONCERN: I do not

wish to speak with you, answer your questions, or sign or hand you any documents based on my 5th Amendment rights under the United States Constitution. I do not give you permission to enter my home based on my 4th Amendment rights under the United States Constitution unless you have a warrant to enter, signed by a judge with my name on it that you slide under the door. I do not give you permission to search any of my belongings based on my 4th Amendment rights. I choose to exercise my constitutional rights.

KNOW YOUR RIGHTS!

If you are detained by immigration or the police: Hand this card to the official, and remain silent. The card explains that you are exercising your right to refuse to answer any questions until you have consulted with a lawyer.

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