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FACULTADES DE LAS AUTORIDADES FISCALES
F I S C A L
“Nada fortalece más a la autoridad que el silencio ” -Leonardo Da Vinci
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En México surge la necesidad imperiosa del estudio del derecho tributario para quienes estamos obligados al pago de los impuestos. El contador público se ha convertido en un experto fiscal, ha llevado el estudio de una técnica contable en la interpretación de las leyes fiscales, además tiene el gran reto profesional de actualizarse con los constantes cambios en las leyes fiscales. Un contador no actualizado solo brinda inseguridad, obsolescencia e incertidumbre.
Poco se reconoce y se valora el trabajo del contador público estudioso, que para muchos de los contribuyentes lo ven como un mal necesario para sus empresas, y ni hablar del gobierno quien quiere convencer al contribuyente que no necesita de un contador, ya que a las autoridades nos prefieren con desconocimiento y vulnerables en el ejercicio de sus facultades.
Las autoridades fiscales son entes temidos por los contribuyentes, ya que se han caracterizado por la arbitrariedad y abuso en el poder de sus facultades, por ello la gran importancia y necesidad de conocer las leyes de nuestro país.
¿Dónde surgen las facultades de las autoridades?
Comencemos por citar el artículo 16 de la CPEUM Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento. Llama mi atención que el constituyente haya utilizado las palabras “actos de molestia” y no “actos o mandatos de autoridad” considero que a los particulares les cause molestia e intranquilidad, al ser molestados por las autoridades. Consideremos algo muy importante, el juicio de amparo, que protege a los particulares de los actos que vulneran sus derechos, esto se debe a la imperiosa necesidad de protegerse de la propia autoridad. ¿Cómo es posible que en México se tenga la necesidad de protegerse de la propia autoridad? Las mismas autoridades encargadas de cumplir las disposiciones fiscales. Desafortunadamente en nuestro país existe corrupción y abuso por parte de nuestros servidores públicos, quienes derrochan los fondos públicos y se enriquecen del erario público, no en todos los casos afortunadamente.
El mandamiento escrito.
Es el documento oficial, el cual debe tener el sello oficial, membrete, número de oficio, asunto, fecha, lugar y firma autógrafa del titular que emite el mencionado oficio.
Autoridad competente
La autoridad competente tiene dos aristas, la legitimidad y competencia. La legitimidad deriva del nombramiento de la persona y la competencia de la que derivan sus facultades, existen autoridades legitimas que son incompetentes legalmente. Porque habiendo sido nombradas con todos los requisitos impuestos por la ley, esta no los autorice a realizar determinado acto o actúen fuera de su territorio en que pueden hacerlo.
Motivación
No solo son los hechos concretos en que consistió la violación, sino que además se debe expresar el razonamiento por medio del cual se presenta el enlace entre el hecho generador y el fundamento legal aplicable al caso, es decir el razonamiento jurídico.
Adentrándonos mas al tema, de acuerdo al Código Fiscal de la Federación con base al artículo 33, Las autoridades fiscales, para el mejor cumplimiento de sus facultades, proporcionaran asistencia gratuita al contribuyente, utilizando un lenguaje llano alejado de tecnicismos y en casos necesarios proporcionar material impreso o digital de apoyo.
Cabe mencionar que contamos con los servicios de asistencia gratuitos de Síndicos, quienes apoyan a resolver problemas que se nos presentan de cualquier índole en el cumplimiento de nuestras obligaciones fiscales, un recurso poco aprovechado por nuestra parte. A veces el desconocimiento de las leyes nos hace vulnerables antes las autoridades fiscales y desaprovechamos las herramientas de apoyo que las propias leyes nos otorgan.
De acuerdo al artículo 42 del CFF De las facultades de comprobación, las autoridades fiscales nos pueden decir que existe una responsabilidad económica por haber cometido un delito fiscal, pero no será quien decida, debe pasar la información recabada al misterio público quien será el que decida si existe un delito fiscal. Los objetivos de las revisiones de las obligaciones fiscales son comprobar el cumplimiento de dichas obligaciones, determinar las contribuciones o créditos fiscales, comprobar la comisión de delitos fiscales y proporcionar información a otras autoridades fiscales. Las autoridades fiscales tienen la facultad de realizar visitas domiciliarias a los contribuyentes, al fin de verificar el cumplimiento de sus obligaciones, por mencionar alguna; la expedición de comprobantes fiscales digitales por internet, aun cuando el cliente no lo solicite, ya que la autoridad puede estimar ingresos, por no haber expedido dichos comprobantes ya que piensa que al no hacer la expedición de los CFDI se están omitiendo ingresos.
Ya conocemos las facultades, ahora no podemos dejar a un lado las formalidades de las visitas domiciliarias, fundamentado en el artículo 43 del CFF es muy importante conocer el debido procedimiento que se debe llevar a cabo. Al finalizar la visita domiciliaria la autoridad debe levantar el acta circunstanciada. El acta circunstanciada es el documento por medio del cual se hacen constar paso a paso todos los hechos y omisiones encontradas durante el desarrollo de la visita y dicho documento se presume legal.
Te invito a leer el Código Fiscal de la Federación, analizando los artículos mencionados, para que tengas mayor seguridad y conocimiento de lo establecido. Este tema te puede parecer complejo, ya que la ley les ha ampliado las facultades a las autoridades fiscales, y con la propuesta de la reforma fiscal del 2022 se les atribuyen mayor gestión en sus facultades, aumenta el eje toral de fiscalización y pone al contribuyente bajo la lupa, se busca una mayor recaudación aumentando el padrón de contribuyentes.
Querido audaz, no dejemos de ser estudiosos de las leyes de nuestro país, analicemos a donde se destinan las contribuciones a las que estamos obligados, vigilemos la debida aplicación de los recursos recaudados, sigamos cumpliendo con nuestras obligaciones con base a los lineamientos que marca la ley.
“La grandeza del hombre radica en su poder de pensamiento” (Blaise Pascal)
S o b r e l a A u t o r a : N A L L E L I M A Y O R G A O S O R I O