Gestión jurdidica tema 4

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Tema 4. LAS ADMINISTRACIONES LOCALES. 4.1. La junta de Gobierno local está por el alcalde y los concejales nombrados por él, que serán un número: b) no superior a un tercio de los totales. 4.2. El Presidente de la Diputación es elegido entre los diputados en: a) Primera votación por mayoría. 4.3. Los tributos que pueden fijar las entidades locales son: b) Tasas y contribuciones. 4.4. Se consideran entidades locales territoriales: b) El municipio, la provincia y las Comunidades Autónomas. 4.5. La provincia es: a) Una entidad local formada por la agrupación de municipios. 4.6. Las tasas son tributos: b) Que suponen la obtención de un beneficio para el ciudadano. 4.7. El pleno del ayuntamiento está formado por: b) El alcalde y un tercio de los concejales. 4.8. El cabildo insular es una entidad administrativa exclusivamente de: b) Las islas Canarias. 4.9. El mandato del Presidente de la Diputación tiene una duración de: a) 4 años. 4.10. Cuando se habla de autonomía local se entiende que es: b) Facultad para refrendar normas. 4.11. Cualquier alteración de los límites provinciales tiene que ser: a) Aprobado por las Cortes mediante ley ordinaria. 4.12. Las juntas municipales de distrito se crean para: b)Facilitar los servicios municipales a los distintos distritos del municipio


4.13. En un ayuntamiento siempre tiene que haber: b) Alcalde, teniente alcalde y Pleno. 4.14. Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en: a) El padrón municipal en el que resida habitualmente. 4.27. Explica las diferencias entre municipio y provincia. Municipio El municipio es la Entidad local básica de la organización territorial del Estado. Tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Son elemento del municipio el territorio, la población y la organización. El término municipal es el territorio en el que el ayuntamiento ejerce sus competencias. Cada municipio pertenecerá a una sola provincia. Todas personas que vivan en España está obligada a inscribirse en el Padrón municipal en el que resida habitualmente. Quien viva en varios municipios deberá inscribirse en el que habite durante más tiempo al año. El conjunto de personas inscritas en el Padrón municipal constituyente la población del municipio. La condición de vecino se adquiere en el mismo momento de su inscripción en el Padrón. Provincia La provincia es una Entidad local determinada por la agrupación de Municipios, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Son fines propios y específicos de la Provincia garantizar los principios de solidaridad y equilibrio intermunicipales, en el marco de la política económica y social, y, en particular: -Asegurar la prestación integral y adecuada en la totalidad del territorio provincial de los servicios de competencia municipal. -Participar en la coordinación de la Administración local con al de la Comunidad Autónoma y la del Estado.


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