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CURATELA E INCAPACIDAD EN EL DERECHO ROMANO
LA CURATELAE INCAPACIDA DENEL DERECHO ROMANO
En la presente revista y/o trabajo de investigación realizado, abordaremos partes esenciales de la curatela e incapacidad en el derecho romano, por lo que es esencial que se aborde los antecedes de esta figura para su aplicación en la actualidad y llegar a uno de los objetivos importantes que es como esta figura ha cambiado a través del tiempo y actualmente se aplica, es importante reconocer que nuestro código tiene como base mucho de lo formulado anteriormente en estas épocas, es por ellos que es imprescindible que se pueda abordar tanto estos aspectos.
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ANTECEDENTES:
Para lograr completar uno de los objetivos planteados en el presente trabajo investigativo, que es la comprender como esta figura se desarrolló en el marco del derecho romano, es importante conocer sus antecedes, para ello a través de la lectura de Lourdes Moretín en “Tutela y Curatela del Derecho Romano” podemos conocer que:
Las limitaciones y condiciones de vida que puede padecer una persona de forma mental y física ha sido una preocupación por parte de la sociedad desde inicios de la sociedad, por lo que las soluciones que brindo el Derecho Romano ante tal situación para hacer frente a esta realidad y brindar una mejor condición de vida con los ciudadanos han servido de bases para las figuras que se aplican actualmente en diversos países. Frente a estos problemas la curatela fue uno de los mecanismos de protección a los derechos de estas personas.
En el derecho romano la aplicación de mecanismos de protección en el Derecho se aplicaba de la siguiente forma, según lo leído en la monografía de Castán, discapacidad y Derecho Romano, en la ley de las XII tablas que establecía las reglas de convivencia del pueblo romano, esta figura solo aplicaba para los locos y los discapacitados como medio de protección de su patrimonio, de forma posterior esta figura fue variando y se incluían a las personas sordas y menores de 25 años. El fin de esto, era que el curador pueda administrar el patrimonio del respectivo incapaz, es esencial mencionar que el curador tenía las mismas facultades que un tutor en lo que respectar a la disposición de bienes, enajenación de estos en beneficio propio.
En esa línea los mecanismos de tutela y curatela empleados en el derecho romano resultaron trascendentes para la representación del menor, mujer, persona incapaz en el sistema jurídico romano.