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c)TUTELA DATIVA
Se da el surgimiento de la tutela dativa en el caso de la inexistencia de tutela testamentaria y de parientes agnados en condición de ejercer la tutela legitima que en condición de sui iuris no tengo capacidad de obrar. En estos casos que el sujeto impúber quedaba sin protección y con ausencia de tutoría bajo las dos especies anteriormente mencionadas surge la tutoría dativa haciendo referencia en el término tutela dativa definiéndola como tutela magistral. Quienes designaban los tutores eran pretores y los tribunos de la plebe en a instancia de algún pariente luego paso a ser en el periodo claudiano cambio a ser trabajo de los cónsules. Este tuve una real importancia en el derecho romano que hasta se creó un praeter tutelarius siendo este específico para estos casos este defería en la tutela de los iuridici. Esta tutela nacía con la intención de dar protección al pupilo se plasma como un officium en vez de un poder. Ya que no solo era un poder sino un cargo público. Esta tutela era el último medio por defecto de las anteriores especies de tutela siendo esta de carácter obligatorio esta podía ser pedida por el pupilo.
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