BOLETÍN FISCAL Y SEGURIDAD SOCIAL
NÚMERO 123 – JUNIO 2022
TABLA DE
contenido www.canacar.com.mx
PÁGINA 1 • PRÓRROGA CFDI 4.0. PÁGINA 2 • IMPORTANCIA DE LA VERIFICACIÓN DE NOMBRES EN EL CFDI 4.0. PÁGINA 4 • VIGILANCIA DE CUMPLIMIENTO PÁGINA 5 • ACCESO A INFORMACION BANCARIA DE LOS CONTRIBUYENTES PÁGINA 6 • INSPECCIÓN LABORAL 2022 DE LA STPS PÁGINA 9 • BURÓ DE CRÉDITO Y EL SAT PÁGINA 10 • INFONAVIT PAUSA EL PROGRAMA PARA CONVERTIR CRÉDITOS A PESOS PÁGINA 10 • ESTÍMULO POR LA ADQUISICIÓN DE DIÉSEL
Nos reiteramos atentos a sus comentarios o cuestionamientos:
Lic. Rubén René Hernández Hernández COORDINADOR DE ASUNTOS FISCALES Y SEGURIDAD SOCIAL Bárbara Pérez Vázquez: analista.fiscal@canacar.com.mx
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PRÓRROGA CFDI 4.0.
E
l 8 de junio, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció una prórroga para el uso obligatorio de la versión 4.0 del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o factura electrónica. A través de un comunicado, la autoridad fiscal informó que la fecha para que el uso del CFDI 4.0 sea obligatorio, pasará del 1 de julio de 2022 al 1 de enero de 2023. El SAT oficializó la prórroga con la publicación de la primera versión anticipada de la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2022. El documento fue publicado el 9 de junio, en el portal de internet del SAT. Por medio de este anteproyecto se “oficializa” la prórroga ampliando el plazo en que puede ser utilizado el CFDI versión 3.3 hasta el 31 de diciembre de 2022, al igual del Complemento de Retenciones e Información de Pagos (CRIP) en su versión 1.0. Esto implica que el CFDI 4.0 es obligatorio, sin excepciones, a partir del 1 de enero de 2023, al igual que el CRIP versión 2.0. Misma suerte corren los complementos y complementos concepto, compatibles con dichas versiones, como lo son:
• Complemento de Nóminas 1.2 Revisión “C”. • Complemento de Comercio Exterior 1.1 Revisión “D”. • Complemento para Pagos versión 2.0. Si bien estas modificaciones entran en vigor hasta el día siguiente a su publicación en el DOF, de conformidad con la regla 1.8 de la RMF para 2022, estas son aplicables desde el 9 de junio, fecha en que se dieron a conocer en el portal de internet del SAT. En este contexto, existen las siguientes consideraciones respecto a la prórroga que anunció el SAT:
• L a versión 4.0 del CFDI no entrará en vigor hasta el 1 de enero de 2023, sino que entró en vigor el 1 de enero de 2022, por lo tanto, no es una prórroga. Es decir, lo que cambió es la fecha del uso obligatorio, pero la factura 4.0 ya es vigente.
Está extensión de convivencia le aplicará a todos los CFDI:
• Ingreso. • Egreso. • Traslado.
• Nómina. • Recepción de pagos. • Y complementos relativos al cambio de versión. El hecho de que la única versión para emitir CFDI sea la 4.0 a partir del 1 de enero de 2023, no significa que hasta ese entonces los contribuyentes se tengan que preocupar y ocupar en su implementación.
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IMPORTANCIA DE LA VERIFICACION DE NOMBRES EN EL CFDI 4.0.
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a práctica de registro de nombres en México ha sido de registrarlos sin tildes y sin caracteres o símbolos especiales, y la razón de ella es que antes de la época computacional la mayoría de las oficinas gubernamentales utilizaban máquinas de escribir para realizar los registros y estas no contaban con letras mayúsculas con tildes. El Registro Nacional de Población (RENAPO) se computarizó por completo hasta 1999, y fue a partir de 2000 que puso a disposición de todos los registros civiles un sistema electrónico de captura de datos. A través del Acuerdo por el cual se dan a conocer el Procedimiento Técnico de Captura de Información y el Procedimiento Técnico de Intercambio de Información, así como sus respectivos anexos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de noviembre de 2009, se establece, en su Anexo 02 – Datos e Información de Captura, que los nombres y apellidos en todo documento gubernamental deben capturarse en letras mayúsculas y sin acentos. El punto 7 del Acuerdo establece que “Son sujetos de estos ordenamientos las “DR” (dependencias registradoras) de la “APF” (Administración Pública Federal), las cuales requieren inscribir a aquellas personas que sean usuarios o beneficiarios de los servicios educativos, habitacionales, de seguridad social, salud, agropecuarios y financieros, para obtener una identificación que les permita acceder a esos servicios y en general todas aquellas dependencias y entidades de la “APF” que posean o administren registros de personas. Asimismo, son aplicables a las autoridades estatales y municipales en las que se tengan convenios firmados a este efecto”. Por dependencia registradora, se entiende a toda aquella Dependencia de la Administración Pública Federal, Estatal y Municipal, que requieren registrar núcleos de población. Como puede apreciarse, el acuerdo alcanzado por el Gobierno Federal con todas las dependencias y niveles de gobierno es que los nombres se registren sin acentos. Existe el mito lingüístico de que las mayúsculas no deben acentuarse de manera gráfica, pero es importante aclarar que la Real Academia Española ha expresado que esa práctica nunca ha sido aceptada, y que las mayúsculas siempre han debido llevar tilde. En la antigüedad algunas imprentas no lo acostumbraban porque no había moldes de letras mayúsculas que incluyeran tilde, pero era por una cuestión de espacio y dimensiones en los moldes, no de regla ortográfica. Todas las palabras en mayúsculas van acentuadas, excepto las mayúsculas que forman acrónimos. En la actualidad, los sistemas computacionales de gobierno y bases de datos sí aceptan acentos y caracteres especiales, pero la práctica de no utilizar los acentos continúa para que exista concordancia con registros previos. Por esta razón el acuerdo de referencia continúa vigente.
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Caso aparte es el de los caracteres especiales, el cual se analiza más adelante. La problemática abordada no se limita a acentos, sino que aquellos nombres con caracteres especiales presentan un particular reto. En 2011 se presentó un particular caso en México de una recién nacida llamada Xuu’kx Xapaa (pronunciado shuc shabá), que, en su lengua, ayöök (o lengua mixe), significa colibrí, espíritu del viento. Su madre, Lilia Pérez, no podía registrarla porque el funcionario en turno del Registro Civil le decía que el sistema no lo permitía, no aceptaba el apóstrofo. Como solución, le ofrecieron una lista de nombres en español, lo cual resulta en un acto de discriminación, falta de reconocimiento de los derechos indígenas y desconocimiento de su cultura. El ayöök tiene reglas gramaticales y ortográficas como el español; existen estudios lingüísticos que explican estas reglas. Este es un problema que aqueja a todas las personas que tienen nombres en esta lengua. La población que habla esta lengua es de 133,132 habitantes de Oaxaca, Veracruz y Quintana Roo. Existen, por supuesto, muchas otras lenguas indígenas en México con sus reglas gramaticales y ortográficas, y que contienen caracteres alfabéticos especiales. El caso de Xuu’kx Xapaa es sólo uno de tantos, que resulta ilustrativo. Derivado de las consideraciones anteriores, las reglas vigentes para la asignación de la CURP aceptan ya el uso de ciertos caracteres especiales. En el punto 1.4 del Apartado 5 – Casos especiales para la integración de la CURP, se establecen los lineamientos tratándose de caracteres especiales, y en el punto 1.6 se indica cómo proceder con la letra U con diéresis (Ü): 1.4. Si en los apellidos o en el nombre aparecieran caracteres especiales como diagonal (/), guión (-), punto (.), apóstrofo (‘) y diéresis (¨) en alguna de las vocales, se captura tal cual viene en el documento probatorio, y se asignará una “X” en caso de que esa posición intervenga para la conformación de la clave. … 1.6. Para diéresis (¨) en la letra U, la aplicación asignará una “U” en caso de que esa posición intervenga para la conformación de la clave. Ejemplos: DALIA ARGÜELLO PEREZ – AUPD Como puede apreciarse, la indicación para el registro del nombre es que se respeten los caracteres especiales. El 9 de marzo de 2018, se reforma el Artículo 58 del Código Civil Federal para obligar al juez del Registro Civil, en todos los casos que se requiera, a registrar en el acta de nacimiento el nombre solicitado, con estricto apego a las formas orales, funcionales y simbólicas de comunicación pertenecientes a las lenguas indígenas. El problema se presenta, al igual, en nombres de lenguas extranjeras, en las que se utilizan caracteres distintos a los del español.
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Existen, como es sabido, lenguas que utilizan símbolos alfabéticos diferentes, como son el coreano, el japonés, el mandarín o el ruso, por mencionar sólo algunos. Dado que el uso de esos caracteres resultaría impráctico por ser símbolos desconocidos para la gran mayoría de los habitantes de México, es en estos casos en que sí procede una representación con símbolos equivalentes en el idioma español. Actualmente se tiene la situación de que existen nombres registrados en el Registro Civil sin caracteres especiales porque su registro se hizo en algún momento en que esto no era posible, puesto que los sistemas no lo permitían. A raíz de que los sistemas lo permiten, ya existen registros de nombres con caracteres especiales. En materia de acentos, el lineamiento que prevalece es que el registro es haga omitiéndolos. Para efectos de validar nombres es necesario revisar que existe coincidencia entre la CURP, el RFC y el IMSS, entre otras instituciones básicas. En lo general los nombres deben corresponder y ser iguales entre las distintas dependencias, pero sí se reportan casos con diferencias derivadas de los caracteres especiales. Se recomienda hacer una validación de datos no solamente ante el RFC, sino también de las otras dependencias. En caso de haber discrepancias, se deben realizar las correcciones procedentes y evitar así que los trámites automatizados sufran rechazos por este tipo de inconsistencias.
VIGILANCIA DE CUMPLIMIENTO
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on los datos que tendrán que incluir las empresas en los CFDI, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tendrá en su radar a los asalariados, y a la vez vigilará más la nómina de empresas, opinan expertos. De acuerdo con El Universal, para lo que resta del sexenio, se espera que continúe la intensa fiscalización y las acciones de la Procuraduría Fiscal de la Federación (PFF) para aumentar la recaudación de impuestos. Según abogados fiscalistas, el fisco mexicano tiene herramientas muy importantes para sostener la fiscalización con las cartas invitación que envía a los contribuyentes vía buzón tributario, correos electrónicos y auditorías electrónicas El SAT vigilará a los asalariados con o sin actividad empresarial adicional, con la verificación de sus datos generales, plasmados en recibos de pago de quincena, y con las facturas que pidan. Por otro lado, aumentará la vigilancia sobre la nómina de los patrones y de las empresas de servicios e instituciones financieras que emitan Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) bajo la nueva versión 4.0 de la factura electrónica, que entra en vigor el próximo 1 de julio. Asimismo, el abogado fiscalista dijo al periódico que, gracias a los actos de fiscalización a grandes contribuyentes se reflejan en el aumento de la recaudación del ISR al cierre del primer cuatrimestre en comparación con el año anterior.
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Mariana Campos, coordinadora del Programa de Gasto Público y de Rendición de Cuentas de México Evalúa, explicó que mientras que la recaudación por fiscalización creció 16.1% anual, la recaudación primaria está estancada, con un crecimiento de apenas 0.3 por ciento. El SAT incluye acciones persuasivas como cartas invitación y correos electrónicos, así como las tasas efectivas, con el fin de que haya una autocorrección. De acuerdo con datos del SAT, de enero abril fueron más efectivos los actos por contacto realizados como parte de su labor de vigilancia de cumplimiento de obligaciones tributarias. De este rubro, el mecanismo que más efectividad tuvo fueron los correos electrónicos que recibieron los contribuyentes del fisco para informales de adeudos y formas de pago. Si bien el número de envíos bajó de 14.6 millones de enero a abril de 2021 a 13.2 millones en igual periodo de 2022, el fisco obtuvo más ingresos. La recaudación del envío de correos electrónicos pasó de 7 mil 25 millones a 19 mil 555 millones de pesos en el periodo. A través del método conocido como vigilancia profunda, en los primeros cuatro meses del presente año el SAT llevó a cabo 26 mil 543 entrevistas con contribuyentes, lo que arrojó una recaudación de 12 mil 274 millones de pesos, frente a 24 mil 949 encuentros que realizó entre enero y abril de 2021, por los que obtuvo 8 mil 115 millones de pesos. ACCESO A INFORMACION BANCARIA DE LOS CONTRIBUYENTES
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a Suprema Corte de Justicia la Nación (SCJN) recientemente declaró constitucional la facultad del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para acceder a la información bancaria de personas y empresas sin necesidad de una orden judicial previa. La Primera Sala de la SCJN aprobó una jurisprudencia que avala un artículo de la Ley de Instituciones de Crédito (LIC), en la que se establece que el secreto bancario no opera tratándose de información requerida por las autoridades hacendarias federales para fines fiscales. La ministra de la SCJN y ex jefa del SAT, Margarita Ríos Farjat, fue quien elaboró la propuesta para que las autoridades hacendarias puedan conocer la información general sobre los salarios y gastos de los cuentahabientes. La facultad del SAT para acceder a la información bancaria de los contribuyentes podría ser peligrosa, explicaron especialistas fiscales a ADN 40. Elio Zurita, especialista fiscal, dijo al medio que la violación a la privacidad bancaria sería un peligro para todos los
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cuentahabientes, debido a que los ingresos económicos de cada persona podrían ser de conocimiento público. “Eso ya sería tremendo porque de lo que estamos hablando es de que podríamos tener toda la información de todos sus depósitos, saldos, bueno eso ya sería una locura”, explicó Elio Zurita a Azteca Noticias. “Imagínense lo peligroso que es, que la autoridad o cualquier persona pueda tener acceso a tu información bancaria. Secuestro, robo, todo ese tipo de cosas, extorsiones… Como saben cuánto dinero tienes en tus cuentas bancarias, lo pueden llegar a hacer”, aseguró el especialista fiscal Enrique Gomez. En la nota se explica que el proyecto presentado pretende autorizar al SAT o a cualquier autoridad hacendaria verifique la información de las cuentas bancarias de cualquier ciudadano si así lo considera competente, sin la necesidad de una orden judicial, violando así el derecho a la privacidad, a la cual tienen derecho todos los mexicanos. Además, se señala que anteriormente el SAT verifico cuentas personales sin una orden judicial, con base en el artículo 142, fracción IV, de la Ley de Instituciones de Crédito. Por eso, se han promovido una serie de amparos – Con información de ADN 40. INSPECCIÓN LABORAL 2022 DE LA STPS
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a Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) recientemente publicó el “Programa de inspección 2022”, emitido por la Unidad de Trabajo Digno, de la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo. Este programa tiene como objetivo establecer las estrategias y líneas de acción para la realización de inspecciones del trabajo en las materias del ámbito federal. El artículo indica que, para esto, la STPS presentó las siguientes estrategias y sus líneas de acción. Estrategia 1. Modernizar el marco normativo de la Inspección Federal del Trabajo, así como sus herramientas tecnológicas. Línea de acción 1. Actualizar ordenamientos jurídicos para dar mayor claridad y certeza jurídica a las actuaciones de inspección. Dotar de mayores atribuciones a los inspectores y endurecer las sanciones cometidas por los servidores públicos, buscando dar transparencia a la aplicación de la normatividad e inhibir posibles actos de corrupción, así como atender las nuevas disposiciones normativas en materia laboral. Línea de acción 2. Modernizar el Sistema Informático de Apoyo al Proceso Inspectivo (SIAPI) para facilitar su uso, eficientando las funciones de vigilancia de la normatividad laboral y llevar un mejor control del ejercicio de la inspección. Asimismo, la Unidad de Trabajo Digno a través de la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo diseñó el Sistema Integral para la Atención de Quejas, Denuncias, Accidentes y Siniestros (SIQADE), para la atención y seguimiento de quejas.
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Línea de acción 3. Contar con un directorio nacional de empresas actualizado, utilizando diversas fuentes de información entre las áreas que integran la Secretaría e instituciones gubernamentales. Estrategia 2. Llevar a cabo inspecciones laborales en sectores productivos específicos, con un enfoque focalizado y especializado, principalmente en centros de trabajo con actividades de alto riesgo y donde existan vulnerabilidad de derechos laborales. Línea de acción 1. Priorizar la realización de inspecciones en sectores productivos específ icos, en los cuales se realicen actividades de alto riesgo o exista vulnerabilidad de derechos laborales. Línea de acción 2. Vigilancia al cumplimiento de las obligaciones laborales con naturaleza económica como el salario, aguinaldo y reparto de utilidades. Línea de acción 3. Continuar con la verificación de los procedimientos de legitimación de contratos colectivos del trabajo en las organizaciones sindicales a petición del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral. Estrategia 3. Establecer criterios estandarizados en las actuaciones de los inspectores federales del trabajo, que permitan hacer eficiente el desahogo de las inspecciones en la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo y las oficinas de Representación Federal del Trabajo y ofrecer seguridad jurídica dentro del Marco Legal. Línea de acción 1. Continuar con la implementación de criterios de actuación estandarizados en las inspecciones laborales, con la finalidad realizar la vigilancia de la normatividad laboral de manera sistemática, mejorando el desarrollo de las diligencias administrativas, incluyendo las que se realicen con autoridades laborales locales. Línea de acción 2. Reducir los tiempos administrativos en torno al desahogo, motivación y resultados de las inspecciones, así como unificar el criterio para la aplicación de sanciones durante el proceso, evitando caducidades y logrando una mejor eficiencia en el proceso administrativo. Estrategia 4. Supervisar y dar seguimiento a los procesos de inspección implementados por las Oficinas de Representación Federal del Trabajo y sus Unidades Subalternas, así como a la actuación de los Inspectores Federales del Trabajo en el desarrollo de sus funciones, las cuales deberán estar apegadas a la normatividad aplicable, de conformidad con las obligaciones, facultades y responsabilidades de los servidores públicos. Línea de acción 1. Establecer un programa de supervisión que fortalezca el desempeño de los servidores públicos vinculados en el proceso de inspección. Línea de acción 2. Administrar y dar seguimiento a la atención de las quejas y denuncias ciudadanas respecto del
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incumplimiento a la normatividad laboral o de la actuación inspectiva, a través del SIQADE, a fin de tener el control de las quejas y denuncias recibidas en las Oficinas de Representación Federal del Trabajo o en las Unidades Administrativas adscritas a la Unidad de Trabajo Digno. Línea de acción 3. Realizar visitas de supervisión de tipo presencial o documental. Estrategia 5. Vigilancia al cumplimiento de la normatividad relativa al Registro de Prestadoras de Servicios Especializados y Obras Especializadas (REPSE). Línea de acción 1. Análisis permanente y cruce de la información contenida en el REPSE, para establecer ciertos indicadores con los que se identifican posibles casos de riesgo y con ello se focaliza la programación de las acciones de verificación, por lo que las acciones de verificación serán enfocadas a los sectores previamente identificados. Línea de acción 2. Inspeccionar sectores que, dada la naturaleza de las actividades que se realizan, existe un potencial riesgo de que se sigan utilizando de subcontratación de personal. Línea de acción 3. Realizar cruces de información relacionada con migración de personal, bajas masivas y datos aportados por las personas físicas o morales en el REPSE con el objetivo de determinar la prioridad de atención. Línea de acción 4. Mantener un constante intercambio de información con las autoridades fiscales y de seguridad social a efecto de identificar empresas que incumplan las nuevas disposiciones en materia de subcontratación y se desarrollarán acciones de vigilancia y fiscalización de manera conjunta con el objetivo de inhibir y en su caso sancionar a todas aquellas empresas que se encuentren actuando fuera del marco normativo. Estrategia 6. impulsar y fortalecer el trabajo digno en los centros de trabajo promoviendo los beneficios de los mecanismos alternos a la inspección y de cumplimiento voluntario, con el uso de las tecnologías a fin de ampliar la cobertura de centro de trabajo verificados, así como dar a conocer otras acciones que fortalezcan las condiciones de las personas trabajadoras en situaciones de vulnerabilidad en el país. Línea de acción 1. Iniciar la operación del sistema de acreditación de buenas prácticas laborales y trabajo digno, con el objeto de impulsar y fortalecer los centros de trabajo que provean de condiciones de trabajo digno a las personas trabajadoras, promover la incorporación a los Programas de Verificación Laboral Voluntaria y al de Autogestión en Seguridad y Salud en el Trabajo. Línea de acción 2. Participar en las sesiones de Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo, y en sus grupos de trabajo, a fin de apoyar en actualizar y modernizar el marco normativo en materia de seguridad y salud en el trabajo, mediante el cumplimiento del programa de trabajo 2022 de dicho Comité Consultivo que Preside el director general de Previsión Social contempladas para el 2022.
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Estrategia 7. Impartir capacitación especializada a los servidores públicos vinculados al proceso de inspección laboral, con el objetivo de mejorar la eficiencia y eficacia de la actuación de la inspección federal del trabajo. Línea de acción 1. Capacitar de forma permanente y obligatoria al personal inmerso en el proceso de Inspección con base en el Programa de Capacitación anual, con la finalidad de contar con un capital humano competitivo y profesional. Línea de acción 2. Promover el intercambio de conocimiento y capacitación con instituciones de educación superior y con instituciones y organizaciones nacionales e internacionales, para intercambio de experiencias, capacitación y buenas prácticas en las diferentes áreas y materias referentes a la inspección. https: //www.gob.mx/stps/documentos/programa-deinspeccion-2022 BURÓ DE CRÉDITO Y EL SAT
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l Servicio de Administración Tributaria (SAT) aumentó en un 69 por ciento el número de personas físicas reportadas al Buró de Crédito. Las cifras del SAT entregadas por medio de la Ley de Transparencia muestran que el número de personas físicas reportadas a esta institución de historial crediticio pasó de 328 mil 847 en promedio mensual en 2018 a 555 mil 34 contribuyentes en 2022. Los adeudos al SAT de las personas físicas pasaron de 101 mil 676 millones de pesos en promedio en 2018 a 169 mil 904 millones de pesos en el presente año, un 67 por ciento más. Respecto a las empresas, el promedio mensual bajó de 119 mil 493 personas morales reportadas en 2018 a 91 mil 29 negocios en 2022. Sin embargo, los adeudos crecieron de 436 mil 52 millones de pesos a 734 mil 138 millones en el mismo periodo. Guillermo Mendieta Cruz, especialista del Colegio de Contadores Públicos de México, dijo en entrevista que el fisco puede boletinar a un contribuyente ante el Buró de Crédito cuando éste tenga un adeudo sin pagar. El fisco clasifica los créditos fiscales de dos maneras: como exigibles y firmes. Los primeros refieren al incumplimiento de responsabilidades por las que el SAT notifica al contribuyente para que se ponga al corriente con sus obligaciones fiscales. Tras la llegada de la notificación puede impugnarse el crédito. Si no se paga ni se impugna, el crédito pasa a ser firme y puede ser reportado ante el Buró de Crédito. Edilberto Castro, especialista en impuestos, dijo a El Financiero que el SAT puede llegar a congelar cuentas bancarias de los contribuyentes y esto lo refleja en su reporte al Buró de Crédito. “Esto puede tener consecuencias, ya que de entrada la persona no tiene acceso a sus propias cuentas y tampoco tiene posibilidad de tener nuevos créditos” destacó.
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De acuerdo con un artículo publicado, la autoridad fiscal envía comunicados a los contribuyentes, mediante buzón tributario y correo electrónico, antes de ser reportados al Buró de Crédito. INFONAVIT PAUSA EL PROGRAMA PARA CONVERTIR CRÉDITOS A PESOS El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) informó que pondrá en “pausa” hasta el 9 de junio el programa de responsabilidad compartida, con el que los derechohabientes podían convertir sus créditos de Veces Salario Mínimo (VSM) a pesos. Asimismo, el Instituto aclaró que esto no se interpone en el funcionamiento del programa, sino que solo se trata de una actualización de las bases de datos. Explicó que el funcionamiento normal de esta política requiere que, durante los primeros días de cada mes, se evalúen las condiciones financieras de los créditos de las personas susceptibles a ser beneficiadas con el programa de cambio de VSM a pesos. El Programa Responsabilidad Compartida del Infonavit es una opción para los trabajadores que tienen dificultades para pagar sus créditos. Una vez que se termina dicho análisis, se carga en Mi Cuenta Infonavit para que las y los acreditados puedan revisarla y decidir libremente si aceptan las nuevas condiciones que tendrá su crédito como consecuencia del cambio. En 2016 se creó la unidad de medida y actualización (UMA), con lo que se desindexó el salario mínimo del cálculo de obligaciones como multas o el pago de créditos del Infonavit. Sin embargo, aquellos trabajadores que pidieron su crédito antes de esta fecha todavía tienen su crédito en VSM. ESTÍMULO POR LA ADQUISICIÓN DE DIÉSEL
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ara los contribuyentes que adquieran diésel o biodiesel y sus mezclas, para consumo final y uso automotriz en vehículos que se destinen exclusivamente al transporte público de personas o carga, así como turístico, a través de carreteras o caminos, podrán acreditar contra el ISR causado que tenga el contribuyente en el ejercicio un monto equivalente al IEPS causado por la enajenación de este combustible. A continuación, informamos a ustedes los siguientes factores del mes de Junio:
SEM 22 23 24 25
PERÍODO ESTÍMULO Del 4 al 10 de junio de 2022 $ 0.00 Del 11 al 17 de junio de 2022 $ 0.00 Del 18 al 24 de junio de 2022 $ 0.00 Del 25 de junio al 1 de julio de 2022 $ 0.00 Para más información consultar la página del www.dof.gob.mx
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