FUNCIÓN PÚBLICA

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PROGRAMA DE INDUCCIÓN


Segunda Parte

Funci贸n P煤blica.

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CONTENIDOS •Normas generales y específicas de los funcionarios(as) y trabajadores(as) públicos •Prohibiciones e Incompatibilidades •Evaluación de desempeño •Responsabilidad administrativa •Programa de Mejoramiento de la Gestión PMG •Convenio de Desempeño Colectivo CDC

OBJETIVOS 1.Aprender sobre la normativa que regula el quehacer de los funcionarios del CNCA 2.Conocer los elementos que regulan la labor de los funcionarios. 3.Distinguir y conocer los instrumentos mas importantes sobre control de gestión e incentivo institucional aplicados en el CNCA

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Normas Generales Y Especificas De Los Funcionarios (as) Y Trabajadores (as) Públicos NORMAS DE CONDUCTA INTERNA. •

Transparencia: La transparencia es el derecho de los ciudadanos a requerir de la Administración Pública, la información de los actos que se efectúan por sus organismos, y se traduce en la obligación de los órganos de la Administración de permitir y promover dicho conocimiento. Por lo tanto, lo que persigue la transparencia es evitar el uso corrupto del poder.

Probidad: La probidad administrativa consiste en la observancia de una conducta funcionaria intachable, y un desempeño honesto y leal de la función o cargo, con preeminencia del interés general sobre el particular.

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Descripci贸n de conductas especialmente graves en la Administraci贸n:

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EL ACOSO •

Se entiende por acoso laboral cualquier manifestación de una conducta abusiva, (comportamientos, palabras, actos, gestos y escritos) que puedan atentar contra la personalidad, dignidad e integridad física o psíquica de un funcionario, que pone en peligro su trabajo o que degrada su clima laboral, ejercidas de manera permanente y sistemática.

Se entiende por acoso sexual cualquier comportamiento, manifestación, actitud y/o requerimiento que realice una persona en forma indebida, por cualquier medio, de carácter o índole sexual, no consentido por quien los recibe y que amenacen o perjudiquen su situación laboral, física o psicológica en el empleo.

Para prevenir estas prácticas abusivas, el Servicio CNCA consta de un procedimiento de denuncia, investigación y sanción del acoso laboral y acoso sexual, el cual reglamenta y sanciona este tipo de actos.

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Prohibiciones e Incompatibilidades PROHIBICIONES: •

¿Un funcionario puede solicitar o aceptar donativos? No puede solicitar ni aceptar donativos, ventajas o privilegios de cualquier naturaleza para sí o para terceros.

¿Puede emplear información confidencial de la institución? No puede utilizar personal, material o información reservada o confidencial del organismo, ejecutar actividades u ocupar tiempo de la jornada para fines ajenos a la institución.

¿Implica una falta atentar contra los bienes de la institución? Sí. Lo mismo que cometer actos que produzcan la destrucción de materiales, instrumentos o productos de trabajo; e incitar a destruir, inutilizar o interrumpir instalaciones públicas o privadas.

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Prohibiciones e Incompatibilidades INCOMPATIBILIDADES •

¿Un funcionario puede trabajar en dos empleos estatales simultáneamente? No, aunque los funcionarios se rijan por normas distintas a las contenidas en el Estatuto Administrativo (Ley N°18.834). En esta incompatibilidad, también se incluyen las funciones o cargos de lección popular

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Evaluación de Desempeño •

¿Cuál es el objetivo de las calificaciones?: El Objetivo es evaluar el desempeño y las aptitudes de cada funcionario, atendidas a las exigencias y características de su cargo. El resultado de toda evaluación realizada servirá de base para el ascenso, los estímulos y la desvinculación del Servicio.

¿Quiénes son calificados? Todos los funcionarios cuya calidad jurídica es de planta o a contrata que hayan desempeñado sus funciones por un periodo superior a seis meses

¿Quiénes serán los encargados de calificar? Los jefes directos serán responsables de las precalificaciones. La Junta calificadora será responsable de realizar las calificaciones.

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Responsabilidad Administrativa

¿QUÉ MEDIDAS DISCIPLINARIAS CONTEMPLA LA LEY?

Estas medidas se aplicarán considerando la gravedad de la falta cometida y las circunstancias, atenuante o agravantes.

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Responsabilidad Administrativa

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Responsabilidad Administrativa ¿CÓMO SE LLEVA A CABO UN SUMARIO ADMINISTRATIVO? El sumario administrativo será ordenado mediante una resolución por el jefe superior de la Institución, el Director Regional.

En ella, se designará a un fiscal, el cuál deberá tener igual o mayor grado, que el funcionario que aparezca involucrado en los hechos.

El sumario se conforma con todas las declaraciones, actuaciones y diligencias, a medida que se vayan sucediendo, más todos los documentos que se acompañen.

Los hechos deben investigarse en un plazo de 20 días, al cabo del cual se deben formular cargos al afectado.

Una vez contestados los cargos o vencido el plazo del período de prueba por parte del funcionario cuestionado, el fiscal emitirá dentro de 5 días, un dictamen en el cuál propondrá la absolución o sanción al cual el funcionario puede apelar. 12


Programa De Mejoramiento De La Gestión (PMG) El Programa de Mejoramiento de la Gestión (PMG) nace en 1998 con la Ley 19.553 de Asignación de Modernización en el marco del Sistema de Evaluación y Control de Gestión dirigido por la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda.

Es un instrumento que Mediante sistemas tales como el de Control de articula Evaluación y Control de adecuadamente la Gestión, modernización Política de Recursos del Estado, se contribuye Humanos por cuanto al mejoramiento de la opera con incentivos gestión pública, especialmente en la monetarios vinculados provisión de bienes y al cumplimiento de metas y obtención de servicios a la ciudadanía, con énfasis en el resultados;

mejoramiento de la calidad del gasto público.

El cumplimiento de cada una de las etapas comprometidas por los servicios públicos da derecho a los funcionarios de la institución respectiva, en el año siguiente, a un incremento de sus remuneraciones. En este sentido, el PMG se concibe como una herramienta relevante de incentivo por desempeño institucional.

Programa de mejoramiento de la Gestión

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Convenio de Desempeño Colectivo (CDC) La asignación por desempeño colectivo (CDC) al igual que el Programa de Mejoramiento de la Gestión (PMG) nace en 1998 con la Ley 19.553 de Asignación de Modernización en el marco del Sistema de Evaluación y Control de Gestión dirigido por la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda.

Cada jefe superior de servicio define anualmente metas de gestión para los equipos, las cuales deben de ser pertinentes y relevantes, y que efectivamente contribuyan a mejorar el desempeño institucional, con sus correspondientes indicadores, ponderadores y mecanismos de verificación,

Las metas de gestión deben apuntar a alguna de las siguientes dimensiones: Eficacia, Eficiencia, Economía y Calidad del Servicio.

Al igual que el Programa de Mejoramiento de la Gestión (PMG), el cumplimiento de cada una de las Metas de Desempeño Colectivo (CDC) comprometidas se reflejara en un incremento de la remuneración de los funcionarios, conformando también otro tipo incentivo por desempeño institucional.

Convenio de Desempeño Colectivo

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GRACIAS


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