PROGRAMA DE INDUCCIÓN
Tercera Parte
Tem谩ticas relacionadas a la Funci贸n.
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CONTENIDOS • • • • • • • • •
Jornada de trabajo Remuneraciones y asignaciones Derechos funcionarios Módulo de RRHH Licencias médicas y prestaciones sociales Servicio de Bienestar Asociación de funcionarios Capacitación Higiene, Seguridad y Mejoramiento de Ambientes de Trabajo
OBJETIVOS 1. 2. 3. 4.
Conocer las materias relacionadas con el marco de acción establecido para los funcionarios del CNCA Aprender la importancia y el uso del modulo web de RRHH Conocer y aprender los beneficios y servicios que entrega el servicio de bienestar, y ANFUCULTURA. Instruir sobre la importancia y los instrumentos que componen el sistema de capacitación
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Jornada De Trabajo.
DURACIÓN DE LA JORNADA ORDINARIA DE TRABAJO :
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La jornada de trabajo tiene una duración de 44 horas semanales, distribuidas de Lunes a Viernes, sin exceder de 9 horas diarias.
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En el caso del CNCA, el horario de trabajo de Lunes a Jueves entre las 09:00 y las 18:00 hrs. y el día viernes entre las 09:00 y las 17:00 hrs.
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Las Direcciones Regionales deberán hacer regir su horario en función a lo dispuesto por la Intendencia correspondiente.
En el caso de necesitar otro horario de ingreso, se realiza a través del formulario de Solicitud Flexibilidad horaria, que se encuentra en el Intranet institucional, en la sección de Descarga de formularios
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Trabajos extraordinarios y descanso complementario •
Trabajos en horario extraordinario: El Jefe Superior de la Institución, el Director Regional puede ordenar trabajos después de la jornada ordinaria; de noche (entre las 21 y las 7 Hrs. del día siguiente); en día sábado, domingo o festivos; o cuando sea necesario cumplir con tareas impostergables.
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Cada trabajo extraordinario da lugar a una compensación en descanso complementario: El cual será variable, según cuando será realizado el trabajo extraordinario, Si el trabajo extraordinario se realiza de noche o en día sábado, domingo o festivo, los funcionarios deben ser compensados con un descanso complementario igual al tiempo trabajado más un aumento de 50%, en cualquier otra forma de presentarse el descanso complementario será
igual al tiempo trabajado más un aumento del 25%.
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Derechos Funcionarios •
¿Qué derechos de previsión y bienestar social protegen al trabajador? El funcionario tiene derecho a todas las prestaciones y beneficios que contemplen los sistemas de previsión y bienestar social en conformidad con la ley, y además los beneficios
contemplados en la ley de protección a la maternidad. •
¿Cuenta con protección en caso de que se atenta contra su vida o integridad? Sí tiene derecho a ser defendido y a exigir que la institución persiga la responsabilidad civil y
criminal de las personas que atentan contra su vida o su integridad corporal, con motivo del desempeño de sus funciones o que lo injurien o calumnien en cualquier forma. •
¿Respaldo frente a accidentes de trabajo? Es un derecho de los funcionarios(as), tanto de planta como de contrata, la atención médica, hospitalaria, de tratamiento y pago de licencia por los días no trabajados a causa de un accidente de trabajo, hasta su total recuperación o por enfermedad producida como consecuencia de sus funciones. 6
Feriados y Permisos •
¿Qué es un feriado?
Es el descanso anual que tiene el funcionario, con el goce de todas las remuneraciones, durante el tiempo y condiciones establecidas. El feriado legal es un derecho para todo funcionario(a) del CNCA, el cual comienza a regir cuando se haya cumplido efectivamente un año de servicio. La duración de los días
está determinada conforme a los años de servicio que el funcionario tiene a la fecha de comenzar a disfrutar del beneficio, siendo así; 15 días hábiles para los funcionarios con menos de 15 años de servicio; 20 días hábiles para quienes tengan entre 15 y 20 años de servicio, y 25 días para aquellos con 20 o más años de servicio. •
¿Se puede fraccionar el feriado? Sí, con la previa autorización del servicio. Sin embargo, una de las partes no puede ser inferior a 10 días.
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Feriados y Permisos •
¿Qué son los días administrativos? Corresponde a la ausencia transitoria por parte de un funcionario en la institución, en casos y condiciones especiales. El jefe superior podrá conceder o denegar
discrecionalmente dicho permiso. Corresponden a cada año calendario y será de seis días hábiles por año calendario, con goce de sueldo Se pueden fraccionar en días o mediodías.
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¿Cómo solicito el uso de día administrativo y feriado legal? A través del Módulo de Recursos Humanos en el intranet institucional
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Módulo de Recursos Humanos •
¿Qué es el modulo web? Es la plataforma electrónica de gestión de RRHH, implementada para los funcionarios y honorarios, a la cual se accede atreves del intranet institucional.
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¿Cómo ingreso a mi modulo web? Debe ingresar a intranet y seleccionar el módulo de recursos humanos
(http://10.215.10.35/rrhh/). •
¿Cómo puedo obtener el usuario y la clave de acceso? Una vez que reciba su primer pago mensual, se activará automáticamente su cuenta de Recursos Humanos. Su usuario es su RUT, sin punto ni guion. Su clave son los primeros dígitos de su RUT, el cual podrá cambiar una vez que ingrese. Por ejemplo: Si el RUT es 13.190.899-7, el usuario es 131908997 y la clave es 1319 9
¿Qué información personal encuentro en el módulo? •
Usted podrá encontrar los datos de su Hoja de Vida, tales como : Contrataciones con el CNCA, Licencias Médicas; Años de Servicios Otras Instituciones; Evaluación de Desempeño; Anotaciones en Hoja de Vida Funcionaria; Medidas Disciplinarias; detalles del reloj control (asistencia) . También puede encontrar sus documentos tramitados (resolución de contratación, etc.) ,
para ello, debe seleccionar la opción Listado de Documentos Publicados. •
¿Qué certificados puedo obtener? Usted podrá obtener los siguientes certificados: Certificado de Antigüedad; Certificado de Renta de últimos tres meses ; Certificado de Capacitación ; Liquidaciones de Sueldo ; Años de Servicios Otras Instituciones
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¿Qué solicitudes puedo realizar? Usted podrá solicitar por este medio: el uso de sus días de Feriados legales y postergar feriados, también podrá pedir el uso de sus Permisos Administrativos Con Goce , podrá realizar la Solicitud de Justificación Horaria , Solicitar de Uso de Horas a Compensar ;Solicitud de Comisión de Servicio Nacional y Solicitud de Comisión de Servicio al Extranjero. 10
Licencias Médicas y Prestaciones Sociales.
El concepto de licencia medica corresponde al derecho que posee todo funcionario de ausentarse o reducir la jornada de trabajo durante un determinado lapso, debido a razones de salud. En este período, el funcionario continúa gozando del total de sus remuneraciones.
El funcionario que sufre un accidente de trabajo o una enfermedad profesional tiene derecho a obtener la asistencia médica hasta su total recuperación.
Siendo la misma institución empleadora quien deba pagar los gastos provenientes de la atención medica, hospitalaria, quirúrgica, dental, ortopédica y de todos los medios terapéuticos y auxiliares relativos al tratamiento prescrito para la recuperación del funcionario, hasta que sea dado de alta o declarado imposibilitado por la entidad de salud competente para reasumir sus funciones.
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Licencias Médicas y Prestaciones Sociales. ¿Qué sucede si el funcionario no puede continuar desempeñando sus funciones a raíz de un accidente o enfermedad laboral?
Tiene derecho, cualquiera sea el tiempo servido, a una pensión equivalente a aquella que hubiere percibido en las mismas circunstancias de encontrarse cotizando en el Instituto de Normalización Previsional (INP) o una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP).
¿Sí el funcionario fallece, su familia recibe alguna prestación social?
Su cónyuge recibe una pensión de viudez y sus hijos una de orfandad. Esta pensión será equivalente al 75% de la que le habría correspondido al trabajador si se hubiera incapacitado como consecuencia del accidente o de la enfermedad 12
SERVICIO Y SECCION DE BIENESTAR El Servicio y la Sección de Bienestar, tiene por función la gestión y provisión de prestaciones sociales en las áreas de bienestar general, mejoramiento de ambientes de trabajo e higiene y seguridad, con el propósito de contribuir al mejoramiento de la calidad de vida laboral del personal en el marco de los sistemas de seguridad social y protección al trabajador.
Funciones:
• Administrar el presupuesto de sala cuna, jardín infantil, uniformes. • Participa y coordina los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad del CNCA. • Despacha diariamente beneficios del Seguro Complementario SURA. • Contraparte interna del Administrador del Seguro de Accidentes de Trabajo (ACHS) • Contraparte interna de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) • Implementar programa Cultura Saludable (programar, ejecutar, evaluar) • Atención de Consultas relacionadas a: Seguro de accidente de trabajo y enfermedades profesionales (ACHS), Sala cuna y jardín infantil Comités Paritarios de Higiene y Seguridad (A nivel Nacional) 13
SERVICIO Y SECCION DE BIENESTAR • ¿C u á l e s s o n l o s b e n e f i c i o s d e s e r s o c i o d e B i e n e s t a r ? Subsidios, Préstamos, Convenios, Beneficios Médicos?. • ¿Quiénes pueden ser socios de bienestar? Solo los funcionarios de dotación, vale decir los funcionarios que se encuentran contratados bajo calidad jurídica de planta y contrata.
• ¿C ómo u n f u n c i onario puede acceder a este benef icio? En funcionario puede optar a ser socio de bienestar solicitándolo a la sección de Bienestar del Departamento de Recursos Humanos, quienes solicitaran el pago de una cuota mensual por un valor del 1,2% del haber de la liquidación de sueldo.
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Asociación Nacional de Funcionarios de la cultura (ANFUCULTURA) ¿Cuáles en el propósito de ANFUCULTURA?
Representar a los funcionarios y velar por mejores condiciones laborales y salariales para las personas que se desempeñan en CNCA.
¿Quiénes pueden ser socios de ANFUCULTURA?
Solo los funcionarios de dotación, vale decir los funcionarios que se encuentran contratados bajo calidad jurídica de planta y contrata.
¿Cómo un funcionario puede acceder a este beneficio?
En funcionario puede optar a ser socio de ANFUCULTURA solicitándolo a ANFUCULTURA, solicitaran el pago de una cuota mensual por un valor del 1% del haber de la liquidación de sueldo.
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Capacitación ¿Existe capacitación dentro del Servicio? Los dos mecanismos existentes más concretos de capacitación corresponden al PAC (Plan anual de capacitación) el cual es trabajado por el Departamento de Recursos Humanos junto al Comité Bipartito de Capacitación. Este Plan se formula una vez al año y reúne y contempla las necesidades de capacitación de toda la institución, de existir alguna modificación esta se realiza en el mes de Marzo.
El otro mecanismo de postulación son los fondos concursables, los cuales corresponden a una iniciativa, que busca incentivar la participación colectiva y la postulación amplia de proyectos. Esta iniciativa es realizada entre los meses de marzo y abril de cada año dependiendo de los fondos presupuestarios disponibles.
¿Quiénes pueden ser acceder a capacitación? • A las actividades de capacitación solo podrán optar los funcionarios de dotación, vale decir los funcionarios que se encuentran contratados bajo calidad jurídica de planta y contrata. Y el personal a Honorarios Permanente que tenga estipulado en su contrato este derecho.
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Higiene, Seguridad y Mejoramiento de Ambientes de Trabajo •
¿Cuál es el objetivo del sistema de higiene, seguridad y mejoramiento de ambientes de trabajo? El objetivo es proteger la integridad física y mental de los trabajadores/as, preservándolos de los riesgos de salud inherentes a sus tareas y funciones asociadas, así como también, el ambiente físico en que los funcionarios/as realizan sus labores cotidianas.
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¿Qué es el “Registro Individual de Entrega de Obligar a Informar”? El “Registro Individual de Entrega de Obligar a Informar”, también llamado ODI, es un documento entregado por el empleador a cada trabajador/a nuevo que ingresa al Servicio, en el que se informa acerca de los riesgos que involucran sus labores, sus respectivos riesgos asociados y las medidas preventivas o procedimientos de trabajo seguro que se deben tomar para evitar o disminuir tales riesgos.
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¿Qué debo hacer con el “Registro Individual de Entrega de Obligar a Informar”? Los nuevos trabajadores/as deben leer el documento e informarse acerca de como prevenir sus riesgos laborales. Posterior a ello, deberán enviar el registro original firmado al Departamento de Recursos Humanos junto a sus antecedentes personales. Ud. podrá descargar el “Registro Individual de Entrega de Obligar a Informar” en la etapa final del presente programa de inducción.
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GRACIAS