1 minute read

1.4.2. Registros de incidencias y anecdotarios

• Tramitación: el ciudadano, una vez en posesión del documento emitido por la AEAT, entrará en la página web de esta (www.agenciatributaria.es), accederá a la opción «Certificados, notificaciones y cotejo de documentos» y, dentro de esta, a «Cotejo de documentos mediante código seguro de verificación». Una vez allí, introducirá los dígitos del código seguro de verificación que aparece en el pie de la primera página del documento que le ha sido enviado.

• Terminación: al introducir el código seguro de verificación se visualizará el documento administrativo al que está vinculado dicho código, de modo que el ciudadano podrá comprobar la identidad entre el documento que ha recibido y el que se encuentra en la sede electrónica de la AEAT.

Advertisement

1.4.2. Registros de incidencias y anecdotarios

Siempre que se utilicen ficheros automatizados es necesario que exista un registro de incidencias en el que se hará constar cualquier anomalía que afecte o pudiera afectar a la seguridad de los datos de carácter personal. Esta exigencia deviene de la regulación que da el Reglamento Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, que desarrolla la Ley Orgánica de Protección de Datos, que recoge una serie de medidas de seguridad aplicables en los ficheros automatizados (artículos 89 a 104 del reglamento).

En particular, artículo 90 del RD 1720/2007, de 21 de diciembre, indica que todo fichero automatizado deberá contar con un registro en los siguientes términos:

Deberá existir un procedimiento de notificación y gestión de las incidencias que afecten a los datos de carácter personal y establecer un registro en el que se haga constar el tipo de incidencia, el momento en que se ha producido, o en su caso, detectado, la persona que realiza la notificación, a quién se le comunica, los efectos que se hubieran derivado de la misma y las medidas correctoras aplicadas.

Por lo tanto, el registro de incidencias tiene como objeto el desarrollo de un software que permita realizar el procedimiento de notificación, gestión y respuesta ante las incidencias y contendrá como mínimo la siguiente información:

• Tipo de incidencia.

• Fecha y hora en que se produjo o detectó.

This article is from: