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Gerencia de Administración Tributaria y Rentas

Los Órganos de Línea, son aquellos órganos que formulan ejecutan y evalúan políticas públicas y en general realizan las actividades técnicas normativas y de ejecución necesarias para cumplir con los objetivos de la entidad en el marco de las funciones que las Normas Sustantivas atribuyen a éste.

ARTÍCULO 89º.- Composición Orgánica del Órgano de Línea

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Son componentes del Órgano de Línea del Gobierno Municipal, las siguientes unidades orgánicas: 1. Gerencia de Administración Tributaria y Rentas. 2.Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural. 3.Gerencia de Servicios Públicos y Gestión Ambiental. 4.Gerencia de Desarrollo Social y Promoción Económica.

GERENCIA DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Y RENTAS

ARTÍCULO 90º.- Objeto de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas

La Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, es un Órgano de línea, encargada de dirigir, ejecutar, controlar y supervisar la recaudación y captación de tributos Municipales; así como la obtención de rentas municipales; mediante mecanismos de fiscalización, recaudación y control; que aseguren la ejecución del presupuesto de ingresos en cada ejercicio fiscal.

El cargo de Gerencia de Administración Tributaria y Rentas es de un Servidor Público de Confianza, siendo designado por el Alcalde, quien depende jerárquicamente de la Gerencia Municipal.

ARTICULO 91º.- Funciones de la Gerencia de Administración Tributaria y Ren-tas

Son funciones de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, las siguientes: 1. Dirigir y coordinar la implementación del Sistema Tributario Municipal sostenible, que garantice y asegure el control de la recaudación y captación de tributos, así como a la obtención de rentas municipales. 2. Formular y proponer las políticas, planes y normas complementarias en materia tributaria municipal, conducentes a optimizar recursos Municipales. 3. Dirigir y coordinar la difusión y publicación en el Portal Electrónico de la Municipalidad, los formularios de declaración jurada, la legislación, plazos de vencimiento de obligaciones formales y sustanciales del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales y de beneficios tributarios concedidos; así como exhibir los mismos en los lugares visibles de la Municipalidad. 4.Dirigir y controlar el cumplimiento de los plazos de presentación y pago de obligaciones tributarias formales y sustanciales del Impuesto Predial, conforme con la Ley de Tributación

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