PROYECTO DE LEY
PROYECTO DE LEY No. 132 de 2.011
O B J E T O
Regular los gastos por concepto de gestiones jurídicas, cobros extra proceso o cobro persuasivo para créditos ordinarios, microcréditos y créditos de consumo.
REPRESENTANTE PONENTE
Orlando Clavijo Clavijo Presidente Comisión 3 de Cámara de Representantes
TEMA CENTRAL
Los gastos de la cobranza por cuenta del deudor previamente ordenados por un Juez de la Republica en relación con las costas judiciales y agencias del derecho. Modifica el artículo 1629 del Código Civil
PROYECTO DE LEY No. 146 de 2.011
O B J E T O
Establecer normas que regulen la actividad de cobranza extrajudicial en Colombia y otras normas.
REPRESENTANTE PONENTE
Juan Carlos Martínez Gutiérrez Miembro de la Comisión 6 de Cámara de Representantes
TEMA CENTRAL
Reglamentar la actividad de Gestión de Recuperación de cartera que se realiza por fuera de un proceso judicial, cuyo objeto es respetar la dignidad, derechos fundamentales del deudor y de su entorno familiar y social.
COMENTARIOS Se extiende a las actividades de promoción, telemercadeo, difusión o publicidad que se realicen por comunicación dirigida al deudor o consumidor.
Excluye las actividades de cobranza de entidades del sector público en relación con obligaciones tributarias.
Identifica prácticas abusivas, si se realiza gestión diferente a lo que se menciona a continuación:
PRACTICAS ABUSIVAS • Horario de llamada entre las 8 am y 6 pm, lunes a viernes. • El deudor debe autorizar un horario diferente y documentarlo. • Coaccionar al deudor con amenaza de cobro judicial. • Mensajes a terceras personas diferentes al deudor. • Amenazar la vida, buen nombre o algún derecho constitucional del ciudadano.
• Efectuar visitas sin previo aviso al deudor por escrito. • Visita pública donde se dé a conocer que se es deudor. • Publicar listas negras o públicas en cualquier medio. • Comunicaciones donde no se fije un plazo para el pago menor a 10 días hábiles. • Utilizar lenguaje no convencional. • Debe llevarse a cabo la cobranza previo soporte documental.
PRACTICAS ABUSIVAS • Visitas o llamadas al lugar de trabajo sin previa autorización del deudor. • El gestor de cobranza debe estar comunicado al deudor para que se acepte la actividad que desarrolla. • Utilizar información engañosa para lograr el pago • Llamar o enviar comunicación más de una vez al deudor al día.
• Adelantar acciones judiciales cuando el acreedor es consciente de no lograr resultado. • Realizar acuerdos de pago para lograr notificación por conducta concluyente. • Se debe identificar en la llamada, con nombre, cargo, ciudad nombre del acreedor, e informar como debe consultar el documento que soporta la obligación vencida.
PRACTICAS ABUSIVAS • Se sanciona si la información anterior no se entrega a solicitud del deudor. • Si se demanda no se puede adelantar ninguna gestión adicional, salvo que se rebajen intereses y capital que permitan el pago en cuotas u otra facilidad.
• No se puede adelantar gestión de cobranza si esta ha sido solicitada por escrito por parte del deudor. • Utilizar información desactualizada en relación con la localización del deudor.
SOLICITUD DE INFORMACION ADICIONAL DEL DEUDOR
COMUNICACIONES AL DEUDOR
Se debe informar al deudor que la información se requiere para actualización.
Veraz y Respetuosa ajustada a patrones culturales y sociales del deudor.
No se puede indicar en la comunicación verbal o escrita que se trata de una obligación en mora.
Deben ser dirigidas en forma objetiva.
Se debe realizar por una sola vez
La comunicación que se envíe no debe incluir Símbolos o Logos
Deben soportarse los valores en forma discriminada y detallada.
SANCIONES
• Si el gestor es Abogado titulado se considera falta disciplinaria • Responsabilidades Penales. • Multas sucesivas de 1 hasta 7.000 salarios mínimos mensuales • Cierre Temporal o definitivo del establecimiento • Inhabilidad para ejercer el comercio del acreedor y sus representantes • Cancelación de los contratos realizados • Dos o más sanciones terminación inmediata de los contratos de servicio.
ORGANISMOS DE CONTROL
• Superintendencia Financiera. • Superintendencia de Industria y Comercio.
•¡¡!! GRACIAS ¡¡!!