Análisis y Propuestas de Políticas Públicas de COPAL para la industria de alimentos y bebidas
INTRODUCCION El documento tiene por objetivo presentar propuestas de políticas públicas para el desarrollo de la industria de alimentos y bebidas (en adelante IAB) en Argentina, a partir del diagnóstico de las distintas áreas de intervención que se consideran estratégicas con enfoque de corto y mediano plazo. De esta manera se pretende que el documento pueda constituir un insumo para el diseño de agendas positivas tanto de aquellos que diseñan actualmente políticas como de potenciales referentes y candidatos a liderar áreas en distintos niveles de gobierno.
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LA INDUSTRIA DE ALIMENTOS Y BEBIDAS EN LA REPUBLICA ARGENTINA: VECTOR INSUSTITUIBLE DEL DESARROLLO NACIONAL RESUMEN EJECUTIVO La industria de alimentos y bebidas en la República Argentina ha sido, es y será un vector insustituible del desarrollo nacional, por la abundante disponibilidad de recursos naturales para ser procesados, por la innovación tecnológica que anima a sus empresarios, por la calidad y dimensión de sus recursos humanos, por el despliegue territorial de sus actividades y por la capacidad para generar divisas a la economía de nuestro país. Constituye la única industria con presencia en todo el territorio nacional, por lo que su expansión no sólo permite una eficiente ocupación del mismo sino que favorece un desarrollo regional económicamente más equilibrado y socialmente más justo. A pesar de las dificultades locales y externas que afronta, la industria de alimentos y bebidas exporta por un valor de más de US$ 27 mil millones, el cual representa cerca del 33% de las exportaciones argentinas y corresponde al 40% de su producción aproximadamente, atiende a 185 mercados y contribuye permanentemente a un saldo comercial favorable, ya que sus importaciones sólo representan el 3 % de lo exportado, si bien en tres años ha caído 5 puestos en el ranking mundial de exportación. La IAB está integrada por más de 15.000 empresas, mayoritariamente pequeñas y medianas, que dan empleo directo a más de 500.000 trabajadores (y otros miles de puestos de trabajo de manera indirecta), fue siempre uno de los sectores claves para que nuestro país pudiera superar las recurrentes crisis económicas que hemos sufrido. Paradójicamente, en muy escasas oportunidades fue considerada estructuralmente una prioridad genuina de las agendas políticas. A pesar de sus virtudes, el desarrollo del sector no puede descansar sólo en el esfuerzo de sus integrantes, que compiten entre sí y ofrecen productos con mayor valor agregado y calidad nutricional, requiere además un marco institucional y regulatorio que apoye una concepción estratégica como vector insustituible del desarrollo nacional y de una mayor inserción internacional de nuestro país.
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En este sentido, la industria de alimentos y bebidas requiere las siguientes Políticas Prioritarias:
En función de los principios expresados, se hace necesario que se adopten un conjunto de medidas que servirán de catalizador para promover el dinamismo de la industria, fortalecer el desarrollo local y regional, favoreciendo su expansión, generación de empleo y valor agregado, a la par que contribuirán a sustentar medidas más estructurales (cuya definición exige una más profunda articulación público-privada). Libre determinación de los precios de alimentos y bebidas- Es un principio rector de la filosofía empresaria de esta industria, que históricamente ha demostrado su responsabilidad en este tema y que, además, está convencida que una prudente política monetaria y fiscal y no los controles de precios, son la mejor política antiinflacionaria. Derogación de la Ley N° 26.991 - Ley de Regulación de las Relaciones de Producción y Consumo, por su manifiesta inconstitucionalidad. Constitución del Tribunal de Defensa de la Competencia, que fuera creado por la ley Nº Derogación de toda norma (Decretos, Resoluciones, Disposiciones, Ordenanzas y Comunicaciones) que limite en forma directa o indirecta la libre exportación de alimentos y bebidas, o restrinja la importación de insumos o bienes finales para esta industria.
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Definición de un cronograma que refleje la progresiva pero permanente disminución hasta su eliminación total, de los derechos de exportación sobre las materias primas que procesa esta industria así como sobre sus productos finales. Definición de un plan de pagos de los reintegros y reembolsos adeudados y, un análisis integral para establecer los nuevos niveles de reintegros, con especial énfasis en las producciones de economías regionales. Disminución de la carga fiscal e impositiva acumulada a nivel nacional y subnacional. Reimplantar el ajuste impositivo por inflación. Facilitar las condiciones y costos de líneas de financiamiento para capital de trabajo, inversión productiva y pre-financiación de exportaciones, con tratamiento diferencial para empresas pequeñas y medianas. Propiciar un diálogo económico-social- para consensuar las cuestiones colectivas en materia laboral y que constituya un espacio que promueva la adaptabilidad de las condiciones laborales a la realidad productiva, la incorporación de jóvenes y mujeres en el mercado laboral y la adecuación a los desafíos de la tecnología, productividad y competitividad, con un trabajo digno, socialmente protegido y remunerado en forma justa Derogar toda norma que en forma directa o indirecta promueva la vigencia de dobles estándares sanitarios en la industria de alimentos y bebidas. Generar los instrumentos para la eliminación de la informalidad, tanto desde el punto de vista de aspectos fiscales como de normas de higiene y sanidad. Propiciar la reducción de los costos logísticos a través de la mejora de la infraestructura en rutas, caminos, puertos, transporte, energía, etc.
Simultáneamente con estas medidas se impone la necesidad de un diálogo profundo y con visión estratégica, analizando acuerdos y negociaciones entre las autoridades y la industria, a fin de definir el marco y los criterios estructurales que le permitirán desplegar todo el potencial tanto en el mercado interno como la presencia argentina en el exterior.
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PROPUESTA DE LINEAMIENTOS ESTRATEGICOS PARA LA INDUSTRIA DE ALIMENTOS Y BEBIDAS DE ARGENTINA La producción de agroalimentos en la República Argentina ha tenido, tiene y tendrá una trascendencia relevante tanto en el aspecto económico, como en lo social, territorial, comercial, cultural y político. Esta característica adquiere en estas décadas iniciales del siglo XXI una dimensión aún más relevante, por la irrupción en los mercados internacionales de un significativo número de nuevos demandantes de alimentos y con especial énfasis en productos con algún grado de transformación y diferenciación- cerca de un tercio de la población mundial- cuya tendencia es marcadamente ascendente, y que se origina en crecientes aumentos de sus ingresos. Estimamos que en el año 2020 podríamos abastecer con nuestra producción, a algo más de 650 millones de personas en todo el mundo. Esta realidad viene acompañada de otra no menos importante, como es el caso de la disponibilidad de recursos no renovables (tierra y agua dulce), lo cual transforma a la producción de agroalimentos en un sector estratégico para aquellos países que cuentan con los mismos. La industria de alimentos y bebidas representa un sector estratégico de la economía argentina. A pesar de las dificultades que enfrenta actualmente, es altamente competitiva, y uno de los sectores más federales, compuesto por pequeñas, medianas y grandes empresas distribuidas en todo el territorio. Se trata de una industria que tiene un gran potencial y un desarrollo del mercado internacional muy relevante. Más del 40% de todo lo que produce se destina a la exportación, llegando a más de 185 países con aportes, que alcanzan los 28.000 millones de dólares anuales y representan algo más del 33% de todo lo que exporta nuestro país. Las importaciones, por otro lado, se corresponden a un valor considerablemente menor al exportado (poco más de 1.200 millones de dólares anuales) El sector se compone de unas 15.000 empresas (de las cuales más del 95% son Pymes), que da empleo en forma directa a más de 500.000 personas en todo el territorio. La Coordinadora de las Industrias de Productos Alimenticios (COPAL) es una entidad gremial empresaria federal que nuclea a Cámaras y empresas de la industria de la alimentación y bebidas, representando a la totalidad de los productores de este rubro, con una variedad en cuanto a dimensión de empresas, plantas urbanas, suburbanas y economías regionales. Son casi 40 cámaras socias distribuidas todo el territorio nacional. Las empresas vinculadas llevan adelante un permanente trabajo en innovación, desarrollo tecnológico, inversiones, incorporación de técnicas novedosas relacionadas con el cuidado del medio ambiente y el desarrollo de productos adaptados a los requerimientos de la demanda en materia de vida saludable.
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Sus objetivos centrales son propender y promover una visión estratégica del rol e importancia de la industria de alimentos y bebidas como un vector fundamental para el desarrollo económico, regional y social con el fin de lograr, a su vez, una mayor inserción internacional de Argentina, además de promover activamente la integración agroindustrial, tanto a nivel de sus actividades económicas, bajo la mirada de la cadena de valor, como de las entidades a las que representa. Resulta prioritario afianzar los principios que inspiran las economías de mercado, y de libre iniciativa privada, jerarquizando la función del empresariado como multiplicador de bienestar, mediante la creación de empleo y de agregación de valor que permita y contribuya a la inclusión social y desarrollo territorial sostenible. COPAL representa al sector privado, es decir, a la iniciativa privada en el marco de la economía de mercado. Al definir la misma, se destaca la firme creencia en el rol de la empresa privada, que desarrolla su actividad bajo la organización institucional del Estado, con pleno respeto a la ley y al estado de derecho que proporciona la seguridad jurídica imprescindible para el desarrollo y la inversión productiva, para lo cual la Administración ha de garantizar las regulaciones razonables, así como también el entorno favorable para la creación de empresas y empleo, desarrollo de inversiones y una realidad macroeconómica estable y previsible. El rol de la iniciativa privada es promover la inversión y ser competitivos y eficientes en la producción de bienes y servicios y en este plano COPAL afirma su convicción de la proyección que la agroindustria tiene tanto en el plano nacional como en el marco del comercio internacional para afirmar el perfil productivo y exportador de la Argentina, basado en calidad, eficiencia, diversidad de oferta, productividad, tecnología, posibilidad de agregar valor, desarrollo territorial, inclusión, recursos humanos de alta calificación y ventajas competitivas en las distintas economías regionales. Es indudable en este contexto, para fortalecer el posicionamiento de la producción agroalimentaria argentina, la necesidad de contar con la infraestructura física y social que requiere la industria en su conjunto y en particular las economías regionales y las pequeñas empresas para la sustentabilidad de un proyecto integrador, promoviendo una reducción de costos con mayor productividad (superposición de tasas, impuestos nacional y subnacional, logística, transporte, insumos, laboral, entre otros) que actualmente afecta su nivel de competitividad. A su vez, es importante el reconocimiento de un Estado que armonice los intereses nacionales, regionales y provinciales, así como aquellos que garanticen una competencia transparente y leal para el mejor desenvolvimiento del modelo competitivo, con reglas claras y estables, conciliando las funciones básicas del Estado, con la promoción del interés social y el pleno reconocimiento del derecho de propiedad y la iniciativa privada, generando un marco de previsibilidad que permita planificar en el mediano y largo plazo.
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Sobre la base de las consideraciones anteriores, proponemos los siguientes lineamientos para el desarrollo de la agroindustria nacional imaginando un escenario posible para los próximos años. En primer término y a los fines de homogeneizar la definición de agroindustria, se propone la siguiente: aquella que transforma los productos de origen vegetal y/o animal en productos elaborados más los procesos de selección de calidad, clasificación, embalaje, almacenamiento de la producción agrícola y transformaciones posteriores de los productos y subproductos obtenidos de la primera transformación de la materia prima agrícolaganadera (ex Subsecretaría de Agroindustria y Mercados-2009). VALORES Y PRINCIPIOS RECTORES
Respeto por el Estado de Derecho, la Constitución y la propiedad privada. Seguridad jurídica y fortalecimiento de las instituciones. Implementación de la economía de mercado con reglas claras Tratamiento equitativo para los diferentes eslabones de las cadenas y en las distintas regiones del país: desde el punto de vista social, impositivo y tributario y económico. Reconocimiento del sector productivo privado como motor de crecimiento y de inversión de la economía nacional Reglas de competencia claras en una economía de mercado Trabajo conjunto sector público y privado. Respeto por el rol de cada uno. Nación integrada y abierta al mundo con reglas de juego justas, homogéneas y equitativas Desarrollo productivo de los agentes económicos en un marco de simplicidad de normas y trámites.
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OBJETIVOS ESTRATEGICOS
MEJORAR LA COMPETITIVIDAD DE LAS EMPRESAS AGROINDUSTRIALES pequeñas, medianas y grandes, fomentando la articulación entre eslabones con un Estado presente cumpliendo sus funciones indelegables en un contexto de economía de mercado y generando previsibilidad en su accionar, fomentando la incorporación de tecnología, disminuyendo los costos de transacción y facilitando el proceso de inversión. Promover el DESARROLLO DE LOS MERCADOS INTERNO Y EXTERNO, a través de herramientas que promuevan el crecimiento y productividad para abastecer a los consumidores nacionales (permitiendo libremente que articulen la oferta con la demanda) y propiciar nuestra inserción en el mundo, profundizando la capacidad de las Pymes para acceder a los mercados internacionales, generando oportunidades para los productos argentinos, a través DEL FORTALECIMIENTO DE LAS NEGOCIACIONES INTERNACIONALES, tanto comerciales, técnicas (sanitarias y de calidad e inocuidad) y de barreras no arancelarias. PROMOVER EL DESARROLLO REGIONAL SOSTENIBLE Y DIVERSIFICADO, creando las condiciones necesarias para una mejora económica, social y organizacional sustentable, fomentando el agregado de valor y el desarrollo de las Pymes; todos ellos son factores que contribuyen a la creación de empleo genuino. La agroindustria debe consolidar su integración a lo largo de la cadena productiva.
Promover acciones que generen COMPETITIVIDAD SISTEMICA, promoviendo la innovación, desarrollo tecnológico, cuidado del medio ambiente y su entorno (RSE), y la capacitación de recursos humanos para incrementar la productividad, diversificación y la producción de alimentos y bebidas de calidad, acorde a los estándares de la demanda proyectado su desarrollo hacia el mercado interno y hacia los mercados internacionales.
Propiciar un MARCO NORMATIVO MODERNO pro competitivo que acompañe el desarrollo e innovación tecnológica y empresarial y atienda la situación de las Pymes a través de un sistema legislativo (tributario e impositivo, laboral, financiero, etc) que permita su sustentabilidad, evitando superposiciones a nivel nacional, provincial y municipal, generando ventanillas únicas, trámites sencillos y mayores posibilidades de gestiones on line, principalmente para facilitar el federalismo y la equidad.
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Propiciar el DESARROLLO DE INFRAESTRUCTURA adecuada tanto física como social (comunicación, energía, transporte, logística, recursos humanos, puertos, rutas, etc), para favorecer el desarrollo agroindustrial competitivo con un empleo de calidad. AREA ESPECIFICA DE INTERLOCUCION EN EL ESTADO NACIONAL QUE ATIENDA A LA IAB Como primer propuesta general para el sector, es necesario contar con un espacio propio en la estructura del estado nacional. Tratándose de un sector tan estratégico y federal, debe contar con un organismo único cuyas atribuciones se vinculen en forma directa con la industria de alimentos y bebidas y su cadena de valor. Se debe actualizar la estructura del Estado en función del concepto de cadena de valor, atendiendo al sector en forma sistémica e integral. Actualmente no existe un área que atienda las necesidades del sector y esta situación ha generado ineficiencias y un exceso de burocracia y tiempos que no acompañan las necesidades del sector, ya que el mismo problema es planteado en 4 organismos distintos para lograr una solución a un planteo específico. En definitiva se requiere una ventanilla única en el Estado Nacional para el sector de alimentos y bebidas (se sugiere que cuente con rango de Ministerio como existe en algunos lugares del mundo desarrollado).
DIAGNOSTICOS Y PROPUESTAS SEGÚN AREAS ESTRATEGICAS SELECCIONADAS A continuación se presenta un breve diagnóstico y propuestas de políticas según las áreas estratégicas transversales que COPAL entiende deben ser contempladas para generar un proceso de crecimiento, desarrollo y fortalecimiento de la IAB, en función de los lineamientos estratégicos propuestos. Estas áreas son las siguientes:
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NORMATIVA ALIMENTARIA La industria de alimentos y bebidas es un sector que promueve un desarrollo de estilos de Vida Saludable, la promoción de la salud y se encuentra apegado a valores como la protección de los recursos naturales, el bienestar en las comunidades en la que se desarrolla, las decisiones de consumo bien informadas, así como una oferta, cada vez más visible, de productos orientados a cubrir las diferentes necesidades nutricionales de una población, mediante inversiones, desarrollos tecnológicos e innovación, a fin de satisfacer hábitos y estilos de vida que cambian de una manera muy dinámica en la población misma. Este es un sector productivo que cree y promueve firmemente la alianza público-privada, como llave para la consecución de fines comunes, pues el bienestar de la población es un objetivo compartido por gobiernos y por los actores del sistema agroalimentario. Durante los últimos años, la discusión global se ha dado en torno al crecimiento de las Enfermedades Crónicas No Transmisibles (ECNT), generando importantes aportes científicos, donde ha quedado demostrado que el origen del problema está focalizado en un carácter multifactorial, donde se entrelazan variables económicas, culturales, sociales, gastronómicas, ambientales, educativas, productivas, entre muchas otras, que durante las últimas décadas han cambiado de manera permanente y dinámica los hábitos y los estilos de vida de la población. En este marco, los lineamientos establecidos por la Organización Mundial de la Salud, apuntan al objetivo de prevenir las ECNT, mediante distintos mecanismos de intervención, entre los que se destaca la coordinación público privada y el rol que le cabe a la industria como interlocutor válido en esta materia y promotor de nuevos hábitos junto con el resto de los actores de la sociedad. Sobre estos lineamientos, la IAB se ha fijado como objetivo trabajar sobre ellos de manera progresiva y analizando cada caso en particular. Para ello requiere de una puesta en común con los distintos estamentos públicos para fijar propuestas acordadas, paulatinas y posibles de llevar adelante en función de la viabilidad técnica, tecnológica, de desarrollo regional y afectación del empleo, así como también de aceptación por parte de los consumidores, con normativas razonables y homogéneas en los distintos niveles del Estado. A ello debemos sumar, para lograr con éxito este objetivo, la necesidad de contar con mecanismos ágiles de registración, trámites y fiscalización por parte del Estado, evitando superposiciones y elevados costos de transacción para los actores económicos. Se requiere un Estado eficiente, eficaz y proactivo, junto a un sector privado competitivo que acompañe al sector público, fortaleciendo el accionar también a nivel regional (MERCOSUR, América Latina) e internacional, participando activamente con propuestas acordadas en cada ámbito de debate y análisis (Codex, OMC, FAO, OMS).
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A. Sistema Nacional de Control de Alimentos Diagnóstico / Justificación Insuficiente articulación público-público: En los tres niveles de actividad pública-nacional, provincial y municipaly los distintos organismos de dichos niveles. Se observa en dos niveles: primero en la creación de las normas con todos los problemas de superposición de legislación y competencias; segundo en la aplicación y fiscalización que se da en la interpretación de la norma y la superposición de atribuciones. Insuficiente articulación público-privada: entre el sector público y los distintos sectores privados involucrados en cada problemática y eslabones de las cadenas: producción, industria, academia y consumidor. Se generan ineficiencias, retrasos en trámites, incremento de costos que afectan a todo el proceso productivo. Además se
observa un retraso en la actualización de los marcos regulatorios que van siempre detrás de la innovación y desarrollo tecnológico. Propuestas Elaboración de una nueva norma en conjunto con el sector, que ordene el Sistema Nacional de Control de Alimentos: 1. Delimitar claramente las competencias de los organismos nacionales provinciales y municipales fijando un mecanismo articulado para su funcionamiento, evitando superposiciones. 2. Generar un organismo coordinador que funcione como ámbito de discusión con participación de todos los sectores públicos de los distintos niveles y de los sectores privados involucrados (académicos, industria, consumidores). 3. Fijar un sistema ágil para la incorporación de nuevas normativas que afecten a la IAB, que contemple la consulta pública previa con plazos preestablecidos y devolución obligatoria. 4. Reconocimiento mutuo de los actos y certificaciones realizados por los organismos competentes. 5. Generar bases de datos con todas las regulaciones vigentes y todos los alimentos aprobados en el país, incluyendo ingredientes y aditivos, que revista carácter público para su consulta. 6. De carácter obligatorio que las distintas áreas de fiscalización presenten los proyectos normativos a este organismo coordinador, a fin de evitar superposiciones y contradicciones con la legislación MERCOSUR. 7. Continuar con el proceso de informatización de todos los registros de establecimientos y productos, de manera tal que se llegue a una total “despapelización” de los trámites en el país, con una ventanilla única 8. Ordenar el sistema de registro: Uniformar los requisitos para registrar, plazos de validez y los aranceles. Establecer un plazo máximo de 30 días para que se otorgue el certificado de aprobación del producto. Simplificar el trámite de reinscripción de producto, cuando no haya modificaciones en su composición o se trate del mismo producto inscrito inicialmente. Prever, a los efectos de facilitar las exportaciones, la subsistencia del registro del producto cuando el trámite de reinscripción haya sido ingresado en término. 9. Establecer un sistema de selección de personal suficientemente capacitado y un mecanismo de capacitación permanente. 10. Propiciar la participación de entidades científicas reconocidas como INTA, INTI, MINCYT en las definiciones del marco regulatorio. Deben existir plazos para expedirse respecto de un proyecto de norma. Diagnósticos y Propuestas de Políticas Públicas para la IAB - abril 2015
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B. Vida saludable.
Diagnóstico / Justificación Existen una gran cantidad de proyectos regulatorios en los distintos ámbitos: nacional, provincial y municipal, todos promueven medidas alineadas con la Estrategia Mundial de la OMS. En la mayoría de los casos, se observa que las medidas propuestas se superponen y/o contradicen, en el tratamiento del mismo tema o cuentan con sustento científico de ningún tipo. Por otro lado, actualmente no está permitida por las autoridades sanitarias, la difusión masiva por parte de las empresas, de los productos que suscribieron acuerdos voluntarios para instrumentar medidas acordes con las directivas de la OMS.
Propuestas 1. Armonizar a través de un trabajo articulado entre sector público y privado, la elaboración de políticas nacionales que promuevan el cumplimiento de las metas planteadas en la Estrategia Mundial de la OMS, de manera progresiva y consensuada y que formen parte de un programa integral que abarque todas las aristas (educación, alimentación, actividad física, entre otras). 2. Reglamentar estrategias que permitan la difusión de los resultados alcanzados en los acuerdos que se establezcan con las autoridades sanitarias. Se logrará mayor impacto en la población.
C. Normativa Internacional Diagnóstico / Justificación No existe una vía formal establecida para el trabajo conjunto, de los sectores público y privado, en la que se genere un espacio común para actuar frente a proyectos regulatorios o regulaciones establecidas provenientes de otros países respecto de temas que involucran a la IAB, los que terminan convirtiéndose en barreras técnicas al comercio, para un sector que depende del mercado internacional. Por ejemplo: gran cantidad de normas sobre rotulado.
Propuestas 3. Definir grupos de trabajo con la adecuada participación público y privada para analizar y formalizar posiciones conjuntas sobre las regulaciones internacionales que puedan representar obstáculos técnicos, siendo proactivos previo a la aprobación de las normas y con una agenda de trabajo permanente.
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POLÍTICA FISCAL Y TRIBUTARIA Se observa con gran preocupación la creciente presión tributaria que recae sobre la IAB, pudiendo llegar a representar hasta un 36,9% sobre la facturación. En efecto, en los últimos años se incrementó la suma de gravámenes acumulados a nivel nacional, provincial y municipal sobre la producción, lo que afectó gravemente su competitividad. Considerando la cadena de alimentos y la generación de valor agregado a lo largo de ella, se observa a nivel conjunto que el 58,2% del valor agregado bruto es apropiado por el estado en sus distintos niveles, a través de los diferentes tributos y regímenes de seguridad social. Del 41,9% restante el componente personal se apropia del 21,0% y los propietarios el 20,8% restante. Cabe señalar, que la carga tributaria en cada eslabón de la cadena muestra variaciones significativas. El sector de la industria de alimentos, aquel en que inciden legalmente los derechos de exportación, presenta un porcentaje del 68,1%, que es un 10% superior al promedio general de la cadena (58,2%), en tanto que a nivel proveedores de insumos se verifica un porcentaje de apropiación por parte del Estado del 45,6%, muy inferior al mencionado promedio.
Fuente: IARAF Fuente: IARAF
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IMPACTO DE LA PRESION TRIBUTARIA EN EL PRECIO FINAL DEL PRODUCTO
Fuente: IARAF
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A. Ajuste por Inflación
Diagnóstico / Justificación Los cambios en los niveles de precios conllevan un proceso inflacionario y requieren mecanismos de ajuste que neutralicen tales distorsiones para no gravar ganancias puramente nominales.
Propuestas 1.
Restablecer el ajuste por inflación impositivo:
Reimplantación del ajuste por inflación impositiva integral u otro sistema que lo reemplace.
La falta de ajuste lleva al contribuyente a responder al pago del impuesto con su patrimonio en lugar de hacerlo con parte de sus ganancias, afectando derechos y principios de rango constitucional (derecho de propiedad, principio de no confiscatoriedad, reserva de la ley, igualdad, capacidad contributiva y razonabilidad).
B. Coparticipación Federal Diagnóstico / Justificación
Propuestas
Actualmente el régimen de asignación de recursos es sumamente complejo, coexistiendo cuatro modalidades diferentes de asignación.
2. Sancionar una nueva ley de coparticipación de impuestos a provincias y municipios, la cual se encuentra pendiente desde la reforma constitucional de 1994.
El nivel de transferencia desde la Nación a las provincias es reducido, lo que ocasiona que provincias y municipios aumenten considerablemente sus impuestos y tasas (Ingresos Brutos, Impuesto de Sellos, Inmobiliario, Automotores, etc.) y busquen además financiamiento a través de la implementación de regímenes de recaudación que exceden la real obligación tributaria de los contribuyentes, generando créditos de impuestos de imposible recupero.-
Sancionar una nueva ley de coparticipación de impuestos a provincias y municipios. Este régimen debería impedir que se concentren los recursos en el Tesoro Nacional en desmedro de las provincias y así evitar la existencia de transferencias discrecionales e inequitativas.
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C. Impuesto a los débitos y créditos Diagnóstico / Justificación
Propuestas
El impuesto fue creado en el 2001 como un impuesto de emergencia con un objetivo meramente recaudatorio.
3. Reducir la carga tributaria del Impuesto sobre los Débitos y Créditos en Cuentas Bancarias, a través de su eliminación.
Actualmente es computable el 34% (17% cuando la tasa es del 1,2 por ciento) como pago a cuenta de los Impuestos a las Ganancias, Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta y Contribución Especial sobre el Capital de Cooperativas.
Este impuesto al no contar con una base real de tributación, resulta meramente recaudatorio. Teniendo en cuenta que la carga tributaria de Argentina sobre el PBI supera ampliamente el 30%, se podría eliminar este tributo.
Hoy se ha transformado en un impuesto permanente que se aplica sobre los movimientos bancarios, sin base real de tributación.
D. Impuesto a las ganancia mínima presunta Diagnóstico / Justificación
Propuestas
El Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta se calcula como un porcentaje sobre los activos. Si bien no tiene incidencia cuando las empresas obtienen ganancias, dado que el Impuesto a las Ganancias se toma como pago a cuenta de este impuesto, se convierte en un impuesto a los activos cuando las empresas sufren pérdidas.
Derogar el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta
Asimismo, genera un efecto nocivo en los procesos de implementación de nuevas inversiones en los que la maduración del proyecto demora la obtención de utilidades, y el tributo debe pagarse igualmente durante esos periodos. En virtud de los fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en las causas “Hermitage” y “Editorial Perfil”, el ámbito de aplicación de este impuesto ha quedado limitado.
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E. Impuesto a ingresos brutos a la actividad industrial Diagnóstico / Justificación Al adherir al “Pacto Federal para Producción y el Crecimiento”, en el provincias asumieron el compromiso Impuesto sobre los Ingresos Brutos industrial.
el Empleo, la año 1993, las de eximir del a la actividad
A posteriori, las distintas jurisdicciones provinciales, frente a la falta de recursos para su sostenimiento, fueron modificando lo acordado, comenzando a gravar la actividad industrial con el Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Esta situación se fue agravando como resultado del significativo incremento de las alícuotas año tras año, incidiendo negativamente en la actividad industrial, generando efectos distorsivos y afectando la competitividad. Se debe considerar además, que la mayoría de las jurisdicciones provinciales poseen tasas de impuesto diferenciadas para la actividad industrial desarrollada en la propia jurisdicción, respecto de la realizada en otras provincias. Esto genera un trato discriminatoria de las provincias para las industrias no radicadas en ellas.
Propuestas 5. Articular con las provincias para reducir la tasa del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para la actividad industrial y fijar tasas diferenciales para PYMES. Coordinar para establecer una alícuota del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, para la actividad industrial, no superior al 1%. Disponer para las industrias PYMES, una reducción de la alícuota del 50%, definiendo como tales a las incluidas en los parámetros que fija la Ley de Pymes para considerar a las empresas dentro de esa categoría. Otorgar igual tratamiento frente al impuesto, en cada jurisdicción, a las industrias locales y a las localizadas en otras jurisdicciones.
Si bien en casi todas las jurisdicciones se otorga un trato diferencial a las PYMES, los parámetros fijados para que los contribuyentes sean considerados como tales, no toman como ejemplo los que fija la Ley 24.467 (Marco Regulatorio de la Pequeña y Mediana Empresa) y demás disposiciones relacionadas, siendo dichos parámetros exiguos y por lo tanto limitando en forma significativa el beneficio.
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F. Impuestos al Consumo Diagnóstico / Justificación En numerosas oportunidades, y con origen en distintos partidos políticos, se han presentado ante el Congreso de la Nación proyectos tendientes a otorgar un tratamiento diferenciado sobre productos alimenticios, con justificación en la promoción del consumo por parte de los sectores de la población con menores recursos o en la promoción de insumos regionales por el supuesto beneficio sobre esas economías. Dichas diferenciaciones en los niveles de tributación en los impuestos al consumo no garantizan la baja de los precios de los alimentos y bebidas cuyo consumo se intenta beneficiar y a su vez ocasionan serias distorsiones en la cadena de valor con ellos relacionada y/o entre las empresas
Propuestas 6. Eliminar efectos distorsivos en la aplicación de los impuestos al consumo que gravan los alimentos y bebidas. Deben descartarse la promoción de un determinado sector industrial sobre la base de la creación de nuevas condiciones desventajosas para otros sectores. La promoción de actividades debe realizarse a través de estímulos a esos sectores sin afectar las condiciones vigentes sobre otras producciones. En la promoción de los consumos de primera necesidad para los sectores con menores ingresos debe generarse la devolución directa al consumidor final utilizando tarjetas electrónicas para consumidores no bancarizados.
G. Impuesto a las ganancias Diagnóstico / Justificación
Propuestas
Hacia fines del 2013, mediante la ley 26.893 se modificaron diversos artículos de la ley del Impuesto a las Ganancias. Entre las modificaciones incluidas se dispuso la gravabilidad de los dividendos cuando los mismos sean distribuidos a:
7. Adecuar la alícuota del Impuesto a las Ganancias de acuerdo a la presión tributaria de la región así como las escalas.
- personas físicas y/o sucesiones indivisas residentes en el país - residentes en el exterior Esta modificación resultó que para el beneficiario de las rentas, la alícuota efectiva del Impuesto a las Ganancias en la República Argentina es la más alta de América Latina, desalentando la recepción de posibles inversiones en el país.
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A continuación se expone un cuadro comparativo con las alícuotas de los principales países de la región: País
Corporativa
Argentina
35,00%
Brasil Chile Colombia México Paraguay
34,00% 20,00%
Dividendos
Final
Nominal Efectiva 6,50%
41,50%
18,75%
15,00%
34,00% 35,00%
34,00% 30,00%
10,00%
10,00%
20,00%
7,00% 18,00%
Peru
30,00%
4,10%
2,87%
32,87%
Uruguay
25,00%
7,00%
5,25%
30,25%
Venezuela
34,00%
10,00%
34,00% 37,00% 28,00%
34,00%
H. Normativa impositiva Diagnóstico / Justificación
Propuestas
Corregir la distorsión producida por el proceso inflacionario acentuado en los últimos 5 años.
8. Actualizar los montos actuales gradualmente reflejando el efecto de la inflación.
La situación actual ha tornado inequitativo tanto el pago de los distintos impuestos, como el cumplimiento de obligaciones fiscales formales, lo que ha incrementado notablemente el universo de contribuyentes con mayor presión tributaria.
Adecuar las escalas de los impuestos que tornen más progresivo el pago de los mismos.
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I. Regímenes de recaudación de tributos provinciales
Diagnóstico / Justificación
Propuestas
Las provincias, a través de diversos regímenes de recaudación, delegan en las empresas el cobro de los tributos.
9. Armonizar los Regímenes de Recaudación de Tributos Provinciales y Municipales
Cada una de las provincias establece su propio régimen, de acuerdo a reglas y criterios particulares. Esto genera complejidad administrativa, posibles reclamos por parte de los fiscos, y consecuencias en la relación comercial de las empresas con sus proveedores y clientes
Crear un régimen unificado y armonizado de recaudación de impuestos provinciales.
Es necesario contar con un marco normativo que unifique los criterios para la aplicación de los impuestos provinciales y facilite así el cumplimiento de las obligaciones fiscales, con el objeto de que estas cuestiones no sean un elemento limitante para la competitividad industrial.
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COMERCIO EXTERIOR La IAB representa a uno de los sectores de mayor aporte en materia de ingresos de divisas para el país, si se suma a la producción primaria y se analiza la cadena en su conjunto, más del 50% de las divisas que ingresan a la Argentina, provienen del sector agroalimentario. Como ya se mencionó, más del 40% de la producción nacional de alimentos y bebidas se destina al mercado internacional. En ese aspecto, resulta fundamental fortalecer y diversificar la matriz exportadora tanto de productos como de mercados. Argentina exporta productos con bajo nivel de valor agregado y aún existen subsectores con amplias posibilidades de expandir sus ventas externas. COPAL realizó un estudio en donde considera que al 2020, se podrían duplicar las exportaciones agroalimentarias, con reglas de juego claras y previsibles que favorezcan los procesos exportadores. Existen oportunidades en mercados emergentes como América Latina, Sudeste Asiático y África que aún es posible desarrollar. Para ello es fundamental el rol del Estado promoviendo negociaciones internacionales que incluyan a este sector estratégico dentro de las prioridades, en particular, para los productos de mayor nivel de elaboración. Es fundamental participar de los ámbitos de debate internacional con posiciones debatidas y consensuadas con el sector privado, para evitar el incremento de barreras al comercio, principalmente las no arancelarias, y lograr el acceso para los productos que tienen potencial exportador. Es necesario fortalecer el trabajo de nuestras Embajadas, que colaboren más proactivamente con la apertura del comercio y el trabajo del sector empresarial argentino, así como también coordinar la participación en ferias internacionales, realizando estudios de mercado que permitan priorizar cuáles eventos y en qué países realizar todos los esfuerzos promocionales para lograr un mayor impacto en la generación de negocios. Es necesario que exista un solo organismo coordinador de la promoción comercial, evitando superposiciones de tiempos y recursos. Internamente, resulta necesario e imprescindible revisar la gran complejidad de la normativa actualmente vigente en materia de comercio exterior, ya que en algunos casos ha provocado la retracción del mismo, principalmente en el caso de las PyMEs, debido no sólo a la complejidad de trámites, sino también a cuestiones financieras que no todas las empresas están en condiciones de solventar (ej. Pago anticipado de derechos de exportación, de impuesto a las ganancias, retrasos en los pagos de reintegros, normas que incrementaron notoriamente los costos logísticos, entre otras). De modificarse algunos aspectos relacionados con el comercio exterior (entre ellos una revisión integral de los derechos y sobre todo de los reintegros, en función del valor agregado y de las economías regionales), Argentina puede transformarse realmente en una proveedor de alimentos de calidad, con valor agregado y abastecer tanto al mercado interno como al resto del mundo, de manera competitiva.
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RESUMEN
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A. Sistema de admisión temporaria/ draw-back.
Diagnóstico / Justificación
Propuestas
Las operaciones de exportación tienen la posibilidad de utilizar ciertos regímenes dirigidos a facilitar la producción de bienes con ese destino haciendo uso de materias primas e insumos importados como son la admisión temporaria y el draw-back. Una parte importante de las exportaciones de la IAB utilizan estas herramientas, considerando que la producción depende en muchos casos, de insumos importados.
1. Agilizar el proceso de presentación y aprobación de los regímenes de admisión temporaria y drawback. 2. Mejorar el sistema de control que realiza la DGA.
El buen funcionamiento de los regímenes puede contribuir al establecimiento de nuevos proyectos de exportación en la medida que facilita el acceso a materias primas, insumos y bienes intermedios en condiciones de calidad y precio, que pueden reducir los costos de producción y aumentar la competitividad de los bienes exportables en los mercados. Los regímenes exigen una transformación de los insumos importados para luego ser exportados. A nivel internacional, estos sistemas son utilizados regularmente, ya que facilita las exportaciones industriales. A nivel nacional, se observa un deterioro en su utilización causado principalmente por motivos administrativos: atrasos y trabas en trámites, emisión de certificados, rechazos o tardanzas en aprobaciones de prórrogas, son cada vez más frecuentes. Así, se torna difícil el cumplimiento en tiempo y forma de los contratos de exportación, provocando interrupciones en las negociaciones comerciales. Es importante destacar, que frente a estos casos, las pequeñas y medianas empresas son las más perjudicadas, ya sea: i) por su menor capacidad de intervención para la agilización de gestiones frente a los organismos público ii) por la dependencia de una operación de exportación en concreto en relación al total del volumen comercial iii) o bien por la falta de renombre a nivel internacional que puede verse rápidamente perjudicada ante un incumplimiento. Diagnósticos y Propuestas de Políticas Públicas para la IAB - abril 2015
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B. Reintegro a la exportación Diagnóstico / Justificación El régimen de reintegros y reembolsos a las exportaciones se ha concebido como un instrumento de promoción de las ventas al exterior, y sin dudas también de apoyo a la competitividad y fortalecimiento de las estrategias de internacionalización de muchos de los sectores, especialmente de las economías regionales y las PyMEs. Este también es legitimado en el marco del GATT/OMC, donde entienden que mediante “… ajustes fiscales en frontera, los países pueden aplicar cargas e impuestos nacionales a las importaciones, y exceptuar o proceder a su reembolso en el caso de las exportaciones. El objeto es asegurar la neutralidad para el comercio de los impuestos interiores. Cuando no existe un sistema impositivo armonizado entre los interlocutores comerciales, los ajustes fiscales en frontera tienen la finalidad de prevenir la doble imposición o las lagunas tributarias, preservando así la igualdad competitiva entre los productos nacionales y los importados” (Documento OMC WT/CTE/W/47). La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a través de su Instrucción General N°7/12, comenzó a bloquear reintegros a exportadores que no cumplan en su totalidad las obligaciones cambiarias. Con el nuevo mecanismo, sólo perciben los reintegros de exportación aquellos operadores que no tengan destinaciones en situación de "incumplidos reportados" o "vencido sin cumplido reportado" informadas por los bancos de seguimiento que intervengan en la operación comercial vinculada. Antes de implementarse este sistema, los exportadores que registraban destinaciones "incumplidas" podían seguir percibiendo los reintegros de las demás operaciones. Ahora, en caso de que una exportación sea informada por el BCRA como "incumplida", se encontrará alcanzada por un "bloqueo operativo" que no permitirá percibir los reintegros de todas las exportaciones correspondientes al CUIT dicho exportador. En muchos casos un exportador/CUIT determinado, con un “incumplido” menor (ej. casos de diferencias de centavos) o por error o desaparición de la Entidad interviniente, deja de percibir reintegros en su totalidad, no estableciéndose una graduación de la falta y consecuentemente de la pena como se ha solicitado en varias oportunidades. Se suma a esta situación los retrasos de los pagos para aquellos casos que no tienen el CUIT bloqueado o lograron generar el desbloqueo de su CUIT. Los retrasos llevan entre 120 y 180 días, según el sector o empresa. Existe una acumulación de deuda muy importante que para ciertas empresas implica dejar de operar. En algunos casos las deudas superan los 20 a 30 millones de dólares en concepto de reintegros. Sin capital de trabajo, se pierde competitividad, se dejan de realizar inversiones y se desmotiva el comercio, teniendo en cuenta además que actualmente el costo del dinero es alto. Debe sumarse también la situación diferente de aquellas empresas cuyas ventas principales van al canal exportador y otras cuyo destino prioritario es el mercado interno. Muchas PyMEs han perdido de parte de su capital de trabajo y ha desmotivado el proceso exportador, dejando de operar.
Propuestas 1.- Que la AFIP genere un Plan de pago de los reintegros adeudados, sin aparición de nuevos causales de bloqueo, a fin de evitar la acumulación de saldos 2- Volver a la situación anterior, donde se bloqueaba la operación comprometida exclusivamente, estableciendo tolerancias para los distintos grupos de productos 3-Analizar de manera integral el esquema de reintegros para fomentar la venta de los productos de mayor valor agregado, y en particular de las economías regionales. En igual medida, analizar los derechos de exportación de las economías regionales, en particular. Diagnósticos y Propuestas de Políticas Públicas para la IAB - abril 2015
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C. Derechos de exportación Diagnóstico / Justificación
Propuestas
Si se observa a los países que presentan un programa de promoción a las exportaciones de manera sustentable, se identifican características comunes, entre las cuales está la tendencia hacia la eliminación de los derechos de exportación.
1- Establecer un programa de Promoción a las Exportaciones donde se contemplen los Derechos a la Exportación reducidos en forma progresiva.
A lo largo de los eslabones del valor agregado bruto de la cadena alimentaria (proveedores de insumos, producción industrial, comercio mayorista y minorista), se identifica que en cada uno el peso de los tributos y la seguridad social absorben el mayor porcentaje de participación. En promedio este valor asciende al 58.2%. Para el sector industrial el porcentaje de carga tributaria es muy superior, alcanzando el 68.1%, debido a que es en esta etapa donde se registran los derechos de exportación, los que representan el 16% de la carga percibida por la Diagnóstico/Justificación industria.
2- Realizar en consenso con la industria un análisis para establecer un mecanismo de reducción gradual hasta llegar a la eliminación de los Derechos de Exportación, por ejemplo, en función del valor agregado del producto y analizando el impacto en toda la cadena de valor.
Tomando como referencia estos datos, se infiere la pérdida de competitividad nacional frente al resto del mundo. Entre países competidores, a igualdad de condiciones entre sus productos, aquel que tenga una política de incentivos y de desgravación a las exportaciones, presentará una ventaja comparativa dentro del mercado. La ventaja que presenta a nivel fiscal para el Estado el cobro de los derechos de exportación se observa en el corto plazo. Al hacer un análisis del mediano y largo plazo se observa que, por lo mencionado en los párrafos anteriores, los costos de la industria se ajustarán, por lo que la pérdida de competitividad afectará los volúmenes comercializados, lo que implicará un detrimento fiscal en relación al cobro de derechos de exportación, perdiendo así la ventaja fiscal obtenida en primera instancia. Las distorsiones que se generan, se hacen más graves cuando por decisión de la autoridad competente (AFIP) de que se abonen en el momento de exportar y de que no pueda llevarse a cabo una compensación en el caso de bienes que también cuentan con el beneficio del reintegro de impuestos indirectos. Diagnósticos y Propuestas de Políticas Públicas para la IAB - abril 2015
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D. Plazo de ingresos para las divisas y otras normas que afectan el comercio exterior Diagnóstico / Justificación
Propuestas
Según la Res. 269/01 del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y modificatorias, las empresas están obligadas a ingresas al sistema financiero las divisas generadas por las exportaciones en un plazo no mayor al de 120 días, dependiendo de la posición arancelaria que se considere. Para el caso de las empresas que sean vinculadas, el plazo en cualquier caso es de 30 días. Esta obligación ha provocado distorsiones generalizadas entre compradores y vendedores, debido a que los plazos tenidos en cuenta para efectuar los giros, no son los mismos que los efectivamente realizados en la transacción. De esta manera, se genera un descalce entre el cobro y el giro de divisas al que no todas las empresas pueden hacer frente, agravándose si se trata de PyMES o si son empresas vinculadas de origen nacional o no.
Se propone volver al esquema anterior, fijando plazos por grupos de productos en función de la mecánica exportadora o se propone homogenizar todos los plazos entre 180 y 360 días, sin distinción por tipo de empresas ni origen de su capital. Se propone derogar la RG 3577 que afecta principalmente a Pymes y economías regionales.
Modificar la Disposición 1108 para volver a permitir el uso de todos los puertos del Mercosur disponibles y que cuenten con la infraestructura necesaria para abaratar costos y facilitar el proceso exportador.
Se suma a esta norma, la RG 3577/14 de AFIP y la Disposición 1108/13 de Vías Navegables que provocó el incremento de costos logísticos y retrasos de gran magnitud para exportar.
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E. Declaración Jurada Anticipada de Importación (DJAI) y otras normas Diagnóstico / Justificación La reglamentación actualmente vigente para la realización de una importación definitiva para consumo en el país establece un régimen centrado en la Declaración Jurada anticipada de importación (DJAI). En el procedimiento de presentación y en el trámite de la autorización para importar intervienen varios organismos del sector público nacional que se vinculan por medios informáticos con la AFIP y reciben la solicitud que presentan los interesados para intervenir en el procedimiento de autorización. Hasta el mes de julio de 2014, la autorización de las solicitudes dependía fundamentalmente de la decisión que tomaran las autoridades de la Secretaria de Comercio que forma parte del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación. Los criterios y las razones para autorizar una solicitud de DJAI nunca fueron definidos en forma explícita, transparente y pública por las autoridades competentes. Desde julio de 2014, se ha agregado la intervención de la DGI al procedimiento vigente. El proceso de autorización puede llevar desde unos pocos días hasta un plazo ilimitado. El límite es el retiro de las solicitudes que no son autorizadas y que quedan congeladas en el estado de “observadas” por las autoridades. Los requisitos que ha establecido la Secretaría de Comercio para el otorgamiento de las DJAI se explican fundamentalmente por el problema general que afecta al país en materia de disponibilidad de divisas. El balance entre importaciones y exportaciones, la reducción de las importaciones del presente año en comparación con el año anterior, el compromiso de realizar inversiones para aumentar el empleo, la producción y/o las exportaciones son todas condiciones que se han planteado a las empresas solicitantes de DJAI. El tratamiento hacia las empresas no ha sido claro ni uniforme. El problema que ocasiona este trámite es particularmente grave en los casos de empresas que dependen de materia prima o insumos importados para mantener en actividad sus procesos productivos. También es una gran dificultad para poder invertir en la compra de un bien de capital de origen extranjero. Si una empresa no puede saber si se le aprobará la importación, o el tiempo en el que se demorará su aprobación. Por otro lado, fue presentado en la OMC por la Unión Europea, los EEUU y Japón contra este procedimiento utilizado por la Argentina desde el año 2012 y las condiciones y requisitos conexos para autorizar una solicitud de DJAI. El informe del Grupo Especial (Panel) y el Órgano de Apelaciones, concluyeron que la Argentina debe adecuar la normativa vigente en función de las disposiciones de los Acuerdos de la OMC. Esta medida equivale a una licencia de importación no automática y el Acuerdo sobre Licencias de Importación de la OMC establece que los procedimientos previos de autorización de una importación deben estar resueltos en un plazo de diez días o, como máximo, en un plazo de 60 días. Se suma la Disposición 2873/15 que afecta significativamente los costos de importación así como los tiempos para la operatoria. Los incrementos de aranceles varían de 100% a 2.000%, según el monto de facturación. oraia. Los rancel
Propuestas
Se propone eliminar las DJAI y si es necesario mantener los trámites para autorizar una importación de ciertos productos (aquellos que se acuerden con los distintos sectores), este procedimiento debe ser de conocimiento público, transparente y con una definición clara y explícita de los requisitos. Se debe alinear la normativa para importación a lo establecido por la OMC en relación a criterios, plazos e instrumentos posibles de utilizar. Los insumos, repuestos y bienes de capital que no se producen en Argentina, no deberían contar con una autorización para importar. A su vez debe modificarse la Disposición 2873/15 y establecer un mismo arancel para el trámite de importación y no establecer un criterio diferencial por monto de facturación, dado que terminaría transformándose en un impuesto. Diagnósticos y Propuestas de Políticas Públicas para la IAB - abril 2015
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F. Negociaciones Internacionales Diagnóstico / Justificación 1- Nivel bilateral La República Argentina como parte del MERCOSUR cuenta con una serie de Acuerdos Comerciales bilaterales con diversos países que, brevemente, pueden agruparse tomando a los países miembros de la ALADI por un lado y al resto del mundo por el otro. Con respecto a los primeros, los acuerdos vigentes establecen condiciones preferenciales de acceso para los bienes exportados por Argentina a Chile, Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú, Cuba y Panamá. En el caso de México, existe un Acuerdo Marco del MERCOSUR con dicho país y un acuerdo bilateral entre Argentina y México que es el ACE-6 inscripto en ALADI. En cuanto al resto del mundo, el MERCOSUR solamente ha podido concluir la negociación de acuerdos de libre comercio de bienes con Israel y Egipto, pero sólo el primero de ellos está vigente. Además, se han celebrado Acuerdos de Preferencias Fijas para un número reducido de posiciones arancelarias con la India y con la SACU (Unión Aduanera de África del Sur), pero solo el primero de ellos ha sido puesto en vigencia. Existen otras negociaciones comerciales iniciadas por MERCOSUR con Marruecos, Jordania, Turquía y otros países con los que el MERCOSUR ha celebrado Acuerdos Marco para tal fin. Ninguna de ellas se encuentra próxima a una conclusión. En el marco del proceso de integración y con el ingreso de Venezuela y de Bolivia (aún sin haber llegado a ser miembro pleno), cabe asegurar la libre circulación de bienes en el interior del mercado ampliado. 2- Nivel multilateral La Argentina es miembro de la OMC (Organización Mundial del Comercio) y por ello tiene derecho a ser tratada como tal por todos los demás miembros y recibir el trato de nación más favorecida en materia de aranceles aplicados por esos países a las importaciones de bienes.
Propuestas 1- Definir, en común acuerdo con los sectores exportadores más representativos, dentro de los cuales se destaca la industria de Alimentos y Bebidas, una estrategia de inserción dentro del comercio mundial. De esta manera, la Argentina debería impulsar en el ámbito de MERCOSUR los pasos necesarios para llegar, a acuerdos comerciales, como es el caso del acuerdo de libre comercio que se está tratando con la Unión Europea. Establecer los plazos para lograr los diferentes acuerdos y fijar las prioridades en cuanto a los países de destino. Dentro de la estrategia se debe priorizar el ingreso a la participación de las negociaciones de los “Megacuerdos” internacionales. El Trans‐Pacific Partnership (TPP), el Transatlantic Trade and Investment Partnership (TTIP) y el Regional Comprenhensive Economic Partnership (RCEP) son claros ejemplos. 2- En el marco de la OMC, exigir el trato de la nación más favorecida por los distintos países miembros. 3- En relación a la integración con Venezuela y Bolivia, deberían preverse las acciones necesarias para que el acceso a los mercados nacionales de cada país para los bienes exportados por otro país del MERCOSUR no sea impedido de ninguna forma y que no se utilicen medidas no arancelarias no justificadas por el Art. 50 del Tratado de Montevideo de 1980 (TM-80). Estas medidas sólo podrían estar fundadas en razones generales como salud pública, protección del medio ambiente, seguridad y defensa del consumidor a través de normas y reglamentos técnicos. Además, deberían ser normas acordadas en el MERCOSUR, o al menos coordinadas entre los gobiernos de cada Estado Parte del MERCOSUR. Diagnósticos y Propuestas de Políticas Públicas para la IAB - abril 2015
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Propuestas (continuación) Las condiciones de acceso al mercado para bienes exportados por Argentina dependen de que se logren nuevos acuerdos comerciales con otros países compradores. Un ejemplo es el caso de la Unión Europea, importante mercado para las exportaciones de bienes de origen argentino y con la cual el MERCOSUR se encuentra negociando un Acuerdo de Libre Comercio desde el año 2000. No existen negociaciones con países de gran mercado como EEUU, SE asiático o Japón ni el MERCOSUR ha intentado participar en las negociaciones de los llamados “Megaacuerdos” ya mencionados que lideran los EEUU junto a Chile, Singapur, Canadá, Brunei y otros. La decisión del MERCOSUR de impulsar una Zona Económica Común con los países del ALBA-TCP, PETROCARIBE y CARICOM puede tener resultados positivos en la medida que permita mejorar las condiciones actuales de acceso a los mercados de dichos países para los bienes exportados por Argentina. El desafío que debe enfrentar MERCOSUR y la Argentina como parte del mismo, son las negociaciones con países como EEUU y Canadá, India, Rusia, Japón y mercados potenciales de países del África, empezando por la SACU y avanzar con China con los productos agroalimentarios de mayor valor agregado.
G. Estrategia de promocion comercial Diagnóstico/Justificación Diagnóstico / Justificación Actualmente existen varios organismos públicos que coordinan y organizan la participación en ferias y misiones comerciales. En muchos casos, se seleccionan países donde el mercado aún no ha sido abierto para determinados productos agroalimentarios, resultando poco viable la participación por parte de las empresas. A su vez, se realizan reuniones con distintos organismos para los mismos eventos, generando una superposición de esfuerzos por parte tanto del Estado como del sector privado. En otros casos resulta inviable la venta por los altos aranceles de ingreso que cuenta Argentina, frente a sus competidores. Es necesario establecer una estrategia de promoción e inteligencia comercial, para seleccionar pocas ferias y misiones pero que se busque lograr un alto impacto en los negocios.
Propuestas Definir una estrategia de inteligencia comercial para la promoción de exportaciones Es necesario elaborar junto con el sector productivo un esquema de presencia en el exterior (misiones y ferias) que respondan a un esquema estratégico de penetración de mercados. Seleccionando los eventos y países en función de las posibilidades de inserción de los productos y el grado de apertura de los mercados (arancelaria, sanitaria y no arancelaria). Se deben priorizar y seleccionar mercados y productos, focalizando los esfuerzos de promoción en esos casos, incluyendo otras herramientas de promoción además de la participación en una feria. Debe existir un solo organismo que coordine la presencia internacional, así se logra mayor eficiencia y eficacia en la generación de oportunidades concretas.
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POLÍTICA AMBIENTAL Y SUSTENTABILIDAD El crecimiento del ingreso, el cambio climático, los altos precios de la energía, la globalización y los numerosos cambios dietarios están transformando el consumo, la producción y los mercados de alimentos, pasando del consumo de granos y de otros cultivos básicos al de vegetales, frutas, carnes, lácteos (leches, yogures y quesos) y pescado. Asimismo, está aumentando la demanda de alimentos listos para el consumo y de mayor grado de transformación. La diversificación agrícola hacia una producción de alto valor es un proceso en función de la demanda, en el cual el sector privado desempeña un papel fundamental (Fuente: Gulati, Joshi y Cummings, 2007). Los riesgos asociados con el cambio climático producirán un impacto adverso en la producción de alimentos, lo cual complica aún más el reto de satisfacer la demanda mundial. Por consiguiente, se ha previsto que la dependencia de la importación de alimentos aumentará en muchas regiones del mundo en desarrollo (Fuente: IPCC 2007). Se observa a su vez una creciente exigencia en materia medioambiental de parte de los organismos públicos y de los mercados compradores de alimentos. Surgen nuevas barreras no arancelarias vinculadas con requerimientos sobre por ejemplo huella de carbono, huella hídrica, por mencionar algunos casos, sumado a que la legislación sobre la temática ambiental se ha multiplicado en los últimos 5 años. Estos cambios obligan a procesos de adecuación por parte de las empresas, inversiones, recambios tecnológicos que requieren acompañamiento del Estado, herramientas e instrumentos como capacitación, financiamiento y asistencia técnica que facilite estos procesos junto con el cumplimiento de la normativa vigente.
A su vez, el sector privado está avanzando en programas de Responsabilidad Social Empresaria y de innovación sustentable (desarrollo de nuevos envases, forestación, control de efluentes con tecnologías limpias, etc.), para ir acompañando los nuevos requerimientos de la demanda y mitigando el impacto en el medio ambiente.
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A. Gestión y Tratamiento de efluentes líquidos Diagnóstico / Justificación En función de los requerimientos de las normas actuales, muchas Pymes no cuentan con los recursos técnicos y económicos para implementar sistemas modernos de control de efluentes. En muchos casos no pueden cumplir con los parámetros establecidos en la legislación. Aun es incipiente en el sector la implementación de sistemas de gestión ambiental. No existe normativa homogénea en las distintas jurisdicciones con parámetros homogéneos
Propuestas Generación de instrumentos específicos accesibles para que las empresas puedan incorporar innovaciones tecnológicas y sistemas de gestión. Elaboración de normas que cuenten con procesos de intercambio con el sector privado y un sistema de consulta pública previa para lograr una legislación razonable y que pueda ser aplicable por el sector. El Consejo Federal de Medio Ambiente debe coordinar el desarrollo de normas regionales con requisitos y condiciones homogéneas en todo el país. Mayor agilidad en la entrega de permisos.
B. Explotación/Utilización de Recursos Hídricos
Diagnóstico / Justificación
Propuestas
La modalidad de las declaraciones juradas a presentar por parte de la Autoridad de Aplicación cambia regularmente retrasando así la adquisición de permisos por parte de la industria. Falta de expedición de permisos definitivos (concesión) del uso del recurso por parte de la Autoridad de Aplicación. Todos los trámites medio ambientales son engorrosos, muchas veces en papel y con un exceso de burocracia.
Avanzar en el proceso de: 1. Obtención de permisos definitivos. 2. Simplificación de trámites (carga on line a través de plataformas web y con procedimientos escritos, claros y simples). Disponibilidad de personal, por parte del organismo capacitado bajo un mismo criterio. Que el organismo de control comunique por medio de carta documento o notificaciones su necesidad para que avancen los temas. (muchas veces sucede que los expedientes son archivados y la empresa nunca se entera, creído que de esta avanzando y en realidad ya está archivado).
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C. Estrategia nacional energética e inventario y mitigación de GEI
Diagnóstico / Justificación El sector alimenticio Argentino representa alrededor del 25% del PBI industrial, y está conformado por un 94% de pymes. Y como toda industria precisa de la energía para mantener los niveles productivos, lograr un crecimiento parejo y sostenible y continuar mejorando la gestión ambiental y los intereses socioeconómicos locales y nacionales. En Argentina la matriz energética se encuentra principalmente basada en Gas Natural (51%) y Petróleo (35%), según lo establecido en el último Balance Energético Nacional (año 2010), lo cual denota un rasgo estructural focalizado en los hidrocarburos como fuente primaria de energía. Esta situación genera una matriz energética poco amigable con el medio ambiente y dependiente de un insumo actualmente importado en su mayor porcentaje, colocando a las industrias en una situación de aprieto ambiental y vulnerabilidad. Si bien en los últimos años se han sancionado una serie de leyes vinculadas al desarrollo de energías renovables, por ejemplo Ley 26.190 – Energía Eléctrica, que establece como objetivo a 2016 que las fuentes renovables tengan una participación del 8% en la generación eléctrica, Ley 25.019 - Promoción de energía solar y eólica, Ley 26.093 Promoción y uso sustentable de biocombustibles, Ley 26.123 – Hidrógeno, hasta el día de hoy el sector industrial no ha podido vivenciar avances en una estrategia nacional consolidada. Estas leyes mencionadas imponen una serie de objetivos, mecanismos de promoción y, fundamentalmente, reconocen que las energías renovables forman parte activa de la problemática energética del país y que deben ser objeto de impulso para diversificar la matriz. Existe también la Estrategia Nacional para el Cambio Climático, donde se establecen 14 líneas generales de acción caracterizadas por 60 acciones específicas. Al momento de la confección del presente documento se encontraba en desarrollo la Tercera Comunicación Nacional sobre Cambio Climático, por lo tanto no podemos saber a ciencia cierta aún el grado de avances de las acciones programadas a nivel país.
Propuestas Generar un ámbito de articulación público privado para diversificar la matriz energética A fin de encaminar el sector energético hacia un sendero de desarrollo sustentable y en procura de impulsar políticas tendientes a diversificar la matriz energética y reducción de la emisión de los GEI, es que desde COPAL entendemos necesaria la articulación en conjunto de estrategias y políticas nacionales y provinciales junto con los sectores industriales y privados para garantizar la continuidad en el crecimiento energético a nivel país, fomentando el uso de energías renovables y más amigables con el ambiente a través de incentivos hacia la industria y con desarrollo e innovación local.
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D. Gestión de Residuos Industriales (RSU, Reciclables y especiales) Diagnóstico / Justificación Actualmente en Argentina no existe una ley nacional de envases. Sólo algunos proyectos La problemática es que existen pocos operadores habilitados para soportar la demanda de procesos de los distintos residuos. Los costos logísticos son excesivos para los tratadores para cubrir la problemática nacional generando residuos no rentables. Varias provincias cuenta con legislaciones o proyectos diferentes que solamente dificultará la gestión de residuos por parte de la industria.
Propuestas Argentina necesita una ley nacional de presupuestos mínimos, acordada con la industria y que sea homogénea en todo el país. Generar instrumentos que faciliten contar con mayores operadores y recicladores en todo el territorio. Promover, facilitar y subvencionar todas las inversiones para realizar tratamiento de los residuos a nivel nacional mediante mecanismos crediticios dinámicos que permitan establecer una rápida cobertura en todo el país.
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E. Seguro Ambiental LGA Diagnóstico / Justificación a. No existen alternativas de auto seguro o transferencia de riesgos. b. No se consideran rubros de la industria de alimentos y bebidas específicamente y se cae en rubros industriales con riesgo ambiental considerablemente mayor La Ley 25.675, General del Ambiente, es una norma de presupuestos mínimos que contiene los principios generales y obligaciones básicas en materia ambiental a nivel nacional. Su aplicación está a cargo de las correspondientes autoridades ambientales de cada jurisdicción provincial, de acuerdo al lugar donde se encuentren ubicados los establecimientos u ocurran los hechos que son objeto de su regulación. Ello, sin perjuicio de la potestad de cada jurisdicción provincial de complementar las normas nacionales de presupuestos mínimos de acuerdo a sus necesidades y conveniencia. Dicha Ley, en su artículo 22 exige a toda persona física o jurídica, pública o privada, que realice actividades riesgosas para el ambiente, los ecosistemas y sus elementos constitutivos, la contratación de un seguro ambiental con entidad suficiente que garantice el financiamiento de la recomposición del daño ambiental que en tu tipo pudiera producir. Esto buscar dar cumplimiento al artículo 41 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL donde se establece que el daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer. Si bien distintas Resoluciones y Decretos consideraron válidos y/o reglamentaron distintos instrumentos para dar cumplimiento a la obligación establecida en el Art 22, hoy día existe una oferta limitada de pólizas en el mercado. La resolución 177/07 en su art 51 considera admisible la modalidad de Autoseguro brindan la posibilidad a las empresas de Autoasegurarse, situación que luego no fue reglamentada en el decreto 1638/12, el cual reconoce como válidos únicamente al Seguro de Caución por Daño Ambiental (Reglamentado y con oferta en el Mercado) y al Seguro de Responsabilidad por Daño Ambiental (Reglamentado; aún sin oferta en el Mercado), y dejando sin reglamentar el Autoseguro. La resolución 177/07 estable las condiciones de cálculo del Monto Mínimo Asegurable de Entidad Suficiente, donde detalla en un listado las actividades que la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable riesgosas entiende como riesgosas. En dicho listado, no encontramos citadas actividades que hacen a las empresas asociadas de COPAL, por ejemplo fabricación de helados, alimentos para mascotas, embutidos, harinas, etc. Dentro de la sección Alimentación sólo encontramos: a) Industria cárnica b) Mataderos y granjas c) Instalaciones para la cría intensiva de aves de corral, cerdos, bovinos, ovinos y otros animales d) Fabricación y refinado de azúcar algodón, café, tabaco y otros e) Aprovechamiento de desechos de animales
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Esta situación conlleva a ubicarnos en una situación absolutamente desfavorable denominada “otros”, donde se nos equipara con rubros industriales de riesgo ambiental considerablemente mayor. Además de lo antes expuesto, debemos sumar la limitación de pólizas en el mercado, ubicando a la Caución como única opción. Y sin entrar en el debate si la Caución es o no un seguro per se, lo que podemos aseverar es que resulta eficaz solamente para una pequeña porción del total de industrias radicadas en el país. Pero la falta de transferencia de riesgo y de cobertura del 100%, además del hecho de hacerse efectivamente ejecutable únicamente en caso de insolvencia por parte de quién efectúe un daño al ambiente la coloca en un lugar de poco preferencia. El cash flow de las industrias hacia la Caución llega a sumas millonarias donde, si bien se garantiza al Estado la recomposición, se perjudica a las empresas siniestradas por deber pagar doblemente (Póliza y Remediación).
Propuestas 1. Una apertura en las ofertas de tipos de Seguros permitiría una reorientación de recursos para posibles inversiones en optimización energética, reciclaje y gestión de residuos, energías renovables, y otras cuestiones que hacen a la mejora continua de la Gestión Ambiental y que trae aparejada un impulso al desarrollo y la economía local. 2. Parques Industriales y empresas de alimentos y bebidas, en forma particular, han trabajado y presentado distintas propuestas de Fideicomiso y Autoseguro. Esto demuestra la constante voluntad de colaborar proactivamente por parte de la industria con los organismos de aplicación en temas tan sensibles como lo son los de carácter ambiental. 3. Debemos continuar trabajando en conjunto con las instituciones para lograr mejorar la oferta de pólizas en el mercado, incluida la reglamentación del Autoseguro, trabajando así en la construcción de una circulo virtuoso donde Empresas, Sociedad y Estado se vean beneficiados, manteniendo siempre la vista en la misión última de todo esto, garantizar un derecho constitución a un ambiente sano.
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FINANCIAMIENTO Resulta imperioso revisar y flexibilizar ciertas exigencias de las entidades financieras, que encuentran su basamento en las normas de Basilea y que limitan significativamente el acceso al crédito. Desde la IAB se considera que las exigencias de capital y liquidez endurecen la regulación bancaria significativamente atentando fundamentalmente contra el desarrollo de las PyMEs que componen el sector, limitando así, las escasas posibilidades existentes de acceso al crédito. Es por ello que se entiende que aún no están dadas las condiciones en el mercado para desarrollar los criterios establecidos en dichas normas y que resultaría necesaria una profunda revisión de su aplicabilidad, en la medida que contribuyan a extender el alcance y crecimiento de la actividad crediticia a nivel local. De esta manera se resaltan algunos de los aspectos más significativos a revisar que podrían mejorar la situación antes indicada: A- Gestión Crediticia. B- Capitales Mínimos. C- Plazos de financiamiento. D- Garantías.
Estas recomendaciones están muy orientadas a la situación que actualmente atraviesan las pequeñas y medianas empresas.
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RESUMEN
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A. Gestión Crediticia Diagnóstico / Justificación 1-
Elevado nivel de complejidad de los requisitos formales para acceder a créditos implican un mayor costo financiero.
Las entidades financieras deben llevar un legajo para cada deudor de su cartera. En él, se hacen muchas distinciones de información para su pertinente identificación y evaluación. Al no existir, entre otras cuestiones, disponibilidad de bases únicas de información para su consulta, se ha trasladado a las empresas la responsabilidad de demostrar su existencia fehacientemente, mediante una costosa, compleja y abundante serie de requisitos formales, que muchas veces, dejan fuera de toda posibilidad de acceso al crédito a las Micro y Pequeñas Empresas. Impacta a su vez, en las empresas del interior del país, donde el costo para lograr una certificación profesional y colegiarla resulta ser un gran impedimento de alcanzar, dada la escasez de profesionales matriculados en algunas regiones más alejadas de las grandes urbes.
A todo ello, se le suma una serie considerable de certificaciones contables demostrativas de la actividad que desarrollan y los tiempos que ello demanda, lejos de los tiempos que establece el mercado para lograr la adquisición de bienes y servicios. En algunos casos, y debido a la complejidad de los requisitos, para el armado de la carpeta crediticia es necesario contar con la asistencia de un profesional que se ocupe de la elaboración de toda la documentación solicitada por las entidades, lo que implica un mayor tiempo adicional y costos
2-
Inadecuada calificación crediticia de las Pymes para acceder al crédito.
No existe una uniformidad de criterios a la hora de calificar a una empresa. Muchas veces la calificación resulta en función a la adversidad del riesgo que quiera asumir el acreedor y en épocas de crisis, ello hace que sea casi imposible el acceso al crédito en algunas entidades, según sus modelos de evaluación pre establecidos. Esta discriminación, deja afuera a un importante universo de empresas del sector alimenticio de la posible asistencia financiera, por lo que obliga a las empresas a buscar otros instrumentos de financiamiento menos competitivos para el desarrollo de su actividad. Este tema se debe a que muchas veces difieren los sistemas de “screening” o los modelos de “credit scoring” que utilizan los bancos para aprobar un mismo crédito solicitado. Esa diferencia en la calificación, implica un impedimento al acceso al crédito para algunos bancos, cuando para otros no lo es. En concreto, las diferencias de criterio de evaluación en las entidades financieras sobre un mismo proyecto de inversión limitan el acceso al crédito. Otro tema a revisar es la información que solicitan los acreedores en las carpetas de crédito, dado que la misma muchas veces no resulta útil para un análisis adecuado. Algunas entidades ponen mucho foco a determinadas matrices de análisis generales preestablecidas para calificar una empresa, sin tener en cuenta otros factores fundamentales del giro del negocio, como ser: su track record, su influencia comercial sobre las zonas en las que operan, los costos zonales en los que opera, los distintos comportamientos de los clientes y proveedores de las Pymes, la composición de la empresa, entre otras tantas características particulares.
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Muchas veces las garantías ofrecidas no refuerzan su calificación crediticia o resulta innecesaria para las entidades bancarias, aunque ofrezcan niveles de garantías más elevados que las que ofrecen las grandes empresas. No pareciera razonable que no sea exigible el legajo de crédito para montos de financiamiento reducidos de préstamos hipotecarios, prendarios o tarjeta de crédito cuando se trata de personas físicas y sí lo sea su armado por los mismos valores, para sujetos de crédito Pymes. Muchas veces la persona física es titular de una Pyme y posee mayor capacidad crediticia como persona física que por el desarrollo comercial de su propia empresa o tiene una mejor calificación crediticia para endeudarse a través de su tarjeta de crédito sin presentación de documentación respaldatoria, que por el desarrollo de su actividad comercial, donde debe presentar una gran cantidad de información adicional. Aquí la participación o la vinculación económica, debería mejorar la calificación crediticia y si por el monto del crédito solicitado no es requerido el legajo para un tipo de persona, no debería serlo para el otro tipo de persona. La relación de dependencia no debería primar sobre la de independencia, máxime cuando esta última 3-
Lentitud para monetizar los créditos y lograr la inversión en la banca pública en tiempo y forma.
En general, el sector privado se caracteriza por dar una respuesta más rápida a las necesidades de las pymes, en comparación a la banca pública. Si bien esta última posee mayor asistencia de tasas subvencionadas, logrando así créditos blandos, las mismas muchas veces no encuadran con el tiempo del proceso de asistencia para el logro de los proyectos de inversión presentados. El proceso inflacionario que transitan los bienes y servicios a adquirir encarecen las inversiones, haciendo a veces inviable de alcanzar por la diferencia de precio que surge entre el momento de presentar la solicitud hasta que se logra el desembolso.
Propuestas 1. Resulta fundamental simplificar y flexibilizar los requisitos formales, evitando la duplicidad de información y su alto costo de logro, que impacta negativamente sobre el costo financiero total. En síntesis, resulta necesario adecuar la información solicitada a las Pymes mediante elementos simplificados que permitan una suficiente evaluación para acceder al crédito. Y fundamentalmente, darle una mayor importancia al análisis y calificación de las garantías recibidas por las Pymes para lograr el crédito. 2.
Debe existir mayor flexibilidad en los criterios de análisis y una mejor calificación de las empresas Pymes.
Resulta necesario establecer una adecuada calificación crediticia a partir de las garantías que ofrecen. Con relación al legajo para cada deudor y las exigencias mínimas ligadas a los importes de los créditos solicitados, resulta necesario que los topes mínimos para la exigibilidad del mismo se actualicen periódicamente, respondiendo así por lo menos a las mismas fluctuaciones de las variaciones de precios que sufren los activos a incurrir en los proyectos de inversión que presentan las empresas y además, que no existan distinciones de topes en función a los distintos tipos de deudores. 3. Resulta fundamental reducir los tiempos de monetización de los créditos por parte de los acreedores para lograr las inversiones de las Pymes en tiempo y forma. Para ello resulta necesario poner fechas límites como topes para que los bancos desembolsen los créditos solicitados.
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B- Capitales mínimos Diagnóstico / Justificación
Propuestas
Se considera que las exigencias de capital y liquidez endurecen la regulación bancaria significativamente atentando fundamentalmente contra el desarrollo de las Pymes que componen el sector alimenticio y de bebidas, limitando así, las escasas posibilidades existentes de acceso al crédito. Se entiende que aún no están dadas las condiciones en el mercado para desarrollar los criterios establecidos en dichas normas y que resultaría necesaria una profunda revisión de su aplicabilidad, en la medida que contribuyan a extender el alcance y crecimiento de la actividad crediticia a nivel local.
Resulta necesario flexibilizar los límites de capitales mínimos cuando los mismos sean insuficientes para hacer frente al valor total de la inversión que demanda la empresa y ésta, esté ligada al mejoramiento de la actividad productiva, como ser, mediante la renovación de maquinaria, incorporación o sustitución de rodados aplicados a la actividad, incorporación de tecnología, obras de ampliación de la capacidad productiva u obras de ampliación de las instalaciones. Máxime cuando los mismos bienes pasan a integrar el patrimonio de la empresa.
Existen distinciones en los adelantos del BCRA a las entidades financieras con destino a financiaciones al sector productivo si la misma se trata de bancos privados o públicos, lo que hace que existan diferencias de constitución de garantías para cada tipo de entidad. Al existir una mayor exigencia para la banca privada hace que la capacidad prestable sea menor y ello resulta ser otra limitante del acceso al crédito, donde dicho privilegio hacia el sector público carece de sentido por el hecho de tratarse que los destinatarios de los créditos son los mismos para ambos casos. La graduación del crédito limita las financiaciones mediante los topes establecidos con relación a la Responsabilidad Patrimonial Computable de cada cliente pyme. Esta situación perjudica a aquellas empresas que necesitan crecer mediante inversiones que superan dichos topes. Por lo que resulta necesario establecer flexibilizaciones para casos especiales.
Si bien existen los riesgos de Crédito, de Mercado y Operacional, muchas veces sus cálculos se encuentran basados en fórmulas que resultan de difícil aplicación para el desarrollo de las empresas del sector, y ello también limita la oferta de acceso al crédito. Sugerimos revisar los criterios de las garantías que deben presentar las entidades financieras, a los efectos de lograr una mayor financiación de proyectos de inversión y/o capital de trabajo, mediante los adelantos que otorga el BCRA a las entidades financieras. Resulta indispensable establecer modificaciones de la graduación del riesgo crediticio para contemplar los casos especiales de aumento de la capacidad productiva de las empresas.
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C- Plazos de financiamiento Diagnóstico / Justificación
Propuestas
Escasa oferta crediticia y falta de largos plazos de financiamiento.
Hace falta adecuar e incrementar, por parte de las entidades financieras, las carteras de créditos acorde a todas las reales necesidades de financiamientos y a los plazos de los proyectos de inversión presentados, incluyendo líneas especificas para capital de trabajo a tasas accesibles.
En el país no se observan líneas de créditos adecuadas, suficientes y disponibles para todos los destinos y plazos de inversión que demandan las Pymes para atender sus proyectos de inversión o necesidades de financiación. Esta situación condiciona mucho los proyectos que pretenden llevar adelante las empresas, resultando así la obligación de tener que adecuar sus flujos de fondos sin tener en cuenta la capacidad de pago planificada por las mismas según sea su giro comercial.
Deben incorporarse, además, líneas para prefinanciación de exportaciones.
En la medida que la demanda supere a la oferta de créditos, se encontrará condicionada por distintas características, limitantes e imposiciones establecidas por los acreedores tales como reducción de los plazos de financiamiento y mayores exigencias de garantías para disminuir el riesgo asociado; una mayor antigüedad en la actividad que desarrollan las Pymes para así asistir a una menor cantidad de Pymes; y otros condicionamientos de acceso a partir de la incorporación de las prestaciones de servicios que prestan los bancos, como ser por ejemplo, el pago del sueldo al personal que poseen las Pymes, entre otros, que elevan así el costo de financiamiento. Además, fuera de las líneas que impulsa el Estado, no existe en todos los bancos una oferta de créditos a tasa fija por plazos mayores a 24 meses. Y la tasa variable en pocos casos llega hasta 36 meses. Además muy pocas entidades ofrecen líneas específicas para capital de trabajo con tasas razonables.
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D- Garantías. Diagnóstico / Justificación
Propuestas
Existencia de escasez de garantías admitidas por las entidades financieras para aprobar una solicitud de crédito de las Pymes.
Resulta necesario establecer una adecuada calificación de las garantías existentes en el mercado que ofrecen las Pymes para acceder a los créditos y un compromiso de la Banca de ampliar y validar las mismas.
Muchas veces las garantías que ofrecen las Pymes no satisfacen o resultan insuficientes para acceder a un crédito. No existe una adecuada calificación y análisis de las garantías ofrecidas por las pymes en el sistema crediticio. El BCRA indica una calificación de tipos de garantías y no ha evolucionado sobre el desarrollo de otro tipo de garantías, como lo son las garantías de las SGR, Fondos Provinciales de garantía, Warrant, etc. Una garantía de una SGR es por ley autoliquidable, y además, posee una solidez definida por el BCRA a partir de las exigencias de las inversiones de sus Fondos de Garantías que ubica a la misma en algunos casos con la calificación de tipo preferida. Sin embargo muchas entidades, incluso hasta la banca pública no tienen en cuenta ello y no aceptan de las Pymes las garantías que ofrecen muchas SGR.
Es necesario generar mecanismos de aceptación por parte de la banca de todos los tipos de garantías que ofrecen las SGR., articulando con las correspondientes autoridades, las medidas conducentes necesarias para su aceptación.
Propuestas
E- Warrants. Diagnóstico / Justificación
Propuestas
Baja utilización de los warrants. Normativa antigua y altos costos del uso de la herramienta.
Resulta necesario actualizar la ley de warrants (ley 9643), que data de 1914 para ampliar el uso de esta herramienta a productos con mayor valor agregado e industriales.
Es una herramienta que la industria de alimentos podría utilizar en mayor medida si hubiera más oferta y fuera menos costosa su implementación. Principalmente sería un gran aporte para las economías regionales. Se requiere actualizar la ley 9643 y avanzar con un esquema moderno que contemple su uso no sólo para commodities, sino para el resto de los productos agroalimentarios.
Avanzar con el proyecto de ley que fuera presentado por los técnicos del Ministerio de Agricultura y generar mecanismos con las entidades financieras que fomenten el uso de la herramienta, con menores tasas y para mayor cantidad de productos.
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ASUNTOS LABORALES Dentro del principio protectorio que tiene la legislación laboral en nuestro país, es un desafío que los actores sociales encuentren un marco jurídico que, en función de una relación desigual de hecho, el plexo normativo encuentre un punto de equilibrio que asegure la justicia. En este sentido todas y cada una de las instituciones del derecho del trabajo tanto en sus aspectos colectivos como individuales deben brindar además seguridad jurídica, ya que entendemos que estos dos aspectos (justicia y seguridad jurídica) no se contraponen sino que se complementan. De perderse este horizonte, en el cual el punto de equilibrio es lo que los actores sociales y el Estado deben garantizar, las relaciones laborales se darán en un contexto donde los conflictos se potencien. Entendemos que ciertas instituciones de esta disciplina han sido desnaturalizadas por una sobre protección ya sea desde la legislación o desde la justicia. Entendemos que ciertas instituciones de estas disciplinas han sido desnaturalizadas por una sobre protección ya sea desde la legislación o desde interpretación judicial. La protección del empleo no puede traducirse en un marco incierto y desequilibrante, ya que ello redunda en un elemento más, junto con aspectos económicos, políticos, tributarios, que genera falta de incentivo a la inversión, producción y creación de empleo digno y registrado. Se entiende que es fundamental la protección del trabajo en sus diversas formas desde la legislación, tal como la Constitución lo impone, así como también la necesidad de reglas claras, justas y generales. En este momento, en materia laboral, la clandestinidad laboral, como lo indican múltiples estudios en la materia, merece estar entre los principales temas de agenda en la política de Estado. Esta problemática redunda no solo en una dramática situación social que a todos nos perjudica, sino que también genera una injusta y falsa competitividad. Desde este sector la regulación de las relaciones laborales, debe ser uno de los ejes fundamentales en materia laboral y ello debe partir de “promover la formalización” con medidas adecuadas, más que la línea exclusivamente “represiva” o sancionatoria. Otro aspecto que merece un marco de referencia claro es en materia de relaciones colectivas de trabajo. Se cree indispensable que temas vinculados con la representación gremial, tutela, encuadramiento sindical y convencional, derecho de huelga, entre otros, encuentren en la legislación respuestas claras y acordes con los derechos constitucionales, a efectos de que las relaciones colectivas de trabajo se desenvuelvan en un marco de justicia y seguridad jurídica. Desde esta perspectiva se considera necesario resolver cuestiones ligadas a la L.A.S. para establecer claramente cuándo las organizaciones de trabajadores pueden adquirir una aptitud gremial representativa plena; cuando quedan facultades para nombrar a sus representantes en las empresas; hasta cuántos representantes; qué tipo de protección, según el artículo 14 bis de la C.N. deben tener tales trabajadores; qué requisitos deben cumplir estos trabajadores;
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hasta cuántos trabajadores se los rodeará de las garantías necesarias para la gestión sindical y la estabilidad en el empleo. También, se considera que el derecho de huelga es un derecho humano esencial. Pero que como todo derecho humano es relativo y se debe armonizar con otros derechos fundamentales. Es por ello que resulta indispensable una ley reglamentaria en la materia, que tenga como eje central el diálogo, la paz social, la búsqueda de acuerdos, la intervención estatal y que establezca un modo de su ejercicio razonable y justo, dejando en claro que el ejercicio de este derecho al daño solo debe ser ejercido luego del diálogo y como último recurso. Finalmente y siguiendo las líneas de lo acordado en el marco del G20 e impulsado en diversos ámbitos y Foros (OIT – ECOSOC/NU) es necesario establecer un régimen de aprendizaje que vincule el sistema de formación con la empresa y el empleo, para cubrir la brecha que hoy existe entre el sistema educativo y la necesidad de recursos humanos preparados para los cambios tecnológicos y la innovación que se convierten en el punto de partida de los procesos de transformación que la globalización impone al mundo productivo. Claramente en la experiencia dual alemana y en las de Irlanda y Corea, se enfatiza en que la formación debe estar orientada hacia la demanda, con lo cual se generarán nuevas y mejores oportunidades de empleo para jóvenes y mujeres y ello requiere un mecanismo de un instrumento ágil y efectivo. En lo referido al derecho individual del trabajo se han desvirtuado ciertos institutos con interpretaciones judiciales forzadas y contrarias al espíritu de la Ley. Entre los fallos más relevantes en este sentido podemos mencionar una serie de fallos tanto desde la CSJN, como de los tribunales inferiores (en algunos casos fallos plenarios), como por ejemplo “Alvarez c/Cencosud”; “Vázquez c/telefónica”; “Vizzotti c/AMSA”; varios en materia de la aplicación del art. 80 LCT, entre otros sobre diversos institutos. No se está hablando de quitar derechos al trabajador, sino de interpretaciones muy objetables de la Ley y su aplicación, que han traído como consecuencia soluciones a nuestro criterio injustas, desequilibrantes, y de incertidumbre jurídica. La posición de la CSJN en materia Riesgos del trabajo, ha generado un largo debate donde observamos que se ha procurado, desde la reforma en materia de reparación introducida por la Ley 26.773, solución a muchas cuestiones pero por otro lado todavía existe incertidumbre en muchos otros temas. Se considera que el régimen de alícuotas, con los valores referenciales de CIIU, impulsan un aumento de las alícuotas, a entender de la industria, injustificados. Resulta relevante no perder de vista que resulta esencial alcanzar niveles de productividad elevados. Al respecto la industria observa con preocupación el descenso de los índices de productividad. Desde la SRT se informa que los días caídos por accidentes o enfermedades profesionales, se han elevado. Los relevamientos industriales, indican que los índices promedios de ausentismo se están elevando. Esto obedece, en gran medida, a cuestiones culturales y de comportamiento, por lo que resulta necesario desarrollar políticas de estado en
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este sentido. En materia de productividad, y conforme a las tecnologías de hoy y la globalización existente, resulta también necesario a poner en la mesa de negociaciones a la productividad, la eficiencia y el compromiso. En los siguientes puntos se planteará de modo breve la posición de la industria de alimentos y bebidas en todo lo mencionado en los párrafos precedentes.
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RESUMEN
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A. Registración laboral Diagnóstico / Justificación
Propuestas
La clandestinidad laboral continúa siendo un flagelo, donde los esfuerzos llevados a cabo han resultado infructuosos. En materia de precariedad laboral podemos destacar los siguientes relevamientos:
Simplificación administrativa y fiscal. Alivio para carga impositiva al trabajo en economías regionales. Generar un régimen específico para Pymes
La industria de alimentos y bebidas entiende que en esta materia el marco jurídico resulta adecuado, que la carga administrativa de los empleadores sigue siendo ardua y costosa, y que la simplificación pretendida por el art. 39 de la Ley 25.877 no se ha alcanzado.
Cómo se mencionara anteriormente, la informalidad laboral resulta ser un elemento que impacta negativamente en la sociedad por un lado, y que genera una falsa competitividad y competencia desleal
Ello no quita que ciertos requisitos administrativos y que generan una gran carga puedan ser simplificados aprovechando las tecnologías de hoy. La obligatoriedad de llevar un libro de sueldo como lo establece el artículo 52 de la L.C.T. fue de utilidad en el siglo anterior pero hoy en el siglo XXI, donde el empleador mensualmente informa a la AFIP, prácticamente todos los datos requeridos por la norma, bien podrían buscarse formas más modernas de sustitución de este, hoy obsoleto, instrumento, que es además una pesada carga administrativa. La Autoridad de Aplicación y el Congreso Nacional deberían avanzar en este aspecto.”
B. Relaciones colectivas de trabajo Diagnóstico / Justificación En este sentido las problemáticas son diversas y requiere de modificaciones concretas. En materia de asociaciones sindicales la industria observa que, debido cuatro pronunciamientos por parte de la CSJN, entre otros de la CNAT, el sistema de Unidad Sindical, que impone la Ley 23.551, ha sido seriamente cuestionado, declarando la inconstitucionalidad de diversos artículos (29, 31, 41, 48 y 52). Así es que existe un sistema de la Ley, y otro incierto que se impone desde la justicia, lo que genera una enorme inseguridad jurídica en especial en lo que hace al sistema de relaciones laborales lo que dispara interrogantes concretos, en temas no menores. ¿Hasta cuántos representantes gremiales puede haber en las empresas? ¿Se puede negociar colectivamente con asociaciones sindicales simplemente inscriptas? ¿Cuál debe ser el marco regulatorio en el marco de un sistema de pluralidad sindical? ¿Los representantes de los trabajadores de los sindicatos sin personería tienen tutela? Además la justicia tiene posturas diversas, opuestas y no pacíficas en materia de activistas gremiales, lo que genera más inseguridad a la arriba descripta. En materia de derecho de huelga, es clara nuestra Constitución cuando establece que el titular de ese derecho fundamental es el sujeto colectivo, es decir el Gremio. No han sido pocos los casos en que las medidas de acción directa son ejercidas por sujetos individuales y/o plurindividuales, lo que redunda no solo en un claro abuso de derecho, sino que además su desnaturalización. Diagnósticos y Propuestas de Políticas Públicas para la IAB - abril 2015
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Esto sumado a la incertidumbre en materia de derechos de activistas gremiales y/o representantes de asociaciones simplemente inscriptas, hace que el derecho de defensa de las empresas ante el ejercicio de la huelga, resulte materialmente imposible de ejercer o con graves dificultades, lo que daña el sistema laboral de la empresa, la producción y pone en peligro la continuidad y los puestos de trabajo. Por otro lado, la Ley 14.786 no es una reglamentación del derecho de huelga sino que más bien termina siendo una Ley que regula la conciliación y arbitraje. El ejercicio del derecho de huelga es un derecho al daño, el cual no es absoluto y que debe armonizarse con otros elementales como por ejemplo los enunciados en los artículos 14 y 17. Es por ello que resulta imperioso, no a efectos de restringirlo, sino esencialmente reglamentarios que este derecho sea regulado por una ley de fondo que se armonice con lo previsto en los convenios internacionales en la materia, sin afectar otras garantías constitucionales. Esta Ley debe establecer aspectos tales como: la titularidad del derecho; que su ejercicio se efectúe siempre como última instancia luego de agotarse los canales de diálogo; que responda a causas de naturaleza colectiva; que según el tipo de actividad se garanticen el funcionamiento de servicios mínimos; que se prohíba, bajo apercibimiento de responsabilidad contractual, el ejercicio de medidas de acciones directas tipificadas en el código penal, como piquetes, tomas, y sabotajes; que su ejercicio resulte, razonablemente apreciado, proporcional al interés que el gremio pretenda tutelar.
C. Concursos y quiebras Diagnóstico / Justificación Las reformas introducidas mediante las Leyes 26.086 y 26.684 (esta última sobre todo), genera enormes incertidumbres. Nos estamos refiriendo esencialmente a la impronta a favor de las cooperativas para que con poco se adueñen de las empresas, importando muy poco el derecho de la empresa fallida, pero esencialmente el derecho de los restantes acreedores quienes también ven vulnerado su derecho de propiedad. Se observa que la Ley privilegia la continuidad de la cooperativa poniendo el mantenimiento de las fuentes de trabajo como valor de preferente tutela mediante la organización del trabajo en el marco de la Ley 20.337. No se está planteando objeción alguna con la actividad cooperativa, ya que es una forma de organizar la producción de modo válido y legítimo, sino que la industria entiende que los canales institucionales de apropiación resultan injustos con relación al resto del universo de acreedores, lo que la torna de algún modo inconstitucional. En este sentido observamos que los artículos 48 bis, 189, 196, 203 bis y 205, promueven la continuidad por parte de la cooperativa dándole un privilegio supremo, y da la sensación que deja de lado a otros acreedores, trabajadores, privilegiados hipotecarios y prendarios, y también al Estado quienes por razones de justicia siempre tuvieron un tutela superior. Esto, sin lugar a dudas, genera una enorme inseguridad jurídica, un desincentivo al crédito, al riesgo empresario y hasta inclusive a la continuidad de la fallida. Por otro lado no se observa, a prima facie, que la continuidad de la fallida tenga posibilidades materiales de funcionamiento. En materia laboral, aún con las críticas que se pueden formular, entendemos que la Ley 24.522 en su versión original se adecuaba más a la justicia, a la seguridad jurídica y la equidad. La industria de alimentos y bebidas cree que ante la situación de quiebra, es el resorte de la seguridad social quien debe dar respuesta de modo complementario con la Ley de fondo. Por ejemplo, ante la pérdida de la fuente de trabajo por quiebra, creemos que el trabajador tengas dos posibilidades simultaneas y complementarias. Por un lado la percepción de sus acreencias en el proceso de falencia y por el otro, que sea el Estado quien le brinde un anticipo al trabajador de sus indemnizaciones y salarios caídos en un porcentaje, para que así el Estado adquiera la acreencia para perseguir su satisfacción el proceso. El financiamiento de este fondo, puede surgir de las contribuciones en materia de Fondo Nacional de Empleo que efectúan todos los empleadores del país. Diagnósticos y Propuestas de Políticas Públicas para la IAB - abril 2015
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Propuestas Consideramos que sería oportuno dentro de esta problemática, antes que dar tanta promoción a la actividad cooperativa, a la “hipertutela” (muchas veces inútil e ineficaz en la práctica), e impulsar caprichosamente la continuidad de actividades aún resultando deficitarias, se busque solución mediante sistemas que en lo relativo a la cuestión social, encuentre respuesta no dentro de la órbita del derecho concursal sino que más bien dentro de los subsistemas de la seguridad social que para estas contingencias han sido concebidos y creados. No es la práctica concursal la que debe resolver el mantenimiento de la fuente de trabajo a cualquier precio, sino que ante la problemática social, deben ser otros los resortes jurídicos y administrativos los que se deben activar. No estamos diciendo que el trabajador pierda sus acreencias, estamos diciendo que la continuidad por la continuidad misma es un despropósito de corto plazo. No le pidamos, exijamos y/o impongamos al concurso o a la quiebra soluciones que materialmente no son posibles. Así por ejemplo, (y solo como idea) ante la situación de pérdida de trabajo por este tipo de causas, tal vez se debería ampliar el universo de sujetos beneficiarios del seguro nacional de empleo, pero actualizando el ingreso y el plazo de percepción, sistema que HOY se finanza por la contribución que a tal efecto todos los empleadores del país mensualmente realizan por todas y cada uno de las relaciones laborales existentes. Esta “caja” debe tener un destino cierto, definido, y exclusivo. Debería contar con una administración transparente y racional por parte del Estado (hoy la ANSES), y que permita mitigar los efectos negativos que los procesos concursales generan en la comunidad.” Esto genera inseguridad jurídica, un desincentivo al crédito, al riesgo empresario y hasta inclusive a la continuidad de la fallida. No se observa, a prima facie, que la continuidad de la fallida tenga posibilidades materiales de funcionamiento.
D. Derecho individual del trabajo Diagnóstico / Justificación La diferentes micro reformas instituídas a la L.C.T. en los últimos 8 años, más allá de la valoración que se pueda efectuar, ha consistido en diversas leyes que modificaron ciertos artículos. Así, es que se reformaron los artículos 9, 12, 66, 73, 92 ter, 124 y se agregaron los artículos 17 bis y 255 bis. Creemos que, si bien es cierto y reconocemos que el Congreso Nacional tiene facultades constitucionales incuestionables, se debería efectuar en el marco de un debate más amplio e integral. Despidos discriminatorios: Con relación a estas situaciones estamos de acuerdo que cuando se produzcan exista una sanción adicional. Pero entendemos que, por un lado los mismos se encuentre probados en juicio, y que, por otro lado, se aplique una sanción indemnizatoria tarifada, por ejemplo la misma que se da en la mujer en caso de embarazo o matrimonio, ya que imponer la reincorporación implica lisa y llanamente vulnerar la estabilidad impropia que establece nuestra Constitución¹°. Aplicación de los artículos 8, 9, y 10 de la LNE: El fallo plenario “Alvarez c/Cencosud” de la CNAT alteró y amplió el universo de hechos pasibles de sanción. El error en el encuadramiento contractual nunca puede tener una sanción que la Ley no fija. Acá vemos claramente que la justicia protege donde la Ley no protege¹¹. Artículo 9 de la L.C.T: La reforma introducida por este artículo, creemos que viola el art. 18 de la Constitución, dado que para cuestiones de hecho los mismos deben ser probados o en su defecto que se los de por cierto según presunciones específicamente tipificadas en la Ley. Diagnósticos y Propuestas de Políticas Públicas para la IAB - abril 2015
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Artículo 80 de la L.C.T: En los casos de relaciones debidamente registradas la no entrega de un certificado establecido en la Ley hace más de 40 años, útil y justificado en aquel tiempo, no genera daño. Hoy el trabajador puede gestionar el mismo en cualquier UDAI que le sirva como elemento para acceder a otro empleo o bien a efectos previsionales. No es justo imponer indemnizaciones si no hay daño. La doctrina ha entendido que “La naturaleza jurídica de lo que se abona al trabajador ante el incumplimiento del empleador es claramente una indemnización. Si el empleador entrega un certificado de trabajo a su ex dependiente de 25 años de edad que acredite las labores desarrolladas y no cumpliera con la entrega del formulario ANSES P.S. 6.2 y/o el literalmente indicado en la norma, cuando hoy por hoy el trabajador con su clave fiscal o personalmente puede obtener su “sábana de aportes” instantáneamente, no se le genera en el caso daño alguno. Entonces, por aplicación del artículo 1067 del C.C. el cual nos dice que ”no habrá acto ilícito punible…si no hubiere daño causado…” nos lleva a pensar que para que esta indemnización proceda el trabajador debería probar medianamente en juicio el perjuicio que le causa. Por ejemplo en un trabajador que necesitare de ese elemento para gestionar su beneficio jubilatorio. Si no hay daño y antijuricidad es injusto que se le imponga al empleador una indemnización, ya que ello deriva un enriquecimiento sin causa, además de carecer de uno de los presupuestos esenciales de la responsabilidad civil. El deber pagar sólo por el hecho de que la norma lo diga sin un sustento que lo justifique es contrario a derecho. En síntesis, este instituto merece una revisión racional desde lo legislativo, con una redacción clara, precisa, propia del siglo XXI y que no genere una obligación indemnizatoria si no se presentan los presupuestos de responsabilidad necesarios.”¹² Indemnización por Despido: La protección contra el despido arbitrario sabiamente dispuesta en la Constitución debe tener un sistema tarifado tal como lo impone el artículo 245 LCT, pero también ante la posición de la CSJN en el caso “Visotti”, merece discutirse nuevamente la tarifa imponiendo topes razonables.
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COMERCIO INTERIOR Es relevante explicar la situación en la cual se encuentra la industria de alimentos y bebidas y la comercialización de bienes en el mercado doméstico. En primer lugar cabe mencionarse que a lo largo de los últimos 7 años se ha incrementado en forma exponencial el intervencionismo del Estado (comercio administrado) en la producción y particularmente en la comercialización de los productos agroalimentarios, afectando a las cadenas productivas en todo el país. De total de alimentos producidos, se estima que el 60% se destina al mercado interno. Es importante y esta industria así lo entiende, el reconocimiento de un Estado que armonice los intereses nacionales, regionales y provinciales, así como aquellos que garanticen una competencia transparente y leal para el mejor desenvolvimiento del modelo competitivo, con reglas claras y estables, conciliando las funciones básicas del Estado, con la promoción del interés social y el pleno reconocimiento de la iniciativa privada, generando un marco de previsibilidad que permita planificar en el mediano y largo plazo. En los últimos años, se fueron generando distorsiones a lo largo de las cadenas de valor agroalimentarias que provocaron una merma en los niveles de producción, de inversiones, de ventas y, en definitiva, de rentabilidad para todos los actores involucrados. Desde fines de 2011 hasta la actualidad la inversión está cayendo y hoy se encuentra en niveles inferiores a los que se observaban en ese año, estimada en alrededor del 20% del PIB. Este nivel de inversión no alcanza para lograr un proceso de desarrollo sostenido. Otros países de América Latina que muestran altas tasas de crecimiento en su economía, tales como Ecuador, Perú o Chile presentan una inversión que representa un 25% del PIB o más. Y otros países desarrollados, tales como Australia o la República de Corea invierten en torno al 26/27% del PIB. En China llega a niveles superiores al 40%del PIB. Ahora bien ¿Por qué no hay suficiente inversión en Argentina? Las principales razones que lo explican vienen dadas por las condiciones económicas actuales. Como dato principal, el crecimiento económico es bajo, cercano a cero. La actividad industrial general, en particular, finalizó el 2014 con una caída cercana al 3%, mientras que esta industria tuvo un crecimiento cercano a cero. Esto a su vez genera dificultades para mantener el ritmo en la creación de nuevos puestos de trabajo. De un crecimiento de 3,3% en obreros contratados durante 2011, se pasó a 1,3% en 2012 y 0,5% en 2013. En el primer semestre de 2014, se observa una caída del 1,8%. Esto repercute en menores ingresos para la sociedad y la consecuente disminución de la demanda, lo que se traduce en menores incentivos a la inversión. Por otra parte, es importante destacar que durante la última década, los costos crecieron por encima de los precios de la industria -excepto en 2009- haciendo caer los márgenes unitarios. Por ello, en una coyuntura compleja con precios administrados e incrementos sostenidos de los costos (insumos, logística, impuestos, servicios), una de las claves para que se recupere la
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dinámica de la actividad industrial consiste en revitalizar la tríada de crecimiento del producto, el empleo y la productividad -vía mayor inversión productiva-. Para su crecimiento, Argentina debe mejorar la certidumbre que otorga su marco institucional. Con regulaciones que controlen precios, cantidades, márgenes -entre otras cuestiones-, aquellos que estén dispuestos a invertir en el país tendrán que enfrentarse a un marco institucional de mayor incertidumbre. A los empresarios les interesa que Argentina se desarrolle económica y socialmente, porque como dice la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI), NO HAY PAIS DESARROLLADO QUE NO SEA INDUSTRIAL. Esta industria está totalmente de acuerdo con la defensa del mercado y la libre competencia y con no permitir los abusos y conductas monopólicas u oligopólicas. Para ello, la ley de Defensa de la Competencia es el camino idóneo, y la instrumentación del Tribunal Nacional de Defensa de la Competencia, es otra herramienta que debe implementarse. Por otra parte, la intervención en la fijación de precios o los programas para fijar precios sin tener en cuenta la evolución real de los costos, ha quedado demostrado que no son exitosos en el mediano plazo. A lo largo de la historia argentina se encuentran muchos casos que fracasaron. A su vez es necesario contar con información y estadísticas confiables y reales sobre la evolución de los principales indicadores macroeconómicos pero también se requiere contar con datos y series estadísticas sectoriales, como es el caso de la industria de alimentos y bebidas. Hoy no se sabe con certeza cuántas empresas existen en nuestro país y dónde están ubicadas, qué tipos de alimentos producen y algo mucho más importante, no se sabe qué consumen los argentinos. No existen datos de ingesta o perfiles nutricionales de la población argentina que puedan direccionar la oferta productiva y el tipo de producto a elaborar.
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RESUMEN
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A-
Control de precios y de niveles de producción y venta
Diagnóstico / Justificación
Propuestas
Las últimas leyes aprobadas, 26.991, 26.992 y 26.993 son instrumentos que al analizar lo que sucede en otros lugares del mundo, han sido desechados y además resultarían también incompatibles con acuerdos bilaterales de inversión suscriptos por nuestro país y con principios del G20 a la que la Argentina pertenece y -por otro lado- hay medios legales en la Ley de Defensa de la Competencia para corregir distorsiones, si es que se producen
1. Derogar la ley 26.991.
La diversidad de información estadística de distintas fuentes genera incertidumbre en la industria y se pueden tomar decisiones sobre información incorrecta.
4. Desarrollar encuestas periódicas, cada 5 años, sobre consumo e ingesta de todos los argentinos
Es necesario tener una fuente oficial que genere series estadísticas validadas de todos los indicadores económicos nacionales y sectoriales, así se facilita la toma decisiones y la planificación en el tiempo.
B-
2. Eliminar los programas de administración de precios 3. Fortalecer al INDEC o el organismo que lo sustituya, generando y publicando los indicadores de la economía, mediante el desarrollo de metodologías públicas y convalidadas por entidades académicas reconocidas a nivel nacional e internacional.
5. Establecer un registro industrial nacional que efectivamente releve la realidad nacional, favoreciendo la inscripción por parte de toda la industria y publicando la información procesada. 6. Desarrollo de programas que incentiven la articulación entre eslabones de las cadenas para producir alimentos y bebidas que la población argentina requiera
Costos de producción
Diagnóstico / Justificación
Propuestas
El incremento de los costos de producción ha generado importantes distorsiones, produciendo aumentos en algunos casos superiores al 100%.
Revisar y actualizar la matriz insumo producto y publicar información y evolución de los principales insumos industriales, para colaborar en la toma de decisiones del sector.
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LOGÍSTICA
En los últimos años se observa un incremento importante de los costos logísticos en la industria. Esto afecta negativamente el nivel de competitividad y se observa a su vez un bajo nivel de inversiones en obras de infraestructura que facilite la operatoria comercial, tanto en puertos, rutas, medios de transporte y distintos tipos de servicios vinculados con la producción agroalimentaria.
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RESUMEN
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Diagnóstico / Justificación
Propuestas
En Argentina existe una matriz de carga concentrada en el transporte carretero. Según estimaciones de CIPPEC más del 90% de la carga total se realiza por transporte carretero. El ferrocarril sólo llega a transportar algo más del 5% y el transporte fluvial participa con el 1,5% de los volúmenes.
Crear un ámbito entre el sector público y los operadores logísticos y de transporte de carga, para la planificación estratégica y mejora del desempeño logístico, que incluya: la diversificación de la matriz de carga (recuperando la participación del ferrocarril), financiamiento para la mejora de la infraestructura logística y vial y el diseño de un sistema de gestión para detectar deficiencias en el desempeño de los servicios.
Se suma el creciente deterioro en el desempeño logístico de Argentina estudiado por el Banco Mundial durante los últimos 5 años. Mediante este índice se analizan: la eficiencia del proceso del despacho de aduana, la calidad de la infraestructura relacionada con el comercio y el transporte, la facilidad de acordar embarques a precios competitivos, la calidad de los servicios logísticos, la capacidad de seguir y rastrear los envíos, y la frecuencia con la cual los embarques llegan al consignatario en el tiempo programado (esto último afectado por las diferentes reglamentaciones que se desarrollan en el apartado de comercio exterior). En términos comparados se muestra que el nivel de desempeño logístico está por debajo de la eficiencia que arrojan nuestros países vecinos (Ver datos.bancomundial.org). Lo anterior se da además en un contexto de incremento de los costos logísticos con transporte con promedios del 30% anual (según CEDOL) para el último lustro. De esta manera la gestión inadecuada y las distorsiones de precios relativos asociados con tales servicios impactan sobre la competitividad no sólo en el plano interno, también en el plano de intercambio comercial con el exterior.
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RESULTADOS ESPERADOS La implementación de las propuestas presentadas permitirá en pocos años la duplicación de las exportaciones de productos con valor agregado, basadas en gran medida en la recomposición de las economías regionales y en la potencialidad que ofrecen las distintas cadenas de valor. A su vez al generarse reglas de juego claras y previsibles, se mejorará el nivel de inversión, en consecuencia la generación de empleo privado, la mejora de la situación de las pymes, mayor posibilidad de acceder al mercado internacional y doméstico. La demanda interna crecerá y la competitividad del sector mejorará sustancialmente, ofreciendo a la Argentina divisas, empleo, desarrollo regional, valor agregado y mayor diversidad de productos a precios accesibles.
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